Autor Tema: Derechos y riesgos laborales  (Leído 286751 veces)

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1760 en: 13 de Octubre de 2017, 17:50:47 pm »
Entonces de los que hacen running en clave meseta . . . ni hablamos . . .

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Cuidadín, cuidadín....

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1761 en: 26 de Octubre de 2017, 15:27:15 pm »

Lidl despide a un empleado por trabajar más de la cuenta


El gerente, que ha pedido ser readmitido, acudía antes de hora para “preparar la tienda” sin fichar
 

Supermercado Lidl en el que trabajaba el gerente despedido. ALBERT GARCIA
JESÚS GARCÍA
Barcelona 26 OCT 2017 - 08:43 CEST

A Jean P. le han echado por trabajar más de la cuenta. Hasta el pasado junio, Jean era el gerente de una tienda de los supermercados Lidl en Barcelona. Pero la empresa descubrió su terrible pecado: resulta que el hombre empezaba a trabajar antes de tiempo –a veces llegaba incluso con una hora de antelación– para “preparar la tienda antes de su apertura al público”. Sin haber fichado siquiera, Jean “realizaba pedidos, cambiaba precios o reponía palés enteros de artículos”, según consta en su carta de despido

incumplimientos laborales muy graves” tras una investigación que llevó a la multinacional alemana a revisar las imágenes de seguridad del supermercado. Durante unos días de abril de 2017, la empresa observó cómo el gerente accedía al local a las cinco de la mañana y pasaba un buen rato -"entre 49 y 87 minutos”, dice el informe- trabajando sin fichar. Al hacerlo así, Jean vulneró la norma por la cual “cada minuto que se trabaja, se paga, y cada minuto que se trabaja debe quedar registrado”, recoge la carta de despido. Lidl agrega que recibió “quejas” de empleados a los que también invitaba a llegar antes. Además, en muchas ocasiones el gerente estaba solo, algo que también está prohibido por motivos de “seguridad”.

Jean, que trabajaba en Lidl desde 2005, cree que su despido es improcedente y ha llevado a la cadena de supermercados ante los tribunales para que le readmita. Este miércoles se ha celebrado el juicio. El hombre alega que nunca obligó a ningún empleado a acompañarle para abrir el supermercado. Y que la empresa en ningún momento le indicó que no podía acudir “un poco antes para preparar la tienda y poder afrontar eficazmente la apertura”, recoge la demanda. Su abogado, Juan Guerra, recuerda que si Jean se apartó de los procedimientos no fue “precisamente” en su provecho, sino “en beneficio de la empresa”.


“Curiosamente se le sanciona, lo que desde luego no es usual, por trabajar demasiado y esforzarse en que su tienda funcionara correctamente”, lamenta el abogado, quien añade que su cliente jamás fue amonestado ni sancionado por ello. Jean va más allá y denuncia la “hipocresía” de la empresa porque, según denuncia, sí le sometía a “presiones para conseguir las ventas que esperaba la dirección”.

El gerente avisa, además, de que trabajar más de la cuenta tampoco era algo habitual. Se vio obligado por las circunstancias. Los días previos a los investigados por la empresa, se había acometido la reestructuración de la tienda. “Los mandos sabían y eran conscientes” de que esos cambios “requerían tiempo y dedicación”, sostiene la demanda. Para cumplir los objetivos de ventas, agrega, "a veces hay que trabajar por encima del horario".

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1762 en: 27 de Octubre de 2017, 13:46:12 pm »




Juan Cadenas gana su segundo asalto judicial


El juez anula el expediente de la Seguridad Social que no le concedía el recargo de prestaciones

MARÍA ALMAGRO
Cádiz
27/10/2017 11:35h
Actualizado:
27/10/2017 12:30h

Juan Cadenas, el policía local que sufrió el ataque de los Cachimbas perdiendo un ojo y casi la vida, ha ganado su primer pulso contra la Administración. El Juzgado de lo Social número uno de Jerez ha aplicado nula la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social que no concedía al agente un recargo de prestaciones al considerar que no se le podía aplicar por su condición de policía local la ley de prevención de riesgos laborales. El juez estima así parcialmente la denuncia presentada por el abogado de Juan Cadenas, Ramón Dávila, anula el expediente del INSS y le pide que solicite las pruebas que sean suficientes para que se le estime dicho recargo del 30 al 50% en base a la gravedad de los hechos.



Con esta decisión el juez sí entiende que hubo relación causa-efecto entre el ataque que recibió Juan Cadenas de manos de los Cachimbas y las graves faltas de medidas de seguridad de la Jefatura Local donde se sucedió la brutal agresión.

Por tanto, con este fallo, el policía local también le ha ganado la batalla al Ayuntamiento de Puerto Serrano, responsable de estas condiciones deficitarias.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1763 en: 30 de Octubre de 2017, 10:49:27 am »
Ahí les dejo la Sentencia del compañero Juan Cadenas a quien recientemente la Justicia le ha dado la razón en su lucha contra la Administración Local (Ayuntamiento de Puerto Serrano), en los Juzgados de lo Social de Jerez de la Frontera.

Aspectos y conceptos importantes de la misma que todos tenemos que saber, explicados de forma impecable por el propio PERITO JUDICIAL EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, parte fundamental en este proceso de Juan Cadenas, Don Juan José Agún González, cuyo curriculum sería imposible de mencionar aquí pero cuyo libro "Prevención de Riesgos Laborales en la Policía Local" debe ser ya un referente para todos, máxime después de esta Sentencia.

(http://www.tirant.com/editorial/libro/prevencion-de-riesgos-laborales-en-la-policia-local-pedro-r-gil-monte-9788490867112)

Como os digo, algunas explicaciones importantes sobre este tema, de forma resumida por Don Juan José, son estas:

-El recargo de prestaciones podemos explicarlo en aquellas situaciones en las que existe un accidente de trabajo o enfermedad profesional ocasionado como consecuencia de una infracción de las normas de prevención de riesgos laborales, el empresario estará obligado a abonar un recargo de las prestaciones a las que tiene derecho el trabajador.

-¿En qué se traduce esta obligación? El empresario tendrá que abonar al trabajador una cuantía que supone un 30% o 50% más de la prestación a la que tiene derecho el trabajador, afectando a todas las prestaciones de seguridad social, ya sea durante la incapacidad temporal o si se determina la declaración de una incapacidad permanente.

En relación con lo indicado hasta ahora, es necesario que se cumplan los siguientes requisitos para que exista el recargo de prestaciones:

-La existencia de un accidente laboral o enfermedad profesional.
El incumplimiento por parte del empresario de las obligaciones de prevención de riesgos laborales.

Relación directa, existencia de un nexo causal, entre el accidente o enfermedad y el incumplimiento del empresario de la prevención de riesgos laborales.

El derecho del trabajador de recibir una prestación económica por parte de la seguridad social.

En el caso de Juan había un informe de la Inspección de trabajo, otro del Centro de Prevención de Riesgos Laborales de Cádiz del Instituto Nacional de Seguridad Social diciendo que NO ERA DE APLICACIÓN LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES A LA POLICÍA LOCAL, EN UNA MALA INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 3.2 de esa misma ley de Riesgos Laborales.

Esta sentencia despeja la "duda" judicialmente, aunque sea de un juzgado "de lo Social"...

SENTENCIA ÍNTEGRA AQUÍ:

https://www.dropbox.com/s/y0ols47h0sky0hm/SENTENCIA%20JUAN%20CADENAS%20SOCIAL%20AYTO.pdf?dl=0

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1764 en: 30 de Octubre de 2017, 16:57:53 pm »
Si alguien puede poner la sentencia en otro formato, lo agradecería.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1765 en: 30 de Octubre de 2017, 18:48:04 pm »

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1766 en: 01 de Noviembre de 2017, 17:38:47 pm »
Yo tengo otra sentencia mía personal del juzgado de lo Social n2 de Jaén,  sobre accidente laboral con el coche patrulla, han anunciado recurso tanto mi Ayto como Mapfre de subsidiario a la indemnización por los dias de baja gastos de rehabilitacion y Lucro Cesante, cuando se produzca sentencia firme por el TSJA de Granada, subiré la misma a este foro.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1767 en: 01 de Noviembre de 2017, 19:32:25 pm »
Yo tengo otra sentencia mía personal del juzgado de lo Social n2 de Jaén,  sobre accidente laboral con el coche patrulla, han anunciado recurso tanto mi Ayto como Mapfre de subsidiario a la indemnización por los dias de baja gastos de rehabilitacion y Lucro Cesante, cuando se produzca sentencia firme por el TSJA de Granada, subiré la misma a este foro.

 :gracias1

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1768 en: 02 de Noviembre de 2017, 18:11:23 pm »

El grito de auxilio de los Policías Nacionales en Barcelona: “El ministro Zoido nos obliga a devolver hasta el dinero de la comida”

Octubre 31, 2017
El aún ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, se ha situado en el punto de mira de la crítica no sólo de la Guardia Civil, sino especialmente de la Policía Nacional por sus psicodélicas órdenes respecto a la actual situación policial en Cataluña. Según ha sabido Extraconfidencial.com de medios de absoluta solvencia, el Ministerio del Interior que rige Juan Antonio Zoido ha obligado a los Guardias Civiles desplazados a esa región española a devolver la parte de la dieta correspondiente a la comida diaria. “Mira que ha habido malos ministros en Interior, pero no he visto un ministro tan rata como éste”, aseguran en las redes sociales de Guardias Civiles, que están que arden.

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JORGE VENTURA EmailImprimir
Lleva poco tiempo en el cargo, pero el actual ministro del Interior, el andaluz Juan Ignacio Zoido, se merece una medalla al despropósito: en solo unos meses se ha ganado el desprecio de la Guardia Civil. Quizá lo que Zoido aún no ha entendido, o nadie le ha explicado, es que la Benemérita es un Cuerpo muy corporativista: lo que se les hace a un grupo de Guardias se les hace a todos; es decir, que cuentan con una máxima caja de resonancia. Y lo que Zoido les está haciendo a los guardias civiles hacinados en el buque al que jocosamente llaman “Piolín” ha encendido las redes sociales que usan los Agentes del benemérito Cuerpo.

Los Guardias Civiles y Policías Nacionales desplazados a Barcelona tuvieron que irse prácticamente con lo puesto: esperaban comprar en sus lugares de destino camisetas, calcetines, ropa interior, etc., pero hay orden de mantenerlos acuartelados allí donde se encuentren, especialmente los hacinados en el barco-crucero anclado en el puerto de Barcelona.

No se les permite salir, para evitar problemas con la militancia fascio-separatista de la CUP y ERC, y no pueden comprar ni ropa ni utensilios de aseo. Pero lo peor es que están obligados a comer el rancho que “les echan” en el barco. Y ya no se trata solamente que la comida no sea de óptima calidad, sino que ahora el Ministerio les ha exigido que devuelvan el dinero que se les adelantó en concepto de dietas para comida. En definitiva, que no sólo no comen a su gusto, sino que encima tienen que devolver una miseria de dieta cuando se están gastando muchísimo más estando tan lejos de casa.

Prohibido salir del “Piolín” para evitar altercados
La cuestión es que, cuando a los Agentes de la Benemérita y los Policías Nacionales se les mandaba a un destino extraordinario, normalmente tenían que adelantar sus gastos y luego cargarlos al Ministerio, que se los abonaba cuando Dios quería. Después de muchos años de pelea consiguieron que se les adelantara una parte de la dieta para poder comer. Es una cantidad mínima, pero, al menos, sirve para equilibrar la balanza. Sin embargo, como se les ha prohibido bajar del barco, a no ser para actuaciones policiales, están obligados a comer rancho y les exigen que devuelvan las dietas de la comida.

Y eso no es lo peor. Según ha sabido Extraconfidencial.com de medios implicados, tienen prohibido salir del “Piolín” para evitar altercados. El mando quiere impedir como sea que se produzcan enfrentamientos que den a los fascistas-secesionistas la posibilidad de realizar vídeos de denuncia para presentarlos en el exterior, así como denuncias falsas en los Juzgados de Guardia. Además, los Agentes han recibido la orden taxativa de que incluso si les agreden, que se retiren, que pasen por cobardes, pero que no respondan: “Es preferible dejarse matar”, denuncian en sus redes sociales.

La situación es tan negativa para los Guardias Civiles y Policías Nacionales desplazados a Barcelona que ha desanimado a otros compañeros que se querían presentar voluntarios para ir a Cataluña a parar el golpe de Estado. “La culpa es de este ministro, que nadie sabe por qué está ahí, pero que ya vemos cómo actúa”, dicen los citados medios. Lo que cuentan estos Agentes en las redes ha sembrado de indignación al resto de las Unidades, que no se explican cómo los Policías que fueron inicialmente a Barcelona ya han sido reemplazados por otros compañeros y ellos, los Guardias Civiles, todavía no. Y encima les van a obligar a devolver una porquería de dietas, al igual que ya ha hecho el ministro Zoido con los Policías que ya han sido relevados.

Jorge Ventura

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1769 en: 02 de Noviembre de 2017, 22:09:47 pm »
Mentiras y más mentiras.

Estando a gastos pagos, ya me dirán como es eso de que han adelantado dinero para comida.....

Se ha adelantado dinero para los gastos,  pero lo habrá que devolver porque lo que pagan por día viene de otro lado, concretamente de la SES, mientras los adelantos provienen de las unidades de destino.

Evidentemente se puede salir del Piolín, de los otros barcos y del resto de alojamientos. Con lo que respecta al artículo, no hay diferencia entre pasear por Barcelona a hacerlo por Madrid.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1770 en: 02 de Noviembre de 2017, 22:12:36 pm »
Edito.

Mentiras y más mentiras.

Estando a gastos pagos, ya me dirán como es eso de que han adelantado dinero para comida.....

Se ha adelantado dinero para los gastos personales, pero lo habrá que devolver porque lo que pagan por día viene de otro lado, concretamente de la SES, mientras los adelantos provienen de las unidades de destino.

Evidentemente se puede salir del Piolín, de los otros barcos y del resto de alojamientos. Con lo que respecta al artículo, no hay diferencia entre pasear por Barcelona a hacerlo por Madrid.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1771 en: 04 de Noviembre de 2017, 08:52:34 am »
Los Bizkor de la Ertzaintza llevan sus reivindicaciones a las puertas del Parlamento vasco


Los Bizkor, en la protesta frente al Parlamento vasco. / E.C.
Los agentes siguen denunciando un calendario de trabajo «esclavista» y que no cuentan con la formación continua específica necesaria
ELCORREO.COM
Viernes, 3 noviembre 2017, 15:34

La Unidad de Apoyo de la Brigada Móvil de la Ertzaintza, de la que forman parte los Bizkor -la Brigada de Respuesta Inmediata-, han continuado este viernes con sus protestas por sus condiciones laborales, un calendario de trabajo «esclavista» y por la ausencia de una formación continua específica necesaria para sus labores. En esta ocasión se han concentrado a las puertas del Parlamento vasco, donde han mostrado una pancarta que rezaba «Brigada móvil. Condiciones dignas ya. Bizkor-PRI»

Las movilizaciones comenzaron hace casi un mes, el día 4 de octubre, cuando unos 200 agentes se manifestaron frente a las instalaciones de la Brigada Móvil en Iurreta. Representantes de los sindicatos Erne, Esan, ELA, Sipe y Euspel coincidieron en denunciar que los agentes de dicha una unidad -unos 230- tienen un calendario de trabajo «esclavista» y no cuentan con la formación continua específica necesaria para el desempeño de determinadas labores de las que se ocupan.

El responsable de Erne, Roberto Seijó, señaló que estos agentes, que tienen funciones importantes en materia antiterrorista a través de la llamada unidad de intervención rápida, sufren cambios «continuos» en sus horarios laborales y tienen un problema de falta de formación.

Se trata, según explicó, de un colectivo que sufre un elevado nivel de peligrosidad ya que interviene en situaciones graves y urgentes. «Esta gente está reventada» y quiere «expresar su hartazgo» al Departamento de Seguridad del Gobierno vasco porque «no da solución» a sus problemas, señaló el responsable de Erne.

Por su parte, el representante de Sipe Juan Carlos Sáenz coincidió en el análisis de la situación que padecen estos agentes, a quienes, según dijo, se cambia «constantemente» de turnos, lo que repercute en su vida personal y también en la seguridad en el desarrollo de un trabajo que «es estresante».

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1772 en: 05 de Noviembre de 2017, 09:56:15 am »
Lo que la verdad esconde


 El número de bajas por accidente aumenta cerca del 4% en un año
El PSOE culpa del aumento de bajas por accidente a la reforma y pide derogarla

La media de las bajas por accidente de trabajo se incrementó en los últimos seis años de forma ininterrumpida, salvo en 2013, que bajó el 3%.
La Información
sábado, 04 noviembre 2017, 12:31

La Región registra 6.712 accidentes laborales con baja hasta junio, un 5,31% menos que mismo periodo en 2012

Las  bajas por accidentes laborales aumentan.

Es uno de las obsesiones del PSOE aunque su derogación ha sido puesta en duda por algunos de sus cerebros económicos más prestigiosos, con Jordi Sevilla a la cabeza: Pedro Sánchez quiere acabar con la reforma laboral, aunque esta vez no por el empleo y su precariedad sino porque culpa de la reforma del aumento de las bajas laborales provocadas por accidentes.

El grupo parlamentario del PSOE insiste en que debe derogarse la reforma laboral del PP porque ha propiciado una mayor desprotección en el trabajo y ha incrementado las bajas por accidente laboral el 13,7 % desde 2011.

Según los datos facilitados por el Ministerio de Empleo en respuesta a una pregunta por escrito realizada por el diputado socialista Miguel Ángel Heredia, la duración medida de las bajas por incapacidad temporal ha aumentado en cinco días desde 2011 hasta mayo de 2017 pasando de 33,52 días a 38,13.

La media de las bajas laborales por accidente de trabajo se incrementó en los últimos seis años de forma ininterrumpida, salvo en 2013, que bajó el 3 %.

Así, en 2011 la media ascendió a 33,52 días, en 2012 a 35,45 días, en 2013 fue de 34,36, en 2014 de 34,75, en 2015 de 36,02 días y en 2016 y 2017 de 36,71 y 38,13 días, respectivamente. Heredia ha señalado que el incremento hasta mayo de este año respecto del año pasado ha sido "considerable", ya que el número de bajas ha aumentado cerca del 4%.

El diputado socialista ha insistido en la necesidad de derogar la reforma laboral de 2012 porque ha supuesto un incremento de la gravedad de los accidentes laborales y ha instado a aumentar los controles de inspección de la Seguridad Social. El grupo parlamentario socialista prepara una serie de medidas en el Congreso para prevenir los riesgos laborales y reducir la siniestralidad laboral.

El Congreso aprobó recientemente una proposición de ley del PSOE para reformar el Estatuto de los Trabajadores con el fin de que se cree un registro diario de la jornada laboral para frenar el exceso de horas trabajadas, que -según los socialistas- también incrementa los accidentes laborales

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1773 en: 05 de Noviembre de 2017, 18:43:28 pm »

La aplaudida respuesta de CCOO a esta queja de un concejal de Ciudadanos en Madrid


Eugenio Parejo se quejó de que los operarios de limpieza desayunaban en los parques.
05/11/2017 13:07 CET | Actualizado


http://www.huffingtonpost.es/2017/11/05/la-aplaudida-respuesta-de-ccoo-a-esta-queja-de-un-concejal-de-ciudadanos-en-madrid_a_23267165/

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1774 en: 05 de Noviembre de 2017, 20:40:45 pm »
El humor es sinónimo de inteligencia, solo una persona inteligente puede dar una respuesta así desde el humor así que . . . zasca en toda la boca . . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1775 en: 06 de Noviembre de 2017, 15:03:08 pm »

EL GOBIERNO CONFÍA EN LOS MOSSOS

Comienzan a regresar los policías y guardias civiles desplazados a Cataluña


ROBERTO R. BALLESTEROS
Cataluña
Ministerio del Interior
Juan Ignacio Zoido
Guardia Civil
Policía Nacional
06.11.2017 – 14:02 H.
Los policías nacionales y guardias civiles desplazados a Cataluña en comisión de servicio con motivo de la crisis institucional provocada por el referéndum ilegal del pasado 1 de octubre vuelven poco a poco a sus destinos de origen. El Ministerio del Interior ha dado permiso para que una parte de estos funcionarios regresen a sus casas a descansar aunque sigan oficialmente en comisión de servicio. Así se lo ha trasladado ya el departamento dirigido por Juan Ignacio Zoido al personal afectado por la medida.


A estos primeros policías y guardias civiles que regresan a sus plazas se les irán sumando progresivamente nuevos efectivos, según han confirmado fuentes del Ministerio. Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles, sin embargo, en contra de lo que entiende Interior, aseguran que "se trata de un fin de comisión, no de un descanso, por lo que se da por finalizado su cometido en la comunidad autónoma". Si se les necesitara de nuevo, añaden, sería necesario abrir una nueva comisión de servicio.

"AUGC celebra este inicio de la vuelta a la normalidad de compañeros que llevaban más de un mes fuera de sus lugares habituales de trabajo y residencia, alejados de sus familias y viviendo, en muchos casos, en condiciones deficientes", destacan desde la asociación sobre lo que Interior denomina "segunda fase de relevos para el descanso de efectivos comisionados".


"Desde el punto de vista de la seguridad, los departamentos de la Generalitat tienen cubiertos los servicios necesarios para su normal funcionamiento, especialmente el cuerpo de los Mossos d’Esquadra, que realiza su desempeño con total normalidad", explica en un comunicado el Ministerio, que anuncia que el dispositivo "especial reforzado" en Cataluña continuará "hasta la celebración de las próximas elecciones autonómicas" de acuerdo con las medidas que aprobó el Senado al amparo del artículo 155 de la Constitución Española, relacionadas con la seguridad y orden público.


"Los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado están trabajando con entrega en Cataluña al servicio de la democracia española y el restablecimiento de la normalidad institucional, demostrando, en definitiva, su capacidad de estar a la altura de las exigencias de nuestro estado de derecho en un momento histórico", añade el departamento, que considera que "esta labor está exigiendo el esfuerzo de policías nacionales, guardias civiles y sus familias, que han recibido el reconocimiento de los españoles, motivo por el que los agentes se sienten satisfechos al comprobar cómo su trabajo ejemplar es valorado en cualquier rincón de nuestro país".

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1776 en: 07 de Noviembre de 2017, 16:24:54 pm »


SENTENCIA Nº 2458 de 19 de Septiembre de 2013 de la SALA de lo SOCIAL de SEVILLA del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SOCIAL

Hoy comentamos una sentencia en la que se DECLARA COMO ACCIDENTE LABORAL UNA BAJA MÉDICA DE UN AGENTE QUE INTERVINO EN UN ALTERCADO ESTANDO FUERA DE SERVICIO. Es la SENTENCIA Nº 2458 de 19 de Septiembre de 2013 de la SALA de lo SOCIAL de SEVILLA del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA.
El agente de policía local prestaba sus servicios para el Ayuntamiento de una localidad que tiene concertadas las contingencias profesionales con una Mutua de Accidente de Trabajo.
Los hechos sucedieron cuando el agente de policía local se encontraba (fuera de servicio) en un bar  de otra localidad en compañía de varias personas. En ese mismo bar se encontraban dos agentes de policía nacional, también fuera de servicio y vestidos de calle, cuando uno de ellos se implicó en un incidente con unos clientes del bar ocasionándose un forcejeo.
El policía local decidió intervenir diciendo que era policía y tras manifestar los otros dos agentes que ellos eran policías nacionales, se originó un altercado que terminó  con el agente local detenido por decisión de uno de los policías nacionales. El Juzgado de Instrucción ordenó la inmediata puesta en libertad del policía local detenido.
Como consecuencia de este incidente el agente inició proceso de baja médica por incapacidad temporal, por motivo de insomnio y síndrome ansioso-depresivo, enfermedad que se calificó como común.
El agente de policía local presentó demanda frente al INSS, TGSS, su Ayuntamiento y la Mutua de Accidentes de trabajo interesando que su proceso de incapacidad temporal fuera declarado como derivado de accidente de trabajo. Se dictó sentencia desestimatoria de la pretensión y el agente presentó recurso de Suplicación.
En este caso se debate si tal situación debe ser considerada como accidente de trabajo y ello por las específicas circunstancias del agente (fuera de servicio, vestido de paisano y en un bar de otra localidad).
Dice que la calificación de un accidente como laboral resulta de la conjunción de tres elementos diferenciales:
 La existencia de una fuerza lesiva y una lesión corporal o daño en la salud del accidentado
 La condición de trabajador por cuenta ajena en la persona que sufre la lesión
 La apreciación de relación de causalidad entre el trabajo prestado y la lesión sufrida
En relación con la profesión del agente, es de la aplicación la Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, cuyo art. 5.4 establece  que: “Deberán llevar a cabo sus funciones con total dedicación, debiendo intervenir siempre en cualquier tiempo y lugar, se hallaren o no de servicio, en defensa de la Ley y de la seguridad ciudadana”.
Sin embargo, la misma Normal establece en su art. 51.3 que: “Dichos cuerpos sólo podrán actuar en el ámbito territorial del municipio respectivo, salvo en situaciones de emergencia y previo requerimiento de las autoridades competentes…”.
La juzgadora ha entendido que la actuación del agente fuera de su municipio debe someterse  una autorización de la Autoridad Competente y que eso no implica que el agente no deba intervenir sino que esa intervención tendrá el mismo carácter que otra llevada a cabo por un particular.
La Sala matiza esa interpretación y dice que es impensable que un agente de policía no intervenga ante la evidente y flagrante apariencia de comisión de un delito solo por el hecho de que deba esperar a la correspondiente autorización. El lógico concluir que el agente intervino en el incidente entendiendo que su condición de policía local  le obligaba a ello, siendo así que su actuación debe conducir a la decisión de que la enfermedad producida a consecuencia de tal intervención sea considerada accidente de trabajo.
Por todo lo anterior, la Sala estimó el recurso del agente, revocó la sentencia dictada y declaró que el proceso de incapacidad temporal es derivado de accidente de trabajo, condenando la Mutua al pago de la prestación.
Si quieres descargarte el texto íntegro de la Sentencia, pincha AQUÍ.
Para el caso de que NO puedes descargarte el  archivo, COPIA la siguiente dirección y PÉGALA en tu navegador.
http://www.amparolegal.com/assets/plugindata/poola/e13062014.pdf

 

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1777 en: 07 de Noviembre de 2017, 16:37:56 pm »


La "historia"....2010


http://andaluciainformacion.es/m/?a=105293&friendly_url=san-fernando&t=Un%20policía%20local%20isleño%20es%20detenido%20por%20un%20altercado%20con%20policías%20nacionales

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1778 en: 08 de Noviembre de 2017, 12:15:25 pm »
Constitución de la Comisión de evaluación del cumplimiento de los permisos, excedencias y licencias de conciliación en el Area de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias.
Publicado en 7 noviembre, 2017 por UGTSSGGEE

El día 25 de octubre tuvo lugar la constitución de la Comisión de evaluación del cumplimiento de los permisos, excedencias y licencias de conciliación del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, donde UGT ostenta representación como sindicato mayoritario en dicho Área.
La citada Comisión tiene capital importancia dado que, en el seno de la misma, se recoge la acuciante problemática de los compañeros y compañeras en el ámbito de la conciliación laboral y familiar dotándoles de un instrumento de protección, evaluación y resolución de sus circunstancias, bajo la cobertura de lo dispuesto en la medida 4.1 del I Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayto de Madrid y sus OO.AA, que contempla lo siguiente:

“Constituir Comisiones con participación sindical que evalúen el cumplimiento de los permisos, excedencias y licencias de conciliación, se reúnan con una periodicidad trimestral (o a demanda de una de las partes), y tengan entre sus tareas:

    ser informadas de las solicitudes de permisos, etc.
    analizar las denegaciones de permisos por conciliación, incluyendo los cambios de turno;
    hacer un seguimiento anual de los permisos disfrutados, desagregado por sexo;
    elaborar informes anuales sobre utilización de los permisos desagregados por sexo y con perspectiva de género;
    emprender campañas de sensibilización para el reparto igualitario del as responsabilidades familiares y para el respeto de quienes acceden a las medidas de conciliación”.

Para que dicha Comisión lleva a cabo sus funciones con unos criterios de agilidad, dinamismo y transparencia, se ha exigido por la parte social, que integra a los miembros de las organizaciones sindicales presentes en la misma, las siguientes medidas:

    Disponibilidad con carácter previo a la celebración de las sesiones de la Comisión de la información referente a los permisos concedidos y documentación al respecto, para un análisis sosegado y pormenorizado de la misma.
    Celeridad en el envío del acta de las sesiones celebradas a los interlocutores sindicales en un plazo razonable que no perjudique su revisión.
    Fomento de las campañas de sensibilización sobre igualdad en las responsabilidades familiares y medidas de conciliación no solo a través de medios telemáticos sino de dípticos para aquellos colectivos que no tengan acceso a sistemas informáticos.

Las citadas propuestas tuvieron en general una buena acogida por parte de la Corporación, que para responder a estas y otras cuestiones pendientes fijó el martes 30 de enero de 2018 para la primera sesión, cuya celebración tendrá carácter trimestral, según indica el Plan de Igualdad. Asimismo, se facilita la solicitud de celebrar sesiones extraordinarias por la parte social, o por la Corporación. Si lo solicitase la parte social deberá ser por acuerdo de los sindicatos presentes en la Comisión.


http://www.ugt-aytomadrid.com/index.php/constitucion-de-la-comision-de-evaluacion-del-cumplimiento-de-los-permisos-excedencias-y-licencias-de-conciliacion-en-el-area-de-gobierno-de-salud-seguridad-y-emergencias/

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1779 en: 10 de Diciembre de 2017, 08:43:51 am »
El TSJC reconoce por primera vez como enfermedad profesional un cáncer de esófago causado por el amianto

En España, entre 1994 y 2008 ha habido 3.943 fallecimientos vinculados directamente al amianto
CatalunyaPlural.cat
08/12/2017 - 11:54h

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha reconocido en una sentencia que el cáncer de esófago que sufrió un trabajador fue causado por la repetida exposición e inhalación de polvo de amianto de la fábrica de Castelldefels (Barcelona) donde trabajaba. En consecuencia, los magistrados han declarado el cáncer provocado por el amianto como una enfermedad profesional.

En una sentencia, el TSJC ratifica el fallo pionero del juzgado de lo social 3 de Barcelona  y desestima el recurso presentado por la empresa Rocalla, después absorbida por Uralita, y el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Su marido trabajó durante veinte años en la planta de Rocalla de Castelldefels, dedicada a la fabricación de productos con fibrocemento derivados del amianto. El proceso judicial todavía tiene una instancia a la que apelar, el Tribunal Supremo.

El alto tribunal catalán confirma así la pensión de viudedad derivada de enfermedad profesional a la esposa del trabajador que murió a causa del cáncer de esófago, y obliga la Seguridad Social a incrementarle la pensión de viduedad hasta el 52% de la base reguladora de 16.245 euros anuales.

Según el Col·lectiu Ronda, que representa a la viuda del trabajador fallecido, la resolución del TSJC es importante porque el cáncer de esófago hasta ahora no estaba incluido en el baremo de clasificación de las enfermedades profesionales provocadas por el amianto. Sí lo estaban otros tipos de cáncer, como el de laringe o el de pulmón.

Recientemente otro colectivo de trabajadores ha iniciado una batalla legal para que la ansiedad provocada por la exposición al amianto también se considere enfermedad profesional. En España, entre 1994 y 2008 ha habido 3.943 fallecimientos vinculados directamente al amianto.

La calificación de enfermedad profesional implica una responsabilidad económica por parte de la empresa, tanto para el trabajador como para su familia en caso que el empleado fallezca, como este caso. Para la viuda del trabajador de la Rocalla, supondrá conseguir más del doble de indemnizaciones de la Seguridad Social y de la empresa por no haber protegido suficientemente los derechos laborales y la salud del fallecido.

El amianto es un producto que durante décadas se usó para fabricar elementos para la construcción como el fibrocemento. El problema es que sus efectos no aparecen en las personas hasta, a veces, décadas después de haberse contagiado. Esto provoca que tanto los tratamientos como las indemnizaciones muchas veces no lleguen a tiempo para subsanar los efectos del producto en la salud de los trabajadores de las centenares de industrias en España expuestos al amianto.