Autor Tema: Derechos y riesgos laborales  (Leído 285656 veces)

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1780 en: 12 de Diciembre de 2017, 11:56:09 am »

La Policía Municipal se moviliza mañana en apoyo de un compañero del cuerpo

12/12/2017
Según el sindicato de ErNE, «nuestro compañero es un policía de 63 años que lleva casi 37 años de servicio, y sigue patrullando por la calle».


La Policía Municipal de Eibar tiene previsto movilizarse mañana miércoles a las 12.00 horas, en solidaridad con un compañero que solicita la baja de patrullar por las calles de Eibar.



Según el sindicato de ErNE, «nuestro compañero es un policía de 63 años que lleva casi 37 años de servicio, y sigue patrullando por la calle». En base a la información remitida por Erne, «un informe médico de la Mutua reconoce sus limitaciones, dada su avanzada edad, y recomienda que evite el patrullaje a pie».

Por estos motivos, este miembro de la Policía Municipal lleva «meses solicitando que le adecúen el servicio y le asignen otro tipo de tareas, sin que haya respuesta a sus solicitudes». Ante esta situación, «los responsables municipales le dicen que coja la baja laboral y que tramite la incapacidad». En esta dirección, Erne está promoviendo acciones legales que «para cuando se resuelvan quizás sean un poco tarde».

Desde el sindicato ErNE han solicitado que el Ayuntamiento apruebe que este cuerpo pueda portar armas «porque consideramos que el concepto de seguridad ha sufrido un cambio que marca un punto de inflexión que todos debemos asumir y para lo cual hay que tomar medidas preventivas y de protección». Así lo señalaba el sindicato ErNE, para el que «el arma es un elemento que otorga seguridad», según indicaba este sindicato.

En este sentido, fuentes de la Policía Municipal indicaban que «policías mayores, con condiciones físicas mermadas, no pueden estar operativos en actuaciones de seguridad tales como reyertas, cumplimiento de cierre de horarios... Este fin de semana hemos atendido una pelea entre cuatro personas, en Ego-gain, y un caso de violencia de género. Somos los primeros en acudir al auxilio de las víctimas. Hacemos muchísimas actuaciones que la ciudadanía desconoce», dijeron.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1781 en: 13 de Diciembre de 2017, 08:25:59 am »
El comisario De la Rosa ante el juez: no ordenó las prácticas de tiro por las que está imputado

El nuevo jefe de Seguridad Ciudadana y Coordinación del Ministerio del Interior trata de evitar cualquier responsabilidad sobre un posible delito contra la prevención de riesgos laborales, por el que ha declarado como imputado en Sevilla

Tono Calleja

13.12.2017 - 04:05

El nuevo jefe de SeguridadCiudadana y Coordinación del Ministerio del Interior, el comisario José Antonio De la Rosa, ha negado ante el juez ser el responsable de un delito contra la prevención de riesgos laborales al no desplegar la seguridad obligada durante las prácticasdetiro de la Policía Local de Sevilla, Ayuntamiento en el que era director general de Seguridad con el actual ministro del Interior, JuanIgnacioZoido, entonces regidor de la capital andaluza.

En la declaración, celebrada este martes ante el titular del Juzgado número 14 de Sevilla, el mando policial ha asegurado que como director de Seguridad del Consistorio no era directamente el superior jerárquico de la Policía Local: "Sino que la Policía Local tenía sus mandos naturales" y por tanto él "no daba órdenes directas a ningún policía local", es decir que independientemente de que pudiera dar instrucciones generales, "las órdenes directas las daban otros dos mandos de la Policía Local", ha contestado De la Rosa, a cuya declaración ha tenido acceso Vozpópuli.

De esta forma, De la Rosa trata de evitar cualquier responsabilidad sobre un posible delito contra la prevención de riesgos laborales, por el que ha declarado como imputado este martes en Sevilla.

Además, este mando policial ha explicado al juez que él se limitaba a impartir "instrucciones de carácter general o políticas a los dos cargos de las dos ramas de la Policía Local" y que las órdenes "de gran relevancia por escrito y a veces, las de menos relevancia de forma verbal".

Y en concreto, sobre el inicio de las prácticas de tiro de la Policía Local de Sevilla, el comisario De la Rosa ha explicado que esta orden, "por ser una cuestión que afectaba a los dos departamentos de la Policía Local, debía ser aprobado conjuntamente por los superintendentes Gabriel Nevado Calvo y Juan José García Sánchez".

Al final de la declaración, el letrado del propio comisario le ha preguntado a su cliente sobre quién pensaba que era la persona competente de la gestión, mantenimiento, orden y uso de la galería de tiro, a lo que De la Rosa ha respondido que era el área que gestionaba el superintendente Juan José García Sánchez.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1782 en: 26 de Diciembre de 2017, 11:44:04 am »

Los policías desplegados en Barcelona, indignados con el menú navideño del barco

25 diciembre, 2017 14:25

Alejandro Requeijo  Daniel Montero
Aunque disminuido, aún continúa un despliegue policial extra en Barcelona. En concreto hay dos barcos, el Rapsodi y el Azurra. En el primero siguen cuatro grupos de UIP de la Policía Nacional (unos 200 antidisturbios) y en el segundo hay otros dos grupos de UIP y dos más del GRS de la Guardia Civil. Muchos de ellos vivieron una mala experiencia anoche al comprobar la cena que les tenían preparada para Nochebuena: unas croquetas, espaguetis y un filete con puré de patata.

Según informan fuentes policiales, muchos de ellos se indignaron con lo que entienden una falta de tacto por parte de las autoridades. Varias decenas se fueron del barco renunciando a esa cena y buscaron otro lugar en la ciudad para celebrar la llegada de la Navidad pagándoselo de su bolsillo. 



El menú de la noche del 24 de diciembre.
El menú al que tenido acceso EL ESPAÑOL anunciaba hojaldres mixtos napolitanos, ensalada mixta, galets con sopa de pollo, pasta con marisco, bacalao frito y asado de ternera. La temática navideña quedaba reducida al postre con polvorones y turrón. Sin embargo, el malestar de los policías consultados no es tanto por el menú, sino por el estado de la comida que después les llegó al plato y que han querido dejar constancia a través de fotografías como las que ilustran esta información.

Desde semanas antes de que se celebrase el referéndum ilegal del 1-0, el Ministerio del Interior que dirige Juan Ignacio Zoido desplegó miles de agentes en Cataluña, muchos de ellos en barcos de recreo atracados en el puerto de Barcelona. El despliegue comenzó a reducirse tras la aplicación del artículo 155 por parte del Gobierno, pero aún se mantiene una pequeña dotación, que permanecerá desplegada al menos hasta finales de este mes. 

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1783 en: 09 de Enero de 2018, 09:34:24 am »
 Pagará 40.100 euros en caso de fallecimiento
Interior busca compañía que asegure la vida de 151.560 policías y guardias civiles

El Gobierno saca a concurso la póliza de seguro de accidentes en acto de servicio por un precio máximo de dos millones de euros


El Gobierno busca aseguradora para cubrir la vida de los 151.560 policías nacionales, guardias civiles y miembros de la Secretaría de Estado de Seguridad. Se trata de un polémico contrato que antes ya han gestionado en años anteriores grandes compañías como Axa, Mapfre o, la última, Generali y que en alguna ocasión ha quedado vacante. Ahora, el acuerdo ofrecido por el Ministerio del Interior se encuentra estimado en 2 millones de euros, aunque las ofertas pueden bajar la oferta hasta el millón, si hacemos caso a lo ocurrido hasta ahora.

Esta póliza de seguro de Interior abarca aquellos accidentes producidos en acto de servicio o "in itinere". Los asegurados serán los 72.000 agentes del Cuerpo Nacional de Policía, ya sean funcionarios de carrera o en prácticas, así como el personal laboral, interino o eventual; los 79.000 agentes de la Dirección General de la Guardia Civil (en este caso se excluyen los alumnos en prácticas ya que es el seguro contratado por el Ministerio de Defensa quien cubre sus accidentes) y los 560 trabajadores adscritos a la Secretaría de Estado de Seguridad.

Todos los funcionarios de Policía Nacional y Guardia Civil deben suscribirse de forma obligatoria al seguro de vida que ofrece la Secretaría de Estado de Seguridad de forma que todos los meses, en su nómina, se cobra una pequeña cuota. Además, los agentes pueden formar parte de la Mutua de la Policía, en caso de los agentes que visten de azul, o el Isfas, en el de los agentes del Instituto Armado. Por último, cada sindicato o asociación profesional ofrece a sus afiliados y miembros la posibilidad de suscribir otro tipo de seguro en caso de accidente.

40.100 euros por fallecimiento

Uno de los aspectos más llamativos del contrato son las cantidades a indemnizar por la aseguradora que gane el concurso. En caso de fallecimiento deberá abonar 40.100 euros, una cifra que representa en torno al sueldo de un policía de base durante un año y medio. Fuentes del sector aseguran que las condiciones del seguro las fija el tomador, la Secretaría de Estado de Seguridad en este caso, y que esta cantidad es algo superior a la ofertada en otros tipos de trabajo. A ella habría que sumar el seguro de accidentes que suscriba el Ministerio del Interior en caso de que el siniestro se produzca en un vehículo. Por incapacidad permanente total se pagarán 15.660 euros, 37.700 en caso de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. Y hasta 8.000 euros para gastos por sepelio y traslado de familiares directos del fallecido.

Interior es preciso en cuanto a los riesgos a cubrir por esta póliza. En caso de fallecimiento en acto de servicio se garantiza el pago de los citados 40.100 euros cuando el deceso sea en el momento o durante el año posterior al siniestro por la evolución de las lesiones sufridas. Se entiende por "gran invalidez" la situación de incapacidad permanente absoluta que determine la necesidad de otra persona para vestirse, alimentarse o desplazarse. También se recoge que la "incapacidad permanente absoluta" será para aquellos accidentados que no puedan volver a trabajar y la "total" para aquellos que no puedan volver a ejercer sus funciones policiales.

En cuanto a los beneficiarios, Interior también precisa quiénes son. Así, en caso de fallecimiento serán el cónyuge no separado y cada hijo del asegurado a partes iguales, los padres y los herederos legales, siguiendo este orden de prelación. Por cada deceso se consideran familiares directos el cónyuge o pareja y los descendientes y ascendentes de primer grado.

A pesar del temor que las aseguradoras parecen tener a este tipo de seguro colectivo, la siniestralidad registrada en el Ministerio del Interior durante los últimos años ha sido rentable para las compañías, según la información facilitada por el departamento que dirige Juan Ignacio Zoido: en 2017 (datos hasta septiembre) se produjeron 8 accidentes con resultado de fallecimiento y otros ocho que acabaron en una invalidez permanente total. Así, la aseguradora adjudicataria tuvo que reservar 682.000 euros por estos percances. El año anterior, 2016, esa cantidad entre pagos y reservas fue de 556.000 euros y en 2015 de algo más de 553.000 euros. En los años anteriores las cantidades a indemnizar fueron superiores: casi un millón de euros en 2012, 973.000 en 2013 y casi 850.000 en 2014.

Axa, Mapfre, Generali...

El seguro de accidentes de policías y guardias civiles ha estado gestionado en los últimos años por diferentes compañías. En 2015, por ejemplo, fueron Axa y Mapfre quienes se adjudicaron por 1,6 millones este contrato, que cubría los percances en acto de servicio mientras patrullaban en un zeta o mientras tripulaban una embarcación o una aeronave.

Más tarde fue Generali quien se convirtió en la aseguradora de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. La compañía del león de capital italiano ha gestionado esta póliza en los últimos dos años. Entonces, la adjudicación se cerró por 897.410 euros por una cobertura de doce meses que se prorrogó durante otro año. Antes, este concurso había quedado vacante al ofertarse por 570.000 euros, una cifra que ninguna aseguradora estaba dispuesta a asumir.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1784 en: 09 de Enero de 2018, 11:32:35 am »
Pagará 40.100 euros en caso de fallecimiento
Interior busca compañía que asegure la vida de 151.560 policías y guardias civiles


40.100 euros por fallecimiento

Uno de los aspectos más llamativos del contrato son las cantidades a indemnizar por la aseguradora que gane el concurso. En caso de fallecimiento deberá abonar 40.100 euros, una cifra que representa en torno al sueldo de un policía de base durante un año y medio. Fuentes del sector aseguran que las condiciones del seguro las fija el tomador, la Secretaría de Estado de Seguridad en este caso, y que esta cantidad es algo superior a la ofertada en otros tipos de trabajo. A ella habría que sumar el seguro de accidentes que suscriba el Ministerio del Interior en caso de que el siniestro se produzca en un vehículo. Por incapacidad permanente total se pagarán 15.660 euros, 37.700 en caso de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez. Y hasta 8.000 euros para gastos por sepelio y traslado de familiares directos del fallecido.





Obsérvese...Convenio Ayuntamiento de Madrid



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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1785 en: 09 de Enero de 2018, 14:32:10 pm »
Y cuánto paga de prima el Ayuntamiento de Madrid por ese seguro?

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1786 en: 09 de Enero de 2018, 15:00:52 pm »
Y cuánto paga de prima el Ayuntamiento de Madrid por ese seguro?

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Ni idea, pero como vemos de 40100 a 70000 euros es un buen seguro...al menos mucho mejor que la mierda del Estado.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1787 en: 13 de Enero de 2018, 15:56:31 pm »


La Dirección General de Trabajo duda del «encaje legal» de tantas libranzas y da al Consistorio diez días para ajustarse a la actual normativa


ANDRÉS PRESEDO GIJÓN.
Sábado, 13 enero 2018, 03:09
La Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, como órgano fiscalizador, rechazó dar por bueno el convenio colectivo de los funcionarios del Ayuntamiento de Gijón, al encontrar, a su entender, numerosas anomalías, sobre todo vinculadas con permisos y libranzas, que contravienen la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). Las discrepencias van desde los permisos y licencias en caso de fallecimiento de familiares, a los motivados por la conciliación familiar y la violencia de género o la lactancia, pasando por las excedencias, y el obligado control del cumplimiento de la jornada mínima obligatoria para los funcionarios.


En todos estos casos citados, entre otros, la Dirección General de Trabajo muestra sus dudas sobre la aplicación estricta de la legalidad vigente y solicita al Ayuntamiento de Gijón que aclare todos esos extremos, para lo que le da un plazo de diez días hábiles desde la recepción del escrito, que está fechado el día 4 de enero y firmado por la jefa de sección de Relaciones Laborales de la citada Dirección General, Sara Palacios Fernández.

Reuniones urgentes
El convenio de los funcionarios municipales de Gijón fue suscrito por los sindicatos y rubricado por la concejalía de Personal, que representa la concejala Ana Braña. Una vez conocidas las evidentes discrepancias, fijadas por escrito, por parte de la Dirección General de Trabajo del Principado, se han celebrado reuniones, la última ayer mismo, en la que los sindicatos y el equipo de gobierno municipal tratan de cuadrar en el texto las premisas que le llegan desde el Principado ya que, en caso contrario, se podría bloquear la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y, en suma, no entraría legalmente en vigor.


El ajuste del texto a la legalidad supondrá rebajar algunos de los derechos ya pactados


Fuentes sindicales confirmaron a EL COMERCIO el contenido del escrito del Principado, bajo el encabezamiento de «requerimiento de subsanación», aunque restaron importancia a las discrepancias, algunas de las cuales, aseguraron, ya se fijaban en el anterior convenio colectivo. Sin embargo, reconocieron que deberán de afinar en la redacción de algunos de los derechos laborales fijados en el nuevo convenio para que tengan encaje dentro de la legalidad exigida desde la Dirección General de Trabajo. Ello supondrá, sin duda, rebajar las pretensiones en no pocos aspectos, sobre todo en materia de permisos, para ajustarse de forma indudable a la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1788 en: 22 de Enero de 2018, 11:20:50 am »


Otra sentencia favorable: un policía con discapacidad puede pasar a segunda actividad


Posted on 22 gener, 2018 per AILPOLD in Justícia, Policies Locals // 0 Comments


Poco a poco, y  como últimamente viene siendo más común en diferentes CCAA, la Justicia vuelve a darnos la razón.

El afortunado, nuestro compañero J.G.H., perteneciente al cuerpo de la Policía Local de Palamós y afiliado a nuestra Asociación.

Esta vez ha sido el Juzgado Contencioso-Administrativo de Girona Número 1, en su Sentencia 12/2018 con fecha 18 de enero de 2018, que adjuntamos.



Más allá de la importancia del reconocimiento de la petición del demandante, con esta sentencia se ha visto reconocido todo aquello que ya en su día fue trasladado al actual Alcalde de Palamós Sr. Lluís Puig (ERC) en una reunión en la que participó, además del interesado, el Jefe de la Policía, un compañero y afiliado de la Pl-Palafrugell y el Presidente de AILPOLD, y que fue desestimado.

Todo ello ha causado una pérdida a la propia administración y por ende al ciudadano, puesto que se han invertido tiempo y recursos económicos en algo que, por sentido común, debería  haberse  aplicado en sus orígenes.

Tendríamos que preguntarnos: ¿cuántos consistorios cumplen con el porcentaje de personal con discapacidad contratado?

Volvemos a insistir en la falta de empatía, visión y voluntad política respecto a la situación de los trabajadores con una discapacidad sobrevenida.

Cabe decir que en esa reunión se hizo caso omiso a  subsanar esta situación. A pesar de haber facilitado toda la información relativa sobre este tema (incluidas las 2 admisiones a trámite de la ONU por los mismos hechos) y  obviando que un municipio próximo como era Palafrugell acababa de regular un reglamento totalmente adaptado a la citada Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad posibilitando la continuidad en 2ª Actividad de una “persona con discapacidad”.

Otro dato importantísimo, y que refleja la sentencia, es que, además, el Ayuntamiento de Palamós (que ya lleva más de 20 años sin desarrollar el reglamento de segunda actividad, tal y como se establece en la disposición adicional segunda de la Ley 16/1991 de Coordinación de Policías Locales de Cataluña) se había comprometido, mediante acuerdo firmado en el año 2010, a elaborar el citado reglamento,  compromiso que  también había sido incumplido.

Y que por tanto la Administración “debe” propiciar en un plazo razonable y proporcionado el desarrollo reglamentario a fin de evitar el efecto de pérdida de efectividad de una norma con rango de ley. Punto este importante para aquellos municipios dónde todavía no tengan regulado su correspondiente reglamentos de 2ª Actividad.

Lo más triste es que, como siempre, detrás de todo hay una persona que ha sufrido de por si un hecho traumático, que también lo viven familiares y amigos.

Si en el año 1988 (año en que se incorporó nuestro compañero a la Policía Local) su vida cambió, no lo hizo menos cuando por un accidente laboral (que no fue tramitado como tal, como en tantas otras ocasiones nos hemos encontrado) acabó finalmente incapacidado por enfermedad común.

De aquí que lance el primer consejo como Asociación: NO dejéis pasar por alto cualquier pequeño incidente/accidente en el que sufráis una lesión, durante vuestra jornada laboral.

Retomando otra vez el caso que nos ocupa, nuestro compañero empezó un periplo de intervenciones quirúrgicas que le provocaron múltiples secuelas como las de la imagen.



Pues aun así le dieron el alta para trabajar en la calle como agente de la autoridad. INCREÍBLE.

No obstante, nuestro compañero, con la misma ilusión que hacía más de 20 años, solicitó un 7 de septiembre de 2016 su pase a segunda actividad para realizar aquello que más le gustaba: hacer su trabajo como policía local,  pero con la única premisa de que se adaptase su puesto a su discapacidad. Nuevamente, obtuvo una negativa como respuesta a su petición.

Con poco margen de tiempo y ante la  posibilidad de poner en riesgo su propia integridad física, presentó recurso ante el INSS, el cual concluyó finalmente en el reconocimiento de una incapacidad permanente en grado total, el 13 de diciembre de 2016.

A raiz de ese reconocimiento, la Administración Local del Ayuntamiento de Palamós se puso manos a la obra y tramitó su, nuevamente mal denominada, “jubilación forzosa” mediante decreto de alcaldía 2017/154 del 19 de Diciembre del 2016, aplicando un artículo del EBEP que por ende no es de aplicación a aquellos colectivos con legislación específica. La sentencia también hace referencia a que, tal y como se recogen en el Dictamen 89/2016 de la Comisión Jurídica y en el Informe de Inspección de Trabajo en el procedimiento abreviado 259/14 en el Juzgado nº15 de Barcelona, se trata de una posibilidad, no de una obligación.

Ante todo esto el compañero presentó demanda contenciosa-administrativa por entender que se vulneran derechos básicos fundamentales y que se recogen en la sentencia tales como que:

El Ayuntamiento no ha cumplido el compromiso de aprobar el reglamento de segunda actividad según se contempla en el artículo 104 del Acuerdo suscrito en su día.
Se ha vulnerado el derecho constitucional al trabajo y a la igualdad pues si se había aplicado con anterioridad a otros trabajadores y funcionarios laborales.
También en ella se manifiesta que es totalmente compatible la prestación por incapacidad permanente con la retribución económica por el trabajo al pertenecer al régimen general de la Seguridad Social”
En la sentencia se hace referencia también a múltiples sentencias dictadas recientemente por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, pero cita en concreto la de la Sala 4ª del 21 de Junio de 2017. En ella se destaca lo siguiente:

“En primer término cabe destacar que la incapacidad permanente total declarada por el INSS constituye un presupuesto jurídico para que el funcionario perciba las prestaciones contributivas a las que tiene derecho”.

“No obstante dicha resolución no declara de forma automática la jubilación forzosa del funcionario que padece la incapacidad, sino que aquella ha de declararse por el órgano competente, previa tramitación del expediente correspondiente, es decir previa determinación de la normativa legal o convencional aplicable al caso y con los efectos jurídicos en la misma”

Se hace referencia también al criterio de la Sala Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en diversas sentencias entre ellas la de 15 de noviembre de 2016 o la del 15 de septiembre de 2017 y 2 de marzo de 2017 dónde se hace expresa referencia al artículo 49 CE y el Decreto Legislativo 1/2013 reconociéndose en su artículo 35 el derecho al trabajo de las personas con discapacidad, definiendo los supuestos de discriminación directa e indirecta así como la nulidad de los preceptos reglamentarios. Las cláusulas de los convenios, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que den lugar a situaciones de discriminación directa o indirecta desfavorable por razón de discapacidad en los ámbitos del empleo, en materia de retribuciones, jornada y demás condiciones de trabajo….

Además se cita en la misma sentencia la Convención Internacional de las Naciones sobre los derechos de las personas con discapacidad y su protocolo facultativo. Recogiéndose que la Convención también es parte de nuestro ordenamiento desde el 23 de diciembre de 2010.

Así como, los artículos 14, 9.2 y 10.1 de nuestra Constitución.

Y por último, se resalta que el hecho de que el recurrente haya sido declarado en situación de incapacidad permanente total no es obstáculo para ser declarado en segunda actividad y ocupar un puesto de trabajo adecuado a sus circunstancias. Y por eso la resolución recurrida se considera nula de pleno derecho. Y se declara nula su jubilación forzosa y consecuencia de ello es el reconocimiento, como situación jurídica individualizada, del derecho del recurrente a pasar a la segunda actividad con efecto retroactivo al momento en que le fue denegado dicho reconocimiento con todos los efectos jurídicos inherentes a tal declaración

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1789 en: 22 de Enero de 2018, 11:23:15 am »

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« Respuesta #1790 en: 24 de Enero de 2018, 08:29:03 am »
Este Ayuntamiento NO....la administración en su conjunto general tras el dictamen de la SS de una jubilación por enfermedad o accidente....digamos las cosas como son.

https://twitter.com/Ail_pold/status/955850366159065089


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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1791 en: 24 de Enero de 2018, 19:04:07 pm »
Y no lo es......pero siempre que la SS no te aplique la jubilación por incapacidad.


https://youtu.be/HzBgsH7QxGE

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« Respuesta #1792 en: 10 de Febrero de 2018, 07:51:26 am »

La metalurgia alemana celebra las 28 horas de trabajo semanal
 Un acuerdo entre patronal y el sindicato IG-Metall, el mayor del país, trae a los trabajadores germanos una importante conquista en materia de conciliación de vida laboral y familiar

 De momento, afecta al Länder de Baden-Wurtemberg, pero podría extenderse a otros territorios del país

Por Aldo Mas
07 feb 201818:25

Ni 40, ni 35, ni 30 horas. La semana laboral de los trabajadores de la metalurgia alemana que lo deseen será de 28 horas. Así lo establece el acuerdo alcanzado esta semana entre la patronal y el sindicato IG-Metall, la mayor organización sindical del país, con 2,3 millones de afiliados en un sector clave de la poderosa economía germana: da trabajo a 3,9 millones de personas.

Las empresas del célebre "Made in Germany", como los fabricantes de coches BMW o Daimler –responsable de marcas como Mercedes o Smart–, estaban amenazadas de huelgas ilimitadas. Desde el mes pasado, se habían registrado movilizaciones, con paros que han llegado a ser de hasta una jornada completa en unas 280 empresas del sector.

En total, se movilizaron alrededor de 1,5 millones de empleados desde principios de año. No se recordaba en los últimos tres lustros una movilización sindical de estas características en el país. Hace unos días, Dieter Zetsche, consejero delegado de la poderosa Daimler, pedía "una solución rápida" a un conflicto que ha estado lejos de enquistarse. Prueba de ello es que el acuerdo se cerró en la noche del lunes al martes. Éste ofrece la posibilidad a los trabajadores que quieran el tener más tiempo para conciliar la vida privada y familiar con la vida laboral.

El acuerdo incluye las mejoras salariales más altas que se recuerdan en los últimos años, con subidas de hasta un 4,3%. Inicialmente, se pedía que fueran de un 6%, algo a lo que se negaba la patronal,  que consideraba suficiente un 2%. El texto acordado también contempla primas mensuales de hasta 400 euros.

"Vemos el acuerdo como un éxito, porque hemos conseguido algo que, por ley, no existe. A saber, establecer la posibilidad de que alguien que quiera reducir su jornada de trabajo pueda hacerlo. Pero, además, que pueda después recuperar su anterior jornada si así lo desean después", explica a eldiario.es un portavoz de IG-Metall en Fráncfort (oeste). Allí se encuentra la sede central de esta organización de trabajadores.

Hasta 2020
El acuerdo entrará en vigor el próximo año. Su duración será limitada, puesto que, en principio, tiene fecha de caducidad: el 31 de marzo de 2020. Sea como fuere, las 28 horas semanales de trabajo seguro que verán la luz en el Land de Baden-Wurtemberg, la región del suroeste teutón donde representantes patronales y sindicales terminaron dándose la mano en la madrugada del martes.

"Estamos satisfechos. Hemos conseguido más dinero para los empleados, y mejoras en lo que respecta a las horas de trabajo", plantea a este diario Petra Otte, representante de IG-Metall en Baden-Wurtemberg. Ahora toca a los representantes patronales y sindicales del resto de Länder alemanes decidir sobre el documento aprobado en Baden-Wurtemberg. Se trata de un "acuerdo piloto", apuntan desde IG-Metall en Fráncfort, que puede adoptarse en otros Länder como ha sucedido con otros en el pasado. "Es un primer paso para la generalización en Alemania de las semanas de 28 horas laborales dentro del sector de la metalurgia", añaden.

OCULTAR PUBLI X
Pero no es sólo eso. Otros sectores – como los servicios, la construcción y otros ámbitos industriales – podrían inspirarse en esta conquista de IG-Metall, que supera con creces otras reivindicaciones que han ganado eco en el debate público germano. Este tipo de iniciativas aparecen recurrentemente en los medios de comunicación de un tiempo a esta parte en una Alemania que además de flirtear con el pleno empleo (5,3% de paro) crece sólidamente (2,2% en 2017). La semana de las 28 horas lograda en la metalurgia supera, por ejemplo, la batalla por la semana de 32 horas que abandera la socióloga Jutta Allmendinger.

"Un sistema de horarios de trabajo flexible para el siglo XXI"

Rainer Dulger, presidente de Gesamtmetall, la organización patronal del sector, planteaba tras alcanzarse el acuerdo de esta semana que se habían "puesto las bases de un sistema de horarios de trabajo flexible para el siglo XXI". Sus palabras resultaban más positivas que el comentario que hacía Stefan Wolf, líder patronal de Südwestmetall, la federación patronal del suroeste teutón. "Duele el 4 antes de la coma", comentaba Wolf sobre las subidas salariales del 4,3%.

Sin embargo, también hay motivos para la satisfacción entre los representantes de las empresas del sector. Porque si bien las 28 horas son una solución de la que podrán beneficiarse los empleados que lo deseen, paralelamente, los empresarios podrán ahora hacer más contratos en los que se pidan más horas de trabajo semanales. A saber, 40 horas en lugar de 35.

En IG-Metall plantean, en cualquier caso, que el resultado de Baden-Wurtemberg es importante porque ofrece a los empleados una libertad que antes no tenían. A saber "una mayor libertad a la hora de elegir sus horarios de trabajo", según los términos de Roman Zitzelsberger, líder de IG-Metall en el Land del suroeste alemán.

"A las empresas les está yendo en Alemania mejor que nunca, queremos que nuestros afiliados puedan ser participes de esa situación. De ahí las reivindicaciones económicas", sostiene Otte. "Pero es que además, hay muchos trabajadores que quieren acortar sus jornadas, trabajar menos o, simplemente ser ellos los que decidan cuánto van a trabajar", concluye.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1793 en: 12 de Febrero de 2018, 06:25:58 am »
 Empleo espera mejorar el borrador
La nueva ley de mutuas pone en pie de guerra a los sindicatos contra el Gobierno

Contempla donaciones de parte del "bonus" por baja siniestralidad de las empresas a las mutuas, lo que a su juicio podría provocar ocultar accidentes.
La Información
domingo, 11 febrero 2018, 11:25

La nueva ley de mutuas no gusta a los sindicatos.

El Ministerio de Empleo ultima el borrador del reglamento que desarrolla la Ley de Mutuas, que contempla donaciones de parte del "bonus" por baja siniestralidad de las empresas a las mutuas, lo que a juicio de lo sindicatos puede inducir a la no declaración de accidentes laborales.

El texto del reglamento, que acaba de ser sometido a consulta pública, ha recibido numerosas enmiendas por parte de los sindicatos UGT y CCOO, que critican al Gobierno por no haberlo negociado previamente y que consideran que "incrementa el poder de las mutuas de accidentes de trabajo por encima de la salud de los empleados".

Fuentes del Ministerio de Empleo han asegurado que, precisamente, confían en que los sindicatos presenten cuantas alegaciones sean necesarias para mejorar el texto y señalan que el diálogo "es fluido".
Una de las novedades que introduce el borrador del reglamento es la posibilidad de que las empresas que se beneficien de una reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales por haber disminuido su siniestralidad laboral puedan destinar hasta un 10 % de dicho incentivo al patrimonio histórico de su mutua.

A juicio del secretario de Salud Laboral de CCOO, Pedro Linares, esta situación "puede crear fraude en la declaración de accidentes laborales", dando lugar a un subregistro de daños, debido a que ya no es necesaria la conformidad de los representantes de los trabajadores o de la Inspección de Trabajo. De esta forma, la mutua se convierte en "juez y parte" en el proceso al poder acordar con la empresa beneficiada el porcentaje del retorno de las cuotas.
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Para CCOO, este reglamento pretende "recuperar cuestiones que fueron rechazadas en la tramitación de la Ley de Mutuas", como algunas situaciones en el caso de las bajas médicas por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. En este sentido, cita que el reglamento propone utilizar el silencio administrativo como respuesta positiva en el caso de la solicitud de pruebas diagnósticas o para efectuar tratamientos terapéuticos.

De esta forma, dice el texto del reglamento, una vez que la mutua ha solicitado la realización de las citadas pruebas o tratamientos, si el médico del Servicio Público de Salud no los autoriza o los deniega en el plazo de cinco días, "se entenderá otorgada tácitamente dicha autorización". Para CCOO, esta cuestión puede tener consecuencias tanto para los trabajadores afectados como para los propios médicos del Sistema Público de Salud, dado que la autorización tácita implica la asunción de la responsabilidad final de los actos para quienes los autoriza.

Pago de los desplazamientos de los incapacitados temporales

Otro de los puntos que introduce el nuevo texto es relativo al pago de los desplazamientos de los trabajadores en incapacidad temporal que son llamados a reconocimientos por parte de las mutuas, que sólo estarán obligadas a abonarlos si la distancia a recorrer es superior a los 25 kilómetros. Esto representa un "endurecimiento del criterio" para CCOO, que también critica que se aplique a todas las incapacidades temporales, sean profesionales o comunes.

Según explicó Linares, el texto da entrada por primera vez a un trabajador autónomo en la Comisión de Control y Seguimiento de las mutuas, que estará compuesta por un máximo de doce miembros, entre ellos el presidente de la Junta Directiva más un número par de miembros igual o inferior a diez. De estos, la mitad corresponderán a los sindicatos y la otra mitad a la representación de los empresarios asociados.

Para UGT, este proyecto sigue sin corregir la falta de transparencia existente en la gestión de las mutuas y supone un paso más en la privatización parcial del sistema de la Seguridad Social y de la sanidad pública

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1794 en: 16 de Febrero de 2018, 09:07:22 am »

Piden que se reconozcan los derechos laborales de los policías locales con una discapacidad sobrevenida


Rechazan que los agentes sean obligados a jubilarse cuando quedan incapacitados por un accidente durante el ejercicio de sus funciones.
La Palma Ahora - Santa Cruz de La Palma
15/02/2018 - 14:11h

La Asociación para la Integración Laboral de los Policías Locales con Discapacidad (AILPOLD) aplaude la iniciativa del Parlamento de Canarias por la iniciativa legislativa en la nueva redacción de la ley de Coordinación de Policías Locales de Canarias y que trata de responder a todas aquellas cuestiones que desde el ámbito municipal y profesional se han ido generando en los municipios desde su redacción inicial en 1997 y que a día de hoy no se han llevado a cabo los cambios normativos correspondientes para resolver el marco normativo actual y adecuarlo a las necesidades de los municipios.

Consideran que “estos cambios podrían modelar la ordenación y coordinación de todos los cuerpos de Policía Local de Canarias, con estructuras comunes, medios técnicos, defensivos y retribuciones homogéneas, así como la movilidad de su personal entre todos los municipios de Canarias con criterios comunes, con atención a los principios de igualdad de género, discapacidad y así poder adaptarse a las necesidades y peculiaridades de los diferentes municipios de la Comunidad Autónoma de Canarias.”

La Asociación advierte sobre “la incorporación de los derechos de los policías y las policías locales que adquieran una discapacidad sobrevenida y que la mencionada futura ley contemple la denominada segunda actividad de acuerdo con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, normativa que es aplicable y que forma parte de nuestro ordenamiento jurídico”.

“Desgraciadamente, aún con las mejoras conquistadas a lo largo de los últimos años a nivel social, nos encontramos que a día de hoy en muchos ayuntamientos de Canarias son despedidos los policías locales por una mal denominada jubilación forzosa por reconocimiento de una discapacidad como consecuencia de un accidente durante el ejercicio de nuestras funciones o por enfermedad común o profesional sobrevenida”, aseguran.

“Desde hace años venimos denunciando la vulneración sistemática del Acuerdo de Naciones Unidas ratificado por el Gobierno de nuestra nación en el año 2007 de los Derechos de las personas con discapacidad y su aplicación en el desarrollo reglamentario para la que se conoce como segunda actividad”, recuerdan.

AILPOLD cuenta además con el apoyo del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), principal plataforma de la discapacidad en España.

“Pues se ha puesto de relieve la necesidad de que los municipios canarios con sus respectivos reglamentos de segunda actividad regulen el paso a otras tareas por razones de edad o de discapacidad en los casos en que el agente ya no puede desarrollar las tareas habituales del cuerpo, pero aunque este paso está legalmente reconocido, son habituales las situaciones en que policías locales son apartados del cuerpo o bien sometidos a situaciones de desigualdad respecto al resto de compañeros”, afirman.

“Esta discriminación fue denunciada ante la ONU por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI)”, dicen.

“Esperemos que el futuro texto dé un paso adelante en el efectivo reconocimiento de los derechos laborales de los policías locales con discapacidad, así como una herramienta útil a la hora de poner en práctica las medidas que faciliten esta transición a otra tarea”.

Entienden que “la Administración ha de ser garante del derecho general a la readaptación profesional de cualquier discapacitado o discapacitada, tenga el grado que tenga reconocido y promulgando su integración, mediante el derecho al trabajo y la re-adaptación profesional (artículos 35 y 40 CE) del derecho a la integración de las personas con disminución (artículo 49 CE), el derecho a acceder y mantenerse en los cargos públicos (artículo 23 CE) y por último a la propia dignidad de la persona (art.1 CE)”.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1795 en: 22 de Febrero de 2018, 07:32:52 am »
 Aunque pueden incluso no remunerarse
Las guardias en casa son siempre tiempo de trabajo, según la Justicia europea

La sentencia del TJUE se refiere al caso de un bombero belga voluntario y a su disponibilidad para prestar sus servicios en un máximo de ocho minutos.


l Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este miércoles que las guardias domiciliarias de un trabajador que tiene obligación de responder a una convocatoria de su jefe en un plazo de breve y permanecer a disposición para prestar sus servicios de forma inmediata en caso necesario deben considerarse como tiempo de trabajo en virtud de la directiva que lo regula de 2003.

La sentencia se refiere al caso de un bombero voluntario para el servicio de protección contra incendios de la ciudad de Nivelle (Bélgica), actividad que compaginaba con otro empleo en una empresa privada y que recurrió a la justicia en 2009 para obtener del consistorio una indemnización por daños y perjuicios por sus servicios de guardia domiciliaria, alegando que debían considerarse como tiempo de trabajo, algo que el Tribunal Laboral Superior de Bruselas ha pedido a la justicia europea que aclare.

El Tribunal de Justicia de la UE ha aclarado que el tiempo de guardia que un trabajador hace desde casa con la obligación de responder a convocatorias de su empleador en un plazo breve de ocho minutos -que le restringe considerablemente poder dedicarse a otras actividades_debe considerarse como "tiempo de trabajo" porque, en este caso, el trabajador estaba obligado a presentarse "físicamente" en el lugar determinado por el empresario en apenas ocho minutos y a permanecer a disposición para prestar sus servicios de forma inmediata en caso necesario y no solo estar meramente localizable en sus guardiaS.

Además, precisa que los Gobiernos de la UE no pueden establecer excepciones en función de determinadas categorías de bomberos -en este caso era voluntario_ respecto a las obligaciones de la normativa y no pueden adoptar una definición diferente a la que establece la directiva para el concepto de "tiempo de trabajo", aunque sí pueden introducir disposiciones en su derecho nacional sobre la duración del tiempo de trabajo y de los periodos de descanso más favorables que los contemplados por la directiva. También pueden ser más favorables para proteger la seguridad y la salud de los trabajadores que lo que marca la directiva.

Eso sí, el Tribunal de Justicia de la UE deja claro que la normativa no regula la retribución de los trabajadores, algo que está fuera de la competencia de la Unión, y por tanto los Estados miembro pueden regular una retribución del trabajador distinta durante el tiempo de trabajo y los periodos de descanso. Estos pueden incluso no remunerarse.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1796 en: 23 de Febrero de 2018, 16:22:20 pm »

Los compañeros del ertzaina fallecido: "Llevaba trabajando desde las siete de la mañana"


 Kike Hernando, compañero del ertzaina fallecido 18 años y delegado del sindicato Esan, explica los pormenores de lo ocurrido tras los incidentes entre ultras del Athletic y del Spartak

 "¿Dónde estaban los 500 ertzainas prometidos? Éramos 36 furgonetas. A 6 cada una, 216", lamenta el agente



EFE
Por Iker Rioja Andueza
23 feb 201810:37

"Le podía haber pasado en otro sitio, pero le paso ahí,  trabajando. Llevaba desde las 7 de la mañana en el operativo". Quien habla es Kike Hernando, delegado del sindicato Esan y compañero durante de 18 años de Inocencio, el ertzaina fallecido el jueves a la noche en Bilbao tras sufrir un paro cardíaco durante las cargas policiales para contener los altercados provocados por ultras del Athletic y del Spartak de Moscú. Hernando acompañó a la familia en el hospital, especialmente al hermano del finado, también integrante de la misma escuadra de la Brigada Móvil, la unidad antidisturbios de la Ertzaintza, y que presenció 'in situ' cómo su hermano caía desplomado.
Hernando explica que el agente murió por causas "naturales". Fuentes médicas apuntan a un "tromboembolismo pulmonar masivo" a falta del informe definitivo de la autopsia. Está confirmado que no recibió el impacto de ninguna de las bengalas y objetos que volaron entre los radicales en los aledaños de San Mamés, cosa que sí los ocurrió a otros efectivos de la Policía vasca. Media docena han sido atendidos en sus mutuas. Eso sí, el compañero destaca la "tensión" y "estrés" de una situación que, a su juicio, no fue planificada o prevista de la mejor manera posible.

"Había falta de medios.  ¿De dónde salen los 500 ertzainas? Allí había 36 furgonetas. Por seis agentes cada una, 216 de Brigada Móvil. No 500", señala Hernando. Esan, como también Erne, van a exigir responsabilidades políticas al Departamento de Seguridad en sendas ruedas de prensa convocadas para este viernes.

Una de las cuestiones que quieren poner encima de la mesa es quién estaba al frente de la mesa de crisis ante una situación de riesgo con ultras desplazados desde Rusia -los del Spartak son conocidos por su violencia- y con los antecedentes del sector más radical de Herri Norte, a los que se les decomisaron puños, porras extensibles y objetos arrojadizos contundentes. La consejera, Estefanía Beltrán de Heredia, se desplazó a medianoche al hospital de Basurto a acompañar a la familia. Horas antes ya habían acudido allí dos jefes de división de la Ertzaintza, a los que se sumó más tarde el jefe del cuerpo, Jorge Aldekoa.

Erne: Fue a causa de los "incidentes"
El principal sindicato de la Ertzaintza, Erne, ha ofrecido una rueda de prensa este viernes en Bilbao en la que ha vinculado la muerte del agente con los "incidentes" y con las "agresiones" sufridas por los uniformados movilizados. "Había una intencionalidad de confrontación entre aficiones y que ponía en riesgo la integridad del resto de los aficionados" y de los policías, subraya Erne.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1797 en: 24 de Febrero de 2018, 00:28:23 am »
La Ertzaintza no tiene el número suficiente de efectivos especializados para afrontar con garantias un dispositivo asi.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1798 en: 27 de Febrero de 2018, 07:15:21 am »
"Guiños"


 Hacienda 'regala' a los funcionarios el 8 de diciembre para que lo disfruten cuando quieran


La tradicional festividad de la Inmaculada cae este año en sábado. La decisión del Ministerio, amparada en una resolución de 2012, se produce en medio de la negociación con los sindicatos para cerrar un acuerdo salarial y de condiciones de trabajo para el trienio 2018-2020.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1799 en: 02 de Marzo de 2018, 09:51:16 am »
Un suicidio cada 6 días
Por
Esteban Navarro Soriano -
01/03/2018 0

Ya es un hecho, y las cifras lo avalan, la profesión de policía es uno de los sectores con la tasa de suicidio más alta. Funcionarios de la Policía Nacional y de la Guardia Civil están sufriendo este 2018 un incremento en el número de agentes que se quitan la vida. Y a estas cifras, preocupantes, se suma el tabú social que se origina en torno al suicidio. Dicen los expertos que no debe hablarse para evitar un efecto contagio, pero sin embargo no se respeta este principio de cautela cuando se trata de, por ejemplo, violencia machista, donde la prensa publicita al máximo las muertes sin temor a un efecto dominó. En el caso de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad es inquietante para la sociedad que “algunos” de sus agentes hayan decidido quitarse la vida. Por eso no se anuncia y en lo que llevamos de 2018 ya se han quitado la vida 10 agentes: uno cada 6 días.

Martes 2 de enero, Guardia Civil de Alicante

Miércoles 31 de enero, Policía Nacional de Sevilla.

Lunes 5 de febrero, Guardia Civil de Granada.

Miércoles 7 de febrero, Guardia Civil de La Laguna (Tenerife)

Sábado 10 de febrero, Policía Nacional de Palencia.

Sábado 17 de febrero, Policía Nacional de Motril (Granada)

Lunes 19 de febrero, Policía Nacional de Valencia.

Martes 20 de febrero, Guardia Civil La Candelaria (Tenerife)

Lunes 26 de febrero, Guardia Civil Alicante.

Martes 27 de febrero, Guardia Civil Fuerteventura

No he podido contrastar la cifra porque el suicidio no debe tratarse en la prensa ni airearse por la preocupación, no siempre acertada, de que detrás de un suicidio hay personas desequilibradas, depresivas y con un sentimiento arraigado a lesionarse o lesionar a los demás. Se dice, o se cree, que el suicidio afecta a los locos. Pero los motivos son otros.

En el caso de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado hay cinco causas que pueden ayudar a explicar el incremento de la tasa de suicidios.

El primero es la posesión del arma, ya que como funcionarios de policía deben ir armados independientemente del puesto que ocupen. Tener un arma no implica que sea más sencillo suicidarse, pero sí que facilita la acción una vez que la decisión se ha tomado.

El segundo es la dificultad para conciliar la vida familiar. Ya nadie es ajeno a que la profesión de policía es una de las más duras por las condiciones laborales en las que se desenvuelve. El ciudadano ha de saber que los policías siempre están ahí, sea festivo, Fin de Año, Navidad, Nochevieja, fin de semana o cualquier otro día. Mientras usted duerme o lee este artículo ha de pensar que hay cientos de coches patrulla recorriendo las calles de nuestras ciudades, y esos agentes también tienen familia, mujer e hijos. Conciliar la vida familiar con el actual sistema de turnos de la policía es harto complicado.

El tercer factor es la presión y la tensión vinculadas a la actividad propiamente policial. Los policías deben enfrentarse diariamente a situaciones extremas. Cadáveres, robos, atracos y peleas forman parte del devenir diario. Además de la amenaza constante de las alertas terroristas, que estos años se han incrementado por el yihadismo.


El cuarto factor es el geográfico. Los agentes están sujetos a traslados que, en ocasiones, se producen de punta a punta del Estad
o. En las comisarías se les denomina como “doblar el mapa”. El policía que quiere ascender, para incrementar su paupérrima nómina, debe pasar, en la mayoría de las ocasiones, de forma ceremonial, un par de años por otra plantilla distinta a la suya. Vivienda, soledad, distancia de la familia y quebranto económico son difícilmente soportables.

Y el quinto, y no menos importante, es la execración por parte de los jefes, médicos y compañeros que no saben, o no quieren, comprender cuando un policía pasa por dificultades. El hazmerreír, la burla y la presión de unos jefes que no están preparados para apaciguar la tensión producida dentro de las comisarías no ayuda, precisamente, a sobrellevar la tensión de ese policía que está pasando serios problemas y que nadie ha querido ver antes del fatal desenlace.

Y desde el Ministerio de Interior solo hay que transcribir las declaraciones del Secretario de Estado de Seguridad, José Antonio Nieto, cuando asegura que el 90% de los suicidios de agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil no están relacionados con su actividad laboral, sino con cuestiones relacionadas con el ámbito sentimental, personal y familiar.

A esa declaración también se le conoce como «mirar para otro lado».

#StopSuicidiosPolicia