Autor Tema: Derechos y riesgos laborales  (Leído 285436 veces)

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1800 en: 04 de Marzo de 2018, 09:31:05 am »

El demoledor artículo de Joaquín Leguina sobre los suicidios en la Policía y Guardia Civil levantará ampollas en Interior


"La censura sobre el tema del suicidio viene avalada por el argumento según el cual hacer públicos los suicidios incitaría a cometerlos, pero este argumento no se aplica jamás a otras muertes violentas"

Juan Velarde, 03 de marzo de 2018 a las 07:52

Joaquín Leguina escribe este 3 de marzo de 2018 una tribuna demoledora en ABC en el que pone de relieve como en España se oculta sobremanera el asunto de los suicidios e incide especialmente cómo en Policía y Guardia Civil se producen demasiados casos luctuosos de esta índole y explica cómo los mandos superiores no prestan la suficiente atención médica a sus subordinados:

En España -no se sabe por qué- se ejerce una estricta censura sobre unos hechos luctuosos como son los suicidios, y también sobre los nombres de ciertas dolencias físicas o mentales ("murió tras una larga enfermedad", suele leerse). Sin embargo, la psiquiatría, la sociología (comenzando por el clásico, 'El suicidio', de Émile Durkheim) y la literatura se han ocupado a fondo del suicidio.

Cuenta como la literatura ha encontrado un filón en este asunto:

Los literatos no sólo han escrito sobre él, también lo han practicado: Virginia Stephen padecía una psicosis maniacodepresiva que la condujo a meterse en un río con piedras en los bolsillos del abrigo. Mariano José de Larra, sin haber cumplido los treinta años años, una mala mañana se puso delante del espejo y en lugar de afeitarse la barba se pegó un tiro con una pistola, privándose él y privando a los demás de una vida creadora. Más lógicos parecen los suicidios de Stefan Zweig y de su esposa, muertos juntos en su exilio brasileño al no poder soportar el hundimiento de un mundo que había sido el suyo. Cesare Pavese terminó su libro «El oficio de vivir» con estas palabras: «No más parloteo. Un gesto. Ya no escribiré más»... y se tomó una dosis letal de somníferos.

Yukio Mishima tenía cuarenta años cuando se hizo el harakiri delante de la televisión en un cuartel de Tokio, cuyo asalto había dirigido. Romain Gary -cuyo éxito literario y vital eran indiscutibles- llamó desde su casa parisina a una amiga suya que vivía en Suiza y le anunció que al día siguiente iría a visitarla. A continuación se puso un pijama, cubrió la almohada con una toalla roja, se metió en la cama, sacó un revólver de la mesilla de noche y se pegó un tiro en la sien.

Yasunari Kawabata, ganador del Nobel en 1968, había escrito que "el suicidio no es una forma de iluminación", pero en abril de 1972 abrió todas las espitas de gas en su casa y se dejó morir. Emilio Salgari, que había escrito las más hermosas aventuras orientales con Sandokán como protagonista, y lo había hecho sin salir de su casa italiana, usó la espada para suicidarse. El poeta catalán Gabriel Ferrater había anunciado que no cumpliría los 51 años... y poco antes de la fecha metió la cabeza en una bolsa de plástico y se la ató alrededor del cuello.

Y va al meollo del asunto:

Emilio, un inspector del Cuerpo Nacional de Policía, llegó el sábado 10 de febrero de 2018 a la comisaría de Palencia donde trabajaba, saludó a los compañeros y entró al vestuario. Allí se disparó un tiro en el pecho y murió. Tenía mujer y un hijo de ocho años.

Jacobo, un guardia civil de 38 años destinado en el puesto de Candelaria (Tenerife). Estaba separado. Los vecinos oyeron un disparo seco a primera hora de la mañana procedente de su vivienda: se había quitado la vida tras acabar su turno.

Estos datos los ha publicado Esdiario hace pocos días y también ha informado de que en lo que va de 2018 se han suicidado diez policías y guardias civiles. En Huesca, Sevilla, Benidorm, Motril... la epidemia se extiende por las plantillas de toda España. Pero no es coyuntural. Durante 2017 se suicidaron veintiún guardias civiles y doce policías nacionales.

Esdiario publicó también el mensaje de un policía nacional que rezaba así: "Lamentamos comunicar un nuevo caso de suicido en la Policía: la agente M.A.S. destinada en Valencia nos ha abandonado en el día de hoy (19-02-2018)".

Detalla que los agentes no tienen atención psicológica, al menos la que se merecen:

Según el psicólogo Juan F. Díez, que es un policía jubilado, el estrés laboral, el desarraigo y los turnos de trabajo son algunas de las causas que van minando la salud mental de los agentes. "Tienen un arma y un trabajo muy estresante. Sólo por ello todos los policías y guardias civiles deberían tener una buena atención psicológica", sostiene. Y añade: "Pero no la tienen. Una vez que ha entrado en el cuerpo, un guardia civil se puede pasar treinta años de carrera sin que le hagan un solo reconocimiento psicológico".

En la Guardia Civil prestan servicio en torno a medio centenar de psicólogos, todo ellos mandos del Instituto Armado (por lo que a un subordinado le cuesta horrores acudir a él en busca de ayuda).

Y denuncia el ocultismo que existe en España sobre el suicidio:

La censura sobre el tema del suicidio viene avalada por el argumento según el cual hacer públicos los suicidios incitaría a cometerlos, pero este argumento no se aplica jamás a otras muertes violentas, especialmente a los asesinatos de mujeres a manos de hombres, que no sólo se publican a bombo y platillo sino que sirven para justificar una ideología radical que predica la violencia intrínseca del "heteropatriarcado" contra las mujeres. A este propósito daré una pista en búsqueda de una explicación de la censura férrea que se practica acerca del suicidio: En España, de cada cuatro suicidios, tres lo son de varones y uno de mujer.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1801 en: 04 de Marzo de 2018, 13:07:45 pm »


Estos son los puestos de trabajo que más peligran con la robotización


Afectará más a los empleados de nivel de formación medio o bajo. Los sectores que potencialmente se verán más afectados por la automatización serán el transporte y la logística y la industria, que podrían perder hasta el 52% de los puestos de trabajo


Los robots presentes en la industria española han crecido casi un 47% en los últimos 14 años.
 JUAN CARLOS TÉLLEZ
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04.03.2018 - 05:15
La automatización ha dejado de ser cosa del futuro, al menos del más lejano, y ha comenzado a instalarse en nuestras vidas. Ahora llega el turno de asentarse también en nuestra oficina. El último informe de la consultora PwC destaca que la robotización del trabajo impactará en uno de cada tres empleos a partir del año 2030.


MÁS INFO
Casi seis de cada diez robots en España están en el sector del automóvil
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Los robots reducirán un 25% los costes laborales en cinco años
El estudio, titulado Will robots steal our jobs? y elaborado a partir del análisis del mercado laboral de 27 países, asegura que la inteligencia artificial no afectará significativamente en el mercado de trabajo español hasta más allá de ese año. Sin embargo, cuando lo haga, será definitivo: el 34% de los empleos podría estar en peligro por esta automatización.

Hasta 2030, según el informe, solo un 3% de los empleos en España estará en riesgo por la implantación de estos robots. Durante esta primera fase, se pondrá en marcha la automatización de las labores más sencillas y del análisis estructurado de datos. Sin embargo, en una segunda fase de automatización aumentada, que se prolongará hasta mediados de la década de 2020, se ampliará el intercambio de información y al análisis de datos desestructurados, con lo que el 21% de los empleos podría estar en riesgo. Esta automatización del mercado laboral español alcanzará su oleada autónoma a partir de 2030, cuando el 34% de los empleos se verá afectado por la automatización tanto de tareas rutinarias como de destrezas manuales y la resolución de situaciones y problemas en tiempo real.

Transporte y logística e industria, los sectores más afectados
En España, la robotización afectará al 39% de los hombres y al 28% de las mujeres, y será más crítica con los empleados de nivel de formación medio (39%) o bajo (44%). Además, los sectores que potencialmente se verán más afectados por la automatización serán el transporte y la logística y la industria, que podrían perder el 52% y el 45% de los puestos de trabajo, respectivamente, en el escenario más avanzado. Para los sectores de alimentación y distribución las previsiones son más moderadas (34%), mientras que el de educación será el que menos se vea afectado por la robotización, con solo el 8% de los empleos en riesgo.

El estudio de PwC considera que, muy probablemente, los viejos empleos sean sustituidos por otros nuevos y que, en el largo plazo, acabarán teniendo un efecto positivo para la actividad económica en su conjunto. Las estimaciones del informe apuntan a que la inteligencia artificial y la automatización supondrán en 2030 en torno al 14% del PIB mundial, aunque apunta que será imprescindible la colaboración entre las empresas y las administraciones públicas durante todo el periodo de transición hacia el nuevo mercado laboral para que el cambio se produzca gradualmente y los beneficios de las nuevas tecnologías afecten a la mayor parte de la sociedad y no solo a unos pocos.

Robots que paguen impuestos
Los sindicatos temen que esta automatización suponga un auténtico agujero negro para el desempleo. Desde UGT, su secretario de Política Sindical, Gonzalo Pino, se pregunta cuántos puestos de trabajo se quedarán en el camino de esta transformación. "La digitalización, la robotización, va a un ritmo tan acelerado que no va a permitir formar a los trabajadores para asumirla. Estos trabajadores se van a ver expulsados del mercado laboral", asegura en declaraciones a Vozpópuli.

Por eso, la formación es una de las claves en opinión de Pino. "Los empresarios se suman a los avances cuando ya es tarde, y no hay que esperar a 2030, sino empezar a preparar ya a los trabajadores para que puedan ser ellos quienes piloten esta transformación".

La otra clave está en asumir que la robotización es ya una realidad y, como tal, hay que saber gestionarla. "Hay que aprovechar el aumento de la productividad que traiga la robotización para alimentar el estado del bienestar". Considera Pino que los beneficios deben ir más allá del empresario y redundar en toda la sociedad. Y es aquí donde entra en juego el 'impuesto sobre los robots': que los beneficios que éstos generan sirvan para sufragar desde la sanidad hasta las coberturas sociales para los desempleados.

Evidentemente, no serían los robots quienes tributasen, sino que lo harían sus dueños, los empresarios. El sindicato aventura que serán muchos los trabajadores que se queden en el camino y proponen esta medida como paliativo de los 'daños' que vengan acompañando a la nueva generación de máquinas.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1802 en: 04 de Marzo de 2018, 13:09:46 pm »
Y llegará el día en que...

« Última modificación: 05 de Marzo de 2018, 06:56:09 am por 47ronin »

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1803 en: 06 de Marzo de 2018, 08:02:26 am »
Un juez sanciona a Correos por no facilitar crema solar a los carteros de Canarias

La sociedad estatal ignoró requerimientos de la Inspección de Trabajo para que protegiera a los trabajadores del riesgo de exposición a las radiaciones solares.
6 marzo, 2018 02:09


María Peral @Maria_peral

El Juzgado de lo Social número 9 de Las Palmas de Gran Canaria ha confirmado que Correos incurrió en una infracción de la normativa sobre riesgos laborales al no proporcionar a sus empleados medidas de protección frente a las radiaciones del sol, tales como cremas solares, pese a los requerimientos realizados por la Inspección de Trabajo.

La sociedad estatal Correos y Telégrafos recurrió al juez contra la decisión de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno de Canarias de imponerle una sanción de 8.196 euros por no haber incluido en la evaluación de riesgos laborales la exposición a radiaciones solares que sufren los trabajadores encargados del reparto, tanto con vehículo como a pie.

La ausencia de medidas de protección fue objeto de dos requerimientos de la Inspección, realizados en 2015 y 2016. "Debemos coincidir con la Inspección en que el riesgo a la radiación solar ha de ser tenido en cuenta en la evaluación de riesgos, no alcanzando a entenderse la resistencia de la entidad", afirma el juez.

La sentencia subraya que los reales decretos 773/1997 y 486/1997, que regulan las disposiciones mínimas de seguridad y salud, recogen dentro de las medidas de protección de los trabajadores "los protectores de la piel, cremas de protección y pomadas".

La guía técnica elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo señala que las medidas para proteger a los trabajadores que trabajan al aire libre deben incluir, además de las destinadas a hacer frente al frío o al calor excesivos, otras encaminadas a proteger a los trabajadores de la radiación solar directa, especialmente la ultravioleta. Tales medidas pueden ser, en el caso de trabajos al aire libre en época estival, "la habilitación de zonas cubiertas o sombreadas, el uso de prendas de protección que protejan todo el cuerpo, incluida la cabeza, de la radiación solar excesiva, el uso de gafas, cremas protectoras, etc.", recuerda la sentencia.

El juez, no obstante, considera "desproporcionada" la cuantía de la multa y acepta en este punto el recurso de Correos, rebajándola a 5.120 euros.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1804 en: 08 de Marzo de 2018, 09:13:40 am »


El terrible incendio que hizo que hoy celebremos el Día de la Mujer
En la Jungla. La muerte de 140 mujeres trabajadoras en el Nueva York de comienzos del siglo XX inspiró la conmemoración del 8 de marzo.
8 marzo, 2018 08:04

https://www.elespanol.com/social/20180308/terrible-incendio-hizo-hoy-celebremos-dia-mujer/290222092_0.html

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1805 en: 10 de Marzo de 2018, 08:22:02 am »
Fue una baza de última hora de Montoro para lograr el pacto

Los funcionarios dejarán de sufrir descuentos del 50% del sueldo por los tres primeros días de baja

Hacienda elimina la penalización por incapacidad temporal y los empleados públicos volverán a percibir la totalidad de su salario durante tres meses

Los funcionarios que se encuentren en situación de incapacidad temporal por enfermedad dejarán de ver reducido su sueldo a la mitad durante los tres primeros días de baja como ocurre ahora. Es uno de los acuerdos menos conocidos que Hacienda ha cerrado este viernes con los sindicatos, en el pacto que recoge una subida salarial y la jornada de 35 horas.

10/03/2018 01:00

El punto más importante del acuerdo consiste en un incremento salarial de más del 8% hasta 2020, siempre que la economía mantenga el ritmo de crecimiento de los últimos años. De hecho, si se computan los fondos adicionales habilitados para elevar la masa salarial, la subida podría llegar a cerca del 8,8%.

Otro de los logros del pacto es la recuperación de la jornada laboral de 35 horas semanales. A partir de ahora, se permitirá a las autonomías que negocien la posibilidad de implantarla (18 horas lectivas en la Educación) en aquellos ámbitos donde se acuerde entre sindicatos y Administración.

También habrá aumento de la oferta de empleo público. La tasa de reposición será del 75% para sectores no prioritarios, y del 100% para los sectores esenciales, como Sanidad y Educación. Crecerá al 115% en el caso de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Baza de última hora de Montoro para el pacto

Según ha podido saber El Confidencial Digital por fuentes conocedoras del acuerdo, Cristóbal Montoro se ha implicado a última hora en las negociaciones.

Ha reconocido la necesidad de alcanzar un pacto con los funcionarios para tener alguna posibilidad, aunque sea mínima, de aprobar finalmente los Presupuestos de 2018.

Por eso, el ministro de Hacienda ha cambiado de estrategia y ha irrumpido en la mesa “con mejores intenciones que nunca”, según fuentes presentes en la negociación. Y ha decidido ofrecer, en el último minuto, eliminar la penalización que sufren ahora los empleados públicos por acogerse a una baja laboral.
Elimina los recortes en la nómina por baja médica

Así, los funcionarios que se encuentren en situación de incapacidad temporal por enfermedad dejarán de ver reducida su nómina desde el primer día y percibirán la totalidad de su salario durante los 90 primeros días de baja, como ocurría hasta hace seis años.

Desde octubre de 2012 los empleados públicos ven rebajado su sueldo a la mitad durante los tres primeros días de baja por contingencia común. A partir del cuarto día de ausencia, la nómina se les reduce un 25% hasta el vigésimo día, que es cuando recuperan su salario completo.

El Gobierno justificó entonces esa medida por la necesidad de reducir los niveles de absentismo en la Administración, y también para conseguir un ahorro de algo más de 1.000 millones de euros, en una etapa en la que el déficit público se encontraba disparado.
Una de las principales quejas durante la crisis

Ahora, con las cuentas más saneadas, Cristóbal Montoro se guardaba para el último momento la baza de suprimir definitivamente este recorte.

Sabía que ha sido una de las principales quejas del colectivo durante los años de recortes: volver a cobrar el salario íntegro cuando tengan que ausentarse del trabajo por enfermedad, recuperando las condiciones económicas previas a la crisis.

La medida ha contribuido a desbloquear el acuerdo, escenificado en una foto del ministro este viernes con todos los sindicatos de funcionarios, en la sede del Ministerio.

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« Respuesta #1806 en: 10 de Marzo de 2018, 08:23:09 am »
Los titulares de prensa son eso, titulares que dan a entender que la medida es de aplicación directa, sin embargo, lo aprobado ayer repite en varias partidas el término PODRÁN y la NEGOCIACIÓN COLECTIVA, es decir, que bajas laborales y jornada de 35 horas entran dentro de ese "PODRÁN" a negociar dentro de cada administración.


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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1807 en: 13 de Marzo de 2018, 09:27:30 am »
La CEOE quiere que las mutuas controlen las altas de enfermedades comunes reservadas a la sanidad pública

Las mutuas solo pueden dar el alta en enfermedades profesionales y accidentes laborales

La patronal insiste en que las mutuas deberían dar el alta en casos de enfermedad por traumatología y psiquiatría menor, dos de las patologías que registran mayores periodos de bajas

Los médicos de cabecera y los sindicatos reiteran que no hay justificación para este cambio y advierten de que los empresarios extienden una idea infundada de mala gestión de los profesionales de la sanidad pública
Laura Olías Follow @@laura_olias
12/03/2018 - 20:57

Los empresarios vuelven a intentar aumentar el control de las mutuas sobre las bajas médicas de los trabajadores. La CEOE propone que estas asociaciones de empresarios colaboradoras de la Seguridad Social puedan dar altas cuando el trabajador se encuentre en situación de incapacidad temporal por una enfermedad o accidente no relacionado con su actividad  profesional. Al menos, para los casos relacionados con "Traumatología y Psiquiatría menor", explican desde la patronal. Por ahora, las altas en las llamadas enfermedades comunes están solo en manos de los médicos del Sistema Público de Salud, que consideran que la medida no se justifica con estudios o datos que sustenten "que damos peor las bajas", asegura Francisco José Sáez Martínez, vicepresidente de la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia (SEMG).

La patronal planteó su propuesta "el pasado miércoles" en una reunión con sindicatos y el Gobierno, afirma Jordi García Viña, director de Relaciones Laborales de la CEOE. Según CCOO, la iniciativa no se planteó por escrito ni como una "propuesta formal". La oferta de los empresarios no es nueva: llevan años planteándola y los sindicatos la rechazan porque consideran que es una intromisión en la salud de los trabajadores y que puede vulnerar "los derechos del paciente", explica Pedro J. Linares, secretario de Salud Laboral de CCOO. Para UGT "es una línea roja que no vamos a traspasar", sostiene contundente Ana García de la Torre, secretaria de Salud Laboral de la organización.

Las mutuas tienen la competencia de dar bajas y altas en los casos de enfermedades profesionales y accidentes laborales, pero no en los de enfermedades comunes, que son las más numerosas entre las bajas que afectan a los trabajadores. En 2017, la incidencia media mensual de las bajas por enfermedades comunes (sin contar las de trabajadores autónomos) en el sistema fue de 22,77 por cada mil trabajadores protegidos, mientras que en los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales fue de 3,48 por cada mil trabajadores, según los datos estadísticos de la Seguridad Social.
Las "disfunciones del sistema público"

La CEOE insiste en que los empresarios están "muy preocupados" ante el aumento de las bajas de trabajadores. Jordi García Viña explica que "los datos nos dicen que hay un ciclo que relaciona la situación económica con la incapacidad temporal de las bajas: a más actividad, hay más bajas". Sin embargo, la patronal indica que este incremento solo es "lógico" cuando afecta a las enfermedades laborales, muy vinculadas con la actividad económica, pero en su opinión no tanto respecto a las enfermedades comunes. "Lo que decimos es que, cuidado, porque ahí hay un elemento de distorsión", apunta García Viña. Según los datos oficiales, la incidencia de las incapacidades por enfermedades comunes se han incrementado algunos puntos: en 2013, era de 18,19 por cada mil trabajadores y en 2017, de 22,77.

Los sindicatos advierten de que las cifras de incapacidad temporal en España son "razonables entre los países de nuestro entorno, datos normales", apunta Pedro J. Linares. Comisiones Obreras, al igual que UGT, creen que los empresarios exageran el absentismo laboral, "cuando no es un problema real". "Sin embargo, la siniestralidad laboral está aumentando y de eso no hablan", critica Ana García de la Torre.

La CEOE sostiene que "en algunas provincias y actividades se ve que las bajas registradas elevan los datos medios de estudios científicos para diferentes patologías", explica García Viña, por lo que los empresarios recomiendan analizar por qué ocurre esto y abordar las "disfunciones" en el Sistema Público de Salud, para lo que las mutuas pueden ayudar con los recursos que tienen.

Los profesionales sanitarios critican las acusaciones contra el funcionamiento del sistema público sin datos ni estudios. "Es una intención parcial, que no se sustenta, nada ha probado que los médicos del sistema público demos peor las bajas", defiende el doctor Francisco José Sáez Martínez, que critica la idea difundida desde la patronal de "una especie de contubernio, que se asume que los médicos damos las bajas a nuestros pacientes porque somos amigos... Eso no está sustentado en nada".

Desde la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia, el facultativo destaca que "una de las cosas que caracterizan la incapacidad temporal en España es la independencia del sistema sanitario público de la presión de las empresas, lo que garantiza a los trabajadores que el tratamiento de las enfermedades comunes está libres de una interpretación económica". Los sindicatos subrayan que las mutuas son asociaciones de empresarios y creen que el interés de la CEOE "no es terapéutico", critica el portavoz de CCOO.
Control de la Traumatología y Psiquiatría menor

La patronal es consciente de que la medida genera "muchas reticencias por parte de los sindicatos" y, por el momento, proponen que las mutuas puedan dar el alta en las enfermedades comunes relacionadas con Traumatología y Psiquiatría menor. "Podemos hacer una actuación de prueba con estos dos sectores en los cuales las mutuas son muy expertas", sugiere García Viña. Según un estudio de la mutua FREMAP sobre bajas de trabajadores por cuenta ajena en 2016, las enfermedades con "mayor relevancia" eran los trastornos musculoesqueléticos, que ocasionan el 34,87% de los días de baja, seguidas de las patologías traumáticas (12,67%) y las mentales (12,03%).

En relación a la Psiquiatría menor, la CEOE considera que "hay un elemento oscuro" respecto a las "bajas sociales". "La utilización de la incapacidad temporal con otra finalidad que no es estrictamente la de curar una enfermedad", afirma el responsable de Relaciones Laborales. En su opinión, hay "problemas y cargas familiares" y "situaciones psicosociales de estrés" que están dando lugar a bajas "porque no se pueden resolver de otra manera y se va al médico", pero que no deberían ser incapacidades temporales.

El doctor Francisco José Sáez Martínez destaca que "cuando un médico de familia da una baja por depresión, tiene un diagnóstico" y llama la atención sobre las críticas al sistema público en este ámbito: "Decir sin evidencias algo así... Creo que todo coincide en que tenemos una de las mejores sistemas de sanidad pública". Además, subraya que "la mayoría de las mutuas no tienen servicio de psiquiatría", por lo que no tienen recursos para abordar estos tratamientos que, apunta, tiene una duración media de baja más elevada que otras patologías. "La depresión, por ejemplo, tiene una duración media de entre 3 a 6 meses".

Aunque los sindicatos y la SEMG reconocen la amplia experiencia y los recursos de las mutuas en tratamientos traumato

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1808 en: 13 de Marzo de 2018, 18:07:44 pm »
Esto va un paso más allá de la degradación consciente de la sanidad pública, esto son dos pasos de más contra los derechos de los trabajadores y en definitiva, contra la salud.


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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1809 en: 17 de Marzo de 2018, 15:31:21 pm »

La Justicia reafirma el derecho de los policías locales a planificar el descanso


El TSXG ordena al Concello de Ourense que negocie los turnos de fiestas y resto de actividades previsibles cada año
 
MIGUEL VILLAR
     
PEPE SEOANE
OURENSE / LA VOZ 17/03/2018 05:00 H
Los policías locales tienen derecho a «planificar y programar con sus familias el tiempo de descanso, especialmente las vacaciones». Con ese planteamiento, el titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 condenó en septiembre al Concello de Ourense a negociar los turnos de los días con actos de carácter festivo. Añadía el juez que no era admisible «que a última hora, en la semana inmediatamente anterior a uno de esos eventos, la jefatura altere unilateralmente el cuadro de descansos y vacaciones». La lógica del magistrado no convenció al gobierno municipal y ordenó apelar al Tribunal Superior de Galicia, que no solo ha confirmado la sentencia sino que impone las costas -en Ourense habían sido declaradas de oficio- del procedimiento, con lo cual las arcas municipales perderán mil euros para atender ese gasto.

La sentencia del TSXG refrenda la posición que en Ourense mantuvo el juez Francisco de Cominges. La sala, en una resolución notificada esta semana, desmonta los argumentos municipales, a su vez justificados en un informe de la intendente-jefe policial de 21 de julio del 2017, que enfatizaba cómo algunos actos no podían preverse, pues antes debían pasar por el trámite de ser aprobados por la concejalía correspondiente de la actividad.Batalla de flores, carrera del San Martiño y cabalgata de Reis son, entre otras, citas a las que se refiere esta reclamación.Cierto que algunos actos no tienen una fecha fija, dice la sala, pero «no puede decirse que las fiestas municipales o acontecimientos extraordinarios que se van a celebrar en Ourense anualmente y que se han venido celebrando reiteradamente, sean imprevisibles en abstracto, en la medida en que efectivamente son eventos que se repiten a lo largo de los años y con una evidente continuidad». No puede suponer obstáculo, proclama la sala, que se pueda establecer el cuadrante de servicios de esas fechas, con indicación de refuerzos o incrementos de efectivos. Puede preverse «en la preceptiva negociación que indudablemente debe llevarse a cabo para el establecimiento general de los cuadrantes anuales». Un operativo especial es una modificación que «altera de manera significativa la jornada laboral y el período de descanso de los agentes». Se produce todos los años y «no puede alegarse que se desconozca el número de efectivos que son necesarios para cada evento», dice la sala, en una sentencia de la que ha sido ponente la magistrada Blanca María Fernández Conde.No creemos, según remata la sala su desautorización a la posición municipal, «que las particulares circunstancias que inciden directamente en la disponibilidad de personal en servicio efectivo, como bajas, licencias, permisos y vacaciones, impida señalar con antelación un operativo de servicio para determinadas fechas que ha de prestarse necesariamente sean cuales sean las circunstancias».

El juez de Ourense ya había censurado las alteraciones «a última hora» por parte de la jefatura«No puede alegarse que se desconozca el número de efectivos necesarios para cada evento»UGT solicita al alcalde el relevo de los responsables de personal por su «incompetencia»La reclamación contra la forma de actuar de la jefatura de la Policía Local de Ourense en este ámbito la suscribieron veinte agentes. Los primeros firmantes son delegados y afiliados de UGT, con Nemesio Gómez en cabeza. La demanda ya la habían planteado en el año 2014, cuando la responsabilidad del área municipal de personal era del PSOE. Pesó más -entonces con un gobierno socialista y ahora con el PP- la opinión de la jefatura policial. Al insistir en el año 2017 los mismos agentes optaron por hacerlo a título particular, al margen del sindicato, con lo cual evitaron la incoherencia de que los defendiera la letrada de UGT, Carmen Dacosta, en su momento concejala y directora xeral de personal del Concello. Ahora, con la sentencia favorable, UGT ha pedido del alcalde el «relevo inmediato» de los responsables de recursos humanos, «por su demostrada incompetencia» y para que «cesen las decisiones arbitrarias».

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1810 en: 18 de Marzo de 2018, 08:09:17 am »
El Tribunal Supremo considera que los permisos de matrimonio, nacimiento y fallecimiento se deben contar a partir del primer día laborable
Actualizado el 17/03/2018, 14:22 horas
Por Redacción Law&Trends

    Los permisos retribuidos por matrimonio, nacimiento de un hijo o fallecimiento de un familiar empezarán a contarse a partir del primer día laborable del hecho en sí, aunque este suceda en jornada festiva.
    Hasta este momento se entendía que, por ejemplo, cuando el fallecimiento del familiar de una persona trabajadora se producía en viernes, esta debía volver a su puesto de trabajo el lunes porque el permiso de dos días se consumía en el fin de semana
    Ver sentencia

El Tribunal Supremo ha conocido un recurso promovido por el sindicato CGT contra la Sentencia de la Audiencia Nacional en interpretación del artículo 28-1 del Convenio estatal de CONTACT CENTER ESPAÑOLA (ACE) que estimaba que los días de permiso de empezaban a computar desde el momento del hecho causante con independencia de si era laborable o no. El caso tiene su origen en una demanda presentada por varios sindicatos ante la Audiencia Nacional, que fue desestimada el 13 de julio de 2016, solicitando que el "dies a quo" del cómputo de los permisos regulados en los apartados a ), b ) y d) del art. 28.1 del citado convenio - por matrimonio, nacimiento de hijo, y fallecimiento de familiar-,en los casos en que el hecho causante del permiso en cuestión suceda en día no laborable para el trabajador, tenga que iniciarse en el primer día laborable siguiente.

El Supremo, en su Sentencia de 13 de febrero de 2018, considera que la rúbrica del precepto convencional "permisos retribuidos" nos muestra que "los permisos se conceden para su disfrute en días laborables, pues en días festivos no es preciso pedirlos porque no se trabaja, lo que corrobora el primer párrafo del artículo interpretado al decir "Los trabajadores... podrán ausentarse del trabajo, con derecho a retribución...", ausencia que, según ese tenor literal, carece de relevancia cuando se produce en día feriado. Esta solución la corrobora el art. 37-3 del ET que, al regular el descanso semanal, las fiestas y los permisos dispone que "el trabajador... podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración"... en los supuestos que enumera y que coinciden con los que nos ocupan en términos que evidencian que el permiso se da para ausentarse del trabajo en día laborable, pues en día festivo no hace falta, cuestión distinta a la del cómputo de los días del permiso iniciado como luego se verá.

Consecuentemente, si el día en que se produce el hecho que justifica el permiso no es laborable es claro que no se inicia el permiso por matrimonio, nacimiento de hijo o fallecimiento de familiar hasta el primer día laborable que le siga.

"Lo dicho -según el Supremo- no lo desvirtúa la expresión del Convenio Colectivo que dice "y desde que ocurra el hecho causante", por cuánto la misma indica que el permiso sólo puede disfrutarse a partir del hecho causante y no antes, pues aquí la conjunción "y" es condicional y expresiva de la condición impuesta para el disfrute del permiso: sólo a partir de la producción del hecho que lo motiva. Por ello, el día inicial debe coincidir con un día laborable: el primero que siga al feriado en el que se produjo el hecho causante".

Para concluir, el TS reitera "que es el convenio colectivo de aplicación quien en cada caso regula las condiciones para el disfrute de los permisos retribuidos que mejora, al no poder reducir los que establece el art. 37-3 del ET, pudiendo fijar en cada caso la fecha de inicio y duración del mismo, cual hace el art. 28-1-c) para los supuestos de accidente, enfermedad grave u hospitalización dando unas reglas que ya interpretó esta Sala en su sentencia de 21 de septiembre de 2010 (Rec. 84/2009 )".

Pero, por lo que se refiere al día inicial de disfrute de los permisos en opinión del Tribunal Supremo "debe entenderse que como el convenio habla de "ausentarse del trabajo con derecho a retribución" el día inicial del disfrute de estos permisos no puede ser un día feriado, sino el primer día laborable que le siga a aquél en que se produjo el hecho que da derecho al permiso, pues el convenio no dice otra cosa, ya que solo indica que el derecho puede disfrutarse sólo "desde que ocurra el hecho causante", aparte que otra solución podría llevar al absurdo de privar del permiso, o de días de permiso, en los supuestos en que el hecho causante acaece al inicio de varios días feriados seguidos, lo que es contrario al espíritu del art. 37-3 del ET y a la norma convencional".

Así pues, el TS revoca en su sentencia de 13 de febrero de 2018, la sentencia de la Audiencia Nacional y declara "que el día inicial para el disfrute de los permisos regulados en el art. 28-1, apartados a), b) y d), del Convenio Colectivo Estatal de Contact Center, cuando el hecho causante se produzca en día feriado debe ser el primer día laborable que le siga".

El convenio firmado en el año 2017 (BOE del 12 de julio de 2017), con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, mantiene la redacción que interpreta el Tribunal Supremo, siendo esta de inmediata aplicación.

Dada la interpretación que hace el Tribunal Supremo del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores la aplicación de esta sentencia puede ser extensible a otros ámbitos y sectores más allá de la aplicación al Comvenio Colectivo Estatal de Contact Center.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1811 en: 03 de Abril de 2018, 21:06:08 pm »

El juez se pone del lado de Juan Cadenas


El Juzgado de lo Social ordena al INSS que cumpla la sentencia firme que dictó y que conceda el recargo de prestaciones al policía local
MARÍA ALMAGRO
Actualizado:
03/04/2018 18:55h

Bastaron unos minutos para que Juan Cadenas tuviera que dejar de ser policía para siempre. El tiempo que tardaron los hermanos Cachimbas en asaltar la jefatura de Puerto Serrano y clavarle un cristal en el ojo y en el paladar quitándole casi la vida. Lo apartaron del Cuerpo a puñaladas aquella madrugada. Sin embargo, esos minutos se están convirtiendo en años para que desde las administraciones responsables se repare lo que legalmente se ha dictado que le corresponde a este trabajador por la brutal agresión que sufrió. Desde entonces, la batalla judicial de Juan Cadenas no ha parado ni un momento. Y continúa.


Tras el proceso penal por el que los Cachimbas fueron condenados, en octubre pasado el agente ganó su primer pulso legal a la Administración. El Juzgado de lo Social número uno de Jerez aplicaba nula la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que no le concedía un recargo de prestaciones al considerar que no se le podía aplicar por su condición de policía local la ley de prevención de riesgos laborales. El juez estimó así parcialmente la denuncia presentada por Juan Cadenas anulando este expediente del INSS y pidiéndole a este organismo que solicitara las pruebas que fueran suficientes para que se le estimara dicho recargo del 30 al 50% en base a la gravedad de los hechos.

Con esta decisión el juez entendía que sí hubo una relación causa-efecto entre el ataque que recibió el policía y la falta de las medidas de seguridad de la Jefatura Local, responsabilidad del Ayuntamiento de Puerto Serrano, y que, por tanto, se le debía de aplicar ese recargo.


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Pues bien, tras este fallo de noviembre, el INSS emitió en enero otra resolución en la que, amparándose en un informe de la Inspección de Trabajo, de nuevo le negaba este recargo de prestaciones, desoyendo por tanto la sentencia firme emitida por el Juzgado de lo Social que pedía la anulación de esa misma decisión.

Ante esta situación, Cadenas solicitó al juzgado la ejecución de la sentencia y ahora el juez ha emitido un auto ordenando al INSS que cumpla con el fallo porque es firme. Es decir, que le aplique la ley de prevención de riesgos laborales por la falta de medidas en la jefatura y que se le conceda el recargo de prestaciones solicitado en el tramo que crean correspondiente del 30 al 50 por ciento. Además, como ya le indicó en la sentencia, le insta a que tomen las pruebas oportunas, que ya están incluidas en el mismo fallo.



En mayo, el juicio en el que luchará porque se le reconozca la invalidez absoluta
El otro frente judicial que mantiene abierto Juan Cadenas trata sobre la pensión que recibe por haber tenido que dejar la Policía por las graves lesiones que le ocasionaron los hermanos Venegas. El tribunal médico le otorgó la incapacidad total, asignándole un 55 por ciento de su salario. Sin embargo, ese mismo día se le concedió a quien casi lo mató, Pedro 'El Cachimba', la incapacidad absoluta para toda profesión con derecho a una pensión del cien por cien por trastorno mental. Esta decisión fue denunciada por Cadenas en los tribunales y en mayo se celebrará la vista que decidirá si el policía local tiene derecho a cobrar la absoluta.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1812 en: 04 de Abril de 2018, 09:56:03 am »
El permiso por boda, nacimiento o muerte de un familiar debe contar a partir del primer día laborable
Una sentencia del Supremo establece que si el matrimonio del trabajador, el nacimiento de un hijo o el fallecimiento de un familiar se producen en día de descanso el cómputo del permiso empezará a partir del siguiente día de trabajo.
3 abril, 2018 22:07

María Peral @Maria_peral

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha determinado que los permisos retribuidos por matrimonio (15 días) y por nacimiento de un hijo o por fallecimiento de un familiar (dos días) deben empezar a computarse a partir de la primera jornada laborable que siga al hecho que lo motiva.

La sentencia aclara una interpretación del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores que habían acogido algunos tribunales inferiores pero que no era pacífica. En la práctica, es frecuente que, por ejemplo, si el fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad se produce en viernes el trabajador se reincorpore el lunes a su puesto al considerarse que ha consumido el permiso durante el fin de semana. También sucede que el permiso por matrimonio empieza a computarse el domingo si la celebración se ha producido el sábado anterior. El pronunciamiento del alto tribunal permitirá corregir este tipo de prácticas.

La resolución del Supremo, redactada por el magistrado José Manuel López García de la Serrana, estima el recurso interpuesto por el letrado Diego de las Barreras en representación de la Confederación General del Trabajo y revoca una sentencia dictada por la Audiencia Nacional en relación con el convenio colectivo del sector del contact center.

La Audiencia Nacional consideró que "no parece que sea contrario a las reglas de la lógica (...) la exigencia de que los días de permiso retribuido se disfruten en la fecha en que se produce la situación que los origina, sin que puedan ser traslados a los días laborales inmediatos".

El Supremo contradice ese criterio y afirma que los permisos retribuidos "se conceden para su disfrute en días laborables, pues en días festivos no es preciso pedirlos porque no se trabaja".

La Sala ve corroborada su interpretación en el propio convenio colectivo del sector afectado al decir que "los trabajadores... podrán ausentarse del trabajo, con derecho a retribución...", una ausencia que "carece de relevancia cuando se produce en día feriado", señala.

"Esta solución", añade el Supremo, "la corrobora el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, que, al regular el descanso semanal, las fiestas y los permisos dispone que 'el trabajador... podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración...' en los supuestos que enumera y que coinciden con los que nos ocupan en términos que evidencian que el permiso se da para ausentarse del trabajo en día laborable, pues en día festivo no hace falta".

"Consecuentemente", señala la sentencia, "si el día en que se produce el hecho que justifica el permiso no es laborable es claro que no se inicia el permiso por matrimonio, nacimiento de hijo o fallecimiento de familiar hasta el primer día laborable que le siga".

"El día inicial" del permiso, reitera, "debe coincidir con un día laborable: el primero que siga al feriado en el que se produjo el hecho causante".

Para la Sala de lo Social, "otra solución podría llevar al absurdo de privar del permiso, o de días de permiso, en los supuestos en que el hecho causante acaece al inicio de varios días feriados seguidos, lo que es contrario al espíritu del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores y a la norma convencional" del sector analizado.

CGT considera que, aunque la sentencia se refiere al convenio del sector del telemarketing, "debe ser aplicada a todos los sectores laborales porque los razonamientos jurídicos interpretan el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, que es de aplicación a todas las personas que trabajan por cuenta ajena".

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1813 en: 09 de Abril de 2018, 14:01:03 pm »

Qué le pasa a tu cuerpo cuando trabajas en el turno de noche


Cada vez se ofrecen más servicios las 24 horas del día, pero los empleados nocturnos pagan un precio

HÉCTOR LLANOS MARTÍNEZ  9 ABR 2018 - 08:29 CEST

Cada vez más comercios abren durante las 24 horas del día: supermercados, restaurantes de comida rápida y hasta peluquerías. Tenemos más facilidades para seguir consumiendo, pero también hay más personas trabajando en plena madrugada, en vez de estar durmiendo. "Enfermeras o policías en turno nocturno siempre han sido necesarios para la sociedad, pero el coste que pagan este tipo de personas es muy alto: su salud", explica a Verne el doctor Eduard Estivill, especialista en medicina del sueño.

Javier Carnerero, de 36 años, trabaja en el turno de noche de una fábrica de Balay en Pamplona desde hace tres. Lo pidió de forma voluntaria, ya que necesitaba el resto del día libre para atender a su madre enferma. "Lo único bueno es que el sueldo es algo más alto, pero la noche es para dormir y, si la razón es el dinero, no merece la pena", comenta a Verne por teléfono.

Más de 2,3 millones de españoles trabajan en turno de noche de manera total o parcial, según la Encuesta de Población Activa del Instituto Nacional de Estadística (INE). La primera de las diferencias que tienen con el resto es el número de horas que logran dormir. Los españoles duermen una media de 7,1 horas diarias, según un estudio publicado en 2016 por el Centro de Investigación del Sueño de Flex. Pero los que descansan en pleno día, suelen hacerlo durante 5 o 6 horas, según el doctor Estivill. "Solo los más jóvenes pueden llegar a dormir más. A partir de los 35 años, resulta mucho más complicado", asegura.

No es una simple cuestión de cantidad. También se trata de la calidad de ese sueño. "El cerebro está programado genéticamente para dormir de noche y estar despierto de día. Un grupo de células conforma allí nuestro reloj biológico. Así que quienes duerman de día no tendrán un sueño reparador", comenta Estivill a través del teléfono desde su consulta en Barcelona.

El especialista en sueño explica por qué es tan complicado descansar realmente si no se hace en horario nocturno: "El cerebro requiere de factores que solo ocurren por la noche. La temperatura corporal sube durante ese momento del día y es también cuando se fabrica la melatonina en el cerebro".

El precio de dormir de día

Las consecuencias de dormir de día van desde "carácter irritable, tendencia a la depresión y cambios hormonales. También influye mucho en el ciclo menstrual de las mujeres: son más dolorosas y más duraderas", comenta el doctor Estivill, quien recuerda que los estudios aseguran que se pierden 5 años de vida por cada 15 que se trabajan durante la noche.

L.G.P., enfermera de 33 años que cubre desde hace siete los turnos de noche de un hospital madrileño, se siente identificada con alguna de esas consecuencias. En especial en la de "estar más irritable de lo normal, porque no descansas bien", cuenta a Verne. También le ocurre a Javier Carnerero desde que trabaja por la noche.

"A la larga se mantiene una mala nutrición y la vida social se resiente", destaca esta enfermera. "A los cuatro o cinco años de empezar a trabajar por la noche es cuando empecé a tener problemas digestivos".

Las investigaciones científicas que analizan casos como los suyos también apuntan desde hace tiempo a consecuencias más graves. El American Journal of Preventive Medicine observó durante casi cuatro décadas a 74.000 enfermeras de hospitales británicos y publicó sus conclusiones en 2014. El número de muertes relacionadas con enfermedades cardiovasculares aumentaba de forma elevada entre aquellas que ejercían un turno de noche de forma permanente o rotativa durante más de cinco años.

La periodista británica Sarah Montague explicaba en 2015 en la web de BBC cómo es despertarse en mitad de la noche para presentar el programa radiofónico de noticias Today, para la emisora pública británica.

"Cuando mi despertador suena, siempre me prometo a mí misma que descansaré después. Solo es cansancio, pienso. Pero dormir es tan esencial como respirar o comer. Algunos científicos creen que cualquiera que llegue a trabajar a las 4 de la madrugada, como yo, tiene la misma capacidad para procesar información que alguien que se ha tomado un par de whiskys o cervezas", destacaba Montague.

"La duración normal del trabajo de los trabajadores nocturnos debería por lo general ser inferior en promedio a la de los trabajadores que hacen el mismo trabajo durante el día", destaca a Verne la oficina española de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La institución recomienda que "se debería garantizar un descanso de once horas por lo menos entre dos turnos".

 
El mantenimiento de la infraestructura ferroviaria se realiza de madrugada para que no se interrumpa el servicio de viajeros. Álvaro García

 ¿Cómo paliar sus consecuencias?

Un trabajo nocturno no es recomendable para mayores de 35 años porque, comenta Eduard Estivill, el cerebro ya no responde a cambios forzados a partir de esa edad. Los trabajadores sufrirán mucho más esas alteraciones en su salud.

"A un trabajador en turno de noche le recomendamos que haga una siesta tardía, sobre las 9 de la noche. Debería durar al menos una hora y media, que es el tiempo necesario para cubrir un ciclo completo de sueño", comenta el doctor.

Llevar gafas oscuras al salir del trabajo por la mañana, para "engañar" al cerebro y que comience a fabricar melatonina de forma natural, tomar comprimidos de melatonina media hora antes de acostarse y huir del ruido lo más posible son otras dos formas de lograr un sueño más reparador. Si no se puede evitar el turno de trabajo nocturno, es preferible no rotar y hacerlo siempre a la misma hora.

"Si lo solicitan, los trabajadores tendrán derecho a que se realice una evaluación de su estado de salud gratuitamente y a que se les asesore sobre la manera de atenuar o evitar problemas de salud relacionados con su trabajo", destaca el convenio sobre el trabajo nocturno de la OIT, que no se modifica desde el año 1995.


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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1814 en: 22 de Abril de 2018, 08:54:16 am »
 Impacto en la regulación laboral
La robotización limitará el derecho de huelga y aumentará la brecha salarial

Los expertos no creen que la cuarta revolución industrial vaya a provocar un hundimiento de los empleos, sí un impacto social.
José Luis García
domingo, 22 abril 2018, 04:30

La próxima gran reforma laboral podría estar provocado por los robots. Su avance limitará el derecho de huelga, afectará a las jornadas laborales, y profundizará una brecha salarial basada en la competencia. No serán los únicos efectos de esta cuarta revolución industrial que no tiene marcha atrás y que ya lidera Asia. Habrá que legislar sobre la protección de datos, el derecho a la intimidad y el poder sindical en unas empresas más robotizadas, sin olvidar el debate sobre los efectos fiscales y las cotizaciones a la Seguridad Social. Adecco y Cuatrecasas (dentro de su proyecto Technos) han desgranado en su informe 'Robótica y su impacto en los Recursos Humanos' los retos a los que se enfrenta el universo de los recursos humanos y la legislación laboral. Son optimistas, pero alertan sobre el futuro y lo que queda por hacer.

Guillermo de Tena, director del Instituto de Cuatrecasas afirma sin dudas que "esta revolución afectaría al marco regulatorio laboral". Siete de cada diez empresas también lo cree. "El problema es que aún no se ha hecho casi nada al respecto. En EEUU ya se regula el coche autonómo, la inteligencia artificial en la Sanidad y el sector de bolsa, donde la AI ya ha entrado", asegura.
Distribución de los robots
Distribución de los robots

La debilitación de ciertos derechos colectivos como la huelga (los robots no pararán de trabajar y las empresas podrán usarlos si el número que 'trabaja' es igual que antes de la huelga) pueden obligar a potenciar el arbitraje y mediación frente al poder de la calle, que perderá enteros porque la producción saldrá, reconocen los expertos. La facilidad de los robots para grabar imágenes y conversaciones en el trabajo deberá ser regulada para no chocar con el derecho a la intimidad, un tema ya candente.

La posibilidad de que un robot pueda convertirse en jefe y valore a los humanos a través de datos empíricos pone el foco en cómo preservar la protección de datos y la compatibilidad. No en vano, en sus conclusiones no tendrían cabida ni la empatía  ni el contexto, siempre necesaria para valorar al trabajador. Y no es una locura. Habrá jefes robot.

Otro reto que impulsará este cambio social será la necesidad por parte del empleado de recualificación constante (ahí debería haber con apoyo público) y una intensa política de outplacement (nichos de mercado, teletrabajo, trabajo autónomo, cooperación...) por parte de las empresas. ¿Tienen músculo para hacerlo las pymes, el 90% de nuestro tejido industrial? La respuesta es no. Se habla mucho de formación, pero se forma poco. Y los cursillos para parados no valen en esta nueva realidad. "Un curso de excel es perder el tiempo", reconoce Santiago Soler, secretario general de Adecco,  crítico con la formación para los empleados en este país.
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Otra cuestión para nada baladí es la selección y preparación de los trabajadores para interaccionar con el robot. ¿Puede llevar a una discriminación para los trabajadores menos capaces tecnológicamente o más mayores? ¿Cómo afrontarán los jefes de RRHH la ansiedad de trabajar al ritmo de un robot y tenerle como compañero? Las empresas estarán obligadas a formar y recolocar, y los trabajadores a aceptar esa formación.

El impacto en el Estado de Bienestar también puede ser claro. Es de lo poco que han hablado los políticos. Los expertos no creen que sea rentable imponer un impuesto a los robots, "porque no compensaría el riesgo que supondría para la innovación". No solo eso. Ante rivales que trabajan sin descanso habrá que adecuar turnos y descansos. Los sindicatos deberán enfrentarse a la necesidad de reducir el número de trabajadores para poder estar representados sindicalmente y a luchar, cambiando su concepto, no por los puestos de trabajo ni los trabajadores, sino por la empleabilidad de los mismos, que no es lo mismo.
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Salvador del Rey, presidente del Instituto Cuatrecasas es rotundo en el tema de los impuestos. "¿El que innova debe pagar? Debe haber colaboración público-privada porque es tan complejo el cambio que solo el Estado no podrá con él".

Los riesgos laborales, por el contrario, se limitarán pero "entrarán el liza los que conlleve trabajar en una empresa robotizada y el concepto jurídico del robot".

Como destaca Santiago Soler "aún queda tiempo para este cambio" aunque todo se transforma ya de forma rápida, pero como casi siempre, España va retrasada para subirse en el tren de la Cuarta Revolución industrial. La apuesta por el I+D+i en los últimos presupuestos sigue siendo escasa y la necesidad de inversión en un tejido industrial dominado por las pymes crea un problema. Sin ayudas y colaboración público-privada perderemos el tren.

"Falta una política de Estado y solo el 15% de los convenios de empresa regulan ya el impacto de las nuevas tecnologías, y eso es preocupante, más aún que ni siquiera haya un debate social sobre ello. Es vital que tenga visibilidad porque estamos ante todo un cambio cultural. Hablamos de una transformación en el tejido industrial vital para sectores como Sanidad, Turismo y Servicios. Estamos ante una oportunidad y no ante una patología. En los colegios ya se debería plantear el mundo que llega con una asignatura al respecto", señala Soler.
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"Mal gestionado este cambio va a generar desigualdad porque aquí va a haber ganadores y perdedores, y la clase media va a recibir un impacto con la polarización en los puestos de trabajo, la brecha de la cualificación que también será salarial. Hay que combinar educación e innovación, reciclarse y anticiparse", destacan los expertos. No lo estamos haciendo. Nueve de cada diez empresas cree que los robots generarán empleo y 7 de cada diez no cree que haya que temer una gran destrucción de los mismos. Eso sí, nueve de cada diez reconoce que las plantillas no están preparadas para la integración. ¿Confían en los sindicatos? "Sería preocupante una resistencia sindical al cambio". Veremos.

Como desvela Marc Segura, director Global de Servi Robotics, la robotización ha avanzado en siete años lo mismo que en los últimos 40, aunque el 35% de los robots son hoy soldadores, el 35% manipuladores o cargadores. Hay que ser 'tecnooptimista', porque tampoco hay alternativa. Aún hay tiempo, aunque en España el único sector que está a la última es el del automóvil y no le va mal. No es cuestión de ponerle trabas legales al futuro. Asia está a la cabeza de la revolución, la mitad de los robots del mundo los tiene Corea del Sur y no van a parar. "No lo saben, pero el sector sanitario con la crisis demográfica en España tiene un gran problema. Y ahí la robotización puede ser vital. Mejor que la enfermera está con el paciente y no empujando carritos", sentencia Segura.
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El cambio de mentalidad de empresas y trabajadores es imprescincible. Antonio Lasaga, director de RRHH de Airbus, cree que este sector se enfrenta a un reto histórico. "Ahora ya hay proyectos pilotos donde los operarios aprenden nociones de programación, se forman, hay que ayudar a reciclarse. ¿Dónde está la robótica en los planes de estudio? Ya llegamos tarde. La falta de perfiles de futuro es clara. Hay que diseñar trabajos para el futuro, ese impulso es vital", advierte.

Marc Segura reconoce que el cambio es profundo porque la gente quiere mejores trabajos, y la batalla por el salario mínimo solo acaba de empezar. "La eficiencia, la previsión y la competitividad van a ser exigencias en el empleo del futuro. En España hay más de 19 millones de ocupados y 35.000 robots". No hay que ser pesimistas, pero hay que trabajar mirando el futuro (y no la próxima legislatura). Ya.
Robot Global Expo
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Robots camareros que sirven bebidas o que trabajan de mayordomos, humanoides para combatir el acoso escolar, robótica submarina y exoesqueletos para ayudar a caminar a personas con escasa movilidad son algunas tecnologías expuestas en la feria internacional Robot Global Expo que se ha celebrado en Madrid esta semana.

El sector de la robótica en su conjunto crece a un ritmo exponencial del 20% anual en el mundo. En esta feria se han expuesto humanoides con todo tipo de dotes sociales, que van desde los que se relacionan con niños para que les cuenten si se sienten acosados en el colegio, hasta los que ayudan a los médicos a telecontrolar el estado de los enfermos de alzhéimer sin salir de sus casas, y que además los acompañan y charlan con ellos.

Otro de los humanoides sociales invitados es el popular Pepper, conocido por su habilidad para interactuar con personas para asistencia en tiendas, hoteles, aeropuertos, como guía o recepcionista. Se muestra además un robot submarino de fabricación española destinado a la investigación, servicios de seguridad y rescate que está dotado de cámaras y que puede sumergirse hasta 300 metros de profundidad.

Los exoesqueletos han sido otra de las tecnologías estrella en la feria. Ekso Bionics presentó su avanzado exoesqueleto para ayudar a moverse a personas físicamente impedidas. El futuro se acerca.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1815 en: 22 de Abril de 2018, 08:56:42 am »
Construimos máquinas para que nos ayuden en el trabajo pero cada día la máquina gana terreno y nos va sustituyendo....hasta que quizas.....se rebele y nos considere innecesarios.


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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1816 en: 24 de Abril de 2018, 09:31:20 am »
« Última modificación: 24 de Abril de 2018, 09:56:55 am por 47ronin »

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1817 en: 02 de Mayo de 2018, 21:38:15 pm »
Desde el sindicato Si-Pan de Andalucía,  están proponiendo la igualdad ante la jubilación por accidente profesional, como ya sabemos a nosotros nos queda el 55% y otros cuerpos el 200%.
Alguien podría poner esa información en este foro?
Yo es que no se como hacerlo.
Según dicen deberíamos tener la aplicación de profesión de Riesgo para que la Seguridad Social cambiaran nuestra situación.
Alguien podría ampliar esto último?

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1818 en: 03 de Mayo de 2018, 06:46:40 am »
Desde el sindicato Si-Pan de Andalucía,  están proponiendo la igualdad ante la jubilación por accidente profesional, como ya sabemos a nosotros nos queda el 55% y otros cuerpos el 200%.
Alguien podría poner esa información en este foro?
Yo es que no se como hacerlo.
Según dicen deberíamos tener la aplicación de profesión de Riesgo para que la Seguridad Social cambiaran nuestra situación.
Alguien podría ampliar esto último?


Policía Local, profesión de riesgo.

lunes 23 de abril 2018.-IMPORTANTE REUNIÓN.



Paralelamente a la reivindicación del adelanto de la Edad de Jubilación,  se están realizando otras acciones sindicales a nivel autonómico y Municipal por los delegados de SIP-AN, para concienciar a los diferentes representantes políticos, en esta ocasión,  hemos mantenido en el Ayuntamiento de Baeza, una reunión de trabajo solicitada por la Alcaldesa, Dolores Marín Torres, tras conocer el trabajo de SIP-AN al respecto, a la que han asistido representantes del grupo PSOE, de distintos ámbitos como el  Portavoz de la Comisión de Justicia e Interior del Parlamento de Andalucía, José Latorre Ruiz, las Parlamentarias María de los Ángeles Ferriz Gómez y Natividad Redondo Crespo  y el Concejal de Seguridad ciudadana del Ayuntamiento de Baeza Rodrigo Checa por parte de SIP-AN nuestros Delegados Juan Manuel Quesada Moreno, Francisco Raya Ortega y Óscar Camacho Muñoz.

Por nuestra parte se ha expuesto la urgente necesidad de que los Policías Locales sean catalogados como PROFESIÓN DE RIESGO al objeto de  ser incluidos en el RDL 1087/2015 de 4 de diciembre, donde se reconoce las prestaciones de incapacidad permanente y muerte y supervivencia para el personal de las Fuerzas Armadas y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, derivados de la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social,  equiparándose así la situación con los cuerpos estatales, Policía Nacional, Guardia Civil y Policías Autonómicos. Esta reivindicación, viene respaldada por los diferentes estudios realizados y la experiencia de la realidad por los altos indices de siniestralidad en el sector, la penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones de trabajo a los que esta sometido nuestro colectivo.

Los representantes políticos han recibido nuestra reivindicación y  expresado la justicia de la misma, comprometiéndose a trasladar a su grupo parlamentario la elaboración de un estudio y debate interno para la posible elaboración de una PNL, desde el Parlamento Andaluz,  para exigir al gobierno de la nación que se considere a los cuerpos de Policía Local PROFESIÓN DE RIESGO.

Seguimos trabajando para reivindicar lo nuestro y lo que es de justicia.
« Última modificación: 03 de Mayo de 2018, 07:03:20 am por 47ronin »

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #1819 en: 03 de Mayo de 2018, 06:53:01 am »
Mire con todos mis respetos a los integrantes de ese sindicato creo que ninguno ha debido leerse el RDL que mencionan, pues en el nada se dice sobre "profesión de riesgo", sino que detalla a quienes le es de aplicación y el procedimiento a seguir, además, creo que tampoco conocen que uno de los requisitos del tedioso proceso de jubilñación anticipada era el del reconocimiento como "profesión de riesgo", algo que ya nos fue reconocido en el 2016, más o menos en el mes de junio de ese año, pues de no haber pasado ese trámite, que es imprescindible, nunca hubiesemos seguido dentro del expediente del jubilación.

Aqui les dejo el enlace al RDL para que si lo desean le echen un vistazo y comprueben lo que les menciono, la aplicación en el articulo 2 y que no es más que un desarfrollo de otras normativas que afecta exclusivamente a militares, guardias civiles y miembrois de la policia nacional.


https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-13436