Autor Tema: Derechos y riesgos laborales  (Leído 283584 veces)

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2060 en: 18 de Mayo de 2020, 19:08:05 pm »

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2061 en: 20 de Mayo de 2020, 10:40:15 am »


Ataca con una muleta a varios agentes de Policía y su novia les tose en la cara tras vulnerar el estado de alarma


Los muertos por coronavirus en España repuntan a 83 en el último día pero se mantienen por debajo de 100.
DIRECTO | Últimas noticias sobre la evolución del brote de coronavirus.
20.05.2020 - 09:56h
La esclerosis múltiple puede producir determinadas minusvalías.
Ataca con una muleta a varios agentes de Policía y su novia les tose en la cara.GTRES
Agentes de la Policía Local de Vigo han detenido a una pareja, un hombre de 26 años de edad, J.M.A., y una mujer de 28 años, A.M.N., como presuntos autores de un delito de atentado contra agentes de la autoridad, tras agredir, insultar y toser en la cara a los policías que los identificaron al sorprenderlos mientras vulneraban el estado de alarma.


Número de muertos con coronavirus cada día a 19 de mayo.
Los muertos por coronavirus en España repuntan a 83 en el último día pero se mantienen por debajo del centenar
Los hechos ocurrieron la madrugada del lunes, cuando una dotación sorprendió a esta pareja caminando por la calle Doctor Corbal en dirección al parque de A Guía, según han informado fuentes policiales.


Al ser preguntados por los agentes, el varón respondió que estaban buscando una farmacia, aunque acabó por reconocer que se dirigían a casa de un conocido a cobrar un dinero pactado entre ambos.

Cuando los agentes les informaron de que serían propuestos para sanción, ya que el motivo del desplazamiento no está justificado en el Real Decreto del estado de alarma, el hombre, que caminaba con una muleta, golpeó a uno de los policías en un brazo e intentó propinarle una patada.


Dado que no depuso su actitud y comenzó a insultar y amenazar gravemente a los policías, el varón fue reducido y detenido. En ese momento, su pareja también se encaró con los agentes y propinó dos patadas en las piernas a una de las funcionarias actuantes, por lo que también fue detenida.

Cuando ya estaban detenidos y se encontraban a la espera de ser asistidos por un médico, la mujer arrestada se volvió hacia la agente de Policía y, tras insultarla, le tosió en la cara deliberadamente, mientras que su pareja también se revolvió y se tiró al suelo. Ambos sospechosos fueron derivados al Hospital Álvaro Cunqueiro y, posteriormente, trasladados a dependencias policiales, antes de ser puestos a disposición judicial.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2062 en: 21 de Mayo de 2020, 10:15:56 am »
Descripción de Permiso para clave #1 - Rafa Prieto

Primer episodio del podcast 'Permiso para clave', donde contamos con la presencia de Rafa Prieto, policía nacional que perdió la pierna en un accidente de tráfico.

https://www.ivoox.com/permiso-para-clave-1-rafa-prieto-audios-mp3_rf_50932341_1.html

Descripción de Permiso para clave #2 - Pedro Rodriguez

Segundo episodio del podcast 'Permiso para clave', donde contamos con la presencia de Pedro Rodriguez.

https://www.ivoox.com/permiso-para-clave-2-pedro-rodriguez-audios-mp3_rf_51074130_1.html


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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2063 en: 27 de Mayo de 2020, 09:37:29 am »
Buenos días compañeros alguien me podría aclarar si es obligatorio el uso de mascarilla en el interior de las dependencias policiales durante la jornada de trabajo? Lo pregunto porque hay varios compañeros que no hacen uso de ella, y en bastantes momentos durante el turno no podemos guardar la distancia de seguridad en el interior de las oficinas y vestuarios.

Saludos y gracias de antemano.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2064 en: 27 de Mayo de 2020, 09:58:14 am »
El.uso de mascarillas NO es obligatorio siempre que se pueda garantizar una distancia social de 2 metros, tanto en lugar cerrado como en abierto, eso es lo que dice la norma, pero...locales, establecimientos, empresas e instituciones pueden perfectamente dictar sus propias normas haciéndolas obligatorias en sus recintos y dependencias.

Ahora bien, la norma también  introduce exenciones debidamente justificadas,  siendo sencillo ir al.medico y solicitar un informe que introduzca la exención por ansiedad, por ejemplo.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2065 en: 27 de Mayo de 2020, 12:34:30 pm »
Buenos días compañeros alguien me podría aclarar si es obligatorio el uso de mascarilla en el interior de las dependencias policiales durante la jornada de trabajo? Lo pregunto porque hay varios compañeros que no hacen uso de ella, y en bastantes momentos durante el turno no podemos guardar la distancia de seguridad en el interior de las oficinas y vestuarios.

Saludos y gracias de antemano.


Pone en la norma que es obligatorio SIEMPRE QUE NO SEA POSIBLE MANTENER 2 METROS,pero no pone siempre que no se mantengan 2 metros, por tanto, si es posible mantener esa distancia,posible,no que se mantenga no existe obligación a mi juicio de llevar mascarilla. Ahí ya entra el respeto al compañero que se siente más seguro así y lo que dicta la lógica y la razón, que cada vez parece distar más de lo que legisla el gobierno.
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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2066 en: 28 de Mayo de 2020, 10:17:19 am »
En vez excluir a toda la gama de trabajadores la norma lo que ha hecho es incluir...sólo a personal sanitario.






Desde FeSP UGT Madrid celebramos que se reconozcan los contagios y fallecimientos por COVID 19 como accidente de trabajo para el personal sanitario y sociosanitario
27 mayo, 2020 Política Sindical

La propagación del COVID 19 ha supuesto la crisis sanitaria más grave en nuestro país desde hace más de un siglo.

El titánico trabajo realizado por las trabajadoras y trabajadores de los Servicios Sanitarios y Sociosanitarios en su lucha contra el Coronavirus ha supuesto que se hayan convertido en un colectivo con un tremendo número de infectados.

Desde el principio de la Pandemia UGT ha venido reivindicando que se consideren accidente de trabajo los procesos de IT y los fallecimientos de los trabajadores y trabajadoras de estos sectores afectados por COVID19.

Finalmente, el Gobierno en el Consejo de Ministros, ha atendido nuestras demandas, aprobando el reconocimiento de que los contagios y fallecimientos a consecuencia del COVID 19 como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo para los profesionales de los servicios sanitarios y sociosanitarios.

Por fin, en el BOE de hoy 27 de mayo, vemos plasmada esta reivindicación: la consideración como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo las enfermedades padecidas por el personal que presta servicio en centros sanitarios o sociosanitarios como consecuencia del contagio del virus SARS-CoV2 durante el estado de alarma.

Esto se aplicará a los contagios del virus SARS-CoV2 producidos hasta el mes posterior a la finalización del estado de alarma, acreditando este extremo mediante el correspondiente parte de accidente de trabajo a través de los Servicios de Prevención.

Del mismo modo, también está reconocido que, en los casos de fallecimiento, se considerará que la causa es accidente de trabajo siempre que el fallecimiento se haya producido dentro de los cinco años siguientes al contagio de la enfermedad.

La rápida expansión del virus, la falta de material de protección en las primeras fases de la pandemia y el elevadísimo número de profesionales afectados por la enfermedad han hecho que la consecución del reconocimiento de la contingencia laboral haya sido un objetivo incuestionable para la Unión General de Trabajadores, y afortunadamente hoy podemos decir que nuestras reivindicaciones se han llevado a efecto

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2067 en: 29 de Mayo de 2020, 07:28:09 am »

Un guardia civil gana en los tribunales el derecho a un descanso mínimo de once horas entre servicios

Un juzgado de Valencia le indemniza por la planificación de horarios de la Compañía de Liria, que alegaba falta de personal

29/05/20access_time 1:02

La Compañía de la Guardia Civil en Liria, en la provincia de Valencia, tendrá que indemnizar a un agente al que su capitán jefe no respetó el descanso mínimo diario entre servicios, fijado en once horas.

Confidencial Digital ha consultado una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Valencia, que ha resuelto el recurso presentado por ese guardia civil contra una resolución de julio de 2019 dictada por el capitán de la Compañía de Liria, que rechazaba el recurso del agente contra una planificación del servicio que le afectaba.

Según explican desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), a este guardia civil “en la planificación del servicio para el mes de enero de 2019 no le respetaban el descanso mínimo de once horas nada menos que en cinco ocasiones, esto es, le habían señalado cinco de los denominados «dobletes»”.

Estos “dobletes” consistía, por ejemplo, en que el guardia civil tuvo que trabajar el 15 de enero de 2019 en horario de 06:00 a 14:00. Pero ese mismo día tuvo que hacer otro servicio, desde las 22:00 hasta las 06:00 del 16 de enero.

Lo mismo ocurrió el 21 de enero: le fijaron servicio en horario de 06:00 a 14:00 y el mismo día en horario de 22:00 a 06:00 horas del día siguiente día 22. El mismo esquema horario le fijaron para el 26 y 27 de enero.

El agente recurrió en vía administrativa al considerar que se había incumplido con él el descanso mínimo que señalan las normas internas de la Guardia Civil, que fija en once horas el descanso entre la finalización de un servicio y el comienzo del siguiente. En estos casos, desde las dos de la tarde transcurrían tan solo ocho horas.

Según AUGC, “la Administración, en sus previas resoluciones en vía administrativa, había justificado y mantenido su actuación invocando el cajón de sastre de las razones organizativas, estimando su pretensión únicamente respecto a uno de los descansos pero manteniendo el resto”.

Critica esta asociación también que “además de invocar conceptos jurídicos indeterminados, como el de «qué medidas organizativas más justificadas, pueden llegar a ser que las demandadas por la sociedad, sobre el buen funcionamiento de los servicios públicos», la Administración basaba su denegación en que su potencial de servicio debe ser el necesario para mantener de modo permanente una patrulla diaria, en la extensa demarcación de la unidad, en los servicios que pueden ser ordenados por la Compañía o la Comandancia, en que en el período de referencia interesado el Área a la que se encontraba adscrito el recurrente contaba con trece guardias disponibles (por bajas médicas, permisos de Navidad, asuntos particulares, vacaciones, juicios, etc)”.

El guardia civil, al ver rechazados sus recursos, presentó recurso contencioso administrativo, y ahora el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Valencia le ha dado la razón.
La Guardia Civil no justificó el recorte

La sentencia estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por el agente, y además declara su derecho “a ser indemnizado en una cuantía económica equivalente a un día de los haberes que correspondían al recurrente en la fecha de los hechos por cada uno de los cuatro días en los que no se respetó su descanso mínimo diario, con los intereses legales que correspondan”.

El juez señala que la norma dicta, con carácter general, que el descanso entre servicios en la Guardia Civil será de  once horas y, como excepción a ese carácter general, podrá nombrarse un descanso de ocho horas si concurren razones organizativas o necesidades del servicio.

Y el capitán de la Compañía de Liria, y luego en sus recursos y alegaciones la Abogacía del Estado, no justificaron suficientemente que hubiera razones que obligaran a recortar el descanso de este agente de once a ocho horas entre un servicio y otro.

La Guardia Civil aseguraba que esa compañía tenía que realizar traslados de presos, control de masas... funciones que obligaban a movilizar a muchos agentes.

Sin embargo, en la sentencia se indica que “en el presente supuesto, tras el examen de las alegaciones de las partes y del expediente administrativo, procede dar la razón a la parte actora en el sentido de que la afirmación realizada por la Administración consistente en que el área de Prevención de la delincuencia “contaba con 13 guardias civiles disponibles para el servicio debido a las vicisitudes del personal (baja médicas, permisos de navidad, asuntos particulares, vacaciones, juicios, …etc)”, nada prueba”.

Y nada prueba “pues no indica cuántos guardias civiles componen la plantilla total de la Unidad ni la del Área de Prevención de la Delincuencia; ni cuantifica el número de guardias civiles de baja médica. Además, los otros criterios citados no pueden invocarse como razones organizativas o necesidades del servicio. Si tanto para los permisos como para las vacaciones se encuentran establecidos unos cupos máximos de disfrute simultáneo, no pueden invocarse tales situaciones para limitar los derechos de los guardias civiles”.

Según el juez, para determinar si se puede o no recortar el descanso de un agente “lo determinante no es el número total de guardias civiles del puesto sino los efectivamente disponibles, en este caso 13, pues al realizarse la asignación de servicios lo lógico es contar los que se tienen pues toda la plantilla está sujeta a las vicisitudes propias como son bajas, vacaciones, asuntos propios, etc… de modo que ello no limita los derechos de los guardias civiles sino que los respeta”.

La conclusión es que “ante la falta de motivación de la decisión adoptada, procede estimar el recurso contencioso administrativo interpuesto, anulando las resoluciones recurridas, y dado que la restitución in natura resulta inviable, para el restablecimiento de su situación jurídica individualizada, procede reconocer al demandante en su derecho a ser indemnizado en una cuantía económica equivalente a un día de los haberes que correspondían al recurrente en la fecha de los hechos por cada uno de los cuatro días en los que no se respetó su descanso mínimo diario, con los intereses legales que correspondan”.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2068 en: 03 de Junio de 2020, 20:52:58 pm »


El agente de la Urbana olvidado por el Ayuntamiento de Barcelona tras sufrir un accidente


Sulayman se rompió los ligamentos cuando perseguía a un ladrón y le han forzado a jubilarse con 39 años

ELENA BURÉS
   
02.06.2020 00:00 h. Actualizado: 02.06.2020 12:38 h.
Fue en junio de 2018 cuando Sulayman, agente de la Guardia Urbana de Barcelona de 39 años, se lesionó durante una intervención policial. Perseguía a un caco cuando, durante la carrera, se rompió los ligamentos. El origen del daño se remonta a doce meses atrás, cuando se lastimó entrenando, pero, por la presión que recibía desde el cuerpo, tras agotar los tiempos de rehabilitación, se reincorporó de nuevo a su puesto, sin estar del todo recuperado.


Tras el daño, de madrugada, este policía acudió a urgencias con el tobillo hinchado. “Allí me dicen que no me pueden dar la baja porque es una recaída y que es mi médico quien tiene que hacerlo”. Tras una discusión con los sanitarios, le firmaron el documento. A pesar de ejercer como funcionario en la capital catalana, tiene su domicilio fijo en Huelva, a donde regresaba tras desempeñar turnos de siete u ocho días consecutivos, y coger dos de descanso; y allí inició su recuperación.

De recibir el alta a pasar por quirófano
Trasladó su mutua a la ciudad andaluza, y ahí comenzó su “calvario”, relata. Tras observar las resonancias y los informes de su evolución, la entidad le obliga a reincorporarse. Es cuando Sulayman acude a la Seguridad Social, que le da la baja, y un traumatólogo le dice que le tienen que operar.  En enero de 2019 acude a una segunda evaluación en Barcelona, y otro especialista constata que debe pasar por quirófano.



Un agente de la Guardia Urbana de Barcelona junto a un coche patrulla / GUARDIA URBANA
 
En abril, este agente pasa por una intervención de tres horas. “Por un edema óseo, ligamento roto, y cuando me operaron se dieron cuenta de que tenía también afectado el cartílago del tobillo. Me lo rompen y me ponen una membrana de cicatrización, pero el médico ya me dijo en su día que no veía claro que pudiera seguir caminando o corriendo”, recuerda. Sí puede andar, pero no realizar esfuerzos. “Ningún ejercicio para potenciar, ni saltar, ni carrera continua. La lesión que tengo está en la base de la tibia, justo donde apoya el tobillo, y cualquier peso o ponerme de puntillas es imposible, porque veo las estrellas”, apunta. Eso sí, celebra que, tras la operación, al menos ha conseguido “no dormir a base de pastillas por el dolor”.


Sin respuesta del INSS
El mes que le operan finalizan los perceptivos 18 meses de baja, y su mutua solicitó una demora de seis meses al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para su calificación, y pasar así el tribunal médico una vez finalizado el proceso de recuperación. No recibe respuesta, y sigue con sus ejercicios para poder reincorporarse. Lo hace en Huelva, ya que allí había trasladado su seguro durante su convalecencia, y así se lo indican desde la capital catalana, cuenta. Llega enero de este año, y su seguro le comunica que deja de abonarle la baja.

“Esgrimen que no han recibido ninguna comunicación del INSS, y cuando me presento allí, me dicen que no saben nada de mí, que es la mutua quien tiene que abrir el expediente para que me visite el tribunal médico, pero no habían enviado nada”, lamenta Sulayman. Ese mismo día recibe el informe de su alta.

Incapacidad total
Se pone en contacto con la coordinadora de su mutua en Barcelona y consigue que le mantengan el pago de su prestación hasta que reciba la resolución del INSS. Es en febrero cuando pasa el tribunal médico, y el pasado 4 de mayo recibe un correo electrónico que le hace saber que este ha sido “favorable” y que recibirá una notificación una vez finalice el estado de alarma. “No sabía que significaba, pero luego pregunté, y me explicaron que me habían concedido la incapacidad total, aunque nadie me lo ha notificado de forma oficial”, detalla.


Un agente de la Guardia Urbana de Barcelona junto a un furgón policial / GUARDIA URBANA
Sulayman denuncia el trato que ha recibido por parte del consistorio de Barcelona. “Un desamparo total. Nadie me llamó para preguntarme como estaba o para informarme. Solo lo hicieron para decirme que entregase mi carnet profesional y que me tenían que retirar el arma”, explica. Aún hay más. El Ayuntamiento decide vaciar su taquilla, recoger sus cosas, que han guardado en un almacén, y expulsarle de su unidad. Le han jubilado de forma forzosa --según le ha avanzado su jefe--, pero tampoco se lo han comunicado. “Eso fue el 11 de mayo y yo no he recibido ningún tipo de resolución del INSS, ni noticias de la administración”, denuncia.

Sin noticias del consistorio
“Estoy esperando a que se dignen a llamarme para que me digan que, tras casi 15 años de servicio, me van a jubilar de forma forzosa por una resolución que aún no he recibido, y mientras tanto, no puedo recurrirla, porque primero tengo que ser notificado”, reclama el policía. Durante todo este proceso, ha contado con el apoyo de L'Associació per la Integració Laboral - Policia Local amb Discapacitats (AILPOLD), con sede en Barcelona, y su presidente, Vicenç Flores, para lograr la readaptación de su puesto de trabajo según su capacidad funcional. Y es que, como señala el fundador de la entidad, “la alcaldesa Ada Colau se llena la boca con la convención de la ONU sobre los refugiados pero se olvida de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”.

Y es Sulayman quiere acceder a una segunda actividad. “Un puesto adaptado, en administración, o haciendo diligencias, y si mejoro, y dejo de referir dolor, reincorporarme como agente en activo. Eso fue lo que solicité al ayuntamiento en febrero y aún estoy esperando respuesta”, señala. Hace tres semanas volvió a presentar otra instancia por el mismo motivo, pero tampoco contestan a su solicitud. “Es increíble como a alguien como yo, que entraba antes de la hora y se iba siempre tarde, le tratan como a un trapo viejo”, lamenta.

Tampoco ha recibido notificación formal del retiro forzoso. “¿Qué tipo de jubilación tengo, qué pensión tendré? Nadie me explica nada. Tengo un hijo de 12 meses, ¿de qué voy a comer? Si no fuese por AILPOLD estaría totalmente desamparado”, alerta. Y es que este policía lleva dos años y medio “peleándose con todo el mundo”. Se encuentra cansado y saturado. “Somos guardias, y parece que seamos la última purria del ayuntamiento, da igual que des tu vida y te guste tu oficio”, critica.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2069 en: 06 de Junio de 2020, 07:17:44 am »


Tras una denuncia sindical
Condenan al Gobierno vasco por no dar protección sanitaria a la Ertzaintza

El TSJPV dice que omitió "total o parcialmente" medidas de protección laboral ante la Covid y esa conducta generó "un peligro grave para la salud".

La Información05.06.2020 - 15:44h

La Sala de lo Social del TSJPV ha estimado parcialmente una demanda planteada por el sindicato ErNE y condena al Gobierno Vasco por "vulnerar el derecho a la integrídad física" de los agentes de la Ertzaintza al haber "omitido total o parcialmente las medidas de protección laboral" que le eran "exigibles" con motivo de la pandemia generada por la Covid-19.

En la demanda planteada por ErNE, el sindicato solicitaba que se declare vulnerado el derecho fundamental a la integridad física y a la salud de los funcionarios de la Ertzaintza "al no haberse aplicado las medidas de prevención necesarias" para preservar el derecho a la integridad y el derecho a la salud de los agentes desde que se decretó el estado de alarma.

En el fallo de la sentencia se asegura que el Gobierno Vasco "vulnera el derecho fundamental" que tiene el personal funcionario de la Ertzaintza a la integridad, en su vertiente exclusivamente física.

El TSJPV realiza esta consideración al estimar que el Ejecutivo ha "omitido total o parcialmente las medidas de protección laboral" que le eran "exigibles" con motivo de la pandemia generada por la covid-19.

Por ello, le condena a realizar las actuaciones omitidas y que, en el momento de la celebración de la vista oral, se concretaban "en la necesidad de suministrar a todos los agentes los medios de protección consistentes en mascarillas, gafas, guantes desechables, buzos y contenedores de residuos infecciosos".

Estimación parcial

La sentencia, contra la que cabe recurso de casacion ordinario, rechaza otras peticiones realizadas por ErNE, como las relativas a la desinfección de dependencias y vehículos porque sí se ha efectuado desde el principio.

El TSJPV, tras analizar las distintas medidas adoptadas, determina la "infracción" del Gobierno Vasco en materia de prevención de riesgos laborales y estima que el Ejecutivo autónomo "ha vulnerado el derecho a la integridad física del personal que forma parte de la Ertzaintza".

A su juicio, "su actuación, o mejor dicho su conducta omisiva durante un determinado periodo" ha supuesto un "riesgo relevante de que la lesión puede llegar a producirse" y "ha generado un peligro grave y cierto para la salud de los funcionarios afectados por esta demanda".

No obstante, el TSJPV reconoce que hay circunstancias que "atemperan la trascendencia de su inactividad" como, por ejemplo, que esta situación era "difícil de prever", en un primer momento, sobre todo, en relación a los efectos "tan negativos". "Pero, una vez que se conocen, en mayor o menor grado, existe un claro retroceso a la hora de reaccionar de una manera rauda y eficaz", ha añadido.


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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2070 en: 07 de Junio de 2020, 09:22:00 am »

Prohíben usar el baño a los policías que dan seguridad en residencias de ministros



 La orden de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana genera malestar entre los funcionarios, que tienen que desplazarse a la comisaría más cercana o a la Jefatura Superior cada vez que han de hacer sus necesidades durante el servicio
Publicado el 6 de junio de 2020 - 12: 56
EL INDEPENDIENTE
   

Una pareja de policías nacionale, en un control de tráfico durante el confinamiento.
Una pareja de policías nacionales, en un servicio durante el confinamiento.

Los policías uniformados que realizan el servicio de escolta estática en la residencia oficial de los ministros José Luis Ábalos (Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) y Nadia Calviño (Asuntos Económicos y Transformación Digital) tienen prohibido acceder al baño que se habilitó para ellos, lo que les obliga a desplazarse a dependencias policiales y mermar la seguridad.

A raíz de que se iniciaran las concentraciones de ciudadanos a las puertas del chalé de Pablo Iglesias e Irene Montero en Galapagar (Madrid) para protestar por la gestión de la crisis sanitaria, la Policía Nacional ha reforzado la seguridad en las residencias de los miembros del Gobierno ante la previsión de que puedan registrarse también escraches.


Fuentes policiales han informado a este diario de que la Comisaría General de Seguridad Ciudadana ha dictado una orden por la que prohíbe a los agentes uniformados que accedan al baño existente en el edificio en el que se encuentran las residencias oficiales de Calviño y Ábalos, lo que ha generado el malestar de los funcionarios que prestan dicho servicio. Esa instrucción les obliga a acudir a la comisaría más cercana o incluso a la propia Jefatura Superior para hacer sus necesidades, con la consiguiente merma de seguridad que se produce mientras dura el desplazamiento.

Los agentes tienen que ir a una comisaría cercana o a la Jefatura Superior cuando han de hacer sus necesidades mmientras prestan el servicio


«Nos tratan como apestados. No digo que nos abran la puerta del baño de Ábalos, pero qué problema hay en que se pueda entrar en el servicio que hay en la zona preparada para la escolta estática. ¿Y éste es el Gobierno de la igualdad?”, critica un policía.

El Ministerio del Interior ha aumentado en las últimas semanas la seguridad a los miembros del Gobierno con el refuerzo de los servicios de escolta estática en sus residencias para evitar posibles escraches en protesta por la gestión de la crisis sanitaria del coronavirus, como ocurrió en las inmediaciones del chalé que tienen Pablo Iglesias e Irene Montero en Galapagar (Madrid).

Según ha podido conocer El Independiente, la orden se dictó el pasado 20 de mayo, justo un día después de que la Guardia Civil restringiera el acceso a la calle en la que se encuentra la vivienda del vicepresidente segundo y la ministra de Igualdad por las protestas vecinales. Decenas de ciudadanos llevaban varios días concentrándose en la zona con sus cacerolas para airear su malestar con la gestión.


Brigada de Protecciones Especiales
Para reforzar la seguridad de los miembros del Gobierno, Interior ha recurrido a funcionarios tanto de la Unidad de Intervención Policial (UIP) o ‘antidisturbios’ como de la Brigada Central de Protecciones Especiales (Comisaría General de Seguridad Ciudadana). Ésta se dedicada principalmente a escoltar a personalidades extranjeras cuando vienen a España pero, como no hay ahora presencia de mandatarios internacionales, ha sido reclutada para este servicio. También ha sido movilizado el Grupo Operativo de Avanzadas y Contravigilancias, perteneciente a la misma brigada.

Se trata de servicios de presencia estática de paisano con los que se busca reforzar la seguridad ante la previsión de que puedan desarrollarse protestas ciudadanas a las puertas de las viviendas de ministros implicados en la gestión de la crisis de la covid-19. La Guardia Civil ya reforzó a mediados de mayo su despliegue a las puertas del chalé de Iglesias y Montero, al tiempo que -en aplicación del artículo 17 de la conocida como ‘Ley mordaza’- ha limitado la circulación en la calle en la que se encuentra la vivienda.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2071 en: 10 de Junio de 2020, 10:01:04 am »

Un policía nacional repatriado desde África por coronavirus


Por H50 Digital Policial -09/06/202001222

Foto: Instagram @policianacional
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El agente de la Policía Nacional de 60 años ha sido trasladado desde el continente africano en un avión Falcon F50 a primera hora de la mañana de este domingo.
Valentín, de 60 años y destinado en el Consulado de España en Bata (Guinea Ecuatorial) dio positivo en coronavirus el pasado domingo, además tenía problemas cardiovasculares previos, tal y como informó “El Independiente”.

El avión Falcon F50 que trasladó al policía desde la capital africana, llegó al aeropuerto de Santander poco antes de las 16:00 horas, donde le esperaba una ambulancia de soporte vital básico (SVB) para su traslado al Hospital Marqués de Valdecilla, donde ha sido ingresado en la UCI.


 
El policía llevaba varios días con síntomas, y su estado es delicado. El traslado se retrasó, habiendo esperado su llegada cinco días antes.

Tras sentirse mal días atrás, Valentín ingresó en un hospital en Bata, donde tras realizarle la prueba PCR, dio positivo en covid19.

Tras empeorar, se optó por su traslado a un hospital español, debido a que precisaba medidas respiratorias e ingresar en la UCI.

Fue la familia de Valentín quien inició las gestiones para su repatriación.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2072 en: 18 de Junio de 2020, 15:41:50 pm »

Una mujer muerde a una policía que trataba de identificarla y así le deja el brazo


Por H50 Digital Policial -18/06/20200472

Foto: SUP
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Así  ha quedado el brazo de una agente de la policía nacional de Salamanca cuando trataba de identificar a una mujer como presunta autora de un hurto en un conocido supermercado de la capital salmantina, situado en la avenida Agustinos. La agresora fue detenida por un presunto delito de atentado a agente de la autoridad.

Los hechos tuvieron lugar el pasado sábado, cuando lo vigilantes de seguridad solicitaron presencia policial tras retener a una mujer por la supuesta sustracción de diferentes productos que no tenía intención de pagar.


 
Durante el correspondiente cacheo, a fin de comprobar si ocultaba más efectos sustraídos entres sus ropas, la detenida propina una fuerte mordedura en el antebrazo de la agente, causándole una herida en el mismo, que tuvo que se tratada por un facultativo médico.

La agresora fue reducida mediante el empleo de la fuerza necesaria para evitar nuevas agresiones, dada su actitud agresiva y violenta hacia los actuantes. Los vigilantes de seguridad también fueron objeto de patadas, golpes e insultos antes de la llegada de la dotación policial.

Por tales hechos, fue detenida conforme a lo establecido en la ley vigente, y puesta a disposición judicial por un presunto delito de atentado a agente de la autoridad que, en este caso, podría acarrear penas de hasta 3 años de prisión.

El sindicato policial SUP ya ha advertido que emprenderá acciones legales contra la agresora.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2073 en: 18 de Junio de 2020, 15:45:47 pm »
Madre mía,  qué bestia  :ojones

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2074 en: 18 de Junio de 2020, 16:23:44 pm »
Pués las mordeduras son muy malas, se infectan y transmiten muchas enfermedades . . . aparte de la cicatriz que le va a quedar . . .

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2075 en: 18 de Junio de 2020, 17:05:31 pm »

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2076 en: 20 de Junio de 2020, 07:26:08 am »


Un.melón por abrir en PMM....quien será el primero?


Un juez ordena a Badalona indemnizar a policías por insolvencia de su agresor

 
REDACCIÓN
Actualizado a 05-05-2018 10:52


Me informan que el melón en Madrid se ha abierto.

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2077 en: 20 de Junio de 2020, 08:12:31 am »
Pués me parece bien . . .

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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2078 en: 22 de Junio de 2020, 07:20:16 am »

EL TRIBUNAL ADMITE EL RECURSO DE UN SINDICATO
El Supremo decidirá si Interior tiene que pagar el 'uniforme' a los policías de paisano
Miles de agentes prestan sus servicios de paisano y tienen que pagarse su ropa para adecuarse al ambiente en el que realizan los seguimientos o las vigilancias propios de su labor

Autor
Roberto R. Ballesteros

22/06/2020 05:00

El Tribunal Supremo decidirá si obliga al Gobierno a pagar el 'uniforme' de los policías secretos que visten de paisano o si considera que este vestuario tienen que sufragárselo los propios agentes. La Sala de lo Contencioso-Administrativo se pronunciará sobre este punto tras admitir a trámite un recurso interpuesto por la Agrupación Reformista de Policías, un sindicato de la Policía Nacional que pretende conseguir que el alto tribunal avale el pago de una indemnización para estos funcionarios que actúan con discreción.

Será la primera vez, como destaca esta asociación de agentes, que el alto tribunal aborde este asunto. Decidirá, en concreto, explican los denunciantes, sobre “si los funcionarios de la Policía Nacional que no presten servicios y/o destinos de uniforme, sino que deban hacerlo obligadamente de paisano, tienen derecho o no a obtener una compensación económica en concepto de gastos de vestuario”

La Agrupación Reformista de Policías decidió llevar el controvertido tema a los tribunales tras la "negativa sistemática" del Ministerio del Interior a abonar este gasto que los recurrentes consideran "un derecho". Estos defienden que hasta el momento existe "jurisprudencia contradictoria" emitida por diferentes tribunales superiores de Justicia de comunidades autónomas, por lo que se hacía necesario que el Supremo se posicionara con el fin de dictar una resolución unívoca.

La asociación que presenta el recurso lo hace en representación de varios de sus afiliados, funcionarios de los departamentos de Policía Judicial, Extranjería, Fronteras o Información que tienen que vestir de incógnito durante el desarrollo de su trabajo. Todos ellos recaban datos de organizaciones terroristas, se infiltran en bandas armadas, vigilan a narcotraficantes o hacen seguimientos a miembros de peligrosas asociaciones delictivas, por lo que necesitan pasar desapercibidos y hacerse pasar por las personas que no son con este objetivo. No pueden, por lo tanto, en ningún caso vestir como policías, ni siquiera como policías encubiertos.

"Es necesario que el Supremo fije un criterio uniforme que se pueda aplicar en todo el país", defienden desde la Agrupación Reformista de Policías, que espera recibir el visto bueno del alto tribunal para que estos funcionarios puedan recibir una indemnización. Algunos miembros del cuerpo consultados por El Confidencial explican que no son pocas las ocasiones en que estos policías secretos, como antiguamente se los denominaba, tienen que adquirir ropa de diferentes estilos con el fin de amoldarse al ambiente en el que se encuentran y pasar desapercibidos o simplemente con objeto de parecer quienes no son.

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"Esta cuestión interesa a esta sala por concurrir la circunstancia prevista en el apartado a) del artículo 88.2 LJCA en cuanto a que existen entre las salas de lo Contencioso Administrativo pronunciamientos contrarios en esta materia, atendido además que el cuerpo afectado puede dar lugar a numerosas reclamaciones en tal sentido, con el consiguiente peligro de dictar resoluciones divergentes en materia de función pública", argumenta el Supremo en el escrito remitido a la Agrupación Reformista de Policías para admitir a trámite el recurso.

Un posicionamiento del alto tribunal a favor de indemnizar a los agentes por este motivo, como la propia sala admite, llevaría previsiblemente a un aluvión de reclamaciones por parte de los funcionarios que en estos momentos ejercen su labor de paisano. La Agrupación Reformista de Policías, que considera "ya un éxito en sí" la admisión a trámite de su recurso, pues es la primera vez que se plantea este asunto a un nivel tan alto, cifra en "miles" los "compañeros y compañeras" que se encuentran en esa situación y que serán indemnizados por la Dirección General de la Policía en caso de que el Supremo se posicione en este sentido.



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Re:Derechos y riesgos laborales
« Respuesta #2079 en: 25 de Junio de 2020, 18:09:34 pm »
[25/6 18:05] Ronin: https://twitter.com/Ail_pold/status/1275762800195964929?s=19

Cubriría Asepeyo esa lesión?

Y...de ser la falange del dedo útil de la cola del disparador...a donde te lleva su perdida?