Autor Tema: Del poder judicial...  (Leído 258382 veces)

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2360 en: 29 de Junio de 2018, 06:56:18 am »
Una magistrada de la APM elegida decana de los Juzgados de Madrid
María Jesús del Barco ha sido elegida este jueves con 85 votos a favor frente a los 60 logrados por su rival, Ignacio de Torres.

29 junio, 2018 01:07


E. E. | Agencias

María Jesús del Barco ha sido este jueves elegida nueva juez decana de Madrid, en sustitución de Antonio Viejo, por 85 votos frente a los 60 conseguidos por Ignacio de Torres. En total han votado 166 personas y ha habido 19 votos en blanco. Además, otros dos asistentes han preferido no votar, según han informado fuentes jurídicas. Con la elección de Del Barco la mayoritaria Asociacion Profesional de la Magistratura (APM) recupera el Decatano más importante de España, hasta ahora en manos de  la asociación judicial Francisco de  Vitoria.

La votación, que comenzaba a las 14.30 horas, ha finalizado con la victoria de Del Barco, jueza de primera instancia en Madrid perteneciente a la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) y con una larga carrera a sus espaldas.

Con su nombramiento, una mujer vuelve a ocupar el cargo de juez decana de Madrid, algo que no ocurría desde los años 90, cuando en 1993 ascendió a este puesto la actual alcaldesa de la capital Manuela Carmena.

Del Barco ha estado muy ligada a su asociación, la APM, mayoritaria en el sector, donde es presidenta de la sección territorial de la APM en Madrid y portavoz en temas de igualdad y conciliación.

Con 47 años, lleva en la carrera judicial desde 1998, donde ha ocupado destinos en los Juzgados de Ordes (A Coruña), Carrión de los Condes (Palencia), Juzgado de lo Penal de Cuenca, Primera Instancia e Instrucción de Arganda del Rey y desde el año 2010 Juzgado de Primera Instancia número 4 de Madrid, según informa Efe.

A ella se enfrentaba en la votación Ignacio Torres, titular del Juzgado de primera instancia número 86 de Madrid y perteneciente a la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), donde ha formado parte del comité ejecutivo durante cuatro años y ha ocupado el cargo de portavoz de la sección territorial de Barcelona.

Más de 300 jueces unipersonales estaban llamados a votar a lo largo de este jueves en unas elecciones marcadas por la marcha del anterior decano, Antonio Viejo, que tras 5 años en el cargo a partir de ahora pasará a ser secretario general de Justicia.

Viejo, que previsiblemente será nombrado este viernes secretario general de la Administración de Justicia por el Consejo de Ministros, deja el decanato de Madrid después de tomar una de las decisiones que más eco ha generado en los últimos días.

Hace apenas una semana decidió no cursar "por improcedente" una petición de las autoridades belgas para advertir al juez del Tribunal Supremo, Pablo Llarena de que debe comparecer ante un tribunal de ese país el próximo 4 de septiembre por la demanda del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2361 en: 05 de Julio de 2018, 07:29:40 am »
Un informe del CGPJ culpa a la letrada de Justicia de que trascendiera la identidad de la víctima de 'La Manada'

La investigación del órgano de gobierno de los jueces concluye que correspondía a esa funcionaria eliminar los datos personales y propone dar parte al Ministerio
5 julio, 2018 03:09


María Peral @Maria_peral

La vocal del Consejo General del Poder Judicial Victoria Cinto, encargada de investigar por qué trascendieron indebidamente los datos personales de la víctima de La Manada contenidos en la sentencia que condenó por abuso sexual a cinco hombres, ha concluido que la brecha de seguridad fue responsabilidad de la letrada de la Administración de Justicia de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, tribunal que juzgó el caso.

El informe de la consejera del Poder Judicial, que la Comisión Permanente del CGPJ tiene previsto analizar este jueves, propone que ese "funcionamiento irregular en materia de protección de datos" achacable a la letrada de Justicia (antes denominada secretaria judicial) se ponga en conocimiento del Ministerio de Justicia "a los efectos que en Derecho procedan".

El informe, conocido por EL ESPAÑOL, señala que la sentencia del tribunal de La Manada fue remitida el día de su notificación, el pasado 26 de abril, a la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Navarra por la letrada de Justicia, que advirtió al jefe de prensa de la necesidad de extremar el cuidado en el tratamiento de los datos personales antes de trasladar la resolución a los medios.

La oficina de comunicación borró los datos que entendió que podían permitir la identificación de la víctima, en concreto su identidad, los nombres de los testigos relacionados con ella, los números de teléfono móvil de la víctima y de dichos testigos, así como el nombre de una localidad en la que la joven había veraneado tras los hechos. Sin embargo, no se borró el código seguro de verificación (CSV), introducido con el sistema de notificación electrónica para garantizar la integridad de los documentos judiciales que se notifican a las partes (abogados y fiscal) de un proceso.
Los letrados deben adecuar los documentos

El informe señala que, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, corresponde a los letrados de Justicia "adoptar las medidas necesarias para la supresión de los datos personales" en los documentos en los que sea necesario cuando se pueda ver afectado el derecho a la intimidad u otros derechos personales que requieran un especial deber de tutela, como son los de las víctimas de delitos sexuales.

En este caso, señala, la letrada de Justicia adscrita al tribunal que juzgó a La Manada facilitó por mail la sentencia a la oficina de comunicación "sin haber procedido previamente a anonimizar los datos personales de la víctima en el proceso, ni aquéllos otros que permitieran su identificación, dejando esta tarea que sólo a ella compete en manos del responsable de la oficina de comunicación.

Tal como el tribunal ordenó, la letrada de la Administración de Justicia notificó a las partes la sentencia a través del sistema de gestión procesal Avantius y remitió una copia electrónica con destino a los medios "si bien, a la hora de facilitar la sentencia al gabinete de comunicación, tercero interesado, no eliminó aquellos extremos de la misma que afectaban al derecho a la intimidad de la víctima para garantizar su anonimato".
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"Trasladar su responsabilidad no le exime"

El informe sostiene que el mandato del tribunal no constituía óbice alguno "para que, en cumplimiento de sus competencias procesales, la letrada hubiera procedido a eliminar del documento aquellos extremos que pudieran afectar a la intimidad de la víctima para garantizar su anonimato. El hecho de que, tal y como por ella se esgrime, no tuviera a su disposición herramienta alguna para proceder a la anonimización no constituye excusa que le exima de su responsabilidad, pues, siendo consciente de que la sentencia pudiera contener datos que permitieran la identificación de la víctima (así lo expresó ella misma al responsable de la oficina de comunicación), nada le impidió recabar de la Administración competente que se le proporcionara la herramienta adecuada o, a falta de dicha herramienta, tuvo al menos la posibilidad de convertir el documento a papel, eliminar del mismo los extremos necesarios y, previo su escaneo, introducirlo nuevamente en el sistema de gestión procesal, trasladando el documento electrónico resultante, debidamente tratado, a la oficina de comunicación".

Para la vocal Cinto "tampoco resulta atendible como argumento exculpatorio el hecho de que la letrada de la Administración de Justicia comunicara a la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Navarra la posibilidad de que la sentencia contuviera datos sensibles y, por lo tanto, la necesidad de que por el indicado Gabinete se procediera a su eliminación o supresión. La competencia para llevar a cabo dicha tarea a ella legalmente le compete, sin que el hecho de trasladar por su cuenta dicha responsabilidad a un órgano ajeno pueda eximirle de la misma".

Respecto al hecho de que la oficina de comunicación eliminara datos personales pero no el CSV, que permitía acceder a la sentencia íntegra desde una determinada dirección de la administración electrónica navarra, el informe explica que el responsable de la oficina de comunicación, "eliminó de la sentencia que le fue entregada aquellos datos que consideró pudieran contribuir a la identificación de la víctima (ignorándose si fueron eliminados del texto todos los datos de tal naturaleza, dado que la letrada no indicó qué extremos debían exactamente ser eliminados), teniéndose en todo caso la certeza (porque así se reconoce) de que no eliminó el CSV del documento pues ignoraba -porque nada se le dijo al respecto- que mediante el mismo, a través de la Sede Judicial Electrónica de Navarra, podía tenerse acceso directo a la sentencia original". Ése era un extremo que la letrada de Justicia "no podía desconocer porque desde que se introdujo la firma digital en la Comunidad Foral de Navarra en todas las resoluciones judiciales aparece el CSV y la misma había recibido formación al respecto por parte de la Consejería de Justicia".

El informe concluye que la letrada de la Administración de Justicia trasladó al gabinete de comunicación del TSJN la sentencia de La Manada "incumpliendo la obligación que legalmente le viene impuesta cuando de terceros se trata, de eliminar o suprimir de la misma todos aquellos extremos de la resolución que pudieran permitir la identificación de la víctima del proceso judicial seguido ante dicho tribunal".

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« Respuesta #2362 en: 12 de Julio de 2018, 07:16:03 am »
El juez Alba se esconde del agente judicial y evita pagar una multa por grabar a sus compañeros de la Audiencia de Las Palmas

El magistrado había sido sancionado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias con una multa de 500 euros pero nadie logró notificársela y ha prescrito

Ni ha sido la primera vez que graba a otros magistrados ni la primera vez que se esconde para evitar que lo notifiquen: el CGPJ tuvo que usar el BOE para comunicarle su expediente de expulsión

Carlos Sosa - Las Palmas de Gran Canaria
11/07/2018 - 21:51h

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias lo había sancionado con una multa de 500 euros por una falta leve de desconsideración a sus compañeros de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, pero el agente judicial que reiteradamente visitó su casa en el municipio de Telde no logró notificarle la sanción y ésta ha prescrito. El magistrado Salvador Alba Mesa ha vuelto a aplicar con éxito una de las tácticas que mejor resultado le está dando desde que cruzó la línea de la decencia para dedicarse a sortear la justicia, en cuya defensa -teóricamente- había trabajado estos últimos veinte años. Esconderse del agente judicial le ha permitido, por ejemplo, continuar ejerciendo como magistrado durante más tiempo del que reglamentariamente era razonable. Al no poder notificársele el plazo de diez días que la ley le otorga para alegar contra su suspensión cautelar, aun hoy - dos meses después de que se le abriera juicio oral- continúa disfrutando de su condición de magistrado.

El Consejo General del Poder Judicial, incapaz de localizar al juez Alba para notificarle su expediente de expulsión, abierto tras sus manejos contra Victoria Rosell, tuvo que publicar tres anuncios consecutivos en el Boletín oficial del Estado (BOE) en abril de 2017. Entonces, sin embargo, el expedientado no estaba de baja ni de vacaciones y se le podía ver por los pasillos de la Ciudad de la Justicia, presidiendo juicios e incluso haciendo sustituciones en juzgados unipersonales. Hacía vida normal pero nadie lograba notificarle.

Esa misma táctica es la que practicó para sortear la multa de 500 euros que le impuso el TSJ de Canarias tras el expediente que le abrió el Promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, a instancias de la asociación Jueces y Juezas para la Democracia, por grabar con su teléfono móvil a tres compañeros de la Audiencia Provincial de Las Palmas en un momento de descanso en la Ciudad de la Justicia. Fue una conversación obscena en la que se habló de que “todas las rumanas son putas” o de que “los italianos, todos mafiosos”, y que se hizo pública gracias a que el propio Salvador Alba la incorporó a un procedimiento judicial promovido por él cuando fue conocida su conspiración contra la magistrada Victoria Rosell.

Grabar a compañeros de carrera ha sido una constante en Alba una vez se descubrieron sus amaños. Recientemente se ha sabido que también grabó al menos una conversación con el presidente del TSJ de Canarias, Antonio Doreste, al que tiene denunciado ante el Consejo General del Poder Judicial y ante el Tribunal Supremo después de que fracasara recientemente un primer intento ante la Fiscalía General del Estado. Alba acusa a Doreste de presionarle y de haber tratado de dirigir una investigación por fraude fiscal contra el empresario Miguel Ángel Ramírez que llevó a cabo precisamente cuando sustituyó a Victoria Rosell entre noviembre de 2015 y mayo de 2016, es decir, hace más de dos años, en el juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria. Sin embargo, la grabación que el magistrado denunciante ha hecho circular es de octubre de 2016, cuando ya tenía abierta una causa penal contra él tras descubrirse, gracias a otro registro de voces, su conspiración contra la que fuera diputada de Podemos.
Un infarto

La noticia de que la magistrada que lo investigó, Margarita Varona, abría contra Salvador Alba procedimiento abreviado y, a continuación, juicio oral, supuso un mazazo para el magistrado. Fue a partir de ese momento, finales de abril y principios de mayo de este año, cuando su comportamiento empezó a ser más llamativo.

Un día, de repente, su esposa, la secretaria judicial Teresa Lorenzo, hizo saber a varios magistrados de la Audiencia Provincial de Las Palmas y al presidente del TSJ de Canarias, que Alba había sufrido un infarto. La noticia corrió como la pólvora e incluso este periódico hizo una ronda por todas las clínicas y hospitales de la isla de Gran Canaria para corroborar aquella noticia. Alba no pudo ser localizado en ningún servicio de urgencias, o al menos nadie lo ha conseguido confirmar hasta la fecha. Muy al contrario, se dejaba ver en espacios públicos, como el restaurante La Gabarra, en Salinetas, Telde, departiendo con su hermano a muy pocos metros de la mesa en la que el exministro José Manuel Soria charlaba con una de sus hermanas. Nadie los vio saludarse a pesar de las buenas relaciones que el juez y el exministro mantuvieron en un pasado muy reciente.

Lo que sí ocurrió pocos días después es que Salvador Alba obtuvo una baja por enfermedad firmada por el médico Sergio Hernández,  acusado en estos momentos por delitos de falsedad tras haber entrado en la historia clínica de su exmujer desde su ordenador del Servicio Canario de la Salud para añadirle unas patologías psiquiátricas que la perjudicaran en el proceso de divorcio que ambos mantenían entonces.

La historia de las escaramuzas de este juez termina de momento en las islas Maldivas, a donde partió el pasado viernes de vacaciones a pesar de estar disfrutando de esa baja por enfermedad. El Consejo General del Poder Judicial ha abierto una investigación tras ser informado desde el TSJ de Canarias de que se marchó de vacaciones estando de baja médica.

La Fiscalía General de Canarias  pide para Salvador Alba Mesa diez años de prisión y 29 de inhabilitación por los delitos presuntamente cometidos en su persecución a la jueza Victoria Rosell. El juicio está pendiente de que el TSJC designe tribunal y fecha, pero todo hace prever que se celebrará antes de que termine 2018, dos años después de ser sorprendido.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2363 en: 18 de Julio de 2018, 17:54:04 pm »

El CGPJ rechaza la suspensión temporal de la jueza pitonisa de Lugo


La solicitud para apartarla de su cargo se debe a las prácticas de María Jesús García Pérez como tarotista y vidente.
Las locuras de la jueza pitonisa de Lugo: de stripper en Canarias a presidir sus juicios con un gato
18 julio, 2018 14:06

 JUSTICIA  CGPJ  LUGO (CIUDAD)  JUECES
E. E.
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha rechazado, por cinco votos a dos, acordar la suspensión provisional de funciones de la titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 3 de Lugo, María Jesús García Pérez, que había propuesto el promotor de la acción disciplinaria, tras comprobar "indiciariamente" que cobra por echar el tarot y que siguió haciéndolo incluso cuando trascendió públicamente su actividad como vidente.

Según ha informado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en el trámite de alegaciones la Fiscalía también había solicitado la suspensión provisional por un periodo máximo de seis meses, igual que había solicitado el promotor de la acción disciplinaria en el marco del expediente incoado a la magistrada. Por su parte, la magistrada se había opuesto a la adopción de la medida cautelar.


A mediados del pasado mes, el CGPJ abrió un expediente disciplinario a esta jueza por la supuesta comisión de una falta "muy grave" por anunciarse como tarotista y vidente y llevar a cabo estas prácticas. Ahora se rechaza la adopción de medidas cautelares contra ella y podrá seguir en su puesto mientras no se resuelve el expediente.


La jueza pitonisa de Lugo vuelve al trabajo

La suspensión provisional que proponía el promotor de la acción disciplinaria se amparaba en la supuesta comisión de "una falta muy grave" prevista en el artículo 417.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, consistente en "el ejercicio de actividades incompatibles con el cargo de juez o magistrado", establecidas en el artículo 389 de esa norma.

El promotor de la acción disciplinaria consideraba que las actuaciones practicadas en el expediente permitieron acreditar "indiciariamente" que la magistrada "viene ejerciendo una actividad de cartomancia a través de la baraja del tarot, aceptando dinero a cambio", y que "ha seguido haciéndolo" incluso después de que, tanto el TSXG como el propio promotor de la acción disciplinaria, abriesen diligencias informativas al tener conocimiento de esa actividad.

En su opinión, la suspensión cautelar de la magistrada por un periodo máximo de seis meses se adoptaría "en vista de la gravedad de los hechos, de la naturaleza de la sanción que se le podría imponer en caso de apreciarse la comisión de la falta -que podría llegar a ser la de expulsión de la Carrera Judicial- y de la posibilidad de reiteración de la conducta", pero esta opción ha sido rechazada por una amplia mayoría de la comisión disciplinaria.

Este miércoles, en una entrevista concedida da La Voz de Galicia, la jueza pitonisa cree que el expediente abierto por el CGPJ terminará con su expulsión de la carrera judicial: "Consulté el tarot y dice que mi futuro dentro de la Justicia es bastante malo". De momento, aguanta en su cargo.

Trayectoria
El proceso contra la jueza se inició después de que el TSXG trasladase un escrito del presidente de la Audiencia Provincial de Lugo en el que comunicaba que había tenido conocimiento de que la magistrada "de forma pública reparte octavillas publicitarias (...) anunciándose como tarotista y vidente con gran experiencia en echar las cartas de tarot".

Este escrito dio lugar a unas diligencias informativas por parte del promotor de la acción disciplinaria, a las que se unieron varias informaciones periodísticas en las que se afirmaba que la propia magistrada realizó la citada actividad. Concretamente, el periódico El Progreso de Lugo narró en sus ediciones en papel la experiencia de incógnito en una sesión de tarot, así como La Voz de Galicia, que también publicó esta práctica.

La polémica ha rodeado a esta jueza en varias ocasiones por "bailar como 'stripper' en un local de Canarias, donde tenía su destino profesional en 2001 o por llevar un gato a las vistas durante su época como magistrada en Santiago de Compostela.


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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2364 en: 19 de Julio de 2018, 11:24:21 am »


Un pediatra firmó la baja médica con la que el juez Salvador Alba se fue de vacaciones a Maldivas


 El doctor Alayón Araña sustituyó al médico Sergio Hernández, acusado de varios delitos por falsificar la historia médica de su exmujer durante el proceso de divorcio

 El nuevo médico de Alba tiene consulta privada particular y figura en el plantel de pediatras del hospital San Roque de Las Palmas de Gran Canaria. No ejerce la medicina general

 El Consejo General del Poder Judicial estudiará este jueves la propuesta de suspensión del polémico juez, para quien la Fiscalía pide 10 años de cárcel por cinco presuntos delitos



El juez Salvador Alba, junto a su esposa, la secretaria judicial Teresa Lorenzo, y la hija de la pareja, de vacaciones en las Maldivas CANARIAS AHORA
Por Carlos Sosa
18 jul 201820:29

El pediatra Juan Carlos Alayón Araña es el nuevo médico del juez Salvador Alba Mesa y el que le firma sus partes de baja. Al menos es el firmante de la baja por enfermedad con la que el magistrado  se marchó el pasado día 8 de vacaciones al archipiélago de las Maldivas sin dejar puesta la sentencia del caso Faycán y sin ser suspendido por el Consejo General del Poder Judicial, que abordará este jueves su caso.


Juan Carlos Alayón figura en el Colegio de Médicos de Las Palmas con el número 978 bajo la especialidad de “Pediatría y sus áreas específicas”, lo que le faculta para atender cualquier tipo de dolencia en personas menores de 14 años. Bajo esa especialidad pasa consulta privada en la avenida de Escaleritas y como médico contratado en el hospital San Roque, de Las Palmas de Gran Canaria. En el servicio de cita previa de este centro privado confirmaron este miércoles a Canarias Ahora que el doctor Alayón solo pasa consultas de Pediatría.

Sin embargo, el sello y la firma del doctor Alayón Araña aparecen en el último parte de baja del magistrado Salvador Alba, fechado el pasado 3 de julio con una duración de un mes. Cuando acabe ese periodo, el 3 de agosto, el paciente deberá buscarse otro médico para renovar su baja o, previa revisión, obtener un parte de alta, porque las vacaciones de su nuevo doctor comenzaron el pasado día 16 y se extenderán hasta el 31 de agosto, según informaron en el hospital San Roque.


Ficha del pediatra Juan Carlos Alayón en la web del Colegio de Médicos.
El pediatra sustituye en estas tareas de atención médica y administrativa al doctor Sergio Hernández Sánchez, el médico que extendió en mayo pasado la primera baja por enfermedad de Salvador Alba. Hernández no pasa consulta en ninguna clínica privada ni está adscrito a ninguna de las compañías aseguradoras que prestan servicio a la Mutualidad General Judicial (Mugeju), a la que están acogidos los trabajadores y trabajadoras de la Administración de Justicia. Una fuente autorizada de Mugeju aseguró entonces a este periódico que solo facultativos adscritos a los cuadros médicos de las aseguradoras privadas con las que trabaja esa mutualidad pueden extender bajas médicas. El doctor Hernández presta sus servicios en el centro de salud del barrio de Schamann, en Las Palmas de Gran Canaria, adscrito como médico del Servicio Canario de la Salud.


Ese primer médico escogido por Alba está pendiente de sentarse en el banquillo ante la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas por haber falsificado presuntamente la historia clínica de su exmujer añadiéndole patologías psiquiátricas mientras litigaba contra ella en un proceso de divorcio.

El último parte de baja del juez Alba está  bajo investigación del Tribunal Superior de Justicia de Canarias y el Consejo General del Poder Judicial a raíz de que se conociera por este periódico que con esa incapacidad laboral se marchó con su familia unos días de vacaciones a Maldivas en un viaje de unas 14 horas de duración. Las vacaciones de Alba concluyeron este martes.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial tiene previsto debatir y votar este jueves la propuesta de suspensión de Salvador Alba como juez como continuación del expediente disciplinario que tiene abierto desde mayo de 2016, tras descubrirse que conspiró para perjudicar a la por entonces diputada de Podemos y jueza en excedencia Victoria Rosell. La Fiscalía General de Canarias pide para él 10 años de prisión por cinco presuntos delitos cometidos en aquella operación cuando se puso al frente como sustituto del juzgado de la magistrada.


Alba regresó a Gran Canaria este mismo miércoles tras sus vacaciones en las islas Maldivas.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2365 en: 19 de Julio de 2018, 19:42:30 pm »

El Poder Judicial suspende de funciones al juez Alba y le reprocha su viaje a las Maldivas estando de baja médica


 El órgano de gobierno de los jueces insta al presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas a adoptar medidas para resolver los asuntos que el magistrado ha dejado pendientes, entre ellos la sentencia del caso Faycán

 La Comisión Permanente cursó ocho intentos, todos ellos infructuosos, antes de poder notificarle, a través de la Policía Local de Telde, el municipio donde reside, que disponía de un plazo de diez días para oponerse a su suspensión


El juez Salvador Alba ALEJANDRO RAMOS
Por Iván Suárez
19 jul 201813:59

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado en su sesión de este jueves la suspensión provisional de funciones del magistrado Salvador Alba. La decisión del órgano de gobierno de los jueces se produce como consecuencia del auto de apertura de juicio oral dictado en su contra por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) el 8 de mayo, hace 73 días.

Alba está acusado de la comisión de cinco delitos (prevaricación, falsedad en documento oficial, cohecho, revelación de secretos y negociaciones prohibidas a funcionarios públicos) en la operación urdida contra Victoria Rosell, a quien sustituyó en el Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas de Gran Canaria cuando la magistrada pidió la excedencia para concurrir a las elecciones generales de 2015.

Para evitar ser apartado, el juez se había escudado, entre otras cuestiones, en su situación de incapacidad laboral, con partes de baja firmados  por un médico acusado de falsificar la historia clínica de su mujer para añadirle trastornos psicológicos en pleno proceso de divorcio, primero, y por un pediatra, después.

La Permanente recuerda a Alba que la ley exige que la suspensión de funciones se ejecute de forma inmediata tras la apertura de juicio oral y le reprocha que  haya viajado a las Islas Maldivas estando de baja médica. El CGPJ advierte del daño que ocasionaría a la imagen de la institución aceptar la tesis del magistrado, máxime cuando alega una patología que lo incapacita para su trabajo, "pero no para acometer un viaje transoceánico a las islas Maldivas".

El órgano de gobierno de los jueces precisa que la baja médica de Alba no le impide participar en las juntas de magistrados o acceder al órgano jurisdiccional en el que tiene plaza, esto es, la Audiencia Provincial. Por ello, considera que mantener al juez en sus funciones compromete tanto la finalidad "de evitar que un miembro de la carrera judicial encausado en un juicio penal pueda participar en el ámbito de lo que permiten las funciones jurisdiccionales" como "la imagen con la que el Poder Judicial debe aparecer ante la sociedad en un Estado Social y Democrático de Derecho”.

Alba no podrá volver a ejercer desde que se le notifique formalmente el acuerdo de la Comisión Permanente y hasta que recaiga en la causa penal que se sigue en su contra en el TSJC una sentencia absolutoria o un auto de sobreseimiento.

El órgano de gobierno de los jueces insta además al presidente de la Audiencia de Las Palmas, Emilio Moya, a adoptar "con carácter de urgencia" las medidas necesarias para solventar los asuntos que Alba deja pendientes, entre ellos la sentencia del caso Faycán, que juzga una trama para el cobro de comisiones ilegales en el Ayuntamiento de Telde gobernado por el Partido Popular (PP) y Ciudadanos por el Cambio (Ciuca) en el mandato 2003-2007. Alba también había recurrido al bloqueo del caso Faycán para oponerse a la medida cautelar de la suspensión de funciones.

Según informa la agencia Efe, Emilio Moya ya se ha dirigido al presidente del TSJC para pedirle que los otros dos magistrados del tribunal del caso Faycán, Carlos Vielba y Oscarina Naranjo, puedan deliberar y poner la sentencia sin Alba, que presidió la vista y que había sido designado ponente de la resolución.

Recusación y ocho intentos de notificación

Salvador Alba trató por todos los medios de esquivar su suspensión y, para ello, apeló a cuestiones formales. El magistrado procesado llegó a recusar al presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, y a sus vocales, por una supuesta causa legal de abstención que ni siquiera citó en su escrito de oposición. Tan sólo informaba de que había presentado un recurso contencioso-administrativo por "la inactividad" del Consejo en relación con la aprobación de las normas de reparto de la Sala de lo Civil y Penal del TSJC, de las que el órgano de gobierno, tal y como recuerda en un comunicado, tomó conocimiento en enero de 2015 y en junio de este año.

Alba también pretendía que se anulara el acto por el que se le notificó que disponía de un plazo de diez días para poder presentar las alegaciones contra su suspensión. Se lo entregó un agente de la Policía Local de Telde, municipio en el que reside, el 29 de junio, 45 días después de que el CGPJ iniciara el procedimiento para expulsarle de forma temporal. En ese periodo, la comisión Permanente llegó a cursar ocho intentos de notificación, todos ellos infructuosos, a través de la letrada de la Administración de Justicia de la Secretaría de la Audiencia de Las Palmas y más tarde mediante un servicio de mensajería postal, siendo la Policía Local el último recurso.

No es la primera vez que Alba se esconde del agente judicial para evitar ser notificado. También ocurrió con la sanción de 500 euros que le impuso el CGPJ por grabar a otros compañeros de la Audiencia de Las Palmas, una multa de la que se libró después de que prescribiera por este motivo.

También rechaza la Permanente el argumento de Alba sobre la falta de firmeza del auto de apertura de juicio oral. Sus componentes recuerdan que la propia resolución  “informa de manera explícita que contra el mismo no cabe interponer recurso alguno, lo que quiere decir que es firme en el extremo que acuerda la apertura de juicio oral por cinco distintos delitos que se dice allí habría cometido (Alba) en el ejercicio de su cargo”.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2366 en: 23 de Agosto de 2018, 10:08:02 am »


¿A quién desnuda Llarena?


 Es harto probable que los catalanes no logren independizarse, pero lo que si han logrado hasta el momento es dejar en pelotas al sistema


JOSÉ LUIS CEREIJIDO / EFE
Elisa Beni
22 ago 201820:14

Es indudable que la pretensión del magistrado Llarena de que el Gobierno español se haga cargo, con fondos públicos, de su representación legal en Bélgica ante la demanda civil presentada por el expresident de la Generalitat y cuatro de sus exconsellers, pone sobre la mesa del nuevo Ejecutivo español un marrón sobrevenido y de compleja solución.

El amparo irregular concedido por el CGPJ al magistrado ha sido redirigido al Ejecutivo en una exigencia de apoyo a la totalidad de la jurisdicción española, argumentado que es toda ella la amenazada por unos jueces belgas que, ellos también, aplican su principio de legalidad.

No le queda al Ministerio de Justicia más que estudiar bien lo que la Comisión Permanente dirigida por Lesmes le exige y analizarlo a la luz de la legalidad vigente, como si existiera el riesgo de tomar una decisión injusta y como si fuera posible hacerlo a sabiendas, como si existiera riesgo de mal uso del erario público. El amparo otorgado por la Comisión Permanente a Llarena es extemporáneo y debería haber sido rechazado a limine, es decir, sin ni siquiera estudiarla.

La vocal Concepción Sáez en su voto particular deja meridianamente claro que Llarena en su petición formal de amparo del 30 de julio manifestó haber conocido de la demanda belga por la prensa. Tal publicación, explica la vocal, "tuvo lugar el día 5 como indica el propio magistrado solicitante y resulta público y notorio por las informaciones en numerosos medios de comunicación que la noticia de la interposición de la demanda ante la Primera Sala del Juzgado de Primera Instancia francófono de Bruselas se dio el 5 de junio de 2018 y que la petición de transmisión de documentación de este órgano judicial al Juzgado Decano de Madrid se recibió el 18 de junio de 2018. Con los mismos instrumentos de conocimiento también sabemos que la instrucción de la causa especial  por el magistrado Sr. Llarena finalizó el 10 de julio de 2018".

Pues bien, habida cuenta de que el Reglamento 2/2011 de 28 de abril, que regula la interposición del Recurso de Amparo por los jueces, fija un plazo de diez días desde el conocimiento por el juez del hecho que le perturba, queda meridianamente claro que pasaron 55 días en realidad desde ese momento hasta la petición de amparo de Llarena. Ese único dato, conocido por Lesmes y su Permanente, basta para cuestionar la justicia y legitimidad de la decisión acordada. Este dato debe pesar en el análisis del Ministerio de Justicia.

Lo cierto es que de este relato fáctico se deduce también que Llarena no ha dicho toda la verdad al CGPJ. No lo ha hecho porque, todo un magistrado del Tribunal Supremo, afirma ante su órgano de Gobierno que sólo ha tenido conocimiento de la demanda belga por la prensa pero tal extremo es inveraz. Ese mismo día 5 de junio, los abogados de los ex consellers en España presentaron un escrito de recusación de Llarena en el Tribunal Supremo alegando que el magistrado traía pleito con estas personas -causa de recusación tasada en la ley- y en ese escrito de recusación se adjuntó la demanda belga en francés y castellano. Tan es así que personal del propio tribunal se puso en contacto con el bufete de abogados que presentaba la recusación para indicar que al texto de la demanda belga le faltaban dos folios para que tal error fuera subsanado. Llarena desestimó en auto tal recusación y después olvidó informar de todo esto al CGPJ que debía tomar una decisión al respecto. Llarena tuvo en su poder la demanda civil casi dos meses antes de pedir amparo y no lo hizo en plazo.

¿A quién desnuda Llarena con esta extemporánea petición, aparte de a él mismo, para conseguir que su representación legal la pague el Estado? De momento al CGPJ encabezado por Lesmes y a su Comisión Permanente, excepto a la vocal Sáez que suscribe un voto particular y al vocal Lucas que ha manifestado su adhesión a esa postura. Los demás saben que el periodo preclusivo estaba super superado y, aún así, firmaron ese amparo. No es difícil suponer -y los periodistas suponemos por sistemas propios e inherentes a nuestro oficio- que hay juristas estudiando la comisión de una posible prevaricación por parte de estos integrantes de la Comisión Permanente del CGPJ.

No es el único motivo por el que esta cuestión puede dejar en pelotas a muchos. En su petición de amparo decía Llarena que estaba en peligro la indemnidad de la jurisdicción española y esto es lo que ha hecho que muchos jueces y que el propio Ministerio permanezcan a la expectativa de si tal cuestión es cierta, es decir, de si la demanda belga pone en jaque la independencia de la Justicia española más allá de demandar por manifestaciones privadas a un juez concreto. El CGPJ decidió poner el amparo concedido en conocimiento del Ministro de Asuntos Exteriores y "a través de la Abogada General, del Ministerio de Justicia" para que "adopten las medidas necesarias para asegurar la integridad e inmunidad de la jurisdicción española ante los tribunales del Reino de Bélgica".

Si esto no fuera cierto, si no fuera una cuestión que afectara a la jurisdicción española sino un asunto particular de un magistrado, quedarían desnudos todos aquellos que apoyaran darle cobertura pública. Lo cierto es que el órgano de gobierno del Poder Judicial español ha acordado oficialmente "excitar" al Gobierno español para que exija al Gobierno belga que se dirija a sus jueces para exigirles que respeten la independencia de un juez español. Un contrasentido que les deja desnudos y sin mano que cubrirse dado que presupone que otro gobierno podría dirigirse a sus jueces ¿acaso porque están demasiado acostumbrados a que en esos términos los gobiernos españoles se dirijan a ellos?

Finalmente, todo este embrollo a quien desnuda es al Tribunal Supremo y a las profundas heridas a las que los políticos y gobernantes han sometido al órgano máximo de la Justicia española. Un tribunal que ha sido deteriorado en su calidad y convertido en un órgano politizado que en estos momentos navega de forma autónoma controlando a todos -Ejecutivo, Legislativo, Constitucional- y sin tener el control efectivo de nadie.

¿Alguien en sus cabales cree que la Sala II está dispuesta a examinar en serio una querella por las anomalías cometidas en la instrucción por Llarena?, ¿alguien podría afirmar que una querella contra Lesmes y compañía por prevaricación en ese otorgamiento de amparo podría siquiera ser examinada con imparcialidad por ese tribunal?, ¿alguien cree que podría conseguirse que la Sala reconociera que Llarena no podía jugar a poner y quitar OED's o dejar sin perseguir a los procesados?

Este problema y no otro está en el origen del recurso a la Justicia de otros países de la Unión. Ese es el gran desnudo que ha conseguido este asunto. ¿Quién controla a los que controlan si deciden en conjunto hacer de su capa un sayo?, ¿quién le pone el cascabel al gato?

Es harto probable que los catalanes no logren independizarse, pero lo que si han logrado hasta el momento es dejar en pelotas al sistema. Algo que no fue posible durante la lucha contra el independentismo vasco, aunque sucedió también con creces, porque en aquel entonces había muchos muertos sobre la mesa y nadie hubiera alzado la voz. Ahora la realidad está sobre el tapete. A ver a cuántos más deja al descubierto.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2367 en: 23 de Agosto de 2018, 20:41:16 pm »

España no pagará la defensa de Llarena en Bélgica por sus "actos privados"


 El Estado no asumirá " en ningún caso la defensa del juez Pablo Llarena por los actos privados que se le atribuyen"

 " La demanda presentada incluye referencias a expresiones privadas realizadas por el juez Llarena ante las que el Gobierno no puede actuar", sostiene Justicia

 España sí se personará en la causa para defender lo referente a  la función jurisdiccional del magistrado


El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena en una conferencia en Oviedo. JOSÉ LUIS CEREIJIDO / EFE
Por Marcos Pinheiro
23 ago 201819:45

El Gobierno de España está dispuesto a defender el sistema judicial  y su soberanía en el procedimiento abierto en Bélgica a raíz de la demanda interpuesta por el expresidente catalán Carles Puigdemont. Sin embargo, el Estado no asumirá "en ningún caso la defensa del juez Pablo Llarena por los actos privados que se le atribuyen".

Así lo detalla el Ministerio de Justicia en una nota de prensa, en la que advierten de que el Estado español se personara en la causa abierta en Bélgica "en defensa de la soberanía e inmunidad jurisdiccional de los tribunales españoles". Esto se hará si "la autoridad judicial belga menciona siquiera entre sus argumentos hechos o datos de la causa penal abierta en España" contra los exconsellers.

"La demanda presentada en Bruselas incluye también referencias a expresiones o manifestaciones privadas realizadas por el juez Llarena ante las que el Gobierno no puede actuar, puesto que supondría defender a un particular por afirmaciones de carácter privado ajeno a su función", sostiene el Ministerio de Justicia.

La demanda que puso Puigdemont en Bélgica responde unas declaraciones que hizo Llarena en febrero, en las que afirmaba que Oriol Junqueras y el resto de miembros del Govern en prisión "no son presos políticos". "Emitió una opinión antes del juicio y fuera de los tribunales y por tanto prejuzgó", dijo uno de los abogados del expresident.

Así, el Gobierno entiende que no procede costear con dinero público la defensa en un procedimiento que se abre por una declaraciones privadas del juez del Tribunal Supremo. Otra cosa es que durante el procedimiento se cuestiona la jurisdicción española, momento en el que el Ejecutivo "actuará en la medida proporcional y adecuada para proteger la inmunidad jurisdiccional del Reino de España y su potestad soberana del ejercicio de la jurisdicción".

"En lo que se refiere a la función jurisdiccional del magistrado, cualquier mención a la misma por parte de la autoridad judicial belga supondría una vulneración del principio acta iure imperii, en virtud del cual los Estados extranjeros no pueden ser demandados ni sometidos a la jurisdicción de los tribunales de un determinado país", añade el Ministerio de Justicia.

Para poder personarse en la causa, España tendrá que recurrir a un bufete privado porque la Abogacía del Estado no puede actuar en un procedimiento fuera de nuestro país.

"Esa personación es necesaria al ser el paso previo imprescindible para poder ejercer las acciones pertinentes, si fuese preciso, ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea o el Tribunal Internacional de Justicia de La Haya", concluye el Ministerio.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2368 en: 25 de Agosto de 2018, 07:39:53 am »


Un juez de Las Palmas pone en pie de guerra al personal de Justicia al prohibir a una funcionaria hacer guardias


 El magistrado sostiene que retrasa su trabajo, pero solo en las guardias que se cobran aparte, y no el resto de la semana en su mismo juzgado de instrucción

 Abre un conflicto con la Junta de Personal al entender esta que se erige en órgano sancionador como empleador, competencia del Gobierno de Canarias

 El presidente de la Junta califica de “gravedad inaudita” que el magistrado llame a la Guardia Civil para expulsar a la trabajadora y carga contra el TSJC


Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria. (ALEJANDRO RAMOS)
Por Alexis González
24 ago 201818:56

La Administración de Justicia en Las Palmas de Gran Canaria echa chispas desde hace horas, sin que el incendio laboral generado por un magistrado de este partido judicial tenga visos de quedar controlado en breve. El juez Luis Galván, titular de Instrucción 6 de la capital grancanaria, expulsó este jueves por segunda vez este mes a una funcionaria adscrita a su juzgado en funciones de guardia, alegando una supuesta resolución adoptada contra ella por “pérdida de confianza”.

El incidente se produjo a primera hora de la mañana, con orden del magistrado a la Guardia Civil presente para que procediera a la expulsión de la funcionaria de las dependencias donde trabaja, en la Ciudad de la Justicia de la capital grancanaria. El desalojo, difundida este viernes por La Provincia, se realizó además en presencia de representantes sindicales y de la Junta de Personal, a los que el magistrado negó el acceso a sus dependencias, lo que ha desatado un conflicto de mayores dimensiones.


El presidente de la Junta de Personal, Luis Piernavieja (Intersindical Canaria) ha explicado a este diario que la situación provocada por el juez, tanto a la empleada pública como a los sindicalistas, es “de una gravedad inaudita, es de una apología del descrédito de la Administración de Justicia que además viene de un magistrado integrante del Poder Judicial, de una arbitrariedad desmadrada y contra la libertad sindical que nos lleva a plantearnos acciones a múltiples bandas”.

Según ha podido saber Canarias Ahora, todo parte del enfrentamiento del juez y la secretaria judicial (ahora denominada letrada de la Administración de Justicia) con esa funcionaria, a la que atribuyen poca diligencia y retrasos injustificados en los procedimientos. Pero la prohibición de realizar su trabajo se produce solo los días en que Instrucción 6 ejerce funciones de guardia, lo que conlleva un plus económico del que se priva a la trabajadora, “es una sanción encubierta”.

La portavoz del sindicato mayoritario en Justicia, Co.bas, Leonor Castro Henríquez, entiende que el conflicto generado radica en que el magistrado se habría arrogado competencias de órgano sancionador como si fuera el empleador, que en este caso sería el Gobierno de Canarias, a través de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia. La justificación del magistrado contra la funcionaria se fundamenta en una notificación oficial de hace dos años, cuando en 2016 esa dirección general competente abrió un expediente a la trabajadora.

Sin embargo, el procedimiento administrativo contra la empleada pública no llegó a ningún lado, dado que la funcionaria causó baja por enfermedad, el expediente no pudo activarse por ese motivo ni la afectada alegar y defenderse y finalmente el asunto prescribió y fue archivado. Y ni siquiera esa notificación iba dirigida a ella, sino a la propia Dirección General de Justicia del Gobierno regional.

Reincorporada tras dos años de baja

Ha sido ahora, al reincorporarse la funcionaria a su puesto de trabajo hace mes y medio, cuando se ha reactivado el conflicto los días en que Instrucción 6 está de guardia. Los dos últimos, con orden del juez a la Guardia Civil para el desalojo de la empleada, producido este último entre aplausos de apoyo de sus compañeros. En los dos primeros casos, según informó el citado periódico, se la dejó estar en las dependencias pero sin atribuirle trabajo alguno durante esas guardias.

“No conocemos parangón de la gravedad que tiene este tema”, asegura Piernavieja a este diario. “No descartamos cualquier tipo de medida penal”, dijo el presidente de la Junta, quien además cargó contra los órganos de gobierno en Canarias: “Nos hemos sentido vejados, incluso maltratados por la Secretaría de Gobierno y por el presidente del Tribuna Superior de Justicia de Canarias”, a la hora de exponer al TSJC la decisión del juez Galván contra su libertad sindical.

El presidente de la Junta de Personal ya ha solicitado una reunión urgente con el consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, José Miguel Barragán, para exponer el caso como empleador que es. “El juez, por mucho poder que tenga, a efectos disciplinarios tiene la misma posibilidad que cualquier ciudadano de a pie, que es denunciar para que el empleador adopte medidas disciplinarias, y que en este caso la denunciada tenga la posibilidad de alegar en su defensa”, sostiene Piernavieja.

La Junta de Personal tiene previsto reunirse el próximo martes para abordar este caso y tomar decisiones en las que ya trabajan sus servicios jurídicos. La reunión se hará después de la entrevista con el consejero Barragán, y de que este viernes el presidente de la Junta haya puesto en conocimiento del juez decano de Las Palmas de Gran Canaria la situación vivida el jueves a primera hora en Instrucción 6.

Lo que determine la Junta de Personal es ahora mismo una incógnita. Caben todo tipo de acciones, como ha avanzado su presidente, desde una querella contra juez y letrada de su juzgado hasta pedir la intervención del Poder Judicial y el Gobierno de España, por medio del Ministerio de Justicia, y del propio Ejecutivo regional.

A juicio de Leonor Castro (Co.bas Justicia Canarias) el primer paso que debería darse es dirigirse al Consejo General del Poder Judicial, para que determine si el juez ha obrado dentro de la legalidad decidiendo una expulsión de una funcionaria, amparándose en un artículo de los aspectos accesorios del reglamento dictado por el propio CGPJ. Esa norma determina que “el juez o magistrado y el secretario en funciones de guardia adoptarán, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, las prevenciones oportunas para garantizar la adecuada prestación del servicio” de guardia.

La cuestión en litigio es si expulsar a una funcionaria de su puesto de trabajo entra dentro de ese "ámbito de sus respectivas atribuciones" o corresponde a quien ejerce la función de empleador: el Gobierno de Canarias.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2369 en: 30 de Agosto de 2018, 20:48:33 pm »


Anticorrupción acusa al juez de cerrar "prematuramente" una de las piezas del caso Villarejo


Creen que el magistrado De Egea ha actuado "precipitadamente" y de forma "sorprendente"


El excomisario Villarejo. JORGE ZAPATA
EFE
PERFIL
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30.08.2018 - 20:30
La Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto al "prematuro y desorbitadamente intempestivo" archivo de una de las piezas del caso Villarejo en un duro escrito al juez de la Audiencia Nacional Diego de Egea donde le acusa de obviar "palmariamente" datos de interés para la investigación.


MÁS INFO

Las diferencias entre el juez y la Fiscalía debilitan la causa contra Villarejo
Las diferencias entre el juez y la Fiscalía debilitan la causa contra Villarejo
Se trata de la pieza Land, sobre un encargo hecho al excomisario José Villarejo por Francisco LorenzoPeñalver y Susana García Cereceda, dueños de la urbanización La Finca, situada en Pozuelo de Alarcón (Madrid).

El juez archivó la causa el 31 de julio en relación con los clientes de Villarejo, pero no en torno a él ni a su socio, Rafael Redondo, y la Fiscalía recurrió en apelación el sobreseimiento el pasado 13 de agosto.

En el escrito, al que ha tenido acceso Efe, la Fiscalía acusa al juez de no esperar el resultado de varias diligencias de investigación para cerrar el caso, aún cuando existían, a su juicio, "sólidos indicios" de la comisión de los delitos de cohecho, descubrimiento y revelación de secretos y falsedad en documento mercantil por parte de los clientes de Villarejo.

Archivó la causa "precipitadamente" y de forma "sorprendente", según dice la Fiscalía, y todo ello sin levantar el secreto de sumario, de forma que puede causar indefensión a las víctimas, de las que presuntamente los dueños de la urbanización querían obtener información, entre ellas Yolanda Cereceda, hermana de Susana.

Los fiscales afean que De Egea cerrase la causa "de oficio", "sin justificación alguna", sin que nadie se lo solicitase y sin dar traslado a la Fiscalía, lo que puede afectar "al esclarecimiento de los hechos".

Y critican el "carácter intempestivo del sobreseimiento", dado que el juez no esperó a que se practicasen algunas diligencias, como el análisis de varios dispositivos electrónicos de Villarejo y Redondo.

Tampoco esperó a saber -prosigue el escrito- si los tres investigados le habían facilitado a Villarejo los teléfonos de dos de las personas a las que supuestamente querían espiar para que el comisario jubilado Enrique García Castaño, investigado en otra pieza, analizase el tráfico de sus llamadas.

Dicha diligencia de investigación afectaba, según la Fiscalía, a los indicios de criminalidad de Villarejo, García Castaño y los dueños de la urbanización, ya que "existen serios y elementales indicios que revelan" que éstos últimos sabían que Villarejo era comisario en activo en aquel momento y que, junto a Redondo, contaba con una "fuente policial para conseguir información".

Soy un puto comisario que está de analista en una situación especial"

Según Anticorrupción, el propio Villarejo les dijo en alguna ocasión: "Soy un puto comisario que está de analista en una situación especial".

En su escrito, los fiscales del caso reproducen toda una serie de conversaciones mantenidas por los investigados con Villarejo y Redondo, los únicos imputados que permanecen en prisión, que demuestran que los clientes del excomisario contrataron sus servicios para conocer los movimientos de terceras personas.

Le solicitaron "medidas de seguimientos personales" de cara a "conocer vínculos de carácter estrictamente personal e íntimo que les permitiera posteriormente utilizarlos contra ellos en la controversia por la herencia del patrimonio que se disputaban".

Una de las víctimas era hermana de Susana García Cereceda, ambas hijas del fallecido empresario Luis García Cereceda, fundador de la exclusiva urbanización La Finca.

Para seguir a la hermana de García Cereceda y a otras tres víctimas, Villarejo les dijo que contaría "con la colaboración de otros funcionarios policiales", unos servicios que pagarían al grupo Cenyt, un entramado societario propiedad del excomisario, con "el máximo de opacidad".

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2370 en: 10 de Septiembre de 2018, 08:02:41 am »


Falsificada el acta que propuso a Pablo Llarena como Magistrado del Tribunal Supremo

Fueron los propios integrantes de la Comisión Permanente del CGPJ los que hicieron públicas sus dudas acerca de la validez de los acuerdos adoptados el día 14 de enero de 2016, entre cuyas decisiones se encontraba la composición de la terna que llevaría a Pablo Llarena a la Sala 2ª del Tribunal Supremo
Por
Juez Fernando Presencia -
04/09/2018 27

Los propios vocales integrantes de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) fueron los que divulgaron a los medios de comunicación sus dudas acerca de la validez de los Acuerdos adoptados el 14 de enero de 2016, entre cuyas decisiones se encontraba  la composición de la terna que llevaría a la Sala 2ª del Tribunal Supremo a Pablo Llarena.

Las decisiones que se tomaron ese día en la Permanente consistieron en la aprobación de la composición de dos ternas de candidatos para el Tribunal Supremo, una para un puesto de magistrado de la Sala Segunda de lo Penal entre cuyos nombres se encontraba el de Pablo Llarena, y otro de la Sala Tercera de lo contencioso administrativo en la que figuraba Fernando Román – amigo íntimo del presidente del CGPJ, Carlos Lesmes-.

Ese mismo día quedaron conformadas también las ternas de los candidatos para las presidencias de los Tribunales Superiores de Justicia (TSJs) de Andalucía, Castilla-León, Castilla-La Mancha (en la que figuraba un sobrino del Cardenal Rouco Varela que ya entonces había sido denunciado por corrupción, Vicente Rouco Rodríguez), y también de los TSJs de la Comunidad Valenciana y Cataluña.

Las dudas acerca de la validez de los acuerdos adoptados por la Comisión Permanente de fecha 14 de enero traían causa de la indebida utilización del mecanismo de la sustitución por parte del Presidente  Lesmes a favor del Vicepresidente Juanes, que todo daba a entender que se hizo en fraude de Ley.

Lesmes quería que en una de las ternas se incluyera a su amigo Fernando Román. Y para “despejar” cualquier sombra de duda sobre su “imparcialidad” no se le ocurrió otra cosa que delegar su voto en Juanes, quien por otra parte no había asistido a una sola de las entrevistas, ni había tenido conocimiento previo de los expedientes de los candidatos. Por eso Juanes necesitaba “instrucciones” para votar en el sentido en el que lo hizo.

Era evidente que Lesmes tenía que abstenerse pero se equivocó en el modo elegido para su sustitución, ya que la “delegación de voto” perpetuaba en el mandatario las causas de abstención del mandante, provocando la nulidad de todos los acuerdos alcanzados ese día por la Comisión Permanente.

Por esa razón,  una de las vocales que componían la Comisión Permanente ese día, la abogada del Estado Nuria Díaz Abad, puso en tela de juicio el modo empleado por Carlos Lesmes para su sustitución, que aprovechó la ocasión para desplazarse a París para asistir a la apertura del Año Judicial de la Corte de Casación francesa.

Es a partir de las objeciones de Díaz Abad cuando saltaron todas las alarmas, pues el descubrimiento del fraude no solamente ponía en peligro la composición de la terna en la que se había incluido a Fernando Román, sino que podía hacer estallar todo el sistema, salpicando la nulidad a todos las ternas que se habían constituido ese día, nada menos que 7, de las cuales 5 correspondían a la provisión de vacantes de presidente de los TSJs de Andalucía, Castilla-León, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana y Cataluña.

Es entonces cuando, ya de vuelta Carlos Lesmes de su viaje a París, actuó la perversa maquinaria de la transparencia en la documentación de los actos del Consejo General del Poder Judicial.

La intervención de Nuria Díaz Abad se hizo constar en el acta del día 14 con un simple “voto en contra”, sin más detalle, y solo en referencia al acuerdo 1.1.2., la composición de la terna en la que se incluyó a Fernando Román. Pero además, para evitar cualquier peligro de contagio a las demás ternas y “salvar los muebles” se sacaron del acta del día 14 los acuerdos sobre la composición de las ternas para la plaza de presidente de los TSJs de Andalucía, Castilla-León, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana y Cataluña, que se llevaron a un acta de una inexistente Comisión Permanente supuestamente celebrada dos días antes, lo que era físicamente imposible porque el día 12 de enero las entrevistas duraron toda la tarde/noche y no hubo tiempo para realizar ningún informe, ni debatirlo.

De esta forma ya no había peligro de que el sistema se derrumbara, aunque fuera a costa de haberse cometido un delito de falsedad en documento público y oficial que colocaría bajo sospecha a todos los acuerdos adoptados por el CGPJ los días 12 y 14 de enero de 2016, entre ellos la propuesta de nombramiento de Pablo Llarena Conde como candidato a la plaza de Magistrado de la Sala 2ª del Tribunal Supremo.


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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2371 en: 12 de Septiembre de 2018, 15:00:30 pm »
QURELLA PPR PREVARICACIÓN CONTRA EL CGPJ POR ASCENDER AL SUPREMO A LA MAGISTRADA LAMELA   



Carmen Lamela, quien procesó y encarceló a los dos Jordis (Sánchez y Cuixart), decretó prisión incondicional a Junqueras y siete miembros del Govern, y curso las primeras euroórdenes de detención contra Puigdemont y los otros exiliados.
EUROPA JUZGA LA CAUSA CONTRA EL PROCÉS
Querella por prevaricación contra el CGPJ por ascender al Supremo a la magistrada Lamela
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La Asociación Atenas de Juristas por los Derechos Civiles ha ampliado su querella contra todo el Consejo General del Poder Judicial denunciando que la jueza de la Audiencia Nacional que arrebató las competencias al TSJC para procesar y enviar a prisión a los políticos catalanes independentistas fue después nombrada a la Sala Segunda del Tribunal Supremo por delante de muchos otros candidatos mejor preparados y a pesar de su incorrecta emisión de euro-órdenes luego retiradas.

   
POLÍTICA 12.09.2018 09:01 CARLOS ENRIQUE BAYO / PATRICIA LÓPEZ
Ya se habían querellado contra todos los miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por un presunto delito continuado de prevaricación por la "ejecución de un plan tendente a alterar la garantía de la imparcialidad y de la independencia judicial" (...) para el que "propusieron y aprobaron la cobertura de los órganos más sensibles de la pirámide jurisdiccional con miembros de la carrera judicial seleccionados por su perfil y por su posicionamiento ideológico" (...) con el fin de "garantizarse el enjuiciamiento por medio de Magistrados afines al Partido Popular" en las causas de corrupción que afectan a sus dirigentes.

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Esta explosiva querella, presentada por la Associació Atenes de Juristes Pels Drets Civils el pasado abril –en un escrito expositivo de 62 folios, detallando numerosos casos concretos, que fue firmado por el magistrado del caso Blesa Elpidio José Silva Pacheco–, acaba de ser ampliada para incluir otro ejemplo de presunto "abuso sistemático de la discrecionalidad prevista para la designación de los profesionales llamados a ocupar determinados órganos judiciales". Pero en este caso se trata de la jueza Carmen Lamela Díaz, quien adquirió notoriedad por enviar a prisión a todos los dirigentes soberanistas catalanes que acudieron a sus citaciones ante la Audiencia Nacional, incluidos los dos Jordis (Sánchez y Cuixart) y el líder de ERC, Oriol Junqueras.

 El magistrado del Supremo pone en evidencia a la jueza Lamela al dudar que se gastaran 6,2 millones en el 1-O
 El magistrado del Supremo pone en evidencia a la jueza Lamela al dudar que se gastaran 6,2 millones en el 1-O
La querella de Atenes contra el Poder Judicial fue asignada a finales de julio a la Sección Cuarta de la Sala Segunda del Tribunal Supremo,en la que está el juez Pablo Llarena que actualmente instruye la causa anti-independentistas, como se puede ver en esta providencia, a la que ha tenido acceso Público:

Encabezamiento de la providencia por la que se adjudica a la Sección Cuarta de la Sala Segunda del Supremo, en la que está el juez Llarena, la querella por prevaricación continuada de la Asociación Atenas de Juristas contra el CGPJ.

Las euro-órdenes cursadas por Lamela contra los políticos catalanes exiliados contenían errores en el formulario y tuvieron que ser retiradas

Al inicio de su instrucción contra los políticos soberanistas catalanes, la jueza Lamela también cursó euro-órdenes de detención contra el expresident de la Generalitat Carles Puigdemont y los consellers del Govern que se exiliaron en Bélgica, pero cometió errores en el formulario correspondiente y una de las primeras medidas que tuvo que adoptar el juez Llarena al hacerse cargo de la causa fue la de retirar esas euro-órdenes mal hechas.

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En realidad, a Lamela, como jueza instructora del Juzgado Central 3 de la Audiencia Nacional, tampoco le correspondía la competencia para encausar a Puigdemont, Junqueras y los demás aforados –en su condición de diputados del Parlament de Catalunya–, así que Llarena también tuvo que retirarle la instrucción de esa Causa Especial y quedársela él. Algo asimismo irregular –puesto que el tribunal predeterminado por la Ley para juzgar a los aforados catalanes es el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, no el Supremo– pero que se ejecutó en base a la "construcción jurídica aberrante" (según fuentes jurídicas) que ideó el ex fiscal general José Manuel Maza para arrebatar la causa al TSJC alegando que afectaba a toda España y tenía ramificaciones internacionales.

 Lamela envía a juicio a Trapero y a la cúpula de los Mossos por sedición
En cualquier caso, los antecedentes jurídicos recientes de la jueza Lamela no parecían muy brillantes cuando, el pasado 23 de julio, el CGPJ anunció su decisión de ascenderla a la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Casi de inmediato, la Asociación Atenas amplió su querella por prevaricación continuada contra el Poder Judicial, al considerar que ese nombramiento es un nuevo y flagrante caso de "promoción de un candidato que, a pesar de no poder competir en absoluto con el resto de candidatos en términos de méritos y capacidad, termina por ser aupado precisamente por única gracia de su consabida alineación ideológica con el partido de gobierno" (página 44 de la querella inicial).

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Inicio de la ampliación de la querella de la Asociación Atenas de Juristas contra el Consejo General del Poder Judicial.

Lamela ocupa la plaza en el Supremo que dejó vacante el fiscal general del Estado Maza al fallecer

Dicha ampliación de la querella recoge el comunicado oficial del acuerdo del Pleno del CGPJ del 24 de julio que formaliza la elección de Lamela como "nueva magistrada de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, en la que ocupará la plaza –correspondiente al turno de especialistas– convocada por el fallecimiento del miembro de la Sala, mientras ejercía como fiscal general del Estado, José Manuel Maza Martín", y expone:

 La jueza Lamela archiva una querella contra Florentino Pérez y cinco exministros por el almacén de gas Castor
"Omite el referido comunicado mencionar entre los “méritos” de la designada el haber iniciado, como juez instructor del JCI 3 de la AN, la Causa Especial relativa a la persecución y decretado la prisión provisional de los políticos catalanes favorables a la independencia y emitió las órdenes europeas de detención contra los investigados. En relación a estos actos jurisdiccionales ha sido corregida tanto por el propio Tribunal Supremo como por el instructor nombrado por el Tribunal Supremo en relación a la carencia de competencia para la instrucción de la causa como en la incorrecta emisión de la euro órdenes que fueron retiradas a todos los efectos, correcciones de las que se infiere que la mentada instructora, sea ello dicho desde el máximo respeto, parece carecer de la calidad jurídica suficiente para llevar a cabo siquiera las tareas de instrucción de causas complejas".

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Una jueza del Supremo sin experiencia sentenciadora
"El nombramiento de una magistrada sin suficiente acreditación de experiencia
profesional en la función sentenciadora, por haberse dedicado principalmente a la función instructora por lo menos desde hace casi diez años, supone seleccionar una candidata con menor capacidad y mérito que otros magistrad@s de probada y acreditada experiencia", prosigue la ampliación de la querella de la Asociación Atenas.

 Lamela, la jueza obsesionada con el terrorismo
"Sorprende que los méritos y capacidades de la Sra. Lamela puedan parecer superiores, por ejemplo, a los del Magistrado Presidente de la Audiencia de Córdoba o a los de los restantes candidatas y candidatos. De hecho la arbitrariedad de la decisión viene expresada también por cuanto falta la comparación de méritos entre los 18 aspirantes. Información que en atención al proceso de nombramiento debería formar parte de la formación de la voluntad del CGPJ en aras a la interdicción de la arbitrariedad, y solo sería justificable su nombramiento si hecha la comparación de méritos con el resto de candidatas y candidatos los superara o a lo sumo igualara", subraya Atenas. "La jurisprudencia en este punto es clara".

 La causa judicial contra una supuesta organización terrorista anarquista que quedó reducida a unos tuits sobre Goku
Y no sólo la jurisprudencia española, sino también la internacional: el Grupo de Estados Contra la Corrupción y el Crimen Organizado (GRECO) –organismo dependiente del Consejo de Europa que incluye a 49 países y del que España forma parte desde 1999– ha remitido al Gobierno en cuatro ocasiones advertencias y denuncias por la absoluta parcialidad de los altos estamentos de la Justicia española como consecuencia de su designación por un órgano politizado como lo es el CGPJ.

España ha desoído las denuncias y peticiones del grupo GRECO (de 49 países) sobre la falta de independencia del Poder Judicial

En su “Informe sobre la prevención de la corrupción respecto a parlamentarios, jueces y fiscales”, de 15 de enero de 2014, el GRECO reclamó a España que evaluara "el marco legislativo que rige el CGPJ y sus efectos sobre la independencia de este órgano", así como que "se estipulen por ley los criterios objetivos y los requisitos de evaluación para el nombramiento de altos cargos en la judicatura, por ejemplo, jueces presidentes de las Audiencias Provinciales, de los Tribunales Superiores de Justicia, Audiencia Nacional y Tribunal Supremo, con el fin de garantizar que estos nombramientos no pongan en tela de juicio la independencia, imparcialidad y transparencia de este proceso".

Casi tres años después, en octubre de 2016, el GRECO lamentaba tener que constatar, en su Informe de Cumplimiento, que España no ha implementado ninguna de esas recomendaciones, ni siquiera parcialmente, declarando como "globalmente insatisfactorio" el comportamiento del Ejecutivo español con respecto a garantizar la independencia de la Justicia. Precisamente algo de lo que ahora no hacen más que presumir todas las autoridades españolas.

Así que es de esperar que la Justicia haga el mismo caso de la querella de Atenas por presunta prevaricación continuada del CGPJ que el que ha hecho de las recomendaciones del GRECO. Esto es, ninguno.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2372 en: 18 de Septiembre de 2018, 08:27:19 am »
Poder....polítizado?


Las conexiones de cuatro jueces con FAES y la URJC añaden dificultades a la decisión del Supremo sobre Casado

    Dos de los cinco magistrados que deben decidir si el Supremo investiga al líder del PP –Pablo Llarena y Miguel Colmenero– participaron en actividades de la fundación de Aznar, de quien Casado era asistente personal
    Colmenero, así como otros dos magistrados –Manuel Marchena y Francisco Monterde–, impartieron clases en un máster en la universidad involucrada en el caso, la Rey Juan Carlos (URJC)

Alicia Gutiérrez
agutierrez@infolibre.es @aliciaguti
Publicada el 18/09/2018 a las 06:00 Actualizada el 17/09/2018 a las 22:20

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2373 en: 21 de Septiembre de 2018, 07:51:37 am »


¿Puede resultar aceptable que los jueces y magistrados puedan hacer lo que no podrían los militares, guardias civiles o policías nacionales?

La intensidad de la relación del juez con el Estado no es comparable con la de nadie. El juez es en primer lugar poder del Estado y en segundo lugar funcionario público
Javier Pérez Royo

20/09/2018 - 21:31h

Si hubieran sido miembros de las Fuerzas Armadas tal como están contempladas en el artículo 8 de la Constitución o miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, tal como están contempladas en el artículo 104, los que hubieran participado en un chat corporativo en los mismos términos en que lo han hecho diversos jueces y magistrados en el suyo, ¿tiene alguien la menor duda de que ya se habría abierto una investigación oficial sobre su conducta e incluso se habrían adoptado medidas provisionales limitativas de su libertad personal?

¿Puede resultar aceptable que los jueces y magistrados puedan hacer lo que no podrían los militares, guardias civiles o policías nacionales? Es obvio que estos últimos tienen lo que técnicamente se denomina una “relación especial de sujección” con el Estado distinta de la “relación general de sujección” que tenemos todos los ciudadanos. En la especialidad de esa relación, más intensa en el caso de los militares que en la de los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y más intensa en los guardias civiles que en los policías nacionales, se justifica la restricción del ejercicio de determinados derechos, como sería su libertad de expresión en un chat corporativo en unos términos como los que han utilizado los jueces en el suyo.

Los jueces y magistrados tienen una "relación especial de sujección" mucho más intensa que la de los miembros de las Fuerzas Armadas o de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado. Estos últimos la tienen porque son institutos armados a través de los cuales los poderes del Estado, legislativo, ejecutivo y judicial, ejercen el "monopolio de la coacción física legítima" en que el Estado consiste. En su condición de institutos armados es donde radica la "especialidad" de su relación de sujección y en esta última la restricción en el ejercicio, no en la titularidad, de determinados derechos.

Los jueces y magistrados son un poder del Estado. Y son portadores de ese poder a título individual. Es el único de los poderes del Estado del que se es portador a título individual. De los poderes legislativo y ejecutivo nadie es portador a título individual. Es un colegio, las Cortes Generales o el Consejo de Ministros, el portador de tales poderes. Del poder judicial siempre se es portador a título individual, incluso cuando el juez o magistrado no actúa como órgano unipersonal sino formando parte de un tribunal. Cada juez es independiente en la interpretación de la ley. Una sentencia dictada por unanimidad únicamente quiere decir que cada uno de los jueces ha coincidido con los demás en la interpretación de la ley. Si no es así cada juez no solo puede sino que debe dar a conocer su "voto particular", que puede ser discrepante, si está en desacuerdo con sus colegas, o coincidente, si está de acuerdo con la decisión pero por motivos distintos de aquellos en los que han fundamentado su decisión los demás.

La Constitución únicamente dice que es poder del Estado. Su condición de funcionario público no viene de la Constitución, sino de la ley y está condicionada, en consecuencia, por la división de poderes propia del Estado Constitucional.

Los jueces, mucho menos todavía de lo que podrían hacerlo, militares, guardias civiles o policías nacionales, no pueden expresarse en un chat corporativo, al que se accede con una clave que nada más que tienen ellos, en los términos en que lo han hecho sobre la situación política de Catalunya. Únicamente desde el desconocimiento más absoluto de cuál es la posición del juez en la arquitectura del Estado Constitucional democrático se puede proceder de esta manera.

Esto es lo que produce asombro, por un lado, y provoca terror, por otro. Si el poder judicial está en manos de individuos que no saben siquiera cuál es su lugar en el Estado democrático de Derecho y son capaces de expresarse de la manera que lo hacen en un chat corporativo, la democracia española tiene un enorme problema.


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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2374 en: 28 de Septiembre de 2018, 21:05:25 pm »
El Poder Judicial descarta investigar el chat de jueces críticos con el independentismo por haber prescrito


 El Consejo General del Poder Judicial considera que aunque hubieran incurrido en alguna falta, ésta ya habría prescrito


El CGPJ no investigará de oficio el chat de jueces críticos con el "procés"
Por EFE
28 sep 201816:03

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no investigará de oficio los mensajes críticos con el procés que varios magistrados se intercambiaron a través del correo profesional y que desveló eldiario.es. El CGPJ entiende que, en el caso de que hubieran incurrido en una falta, ésta ya habría prescrito.

En el entorno del referéndum del 1 de octubre, varios jueces compartieron, a través de un chat interno, correos electrónicos en los que aseguraban que "con golpistas no se negocia ni se dialoga" y comparaban lo sucedido el pasado otoño en Catalunya con "lo que ocurrió en Alemania en épocas remotas".

Según fuentes del CGPJ, las manifestaciones de los jueces podrían quedar amparadas por el derecho a la libertad de expresión, dado que se vertieron en un foro interno. Pero aún en el caso de que pudieran constituir una falta, no se actuará contra ellos, dado que habría prescrito.

Lo que sí que se ha hecho desde el CGPJ es remitir al promotor de la acción disciplinaria del órgano de gobierno de los jueces las cartas que la consellera de Justicia, Ester Capella, envió pidiendo que se investigaran los mensajes para que tenga constancia de las mismas.

En cualquier caso, desde el CGPJ no prevén medidas para controlar el uso del chat profesional de los jueces para intercambiar mensajes y opiniones porque consideran que eso supondría una forma de censura.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2375 en: 30 de Septiembre de 2018, 20:21:27 pm »
El CGPJ archiva expediente incoado a la jueza Rosell por publicar una foto de atestado


La jueza de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria había publicado en la cuenta de su red social una fotografía de un atestado policial.
Canarias - 27/09/2018
EFE
0
 Fotograma archivo RTVC. La jueza Victoria Rosell, durante la apertura de un año judicial.
Fotograma archivo RTVC. La jueza Victoria Rosell, durante la apertura de un año judicial.
La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha archivado el expediente incoado a la jueza de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria, Victoria Rosell, en relación con la publicación en su cuenta de una red social de una fotografía de un atestado policial.

El archivo ha sido adoptado por cuatro votos a tres en el seno de dicha comisión, informa el órgano de gobierno de los jueces.

La Fiscalía y el Promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ solicitaban para la magistrada y exdiputada de Podemos una sanción de un mes de suspensión de funciones al considerar que había cometido una falta muy grave de revelación de hechos o datos conocidos en el ejercicio de su función.

Sin embargo, los miembros de la Comisión Disciplinaria han concluido por mayoría que no se dan los elementos que permitirían estimar acreditada la comisión de la falta prevista en el artículo 417.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

La referida publicación tuvo lugar el pasado mes de abril en plena polémica por el máster de la expresidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes cuando Victoria Rosell, cuando ya ejercía su labor de jueza, escribió un mensaje en Twitter reflexionando sobre cómo se aplicaba el principio de igualdad ante la ley.

En el mismo decía que había pensado en ello al recibir un atestado policial por una denuncia a un ciudadano por falsedad documental por manipulación de la tarjeta de la ITV.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2376 en: 04 de Octubre de 2018, 09:36:53 am »

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2377 en: 04 de Octubre de 2018, 14:20:14 pm »
El CGPJ abre diligencias de informacion.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2378 en: 05 de Octubre de 2018, 08:04:08 am »
El juez que se burló de una víctima de violencia machista acepta apartarse del caso

Francisco Javier Martínez Derqui asume abstenerse de los procedimientos civiles y penales, del divorcio y de la causa de malos tratos

Madrid
04/10/2018 - 21:07 h. CEST

El juez Francisco Javier Martínez Derqui ha aceptado la recusación de María Sanjuan y asume abstenerse de los procedimientos civiles y penales, del divorcio y de la causa de malos tratos tras desvelar la Cadena SER una conversación en la que se mofa y llama "bicho" e "hija puta" a una víctima de violencia machista.

En el informativo ‘Hora 14’, el portavoz de Jueces para la Democracia, la asociación a la que pertenece Derqui, ya lo aventuraba. "Creo que él mismo, en la recusación planteada, ha invitado a que se le aparte del asunto", señalaba. Ignacio González considera que "son declaraciones desafortunadas" en el ámbito privado pero que en este caso en concreto probablemente "lo procedente es apartar a este juez y que no quede la menor duda de imparcialidad".

Cuando ayer la Cadena SER se puso en contacto con Derqui no confirmó este dato, aseguró que la recusación estaba en trámite y pendiente de un pronunciamiento de la Audiencia de Madrid, de si decidía o no apartarlo. El juez argumentaba que la víctima estaba en su derecho a presentarla si consideraba que no estaba siendo imparcial.
María Sanjuan, la víctima, pide la intervención del Consejo General del Poder Judicial, donde ha presentado una queja contra el magistrado por falta de imparcialidad, animadversión y posible delito de prevaricación.

María Sanjuan, la víctima, pide la intervención del Consejo General del Poder Judicial, donde ha presentado una queja contra el magistrado por falta de imparcialidad, animadversión y posible delito de prevaricación. / GETTY IMAGES

Martínez Derqui defiende que se trataba de una conversación privada que se había grabado indebidamente y que se estaba haciendo un uso indebido de esa charla privada que se había producido en un espacio cerrado y fuera de su actuación jurisdiccional como juez. También han aceptado dejar el caso la fiscala y la letrada judicial que participan entre risas y burlas en la conversación.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2379 en: 05 de Octubre de 2018, 08:27:27 am »

el poder judicial abre diligencias informativas
¿Quién es el juez que llama "bicho" e "hija puta" a la modelo María Sanjuán?

Lleva más de 10 años dedicado a la violencia de género, imparte cursos sobre la materia y sus compañeros destacan su nivel de "compromiso" con la causa

Roberto R. Ballesteros
05/10/2018 05:00

El titular del Juzgado de Violencia contra la Mujer número 7 de Madrid, Francisco Javier Martínez Derqui, es uno de los magistrados con más experiencia en instruir asuntos de género de España. Acumula 11 años al frente del mencionado tribunal. Se incorporó apenas dos después de que comenzaran a funcionar los primeros juzgados especializados. Ofrece conferencias e imparte sesiones en diferentes cursos de formación en este tipo de temas desde hace años e incluso pasó una temporada en la sección de violencia de la Audiencia Provincial de Madrid.

Marlaska califica de desafortunados los comentarios del juez sobre María Sanjuán

Toda esta carrera, sin embargo, se derrumbó ayer de un plumazo. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) incoó diligencias informativas contra el magistrado después de que la defensa de la modelo María Sanjuán interpusiera una queja. Esta última argumentó que el juez la había llamado "bicho" e "hija puta", insultos que aparecen documentados en un vídeo aportado por la abogada de Sanjuán, Teresa Bueyes, junto a la mencionada protesta. Ahora, el magistrado tendrá que defenderse y presentar alegaciones a las acusaciones. Tras ello, el Poder Judicial determinará si existe o no materia disciplinaria.

Martínez Derqui comenzó su carrera el 8 de febrero de 1990, cuando tras aprobar las oposiciones a judicatura fue destinado al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 del Puerto de Santa María. Después pasó al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 7 de Santa Cruz de Tenerife y en 1994 fue trasladado de vuelta al Puerto, en concreto al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 4 de Andalucía. Tres años después se mudó al Juzgado de Primera Instancia 5 de Cádiz, donde estuvo una década antes de saltar al Juzgado de Violencia contra la Mujer número 7 de Madrid, que él mismo inauguró y que hoy ocupa.

Sus compañeros tienen buena opinión de él. Lo ven una persona seria, que domina la materia que trata y que está "comprometida" con la lucha contra la violencia de género. Así se expresa uno de ellos, que entiende que ha metido la pata en esta ocasión, pero que el lío mediático que se puede montar no hará justicia a su profesionalidad ni a su trayectoria. Admite que el contexto en el que se han producido sus palabras no es una conversación privada, que es la sala de toma de declaraciones y que debería haber sido más prudente, pero señala también que "no es un mal juez".

En el caso de que el Poder Judicial vea materia disciplinaria al resolver las diligencias informativas, incoará un expediente disciplinario que podría acabar en archivo o en una sanción. Esta última, en el supuesto de que se produjera, se quedaría previsiblemente en una multa que podría alcanzar hasta los 6.000 euros, dado que, según las fuentes jurídicas consultadas, no parece que pueda haber aquí más que una desconsideración en todo caso grave. Sería difícil que se determinara que hubiera una falta muy grave que conllevara más pena, consideran las mismas fuentes, que reconocen en todo caso estar en el terreno de la especulación al abordar esta hipótesis.

El magistrado instruye el procedimiento civil por el que Sanjuán y Josué Reyzábal se disputan la custodia de sus hijos. También investigó a principios del presente año la denuncia que por la vía penal interpuso la modelo contra su expareja por violencia contra la mujer. Reyzábal fue detenido y esposado en el marco de este asunto por la Policía Nacional, que le trasladó hasta los juzgados. El juez Martínez Derqui, que aquel 2 de enero estaba de guardia, se hizo cargo del caso, abrió diligencias previas y tomó declaración al detenido, que fue puesto en libertad ese mismo día sin medida cautelar alguna, a pesar de que la denunciante había reclamado una orden de protección, que hubiera llevado implícito un mandato de alejamiento. El magistrado argumentó que no se daban los requisitos jurídicos ni legales para acordar la medida reclamada por la modelo.

La mencionada vía penal no llegó a ningún sitio, pero provocó que el Juzgado 7 se hiciera cargo de la instrucción de la causa civil. En la queja interpuesta ahora por Sanjuán que ha provocado la apertura de diligencias informativas por parte del Poder Judicial sobre el magistrado, la defensa de la denunciante esgrime que el juez carece de imparcialidad y demuestra en el vídeo una animadversión hacia la modelo, circunstancia que le estaría provocando —a su juicio— una indefensión total y absoluta. La representación legal de Sanjuán reclama también investigar al magistrado por una presunta prevaricación.