Autor Tema: Del poder judicial...  (Leído 255866 veces)

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2560 en: 18 de Junio de 2020, 07:10:21 am »

Cacerolada en los juzgados de Plaza de Castilla contra la decana por reservar aparcamientos para jueces y letrados
VÍDEO | Los funcionarios protestan desde hace días por “trato discriminatorio” en el reparto del parking. La juez María Jesús del Barco defiende la medida porque los jueces "no pueden llegar tarde" a los juicios
Fecha
18/06/20access_time 1:03

La decisión de la decana de Madrid, María Jesús del Barco con los aparcamientos de los juzgados de Plaza de Castilla ha originado un gran revuelo. A partir de ahora se reservan determinadas plazas para algunos operadores jurídicos como jueces y letrados de la administración, forenses y policías municipales, entre otros. Esto supone una disminución del aparcamiento disponible para el resto de funcionarios. Están realizando caceroladas diarias por fuera del despacho de la juez.

La situación comenzó la semana pasada, cuando el jueves precintaron algunas plazas del parking de los edificios de Plaza de Castilla, Capitán Haya, Rosario Pino y Francisco Gervás. El viernes por la mañana se formó una gran cola de coches con muchos despistados porque no entendían qué sucedía. El aparcamiento estaba lleno y, según algunos funcionarios, tuvo que intervenir la Policía Municipal para gestionar el tráfico.

La juez decana hizo oficial una resolución judicial en la que explicaba que los aparcamientos ya no serán para el primero que llegue sino que habrá plazas reservadas para determinados operadores jurídicos. “Es evidente que jueces y letrados de la administración de Justicia no pueden llegar tarde a un juicio porque no se puede celebrar”, explica del Barco a Confidencial Digital. “Hay que garantizar que el juez, que es el que tiene que estar a la hora pueda aparcar y no tenga que estar dando vueltas”.

“Seguramente que en el Ministerio quien aparca es el ministro y si no hay plaza para aparcar quien se queda sin aparcar no es el ministro. Ni un secretario de estado, ni un secretario judicial”, explica la decana.
221 plazas reservadas

En Plaza de Castilla hay un total de 831 plazas de aparcamiento que, desde las ocho y media de la mañana ya están prácticamente llenas cada día, porque allí trabajan más de 1.500 personas.

En la resolución de la decana decidió reservar 221 entre jueces y letrados de la administración de justicia (104), forenses (30), policía municipal (4), guardia civil (8), abogados y procuradores (37), personal de mantenimiento (3), personal de seguridad (2), coches oficiales (9) y servicio de orientación jurídica (14).

Una medida que la mayoría de funcionarios ha acogido con mucho malestar. “Yo no niego que los jueces como poder judicial pueda tener un aparcamiento, ellos no tienen una jornada como nosotros. Entiendo que puedan tener una plaza, pero que se lo den a letrados o a forenses que tienen que tener el mismo horario que nosotros, ¿por qué?”, dice Alberto Cabezas, funcionario y miembro del sindicato UGT.

En la puerta de los juzgados se han colgado dos grandes carteles donde se lee: “ No al clasismo en las sedes judiciales. Ningún privilegio, todos iguales”.

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Aparcamientos libres durante el día

Este cambio de criterio a la hora de aparcar ha generado un verdadero conflicto en los juzgados donde cada día a las doce los funcionarios realizan una cacerolada en la primera planta (donde está el despacho de la decana). Este miércoles del Barco ha salido escoltada por cuatro policías de la sede judicial.

Los funcionarios tienen horario flexible para entrar a trabajar desde las siete y media hasta las nueve, pero a partir de esa hora deben estar todos. “Nosotros no queremos tener privilegio en el parking, pero lo que no puede ser es que pongan a unos funcionarios por encima de otros”, dice Sergio Úbeda, también trabajador en el edificio.

Se quejan de que muchos operadores jurídicos con aparcamiento reservado no ocupan su plaza durante el día y entonces quedan inutilizadas. “A diario más de 70 plazas a las 12.30 están libres. Son plazas que no se pueden reutilizar”, dice Úbeda.  WhatsApp Image 2020-06-17 at 17.55.47 (1)
Reunión y concentraciones

La decana explica que su decisión ha tenido como único propósito “organizar y dar seguridad” a un parking que desde hace años “no tenía control”.

Los funcionarios quieren que sea ella misma quien explique la decisión y han pedido le han pedido reunirse pero aún no han recibido contestación.

“Ella dice que recurramos el acuerdo al Consejo General del Poder Judicial. Pero el Consejo no puede tumbarlo, porque ella como decana tiene la administración de todo el edificio”, explican.

María Jesús del Barco espera que esta situación se normalice en una semanas, pero los sindicatos no parecen estar dispuestos a terminar con las protestas. “Vamos a intentar pedir permiso para concentrarnos en la calle y vamos a hablar con la Comunidad de Madrid", dice Cabezas.


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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2561 en: 01 de Julio de 2020, 07:30:11 am »

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« Respuesta #2562 en: 01 de Julio de 2020, 13:43:26 pm »
Ese juez tenía planes para ese día, excusa de mal pagador lo de la temperatura de la sala de vistas que probablemente esconde otras razones menos altruistas

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2563 en: 10 de Julio de 2020, 06:27:55 am »

Catalá: “Ha habido un parón excesivo en la Justicia” durante la pandemia

El exministro de Justicia Rafael Catalá ha sido nombrado presidente del recién nacido Centro Español de Mediación (CEM). El coronavirus amenaza con una oleada de litigios

Álvaro Zarzalejos


Publicado 10/07/2020 04:45


La crisis sanitaria por el coronavirusprevé una oleada de litigiosidad que amenaza con colapsar los tribunales. Contratos de arrendamiento, indemnizaciones, operaciones corporativas… La covid-19 ha afectado a prácticamente todos los sectores y tanto desde el Ministerio de Justicia como desde el sector legal se ha abogado por fomentar la solución extrajudicial de conflictos a través del arbitraje y la mediación, esta última de especial actualidad a raíz del nacimiento del Centro Español de Mediación (CEM).

La institución, impulsada por la Cámara de Comercio de España, está presidida por el exministro Rafael Catalá, que en conversación con Vozpópuli explica que el centro empezó a gestarse hace unos meses y fue el pasado enero cuando recibió la llamada para tomar las riendas del centro. “El objetivo es promover que la solución de conflictos entre empresas se puede hacer en un contexto de diálogo y negociación. Es algo propio de las sociedades modernas”, explica. El centro se focaliza en mediaciones civiles y mercantiles, no llevará asuntos laborales ni familiares.

Catalá, quien apunta que cada año se presentan del orden de 6 millones de asuntos ante la Justicia, recuerda que los tribunales “han estado prácticamente cerrados durante tres meses” y prevé mucha conflictividad a raíz de la Covid-19. “Temas de consumo, de cumplimiento de contratos, arrendamientos… En este momento puede haber un repunte importante de la litigiosidad”. A este respecto, recuerda que una mediación es mucho más rápida que la jurisdicción ordinaria, donde los plazos pueden alargarse durante años.
Parón en los tribunales

La mediación, todavía muy desconocida en España, está en la agenda del Ministerio de Justicia, que recientemente desveló que quiere avanzar en su desarrollo normativo, si bien ciñe este plan a las mediaciones en el ámbito administrativo. “Me consta que están promoviendo una reforma legislativa para incentivar la mediación”, añade Catalá. “Hemos trasladado al ministro que cuente con nosotros para labores de divulgación y formación”.

Sobre la respuesta de Justicia a la crisis sanitaria, Catalá señala que, en su opinión, “ha habido un parón excesivo en la Justicia” y lamenta el bajo “nivel de digitalización” pese a los esfuerzos que se han hecho en esta línea desde hace años. “El parón del confinamiento ha hecho mella en la Justicia, como en otros servicios públicos. Se han parado demasiadas cosas” y admite que el Gobierno podría “haber intentado algunos mecanismos para que hubiese una mayor actividad”.

El exministro también señala que la gobernanza de la Justicia “es muy compleja” y echa un capote al titular de Justicia con la gestión de la crisis. “Sé los problemas que ha tenido el ministro Campo en esta situación. Hemos tenido juzgados prácticamente cerrados y eso ha provocado un bloqueo que ahora va a costar mucho poner al día”.


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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2564 en: 16 de Julio de 2020, 06:26:40 am »

    Archivan la investigación sobre los vínculos entre el fiscal del 'caso Dina' y la abogada de Iglesias


La Inspección de la Fiscalía General del Estado ha rechazado este lunes reabrir la investigación contra Ignacio Stampa por sus supuestos vínculos con la letrada Marta Núñez, que reconoció en un mensaje que había sido "una bocazas" por hinchar sus vínculos

Tono Calleja
Alejandro Requeijo


Publicado 15/07/2020 20:13


La Inspección de la Fiscalía General del Estado ha rechazado reabrir el expediente gubernativo que fue archivado en marzo pasado tras la denuncia presentada por una particular contra Ignacio Stampa, uno de los fiscales del caso Villarejo. El expediente se inició en el mes de marzo con el objetivo de investigar la supuesta relación del fiscal con la abogada de Podemos Marta Flor Núñez, que ejerce la acusación popular en nombre de la formación morada en esta causa que se investiga en la Audiencia Nacional, según informan fuentes jurídicas a Vozpópuli.

Las citadas fuentes jurídicas apuntan que la decisión de no reabrir el expediente a Ignacio Stampa, que ha reclamado de forma reciente la denunciante inicial, se basa precisamente en el contenido de unos chats, publicados por Vozpópuli, en los que la propia letrada de Pablo Iglesias reconoce haber sido una "bocazas" al haber "dado a entender lo que no es", escribe la abogada en un mensaje de 19 de junio de 2018 dirigido a su entonces jefa en el departamento Legal de Podemos, Gloria Elizo.

Además, en otro mensaje Marta Flor Núñez llega a confesar que la culpa del malentendido había sido suya "por describir esa situación", de supuestos vínculos con el representante del ministerio público en el caso Villarejo. Y que incluso había relatado los hechos "de forma exagerada y confusa, dando lugar a equívocos".
Relación incompatible

La denuncia de la particular ante la Fiscalía General del Estado apuntaba que el fiscal podía haber mantenido una relación incompatible con su labor de acusación pública por sus vínculos con una letrada de la acusación de Podemos. Sin embargo, tanto en marzo como este lunes, la Inspección de la Fiscalía General del Estado ha rechazado que se haya producido esa incompatibilidad, asegurando que la letrada había exagerado su relación con Stampa.

Y como prueba de esa relación, la denunciante aludió a los chats internos del Equipo Legal de Podemos en los que la letrada Marta Flor Núñez llegó a bromear con unos supuestos planes de boda con el fiscal. La máxima responsable del equipo jurídico de la formación morada, Gloria Elizo, consideró que estos mensajes eran improcedentes, y para evitar cualquier contaminación del caso Villarejo, relevó a la letrada de sus relaciones con los fiscales del caso Tándem.

Por su parte, la Fiscalía de Madrid ha abierto unas diligencias contra el fiscal Stampa, tras una denuncia interpuesta por Vox, para determinar si pudo haber cometido un delito de revelación secretos en sus conversaciones con la letrada de Podemos Marta Flor, conocidas después de publicar El Confidencial algunos mensajes que la citada abogada envió a sus compañeros en el equipo legal de la formación morada, en los que apuntaba sus conclusiones de sus conversaciones.
Pablo Iglesias

Sin embargo, la información recabada por Vozpópuli pone de manifiesto que la estrategia de los fiscales del caso Villarejo no ha coincidido en numerosas ocasiones con los intereses de Podemos.

Así, el ministerio público ha rechazado varias peticiones de la formación liderada por Pablo Iglesias, a quien reclamó que fuera expulsado como perjudicado de la pieza separada sobre el robo del teléfono móvil de Dina Bousselham. Los fiscales del caso también apuntaron que el vicepresidente segundo del Gobierno pudo haber cometido los presuntos delitos de revelación de secretos y daños informáticos al destruir la memoria SD que le habían entregado en el Grupo Zeta.

En el mismo sentido, después de que la prensa publicara los mensajes de la letrada Marta Flor Núñez, la Fiscalía General del Estado abrió un expediente gubernativo (disciplinario) sobre este asunto, que fue suspendido tras acordar la Fiscalía de Madrid la apertura de unas diligencias por los mismos hechos.



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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2565 en: 16 de Julio de 2020, 19:36:06 pm »
Evidentemente se hace lo que mande la FGE, sea en Madrid o en Villaconejos, por mucho que digan los iluminatis.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2566 en: 23 de Julio de 2020, 06:44:57 am »

La Fiscalía pide el archivo de la denuncia por acoso contra el exabogado de Iglesias

El Ministerio Fiscal no ve indicios de delito de acoso por parte del ex coordinador del equipo jurídico de Podemos José Manuel Calvente, que asegura que se opuso a aportar un documento "confidencial"

Tono Calleja

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Lupe Carrasco

Publicado 22/07/2020 10:47
Actualizado22/07/2020 10:59

La Fiscalía de Madrid no ve indicios de delito de acoso por parte del excoordinador del equipo jurídico de Podemos José Manuel Calvente, quien aseguró que la querella contra él fue interpuesta tras negarse a entregar información a un fiscal, según consta en el escrito, al que ha tenido acceso 'Vozpópuli', que no especifica de qué funcionario se trata. El Ministerio Público pide a la juez de Madrid Rosa María Freire, que investiga los hechos, el archivo de la causa.

En concreto, el Ministerio Fiscal pide el sobreseimiento de la querella interpuesta el 23 de diciembre de 2019 por la abogada de Pablo Iglesias, Marta Flor Núñez García, en la que aseguraba que Calvente había cometido los delitos de hostigamiento, acoso laboral, acoso sexual y lesiones.

Sin embargo, la Fiscalía da veracidad a las declaraciones de Calvente en las que aseveró que esta querella se produjo después de que mantuviera desavenencias profesionales con la denunciante. Esas discrepancias, especificó el abogado, se producen porque ella le propone pasar un informe "confidencial" a un fiscal, algo habría rechazado el letrado, siempre según el escrito del ministerio público, que alude a la declaración del exletrado de Podemos.
"Una bocazas"

Según la información publicada en diferentes medios de comunicación, Marta Flor Núñez alardeó en diferentes chats de la red de mensajería electrónico Telegram de una supuesta relación con un fiscal del 'caso Tándem' o 'caso Villarejo'. En esos mensajes llegó a asegurar que tenía información confidencial del funcionario. Sin embargo, la propio letrada llegó a reconocer que había sido "una bocazas" llegando a decir cosas en los mensajes internos que no se correspondían con la realidad.

La propia Fiscalía General del Estado ha archivado hasta en dos ocasiones investigaciones sobre los supuestos vínculos entre un fiscal del caso Villarejo y la letrada Marta Flor Núñez García.

El Ministerio Fiscal ha solicitado, por tanto, el sobreseimiento provisional del caso, puesto que considera que no se ha podido acreditar que el letrado purgado por la formación de Iglesias acosara, ni sexual ni laboralmente, a Marta Flor Núñez García.

En la querella, la letrada señalaba que tras haberse negado a mantener una relación de amistad con el querellado, este habría dejó sin contenido su labor profesional, impidiéndole acceder a los procedimientos judiciales del partido.

En ese momento, Calvente era el coordinador del equipo legal de Podemos y, por tanto, era el encargado de dirigir y supervisar al equipo legal de la formación de Iglesias. Sin embargo, la jefa del equipo legal era la vicepresidenta tercera del Congreso de los Diputados, Gloria Elizo. Sin embargo, Núñez aseguró entonces que el letrado "atentó contra su dignidad como mujer, persona y trabajadora".
Expediente por acoso

La dirección de Podemos despidió a Calvente tras abrirle un expediente por acoso sexual y laboral a una trabajadora del partido, que podría terminar en los tribunales. También prescindió entonces de la abogada Mónica Carmona.

En concreto, ambos señalaron que fueron despedidos por querer realizar una investigación interna sobre posibles "irregularidades financieras, en material laboral y de limpieza en la realización de consultas y primarias" dentro de la formación de Pablo Iglesias.

Desde la dirección de Podemos desmintieron tajantemente esas acusaciones que, aseguraron, no tenían ningún fundamento y explicaron que se produjo "un despido por acoso sexual y laboral a una trabajadora".



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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2567 en: 23 de Julio de 2020, 08:05:27 am »
A Podemos parece que no le va nada bien en los juzgados últimamente . . .

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2568 en: 07 de Agosto de 2020, 06:24:22 am »

Los tribunales se agarran a la conciliación para desatascar el colapso provocado por el Covid-19

Justicia, CGPJ y Abogacía empujan a magistrados y letrados para que los pleitos se resuelvan mediante acuerdo sin llegar a los juzgados
Fecha
07/08/20access_time 1:03


El Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial y el Consejo General de la Abogacía están tratando de impulsar con fuerza la mediación para desatascar el colapso en los tribunales tras el Covid-19. Este método de acuerdo extrajudicial es una de las vías que los actores judiciales ven más útil para evitar la paralización de asuntos en los juzgados. En España la mediación no está tan extendida como en otros países.

El Parlamento Europeo ha recomendado a los Estados miembros que intensifiquen sus esfuerzos en el impulso de la mediación en litigios. Algo a lo que el ministro, Juan Carlos Campo, le está poniendo especial empeño. En sus últimas intervenciones públicas ha destacado continuamente la mediación como parte de la solución a la sobrecarga de trabajo que sufren la mayoría de los juzgados.

Este método de resolución de conflictos consiste en confiar en una tercera persona, en este caso un mediador formado para ello, que ayude a alcanzar un acuerdo a las partes sin que terminen en los tribunales. La diferencia entre la mediación y el arbitraje está en que el árbitro dicta una resolución, mientras que el mediador intenta llegar a un punto común entre las partes.

“El mediador no dice usted tiene razón y usted no. Es algo totalmente voluntario. Alcanzan un acuerdo si quieren y si no se levantan de la mesa y se van”, explica Manuel Díaz, mediador en el despacho Cuatrecasas. Su trabajo consiste en reunirse con las partes del conflicto de manera separada e ir sacando información. El acuerdo se lleva ante un notario y tiene el valor de una sentencia.
El beneficio de la rapidez

Este proceso no tarda muchos días y esta concretamente es una de las ventajas. Quizás, en una semana el conflicto puede estar resuelto. Por eso, los mediadores indican que puede tener especial interés para disputas por ejemplo entre empresarios que necesitan una solución rápida para seguir con sus negocios. 

El mayor éxito de la mediación está en las jurisdicciones civiles y mercantiles, por tanto. Procesos de divorcios o herencias familiares que en lo que tarda en resolverlos un juzgados el problema puede enquistarse o dar una vuelta de 180º.

El Consejo General del Poder Judicial tiene una Guía Práctica para la mediación y ha formado una comisión de seguimiento que debe reunirse al menos una vez al año para velar por el cumplimiento del convenio, que tiene una vigencia de cuatro años. 

“Se está acudiendo más a conciliaciaciones”, explica la magistrada Natalia Velilla de Plaza de Castilla, “sería ideal recurrir a la mediación, pero para eso tienen que invertir porque si un particular tiene que pagar al mediador y no tiene claro que le vaya a ir bien prefiere ir a juicio”.
Los colegios de abogados, la sede de la mediación

Para ser mediador no hace falta estar graduado en derecho. Pueden ser personas con grados en temas sociales, psicología, etc, aunque el Ministerio de Justicia sí te exige estar habilitado para ello con una formación específica.

Los 83 Colegios de Abogados tratan de velar por que se garantice la mediación. Por ejemplo, en el Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) hay 184 profesionales que se dividen en las especialidades de civil y mercantil, familia, penal y penitenciario y laboral y en las organizaciones y que son designadas para llevar a cabo los procesos de mediación. 
El Poder Judicial con la abogacía

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes y la presidenta del Consejo General de la Abogacía, Victoria Ortega, firmaron un consejo a finales del mes de julio con un compromiso para colaborar en la implantación de la mediación para resolver conflictos.

El primero de estos convenios fue en 2016 y desde entonces se ha ido renovando. Pero este año esta nueva rúbrica es más importante si cabe porque todos los proyectos que se pongan en marcha en las diferentes jurisdicciones irán en favor de evitar una mayor carga de trabajo en los tribunales.


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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2569 en: 08 de Agosto de 2020, 09:18:08 am »

Un juez homófobo inhabilitado en 2009 continúa hostigando a la pareja de mujeres que lo denunció: "No hemos abandonado a nuestra hija"

    El Tribunal Supremo rechazó rehabilitar a Fernando Ferrín Calamita al cumplirse los diez años de suspensión el en 2019 por una "auténtica compulsión homófoba"

Concha Rubio / Santiago Cabrera Catanesi
7 de agosto de 2020 21:37h

@SantiagoCabCat

En 2009 el juez murciano Fernando Ferrín Calamita fue inhabilitado durante diez años por obstaculizar el proceso de adopción de una menor al ser la adoptante y su progenitora una pareja homosexual. La Fiscalía fundamentó en su día la pena por cinco resoluciones del exmagistrado, que revelaron una actitud prevaricadora y una condición homófoba. En 2019 se cumplió el tiempo de inhabilitación y el Tribunal Supremo impidió la vuelta del Calamita cuestionando su "rehabilitación" y achacándole “una auténtica compulsión homófoba”. Once años después el exmagistrado, que no parece haber escarmentado tras su cese, ha vuelto ser objeto de críticas tras asegurar en una publicación de Facebook –que ya ha eliminado– que la pareja adoptante se ha divorciado y ha entregado a la menor a los servicios sociales. Una realidad negada por sus madres, que tachan los hechos descritos por el exjuez de "totalmente falsos": "Estamos cansadas de que esta persona nos siga molestando". "No hemos abandonado a nuesta hija, vive en casa con sus madres", han sentenciado en declaraciones a este medio.

El caso comienza en 2006, cuando Vanesa de las Heras inicia los trámites de adopción de la hija biológica de su pareja, Susana Meseguer, procedimiento por el cual constaría como madre de la niña a instancias administrativas y judiciales. Durante ese año el exjuez, encargado de llevar el caso, se encontraba ejerciendo al frente del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Murcia, órgano especializado en asuntos de familia, donde decidió tramitar el asunto por su propia mano.

En la querella interpuesta por de las Heras contra el Calamita a comienzos de 2008, se expusieron ocho posibles causas de delito de prevaricación del exmagistrado, a quien acusaban de dictar "resoluciones inauditas únicamente porque se trataba de una pareja de homosexuales". Ante las acusaciones, el Consejo General del Poder Judicial decidió en febrero del mismo año suspender su actividad como juez. En diciembre de 2008 el Tribunal Superior de Justicia de Murcia lo condenó a dos años, tres meses y un día de inhabilitación por ralentizar de forma malintencionada la adopción de la menor. La condena, que apreciaba el agravante de desprecio hacia la orientación sexual de la adoptante, incluía entonces una indemnización de 6.000 euros y el pago de las costas.

Ferrín Calamita, que seguía defendiendo sus acciones en el proceso de adopción, presentó un recurso ante el Tribunal Supremo contra la condena de la instancia judicial murciana, pero el tiro le salió por la culata y a finales de 2009 le elevaron la pena inhabilitante a diez años, considerándolo responsable de un delito de prevaricación judicial no continuado e imponiéndole una multa de 720 euros adicionales a los 6.000 ya establecidos.

La petición de un examen sobre la madre biológica, el nombramiento de un defensor judicial de la niña no exigido por la ley, o la realización de una serie de preguntas a la psicóloga del caso acerca de la conveniencia de que la niña conviviera con dos mujeres, fueron algunas de las resoluciones del exjuez que supusieron una contradicción grave contra el ordenamiento jurídico y revelaron una clara condición homófoba por parte de Calamita, según el informe emitido por la Fiscalía en 2009.
'Víctima de la cristofobia'

La decáda sabática no voluntaria le dio tiempo a Ferrín Calamita para publicar en 2012 el libro Yo, víctima de la cristofobia: El calvario de un juez católico por cumplir la ley en España, en el que se identifica como católico, defiende la postura de sus acciones en la obstaculización de la adopción de la menor, y niega que antepusiera sus creencias en el proceso de adopción.

El exmagistrado encontró durante el proceso judicial aliados en el sector ultraconservador español. En 2007 HazteOír encabezó una plataforma 'pro Ferrín Calamita' formada por el Centro Jurídico Tomás Moro, la asociación ProJusticia, el diario Ya y el diario Hispanidad.com.

En 2012, unos cuarenta juristas de Madrid, según el propio exjuez narra en una entrevista concedida a Religión en libertad, pidieron su indulto a Alberto Ruiz Gallardón, ministro de Justicia del Gobierno del PP. El propio Calamita aseguraba no tener "muchas esperanzas" en que saliera adelante, y así fue: a comienzo de 2013 se rechazó la petición. En la misma entrevista, Calamita aseguró que el "colectivo de las lesbianas tiene mucha fuerza": "Hay muchos intereses de por medio, ideológicos y económicos. Todo parte del mayo francés de 1968. Grandes multinacionales y Bancos financian el lobby". De hecho, HazteOír hizo al poco tiempo su propia recogida de firmas para intentar que el jurista murciano volviera a la carera judicial, rozando las 30.000, una iniciativa que tampoco fructificó.
Carta a Candela

Ahora, la publicación y viralización en redes sociales de una 'carta' escrita por el exmagistrado hacia Candela, la niña adoptada, vuelve a traer a colación la problemática historia que envolvió su proceso de adopción.

En la misiva –eliminada de su página de Facebook pero recogida íntegramente por el medio regional La Opinión de Murcia–, Ferrín Calamita se dirige a la menor exponiendo una serie de hechos falsos que componen la segunda parte de un discurso por el que años atrás fue juzgado y relegado de su cargo de juez. "Ha llegado a mi conocimiento recientemente que se han divorciado y que te han abandonado y entregado a los servicios sociales", sostiene el exjurista en un relato de los hechos nada corroborado por las madres, quienes confirman que la niña se encuentra en casa.

"El tiempo me ha venido a dar la razón, por desgracia", prosigue el escrito que confirma el intento de justificación de los actos que cometió en el pasado y que ha terminado publicándose en numerosos medios de comunicación digitales de extrema derecha.

"Todo lo que dice en la carta es un bulo con el que Calamita pretende seguir haciendo daño a una familia que se encuentra ya muy cansada", explican fuentes cercanas a la familia entrevistadas por elDiario.es de la Región de Murcia. "Candela ya es adolescente, y cualquier día puede llegar a sus oídos todo lo que esta persona cuenta sobre su situación familiar".

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2570 en: 11 de Agosto de 2020, 06:46:27 am »
Se señala al COVID pero la realidad es que la Justicia lleva atascada 40 años y ninguno de los planes de "modernización" habidos en esas 4 décadas ha servido para agilizar los trámites.




Los juzgados están fijando juicios para 2022
El colapso de los tribunales se intensificará a partir de septiembre cuando previsiblemente se multiplicarán las demandas por divorcios y despidos

11/08/20access_time 1:02

La peor parte del colapso de los juzgados todavía no ha llegado. Según los actores jurídicos a partir de septiembre- octubre será cuando se empiece a notar la presión en los tribunales por todas las demandas que se van a interponer y se están interponiendo derivadas de los problemas post-covid-19.

La jurisdicción mercantil es una de las más perjudicadas en todo el territorio. Estos juzgados ya venían con muchos asuntos atrasados antes de la pandemia y, tras el cierre durante el confinamiento, estos se han multiplicado. Pero además, se están sumando todos los pleitos derivados por problemas laborales como los ERTEs. En este sentido, la abrumadora carga de trabajo de algunos juzgados hace necesario un refuerzo para evitar el colapso.

También otras jurisdicciones como la social, en la que se solucionarán todos los problemas de familia, por ejemplo.

Sin saber si ha llegado este ‘pico’ de demandas, algunos juzgados se encuentran ya desbordados. En Madrid, juzgados de lo Social han abierto su agenda para señalar juicios en 2022 porque ya ni siquiera en el próximo año tienen hueco. “Desolador!!!... y a nadie le importa”, escribía un magistrado en las redes sociales.
Una ley que pretende evitar el colapso

Precisamente, para paliar esta situación, la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados aprobó el pasado 21 de julio con amplia mayoría una ley con medidas procesales y organizativas para hacer frente a todos los procesos derivados del Covid-19.

El texto recoge enmiendas transaccionales que establece una nueva disposición adicional para que el Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas con competencias transferidas en materia adopten las medidas organizativas en el sentido de recursos materiales y humanos.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2571 en: 22 de Agosto de 2020, 06:04:37 am »

El juez que ha tumbado las medidas de Ayuso contra la covid trabajó para dos ministros del PSOE

Alfonso Villagómez Cebrián alabó el nombramiento de Delgado como fiscal general del Estado y de Campo como ministro de Justicia. El PP lo recusó en 2011 por considerar que estaba vinculado al PSOE

Diego Molpeceres

Publicado 22/08/2020 04:45
Actualizado22/08/2020 4:48

El magistrado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid Alfonso Villagómez Cebrián ha rechazado ratificar la orden de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid que incluía varias medidas preventivas ante el coronavirus, como la prohibición de fumar sin distancia de seguridad o el cierre de los locales de ocio nocturno.

El magistrado argumenta que el texto del gobierno regional con las nuevas restricciones se basa en otra orden del Ministerio de Sanidad que no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El Gobierno central cree que esto no es necesario, pues es un acto administrativo dirigido a las distintas autonomías que son quienes han publicar de forma oficial esas instrucciones preventivas.

Tras la polémica, el magistrado ha desestimado la petición de aclaración formulada por el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso sobre el alcance de su auto y le reprocha que "no corresponde a este juzgador, ni a ningún otro órgano jurisdiccional, 'cogobernar' con el Consejo de gobierno".

Licenciado y doctor en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela, fue nombrado en 2004 miembro del gabinete del exministro socialista Juan Fernándo López Aguilar ycontinuó en el puesto hasta 2008 con Mariano Fernández Bermejo, que dimitió tras participar en una cacería junto al juez que instruía el caso Gürtel, Baltasar Garzón.

Villagómez Cebrián ingresó en la carrera judicial en 1990 con primeros destinos en Jaca y El Escorial. Ascendió a magistrado en 1996 en Bilbao ytrabajó en los juzgados de Sevilla, Guadalajara y en el Tribunal Superior de Justicia de Galicia. También fue asesor del Defensor del Pueblo en 1994 y fue letrado del Tribunal Constitucional entre 1998 y 2001.

Habitual colaborador en distintos periódicos, publicó un artículo en el Faro de Vigo alabando el nombramiento de Dolores Delgado como Fiscal General del Estado. Con ella "no tengo dudas de que veremos a un Ministerio Público todavía más comprometido, si cabe, con la defensa de la legalidad y de los derechos de la ciudadanía", exponía. Una información de El Correo Gallego asegura que la extitular de Justicia intentó incorporarlo como 'número tres' de su equipo en el Ministerio.

En otro reciente artículo, Villagómez Cebrián se felicitaba también por la llegada de Juan Carlos Campo al departamento de Justicia. "Hay que esperar de él una exitosa tarea ahora en el Gobierno de España. Todos aquellos que nos dedicamos a la Administración de justicia debemos felicitarnos y alegrarnos por este nombramiento", apuntaba.

En 2013, el magistrado figuró en la lista de candidatos a vocales del Consejo General de Poder Judicial y en 2018 optó a integrar el Comité de Ética Judicial del CGPJ. Hijo de un magistrado del Tribunal Supremo ya jubilado, se mostró crítico con la politización del órgano de gobierno de los jueces.
Recusado por el PP

En 2011 fue recusado por el Partido Popular de Galicia en un caso donde debía resolver si un sorteo que decidió la alcaldía de la localidad de Os Blancos era válido o nulo. El PP y APGa empataron a votos tras un problema con una papeleta, pero los populares se llevaron el bastón de mando gracias a un sorteo. Estos últimos hacían referencia en su escrito a una información en la que se aseguraba que el magistrado había recibido una oferta para integrarse en la candidatura del PSOE a la alcaldía de Vigo, con Abel Caballero. Un extremo que el magistrado no negó.

En otro de sus artículos más recientes publicados en la prensa se declara "feminista" y asegura que participó en la manifestación del 8 de marzo en las calles de Madrid. También ha escrito numerosos textos en otros periódicos como Infolibre, eldiario.es,El País o El Mundo, donde se muestra crítico con la ley de seguridad ciudadana, apodada por sus detractores como 'Ley mordaza'.

    Se declara feminista y asegura que participó en la manifestación del 8 de marzo en las calles de Madrid

Su tesis doctoral versa sobre 'La potestad de policía y el sistema constitucional de derechos fundamentales y libertades públicas' En el ámbito académico cuenta con 17 artículos en revistas jurídicas. En 2014 se vio envuelto en un caso de plagio por uno de sus artículos en el que abordaba la figura del aforamiento en el diario de Prisa.

Respecto a la actual pandemia, el magistrado no se muestra partidario de la vía punitiva desplegada por el Ministerio del Interior. En una reciente entrevista con el periódico La Región señalaba "que en el ámbito de un estado de alarma la represión sancionadora quizá no sea la técnica administrativa más indicada". "Ante una situación de alarma en la salud pública es más indicado hacer recomendaciones e instruir a los ciudadanos del peligro concreto que se cierne para su salud y de los medios para evitarlo", añadía.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2572 en: 22 de Agosto de 2020, 17:49:07 pm »
Que cosas  :pen:

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2573 en: 24 de Agosto de 2020, 06:35:29 am »


Pide su revocación
Madrid reprocha al juez que le anuló las medidas que "se extralimite" en su auto

La Abogacía de la Comunidad presenta su recurso y considera "incorrecto" exigir la publicación en el BOE de la instrucción del Ministerio para aplicar estas medidas en el conjunto de las comunidades autónomas.

La Información23.08.2020 - 19:29h

EFE

La Comunidad de Madrid ha reclamado la revocación del auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid que anula el cierre del ocio nocturno y la prohibición de fumar en vía pública sin distancia de seguridad, al apreciar que el magistrado se "extralimita" en su resolución. Así lo establece la Abogacía de la Comunidad en Madrid en el recurso ya interpuesto contra el rechazo a la ratificación de estas medidas para alegar que el magistrado "desborda" en su resolución el mero acto de ratificar o no las nuevas medidas con un pronunciamiento "contradictorio".

En este recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, la Comunidad de Madrid recrimina que el juzgado parece aludir a que la orden no afecta ni limita derechos fundamentales y debería haber dictado un auto "sin más consideraciones". "No hay duda que la labor del órgano judicial se circunscribe a ratificar únicamente las medidas que puedan restringir la libertad u otro derecho fundamental", detallan los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid.

Por tanto, aprecian esa "contradicción" al pronunciarse que estas limitaciones preventivas ante el Covid-19 no se ciñen al aspecto de los derechos o libertades fundamentales pero luego realiza una serie de consideraciones, como formular como vía adecuada dentro del marco normativo actual la declaración de un estado de alarma individualizado. Además, afea al juez Alfonso Villagómez Cebrián que no haya atendido su petición de aclaración porque existe "una sustancial diferencia" entre no ratificar la Orden 1008/2020 por considerar que se basa en una disposición ineficaz y "entender que solo puede dictarse en el marco de un estado de alarma; a entender que la no ratificación obedece a que no hay una afectación de los derechos fundamentales".

"Desde luego, ante tan contradictorios fundamentos, desde una perspectiva de seguridad jurídica, teniendo en cuenta que muchas de las medidas adoptadas resultan especialmente controvertidas, y siendo conscientes del eco mediático de la decisión, era especialmente deseable la aclaración", afea la Abogacía de la Comunidad de Madrid. El juez declinó esa solicitud de aclaraciones al alcance de su auto al defender que su auto desprende una "claridad expositiva y resolutoria fuera de toda duda". Además, deslizó reproches a la Comunidad de Madrid recalcando que el "no cogobierna" el Consejo de Gobierno.

En contraposición, el recurso del Gobierno regional recrimina al juez que en su auto, en lugar de estudiar la afectación de los concretos derechos fundamentales que pudieran tener las medidas adoptadas, como así exponían en su consulta jurídica sobre las nuevas medidas para la nueva normalidad, realiza "una valoración genérica de la limitación de derechos fundamentales, considerando que el instrumento que permite una suspensión generalizada es la declaración del estado de alarma".

"De ahí que las consideraciones del auto, refiriendo la necesidad de un estado de alarma para la suspensión de derechos fundamentales, no guarden relación ni las medidas adoptadas en la Orden 1008/2020, ni con el planteamiento efectuado por esta Administración en la solicitud cursada", ahonda la Comunidad. De hecho, Madrid defiende la "prudencia" de la orden anulada, pues introduce una "recomendación" de reducir encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable, donde no habría "limitación del derecho fundamental". También entiende que el registro de clientes de ocio nocturno desprende una afección "muy moderada" y que la limitación de salidas en residencias se justifica al ser los mayores un colectivo de riesgo ante la pandemia.

Pero además, el Ejecutivo autonómico replica que el rechazar la ratificación bajo la circunstancias de no haberse publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la instrucción genérica del Ministerio de Sanidad sobre estas medidas "no es acertada", pues es un dictamen cuyos efectos radican en las administración y no en los ciudadanos. Y es que esa declaración actuaciones coordinadas fue aprobada por unanimidad en el Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que es el órgano encargado de velar por la cohesión de las actuaciones de los servicios de salud en los diferentes territorios.

En este sentido, la orden del Ministerio acorde con esa disposición aprobada en el seno del Consejo Interterritorial "obliga" a las autonomías pero no a los ciudadanos, no siendo necesario su publicación en el BOE. "La declaración de actuaciones coordinadas (del Ministerio) no tiene un efecto directo sobre la población sino sobre las restantes administraciones, actuando como marco general a fin de obtener una forma de proceder unívoca ante la situación sanitaria". Y "mucho menos", tal y como argumenta el Ejecutivo autonómico, puede "afirmarse que la publicación de esta orden es requisito para su validez".




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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2574 en: 25 de Agosto de 2020, 07:02:52 am »

El juez que rechazó la limitación de fumar en Madrid afirma que la Comunidad hace un uso "torticero" de la Justicia

    El magistrado Alfonso Villagómez ha publicado un artículo en el portal Confilegal que después ha sido eliminado


elDiario.es23 de agosto de 2020 17:22h

@eldiarioes

El juez que rechazó ratificar la orden de la Comunidad de Madrid que prohibía fumar en la calle sin distancia de seguridad –entre otras medidas para hacer frente al coronavirus– ha escrito este domingo una columna en el portal Confilegal en la que defiende su postura y en la que acusa al Gobierno regional de uso "torticero" de la Justicia.

"Estamos viviendo un episodio dramático del uso, del mal uso, político de un procedimiento judicial", explica el magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid, Alfonso Villagómez.

"La solicitud de la Comunidad de Madrid de una ratificación judicial de una Orden dictada por el Consejero de Sanidad es el ejemplo más palmario de este empleo torticero, intencionado o no, de las normas procesales", prosigue en su artículo, que ha sido borrado de la página.

Explica, además, que la Orden de la Consejería de Sanidad no necesitaba ningún tipo de ratificación judicial, ya que, al tratarse de una norma destinada a un conjunto de ciudadanos y no a la limitación de derechos fundamentales de individuos concretos, solo requería ser aprobada por "el órgano competente y publicada en el Diario Oficial de la Comunidad de Madrid".

Sin embargo, defiende su resolución, ya que "acudir al juez puede suponer que sea negativa la respuesta judicial". Villagómez remite al auto para los motivos de esta negativa y asegura que "una comunidad autónoma no puede afectar los derechos fundamentales de las personas por medio de una disposición administrativa".

El viernes, el juez rechazó la ratificación de las medidas autonómicas amparándose, principalmente, en que hacía referencia a una orden del Ministerio de Sanidad que no había sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Este fin de semana, otro juzgado ha rechazado la prohibición de fumar en la calle si no se puede respetar la distancia de seguridad. El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Ciudad Real ha tumbado las medidas del nuevo decreto castellanomanchego y del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan para ser aplicadas en este municipio por considerar que "vulneran derechos fundamentales". Además de la limitación a los fumadores, también rechaza el uso obligatorio de mascarilla.

Por su parte, la Comunidad de Madrid ha informado de que recurrirá "en breve" la decisión del magistrado. El viceconsejero madrileño de Salud Pública y Plan COVID-19, Antonio Zapatero, ha pedido "cierta uniformidad" en los dictámenes judiciales y ha defendido que otras comunidades autónomas no han tenido "ningún problema" a la hora de aplicar estas normas acordadas con el Gobierno estatal.



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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2575 en: 26 de Agosto de 2020, 06:22:39 am »

Una juez anula en Melilla la prohibición de fumar en la calle y el adelanto del cierre de locales
La magistrada también ha rechazado la prohibición del uso de la 'shisha' tanto en el exterior como en el interior de estos establecimientos.
Fecha
26/08/20access_time 1:04
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La juez de guardia ha anulado sendas órdenes de la Consejería de Salud Publica en Melilla en las que se dictaminaba la prohibición de fumar en espacios públicos, el adelanto a la una de la madrugada del cierre de locales y el confinamiento del Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) y Residencia de Mayores.

La magistrada también ha rechazado la prohibición del uso de la 'shisha', también conocida como cachimba, 'hookah', pipa oriental o pipa de agua, tanto en el exterior como en el interior de estos establecimientos.

Se trata de una resolución similar a la emitida por un juzgado de Madrid que la semana pasada rechazó ratificar la prohibición de fumar en la vía pública sin distancia de seguridad y el cierre del ocio nocturno, entre otros.

En los autos a los que ha tenido acceso Europa Press, las medidas pretendidas por el área de Salud Pública en hostelería, tabaco y cachimbas "no sólo no son proporcionales, sino que se basan en datos y expresiones genéricas que hacen que una medida tan gravosa y restrictiva resulte indiscriminada a la par que desproporcionada".

Por lo que se refiere al confinamiento del CETI y la Residencia de Mayores, el documento judicial señala que "pese a que en efecto se ha limitado temporalmente su aplicación a 14 días --periodo coincidente con el de incubación del COVID-19-- no se identifican los destinatarios de dichas medidas, sino que se establece de forma genérica, lo que impide que la actuación administrativa pretendida, pueda ser consentida expresa o tácita por sus destinatarios o bien presentar estos oposición a la misma".

Para la juez de guardia "es público y notorio la elevada capacidad de expansión de la enfermedad y la existencia de un riesgo inminente y extraordinario para la salud pública que exige adoptar medidas que impidan una propagación de la enfermedad".

"Pero lo que plantea la resolución cuya ratificación se propone es, ni más ni menos, el confinamiento de toda la población --así trabajadores como residentes, permanentes o temporales en los mismos-- de una serie de centros que afectan a determinados colectivos sociales --personas mayores, inmigrantes, menores ,etc.-- pues respecto de trabajadores y empleados en los mismos, solo sólo caben los desplazamientos a dichos centros o, en su caso la salida de los mismos para determinadas actividades tasadas y previa justificación, y, en relación a los residentes la privación de su libertad ambulatoria es máxima", ha razonado.

El juzgado ha destacado que los decretos del consejero de Salud Pública constituyen "una competencia estatal de carácter exclusivo y excluyente, y se ejerce, además, con la garantía de la intervención del Congreso de los Diputados".

"Lo que no cabe en modo alguno es que por medio de la Orden 3161 de 21 de Agosto de 2020 la Consejería de Economía y Políticas Sociales se atribuya las facultades exclusivas y excluyentes del Gobierno de la Nación para lo que según se deriva del informe médico presentado pueda, tal vez, en su día constituir la aparición de un brote incontrolado de contagio masivo en el territorio de la Ciudad Autónoma, lo que habrá de ser solicitado por el Presidente de la Ciudad Autónoma en el caso de constar acreditado, pero en modo alguno por la presenta" concluye los documentos judiciales.


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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2576 en: 26 de Agosto de 2020, 16:06:02 pm »
En Madrid Gobierna el PP y en Melilla Cs..., si no anulan esas medidas en CCAA gobernadas por el PSOE, habrá que decir que los jueces son socialistas..., el de Madrid está bastante claro...

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2577 en: 27 de Agosto de 2020, 06:17:19 am »
El juez dice ahora que la orden de Madrid de prohibir fumar en al calle no fue anulada y sigue vigente

El magistrado afirma que una vez se aprueba este tipo de órdenes por el órgano pertinente y se publica, "tiene efectos jurídicos" y, por tanto, la ratificación o no de un juez "no afecta" y sigue en vigor

Europa Press


Publicado 26/08/2020 13:09
Actualizado26/08/2020 15:50

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 14 de Madrid, Alfonso Villagómez, quien no ratificó la orden de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid que incluía diversas medidas preventivas ante la covid-19 como la prohibición de fumar cuando no se pueda mantener distancia de seguridad, ha señalado este miércoles que él no anuló las medidas y que por tanto la disposición regional sigue vigente.

En declaraciones a Europa Press, Villagómez ha explicado que la disposición general sobre la que la consejería pedía ratificación establece normas generales y no para una persona específica, y ha subrayado que ese tipo de orden no necesita la ratificación judicial.

Sostiene que una vez se aprueba por el órgano pertinente y se publica, "tiene efectos jurídicos" y por tanto la ratificación o no de un juez "no afecta" y sigue en vigor. En este sentido, ha explicado que el juez no controla ni valora la legalidad de esa orden puesto que es juez de garantías y por tanto sólo determina y aprecia si la disposición afecta a los derechos fundamentales de la persona.

Al hilo, Villagómez ha añadido que esta misma postura ha sido defendida por el Ministerio Fiscal, quien, asegura, habría informado desfavorablemente sobre el recurso de apelación presentado por la Comunidad de Madrid señalando que la orden no necesita ser ratificada judicialmente. "Es de cajón", ha indicado el juez.
Una orden para el cierre de discotecas

La citada orden regional, se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el miércoles 19 de agosto y entró en vigor el 20, establecía también el cierre de los locales de ocio nocturno y prohibía también el consumo de alimentos a bordo de los vehículos de transporte público, en autobús o ferrocarril.

La actividad de hostelería y restauración también quedaba limitada, pues tanto dentro como fuera de los locales debía cesar a la 01.00 horas, no pudiendo en ningún caso admitir nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.

El Ejecutivo regional elevó una consulta para obtener la ratificación y blindaje judicial ante estas nuevas medidas para prevenir el contagio de covid-19 entre la población, ante lo que recibió la negativa del juez que se encontraba realizando la sustitución en el número 2 de lo Contencioso-Administrativo.

    Ha advertido de que la comunidad debe dirigirse al presidente del Gobierno para que éste declare el estado de alarma, y ha recordado que su declaración no necesita aprobación del Parlamento

Ahora, Villagómez aclara que el procedimiento cursado por la Comunidad de Madrid era de autorización de medidas sanitarias urgentes de acuerdo al artículo 8.6 de la Ley de lo Contencioso-Administrativo, y que por tanto él interviene como juez de garantías para dilucidar si esas medidas afectan a los derechos fundamentales de la persona.

Al hilo, ha explicado que ese procedimiento sirve para casos específicos como por ejemplo ordenar la hospitalización de una persona contagiosa, y ha insistido en que este caso no tiene nada que ver porque afecta a toda la población.
Estado de alarma

"El juez solo determina y aprecia si esa disposición afecta a los derechos fundamentales de las personas. La disposición está en vigor", ha añadido, para luego resaltar que en todo caso la Comunidad de Madrid debería acudir "como está previsto" a la declaración del estado de alarma para la región.

En este sentido, ha advertido de que la comunidad autónoma debe dirigirse al presidente del Gobierno para que éste declare el estado de alarma, y ha recordado que su declaración no necesita aprobación del Parlamento, donde sólo se debaten, en su caso, las posibles prórrogas.


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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2578 en: 28 de Agosto de 2020, 14:52:35 pm »

El juez que ha tumbado las medidas de Ayuso contra la covid trabajó para dos ministros del PSOE

Alfonso Villagómez Cebrián alabó el nombramiento de Delgado como fiscal general del Estado y de Campo como ministro de Justicia. El PP lo recusó en 2011 por considerar que estaba vinculado al PSOE

Diego Molpeceres

Publicado 22/08/2020 04:45
Actualizado22/08/2020 4:48

El magistrado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid Alfonso Villagómez Cebrián ha rechazado ratificar la orden de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid que incluía varias medidas preventivas ante el coronavirus, como la prohibición de fumar sin distancia de seguridad o el cierre de los locales de ocio nocturno.

El magistrado argumenta que el texto del gobierno regional con las nuevas restricciones se basa en otra orden del Ministerio de Sanidad que no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El Gobierno central cree que esto no es necesario, pues es un acto administrativo dirigido a las distintas autonomías que son quienes han publicar de forma oficial esas instrucciones preventivas.

Tras la polémica, el magistrado ha desestimado la petición de aclaración formulada por el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso sobre el alcance de su auto y le reprocha que "no corresponde a este juzgador, ni a ningún otro órgano jurisdiccional, 'cogobernar' con el Consejo de gobierno".

Licenciado y doctor en Derecho por la Universidad de Santiago de Compostela, fue nombrado en 2004 miembro del gabinete del exministro socialista Juan Fernándo López Aguilar ycontinuó en el puesto hasta 2008 con Mariano Fernández Bermejo, que dimitió tras participar en una cacería junto al juez que instruía el caso Gürtel, Baltasar Garzón.

Villagómez Cebrián ingresó en la carrera judicial en 1990 con primeros destinos en Jaca y El Escorial. Ascendió a magistrado en 1996 en Bilbao ytrabajó en los juzgados de Sevilla, Guadalajara y en el Tribunal Superior de Justicia de Galicia. También fue asesor del Defensor del Pueblo en 1994 y fue letrado del Tribunal Constitucional entre 1998 y 2001.

Habitual colaborador en distintos periódicos, publicó un artículo en el Faro de Vigo alabando el nombramiento de Dolores Delgado como Fiscal General del Estado. Con ella "no tengo dudas de que veremos a un Ministerio Público todavía más comprometido, si cabe, con la defensa de la legalidad y de los derechos de la ciudadanía", exponía. Una información de El Correo Gallego asegura que la extitular de Justicia intentó incorporarlo como 'número tres' de su equipo en el Ministerio.

En otro reciente artículo, Villagómez Cebrián se felicitaba también por la llegada de Juan Carlos Campo al departamento de Justicia. "Hay que esperar de él una exitosa tarea ahora en el Gobierno de España. Todos aquellos que nos dedicamos a la Administración de justicia debemos felicitarnos y alegrarnos por este nombramiento", apuntaba.

En 2013, el magistrado figuró en la lista de candidatos a vocales del Consejo General de Poder Judicial y en 2018 optó a integrar el Comité de Ética Judicial del CGPJ. Hijo de un magistrado del Tribunal Supremo ya jubilado, se mostró crítico con la politización del órgano de gobierno de los jueces.
Recusado por el PP

En 2011 fue recusado por el Partido Popular de Galicia en un caso donde debía resolver si un sorteo que decidió la alcaldía de la localidad de Os Blancos era válido o nulo. El PP y APGa empataron a votos tras un problema con una papeleta, pero los populares se llevaron el bastón de mando gracias a un sorteo. Estos últimos hacían referencia en su escrito a una información en la que se aseguraba que el magistrado había recibido una oferta para integrarse en la candidatura del PSOE a la alcaldía de Vigo, con Abel Caballero. Un extremo que el magistrado no negó.

En otro de sus artículos más recientes publicados en la prensa se declara "feminista" y asegura que participó en la manifestación del 8 de marzo en las calles de Madrid. También ha escrito numerosos textos en otros periódicos como Infolibre, eldiario.es,El País o El Mundo, donde se muestra crítico con la ley de seguridad ciudadana, apodada por sus detractores como 'Ley mordaza'.

    Se declara feminista y asegura que participó en la manifestación del 8 de marzo en las calles de Madrid

Su tesis doctoral versa sobre 'La potestad de policía y el sistema constitucional de derechos fundamentales y libertades públicas' En el ámbito académico cuenta con 17 artículos en revistas jurídicas. En 2014 se vio envuelto en un caso de plagio por uno de sus artículos en el que abordaba la figura del aforamiento en el diario de Prisa.

Respecto a la actual pandemia, el magistrado no se muestra partidario de la vía punitiva desplegada por el Ministerio del Interior. En una reciente entrevista con el periódico La Región señalaba "que en el ámbito de un estado de alarma la represión sancionadora quizá no sea la técnica administrativa más indicada". "Ante una situación de alarma en la salud pública es más indicado hacer recomendaciones e instruir a los ciudadanos del peligro concreto que se cierne para su salud y de los medios para evitarlo", añadía.


Anulado por decisión.del TSJM.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #2579 en: 31 de Agosto de 2020, 06:28:56 am »
Siempre me cayó bien...

 :Lazo_Negro

Fallece la magistrada que juzgó la tragedia del Madrid Arena y al pederasta de Ciudad Lineal

    EFE
    Madrid

Domingo, 30 agosto 2020 - 15:05

María Luisa Aparicio ha muerto este sábado a los 65 años tras una larga enfermedad


María Luisa Aparicio (en el centro), durante el juicio del Madrid Arena. J. BARBANCHO

La magistrada María Luisa Aparicio, que presidió los juicios del Madrid Arena, del pederasta de Ciudad Lineal y del primer caso de bebés robados en España, ha fallecido este sábado a los 65 años tras una larga enfermedad.

Fuentes jurídicas han informado del fallecimiento de la jueza, que en septiembre iba a cumplir su primer año de jubilación tras casi 39 años de servicio en la carrera judicial.

Accedió en 1981 en la misma promoción que la ministra de Defensa, Margarita Robles; la ex alcaldesa de Madrid Manuela Carmena; la ex fiscal general de Estado Consuelo Madrigal; y el ex juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón.

Tras pasar por Santa Cruz de Tenerife, llegó a Madrid en 1983 para ocuparse del Juzgado de Instrucción número 8. Fue la primera mujer en dirigir un órgano de este tipo en la capital.

Seis años más tarde pasó a formar parte de la Audiencia Provincial de Madrid, donde ejerció durante 30 años como presidenta de la Sección Séptima hasta su jubilación en octubre de 2019.

A lo largo de su carrera, le tocó presidir los que sean probablemente los dos juicios más mediáticos de las últimas décadas en Madrid, como el del Madrid Arena y el pederasta de Ciudad Lineal.

También el caso Vallmont por los abusos sexuales de un profesor de este colegio de Villanueva del Pardillo; el caso Urbanor contra los ex presidentes del Banco Zaragozano Alberto Cortina y Alberto Alcocer; o el más reciente contra el doctor Eduardo Vela, en el que fue el primer caso de bebés robados en España que llegaba a juicio.