Autor Tema: Del poder judicial...  (Leído 258459 veces)

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #940 en: 22 de Mayo de 2009, 20:18:16 pm »
MODERNIZACIÓN DE LA JUSTICIA
El Gobierno penalizará a quienes interpongan recursos sin razón

http://www.libertaddigital.com/nacional/el-gobierno-proponer-penalizar-a-quienes-interpongan-recursos-sin-razon-1276359918/

Esto me parece que solo beneficia a quien tiene dinero, a los demás que les den por  :cul entiendo que el que hace un recurso es por que cree que tiene razón.
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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #941 en: 22 de Mayo de 2009, 20:22:42 pm »
Si Mu2 pero si por elevar un recurso suena la flauta y me puedo librar de un dinerete pues por pedir que no sea que eso no quita que lleve o no razon al interponerlo.

Saludos y paz.
Libertad consiste en decir lo que los demas no quieren oir.

pacodeasis

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #942 en: 22 de Mayo de 2009, 20:23:00 pm »
Pues podia penalizar a quien incumple la ley y fuerza a continuos recursos sabiendo que gana tiempo, y a veces dinero, pongamos ayto Madrid.

un saludo.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #943 en: 22 de Mayo de 2009, 20:24:49 pm »
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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #944 en: 22 de Mayo de 2009, 20:57:15 pm »
La medida ha tenido una gran aceptación entre los miembros de la Judicatura

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #945 en: 22 de Mayo de 2009, 21:05:37 pm »
En los litigios del orden social si eres tú el que recurres y no tienes derecho a la justicia gratuita has de ingresar una fianza si quieres recurrir a la instancia superior, sin embargo si es la Administración está exenta de ello, siendo el importe a ingresar de 150,25 euros si recurres a las Salas del TSJ y de 300,51 euros si lo recurres la decisión de las anteriores y vas al Tribunal Supremo.
« Última modificación: 22 de Mayo de 2009, 21:08:06 pm por 47ronin »

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #946 en: 22 de Mayo de 2009, 21:25:53 pm »
Ley de Procedimiento Laboral

Artículo 227.

1. Todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social intente interponer recurso de suplicación o casación, consignará como depósito:

25.000 pesetas, si se trata de recurso de suplicación.

50.000 pesetas, si el recurso fuera el de casación incluido el de casación para la unificación de doctrina.

2. Los depósitos se constituirán en la entidad de crédito correspondiente, debiendo el recurrente hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponer el recurso de suplicación, o en la Secretaría de la Sala al tiempo de personarse en ella.

Si no se constituyesen estos depósitos en la forma indicada, se estará a lo establecido en esta Ley en los artículos correspondientes.

3. Los depósitos cuya pérdida hubiere sido acordada por sentencia se ingresarán en el Tesoro Público.

4. El Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales, los organismos autónomos dependientes de todos ellos y quienes tuvieren reconocido el beneficio de justicia gratuita quedarán exentos de constituir el depósito referido y las consignaciones que para recurrir vienen exigidas en esta Ley.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #947 en: 22 de Mayo de 2009, 21:32:29 pm »
justicia
Caama?o propone que se pague un depósito antes de recurrir una sentencia

         


El ministro de Justicia, Francisco Caama?o, ha propuesto hoy el establecimiento del pago de un depósito de "escasa cuantía", que ha calificado de "tarifa plana", previo a la interposición de un recurso ante los tribunales para disuadir a los que "abusan" de esta práctica.

EFE En su primera comparecencia ante la Comisión de Justicia del Senado, Caama?o ha destacado la necesidad de replantearse el sistema de recursos "para evitar el abuso del Derecho que tanto da?o hace a la Justicia" y conseguir así que no se sature el sistema con "cadenas de recursos".

Por ello, ha propuesto un depósito para "disuadir a quienes pretenden siempre recurrir sin fundamento alguno", que en ningún caso se trataría de una tasa, ya que si el ciudadano gana el recurso se le devolvería el dinero.

Los ingresos que se obtuvieran de este depósito se destinarían a financiar el proceso de modernización de la Justicia, en concreto la plataforma de conexión de los sistemas informáticos, y a sufragar la justicia gratuita.

Con esta medida, ha se?alado Caama?o, se conseguirían tres objetivos: desalentar al recurrente que abusa, garantizar la conexión de los sistemas informáticos y "acordarnos de los que tienen menos" potenciando el beneficio de la Justicia gratuita.

Sobre el proyecto de ley para la implantación de la nueva oficina judicial, en trámite parlamentario, el ministro ha explicado que en las enmiendas que presentarán los grupos se ha buscado una fórmula "razonable y satisfactoria" sobre la agenda de se?alamientos que equilibra las funciones de los jueces y los secretarios judiciales.

En relación a la regulación en esta ley de la fe pública judicial, Caama?o ha indicado que en ciertos supuestos y cuando el secretario judicial así lo determine, ya sea por la complejidad o notoriedad del juicio o porque lo pidan las partes, el secretario judicial podrá estar presente en la vista.

Diferentes colectivos de la Justicia habían advertido de que la reforma legislativa que suprime la obligatoriedad de la presencia física de los secretarios judiciales de las vistas podía provocar la anulación de miles de juicios.

En respuesta a Alfredo Belda, portavoz del grupo mixto, que le ha pedido que adopte medidas que impidan una huelga de jueces "que solo pagarán los ciudadanos", el ministro de Justicia ha dicho que las reuniones con las asociaciones judiciales se celebran en un clima de trabajo muy fructífero.

"Si va a haber un paro o no, no es una decisión que corresponda al Ministerio de Justicia", ha destacado Caama?o, quien ha insistido en que a día de hoy "no hay motivo" para la huelga convocada para el 26 de junio.

Los portavoces de todos los grupos parlamentarios han ofrecido su colaboración al ministro para sacar a la Justicia de la situación en la que se encuentra.

Agustín Conde, portavoz popular, ha expresado su intención de cooperar para lograr los objetivos que comparte su grupo con el Gobierno en esta materia, aunque ha dicho que tiene "cierta prevención" por la experiencia de los 5 a?os anteriores del ejecutivo socialista que "se han perdido" en Justicia.

Tras mostrarse de acuerdo con Caama?o en eliminar la "pena de banquillo", Conde ha reclamado también abolir lo que ha denominado "la pena de primera plana de El País" por las filtraciones, ha dicho, de documentos de causas judiciales.

También se ha referido el portavoz popular al aumento de la litigiosidad y se ha preguntado si no se deberá a una "profunda inseguridad jurídica" debido a la "bonoloto judicial" que supone la disparidad de criterios en los juzgados y tribunales.

Respecto a la propuesta de establecer un depósito previo a la presentación de un recurso, Conde ha cuestionado si sólo los ricos serán los que puedan recurrir, y ha bromeado sobre la posibilidad de que, en caso de que el recurrente gane, el depósito se lo quiten al juez de la nómina.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #948 en: 25 de Mayo de 2009, 06:32:22 am »
hola buenos dias tengo una duda repecto a un contencioso que tengo a ultimo de este mes, mi pregunta es la siguiente, me podria contestar alguien si el mismo dia del juicio en la vista oral se puede saber o por lo menos guiar si el juez puede resolver  negativamente o favorablemente y si  al contrario,  cuantos dias hay que esperar para que  se sepa la resolucion del juicio. gracis y espero vuestras respuestas. :Ok

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #949 en: 25 de Mayo de 2009, 10:04:20 am »
Pues a mí, me lo dejó claro, pero la sentencia tardó unos 4 meses en notificarseme, según su se?oría.
Arrieros somos y en el camino nos encontraremos

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #950 en: 25 de Mayo de 2009, 10:43:02 am »
hola buenos dias tengo una duda repecto a un contencioso que tengo a ultimo de este mes, mi pregunta es la siguiente, me podria contestar alguien si el mismo dia del juicio en la vista oral se puede saber o por lo menos guiar si el juez puede resolver  negativamente o favorablemente y si  al contrario,  cuantos dias hay que esperar para que  se sepa la resolucion del juicio. gracis y espero vuestras respuestas. :Ok
Si dicta sentencia en el mismo acto SI.
Mejor es no fiarte del resultado (favorable o desfavorable). Hace muy poco asistimos unos cuanto compis a uno y todos salimos con buen sabor de boca y pensando que lo habiamos ganado, al final es desfavorable, para que veas que no hay que vender la piel del oso antes de haberlo cazado. :caput
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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #951 en: 25 de Mayo de 2009, 15:06:02 pm »

Si dicta sentencia en el mismo acto SI.

Nop.. asi como la Ley de Procedimiento Laboral y leyes de Enjuiciamiento Civil y Criminal incluyen la posibilidad de dictar sentencia "in voce", el orden contencioso administrativo no lo contempla y nos se?ala que:

Artículo 67.

1. La sentencia se dictará en el plazo de diez días desde que el pleito haya sido declarado concluso y decidirá todas las cuestiones controvertidas en el proceso.

2. Cuando el Juez o Tribunal apreciase que la sentencia no podrá dictarse dentro del plazo indicado, lo razonará debidamente y se?alará una fecha posterior concreta en la que se dictará la misma, notificándolo a las partes.


Lo de los diez dias es la teoría escrita, pues declarar el pleito concluso corresponde al Juez y dictar sentencia puede retrasarse unos meses, siendo lo "normal", en Madrid, entre mes y medio y dos meses para que te llegue la notificación de sentencia.

Suerte con esa plaza... es un asunto algo complejo.

soy policia local aprobe unas oposiciones y la impugnaron, con el resultado que el que la impugno  entro en mi lugar, puse el contencioso administrativo.ahora  ha resultado que el que la impugno no estaba seguro de quedarse con la plaza, pero fue nombrado funcionario en practica y ahora a dejado la plaza libre, que  posible soluciones hay de que pueda recuperar esas plaza sin pasar por el contencioso. gracias
un saludo

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #952 en: 25 de Mayo de 2009, 15:10:22 pm »
Ya me has jodido. :Burla
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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #953 en: 25 de Mayo de 2009, 15:27:52 pm »
Ya sabes... "los órdenes y sus particularidades", y en este caso no contempla la sentencia "in voce".  :cul

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #954 en: 27 de Mayo de 2009, 13:58:14 pm »
TRIBUNALES  | Admitida una querella por su 'causa general' contra el franquismo
El Tribunal Supremo imputa al juez Baltasar Garzón por prevaricación

    * La resolución adoptada por la Sala Penal del Alto Tribunal es unánime
    * La querella contra el juez fue presentada por el sindicato Manos Limpias

María Peral | Madrid
Actualizado miércoles 27/05/2009 12:14 horas

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Comentarios 119

El juez Baltasar Garzón tendrá que afrontar en el Tribunal Supremo un proceso penal por prevaricación. La Sala Segunda ha decidido admitir a trámite una querella en la que se imputa al famoso juez estrella un delito de prevaricación "palmario, premeditado, consciente y creyéndose impune" por su actuación en el proceso que inició por la desaparición de personas durante la guerra civil y el franquismo.

La sorpresiva decisión de la Sala Penal del Supremo ha sido adoptada por su presidente. Juan Saavedra, y los magistrados Adolfo Prego, Joaquín Giménez, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo. La resolución es unánime. Objeto de múltiples querellas, Garzón se había librado hasta ahora de todas ellas y en ésta, presentada el pasado 26 de enero por el sindicato Manos Limpias, contaba con un informe favorable de la Fiscalía del Supremo que, como es habitual, le exoneraba.

Sin embargo, los magistrados han estimado que los hechos relatados en la querella, en caso de confirmarse, podrían constituir un delito de prevaricación del artículo 446 del Código Penal. Este precepto castiga al juez que, a sabiendas, dicte una resolución injusta.

La querella de Manos Limpias ha sido elaborada por el letrado Jaime Alonso, el mismo que consiguió que el Pleno de la Sala Penal del Supremo condenara al ex presidente del Parlamento Vasco Juan María Atutxa por no disolver el grupo parlamentario de Batasuna tras la ilegalización del partido. En ese proceso tampoco hubo acusación del Ministerio Fiscal.

La querella que obligará a Garzón a comparecer como imputado ante el Supremo sostiene que el juez de la Audiencia Nacional montó un "artilugio jurídico" -en referencia a la causa por las desapariciones forzadas durante el franquismo- "prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido, de la irretroactividad de la ley penal, de la ley de amnistía de 1977 y de sus propios actos y autos, en los que rechazó como genocidio los asesinatos de Paracuellos del Jarama". En definitiva, que montó un procedimiento "consciente de la ilegalidad e incompetencia en que incurría".
El inicio de la causa

Las diligencias previas 399/2006 del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional se abrieron tras la presentación de diferentes denuncias por entidades relacionadas con la recuperación de la memoria histórica. Todas las denuncias se referían a la desaparición de personas tras el inicio de la guerra civil espa?ola de 1936, personas que se encontrarían enterradas en fosas y cunetas en distintos lugares del territorio nacional.

La causa estuvo inactiva hasta agosto de 2008, cuando Garzón acuerda la práctica de mastodónticas diligencias de investigación. Entre ellas figuraba cursar oficios a distintas administraciones y entidades (Ayuntamientos, Centro Documental de la Memoria Histórica, Abadía del Valle de los Caídos, Ministerio de Defensa, Dirección General de los Registros, Archivo General de la Administración) para que informasen del número de personas desaparecidas y las identificasen. El juez acordó incluso dirigirse a la Conferencia Episcopal para que "todas y cada una de las parroquias de Espa?a" franquearan el paso a la Policía Judicial para la identificación de posibles víctimas a través de los libros de difuntos.
Perfiles de prevaricación

Todo ello lo acordó el juez en una especie de limbo competencial, ya que en ningún momento se declaró competente para instruir la causa. La desaparición forzada de personas en territorio nacional no está en el elenco de delitos que corresponde investigar y juzgar a la Audiencia Nacional.

Pero en un auto dictado el 16 de octubre de 2008, Garzón introdujo el "alzamiento nacional" como nuevo objeto del procedimiento, pese a que las denuncias -y su propia actuación hasta el momento- no se referían en absoluto a ese hecho, circunscribiéndose a las desapariciones forzadas. El juez tipificó el "alzamiento nacional" como delito contra los altos organismos de la nación y la forma de gobierno, que sí es competencia de la Audiencia Nacional, y lo declaró conexo con las desapariciones.

Además de lo anterior, lo que para el Tribunal Supremo ofrece nítidos perfiles de prevaricación es el hecho de que, en ese auto de 16 de octubre de 2008, Garzón declara "presuntos responsables" de los delitos denunciados (desapariciones forzadas) y del delito que escoge para declarar su competencia (contra los altos organismos de la nación) a personas que ya habían muerto, a sabiendas de que lo estaban: Francisco Franco, Emilio Mola, Gonzalo Queipo de Llano y el resto de los miembros de la llamada Junta de Defensa Nacional constituida el 25 de julio de 1936.

Garzón incoó un proceso penal contra personas notoriamente fallecidas, lo que, en términos indiciarios, se considera una resolución manifiestamente contraria a la ley e incompatible con cualquier método de interpretación del derecho.

El instructor del proceso contra Garzón será el magistrado Luciano Varela. El pasado febrero, Varela fue ponente de una resolución en la que el Supremo acordó enviar al Consejo General del Poder Judicial la investigación sobre el dinero cobrado por Garzón durante su estancia en Nueva York.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #955 en: 27 de Mayo de 2009, 18:09:09 pm »
despues de tener hoy el contencioso contra el ayuntamiento y visto lo visto, no he salido muy contento de la sala parace ser que el juez estaba mas a favor de la administracion que hacia mí, es decir un chasco, y una impotencia cuando apruebas una oposicion y ves que se te escapa de las manos esperando que puedes tener una oprtunaidad en la justicia y ves que no es asi, bueno la unica esperanza es recurrir al superior y utilizar la baza de la movilidad cuando la saquen, y a esperar la resolucion dentro de 10 o 15 dias, gracias a todos por intentar facilitarme la informacion, pero mi idea de la justicia a cambiado al repecto a partir de hoy.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #956 en: 27 de Mayo de 2009, 19:04:07 pm »
No te preocupes chico, por eso hemos pasado todos y en mas de una ocasión.
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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #957 en: 27 de Mayo de 2009, 19:06:56 pm »
despues de tener hoy el contencioso contra el ayuntamiento y visto lo visto, no he salido muy contento de la sala parace ser que el juez estaba mas a favor de la administracion que hacia mí, es decir un chasco, y una impotencia cuando apruebas una oposicion y ves que se te escapa de las manos esperando que puedes tener una oprtunaidad en la justicia y ves que no es asi, bueno la unica esperanza es recurrir al superior y utilizar la baza de la movilidad cuando la saquen, y a esperar la resolucion dentro de 10 o 15 dias, gracias a todos por intentar facilitarme la informacion, pero mi idea de la justicia a cambiado al repecto a partir de hoy.

Espera a la sentencia... y sobre recursos... los asuntos de personal se suelen dirimir en una sóla instancia sin posibilidad de recurso alguno... asi que reza para... primero, ganar, y de perder, que no sea sentencia cerrada y sin posibilidad de recurso.

Asi mismo, cuando obtengas sentencia podrías insertarnos el fallo.

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #958 en: 27 de Mayo de 2009, 22:31:44 pm »
cuando salga sentencia nos os preocupeis que la facilitare en la web , para que tengais conocimiento de ella, por lo menos le puede valer a  cualquier otro y asi saber juridicamente por donde meter mano. ;cosc;

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Re: Del poder judicial...
« Respuesta #959 en: 31 de Mayo de 2009, 13:12:39 pm »
GIJÓN
?Ordené a la Policía que multase a mis hijos por jugar en una zona prohibida?
31.05.09 - O. SUÁREZ| GIJÓN




-El trabajo que hace un juez en la actualidad es muy diferente al que desempe?aba hace 30 a?os?

-Es cierto que ha mejorado en los últimos tiempos, pero, a pesar de eso, sigue habiendo sobornos por parte de los políticos y otros grupos de poder. Hay determinadas personas que continúan levantando el teléfono para decirle al juez cómo tiene que actuar y por dónde tiene que tirar.

-?A usted le han presionado mucho?

-Pude salir millonario del juzgado, pero no quise poner la mano. Llegaba a mi puesto de trabajo el primero, me iba el último y siempre me dediqué a trabajar, a nada más. Pero si hubiese aceptado el juego de algunos, me habría hecho rico.

-Ha sido tan exigente que incluso llegó a multar a sus propios hijos.

-Llamé a la Policía cuando vi a mis hijos jugando a la pelota en los jardines de la urbanización en la que vivíamos.

Estaba prohibido y, como me desoyeron a mi, cogí el teléfono y llamé a la Policía. Les pedí que viniesen a multar a los ni?os, que por aquel entonces tenían cuatro y ocho a?os.

-?Y aceptaron?

-Los agentes me dijeron en un primer momento que no, que cómo iban a sancionar a mis hijos. Tuve que amenazarlos con emprender medidas legales contra los policías si no procedían a multar a los críos. Tuve que pagar una multa de 500 pesetas de las de entonces, pero me dio igual el dinero que aboné. Un juez tiene que dar ejemplo y principalmente con su propia persona. Si mis hijos actuaron mal, había que castigarlos.