Autor Tema: POR FIN...  (Leído 89682 veces)

Desconectado uidnoche

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Re:POR FIN...
« Respuesta #600 en: 06 de Octubre de 2013, 19:30:47 pm »
Quedaría mejor "EL RABO DEL MIEDO".
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pacodeasis

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Re:POR FIN...
« Respuesta #601 en: 06 de Octubre de 2013, 20:32:59 pm »
Curioso que hace años los abuelos del lugar te decían: "sí quieres ascender, hazte sindicalista".........tenían razón?.

Antes sí, ahora no sé, lo que si sé que el otro dia en unos análisis del medico, decía la ats evidentemente saturada de trabajo, que antes había mas compañerismo, que ahora los que entran solo piensan en hacerse sindicalista y les importa un huevo los enfermos y los compañeros.

un saludo

pacodeasis

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Re:POR FIN...
« Respuesta #602 en: 06 de Octubre de 2013, 20:36:20 pm »
Ya te digo, admistrador del foro de patrulleros.com
;ris;


Ja,ja,ja, mira que me extraña, ser Forero de patrulleros es incompatible con cualquier tipo de ascenso, salvo, claro está que seas un lacayo con instrucciones precisas de defensa de determinados intereses, pero eso no es un verdadero forero, un verdadero Forero nunca llegara a nada en el cuerpo, ni en los sindicatos... Y ni falta que le hace.

Si como que aquí somos santos y los otros lo malos, venga un poquito de realidad, que tenemos un ombligo muy grande.


Un saludo

Desconectado 47ronin

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Re:POR FIN...
« Respuesta #603 en: 06 de Octubre de 2013, 21:33:34 pm »
Hay de todo en este Cuerpo. Pero para entender lo de los mandos hay que tener mucha memoria histórica, y es que se les regalaron galones a muchos, todo ello sin estar suficientemente preparados.



• Antonio. - ¿Algún problema, Agente?
• Agente 1. - Esperen aquí en el carril bus
• Antonio. - ¿Pero hemos hecho algo incorrecto?
• Agente 1. - Esperen aquí, porque no voy a repetirlo varias veces


• Antonio. - ¿Pero hemos hecho algo incorrecto?
• Agente 1. - ¿No saben ustedes que mañana es el Día de la Bicicleta y se van a cortar las calles para las bicis?
• Antonio. - Se equivoca, Agente. Todos los días son El Día de la Bicicleta.
• Agente 1. - Es que usted tiene que circular por la derecha, pegado a la acera, y no por el carril del centro.
• Antonio. - Se equivoca, Agente. Yo debo circular por el centro del carril derecho, y sin invadir el carril bus.
• Agente 1. - Usted circulará por donde yo le diga.
• Antonio. - No, yo circularé por el centro del carril porque así me obliga la Ordenanza de Movilidad, artículo 39.
• Agente 1. - Yo tengo la facultad de sancionarle en cualquier momento, y luego usted podrá hacer las alegaciones que estime oportunas.
• Antonio. - ¿Por qué?

• Agente 1. - (cada vez más cabreado) Además, para circular en grupos de más de 20 ciclistas hay que pedir autorización al Ayuntamiento (me parece que esto se lo sacó de la manga, porque la Ordenanza no lo dice por ningún sitio)
• Antonio. - Agente, precisamente circulábamos correctamente en grupos pequeños, de 5 a 10 ciclistas, hasta que usted nos ha parado y nos ha juntado a todos.
• Un compañero.- Agente, pregunte a esos 20 coches si han pedido autorización para circular en grupo.

 Dos carriles cortados, el bus que tiene que desviarse porque no puede pasar, los conductores flipando porque nos hubiera parado la policía...

• Agente 2. - (a uno de mis compañeros) Si conoce usted a este señor, lléveselo, por favor, se está poniendo nervioso.
• Agente 1. - Además uno de ustedes ha dicho que iban en plan de enseñanza, eso es una actividad, y para eso hay que pedir autorización al Ayuntamiento.
• Antonio. - Agente no estamos haciendo ninguna actividad de enseñanza, vamos circulando en bici como el resto de vehículos, en grupos pequeños, correctamente y cumpliendo la Ordenanza.

 En esto aparece Villarramblas, y cuando escucha eso de que debemos circular pegados a la derecha, saca la Ordenanza, que lleva impresa y se la muestra al Agente. El Agente ni se molesta en mirarla, y se la devuelve.

 Finalmente se da cuenta de que ha metido la pata, y nos ordena seguir adelante, pero en grupos pequeños, aunque nos avisa de que nos seguirá para ver si vamos separados o todos juntos.

 Para evitar seguir discutiendo, yo salí en el primer grupo y no sé si mis compañeros siguieron hablando con los Agentes, ni si de verdad fueron "vigilados" para que no formaran grupos de más de 20 ciclistas. Sí sé que tomaron fotos y grabaron algún vídeo que ya circula por YouTube, aunque yo pediría que no se enlace ese vídeo desde los comentarios para evitar problemas, porque se ve la cara de los Agentes.


 Todo esto a algunos puede parecerles una anécdota más de una divertida mañana pedaleando por Madrid, aunque a mí me preocupa que un Agente Municipal no conozca la Ordenanza de Movilidad, y se permita la chulería de parar a unos ciclistas que circulan correctamente por la calzada como el resto de los vehículos.

 Como conclusión final, yo pediría a los responsables de la Policía Municipal, que informasen a TODOS los Agentes Municipales sobre la Ordenanza de Movilidad de Madrid (aprobada en noviembre de 2010), y en especial en lo referente a la bicicleta, para que dejen de hacer el ridículo, porque al final ese ridículo puede extenderse injustamente a todo el Cuerpo de la Policía Municipal.

http://www.patrulleros.com/foro/index.php?topic=3514.msg835353#msg835353

Desconectado pindongo

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Re:POR FIN...
« Respuesta #604 en: 06 de Octubre de 2013, 23:34:14 pm »
Que bien que vemos la paja en el ojo ajeno, eh?

 ;cosc; ;cosc;

Te equivocas, ahora estamos hablando de los mandos, sí quieres hablamos de los guardias.

No creo equivocarme mucho, de hecho ya que me ofreces hablar de guardias, te lo acepto. (te voy a hacer una oferta que no vas a poder rechazar)
En mi impresión personal, los mandos de la escala ejecutiva, son en porcentaje igual de inutiles o menos, (digo bien) que nosotros los guardias. Y de los de la escala técnica tengo poca materia para opinar, pero, en general diría que son algo menos inútiles en proporción; si bien es cierto que sus inutilidades pasan menos desapercibidas. 

Y ahora el trato y puesto que esto viene un poco a colación de las peticiones y los registros, te digo: que el 90 % de los guardias que conozco no es capaz de cursar correctamente una petición. Y el trato es: que en la próxima kdda que hagamos, tú te encargues de representar a los guardias y demostrar que sí, que somos capaces; ...así que si aceptas vete ensayando.  :flex; :manotazos

Desconectado titohiges

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Re:POR FIN...
« Respuesta #605 en: 06 de Octubre de 2013, 23:39:19 pm »
Yo creo que no hace ni falta ordenanza.no hay una norma de rango superior llamada LSV? Qué todo policía debe conocer?

Desconectado pindongo

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Re:POR FIN...
« Respuesta #606 en: 06 de Octubre de 2013, 23:44:56 pm »
Yo creo que no hace ni falta ordenanza.no hay una norma de rango superior llamada LSV? Qué todo policía debe conocer?

A mi me parece que quien escribe el artículo-queja está confundiendo (no se si adrede) el derecho de manifestación, con el de circulación... pero vamos, que es una impresión etílica de las mias de domingo.

Desconectado titohiges

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Re:POR FIN...
« Respuesta #607 en: 06 de Octubre de 2013, 23:51:54 pm »
Si,debe ser que ha mezclado el valore usted y actúe en consecuencia del mando ibérico español de "to la vida" con el que "en menudo marrón me he metido y que como hago yo aquí y no hay ningún agente pa sacarme de esto" y sela nublao.

Desconectado uidnoche

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Re:POR FIN...
« Respuesta #608 en: 07 de Octubre de 2013, 00:02:15 am »
Que bien que vemos la paja en el ojo ajeno, eh?

 ;cosc; ;cosc;

Te equivocas, ahora estamos hablando de los mandos, sí quieres hablamos de los guardias.

No creo equivocarme mucho, de hecho ya que me ofreces hablar de guardias, te lo acepto. (te voy a hacer una oferta que no vas a poder rechazar)
En mi impresión personal, los mandos de la escala ejecutiva, son en porcentaje igual de inutiles o menos, (digo bien) que nosotros los guardias. Y de los de la escala técnica tengo poca materia para opinar, pero, en general diría que son algo menos inútiles en proporción; si bien es cierto que sus inutilidades pasan menos desapercibidas. 

Y ahora el trato y puesto que esto viene un poco a colación de las peticiones y los registros, te digo: que el 90 % de los guardias que conozco no es capaz de cursar correctamente una petición. Y el trato es: que en la próxima kdda que hagamos, tú te encargues de representar a los guardias y demostrar que sí, que somos capaces; ...así que si aceptas vete ensayando.  :flex; :manotazos


Y yo estoy de acuerdo que el nivel de inutilidad de los guardias esta acorde con el de los mandos, y no quiero disculpar al guardia, ni mucho menos, es más, siempre diré que los que tengo enfrente en el pase de lista me dan........, pero más........me dan los que tengo al lado.
Pero cual es la teoría?, pues que el mando debería saber más que el guardia, que se le presupone ha estudiado para saber más, también se presupone que al mando es al que tienes que llamar para que te resuelva una duda, o cuando el guardia tenga un problema.......
Aparte de todo esto, aquí el 99% de los a mandos no quieren asumir ningún tipo de responsabilidad, y me responderás que los guardias tampoco, y tendrás razón, pero los mandos, como mandos, siempre tendrían que tener más responsabilidades que el guardia.

En cuanto a no se que de la siguiente quedada........me lo explicas cuando estés a mi vera, por sí no me gusta lo que me dices darte un collejon.
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Desconectado pindongo

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Re:POR FIN...
« Respuesta #609 en: 07 de Octubre de 2013, 00:08:50 am »
 ;risr; ;risr; ;risr; cobarde ¡¡¡

Y por cierto, te creo capaz de pegarle a un abuelete con gafas.  :mus;

Desconectado uidnoche

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Re:POR FIN...
« Respuesta #610 en: 07 de Octubre de 2013, 00:14:41 am »
Te doy un hostion como un pan y no me suben ni las pulsaciones.
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Desconectado uidnoche

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Re:POR FIN...
« Respuesta #611 en: 07 de Octubre de 2013, 00:15:27 am »
ACEPTO!!!!!
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Re:POR FIN...
« Respuesta #612 en: 07 de Octubre de 2013, 09:02:10 am »
a ver si nos enteramos que "a los guardias no les pagan para pensar..para eso estan los mandos".. ;risr;

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Re:POR FIN...
« Respuesta #613 en: 07 de Octubre de 2013, 09:05:57 am »


Y ahora el trato y puesto que esto viene un poco a colación de las peticiones y los registros, te digo: que el 90 % de los guardias que conozco no es capaz de cursar correctamente una petición.

Elevado porcentaje es ese.

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Re:POR FIN...
« Respuesta #614 en: 07 de Octubre de 2013, 12:35:05 pm »
Elevado? Y eso que hablo de peticiones de las que se cursan varias mensualmente, si habláramos de algo anual o mas, como abono de la solicitud por renovación del permiso de conducción el porcentaje sería del 95 %. De hecho, a mi me la devuelven siempre. A usted no?   ;risr; ;risr; ;risr;

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Re:POR FIN...
« Respuesta #615 en: 07 de Octubre de 2013, 13:03:26 pm »
Elevado? Y eso que hablo de peticiones de las que se cursan varias mensualmente, si habláramos de algo anual o mas, como abono de la solicitud por renovación del permiso de conducción el porcentaje sería del 95 %. De hecho, a mi me la devuelven siempre. A usted no?    ;risr; ;risr; ;risr;

 :mus;

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA.- GASTOS DE RENOVACIÓN DEL CARNET DE
CONDUCIR.

El personal municipal que necesite por su categoría profesional, estar en posesión del carnet de conducir y ejerza como conductor, será reembolsado de los gastos por certificado médico de aptitud psicofísica y tasas de expedición derivados de la renovación de dicho permiso. La solicitud deberá dirigirse por el empleado a la unidad donde preste servicio, acreditando su condición e importes satisfechos conforme a lo establecido en el presente aparatado.

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Re:POR FIN...
« Respuesta #616 en: 07 de Octubre de 2013, 13:13:04 pm »
Y no lo necesita por las noches para el tekis.  ;risr; ;risr; ;risr;

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Re:POR FIN...
« Respuesta #617 en: 07 de Octubre de 2013, 13:14:54 pm »
Te doy un hostion como un pan y no me suben ni las pulsaciones.

Decía mi padre que para ser artista no hay que tenerle miedo a las bofetás... artista.  .ca;

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Re:POR FIN...
« Respuesta #618 en: 07 de Octubre de 2013, 15:07:19 pm »
Yo sólo digo que en esta puta mierda de cuerpo de policía municipal de Madrid, se es mando para lo que interesa, y para lo que no, rápido sacamos reglamentos y conductos reglamentarios.

Artículo 41.- Conducto reglamentario.

1. La tramitación de órdenes, informes y solicitudes relacionadas con el servicio, se realizará a través del conducto reglamentario, que no es otro que la utilización de la estructura jerarquizada del Cuerpo.

...


3. Siempre que se realice por un componente del Cuerpo parte, informe, reclamación petición o queja a un superior jerárquico, se hará por duplicado, quedando una copia sellada en su poder.




Comunidad Valenciana. Cauce reglamentario en caso de reclamaciones por parte de agente de la Policía Local

Fecha de la consulta: 4/10/2013

Planteamiento


Un agente de Policía Local, sin informar o comunicar nada al Jefe del Cuerpo, ha presentado escrito dirigido al Alcalde en el que da cuenta de temas relacionados con el servicio. Posteriormente, los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento han emitido informe sin contar previamente con el informe favorable o desfavorable del Jefe de la Policía Local.

Pasado el informe jurídico a la Junta de Gobierno Local, se ha dado traslado del mismo al Jefe de la Policía Local, sin acordar nada respecto de su contenido, ni motivación alguna. En el informe jurídico consta que el Jefe de la Policía Local debe cambiar una orden de servicio publicada en el tablón de la Policía Local, salvo justificación y motivación suficiente.

En la notificación del acuerdo se le informa al Jefe de la Policía Local que contra la notificación puede interponer recurso de reposición. No obstante, no queda claro que se quiere por la Junta de Gobierno Local, dado que el informe jurídico no es vinculante, y el Jefe de la Policía Local argumenta que está basado en Derecho.

¿Hay obligación de que conste el informe del Jefe de la Policía Local en el asunto reseñado? ¿Pueden dar lugar a nulidad o anulabilidad las actuaciones llevadas a cabo? ¿Puede presentar recurso de reposición el Jefe de la Policía Local, respecto a la falta de concreción en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local? ¿Qué procedimiento legal debería seguir el Jefe de la Policía Local?

 
Respuesta

Los Cuerpos de Policía Local se encuentran regulados por la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad -LOFCS-, y, además, en el ámbito de la Comunitat Valenciana a la que pertenece nuestro consultante, por la Ley de la Generalitat 6/1999, de 19 de abril, de Policías Locales y de Coordinación de las Policías Locales de la Comunitat Valenciana y por los Reglamentos municipales sobre Policía Local; y, además, en aquellos municipios donde no exista Reglamento, por la Norma Marco sobre Estructura, Organización y Funciones de los Cuerpos de Policía Local de la Comunitat Valenciana, aprobada por Decreto del Consell 19/2003, de 4 de marzo.

El art. 3 de la Ley 6/1999 establece que los Cuerpos de Policía Local son institutos armados de naturaleza civil con estructura y organización jerarquizada bajo la superior autoridad y dependencia directa del Alcalde, correspondiendo en cada Ayuntamiento el mando inmediato y operativo al Jefe del Cuerpo, cuyo nombramiento recaerá en un funcionario de la mayor categoría profesional existente.

Precisamente por tratarse una organización jerarquizada, el art. 11 de la Norma Marco prevé que "la transmisión de órdenes, informes, solicitudes y reclamaciones relativas al servicio se efectuará a través de los mandos inmediatos, quienes las tramitarán con la mayor diligencia en plazo no superior a diez días hábiles, con el informe sobre la pertinencia o no de acceder a lo solicitado o reclamado".

Por su parte el art. 34-d) califica como falta leve "no utilizar el conducto reglamentario para formular cualquier solicitud, reclamación o queja relacionada con el servicio".

No obstante, el art. 19-g) al regular los deberes de los miembros de las Policías Locales regula la obligación de "obedecer y ejecutar las órdenes que reciban de sus superiores jerárquicos, siempre que no constituyan un ilícito penal o fueran contrarias al Ordenamiento Jurídico"; y permite que, en caso de duda, se dé parte al superior jerárquico de quien emane la orden.

De lo expuesto se desprende claramente que:

1º. Las reclamaciones relativas al servicio se efectúan a través de los mandos inmediatos, el incumplimiento de este precepto supone la comisión de una falta leve.
2º. Cuando se dude de la legalidad de un orden se dará parte al superior jerárquico de quien emana la orden (en este caso, a la propia Alcaldía).
3º. El mando que reciba una reclamación sobre el servicio la tramitará con la mayor diligencia en plazo no superior a diez días hábiles, con el informe sobre la pertinencia o no de acceder a lo solicitado o reclamado.

Analizada la legislación vigente, entrando en el contenido de la consulta y partiendo del desconocimiento de la fundamentación del escrito o reclamación, el Agente puede haberse saltado el conducto reglamentario, con lo que además se ha privado a la Jefatura del derecho a emitir el informe al que hace alusión el art. 11 de la Norma Marco. No obstante, en el caso de tratarse de una orden presumiblemente ilegal, la reclamación se habría tramitado correctamente.

De la Consulta también parece desprenderse que la Junta de Gobierno Local no ha adoptado acuerdo alguno, tan sólo ha comunicado a la Jefatura que, salvo justificación y motivación suficiente, debe cambiar la Orden de Servicio. Entendemos, por tanto, que, dado que no existe acto administrativo alguno, éste no puede estar viciad y, en consecuencia, tampoco puede ser recurrido, en contra de lo indicado en la comunicación. Ahora bien, con la comunicación se da la oportunidad a la Jefatura de justificar y motivar el porqué de la Orden de Servicio y, en su caso, de advertir del incumplimiento del conducto reglamentario y de sus posibles consecuencias.

Por último, resta recordar que, aun tratándose de una Orden ajustada a Derecho, la Jefatura de la Policía Local corresponde a la Alcaldía en virtud de lo dispuesto en los arts. 21.1-i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local -LRBRL-, y 3 de la Ley 6/1999, por lo que el criterio de ésta puede imponerse sobre el criterio profesional del Jefe del Cuerpo, al que legalmente sólo corresponde el mando inmediato y operativo.
http://www.derecholocal.es/novedades_consultas_ampliada.php?id=CATSUYZE:7DD2C544

Desconectado Heracles_Pontor

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Re:POR FIN...
« Respuesta #619 en: 07 de Octubre de 2013, 16:34:41 pm »
Precisamente por tratarse una organización jerarquizada, el art. 11 de la Norma Marco prevé que "la transmisión de órdenes, informes, solicitudes y reclamaciones relativas al servicio se efectuará a través de los mandos inmediatos, quienes las tramitarán con la mayor diligencia en plazo no superior a diez días hábiles, con el informe sobre la pertinencia o no de acceder a lo solicitado o reclamado".

Artículo 41 .- Conducto reglamentario.
 
1. La tramitación de órdenes, informes y solicitudes relacionadas con el servicio, se realizará a través del conducto reglamentario, que no es otro que la utilización de la estructura jerarquizada del Cuerpo.
 
2. Aquellas órdenes que por su trascendencia o complejidad en su cumplimiento pudieran ofrecer dudas razonables a los componentes que les correspondiese ejecutarlas, se darán siempre por escrito, a la mayor brevedad posible.
 
3. Siempre que se realice por un componente del Cuerpo parte, informe, reclamación petición o queja a un superior jerárquico, se hará por duplicado, quedando una copia sellada en su poder.



 :pen: . . . haber si encontramos las diferencias . . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche