?jefes de vigilantes? hasta en el cargo la han cagado, repito animo porque teneis lo peor de lo nuestro mas lo peor de lo vuestro.
Un saludo.
Supongo que esa figura nace como consecuencia de la RPT correspondiente... y supongo que esa responsabilidad habrá sido objeto de un curso de superación que además llevará aparejada un aumento de salario... es asi?
Art. 13. Escala y categorías
1. Los integrantes del Cuerpo de Agentes de Movilidad se encuadran en la escala de la Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase de Cometidos Especiales.
2. Las categorías del Cuerpo de Agentes de Movilidad, son:
a) Técnico de movilidad.
b) Supervisor de movilidad.
c) Agente de movilidad.
El grupo de clasificación para la categoría de agente de movilidad será el D y pertenecerá a la escala de la Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase de Cometidos Especiales.
El grupo de clasificación de la categoría de supervisor de movilidad será el C y pertenecerá a la escala de la Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase de Cometidos Especiales.
El grupo de clasificación de la categoría de técnico de movilidad será el B y pertenecerá a la escala de la Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase de Cometidos Especiales.
3. La correspondiente relación de puestos de trabajo del Cuerpo de Agentes de Movilidad se modificará con la inclusión de aquellos puestos de trabajo cuya creación se requiera en plantilla.El personal del Cuerpo de Agentes de Movilidad será ordenado según el escalafón de mayor a menor categoría y, dentro de estas de mayor a menor antigüedad en el empleo, figurando esta relación nominal en la plantilla con expresión de su situación administrativa.