Autor Tema: Legislación armas, munición, cartuchería...  (Leído 133438 veces)

Desconectado cazaor

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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #640 en: 07 de Diciembre de 2010, 00:48:17 am »
hay barrreras bastante mas importantes que derribar en cuestión de igualdad, que el número de armas a tener cada uno
Exactamente... :Ok
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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #641 en: 07 de Diciembre de 2010, 03:25:46 am »
hay barrreras bastante mas importantes que derribar en cuestión de igualdad, que el número de armas a tener cada uno
Exactamente... :Ok


Las hay, pero se puede empezar por esta ...
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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #642 en: 07 de Diciembre de 2010, 05:04:08 am »
Dejemos entonces el texto vigente tal cual, por que tiene algún sentido ampliar a tres a determinados cuerpos?

2. Con el mismo tipo de licencia, los Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, los Cabos Primeros Especialistas Veteranos de la Armada, los integrantes de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, los equivalentes de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y el personal de los Cuerpos de Policía de las Corporaciones locales, así como los funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera, sólo podrán poseer un arma corta, aparte de las que reciban como dotación reglamentaria para el ejercicio de sus funciones.

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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #643 en: 07 de Diciembre de 2010, 05:04:26 am »
hay barrreras bastante mas importantes que derribar en cuestión de igualdad, que el número de armas a tener cada uno
Exactamente... :Ok


Hay barreras, pero los obstáculos en el camino dificultan sobrepasar las barreras, y hay que limpiarlos para que no vuelvan a salir.
« Última modificación: 07 de Diciembre de 2010, 05:08:54 am por 47ronin »
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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #644 en: 07 de Diciembre de 2010, 13:28:33 pm »
Dejemos entonces el texto vigente tal cual, por que tiene algún sentido ampliar a tres a determinados cuerpos?
Por mi, correcto...
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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #645 en: 07 de Diciembre de 2010, 17:57:52 pm »
Siento no haberme explicado correctamente en mis anteriores mensajes; y lo digo porque esta discusión relativamente absurda sobre si poder guiar una o tres armas cortas con la licencia A según se pertenezca a un cuerpo policial o a otro, aparte de tener mi propia opinión sobre ello, me resulta otra gilipollez más de la legislación general vigente en el país en el que vivimos.

Yo ya poseo tres armas cortas aparte del clásico con el que presto servicio: una la tengo guiada como particular con la "A" y otras dos con la federativa, aparte de carabinas del .22, escopetas de corredera y rifles de cerrojo y semiautomáticos de diversos calibres y alguna cosilla más. No me hace falta pertenecer a ningún cuerpo estatal para ello.

Policialmente hablando me la suda si puedo guiar una o tres cortas con la licencia "A", pero si alguien se ha leído lo que parece va a ser el nuevo Reglamento de Armas y es tirador se habrá dado cuenta del despropósito del mismo en tanto a diversas condiciones. Para muestra un botón: la prohibición de fusiles semiautomáticos dotados de cargadores separables. Supongo que mi SL8, CETME... serán ilegales de aquí a un tiempo. Otra, la adquisición de visores ya sean de punto rojo, holográficos, de largo alcance, telemétricos, etc., de manera restrictiva y con cupo a licencia (nos vuelven a joder el tiro a larga distancia y los visores para fusiles).

Se tenía cierta "ilusión", si se me permite la cursilería en relación al nuevo R.A., pero para no variar en este país segundomundista seguimos legislando mal en todos los aspectos.

Un saludo
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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #646 en: 07 de Diciembre de 2010, 20:52:37 pm »
Dejemos entonces el texto vigente tal cual, por que tiene algún sentido ampliar a tres a determinados cuerpos?

2. Con el mismo tipo de licencia, los Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, los Cabos Primeros Especialistas Veteranos de la Armada, los integrantes de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, los equivalentes de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y el personal de los Cuerpos de Policía de las Corporaciones locales, así como los funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera, sólo podrán poseer un arma corta, aparte de las que reciban como dotación reglamentaria para el ejercicio de sus funciones.


Yo lo que digo, es que se debería prohibir la tenencia de armas en general, por lo que huelga tener un arma particular, así no hay discusiones, mejor que tres, ninguna. (lo que se iban a cabrear los fabricantes)
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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #647 en: 07 de Diciembre de 2010, 20:55:42 pm »
Con lo que costó en 1983 ser incluidos?

 :Burla

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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #648 en: 07 de Diciembre de 2010, 21:08:24 pm »
Vuevo a decir lo mismo, arma particular, ¿Para qué?, ¿para montar un duelo en OK corral?
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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #649 en: 07 de Diciembre de 2010, 21:11:35 pm »
Vuevo a decir lo mismo, arma particular, ¿Para qué?, ¿para montar un duelo en OK corral?

Para decidir si la quieres o no.
No se trata de montar un duelo, sino de quien quiera se la compre... o se las compre.

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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #650 en: 07 de Diciembre de 2010, 21:19:45 pm »
Vuevo a decir lo mismo, arma particular, ¿Para qué?, ¿para montar un duelo en OK corral?

Para decidir si la quieres o no.
No se trata de montar un duelo, sino de quien quiera se la compre... o se las compre.

Pues es mejor que el nuevo reglamento, no prevea la tenencia y se acabó el negocio, porque no es más que eso, un negocio. Y si quieres tener, pues nada, te federas y a la galería.
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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #651 en: 07 de Diciembre de 2010, 21:23:19 pm »

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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #652 en: 07 de Diciembre de 2010, 21:31:15 pm »
Vuevo a decir lo mismo, arma particular, ¿Para qué?, ¿para montar un duelo en OK corral?

Si yo en particular, que no me entusiasman, estoy de acuerdo contigo en ese punto, pero si un oficial del CNP puede, porque no puede un Sargento de PMM ?, es que son ganas de hacer las cosas mal, o inutilidad manifiesta a la hora de legislar, pues no entiendo el porque de en lugar de unificar, cada vez buscan separar mas ... (¿¿ Sera algun plan maquiavélico orquestado para que se queden solos cuando reivindiquen los estatales mejoras ?? ) no creo, repito que sera simple inutilidad, pero si fuese lo segundo, yo voy a seguir llendo a las manis de Guardias en la D Gral, que me lo paso pipa, aunque algun colega con menos de 6 lustros de edad y 3 en el cuerpo me llame auxiliar, el muy cabrón .
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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #653 en: 07 de Diciembre de 2010, 21:41:40 pm »
Vuevo a decir lo mismo, arma particular, ¿Para qué?, ¿para montar un duelo en OK corral?

 aunque algun colega con menos de 6 lustros de edad y 3 en el cuerpo me llame auxiliar, el muy cabrón .

Ese es tonto directamente.....

No había leido la nueva redacción que otorgaba tres armas para las escalas básicas de las F.C.S.E., no obstante, se que es un tema que se removio por parte del C.N.P., y me explico.

Cuando entró en vigor el reglamento de armas del año 93, regulaba que las escalas de oficiales y suboficiales de la GC y sus homologos del CNP y P.A., tuvieran hasta tres armas cortas.

Bien, un Guardia Civil de base, tambien puede tener tres armas corta, puesto que en cuanto ostente la consideración de suboficial (seis año de servicio) y si es cabo, desde el momento del ascenso,  tiene los mismos derechos que un soboficial.

Por ello, cualquier Guardia Civil o cabo en la actualiadad puede tener tres armas cortas particulares.

El cuerpo hermano, alla por mediado de los 90 dijo que se reformara ese artículo para que su escala básica tuviese ese derecho, porque estaban discriminados al no tener esa consideración dentro de sus empleos.

 Bueno sólo han tardado unos 15 años en hacerlo, así que ya podeís empezar, que para el 2025 lo mismo lo cambian.... :partirse :partirse.

En serio, me parece una tontería la discriminación, de "cualquier tipo", aunque sigo pensando y es opinión mía que hay cosas más importantes en las que se debería legislar para eliminar esas diferencias.
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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #654 en: 07 de Diciembre de 2010, 23:59:02 pm »
Artículo 118. Armas de fuego cortas amparadas por la licencia A.
.2...............el personal de los Cuerpos de Policía de las Corporaciones locales equivalentes a la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, así como los funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera, sólo podrán poseer un arma corta, aparte de las que reciban como dotación reglamentaria para el ejercicio de sus funciones.

El artículo sólo se refiere a Cabos y Policías, cuando dice equivalentes con el CNP que son Policía y Oficial, no dice nada de esa categoría para arriba, aunque como es un proyecto, en el trámite parlamentario solucionaran el error y considerar a todos los miembros por igual, policias de 2ª Clase como siempre.


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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #655 en: 08 de Diciembre de 2010, 12:52:38 pm »
Los enlaces de forma correcta para su lectura:

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ARMAS
http://www.mir.es/SGACAVT/seguridad/armas/proyecto_reglamento_armas.pdf

Resolución de la Subsecretaría del Ministerio del Interior por la que seacuerda la apertura del trámite de audiencia a los interesados en laelaboración del Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

http://www.boe.es/boe/dias/2010/11/30/pdfs/BOE-B-2010-41103.pdf

De Cabo hacia arriba lo desarrolla en el punto 1 del mismo artículo.

1. Con la licencia A, los Oficiales Generales, Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas
Armadas y del Cuerpo de la Guardia Civil, en sus distintas categorías, así como los integrantes de las Escalas Superior, Ejecutiva y de Subinspección del Cuerpo Nacional de Policía, y equivalentes de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, podrán poseer tres armas cortas, aparte de las que reciban como dotación reglamentaria para el ejercicio de sus funciones.

..donde vuelve a dejar fuera a las Pls y Vigilancia aduanera.

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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #656 en: 08 de Diciembre de 2010, 13:12:56 pm »
Siento no haberme explicado correctamente en mis anteriores mensajes; y lo digo porque esta discusión relativamente absurda sobre si poder guiar una o tres armas cortas con la licencia A según se pertenezca a un cuerpo policial o a otro, aparte de tener mi propia opinión sobre ello, me resulta otra gilipollez más de la legislación general vigente en el país en el que vivimos.

Yo ya poseo tres armas cortas aparte del clásico con el que presto servicio: una la tengo guiada como particular con la "A" y otras dos con la federativa, aparte de carabinas del .22, escopetas de corredera y rifles de cerrojo y semiautomáticos de diversos calibres y alguna cosilla más. No me hace falta pertenecer a ningún cuerpo estatal para ello.

Policialmente hablando me la suda si puedo guiar una o tres cortas con la licencia "A", pero si alguien se ha leído lo que parece va a ser el nuevo Reglamento de Armas y es tirador se habrá dado cuenta del despropósito del mismo en tanto a diversas condiciones. Para muestra un botón: la prohibición de fusiles semiautomáticos dotados de cargadores separables. Supongo que mi SL8, CETME... serán ilegales de aquí a un tiempo. Otra, la adquisición de visores ya sean de punto rojo, holográficos, de largo alcance, telemétricos, etc., de manera restrictiva y con cupo a licencia (nos vuelven a joder el tiro a larga distancia y los visores para fusiles).

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Un saludo


pues como paso con el cetme sport hace años
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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #657 en: 08 de Diciembre de 2010, 13:14:41 pm »
Que tiene que ver que deteste las armas con ejercer funciones de policía, no me pagan para matar a la gente sino para defender sus derechos y libertades, entre los que se encuentra el derecho a la vida, estoy en contra de un negocio que genera beneficios quitando vidas.


 pues tu veras si como dices te ves en la tesitura de tu buenismo, de que tengas que usar ese arma para defender los derechos y libertades .
 me parece que estas un poco equivocado , si no existieramos los perro pastores ,  que tenemos colmillos, los lobos que también tienen colmillos  acabarian con las ovejas, pero como tenemos colmillos los lobos no atacan a las ovejas por el miedo a nuestros colmillos .
    otra cosa si no existieran las armas no habria guerras , desconoces al ser humano

Ojo por ojo y el mundo acabará tuerto.


 pregunta al compañero de la puerta del sol , lo del ojo por ojo o al compañero de la republica argentina
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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #658 en: 08 de Diciembre de 2010, 15:01:25 pm »
No pienso justificar la violencia que generan las armas te pongas como te pongas, y no intentes darme lecciones éticas sobre la utilización de las mismas, no la experiencia que pone al limite la capacidad de reacción ante un ataque o simplemente la ejecución ofensiva para la toma de inmuebles o detención de terroristas, no me  conoces de nada para tacharía de cobarde de manera subliminal por opinar que estoy en contra, si no te gusta mi opinión, pues expresare y ya esta. Pero no me comas la cabeza con un tabardo demagògico.
Saludos
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Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #659 en: 08 de Diciembre de 2010, 18:32:33 pm »
Mandos de policías locales creen que nuevo Reglamento de Armas les discrimina
EFE , Madrid
 ;risr;

La Asociación Profesional de Mandos y Directivos de Policía Local (Apropol) presentará alegaciones contra el Real Decreto que aprobará el nuevo Reglamento de Armas, al considerar que discrimina a estos agentes al no permitirles tener el mismo número de armas que la Policía Nacional y la Guardia Civil.

Según ha informado hoy a Efe esta asociación, que representa a un centenar de mandos de policías locales de Madrid y Castilla y León, Apropol presentará alegaciones al Real Decreto tras el período de exposición pública, abierto actualmente.

Si sus alegaciones no son admitidas estudiarán otras medidas para oponerse a su aprobación, afirman.

Apropol considera que se ha producido "un nuevo trato discriminatorio" hacia las policías locales por parte del Gobierno, ya que en el nuevo Reglamento de Armas sólo se permite a los agentes locales, sea cual sea su categoría, tener un arma corta para uso personal, frente a las tres que podrán tener los policías nacionales y los guardias civiles.

La asociación espera "que nadie simplifique a una mera tenencia de armas" esta denuncia, ya que se trata de "una gota más en el colmado vaso de menosprecio a las policías locales que se viene haciendo por el Gobierno o sus asesores".

Apropol presentará alegaciones al Real Decreto que aprobará el Reglamento de Armas mientras está a la espera de que el Defensor del Pueblo resuelva el expediente que abrió el pasado mes de octubre tras una queja de la asociación sobre el Real Decreto por el que se aprobó el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.

La queja admitida por la Defensora del Pueblo en funciones fue presentada por Apropol al considerar que este Decreto diferencia entre las policías locales y el resto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lo referido a la adquisición de munición y las primeras son calificadas como "auxiliares".