Autor Tema: Legislación armas, munición, cartuchería...  (Leído 133530 veces)

Desconectado Epi44

  • Profesional
  • Gurú
  • **
  • Mensajes: 6463
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #880 en: 14 de Diciembre de 2014, 19:17:17 pm »
 :meg; a mi no me llame gota!!!... :Pelea_2

Desconectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 51099
  • Verbum Víncet.
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #881 en: 15 de Diciembre de 2014, 03:19:32 am »
Yo también soy gota . . . yo cartucho en la recámara siempre.

Enviado desde mi CUBOT ONE mediante Tapatalk


"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Desconectado zebmake

  • Master Honorario
  • *****
  • Mensajes: 1876
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #882 en: 15 de Diciembre de 2014, 10:51:57 am »
Cuestión de entrenamiento. Ni más ni menos. Como todo. De todas formas intervenciones que requieran un desenfunde rapido hay poquísimas y de esas poquísimas el intentar desenfundar en vez de hacer otras cosas antes puede suponer ir al otro barrio.

Desconectado zebmake

  • Master Honorario
  • *****
  • Mensajes: 1876
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #883 en: 15 de Diciembre de 2014, 10:54:01 am »
Con y sin fuindas señor Epi, unos se encasquillaran al extraerla y otros se olvidaran que hay que montarla.

Imagino que se refiere a que se encasquillará el Policía y olvidarse de montarla con un pelín de estres claro que se olvida.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223104
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #884 en: 15 de Diciembre de 2014, 11:08:58 am »
Con y sin fuindas señor Epi, unos se encasquillaran al extraerla y otros se olvidaran que hay que montarla.

Imagino que se refiere a que se encasquillará el Policía y olvidarse de montarla con un pelín de estres claro que se olvida.

Asi es....por un error, el principal, pocos funcionarios están preparados psicológicamente para el uso de arma.


Desconectado zebmake

  • Master Honorario
  • *****
  • Mensajes: 1876
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #885 en: 15 de Diciembre de 2014, 17:28:38 pm »
Con y sin fuindas señor Epi, unos se encasquillaran al extraerla y otros se olvidaran que hay que montarla.

Imagino que se refiere a que se encasquillará el Policía y olvidarse de montarla con un pelín de estres claro que se olvida.

Asi es....por un error, el principal, pocos funcionarios están preparados psicológicamente para el uso de arma.



No es por nada y no es que recuerde muchos casos pero de las veces que recuerdo en PMM cuando se ha hecho uso del arma y ha trascendido tenemos un "pleno al quince".

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223104
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #886 en: 15 de Diciembre de 2014, 17:32:02 pm »

Desconectado corneta

  • Profesional
  • Experto II
  • **
  • Mensajes: 2702
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #887 en: 16 de Diciembre de 2014, 15:09:44 pm »
 ¿alguno que haya hecho el curso en estas ultimas fechas le han entregado ya la pistola?

Desconectado TEMPLARIO

  • Profesional
  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 3583
  • Militum Christi Semper Fidelis [Soldurios (EO-13)]
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #888 en: 16 de Diciembre de 2014, 16:13:30 pm »
¿alguno que haya hecho el curso en estas ultimas fechas le han entregado ya la pistola?

Negativo
"quotquotUn Caballero Templario es íntegro y valiente en cualquier circunstancia, porque su alma está protegida por la armadura de la fe y su cuerpo por la de metal; está doblemente armado y no tiene por qué temer a hombres ni a demonios"quotquotBernardo d

Desconectado zebmake

  • Master Honorario
  • *****
  • Mensajes: 1876
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #889 en: 17 de Diciembre de 2014, 12:35:54 pm »
¿alguno que haya hecho el curso en estas ultimas fechas le han entregado ya la pistola?

Ayer se empezaron a entragar las primeras. De momento ayer y hoy.

Desconectado corneta

  • Profesional
  • Experto II
  • **
  • Mensajes: 2702
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #890 en: 18 de Diciembre de 2014, 18:53:21 pm »
¿alguno que haya hecho el curso en estas ultimas fechas le han entregado ya la pistola?

Ayer se empezaron a entragar las primeras. De momento ayer y hoy.
cuantas por dia es para echar cuentas que estoy hasta el gorro del 38

Desconectado zebmake

  • Master Honorario
  • *****
  • Mensajes: 1876
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #891 en: 18 de Diciembre de 2014, 23:51:14 pm »
¿alguno que haya hecho el curso en estas ultimas fechas le han entregado ya la pistola?

Ayer se empezaron a entragar las primeras. De momento ayer y hoy.
cuantas por dia es para echar cuentas que estoy hasta el gorro del 38

No se pero + - 1600 pistolas no se reparten en 15 días.

Desconectado corneta

  • Profesional
  • Experto II
  • **
  • Mensajes: 2702
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #892 en: 19 de Diciembre de 2014, 09:08:51 am »
yo con 325 tengo bastante

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223104
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #893 en: 06 de Marzo de 2015, 17:23:20 pm »
<a href="http://youtube.com/v/J8i5d5toEDk" target="_blank" rel="noopener noreferrer" class="bbc_link bbc_flash_disabled new_win">http://youtube.com/v/J8i5d5toEDk</a>

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223104
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #894 en: 10 de Diciembre de 2015, 16:54:54 pm »

según el tribunal supremo

Las pistolas de 'paintball' no son juguetes: es necesario una tarjeta de armas para usarlas

Las de aire comprimido que se usan en dichas actividades ya estaban incluidas en el mencionado reglamento, por lo que no les afecta la sentencia


10.12.2015 – 15:24 H.

El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia dictada este jueves que las pistolas de 'arirsoft' y 'paintball' no son juguetes y que su uso precisa la expedición de tarjeta de armas por parte del Ayuntamiento en el que se precise su uso.

Así se establece en una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal que avala la inclusión de las armas que se utilizan en los denominados juegos de guerra -'airsoft'- y 'paintball' en la Categoría Cuarta del Reglamento de Armas junto a las carabinas y pistolas de aire u otro gas comprimido.

Los magistrados estiman el recurso interpuesto por el abogado del Estado y anula la sentencia de la Audiencia Nacional que revocó una orden del Ministerio del Interior de 2012 relativa al régimen aplicable a las armas utilizables en actividades lúdico-deportivas de 'airsoft' y 'paintball' que son automáticas, de resorte o muelle.

Las de aire comprimido que se usan en dichas actividades ya estaban incluidas en el mencionado reglamento, por lo que no les afecta la sentencia. La sentencia que ahora se revoca, que se dictó el 3 de diciembre de 2014, había establecido que el Ministerio del Interior se había extralimitado al definir un nuevo tipo de arma sin estar habilitado para ello, un criterio que no es compartido por el Tribunal Supremo.

Carácter lúdico pero incluida en el reglamento

La Sala Tercera del Tribunal Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo Espín, establece que el carácter lúdico deportivo de las armas no es un obstáculo para que sean comprendidas en el ámbito del Reglamento de Armas.

Asimismo, indica que no puede objetarse a su inclusión en uno de los regímenes contemplados en el mismo hechos de que se trate de imitaciones de armas de fuego reales, que sean inofensivas en circunstancias normales o que tengan una finalidad lúdico deportiva. Del mismo modo, indica que necesitarán una tarjeta de armas -no licencia- expedida por los alcaldes con una validez limitada al término municipal sin que dichos requisitos supongan unas limitaciones para el comercio, circulación o uso.



Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223104
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #895 en: 13 de Diciembre de 2015, 09:49:34 am »
Cinco mil españoles contra las restricciones de armas que quiere Europa

Cerca de cinco mil españoles han firmado contras las nuevas restricciones planteadas por la Unión Europea sobre las armas legales tras los atentados que se produjeron en París  y que costaron la vida a más de 130 personas. En total se han contabilizado 266.000 peticiones contra la iniciativa.               

Los aficionados españoles a las armas, especialmente los cazadores, tiradores y coleccionistas se han movilizado, y han recogido esas cerca de cinco mil firmas a través de la plataforma change.org, según ha podido saber este Buscón. En esta ocasión ha sido el alto funcionario Fabio Marini el promotor de esta cruzada contra los propietarios de armas en Europa que ahora, tras esta iniciativa, deberá ser revisada.

En España se calcula que hay cerca de un millón de pistolas, escopetas y fusiles en manos de particulares, especialmente cazadores por lo que en diversos medios se ha considerado que se han recogido pocas firmas en contra de las restricciones. De hecho una publicación digital, armas.es, tuvo que movilizarse porque nuestro país era uno de los que había aportado menos oposición a los planes europeos.

    Los cazadores protestan también contra lo que consideran un ataque injustificado a su afición

La Asociación Nacional de Armas y la Oficina Nacional de Caza ha protestado también contra lo que ha considerado un ataque injustificado a su afición. La petición organizada en change.org solicitaba a la Comisión el cese inmediato de las medidas restrictivas y un replanteamiento de la lucha contra el terrorismo.

La petición recuerda que desde que en enero un grupo de terroristas con Kalashnikov, comprados en el mercado negro, mataron a un grupo de personas en París se iniciaron medidas restrictivas. Desde entonces "la UE ha estado preparando una nueva legislación para prohibir la tenencia de armas semiautomáticas por particulares". Añaden que "por desgracia nada de lo que se encuentra en el borrador habría evitado estos dos ataques, dado que ninguno de ellos se perpetró con armas legales”. “No es lógico –afirman- y sobre todo es absolutamente injusto".

Los firmantes señalan que no se deben restringir las armas semiautomáticas “porque guarden parecido con armas automáticas” y piden que la lucha contra los terroristas se centre en la vigilancia de las fronteras exteriores de la UE. Dicen que la reforma no tiene "sólo una naturaleza populista, sino que además es un insulto a nuestras libertades civiles y a la inteligencia de los ciudadanos de la UE en su conjunto".

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223104
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #896 en: 05 de Enero de 2016, 18:36:19 pm »
PUNTA HUECA PARA LOS MAÑOS

 2 ENE, 2016 4.204 vistas 12  Ernesto Pérez Vera
Por, Ignacio García

Según el diario aragonés “Heraldo”, en su edición del pasado 31 de diciembre de 2015, la Guardia Civil (GC) no autoriza la compra de munición expansiva a la Policía Local (PL) de Zaragoza. La Benemérita argumenta, según el periódico, que como la Ley de Coordinación de Policías Locales de Aragón no recoge esta opción, pues que no es legal su empleo por parte de las corporaciones locales mañas. Y claro, digo yo, si la referida norma marco no establece que las puntas expansivas pueden ser usadas por los agentes municipales, como del mismo modo tampoco establece que pueden o deben usar blindadas, semiblindadas, o de plomo, ¿tienen que meter serpentina, confetis, o lacasitos, en los cargadores de sus armas? Insisto, la ley que regula a los municipales aragoneses no especifica nada en absoluto sobre qué tipo de munición se ha de utilizar.

A ver, en España existen 19 leyes de coordinación de policías municipales, una por cada comunidad y ciudad autónoma. ¿Alguna de estas leyes expresa qué clase de punta tienen que consumir los funcionarios? Ojo, no hablo de calibre sino de tipo de proyectil montado en los cartuchos. No me consta que estos extremos sean regulados mediante norma autonómica, sino mediante decisión y norma local: por los reglamentos internos de cada cuerpo, o mediante otras disposiciones administrativas municipales, como por ejemplo decretos de alcaldía. Normativa especial dictada al efecto. Esto es lo que especifica el artículo 1.4 del vigente Reglamento de Armas (Real Decreto 976/2011, de 8 de julio), al igual que lo sostenía el anterior: “Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Reglamento, y se regirán por la normativa especial dictada al efecto, la adquisición, tenencia y uso de armas por las Fuerzas Armadas, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Centro Nacional de Inteligencia. Para el desarrollo de sus funciones también quedan excluidos los establecimientos e instalaciones de dichas Fuerzas y Cuerpos y del Centro Nacional de Inteligencia”.


Cartuchos de punta hueca de diferente calibre, con el proyectil expandido tras el impacto
Yo no lo sé todo, puede que incluso no sepa nada, por ello quiero preguntar cuál es esa normativa especial dictada al efecto de prohibir, a las fuerzas municipales, este tipo de proyectiles. Por otra parte, me veo en la obligación moral de aseverar que esta cartuchería tendría que ser usada por todos los policías del país, dado que con ella se reducen los riesgos de herir o matar, por sobrepenetración, a terceras personas. Se entiende por sobrepenetración la capacidad que posee un proyectil para atravesar el cuerpo alcanzado, y abandonarlo sin control alguno por parte de quien lo disparó. No sé qué normativa especial se aplica para el veto, pero si realmente existe, aseguro que la han parido el despropósito y la ignorancia en materia de balística terminal.

El mismo reglamento antes citado establece claramente que la munición de punta hueca está prohibida en España, únicamente si se emplea en armas cortas por parte de ciudadanos particulares. Queda salvada la prohibición cuando los usuarios resultan ser funcionarios especialmente habilitados, o sea, aquellos que portan armas de fuego en el curso de sus quehaceres profesionales, cuando estén habilitados para utilizar dicha munición. ¿Quiénes quedarían habilitados? Fácil: los funcionarios que reciben este tipo de cartuchos como dotación reglamentaria. Dicho de otro modo, quienes de manos de la Administración son oficialmente dotados de este material.


Agentes de la policía local de Zaragoza patrullando las calles de la capital maña
Me niego a creer que alguien de la Guardia Civil haya expresado ante el “Heraldo” (último párrafo de la noticia), que sus agentes emplean cartuchos semiblindados para reducir las posibilidades de rebotes y sobrepenetraciones. No me lo creo porque además de ser falso (la inmensísima mayoría de beneméritos utilizan cartuchos blindados), la munición semiblindada se excede perforando cuerpos humanos en la misma proporción que los blindados. Son, a estos efectos, la misma porquería. Y aunque es verdad que algunas unidades del cuerpo emplean munición semiblindada para los registros domiciliarios, ¿qué pasa con el grueso del personal que lo mismo entra en discotecas, casas particulares, o en callejones oscuros persiguiendo a traficantes, ladrones, etc?

Digo, y si hace falta lo grito, que la cartuchería convencional empleada por el 90% de los policías españoles, sin discriminar cuerpo alguno, es altamente peligrosa por riesgo de sobrepenetración. Física y ciencia empírica. Lógica, también.

No hay más que estudiar algunos casos recientes como el denominado “Puerta del Sol”, donde un ciudadano recibió en Madrid un impacto en un ojo, cuando un agente municipal acertó 3 veces en el cuerpo de un homicida con munición semiblindada. Existió exceso de penetración. Lo mismo pasó en Málaga en 2014, cuando un policía nacional murió de una puñalada, mientras otros 2 funcionarios disparaban al criminal, hiriéndolo varias veces. En este suceso, 2 ciudadanos, viandantes ellos, fueron alcanzados por proyectiles policiales, que lo mismo entraron y salieron del organismo del malo, que lo mismo fueron disparos errados (balas perdidas). Y sin irnos de la Costa del Sol: hace pocos meses sucedió algo similar en Mijas durante una intervención llevada a cabo por 2 guardias civiles que tuvieron que disparar, con munición blindada, contra el hostil que los acometió arma blanca en ristre.

¿Por qué tanta reticencia a ver la luz? Si realmente existe una normativa especial que prohíbe el uso de las puntas huecas a los policías, ¡cámbiese esa estúpida norma! No hace falta ser físico para darse cuenta de que la munición blindada y semiblindada es excesivamente peligrosa, para todos. La punta hueca debe ser muy buena y eficaz cuando la usan, por ejemplo, en el Grupo Especial de Operaciones de la Policía Nacional y en la Unidad Especial de Intervención de la GC. ¿Por qué es mala para los patrulleros, cuando estos son quienes estadísticamente más veces disparan contra antagonistas, y más apuros pasan por ser siempre atacados sorpresivamente, con todo lo que ello conlleva?

La fuerza pública del Gobierno catalán ya emplea, y además desde hace varios años, una munición expansiva, no hueca, de primera calidad. Del mismo modo, no pocos cuerpos locales de toda España hacen lo propio con puntas expansivas huecas y no huecas. Quién sabe si en mayo de 2012 no se hubiera evitado la muerte de una mujer, por un tiro en la cabeza, cuando agentes municipales sevillanos de San Juan Aznalfarache se enfrentaron a 2 atracadores, hiriendo a 1 de ellos. También se dio exceso de penetración.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223104
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #897 en: 05 de Enero de 2016, 18:39:43 pm »

La Guardia Civil no autoriza la compra munición de punta expansiva para la Policía Local de Zaragoza


El Ayuntamiento incluyó este tipo de proyectiles en el último contrato de suministro por considerarlos "más adecuados" para la ciudad.

El Ayuntamiento de Zaragoza ha incluido por primera vez los proyectiles de punta expansiva en el contrato para el suministro de munición a la Policía Local. Fuentes municipales y policiales han confirmado haber llegado a la conclusión de que este tipo de cartucho es "más adecuado para su uso en la ciudad" y por eso se contempla su compra en el contrato recién adjudicado a la empresa Beretta Benelli Ibérica S.A.

La munición de punta expansiva para pistolas (equivalente a la de punta hueca) está incluida en el apartado de armas prohibidas del Reglamento de Armas, quedando vedada su compraventa, tenencia y uso "salvo por funcionarios especialmente habilitados". La Ley de Coordinación de Policías Locales de Aragón no contempla en su articulado el uso de este tipo de munición, así que el órgano competente de la Guardia Civil (Intervención Central de Armas y Explosivos) considera que la Policía Local de Zaragoza no está "especialmente habilitada" y no ha autorizado la compra de cartuchos de punta expansiva.

Desde la corporación municipal defienden, sin embargo, la decisión de incluir este tipo de munición en el contrato de suministro para poder disponer de ella en caso de obtener la autorización en un futuro. En el contrato, formalizado el pasado 1 de diciembre, figuran también los cartuchos de punta blindada con los que trabaja por ahora el cuerpo policial, así que de momento serán estos los que se suministren.
 
¿Por qué quieren punta expansiva?
La punta blindada es el tipo de munición que portaban los agentes locales involucrados en el tiroteo registrado el pasado 25 de julio en pleno Casco Histórico de la ciudad. Fuentes internas del cuerpo policial han recordado que fueron necesarios ocho disparos en las piernas para detener el avance del agresor. Destacan, también, el caos que se produjo en la zona como consecuencia de los múltiples rebotes de las balas.

Los cartuchos punta expansiva son los que confirman querer tanto los instructores de tiro, como los sindicatos policiales y el propio Consistorio. Tienen unos cortes en la punta que permiten la deformación y expansión del proyectil en el momento del impacto. Esta cualidad provoca una herida de mayor diámetro en el momento del impacto y durante la penetración por lo que se consideran más lesivas. Al mismo tiempo, la deformación frena el avance de la bala y evita lo que se conoce como 'sobrepenetración', es decir, que la bala atraviese el cuerpo por completo y provoque daños colaterales al rebotar contra otras superficies. "Tienen sus ventajas y sus inconvenientes", aportan fuentes policiales.

Desde el área responsable de Policía Local en el Ayuntamiento subrayan que estas características hacen de los proyectiles de punta expansiva los "más convenientes para el uso en la ciudad", al reducir el riesgo de rebotes en el mobiliario urbano y daños a terceras personas.

Desde la delegación aragonesa de la Confederación de Seguridad Local defienden también el cambio a cartuchos de punta expansiva por considerarlos "ideales" para policías ya que "al expandirse producen un impacto mayor" y así, en caso de tener que usarlos, se "reducirían los riesgos" porque se necesitarían "muchos menos disparos".

Otras comunidades autónomas sí han habilitado a sus policías para portar munición de punta expansiva y ya la usan tanto la Guardia Urbana de Barcelona como la Policía Municipal de algunos barrios de Madrid. La falta de regulación sobre esta materia en Aragón provoca que el ICAE no autorice su compra en Zaragoza. Fuentes de la Guardia Civil en la provincia de Zaragoza han matizado que, para evitar rebotes, ellos usan munición de punta semiblindada en los casos de entradas en domicilio.


Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223104
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #898 en: 02 de Junio de 2016, 14:23:00 pm »
La UICJ interviene en #Carabanchel casi 2000 artículos de armería no autorizados para su venta en tienda de deporte



https://twitter.com/policiademadrid/status/738338616880074756?lang=es


Desconectado porlapiedra

  • Profesional
  • Master Honorario
  • **
  • Mensajes: 1919
  • He vuelto.-
Re: Legislación armas, munición, cartuchería...
« Respuesta #899 en: 03 de Junio de 2016, 00:30:25 am »
manda cojones!!!

Enviado desde mi GT-S5360 usando Tapatalk 2

44RM