Autor Tema: Multas y grúas: medidas recaudatorias?  (Leído 240095 veces)

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1700 en: 04 de Febrero de 2018, 08:24:47 am »
en seis meses 7.266 sanciones y 381.000 euros recaudados
Una empresa se lleva el 43% de las multas de tráfico que Madrid cobra a extranjeros

Desde julio de 2017 el Ayuntamiento tiene la capacidad de tramitar las sanciones de infractores con residencia en el extranjero gracias a una firma italiana, recuperando 57 de cada 100 euros


Foto: Un agente de la policía nacional realiza un control de alcoholemia a una conductora. (EFE)
Un agente de la policía nacional realiza un control de alcoholemia a una conductora. (EFE)
David Fernández

04.02.2018 – 05:00 H. - Actualizado: 7 H.

El Ayuntamiento de Madrid, que dirige Manuela Carmena, ha empezado ya a cobrar las multas de tráfico correspondientes a las infracciones que cometen en las calles de la capital los conductores residentes en otros países. Algo que hasta ahora nunca se había podido llevar a cabo. El Consistorio 'caza' ya a los infractores extranjeros gracias a los servicios de una empresa italiana, Nivi Gestiones, que firmó en 2014 un convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). En los seis primeros meses de funcionamiento (julio-diciembre de 2017) las arcas públicas consiguieron recaudar 381.000 euros tras tramitar 7.266 sanciones por este sistema.

Este servicio tiene un coste. El Ayuntamiento no recauda el 100% del importe de las multas. "La liquidación que mensualmente factura la empresa a los ayuntamientos adheridos al contrato se fija sobre un porcentaje sobre lo efectivamente pagado por los conductores infractores extranjeros. Ese porcentaje está establecido actualmente en un 43%", explica un portavoz municipal. Es decir, que de cada 100 euros, Madrid recupera 57. Teniendo en cuenta que antes no se recaudaba nada, desde el Consistorio recalcan que este servicio es positivo dado lo difícil que es conseguir que los conductores extranjeros cumplan y paguen sus infracciones.

En la vía voluntaria, que incluye un descuento del 50%, ya ha ingresado 84 millones. Madrid ha cerrado 2017 con la cifra más alta de los últimos cinco años: 8.097 sanciones diarias

​El Ayuntamiento de Madrid se sumó el 1 de septiembre de 2014 a un convenio que la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) había creado para facilitar a los consistorios españoles el cobro de las multas de tráfico correspondientes a infractores con residencia en el extranjero. Ese servicio lo presta una empresa italiana (Nivi Gestiones), seleccionada por la FEMP, que se encarga de localizar los domicilios de los conductores y de llevar a cabo la notificación. En cualquier parte del mundo y con independencia del tipo de multa. No solo las infracciones de tráfico, también las del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), los parquímetros.

"Aunque el Ayuntamiento de Madrid está adherido a este convenio desde 2014, las dificultades presupuestarias, algunas dudas técnicas y las gestiones para su puesta en práctica motivaron el retraso en la implantación de esta medida hasta el mes de julio de 2017, cuando comenzaron a notificarse en el extranjero las denuncias a los infractores residentes fuera de España. El envío de notificaciones no se limita a Europa sin que abarca todos los continentes", explican desde el Ayuntamiento. En la comunidad de Madrid (con 179 localidades), pocos municipios se han sumado a este convenio. Aparte de la capital, a la FEMP le consta que también están Torrejón de Ardoz (128.000 habitantes), Algete (20.400) y Navalagamella (2.440).

La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, y la delegada del Área de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés. (EFE)
La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, y la delegada del Área de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés. (EFE)

Como ya publicó El Confidencial, el Ayuntamiento de la capital tiene previsto ingresar 198 millones de euros por multas de tráfico tramitadas en 2017, un 24% más que lo recaudado el año anterior (159 millones de euros). A través de la vía voluntaria, en la que se aplica un 50% de descuento a los conductores, el consistorio ya ha ingresado 84 millones de euros, 10,4 millones más que en 2016. El importe medio es de 56 euros por cabeza. Al pronto pago hay que sumar la cuantía de las sanciones que pasan a la vía ejecutiva (en que los infractores ya no pueden acogerse al descuento), otra fase en la que se espera recaudar otros 114 millones, 28 millones más que en 2016.

El Consistorio ha mejorado su capacidad recaudatoria, incrementando un 11% la vía voluntaria (que lleva descuento) y transfiriendo a la vía ejecutiva 200.000 denuncias más que en 2016 tras salvar los recursos. A esto hay que sumar la notificación de denuncias a conductores extranjeros: 7.266 multas en solo seis meses que han supuesto unos ingresos de 381.429 euros. Porque en número de multas impuestas, estas no se han incrementado en la misma proporción que la recaudación: en 2017 se formularon 2.955.598 denuncias (una media de 8.097 diarias), una subida solo del 0,76% con respecto al mismo periodo de 2016 (2.933.226).

La orgía sancionadora en las cuatro áreas residenciales de Madrid: 1.474 multas al día
David Fernández
En los nueve primeros meses del año, el ayuntamiento ha puesto 402.000 sanciones en las cuatro APR (Cortes, Letras, Embajadores y Ópera), un 134% más que en 2015

Por tipos, casi siete de cada diez denuncias se refieren al Servicio de Estacionamiento Regulado (964.967 multas), aunque estas bajaron un 0,9% respecto a 2016. Las sanciones por acceso no autorizado a Áreas de Prioridad Residencial aumentaron un 14,6% (83.489 más, hasta las 656.577); mientras que las del exceso de velocidad se redujeron un 6,7% (42.769 menos, hasta las 598.284). Las denuncias por superación de semáforos en rojo (foto-rojos) bajaron un 35% (18.000 multas menos), pese a que estos dispositivos se incrementaron en nueve unidades. "La reducción de multas por exceso de velocidad y por los dispositivos foto-rojo, consideradas graves, indican un mayor cumplimiento de las normas de circulación más determinantes en la seguridad vial", señalan desde el Consistorio.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1701 en: 04 de Febrero de 2018, 17:06:49 pm »
Antes lo hacíamos la unidad de atestados sección radar y el 100 por ciento era para el ayuntamiento pero alguien vio negocio y ahora se cobra el 43 por ciento menos

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1702 en: 05 de Marzo de 2018, 17:50:52 pm »
Pero.no sean mal.pensados, no.es por recaudar.....es por nuestra seguridad.




Tráfico recaudó más de 241 millones por multas en los 10 primeros meses de 2017



Del total de sanciones 1.676.589 corresponden a las infracciones por exceso de velocidad detectadas por radares fijos, con las que se recaudaron 75 millones


EFE

05.03.2018 - 17:29
La Dirección General de Tráfico (DGT) recaudó en los diez primeros meses del año pasado 241,2 millones de euros por sanciones, de los que un 31 por ciento correspondieron a infracciones por exceso de velocidad detectadas por los radares fijos.


Además, la cifra de 2017 hasta octubre supone cien millones menos que lo recaudado en todo 2016, cuando se alcanzaron los 340 millones de euros por este concepto.

Son datos que por primera vez Tráfico ha colgado en su web para dar a conocer a los ciudadanos la recaudación por sanciones, entre ellas por exceso de velocidad, y el número de multas impuestas, desde 2012 a octubre del año pasado.

Precisamente, y sin contar 2017 porque aún no hay datos definitivos del año, fue 2016 el ejercicio con menos recaudación, en concreto 50 millones de euros menos que los 390 ingresados por multas en 2015.

Mientras, la cifra de 2014, según los datos de la web, fue de 385 millones, la de 203 alcanzó los 376 y la de 2012 se situó también en 385 millones de euros.

Del total de sanciones hasta octubre del año pasado, 1.676.589 corresponden a las infracciones por exceso de velocidad detectadas por radares fijos, con las que se recaudaron 75 millones

En las tablas estadísticas publicadas se recogen datos por provincias y, entre ellas, destacan los 16,6 millones de euros recaudados entre enero y octubre de 2017 en Madrid; los casi 14 millones de Málaga; los 10 de Sevilla y Valencia o los 9,5 millones de A Coruña.

No se incluyen datos de Cataluña y País Vasco al tener traspasada esta competencia.

Tráfico incluye también estadísticas del número de denuncias totales por infracciones en la carretera, con un total de 3,8 millones en los diez primeros meses de 2017, casi 4,4 millones en 2016 y 4,8 millones en 2015.

1.676.589 multas por exceso de velocidad
Del total de sanciones hasta octubre del año pasado, 1.676.589 corresponden a las infracciones por exceso de velocidad detectadas por radares fijos, con las que se recaudaron 75 millones de euros.

Incluye también la web el listado de los 50 radares que menos respetan y encabeza la lista el situado en el kilómetro 76,300 de la la A-44, en la provincia de Jaén, con 55.304 denuncias por exceso de velocidad entre enero y octubre del año pasado.

Un total de 50.000 infracciones, que fueron denunciadas, ha detectado el radar del kilómetro 59,200 de la N-VI en Segovia; por delante de las 47.000 denuncias del ubicado en la A-7, en el kilómetro 256,7 en Málaga, y las 43.376 del colocado en esa misma autovía a la altura del kilómetro 246




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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1703 en: 10 de Mayo de 2018, 20:22:58 pm »
« Última modificación: 26 de Junio de 2018, 06:41:10 am por 47ronin »

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1704 en: 26 de Junio de 2018, 06:40:44 am »

La grúa municipal se emplea a fondo al sur de Madrid Río

Los barrios de Carabanchel y Usera cercanos a la M-30 concentran más retiradas de vehículos

J. A. Aunión

Madrid 24 JUN 2018 - 20:25 CEST   



Todos los coches que aparecen a la derecha de la fotografía que encabeza este texto están mal aparcados. En la avenida del Manzanares, a la altura del número 222, decenas de conductores creen haber encontrado un truco seguro, un nicho de huecos disponibles para aparcar, aunque sean ilegales. Sin embargo, las autoridades también parecen saberlo, pues justo ese punto de Madrid —ese número de esa calle— es el que acumuló más retiradas de vehículos por parte de la grúa municipal en el primer trimestre de este año (41). Aunque un poco antes, en el 204 de la misma calle, tampoco se quedan cortos (26 retiradas), ni en el 178, justo en el espacio que ocupa un garaje con vado (32).

La grúa municipal se emplea a fondo al sur de Madrid Río

El análisis de la estadística de las más de 10.000 retiradas de coches durante los tres primeros meses de 2018, publicada en el portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento, arroja como primer resultado que la mayor concentración se produce en los barrios de Carabanchel y Usera más pegados a la M-30, a la orilla sur de Madrid Río. Esto es: San Isidro, Opañel, Comillas, Moscardó (donde están los números 178, 204 y 222 de la avenida del Manzanares), Zofio, Pradolongo y Almendrales. “En todas las zonas limítrofes a la M-30 sigue habiendo problemas, porque la gente las usa como una especie de aparcamiento disuasorio fuera de la zona SER [de aparcamiento regulado y de pago dentro de la almendra central]”, explica Jesús Méndez, secretario general del Sindicato de Agentes de Movilidad (Csit).

En este repaso geográfico —confeccionado separando las zonas por códigos postales, y sin contar las retiradas en la M-30 y los accesos de las autovías a la capital—, las siguientes áreas de mayor concentración de recogida de coches están en los barrios de Embajadores, Imperial y Arganzuela (28005); Puerta Bonita, Abrantes y una parte de Vista Alegre (28025); San Diego, Entrevías y los alrededores de Mercamadrid (28053); Malasaña y Chueca (28004); Ventas y Pueblo Nuevo (28017); y Barajas (28042), con especiales acumulaciones en el aeropuerto y en Ifema.

“Hay que tener en cuenta que muchas veces se actúa cuando se producen quejas vecinales”, añade Méndez. Una portavoz del Área de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, de quien depende la grúa, explica que este servicio actúa a petición del “cuerpo de Policía Municipal, cuerpo de Agentes de Movilidad y otros gestores del tráfico”, por lo que de su trabajo depende también, y no solo de la concentración de infracciones, dónde se producen más retiradas.

En general, añade la portavoz, “existen algunas zonas en las que habitualmente se realizan más intervenciones, como Ciudad Universitaria, por el colapso que suponen los vehículos estacionados en las aceras. Las inmediaciones de los hospitales también suelen ser zonas habituales de actuación, ya que es fundamental despejar las vías para asegurar el paso de las ambulancias y servicios públicos”. Dos ejemplos de ello son la calle del Arquitecto López Otero, en la Ciudad Universitaria, y la del Doctor Tolosa Latour, justo detrás del Hospital Doce de Octubre.
La grúa municipal se emplea a fondo al sur de Madrid Río
Sin documentación

Por lo demás, en el primer trimestre de este año la grúa ha retirado 10.815 vehículos, un 9,3% menos que en el mismo periodo de 2017, pero un 10% más que en el mismo periodo de 2016. La razón más recurrente de retirada no es ninguna de las 25 variantes de mal estacionamiento que contempla la estadística (que van desde dejar el coche tapando un vado a hacerlo sobre un paso de cebra o dejarlo abandonado), sino por carecer “de la documentación necesaria para circular”: 1.883 retiradas en el primer trimestre. Esto es, por no tener el permiso de circulación, la ITV, el seguro obligatorio... Si nos fijamos solo en este motivo, las zonas con más visitas de la grúa son casi las mismas que las del ranking general, salvo por los barrios del centro, que se caen de los primeros puestos de la lista en favor de los barrios de Aluche y los Cármenes (28047) y San Andrés, San Cristóbal y Butarque, en Villaverde (28021).

Las siguientes causas más repetidas (de un listado completo de 48) sí son malos estacionamientos: hacerlo “en lugar prohibido debidamente señalizado” (1.524) y “delante de vados correctamente señalizados” (853). Si se suman ambos motivos, también se repiten varios del listado general, pero con menos presencia de los barrios periféricos y mayor de los del centro: los alrededores del paseo del Prado y Atocha (28014) se unen a Embajadores, Imperial y Arganzuela (28005) y Malasaña y Chueca (28004).

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1705 en: 06 de Agosto de 2018, 08:26:21 am »



El 76% del dinero recaudado en multas va a parar a sueldos de la Guardia Civil de Tráfico

El Instituto Armado recibe 356 millones de euros de los 407 cobrados por sanciones, según el Tribunal de Cuentas.
6 agosto, 2018 01:51
 TRÁFICO  DGT DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO GUARDIA CIVIL  MULTAS TRÁFICO
Daniel Montero  @monteroblog
Un total de 407 millones de euros al año. Esa es la cantidad que la Dirección General de Tráfico (DGT) recauda con los 4,8 millones de multas e infracciones que extiende cada año a los conductores españoles. Según el Tribunal de Cuentas, que ha analizado la contabilidad de la institución pública durante 2015, la mayoría de estos fondos va a parar a manos de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Y más en concreto a sus nónimas, a las que se destinan 313 millones de euros anuales procedentes de las sanciones impuestas por agentes y radares de toda España (excepto en Cataluña y País Vasco, donde las competencias están transferidas).

El informe del Tribunal de Cuentas da un toque de atención a la Jefatura Central de Tráfico al considerar que el organismo no aporta los datos "con la fiabilidad necesaria" a la fiscalización del Estado. El citado informe recuerda que según la legislación vigente, el dinero recaudado con las multas de tráfico tiene que ser destinado "íntegramente" a "financiación de actuaciones y servicios en materia de seguridad vial, prevención de accidentes de tráfico y ayuda a las víctimas".

A juicio de los auditores del Tribunal de Cuentas, la información aportada por la DGT impide que se compruebe si la ley se cumple en estos aspectos y el dinero se gasta de forma debida, ya que el organismo no aporta siquiera la base de datos completa de la que se extraen estos números. "Las circunstancias descritas en los dos puntos anteriores impiden dar total fiabilidad a los datos facilitados que, al menos en los campos referidos a cobros y multas pendientes de cobro, no son exactos". De hecho, entre los ingresos y los gastos presentados, hay una diferencia de diez millones de euros. Diez millones cobrados por multas pero que no aparecen por ningún lado en el apartado de gastos.


Una señal anuncia la proximidad de un radar de tráfico.  Efe

Menos de medio millón para las víctimas
Según la documentación presentada por la DGT, la agrupación de Tráfico de la Guardia Civil recibió en 2015 (el año fiscalizado) 356.611.948 euros, de los que 24 millones se dedicaron a inversiones, 14 a "gastos corrientes en bienes y servicios" y el resto a gastos de personal. Además, otros 29 millones sirvieron para financiar los centros de gestión de tráfico, 11 millones a campañas de publicidad y solo 450.000 euros en subvenciones a víctimas de accidentes de tráfico.

El histórico de multas refleja que las sanciones han crecido de forma sostenida entre 2012 y 2015, pasando de 4,1 a 4,8 millones de multas, para bajar de nuevo en 2016, con 4,3 sanciones impuestas.

Según el informe del Tribunal de Cuentas, la Jefatura Central de Tráfico ingresó en 2015 un total de 914 millones de euros. El 45% de ese dinero procede de las multas, pero el 55% restante se consiguió con las tasas que Tráfico cobra por hasta 23 conceptos distintos. El 31% de ese dinero se ingresa por el cambio de titularidad de permisos de circulación, es decir: por las transacciones de vehículos de segunda mano. Eso lleva a la Administración a recibir 172 millones de euros. Además, la Jefatura de Tráfico recibe otros 142 millones por la expedición de permisos de circulación, otros 83 millones por las tasas para obtener cualquier carné de conducir, 73 millones por el paso de vehículos por las ITV y por último otros 44 por la renovación y prórroga de los distintos permisos y licencias de circulación.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1706 en: 21 de Agosto de 2018, 08:51:17 am »

La grúa de Madrid retira ocho veces más coches multados en zona SER desde enero


El Ayuntamiento eleva la presión sobre los infractores reincidentes tras constatar un crecimiento de conductores que aparcan sin pagar
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JAVIER GALÁN
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 DAVID ALAMEDA
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20 AGO 2018 - 12:51   CEST
 

El Ayuntamiento de Madrid se ha puesto firme con los conductores que de forma reiterada se niegan a pagar en las zonas con Servicio de Estacionamiento Regulado (SER). Las retiradas con grúa de los vehículos cuyos propietarios no abonan la tarifa correspondiente se han multiplicado por ocho en el primer semestre de 2018 respecto al mismo periodo del año anterior. Agentes de movilidad, grúas y controladores comenzaron el pasado noviembre a retirar de las calles todos aquellos vehículos que acumulaban más de 100 multas en 2017. Desde entonces se ha ido estrechando el cerco hasta quienes suman 30.


Los 635 vehículos retirados de la vía pública hasta julio por no abonar de forma recurrente el tique de la zona SER suponen una pequeña fracción de los más de 21.500 que las grúas han remolcado a los depósitos municipales en el primer semestre de 2018. Sin embargo, este es, de los casi 50 motivos que contempla la ordenanza para justificar la retirada de la vía, el que más crecimiento ha experimentado. En 2016 se retiraron 85 vehículos. En 2017 fueron 258 y, solo en el primer semestre de 2018, han sido 635.

Estas actuaciones no son nuevas, pues en los primeros años de implantación de los parquímetros también se hizo uso de la grúa para poner límites a los conductores remolones. El pasado otoño se decidió volver a actuar, tras el análisis de los datos con los que cuenta el Ayuntamiento: “Se observó que aumentaba el número de conductores que de forma reincidente aparcaba sin una autorización de estacionamiento”, explica una portavoz del área de Movilidad.


Retiradas de vehículos por acumulación de multas en la zona SER
Vehículos transportados por la grúa a los depósitos municipales por haber estacionado en lugares con limitación horaria sin colocar el distintivo o cuando se rebase el tiempo


Fuente: Ayuntamiento de Madrid. | EL PAÍS

 

Por zonas de Madrid
En 2018, en la zona SER



Fuente: Ayuntamiento de Madrid. | EL PAÍS

En el gráfico contiguo, que muestra las retiradas por día, se observa el cambio producido a partir de noviembre del año pasado, según los datos publicados por el portal de datos abiertos del Ayuntamiento. De acumular, a lo largo de 2016, 16 semanas sin una sola retirada se ha pasado a que en 2018 hayan sido solo tres días en los que no se ha intervenido, sin contar fines de semana ni festivos. Febrero, con 127 actuaciones, ha sido el mes que más movimientos ha registrado en lo que va de año.

Calendario de las retiradas de la grúa
 

Por haber estacionado el vehículo en “lugares con limitación horaria sin colocar el distintivo o cuando se rebase el tiempo”

Fuente: Ayuntamiento de Madrid. | EL PAÍS

El tiempo que tardan los propietarios en ir a recoger los vehículos a los depósitos municipales indica que no están abandonados. De los 635 vehículos retirados hasta junio, tres de cada cuatro propietarios los sacaron del depósito municipal entre el mismo día de la retirada y al siguiente. Casi todos los vehículos, el 85%, acaban en los depósitos de Colón y El Recuerdo (Chamartín). Para poder liberar los turismos se debe abonar una tarifa de unos 150 euros por el servicio de la grúa, más 1,85 euros por hora que haya pasado en el depósito hasta un máximo de 19,20 euros al día.

Los esfuerzos comenzaron por enfilar a los muy reincidentes: aquellos vehículos que acumulaban más de 100 denuncias en lo que iba de 2017. Puesto coto a estos, se pasó a actuar contra los que habían recibido más de 50 denuncias en los últimos 12 meses. Actualmente se retira por este motivo los vehículos que tienen más de 30, según explica la portavoz de Movilidad, que reconoce que existe flexibilidad: “Trabajar en la calle supone actuar con mucha diligencia. No se puede aplicar el mismo criterio a todas las horas, en todas las zonas, en todos los periodos del año.”

Por esta adaptación a las circunstancias, la colaboración entre los tres cuerpos se ha pausado durante el verano. “Se aplica esta forma de trabajo cuando se observa que aumentan los reincidentes, pero no existe un protocolo como tal. Ahora mismo la colaboración se ha pausado, pero puede volver en septiembre”, cuenta Jesús Méndez, secretario general del Sindicato de Agentes de Movilidad (Csit).

¿Cómo puede alguien acumular más de 100 denuncias en un año? “Bueno, es así, hay gente que no lo suele pagar”, explica Méndez. Acumular papeles en la guantera es una cosa, pero quedarse sin el coche es otra. “Y esto no es nada, al principio del SER, había quien acumulaba miles. Gente que tenía el coche domiciliado fuera de Madrid. Ahora también se envían las denuncias al resto de provincias”.

El procedimiento de retirada es sencillo, como explica Méndez: “Por ejemplo, un coche que es denunciado de forma recurrente durante cuatro semanas seguidas. Cuando el controlador del SER consulta la matrícula conoce cuántas denuncias acumula ese vehículo. El controlador se pone en contacto con los agentes de movilidad y con grúas para retirar el vehículo, que se remolca a la base que corresponda. Las otras denuncias no se cobran, de eso se encarga gestión de multas: solo se retira el vehículo.”

PROHIBIDO DEJAR VEHÍCULOS DESATENDIDOS
Los coches no pueden dejarse desatendidos en la calle ni permanecer mucho tiempo sin cambiarlos de sitio. La ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento recoge la prohibición de estacionar un vehículo “en un mismo lugar de la vía pública durante más de cinco días consecutivos”, aunque matiza: “Sólo se computará los días hábiles, excluyéndose los sábados, los domingos y los declarados festivos”. Además, los propietarios deben “cerciorarse” cada 48 horas de que su vehículo no ha pasado a estar mal aparcado por un cambio en las condiciones “como consecuencia de cualquier de señalización u ordenación del tráfico”. Así ocurre cuando se conceden permisos por los que se reservan espacios para obras o mudanzas.


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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1707 en: 21 de Agosto de 2018, 11:43:14 am »
Tenemos un servicio de una pareja destinada exclusivamente a partir de las 10:00 para este menester. Se dejó de dar ese servicio porque a los srs. del SER no les salió de los mismísimos compartir la base de datos de esos vehículos y por ende los agentes no actuaban por no tener certeza del hecho.
Así mismo, conmigo que no cuenten-


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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1708 en: 21 de Octubre de 2018, 07:06:33 am »

Los juzgados ya están colapsados por los recursos para anular multas no notificadas en domicilio



Fecha
20/10/18access_time 1:05

La sentencia del Supremo sobre el impuesto de las hipotecas amenaza con hacer caer sobre el sistema judicial otra avalancha de demandas. Se sumarán a las que ya se tramitan por las cláusulas suelo. Pero, además, la nueva oleada llega con los juzgados ya colapsados por los recursos que se acumulan para anular multas mal notificadas.

Los principales despachos de abogados, que en los últimos cinco años han dirigido reclamaciones contra los bancos por la comercialización de todo tipo de productos, han comenzado a preparar nuevas campañas publicitarias para atraer clientes tras el fallo sobre el impuesto de las hipotecas.
Nuevo frente judicial: multas mal notificadas

Por si esto fuera poco, según ha podido saber Confidencial Digital por fuentes de la Administración de Justicia, los bufetes especializados en la defensa de los consumidores y usuarios tienen en marcha otro frente judicial, que se lleva tramitando desde hace varios meses en los juzgados de toda España.

Una sentencia, dictada el pasado mes de febrero, por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 21 de Madrid, condenó a la DGT a devolver los puntos detraídos a un automovilista al que Hacienda había anulado previamente una multa por estar mal notificada.

Era el primer fallo que se producía en España en este sentido. Abrió la puerta desde entonces a que casi 10.000 conductores puedan recuperar cada año los puntos que, tanto Tráfico como los ayuntamientos, detraen indebidamente por multas mal tramitadas.

Aluvión de recursos para anular sanciones

A raíz de esta sentencia, según ha podido saber Confidencial Digital por varios despachos de abogados, los recursos presentados en los juzgados para que se declaren nulos procedimientos administrativos que conllevaron multas y que no fueron notificadas a los infractores en los domicilios correctos, se han disparado en los últimos tres meses.

Un volumen que, en los bufetes de abogados consultados por ECD, no dudan en calificar de “verdadero aluvión”. La razón de la elevada cantidad de reclamaciones es que afecta a sanciones, de todo tipo, anulables porque sólo han sido publicadas en boletines oficiales.
Comienzan a registrarse sentencias favorables

Hace sólo unos días, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional anuló también una sanción de 301 euros impuesta a una vecina de Sevilla por organizar una manifestación sin permiso.

La multa nunca le fue notificada, sino que se dio por buena la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP), que el TC ha considerado ahora “insuficiente”.

Asimismo, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Valladolid acaba de declarar nula una sanción impuesta a un empresario por haber sido publicada sólo en el Boletín Oficial del Estado, en lugar de haberle sido notificada en su domicilio fiscal o en el domicilio que consta en el padrón. Esa circunstancia, concluye, provocó su “indefensión”.
No sirve publicarlas sólo en los boletines oficiales

El Tribunal Constitucional ha establecido que, entre las garantías del derecho a la defensa que recoge el artículo 24 de la Constitución, están los derechos a ser informado de la acusación.

Eso exige que el ciudadano sea emplazado o le sean notificadas debidamente las multas. Sólo así podrá disfrutar de una efectiva posibilidad de defensa frente a la infracción que se le imputa y, además, requiere que la Administración siga un procedimiento en el que el denunciado tenga oportunidad de aportar y proponer las pruebas que estime pertinentes y de alegar lo que a su derecho convenga.

El TC ha destacado también la exigencia del emplazamiento o citación personal de los interesados, siempre que sea factible, por lo que el emplazamiento edictal constituye un remedio último o de carácter supletorio y excepcional, ya que ningún ciudadano está obligado a leer a diario los boletines oficiales para ver si en ellos aparece su nombre.
Una de cada tres multas de tráfico está mal notificada

Según el volumen de multas que cada día se publican en el Boletín Oficial del Estado, y los datos del último informe de auditoría de las cuentas anuales de la DGT de 2016, se estima que una de cada tres multas que se tramitan en España esta mal notificada. Y por tanto es anulable.

Teniendo en cuenta que, de ellas, el 1% conlleva pérdida de puntos, 45.000 conductores cada año estarían perdiendo puntos sin que nadie se lo estuviera advirtiendo antes.
ar informado con el Boletín Diario en mi correo

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1709 en: 29 de Octubre de 2018, 14:58:52 pm »
El Ayuntamiento de Madrid garantiza que el servicio de grúas trabajara siempre con un agente de la autoridad


Los representantes de CCOO, David Jabato, Secretario de la FSC-Madrid, Juanjo Regatos, responsable de la Secretaria de Políticas Públicas y Sectoriales, y Juan Carlos Alonso en representación de la sección sindical de CCOO-EMT, mantuvieron una reunión con la delegada del Área de Gobierno de Medioambiente y Movilidad Inés Sabanes a la cual asistió también el gerente de la EMT Álvaro Heredia, para tratar la nueva ordenanza de movilidad en lo referente a las grúas municipales.

17/10/2018.

El motivo de esta reunión no era otro que la controvertida aprobación en el pleno del pasado 5 de octubre de la nueva ordenanza de movilidad sostenible, y mas concretamente sobre el articulo 251 punto 5, donde se hace referencia a la facultad que se confiere a los conductores de grúa para poder retirar vehículos de la vía publica sin presencia policial.

Manifestamos nuestro profundo malestar sobre esta incorporación en la ordenanza, alegando la indefensión tanto física como jurídica a la cual se verían sometidos dichos conductores. Admitiendo la gravedad de la situación que se podía dar, sostuvieron que en ningún momento esto estaba dirigido a la puesta en marcha de un servicio conocido como grúa exprés y a su vez reconocieron, que al ser una ordenanza tan amplia y farragosa se podría haber pasado por alto las posibles consecuencias de este artículo, al igual que su propia incorporación. Hubo un firme compromiso para conocer mediante petición a la Comisión Técnica encargada de la elaboración de esta ordenanza de quien y por que se ha implementado.

Destacando lo más positivo, es que sacamos el férreo compromiso, aprovechando de la bondad de esta ordenanza que admite modificaciones al ser viva, se va a buscar de momento una interpretación para que los conductores no carguen sin presencia de la autoridad bajo ningún concepto, mediante apertura de la correspondiente instrucción y que tiene que desembocar en la total supresión de este artículo a la mayor brevedad posible. La sección sindical de CCOO-EMT permanecerá atenta para que estas palabras concluyan en hechos.

Esta sección sindical se reserva el derecho de iniciar el correspondiente contencioso contra el Ayto. mediante la oportuna denuncia en nuestros servicios jurídicos por si el hecho en si fuera constitutivo de algún tipo de delito o acto ilegal, todo ello en base a la sentencia del TSJ andaluz que obligo a retirar de la propia ordenanza de movilidad en Sevilla un articulado similar a la que nos ocupa.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1710 en: 08 de Diciembre de 2018, 15:15:40 pm »
Multado con mil euros el conductor que circuló con un patinete eléctrico por Barcelona


 En el vehículo montaban dos personas, lo cual está prohibido

 Los jóvenes fueron grabados por un taxista que circulaba a 60 km/h

Por EUROPA PRESS
07 dic 201814:56


De verde, el joven multado con mil euros por circular por la avenida Diagonal de Barcelona EUROPA PRESS
La Guardia Urbana de Barcelona ha multado con 1.000 euros al conductor del patinete eléctrico que circuló a gran velocidad por la avenida Diagonal de Barcelona y con una pasajera.


Los mil euros corresponden a dos infracciones graves de la normativa de circulación de estos vehículos: una por circular con dos personas montadas en el patinete -es para una- y otra por hacerlo por la calzada, han detallado fuentes municipales este viernes.


Las mismas fuentes han señalado que el joven no ha podido ser multado por exceso de velocidad porque no se ha podido certificar su existencia "por medios propios de la Guardia Urbana", aunque un taxista que circulaba a más de 60 kilómetros por hora y también ha sido identificado los grabó y circulaban a una velocidad ligeramente inferior.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1711 en: 14 de Diciembre de 2018, 06:23:29 am »

La policía pone 1.450 multas por la contaminación

Unos 600 conductores fueron denunciados por circular pese a tenerlo prohibido

F. Javier Barroso
Madrid 14 DIC 2018 - 00:05 CET   


La Policía Municipal de la capital puso unas 1.450 multas en el segundo día del episodio de contaminación que se ha registrado esta semana. En esa jornada entró en vigor el llamado escenario 2 que prohibía la circulación y entrada de vehículos sin distintivo de emisiones de la Dirección General de Tráfico (DGT). Este se corresponde con los vehículos más antiguos y, por tanto, más contaminantes.

El grueso de las denuncias (850) correspondió a excesos de velocidad detectadas por los radares de la Policía Municipal. El límite se redujo a 70 kilómetros por hora en la M-30 y en los accesos por las autovías radiales desde la M-40. El coste mínimo de estas denuncias es de 100 euros, que se queda a la mitad en el caso del pago voluntario.

Los agentes de los distritos de la almendra central —los situados en el interior de la M-30— incoaron unos 600 boletines de denuncias a vehículos que desoyeron las prohibiciones de no circular. Se trata de vehículos antiguos: los de gasolina matriculados antes del año 2000 y de diésel anteriores a 2006. Estas restricciones también afectan a las motocicletas. Al carecer de los distintivos de la DGT, tenían vetado la entrada en la zona central de la capital.

La cuantía de la multa por circular en este área con un vehículo antiguo es de 90 euros, que puede reducirse a la mitad si se paga en el periodo voluntario. Pese a que la entrada en vigor de estos distintivos no será obligatorio por parte de la Dirección General de Tráfico hasta el 24 de abril de 2019, el Ayuntamiento de Madrid ya ha comenzado a utilizarlo en episodios de alta contaminación.
Este número de multas se refiere solo a la Policía Municipal. Aparte están las de los agentes de movilidad, que también se encargan de regular el tráfico y la circulación. En estos episodios de contaminación, acostumbran a colocar los radares en los puentes de la M-30 y en las vías de acceso para sancionar los excesos de velocidad de los conductores.



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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1712 en: 27 de Diciembre de 2018, 07:43:49 am »


Descienden un 14% las multas de tráfico en Madrid en 2018

        JOSÉ MOLINA

    27 dic. 2018 02:30


La cifra de multas en la ciudad de Madrid hasta el pasado mes de octubre -2.108.957- ha descendido un 13,6% en comparación con los mismos meses de 2017, según los datos hechos públicos por el Consistorio madrileño en su Portal de Transparencia.

Estas cifras rompen la tendencia ascendente que comenzó en 2015, coincidiendo con las nuevas medidas implantadas por Ahora Madrid en el Gobierno municipal -la reducción del límite de velocidad en tramos de la M-30 y la implantación de una nueva APR en la zona de Ópera-, y que supusieron, entre otros motivos, un incremento del 23% (2016) y del 28% (2017) en el número de multas con respecto a las 2.246.259 sanciones registradas en todo 2015.

Cerca de la mitad de las denuncias de este año (1,1 millones) se deben a mal estacionamiento. Le siguen, con el 24%, las multas por acceder a zonas de circulación restringida -Área de Prioridad Residencial (APR)- del centro de la ciudad y con el 20% las sanciones por exceso de velocidad. El 5% restante atiende a diversas razones, entre las que destacan rebasar semáforos en rojo, utilizar dispositivos móviles o conducir bajo los efectos del alcohol y drogas.
Aparcar mal en zona SER

En lo que va de año, el 83% de todas las multas de estacionamiento en la ciudad fueron en zonas SER, dentro del área de la M-30. No hay una esquina del centro de Madrid donde los vigilantes del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) no controlen el estacionamiento de vehículos. Las multas que ponen pueden ser por numerosas razones: tener el tícket caducado, no tener tícket en zona verde o azul, aparcar en sitios donde no está permitido, aparcar en doble fila...

Fuente: Ayuntamiento de Madrid

La proporción de multas respecto al número de plazas de aparcamiento, sin embargo, varía ampliamente entre barrios. De los cinco barrios con mayor tasa de multas, cuatro están en el distrito de Salamanca (Recoletos, Castellana, Lista y Goya). El ránking lo encabeza el barrio de Sol con 17 multas al mes por plaza, pese a que en esta zona sólo hay 357 plazas de aparcamiento frente a las 2.426 que hay distribuidas, por ejemplo, en Recoletos.

Por contraposición, en otras zonas más alejadas del ajetreo turístico y del tráfico bullicioso, como los barrios de Imperial, en el distrito de Arganzuela, o La Paz, en el distrito de Tetuán, el promedio de multas en sus plazas es hasta siete veces menor que en los ya mencionados del distrito Salamanca.

Si nos centramos en puntos concretos, los alrededores de la zona del Rastro los domingos, del hospital Gregorio Marañón, del Museo del Prado, o algunas zonas cercanas al Paseo de la Castellana, sobre todo entre Plaza Castilla y el estadio Santiago Bernabéu, también muestran alta densidad de multas.

Por ejemplo, en los tramos de calles que rodean el estadio Santiago Bernabéu -Paseo de la Castellana, calle de Rafael Salgado, Avenida de Concha Espina y calle del Padre Damián y plaza de los Sagrados Corazones- se han acumulado 6.654 multas del SER.
Los diez radares que más multan

El exceso de velocidad es, con 406.218 sanciones, la tercera mayor causa de multas en Madrid pese a un descenso del 20,6% con respecto al año anterior. De los diez radares fijos que más multas han registrado (25% del total de multas por velocidad) siete se encuentran en la M-30. De hecho, en un pequeño tramo entre los kilómetros 19,06 y 19,8 ha habido algo más de 100.000 multas, que implican más de cinco millones de euros en sanciones de haberse cobrado el importe reducido. Fuera de la M-30, el radar situado en la A-5 al final del túnel de la avenida de Portugal acumula 30.263 multas.

En la ciudad, los dos radares más prolíficos en sancionar están ubicados en el número 115 del Paseo de Santa María de la Cabeza y en el 300 de la Castellana, donde la velocidad máxima es de 50 km/h.

Fuente: Ayuntamiento de Madrid
Madrid Central y la nueva ordenanza de movilidad

El próximo año 2019 el mapa de multas podría variar, ya que el Ayuntamiento ha introducido cambios significativos en movilidad. Una de las principales apuestas ha sido la entrada en vigor de Madrid Central, la nueva delimitación de área de circulación restringida. Hasta el 30 de noviembre había cuatro zonas (Cortes, Embajadores, Ópera y Letras) que en sus perímetros alertaban con grandes señales la entrada en una APR. Ahora estas zonas que durante el año han registrado más de 440.000 multas en 208 localizaciones distintas, un 14,3% menos que en 2017, se han fusionado y ampliado hacia el norte integrando a los barrios de Justicia (Chueca) y Universidad (Malasaña).

Por el momento, Madrid Central está en fase de campaña informativa y desde diciembre de 2018 hasta el 28 de febrero de 2019 no se sancionará económicamente a los conductores que accedan al área de forma indebida. Durante la transición se han paralizado también las multas por acceso a las APR ya existentes.

Desde el Área de Medio Ambiente y Movilidad opinan que el nuevo contorno de Madrid Central es más intuitivo que el de las antiguas APR, por lo que esperan evitar muchas multas por error al acceder al perímetro, aunque éste ahora sea mucho más grande.
Multas a patinetes eléctricos

Otra de las polémicas de este año ha sido el de la circulación de patinetes eléctricos. Desde que llegaron a las calles de Madrid en verano, no ha quedado muy claro cuál era su estatus: ¿debían ir por la acera o por la calzada? Según el Ayuntamiento, hasta la nueva ordenanza, las multas a patinetes y a otros Vehículos de Movilidad Urbana (VMU) no han tenido una categoría específica en materia de denuncias y ha habido un vacío legal respecto a los mismos. En caso de que hayan sido denunciados por infracciones de circulación, las denuncias han sido incluidas bajo la categoría de "patines, monopatines o similares circulando por la calzada o por la acera a mayor velocidad que la de los peatones". A finales de octubre de 2018 había 62 denuncias por estos temas, mientras que en el mismo periodo en Barcelona ya se han multado más de 3.000 veces a usuarios de patinete eléctrico. La Policía Municipal asegura que se ha multado a este tipo de vehículos, pero los datos no estarán disponibles hasta principios del próximo año.




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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1713 en: 27 de Diciembre de 2018, 16:33:07 pm »
Puede ser que el descenso de las denuncias por velocidad sea debido a que no son firmadas por agentes de la autoridad encargados de la seguridad vial como marca la ley si no por personal del iam

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1714 en: 27 de Diciembre de 2018, 18:11:44 pm »
Puede ser que el descenso de las denuncias por velocidad sea debido a que no son firmadas por agentes de la autoridad encargados de la seguridad vial como marca la ley si no por personal del iam

Creo que eso ya quedó aclarado en 2015...existe una recomendación, que seguramente fue rechazada por la administración denunciada y....punto pelota, se puede externalizar...ademas, si se fija en la recomendación dice "Encomendar la instrucción de los expedientes sancionadores directamente a los funcionarios públicos."
...un miembro del IAM es un funcionario público especialmente habilitado.




Externalización del sistema de control de velocidad mediante radar.

Tipo de actuación: Recomendación

Fecha: 25/05/2015

Administración: Ayuntamiento de Parla (Madrid)

Respuesta de la Administración: Rechazada

Queja número: 15001400
Texto

Esta Institución inició las correspondientes actuaciones tras conocer que ese Ayuntamiento había externalizado el control de velocidad mediante radar a una empresa privada a la que retribuye únicamente a través de un porcentaje de la recaudación obtenida por las multas.

En repuesta a la solicitud de información cursada, ese Ayuntamiento ha explicado que el 27 de marzo de 2014 se adjudicó al contrato a la UTE formada por las empresas BILBOMÁTICA, S.A. y FRANCE TELECOM ESPAÑA, S.A.U. El objeto del contrato es la gestión de la movilidad en determinadas vías urbanas y el servicio de gestión de sanciones dentro del término municipal de Parla por una duración de cuatro años renovables hasta un máximo de seis.

En el pliego de prescripciones técnicas se detallan las funciones que se atribuyen al adjudicatario entre las que se encuentran, entre otras, las siguientes:

– Iniciar el correspondiente expediente de denuncia.

– Notificar las denuncias de manera telemática.

– Proceder a la sustitución del titular del vehículo inicialmente demandado por el que sea efectivamente responsable de la conducción.

– Realizar notificaciones masivas.

– Recepcionar los acuses de recibo.

– Comprobar si las notificaciones se han cumplimentado correctamente.

– Elaborar y mecanizar informes y propuestas de resolución para su consideración y firma por el instructor de los expedientes.

– Crear y mantener una base de datos de infractores.

– Realizar todas las gestiones necesarias para la averiguación de los datos de los titulares de los vehículos a través de consultas realizadas al padrón municipal de habitantes de Parla.

– Emitir y elaborar los documentos a notificar, desde los actos de trámite hasta las propuestas de resolución que sean necesarias para la correcta tramitación del procedimiento sancionador.

Para la realización de las actividades encomendadas, la empresa adjudicataria deberá contar con personal a tiempo completo y dedicación exclusiva “con la titulación adecuada y conocimientos en materia jurídica, y concretamente sobre procedimiento sancionador de tráfico”.

La retribución a las empresas adjudicatarias se fija en el siguiente importe:

– Para el primer año: en un porcentaje del 64% sobre los ingresos efectuados en concepto de multas o sanciones de tráfico, en período voluntario.

– Para el segundo año y siguientes la empresa se compromete a percibir un porcentaje del 60% sobre los ingresos efectuados en concepto de multas o sanciones de tráfico, en periodo voluntario.

– Para toda la duración del contrato: se comprometen a percibir un porcentaje del 99% sobre los recargos efectuados de los ingresos en periodo ejecutivo en concepto de multas o sanciones de tráfico.

Desde la entrada en vigor del contrato, según los datos facilitados por el Ayuntamiento, se han tramitado 14.614 expedientes, que han dado lugar a unas 3.700 reclamaciones y recursos. El importe medio de la sanción asciende a 82,61 euros con importe reducido (en período de pago voluntario) y a 165,23 euros sin bonificación.

Consideraciones

A juicio de esta Institución, la atribución a una empresa privada de funciones que comportan el ejercicio de autoridad pública plantea problemas de compatibilidad con el artículo 301 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, que aprueba la Ley de Contratos del Sector Público, precepto que prohíbe que sean objeto de un contrato de servicios los “que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos”.

Entre las funciones que implican el ejercicio de autoridad pública figura el ejercicio de la potestad sancionadora. En este sentido, como ha establecido el Informe de la Junta Consultiva de Contratación nº 2/2006 de 24 de marzo, “son funciones públicas que ponen de manifiesto la soberanía de la Administración. Es más, en ellas subyace una potestad jurídica de carácter exorbitante que, en último término, puede dar lugar a la imposición de una sanción, y de todos es sabido que la doctrina unánimemente entiende que la potestad sancionadora implica el ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos”.

La potestad sancionadora no es un fin en sí mismo que pueda ser externalizado a una empresa privada, y convertido en un negocio, sino que es un medio al servicio de otros fines superiores de interés general, generalmente de carácter preventivo. En este caso, el control de velocidad es un medio para salvaguardar otros bienes y derechos susceptibles de protección constitucional: la vida y la integridad de las personas.

La garantía de imparcialidad que precisan los ciudadanos en el ejercicio de la potestad sancionadora se ha concretado en varios preceptos legales que reservan el ejercicio de estas potestades a funcionarios de carrera. El artículo 103.3 de la Constitución que dispone que la Ley “regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones”.

En definitiva, los ciudadanos tienen derecho a que los procedimientos sancionadores sean instruidos por personas independientes que sirvan con objetividad a la ley y al interés general y son varios los preceptos legales que reconocen este derecho.

La Ley 7/2007, de 12 de abril por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, en su artículo 9.2 establece que “en todo caso, el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las administraciones públicas corresponde exclusivamente a los funcionarios públicos, en los términos que en la ley de desarrollo de cada Administración pública se establezca”.

En el ámbito local, la Ley de Bases del Régimen Local, en su artículo 92.3 establece que “corresponde exclusivamente a los funcionarios de carrera al servicio de la Administración local el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales. Igualmente son funciones públicas, cuyo cumplimiento queda reservado a funcionarios de carrera, las que impliquen ejercicio de autoridad, y en general, aquellas que en desarrollo de la presente Ley, se reserven a los funcionarios para la mejor garantía de la objetividad, imparcialidad e independencia en el ejercicio de la función”.

Desde el Ayuntamiento se insiste en que el contrato reserva al Consistorio el ejercicio de todas las funciones que, por implicar ejercicio de autoridad, corresponden a los funcionarios públicos, como lo demuestra el hecho de que mediante acuerdo del Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana y movilidad de 1 de julio de 2014, se nombró a una funcionaria municipal perteneciente al grupo A1 “instructora con carácter general de todos los expedientes que se tramiten en el ejercicio de su potestad sancionadora por el Ayuntamiento de Parla, sin perjuicio de aquellos que por su especificidad o complejidad aconsejen el nombramiento de otro instructor”.

Para esta Institución, difícilmente puede aceptarse que los derechos de los ciudadanos derivados de la reserva del ejercicio de autoridad a un funcionario público vayan a quedar garantizados en una situación como la descrita, en la que a un solo funcionario se responsabiliza de la instrucción de 14.614 expedientes, que han dado lugar a unas 3.700 reclamaciones y recursos, según los datos facilitados por ese Ayuntamiento. Además, como ya se ha indicado, el pliego de condiciones técnicas atribuye a las empresas la función de “elaborar y mecanizar informes y propuestas de resolución para su consideración y firma por el instructor de los expedientes”.

Instruir un expediente sancionador no puede quedar limitado a estampar la firma sobre una propuesta de resolución elaborada por una empresa. Al instructor, como garante del interés general, se le atribuye, entre otras, la misión de velar por la veracidad y exactitud de los datos que contiene el expediente y por el respeto de los derechos de los ciudadanos y está sujeto a la correspondiente responsabilidad.

Además la lectura del pliego de prescripciones técnicas pone de manifiesto como se están atribuyendo a las empresas adjudicatarias funciones que claramente exceden de la colaboración y asistencia técnica y que implican el ejercicio directo de funciones de autoridad. Por ejemplo, las cláusulas incluyen la posibilidad de que la empresa acceda directamente a los datos del padrón municipal, lo cual es una función que implica el ejercicio de autoridad inherente a los funcionarios públicos, según expresa el
Informe 52/09 Junta Consultiva de Contratación Administrativa.

Decisión

Por lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, procede formular la siguiente:

RECOMENDACIÓN

Encomendar la instrucción de los expedientes sancionadores directamente a los funcionarios públicos.

En espera de la remisión de la preceptiva información, en la que se ponga de manifiesto la aceptación de esta RECOMENDACIÓN, o en su caso, de las razones que se estimen para no aceptarla, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1715 en: 09 de Febrero de 2019, 06:36:07 am »

Cómo saber si tengo multas de tráfico

En los últimos años, la DGT puso a disposición de los ciudadanos un tablón edictal, en el que sólo con meter los datos personales se podrá comprobar si tenemos alguna sanción

Vozpópuli


Publicado 08.02.2019 - 16:27
Actualizado8.2.2019 - 16:30

Más de 14 millones de resultados. Son los datos que arroja Google a la pregunta cómo saber si tengo multas. El problema es que muchas de las páginas que aparecen posicionadas son compañías o particulares que, por un módico precio, te sacan de dudas.

Sin embargo, saber si tenemos una deuda con la DGTpor alguna infracción, es totalmente gratis.

La respuesta está en el TESTRA, que es el Tablón Edictal de Sanciones, perteneciente a la Dirección General de Tráfico. Es, simplemente, un buscador en el que tan sólo hace falta introducir la matrícula, DNI o nombre y apellidas para saber si estamos en el listado de los 925 organismos que existen con competencia sancionadora en materia de tráfico.

Qué es, exactamente, el TESTRA

Se trata de un tablón electrónico en el que cualquier ciudadano puede consultar las notificaciones que tengan que ver con multas de tráfico y que hayan sido interpuesta por la propia DGT, un Ayuntamiento o los servicios de tráfico de Cataluña y País Vasco. Se recogen aquí las que no hayan podido notificarse al ciudadano por estar ausente en su domicilio o bien, por haberlo cambiado y no comunicarlo.

Según explica el medio especializado, Automoción, la notificación de sanciones a través del TESTRA, entró en vigor en la Ley 18/2009 de 23 de noviembre. Los fallos y la lluvia de denuncias -como consecuencia de no haber comunicado bien la sanción- obligaron al organismo a reforzarse.

Así en junio de 2015, entró en vigor la Ley 15/2014, por el que se configuraba el Tablón Edictal único a través del Boletín Oficial del Estado (BOE).
Cómo ver si tengo multas

Ahora que ya conocemos la utilidad del TESTRA, podemos proceder a a ver si tenemos alguna multa pendiente.

El acceso a la página puede ser mediante certificado digital o sin el. Es importante recordar que este tipo de documento sólo es válido desde el mismo navegador y mismo ordenador. Es decir, que si disponemos de él en nuestro portátil personal, sólo podremos usarlo desde ese dispositivo. Lo normal es, pues, acceder sin certificado digital.

El tablón edictal para comprobar si tenemos denuncias

https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/alguna-multa/consulta-tablon-edictal-testra/

Una vez dentro, aparecerá una ventana emergente que te da la opción de elegir los criterios de búsqueda (DNI o nombre, apellidos y matrícula). Además de saber si tienes alguna multa, se podrá ver en qué estado se encuentra.

Es importante también atender a los tiempos:

    Multa vigente: no han pasado 20 días naturales desde la publicación. En este momento se aplica el 50% si se procede al pago.
    Multa no vigente: ha pasado el plazo de descuento. La multa se verá en el tablón durante un año.

¿Hay otra forma de que me avisen de las multas?

Sí. Esta opción también la da la DGT. Existe la posibilidad de recibir en el e-mail el aviso de notificaciones de multas. Es lo que se conoce como la DEV (Dirección Electrónica Vial). Un servicio gratuito y voluntario para particulares.

La cosa está en darse de alta en este apartado. Así, nos podemos dar de alta en aquí y cada vez que se produzca una notificación, recibirá un aviso en su correo electrónico, e incluso en su móvil mediante SMS (si antes ha facilitado el número, claro).
No quiero que mis datos sean públicos en el TESTRA

Realmente, no existe la opción de que nuestros datos aparezcan en el TESTRA, pero sí que podemos hacer que sólo seamos nosotros, quienes veamos nuestras propias notificaciones.

Se puede hacer si nos damos de alta en "la lista de excluidos". En este caso, sólo el interesado podrá acceder a sus edictos.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1716 en: 14 de Febrero de 2019, 07:06:34 am »

REUNIÓN CON EL GENERAL JEFE
Por qué la Guardia Civil te seguirá multando tanto (aunque ellos no quieran)

La Guardia Civil ha cuestionado algunas medidas laborales, entre ellas el sistema de productividad, entre cuyas actividades está la de multar infracciones en la carretera

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13/02/2019 18:17 - Actualizado: 13/02/2019 21:36

¿Es una cuestión de sofocar los accidentes en los puntos negros de las carreteras españolas o económica? La Comisión de Tráfico de AUGC (Asociación Unificada de Guardias Civiles) se ha reunido esta semana con el general jefe de Tráfico para solicitar algunas mejoras y cambios laborales. Y las negativas que se han encontrado en todos los puntos han sido las esperadas… El primero de esos puntos es el que afecta directamente al bolsillo del conductor (el resto afecta a su seguridad, aunque sea de manera indirecta), el de la imposición de multar sí o sí, y no se va a modificar.

“A pesar de insistir vehementemente en este punto, NO tienen intención de modificar el sistema por el que se abonan los incentivos al rendimiento (productividad), por considerarlos justos y premiar con equidad a los agentes que lo merecen”, señalan en un comunicado desde la AUGC, en el tema de los incentivos. Entre dichos incentivos hay valores como el de los kilómetros de vigilancia que se realizan, los controles de transporte, los controles de alcoholemia y drogas, auxilios y rescate, horas de servicio, investigación/detenidos por accidente, horas de asistencia a un juicio, delitos contra la seguridad vial, atestados por accidente y luego viene el 'premio gordo', los que engloba la actividad denunciatoria, que es en torno al 30% de los puntos que se otorgan por todas las actividades comentadas.

El total de esos puntos son 350. Destaca que la actividad denunciatoria sume 110 puntos, y que la de protección y auxilio (donde se encuadran los auxilios y rescates y las horas de servicio de protección) solo 60; o que por cumplir el mínimo de denunciar infracciones principales sumen 40 puntos y por investigar y detener a los implicados en un accidente solo 15… Los agentes de la Guardia Civil prefiere realizar su trabajo sin estas escalas de puntos, que no consideran justas, pero sin las cuales la actividad recaudatoria en las carreteras no sería la que es.
Lo que deja de ganar un guardia civil

¿Y si un guardia civil no multa lo que se establece como mínimo en un mes? Si la productividad es inferior a la media, se le apercibe y se le dice que, de repetir, el siguiente mes perderá un 50% de la productividad (fijada en 142,50 euros; es decir, perdería 71,25 euros). Y en el caso de que al tercer mes no llegara a los mínimos, le restarán el 100%. (Por cierto, no es que a un guardia civil le paguen más por multar más, sino que le restan si no cumple un mínimo).

Esta tabla de productividad es conocida como la RAI (resumen de actividades individuales), algo que quieren erradicar y de ese modo, entre otras cosas, no estar condicionados por un factor económico a la hora de poner multas a los conductores. Porque, además, si eres muy bueno multando, tienes premio: 111 euros a los agentes que ponen más multas (otorgados por los jefes de destacamentos de Tráfico). A este plus le llueven críticas en la plantilla por el mal ambiente que genera en algunos casos.


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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1717 en: 01 de Marzo de 2019, 07:13:28 am »

Denuncian que las multas de Madrid Central serán «ilegales» hasta el 24 de abril

Automovilistas Europeos advierte de el distintivo ambiental sólo es obligatorio desde el momento en que lo fija la Dirección General de Tráfico, tal y como recoge la Ordenanza de Movilidad

Tatiana G. Rivas
Tatiana G. Rivas
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Marta R. Domingo
Marta R. Domingo
@MartaRDomingo
MadridActualizado:
01/03/2019 00:32h

El Gobierno de Manuela Carmena comenzará a sancionar a los conductores que atraviesen Madrid Central sin autorización a partir del 15 de marzo. La Corporación retrasa la entrada en vigor real de la zona restringida quince días para, como declaró ayer la portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, «acoplar los dos plazos del fin de las llegadas de notificaciones sin sanción y el comienzo de las sanciones para regular la entrada y la salida en Madrid Central».

El tiempo que va desde que un conductor comete una infracción hasta que se le notifica en su domicilio puede dilatarse hasta un máximo de tres meses, tal y como establece la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Queda por saber si el actual equipo de Gobierno remite las multas antes de que se celebren las elecciones del 26 de mayo. Por el momento, 14.000 ciudadanos han entrado en Madrid Central desde que se inició el periodo de avisos (sin multa aparejada) el pasado 9 de enero.

La asociación de Automovilistas Europeos Asociados (AEA) comunicó ayer que denunciará todos los expedientes sancionadores que la Administración interponga desde el 15 de marzo hasta el 24 de abril de este año, momento en que la Dirección General de Tráfico (DGT) ha decretado que es obligatorio llevar en la luna delantera el distintivo ambiental. «No es todavía exigible, tal y como establece la Ordenanza de Movilidad», apunta el presidente de esta plataforma, Mario Arnaldo.
Balance «postivo» y de pérdidas

Maestre ofreció un «pequeño balance» sobre cómo ha afectado la entrada en vigor de Madrid Central desde el 30 de noviembre. Se ha producido «un crecimiento de la demanda de algo más de un 3% en los días laborables y superior al 6% en los días festivos. Donde más se ha notado el uso del transporte público y el descenso del tráfico y del uso del vehículo privado ha sido en Gran Vía, con disminución del 25,8% en días laborables», reflejó en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno.

La portavoz detalló que también se ha reducido el tráfico calles interiores como la de San Bernardo, con una bajada del 3,8%, y en la calle Toledo, con un 10%. «También se notó este efecto positivo en las calles que conforman el perímetro de la zona de bajas emisiones, con un descenso del 3,7%, y M-30 del 0,5%», señaló. La edil, que irá de número 3 en la candidatura de Más Madrid, subrayó que la estación de medición de calidad del aire situada en la Plaza del Carmen, la única que se encuentra en el interior de Madrid Central, «es la que mejor evolución presenta en el conjunto de las estaciones desde el 30 de noviembre».

Por su parte, la Plataforma de Afectados por Madrid Central trasladó una lectura diferente sobre las consecuencias de esta medida. Según un estudio realizado entre más de 1.300 pequeñas y medianas empresas de la zona, ocho de que cada diez negocios que operan en el interior «sufrió pérdidas en su facturación en los meses de enero y febrero por las restricciones al tráfico», «con una caída de la facturación del 13,2 %», en comparación con los ingresos obtenidos en los primeros meses de 2018.
Densidad de tráfico A-5

Preguntada Maestre por los atascos derivados de la puesta en marcha de los tres semáforos de la A-5 el pasado martes, la concejal consideró que no eran tales. «Se ha producido un ligero aumento temporal de la densidad del tráfico en ese tramo que no es solo comprensible sino que era esperado. Todas las proyecciones que hemos hecho desde los servicios técnicos del ayuntamiento pronostican que va a ir reduciéndose», contestó.

La responsable municipal advirtió de que en la próxima legislatura se construirá en esta vía «un enorme carril bici», el Bus-VAO, la ampliación de aceras y más pasos a nivel.
Las claves del área de bajas emisiones

Importe de la multa

El importe de la sanción por infringir la ordenanza por la que se rige Madrid Central es de 90 euros, como con las antiguas Áreas de Prioridad Residencial. Por pronto pago, se queda en 45.

Motivos de sanción

Atravesar el área restringida sin que te corresponda distintivo ambiental, esto es, entrar con un vehículo de gasolina anterior al año 2000 o diésel previo al año 2006. Además, los coches con etiqueta B y C no pueden cruzar el área si no estacionan en alguno de los aparcamientos habilitados. La zona SER en superficie, queda vetada sólo para el uso de los residentes del barrio.

Notificación

El Ayuntamiento aún tiene que enviar a los domicilios las notificaciones de aquellos que hayan incumplido la normativa respecto a Madrid Central en el periodo que va del 9 de enero al 15 de marzo. Estos avisos no llevan aparejada multa.

Vía libre

Los vehículos con etiqueta ECO ( híbridos) podrán circular por Madrid Central y estacionar en zona SER (azul o verde) un máximo de dos horas y pueden cruzar el perímetro.



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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1718 en: 03 de Junio de 2019, 06:50:46 am »

Carmena se ve obligada a anular miles de multas de Madrid Central por un defecto de forma
Las sanciones interpuestas entre el 16 de marzo y el 16 de abril se invalidan de oficio para dar seguridad jurídica a los conductores. El sistema no reconocía la franja diurna
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Tatiana G. Rivas
@tatianagrivas
MadridActualizado:
03/06/2019 01:13h


El Ayuntamiento de Madrid se ha visto obligado a anular las multas interpuestas en Madrid Central desde el 16 de marzo, cuando se activó la fase sancionadora, hasta el 16 de abril por un error en el formato del horario. No diferenciaba entre la franja de antes y después del mediodía. Según informaron fuentes municipales a este diario, debido a un error, las multas se pusieron en formato horario de 12 horas sin especificar si eran «a.m.» o «p.m». También se produjeron fallos en la asignación horaria cuando se cambió la hora en la madrugada del 31 de marzo. Debido a estos desaciertos, que generan gran inseguridad jurídica a los conductores –ya que no se sabe si el piloto conducía de día o de noche–, se ha dado orden de que se invaliden los expedientes.

Así lo confirman desde el Área de Medio Ambiente y Movilidad, que dirige Inés Sabanés. «El parte de multas correspondientes a los días entre el 16 de marzo al 16 de abril se van a anular. Aunque estaban bien registradas, un error en el formato horario usado para la comunicación podía dar lugar a inseguridad jurídica y, tras estudiar la situación, se ha decidido anularlas de oficio, ya que el objetivo de Madrid Central no es poner multas, sino reducir el tráfico y los niveles de contaminación», explican.

Desde Movilidad recalcan que el problema ya se ha subsanado y subrayan que en todos los procesos automáticos de multas como el «foto-rojo» o el radar «prima la seguridad jurídica sobre la multa». En el caso de Madrid Central, gestionado por la empresa Estacionamientos Y Servicios S.A. (Eysa), señalan que el sistema sancionador «ha sido secundario». «Se ha dado prioridad y se ha empezado por los sistemas de autorizaciones y de comunicación con el usuario», apuntan desde el área de Sabanés.

En el apartado «multas de circulación» del portal de Datos Abiertos del Ayuntamiento de la capital refleja el detalle de que en el mes de marzo se interpusieron 4.179 sanciones por atravesar Madrid Central (de abril aún no se han volcado). Filtrando aquellas en las que se rebasó este área restringida se puede comprobar que, como ya anunciara Automovilistas Europeos Asociados (AEA)hace dos semanas, los expedientes se registran entre la 1.00 y las 14.00 horas. De 14.00 a 00.59 no se contabiliza ninguna infracción.
Un sistema «precipitado»

Esta misma semana también se ha conocido a través de la asesoría jurídica de Pyramid Consulting que, justo cuatro días después de celebrarse los comicios locales, se han comenzado a remitir las multas a algunas personas que han vulnerado la normativa. Las dos sanciones para ser recurridas que obran en manos de esta entidad están fechadas el 4 de abril –que quedaría anulada según ha informado el Consistorio– y el 29 de abril.

Mario Arnaldo, presidente de AEA, pidió la anulación de todas las multas al Ayuntamiento por vulnerar la Ley de Seguridad Vial. «Este hecho evidencia aún más la falta de rigor y garantías que ofrece Madrid Central. Se ha puesto un sistema de forma precipitada, donde ni siquiera funciona la información de plazas libres en los aparcamientos». Se refiere a las pantallas que iban a colocar en mayo, pospuestas a septiembre, detallando el número de estacionamientos disponibles en los parkings públicos. AEA elaboró un informe que hizo público el pasado 17 de mayo donde concluía que ninguna de las 115 cámaras habilitadas para el control de los accesos de Madrid Central había formulado ninguna denuncia a partir de las 14 horas.

El estudio arroja información tan específica como que el 40% de los expedientes se han realizado de madrugada, siendo el tramo horario de entre la 1.00 y las 2.00 el que más sanciones contabiliza: 348. El otro 60% se reparte entre las 7.00 y las 14.00 horas, siendo la franja horaria de entre 9.00 y 10.00 horas la que representa el mayor número de denuncias, 447.

Según el informe de la asociación, cinco cámaras de control acumulan el 45% del total de denuncias formuladas en marzo (1905), con un valor económico de 171.450 euros (de los 374.130 euros totales de marzo). Las calles donde más se recauda son la de Mártires de Alcalá, 2, con 675 denuncias; calle de Alcalá, 51, con 423; Atocha, 125, con 309; calle de Segovia/Ronda de Segovia, con 270, y la de la calle de Toledo, 123, con 228 denuncias.
El misterio de Leganitos

Un dato que resulta llamativo de las sanciones de marzo es el bajo número de multas que acumula la calle de Leganitos, que antes de la puesta en marcha de Madrid Central, vía decreto el 30 de noviembre, era la que más denunciaba a los conductores. Si en septiembre Leganitos, 24 sumaba más de 6.000 denuncias y en octubre, cuando se reubicaron las cámaras, superaba las 1.500, en marzo, aunque sólo sea medio mes sólo registró 96.

Las sanciones por entrar en Madrid Central ascienden a 90 euros, 45 por pronto pago. Por este área sólo pueden circular los residentes y sus invitados (un máximo de 20 al mes), el transporte público, servicios sanitarios, vehículos industriales, de reparto con permiso, las personas con movilidad reducida, los titulares de plazas de garaje, los profesionales con limitaciones y vehículos con etiqueta ambiental cero y eco. Los que tengan etiquetas B o C solo pueden entrar para aparcar en un garaje privado, reserva o aparcamiento de uso público autorizado. Se recomienda que soliciten recibo del parking y lo conserven durante al menos un año por nuevos fallos que pueda registrar el sistema.

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Re: Multas y grúas: medidas recaudatorias?
« Respuesta #1719 en: 28 de Septiembre de 2019, 10:45:42 am »


Multas que jamás pensabas que te podrían poner por culpa del parabrisas y los cristales del coche


Según el Reglamento General de Circulación, «la superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule»
ABC MOTOR
Madrid
Actualizado:
27/09/2019 01:27h

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La función principal del parabrisas y del resto de cristales de un vehículo es proporcionar una correcta visibilidad al volante. En primer lugar, para el conductor, pues el 90% de la información que recibimos al conducir nos llega a través de la vista. Y en segundo lugar, para las cámaras de los sistemas de seguridad ADAS , que suelen estar ubicadas en en la parte superior central del parabrisas, a la altura del espejo retrovisor interior.


Un parabrisas roto o sucio entorpece la visión de ambos y aumenta drásticamente el riesgo de sufrir un accidente. Por este motivo mayoría de las multas relacionadas con las lunas están relacionadas con la visibilidad. El Reglamento General de Circulación deja claro que «la superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule» y también que «el conductor de un vehículo está obligado a mantener el campo necesario de visión».

Las siguientes situaciones son objeto de sanción de 200 euros, sin pérdida de puntos. Además, en virtud del artículo 84 de la LSV, los agentes de tráfico podrán inmovilizar el vehículo si este presenta «deficiencias que constituyan un riesgo especialmente grave para la seguridad vial», entre las que podrían encontrarse un parabrisas dañado.


-Circular con el parabrisas o el resto de los cristales con daños o roturas que dificulten una correcta visibilidad.

-Circular con el parabrisas o el resto de los cristales con una capa de suciedad o de hielo que dificulte una correcta visibilidad.

-Circular con el parabrisas o el resto de los cristales con láminas, adhesivos, cortinillas u otros elementos no autorizados que dificulten una correcta visibilidad. La pegatina de la ITV ha de ir en el ángulo superior derecho del parabrisas y la del distintivo ambiental de la DGT, en la esquina inferior derecha; en ambos casos por su cara interior.

-Circular con un soporte para teléfono móvil adherido al parabrisas en una zona que dificulte una correcta visibilidad.

-Un laminado o tintado incorrecto también puede ser motivo de sanción, con una multa de 200 euros sin retirada de puntos en tres casos distintos. En primer lugar, si se utilizan láminas adhesivas o cortinillas sin llevar dos espejos retrovisores exteriores. También al utilizar vidrios tintados o coloreados no homologados (el laminado de lunas de Carglass cuenta con un certificado de homologación por las ITV). Y finalmente, al utilizar vidrios tintados o coloreados en las ventanillas delanteras (con excepción de personas que sufren lupus u otra enfermedad especialmente sensible a los rayos del sol, así como vehículos oficiales o de usuarios protegidos).


-También nos pueden multar con 80 euros, sin retirada de puntos, por llevar las escobillas de los limpiaparabrisas gastadas. Si se están produciendo precipitaciones intensas y los limpiaparabrisas no funcionan, o su funcionamiento es muy deficiente, los agentes de tráfico podrán llegar a inmovilizar el vehículo por este motivo.