Autor Tema: Uniformidad y Reglamento  (Leído 467956 veces)

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3880 en: 13 de Diciembre de 2020, 09:05:16 am »

Suspendido un policía nacional residente en Sevilla por violar el secreto profesional



El agente presta servicio fuera de la provincia sevillana
Facilitó información confidencial a delincuentes



REDACCIÓN
25 Noviembre, 2020 - 19:02h

Un agente de la Policía Nacional con residencia en la provincia de Sevilla pero que presta servicio fuera de ella ha sido sancionado por el Ministerio de Interior con cuatro meses de suspensión de funciones y una "separación del servicio", por aspectos como una "violación del secreto profesional" al servirse supuestamente de las bases de datos policiales para supuestos contactos con personas relacionadas con hechos delictivos.

En una sentencia emitida el pasado 16 de septiembre y recogida por Europa Press, la Audiencia Nacional analiza un recurso contencioso administrativo interpuesto por un agente de la Policía Nacional, contra una resolución del Ministerio de Interior que le impone una suspensión de funciones durante tres meses, como autor de una falta grave del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía por violación del secreto profesional; y dos sanciones de separación del servicio como autor de sendas faltas muy graves, por "falta de colaboración manifiesta con otros miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, cuando resulte perjudicado gravemente el servicio o se deriven consecuencias graves para la seguridad ciudadana".

Dichas sanciones, según la Audiencia Nacional, derivan de un expediente incoado tras la detención del agente por presuntos delitos de cohecho, revelación de secretos y omisión del deber de perseguir delitos, toda vez que en 2018 fueron archivadas las diligencias judiciales abiertas contra este agente porque no quedó "debidamente justificada la perpetración del delito".

Según el expediente que sostiene las sanciones impuestas, en 2017, el agente "consultó en numerosas ocasiones, y por motivos ajenos a la labor policial, los registros obrantes en la base de datos 'Personas', de exclusiva utilización para fines policiales", con relación a una mujer y a varios de sus familiares, "revelando en ocasiones a la anterior el resultado de dichas consultas, a sabiendas de que esa persona había sido detenida por su presunta participación en hechos delictivos, y también que tanto ella como los miembros de su familia consultados seguían dedicándose a actividades ilícitas".

Además, el agente habría contactado con una mujer "de la que sabía que se dedicaba a actividades ilícitas y le comunicó que su marido había participado junto a otras dos personas en un hurto de cuatro robots-aspiradora", indicándole que su esposo "no se presentase en ninguna dependencia policial hasta que pudiese comprobar si, tal y como sospechaba, constaba contra él alguna requisitoria policial en las bases de datos corporativas".

El agente llegó a alertar a la mujer de que "existía contra su marido una requisitoria policial activa para que se procediese a su detención; revelándole detalles de la investigación y recomendándole también prudencia para que su marido no resultase identificado en la vía pública, y evitar así su detención", tras lo cual habría orquestado una detención acordada con el cónyuge de la mujer.

Además, a petición de una tercera persona, habría revelado a la misma "la información que había obtenido a partir de sus consultas, comunicándole ella que ese vehículo estaba involucrado en un hecho delictivo, que sus autores eran los que le habían solicitado la información que pudiese figurar con respecto a ese vehículo en las aplicaciones policiales, y que los mismos mantenían ese vehículo oculto en algún lugar para evitar su localización, ante lo que indicó que lo limpiasen para hacer desaparecer cualquier tipo de vestigio que pudiese incriminarles".


Frente a dichas sanciones por parte del Ministerio de Interior, el agente invoca en su recurso contencioso administrativo contra las mismas el principio "non bis in ídem", avisando de que "la incoación del procedimiento disciplinario tiene como objeto exactamente los mismos hechos que constituyeron el de las diligencias previas" promovidas en su contra y después sobreseídas

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3881 en: 19 de Diciembre de 2020, 18:17:50 pm »

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3882 en: 22 de Diciembre de 2020, 11:09:47 am »

El Tribunal Supremo anula una condena de seis meses de prisión a un Guardia Civil


El agente ahora absuelto ha sido defendido por los servicios jurídicos de AUGC Valencia
por Redacción AUGC

ACTUALIDAD 21/12/2020






Imagen de archivo de una concentración de AUGC contra el Código Penal Militar.
Imagen de archivo de una concentración de AUGC contra el Código Penal Militar.
La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha estimado, mediante sentencia de 16 de diciembre de 2020, el recurso de casación interpuesto por los servicios jurídicos de AUGC Valencia en defensa de un guardia civil que había sido condenado mediante sentencia del Tribunal Militar Territorial Primero de 18 de mayo de 2020 a la pena de seis meses de prisión con las accesorias de suspensión militar de empleo, suspensión de cargo público e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, como autor de un delito de insulto a superior del artículo 43 del Código Penal Militar.

Los hechos ocurrieron el 1 de noviembre de 2016, cuando varios componentes de la Agrupación de Tráfico, durante la pausa para el descanso, se encontraban tomando café en una estación de servicio y participando todos en una conversación distendida que finalizó con absoluta normalidad.

Pese a ello, días después, uno de los participantes en esa conversación dio cuenta de uno de los agentes, atribuyéndole haber proferido expresiones despectivas hacia un oficial jefe de un Destacamento del Subsector de Valencia, tales como “el niño de la pringue” y que “perdía aceite”, además de otras expresiones vejatorias que no resultaron probadas.

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, en su sentencia de 16 de diciembre de 2020, estima el recurso de casación interpuesto por los servicios jurídicos de AUGC Valencia, anula la sentencia condenatoria y absuelve al agente del delito de insulto a superior por el que había sido condenado.
Como consecuencia de dicho parte se incoó un expediente disciplinario por falta grave que finalizó con la imposición al citado agente de una sanción disciplinaria de cinco días de pérdida de haberes con suspensión de funciones, como autor de una falta grave de “manifestaciones contrarias a la disciplina”.

Tras la finalización del citado expediente, el oficial al que se decían dirigidas tales expresiones presentó denuncia ante el Juzgado Togado Militar Territorial nº 13 (Valencia) contra el mismo agente, acusándole de un delito de insulto a superior, castigado en el artículo 43 del Código Penal Militar y que dio origen al procedimiento en el que -pese a la inicial oposición de la Fiscalía Jurídico Militar- finalizó mediante la sentencia condenatoria que imponía una pena de seis meses de prisión y las accesorias legales.

Ahora, la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, en su sentencia de 16 de diciembre de 2020, estima el recurso de casación interpuesto por los servicios jurídicos de AUGC Valencia, anula la sentencia condenatoria y absuelve al agente del delito de insulto a superior por el que había sido condenado.

El Alto Tribunal estima uno de los tres motivos de casación esgrimidos por la defensa, consistente en que, conforme a la doctrina de la propia Sala, las expresiones que el Tribunal de instancia consideró probadas carecían de la gravedad necesaria que requiere el tipo penal del artículo 43 del Código Penal Militar y que resultan más incardinables en el ámbito disciplinario.

Para determinar esa ausencia de gravedad, la Sala analiza los factores concurrentes en los hechos, tales como que las expresiones se habían proferido en ausencia del oficial denunciante, en una reunión informal entre compañeros del Cuerpo, sin que el de mayor empleo presente en el incidente reconviniera al agente en el momento o inmediatamente después, elevando parte a los ocho días y sin que exista una versión unánime de lo sucedido, por parte de los testigos.

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3883 en: 23 de Diciembre de 2020, 07:16:35 am »


Miembro del SPPLB con la mascarilla del sindicato prohibida por el Ayuntamiento de Valencia. EE

Valencia impone a los policías una mascarilla 'neutra' y les prohíbe las de la bandera de España
El Ayuntamiento lanza esta restricción tras el reparto en noviembre de unidades decoradas con la rojigualda por parte del sindicato SPPLB.
23 diciembre, 2020 02:20


Dani Valero @DaValero Valencia

Los policías locales de Valencia van a tener que prescindir de una de las mascarillas más populares entre los agentes. Se trata de la distribuida el pasado mes de noviembre por el Sindicato de Policías Locales y Bomberos (SPPLB), una mascarilla de tela lavable decorada con el escudo de la organización y la bandera de España. La repartió “ante la escasez que sufren los profesionales”, según explica a EL ESPAÑOL su representante Jesús Santos.

Pero el Ayuntamiento de Valencia les trasladó la semana pasada en la junta de mandos una nueva directriz, según explica la organización. En adelante solo podrán utilizar las mascarillas proporcionadas por el consistorio. El resto quedan desautorizadas.

Tal prohibición, que llega tras más de 9 meses de pandemia y justo tras el reparto de la suya con la rojigualda, ha despertado la suspicacia de la organización. “Parece que molesta la banderita”, denuncia Santos, que explica que el SPPLB ha adornado así su mascarilla por su condición de sindicato de ámbito nacional.
A la izquierda, la mascarilla de tela proporcionada por el Ayuntamiento. A la derecha, la del SPPLB con la bandera de España. EE

A la izquierda, la mascarilla de tela proporcionada por el Ayuntamiento. A la derecha, la del SPPLB con la bandera de España. EE

Según precisa el representante sindical, la concejalía de Policía que dirige el socialista Aarón Cano reparte cada semana a los agentes 5 mascarillas quirúrgicas válidas para cuatro horas, así como 2 FPP2 que cuentan con 12 horas de protección -estas últimas “para usar en las intervenciones”-. Además, cada trabajador cuenta con 2 mascarillas corporativas de tela que también son válidas solo para periodos de cuatro horas.

Tal equipamiento “se queda corto”, denuncia Santos, que explica que los agentes recurren desde marzo a sus propias mascarillas para completar las que reciben del consistorio y poder estar protegidos durante toda la semana. Esta circunstancia incluso se agravó algunas semanas ante la llegada de una remesa defectuosa de mascarillas a las que se le rompían las gomas.

“Hemos hecho de todo. Muchos se han comprado quirúrgicas, algunos se hicieron por su cuenta mascarillas con el escudo de la policía, y muchos otros estaban llevando ahora las del SPPLB. Dimos una a cada afiliado, y somos muchos, más de la mitad de la plantilla de la Policía Local de Valencia”, relata.

“Garantizar su homologación”

Preguntadas al respecto, fuentes de la concejalía de Policía expusieron su versión a este periódico mediante un breve escrito. “El plan de contingencia municipal indica que las mascarillas que deben llevar los trabajadores municipales son las que facilita el consistorio porque es la forma adecuada para garantizar su homologación y, por lo tanto, su protección, que es responsabilidad del ayuntamiento”, indicaron.

El departamento de Aarón Cano no entra a valorar la cuestión de la bandera ni la escasez de mascarillas que denuncia el SPPLB. Tampoco aclara por qué introduce ahora esta restricción, en plena segunda ola de la pandemia y tras varios meses en los que se ha producido la misma circunstancia. Los agentes han hecho uso de mascarillas elegidas por ellos mismos desde marzo, según insiste Santos.
Aarón Cano (izquierda), concejal de Policía del Ayuntamiento de Valencia. EE

Aarón Cano (izquierda), concejal de Policía del Ayuntamiento de Valencia. EE

El sindicato, además, subraya que su mascarilla con la bandera de España cuenta con la misma homologación que la corporativa de tela distribuida por el Ayuntamiento. A esta última, que luce las siglas PLV y el escudo del cuerpo, se le atribuye una eficacia de filtración (BEF) superior al 96%.

Por último, precisan que entenderían esta nueva directriz “si se tratara de una cuestión corporativa”, pero insisten al respecto en que “no llega para pasar la semana” con las que proporciona el Ayuntamiento de Joan Ribó. Los agentes, en consecuencia, deberán aparcar ahora las mascarillas con la bandera de España y comprarse idénticas a las que reparte el consistorio para completar su equipamiento.



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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3884 en: 24 de Diciembre de 2020, 08:41:16 am »


El "excesivo rigor disciplinario" en la Guardia Civil: tres veces más sanciones que en la Policía Nacional


La AUGC de Alicante denuncia el uso indiscriminado de las sanciones en el instituto armado: cuatro sentencias de la justicia militar tumban castigos desproporcionados






Agentes de la Guardia Civil realizan un control de movilidad.
Agentes de la Guardia Civil realizan un control de movilidad. MANUEL ÁNGEL LAYA (EUROPA PRESS)
Lucas Marco

23 de diciembre de 2020 22:09h
0

@lucas_marco
En la Policía Nacional hubo 1.659 sanciones entre 2006 y 2015. En la Guardia Civil, la cifra de sanciones por faltas graves o muy graves se dispara hasta las 4.794, según un informe del Grupo de Estados Contra la Corrupción (Greco). "Se tiende un poco a buscar la venganza a través del régimen disciplinario y a mantener la jerarquía y la subordinación a través de la sanción al guardia", afirma Alberto Manuel Mollá Díez, abogado de la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) de Alicante.


La asociación profesional decana del instituto armado denuncia el "excesivo rigor disciplinario" al que son sometidos los guardias en Alicante y València y ha hecho públicas cuatro sentencias del Tribunal Militar Central que tumban las sanciones impuestas a varios afiliados, en las que queda patente el "uso arbitrario y la dureza con que la cúpula de mando somete a los agentes frente a conductas que, si bien en ocasiones pudieran ser reprochables, no son merecedoras del castigo impuesto". Los fallos de la justicia militar rebajan la condena de falta grave a leve e imponen a la Guardia Civil la compensación de las retribuciones dejadas de percibir como consecuencia de la ejecución de la sanción recurrida. También obligan a rectificar la hoja de servicios de los guardias que han ganado el contencioso disciplinario militar.


Los afiliados de la AUGC habían sido sancionados como autores de faltas graves consistentes en la "negligencia grave en el cumplimiento de las obligaciones profesionales o de las órdenes recibidas", una suerte de comodín. El régimen disciplinario del instituto armado incluye "conceptos jurídicos indeterminados muy amplios" en la tipificación de las sanciones, sostiene el letrado de la asociación profesional. "Va a gusto del consumidor", agrega Mollá. El abogado de la AUGC lamenta que, frecuentemente, los conflictos internos en el cuerpo, que arrastra la disciplina militar desde su fundación por el Duque de Ahumada en 1844, se ventilan mediante sanciones disciplinarias. "Cuando entra en conflicto un guardia con un oficial que lo tiene en el punto de mira, la cosa se convierte en algo grave o muy grave cuando en realidad no pasa de simples faltas", asegura.

Los procedimientos disciplinarios se inician con un parte del jefe de unidad o superior y "existe la tendencia de avalarlo, con poco rigor jurídico, con lo cual todo el procedimiento se convierte en una mera formalidad", denuncia Mollá. En una de las sentencias, se impuso a un agente una sanción por falta grave, rebajada, tras estimar el recurso, a falta leve cumpliendo tan solo dos días de suspensión de funciones y pérdida de haberes. Un guardia que fue sancionado por una falta grave a la pérdida de siete días de haberes y suspensión de funciones, cumplió finalmente una falta leve con un solo día de suspensión de funciones y pérdida de haberes y otro agente, al que se le sancionó con una falta grave a la pérdida de cinco días de haberes y suspensión de funciones, ha visto cómo la sanción fue anulada y simplemente se le impuso una reprensión.


"Cuando las sanciones se deben a animadversiones del jefe de la unidad, al guardia le crea sensación de impotencia, rabia y frustración", explica Mollá, quien recuerda que una falta grave es un impedimento para ascensos o el acceso a cursos y puede suponer una merma en su sueldo de entre 400 y 500 euros. "Les duele mucho, acaban muy desmotivados y, en algunos casos, solicitando la baja", apostilla.

Los fallos demuestran, según la AUGC, que se vulneraron los principios básicos de legalidad y presunción de inocencia. El secretario general de la asociación en Alicante, Francisco Javier García Gómez, lamenta que nadie ponga fin a las “demasiadas” resoluciones sancionadoras erróneas de la Dirección General de la Guardia Civil, "que nos obligan a defender a nuestros afiliados y afiliadas a golpe de sentencia, con la pérdida de tiempo y dinero que ello conlleva". "Tiempo y dinero que, en definitiva, va en detrimento de una mejor atención a los ciudadanos", añade.

La AUGC recuerda que el Greco ha recomendado revisar el régimen disciplinario del instituto armado para reforzar su transparencia, objetividad y proporcionalidad. "El régimen disciplinario de la Guardia Civil necesitaría un buen repaso por la amplitud de conceptos jurídicos indeterminados", concluye el letrado de la asociación.

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3885 en: 24 de Diciembre de 2020, 18:53:26 pm »
Ribó el dictador...



Miembro del SPPLB con la mascarilla del sindicato prohibida por el Ayuntamiento de Valencia. EE

Valencia impone a los policías una mascarilla 'neutra' y les prohíbe las de la bandera de España
El Ayuntamiento lanza esta restricción tras el reparto en noviembre de unidades decoradas con la rojigualda por parte del sindicato SPPLB.
23 diciembre, 2020 02:20


Dani Valero @DaValero Valencia

Los policías locales de Valencia van a tener que prescindir de una de las mascarillas más populares entre los agentes. Se trata de la distribuida el pasado mes de noviembre por el Sindicato de Policías Locales y Bomberos (SPPLB), una mascarilla de tela lavable decorada con el escudo de la organización y la bandera de España. La repartió “ante la escasez que sufren los profesionales”, según explica a EL ESPAÑOL su representante Jesús Santos.

Pero el Ayuntamiento de Valencia les trasladó la semana pasada en la junta de mandos una nueva directriz, según explica la organización. En adelante solo podrán utilizar las mascarillas proporcionadas por el consistorio. El resto quedan desautorizadas.

Tal prohibición, que llega tras más de 9 meses de pandemia y justo tras el reparto de la suya con la rojigualda, ha despertado la suspicacia de la organización. “Parece que molesta la banderita”, denuncia Santos, que explica que el SPPLB ha adornado así su mascarilla por su condición de sindicato de ámbito nacional.
A la izquierda, la mascarilla de tela proporcionada por el Ayuntamiento. A la derecha, la del SPPLB con la bandera de España. EE

A la izquierda, la mascarilla de tela proporcionada por el Ayuntamiento. A la derecha, la del SPPLB con la bandera de España. EE

Según precisa el representante sindical, la concejalía de Policía que dirige el socialista Aarón Cano reparte cada semana a los agentes 5 mascarillas quirúrgicas válidas para cuatro horas, así como 2 FPP2 que cuentan con 12 horas de protección -estas últimas “para usar en las intervenciones”-. Además, cada trabajador cuenta con 2 mascarillas corporativas de tela que también son válidas solo para periodos de cuatro horas.

Tal equipamiento “se queda corto”, denuncia Santos, que explica que los agentes recurren desde marzo a sus propias mascarillas para completar las que reciben del consistorio y poder estar protegidos durante toda la semana. Esta circunstancia incluso se agravó algunas semanas ante la llegada de una remesa defectuosa de mascarillas a las que se le rompían las gomas.

“Hemos hecho de todo. Muchos se han comprado quirúrgicas, algunos se hicieron por su cuenta mascarillas con el escudo de la policía, y muchos otros estaban llevando ahora las del SPPLB. Dimos una a cada afiliado, y somos muchos, más de la mitad de la plantilla de la Policía Local de Valencia”, relata.

“Garantizar su homologación”

Preguntadas al respecto, fuentes de la concejalía de Policía expusieron su versión a este periódico mediante un breve escrito. “El plan de contingencia municipal indica que las mascarillas que deben llevar los trabajadores municipales son las que facilita el consistorio porque es la forma adecuada para garantizar su homologación y, por lo tanto, su protección, que es responsabilidad del ayuntamiento”, indicaron.

El departamento de Aarón Cano no entra a valorar la cuestión de la bandera ni la escasez de mascarillas que denuncia el SPPLB. Tampoco aclara por qué introduce ahora esta restricción, en plena segunda ola de la pandemia y tras varios meses en los que se ha producido la misma circunstancia. Los agentes han hecho uso de mascarillas elegidas por ellos mismos desde marzo, según insiste Santos.
Aarón Cano (izquierda), concejal de Policía del Ayuntamiento de Valencia. EE

Aarón Cano (izquierda), concejal de Policía del Ayuntamiento de Valencia. EE

El sindicato, además, subraya que su mascarilla con la bandera de España cuenta con la misma homologación que la corporativa de tela distribuida por el Ayuntamiento. A esta última, que luce las siglas PLV y el escudo del cuerpo, se le atribuye una eficacia de filtración (BEF) superior al 96%.

Por último, precisan que entenderían esta nueva directriz “si se tratara de una cuestión corporativa”, pero insisten al respecto en que “no llega para pasar la semana” con las que proporciona el Ayuntamiento de Joan Ribó. Los agentes, en consecuencia, deberán aparcar ahora las mascarillas con la bandera de España y comprarse idénticas a las que reparte el consistorio para completar su equipamiento.

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3886 en: 25 de Diciembre de 2020, 07:01:21 am »
Unijepol

El titular está manipulado, no se trata de llevar o no llevar mascarillas con la bandera de España. Sólo se trata de que la Policía Local ha distribuido mascarillas corporativas -de la Policía Local de Valencia- y no tiene ningún sentido que cada policía (mientras está de servicio) vaya haciendo ostentación del sindicato al que pertenece.


https://es-es.facebook.com/Unijepol/

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3887 en: 25 de Diciembre de 2020, 16:07:02 pm »
Citar

Por último, precisan que entenderían esta nueva directriz “si se tratara de una cuestión corporativa”, pero insisten al respecto en que “no llega para pasar la semana” con las que proporciona el Ayuntamiento de Joan Ribó. Los agentes, en consecuencia, deberán aparcar ahora las mascarillas con la bandera de España y comprarse idénticas a las que reparte el consistorio para completar su equipamiento.

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3888 en: 29 de Diciembre de 2020, 08:52:48 am »
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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3889 en: 29 de Diciembre de 2020, 16:01:55 pm »
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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3890 en: 04 de Enero de 2021, 07:03:33 am »

Interior mantiene en sus puestos a todos los policías en activo imputados por el espionaje a Bárcenas

    Los comisarios Andrés Gómez Gordo y Francisco González están al frente de dos distritos en Madrid que suman 260.000 habitantes. El exchófer Sergio Ríos consiguió plaza fija en la capital en 2019

Pedro Águeda
3 de enero de 2021 21:58h

@pedroagueda

El mayor escándalo en el Ministerio del Interior desde el terrorismo de los GAL no tiene por el momento consecuencias disciplinarias para sus principales protagonistas. De los nueve miembros de la Policía Nacional investigados en el espionaje a Luis Bárcenas, seis siguen en sus puestos y otros tres se han jubilado. Uno de los comisarios, Andrés Gómez Gordo, está en estos momentos al frente de la comisaría del distrito de Villa de Vallecas, en Madrid, donde residen cerca de 100.000 personas. Otro de ellos, Francisco González, ha sido nombrado recientemente jefe de la comisaría de San Blas, un distrito con unos 160.000 habitantes.

Siete de los nueve imputados por la Operación Kitchen ya lo estaban en febrero de 2019. Próximamente se cumplirán dos años sin que los responsables del Ministerio del Interior y la Policía hayan decidido apartar del servicio activo a los policías, pese a que los indicios contra ellos han crecido, se han conocido al detalle por el levantamiento del secreto del sumario y siguen pesando sobre ellos distintas medidas cautelares, como la retirada del pasaporte en unos casos y en otros la prohibición de salir del país.

La Dirección General de la Policía se limita a citar la Ley 4/2010 de Régimen Disciplinario cuando se pregunta oficialmente por la situación de los policías investigados. Un portavoz alude genéricamente al artículo 18, que señala que los procedimientos penales impiden que haya una resolución definitiva de los expedientes hasta que no haya una sentencia firme, pero tampoco precisa qué expedientes han podido abrirse hasta ahora.

Además, otro artículo de esa misma ley, el 33, capacita al director general de la Policía, Francisco Pardo Piqueras, para adoptar "medidas cautelares" que faciliten "la tramitación del expediente y asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer". "El director general de la Policía [dice ese artículo en otro punto] podrá acordar excepcionalmente, como medida preventiva, la suspensión provisional de los funcionarios sometidos a procedimiento penal, si esta medida no ha sido adoptada por la autoridad judicial, y podrá prolongarse hasta la conclusión del procedimiento penal".

Andrés Gómez Gordo. Comisario jefe del distrito de Villa de Vallecas

Este policía arrancó su participación en la Operación Kitchen siendo inspector jefe en excedencia. Gómez Gordo había dejado el Cuerpo por segunda vez para trabajar a las órdenes de otra administración en manos del PP, en este caso al lado de María Dolores de Cospedal cuando ésta era presidenta de Castilla-La Mancha. Semanas antes de que Cospedal perdiera la Presidencia de la Junta de Comunidades, Andrés Gómez Gordo se reincorporó a la Policía. Entonces se desconocía que lo hacía sirviéndose de un salvoconducto para el éxito en su carrera: el chófer infiltrado en la familia Bárcenas era conocido suyo de la época en la que ambos trabajaban para Francisco Granados en la Comunidad de Madrid y él sería el encargado de "manipular" al confidente.

Gómez Gordo fue destinado formalmente como jefe de Sección en la Unidad de Delitos Económicos y Financieros aunque pasaba la mayor parte del tiempo en la Dirección Adjunta Operativa de la Policía, concretamente en un local de la calle Rafael Calvo de Madrid, nido de la brigada política que había montado el comisario Eugenio Pino y que ha fabricado informes contra el independentismo, Podemos y otros rivales del PP. A los seis meses de regresar fue condecorado con la Medalla Roja al Mérito Policial, que lleva asignado un incremento mensual y de por vida del 10% en la nómina.

Andrés Gómez Gordo aprobó para el rango de comisario en la época de Juan Ignacio Zoido como ministro del Interior y juró el cargo ya con el PSOE en el Gobierno cuando la Fiscalía Anticorrupción ya había solicitado su imputación por el caso del espionaje a Bárcenas. Fue destinado a Alicante, pero regresó a Madrid con derecho a ocupar una comisaría de distrito. La Dirección de la Policía le envió a Villa de Vallecas, una plaza difícil por sus índices de delincuencia, de las más elevadas de la capital.

La participación de Gómez Gordo en la Operación Kitchen está acreditada indiciariamente desde su mismo origen y hasta después de que concluyera. Se trata, de hecho, del policía que intenta blanquear los resultados del espionaje introduciendo en mayo de 2015 una serie de supuestos resultados del mismo en un fichero policial para hacerlo pasar por una investigación más. Con esa maniobra, los responsables de la Kitchen intentaron cubrirse haciendo creer que compartían sus hallazgos con los policías que realmente estaban persiguiendo la financiación irregular del PP a las órdenes del juez Ruz.

En su declaración ante el juez del caso Villarejo, Gómez Gordo intentó desvincular a María Dolores de Cospedal y al marido de ésta, Ignacio López del Hierro, de la Operación Kitchen. Gómez Gordo ha podido contratar los servicios del despacho del exjuez de la Audiencia Nacional José Antonio Choclán, uno de los abogados penalistas más reputados de Madrid.
Sergio Ríos Esgueva. Policía en la Brigada Móvil de la Jefatura Superior de Policía de Madrid

El chófer de la familia Bárcenas cobró, al menos, 48.000 euros y una pistola con cargo a los fondos reservados y un ingreso en la Policía a los 42 años por su labor como topo siguiendo los pasos de la familia del tesorero del PP cuando la cúpula del partido temía que este tirase de la manta. Una vez entró en el Cuerpo, en tiempos de Zoido, fue destinado a Lleida, pero a los pocos meses regresó a Madrid en comisión de servicio, un mecanismo excepcional que se suele aplicar a los investigadores y que, en el caso de Ríos Esgueva, se justificó porque tenía dos hijos en edad escolar que residían en un pueblo de Madrid y estaba divorciado.

Además se le destinó a la Brigada Móvil de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, un destino codiciado por sus complementos y condiciones de trabajo por muchos policías. Según han informado a elDiario.es fuentes policiales, ese no es el destino de Ríos Esgueva en la Policía actualmente. En 2019 accedió por un procedimiento ordinario a la misma especialidad pero ya dependiendo de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, lo que le evita desplazamientos fuera de la Comunidad. Fuentes oficiales de la Policía confirman que Sergio Ríos Esgueva continúa en servicio activo, pese a todo lo que consta en el sumario sobre él.

Recientemente, el juez del caso Villarejo, Manuel García-Castellón, ha abierto una subpieza de la Kitchen que mantiene en secreto a raíz de los hallazgos en el registro del piso de Ríos Esgueva. El exchófer ha cambiado de estrategia con un nuevo abogado y ha declarado en las dos últimas ocasiones que le ha requerido el juez. En el marco de esa subpieza, García-Castellón tomó declaración a Bárcenas en dos ocasiones con un lapso de tres días hace dos semanas.
Inspectores jefe José Ángel Fuentes Gago y Bonifacio Díaz Sevillano. Jefatura Superior de Policía de Madrid

Los dos actuaron como una suerte de jefes de gabinete de Eugenio Pino, en distintos momentos dentro del organigrama de la Dirección Adjunta Operativa de la Policía, en tiempos de la brigada política. Eran el núcleo de confianza de Pino y están investigados como él por su participación en el espionaje a Bárcenas. A ambos los recompensó Pino con medallas rojas pensionadas y destinos dorados en embajadas. Y los dos fueron cesados de sus puestos con el cambio de Gobierno.

El actual Ministerio del Interior les envió a un puesto sin exposición en la Jefatura Superior de Policía de Madrid, donde continúan. Ni Interior ni la Dirección General de la Policía revelan el trabajo que desempeñan Fuentes Gago ni Díaz Sevillano si bien elDiario.es publicó en febrero pasado que el primero había participado en las reuniones con la consultora que colaboraba en las tareas de aplicación de la subida salarial a los policías y se relacionaba con los sindicatos. Como con el resto, el hecho de que sigan en servicio activo supone mantener unas condiciones laborales sobre todo económicas que perderían en parte si fueran apartados temporalmente.

Fuentes Gago llegó a cobrar 14.000 euros brutos mensuales por el ‘premio’ de su destino en La Haya, a donde había sido enviada con un sueldo similar su mujer, también policía. Ambos traslados fueron decisión de Eugenio Pino. Durante su estancia en La Haya, Fuentes Gago viajó a Nueva York en abril de 2016 para intentar obtener información contra Podemos de un exministro de Hugo Chávez. El inspector jefe dijo a Rafael Isea que se presentaba ante él con "un mandato" de Mariano Rajoy y del entonces ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, también investigado por el uso de fondos públicos para espiar a Bárcenas. En su nueva etapa en la Jefatura Superior, Fuentes Gago ha intentado ascender a comisario sin éxito. "Si nos ayuda a que Podemos no llegue al Gobierno, mejor para todos", dice Fuentes Gago durante esa cita con el alto cargo venezolano, según un audio publicado por moncloa.com.

Por su parte, Díaz Sevillano fue enviado a la embajada de México con una retribución parecida a la de Fuentes Gago. Recientemente fue juzgado y absuelto por la Audiencia de Madrid en el caso del intento de introducción de un pen drive de Jordi Pujol Ferrusola, con información robada, en la causa que sigue la Audiencia Nacional. La defensa del hijo del expresident ha recurrido el fallo.
Inspector jefe Jesús Vicente Galán. Jefe de sección operativa en una comisaría de distrito de Madrid

El que fuera jefe de Vigilancias y Seguimientos de la Unidad de Asuntos Internos es el imputado más reciente. La declaración el pasado 23 de noviembre de una subordinada, que admitió haber cumplidos órdenes de seguimientos a la mujer de Bárcenas, Rosalía Iglesias, propició que Galán pasara de testigo a imputado en la causa y que los investigadores obtuvieran un nuevo indicio de cómo el Gobierno de Rajoy utilizó a la unidad que debe dedicarse a investigar a policías corruptos para otro tipo de encargos, de tipo político, ya sea el intento de sabotaje del caso de la caja B del PP o la Operación Catalunya contra dirigentes independentistas.

Esa perversión en las funciones de la Unidad de Asuntos Internos y, en particular, del cometido de Jesús Vicente Galán aflora en un documento incluido entre los miles de la pieza denominada 7 o Kitchen del caso Villarejo. En la misma aparece el atestado que elabora el jefe de la Unidad de Sistemas Especiales cuando en julio de 2016 se le involucra en la representación de ir a comprobar si hay micrófonos en el despacho del ministro Fernández Díaz. Acababan de aparecen las conversaciones entre éste y Daniel de Alfonso desveladas por publico.es y el ministro mantenía entonces la versión, que cambió después, de que no sabía que le habían grabado. Los mandos policiales enviaron a Sistemas Especiales a hacer un "análisis radioléctrico y barrido electrónico" al Ministerio. En el citado documento, el jefe de Sistemas Especiales escribe que sus especialistas "fueron recibidos por el IJ D. Jesús Galán, que dijo ser de la UAI (Unidad de Asuntos Internos), el cual les indicó las dependencias que tenían que ser examinadas".

En el expediente de Galán hay otro indicio de su participación en la brigada política. Fue, como los anteriores, condecorado con una medalla pensionada y destinado a una embajada, concretamente a Mauritania, donde estuvo percibiendo más de 10.000 euros brutos de asignación mensual. elDiario.es ha podido saber que en la actualidad es jefe de una sección operativa en un distrito de Madrid, pero la Dirección General de la Policía se niega a precisar en cuál.
Comisario José Francisco González. Comisario jefe del distrito de San Blas

González está imputado por ser el jefe del Área Especial de Seguimientos de la UCAO durante el espionaje a Bárcenas. La UCAO estaba dirigida por Enrique García Castaño, uno de los tres comisarios imputados que ya están jubilados (los otros dos son Pino y el ex jefe de Asuntos Internos Marcelino Martín-Blas). La AES desplegó a sus cerca de 70 agentes en distintos días y turnos para seguir a Rosalía Iglesias y otros miembros de la familia Bárcenas entre junio y octubre de 2013, después de que el ex tesorero entrara en prisión y confesara la financiación irregular del PP durante al menos veinte años. Hace aproximadamente dos meses y sin que haya trascendido, José Francisco González dejó la UCAO para convertirse en jefe de la comisaría del distrito de San Blas la Jefatura de Madrid.
El comisario de distrito Centro y la pieza de la doctora Pinto

La más importante de las comisarías de distrito de Madrid, la de Centro, está dirigida por el comisario Alberto Carba. Este mando no está imputado en Kitchen ni en ningún otra pieza del caso Villarejo, pero la defensa de la doctora Elisa Pinto ha solicitado que se incorpore a la número 24, la que indaga en la contratación de Villarejo por parte de Javier López Madrid, el informe de la Guardia Civil en el que se recuperan los mensajes entre el comisario Carba y el empresario. En ellos, el policía le dice al investigado López Madrid: “Este partido lo vamos a ganar”.

El comisario Carba había recibido el encargo de revisar el caso de la doctora Pinto y su trabajo derivó en la exculpación de López Madrid y de Villarejo y en el señalamiento de la dermatóloga, que lleva años denunciando un montaje policial. Finalmente, López Madrid y Villarejo están próximos a sentarse en el banquillo de los acusados, en contra de las conclusiones de Carba.

La Dirección General de la Policía evitó abrir un expediente a Carba cuando elDiario.es hace un año publicó el informe de la UCO de Guardia Civil con los mensajes de connivencia entre policía e investigado que habían aparecido en el teléfono de López Madrid. Fuentes policiales confirman que con posterioridad tampoco se ha abierto información reservada o expediente al comisario al mando del distrito Centro de la capital.



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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3891 en: 07 de Enero de 2021, 13:30:38 pm »

Por fin suspenden a Donaire de empleo y sueldo 11 meses
sinnombre sinnombre


hace 5 horas

El mosso independentista Albert Donaire ha sido suspendido de empleo y trabajo durante 11 meses a consecuencia de sus denuncias internas y la acción de la Fiscalía Provincial de Gerona y la de la Audiencia Nacional.

Su suspensión ha sido por insultarme y señalar a la ex-mosso constitucionalista Inma Alcolea, y también por difamaciones a la Monarquía. Con estos tres expedientes, a Donaire ya le ha pegado un toque que venía reclamando desde hace años.

Es indudable que Donaire ha acumulado puntos suficientes para ser inhabilitado de por vida. Pero a asuntos internos de los mossos parece no interesarle indagar en las afrentas impropias de un servidor de la ley. La endogamia se impone entre el independentismo inflitrado en los cuerpos de seguridad del Estado (no olvidemos que los mossos siguen dependiendo del Ministerio de interior).

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3892 en: 14 de Enero de 2021, 06:45:51 am »

La Guardia Civil recuerda a todas las unidades que la gorra es obligatoria dentro de los cuarteles
Un aviso del segundo jefe del Estado Mayor sólo permite excepciones en las instalaciones que decidan los responsables de las comandancias

Fecha
14/01/21access_time 1:02

Aurelio Ruiz Enebral
Los guardias civiles deben llevar la gorra puesta en el interior de los acuartelamientos. Es el aviso que el segundo jefe del Estado Mayor de la Guardia Civil remitió recientemente a todas las unidades del cuerpo, y que ha podido consultar Confidencial Digital.

“En relación con el uso de la prenda de cabeza en el interior de los acuartelamientos, tratado en el seno de la Junta Permanente de Uniformidad”, comienza el escrito, el segundo jefe del Estado Mayor comunica tres puntos.

En primer lugar, recuerda que “con carácter general, el personal deberá portar la prenda de cabeza en el interior de los acuartelamientos”. Es decir, que los guardias civiles no deben ir descubiertos, sin la gorra del uniforme, aún dentro de los cuarteles.

Eso sí, a esa instrucción general se admiten excepciones. “Sin perjuicio de lo anterior”, se indica en el segundo punto del aviso enviado a todas las unidades, “en las cabeceras de las Zonas, Comandancias o Unidad similar, se dejará a criterio del Jefe del acuartelamiento”.

Es decir, según explican fuentes internas del cuerpo, que esos jefes de zona, comandancia o unidad pueden establecer sus propias normas de régimen interior en las instalaciones de las cabeceras.

Por ejemplo, ECD ha podido consultar el escrito que el teniente coronel jefe de una comandancia provincial ha remitido a sus unidades sobre este asunto. Se trata del jefe de la Comandancia de Orense, que estable que en base a esa directriz del segundo jefe del Estado Mayor de la Guardia Civil, “por esta Jefatura se dispone que a partir de la fecha, con carácter general, no será obligatorio el uso de la prensa de cabeza en el interior del acuartelamiento de Ourense capital, sede de esta comandancia”.

Eso sí, a continuación añade que “sí será de uso obligatorio la prenda de cabeza por parte de los componentes que presten servicio de seguridad, concretamente en aquellos puestos que mantengan relaciones con personas procedentes del exterior del acuartelamiento”.

Tras esa excepción en cabeceras de zona y de comandancia, la instrucción enviada a todas las unidades de la Guardia Civil por toda España terminaba con un tercer punto, en el que se establecía que “en el exterior de los acuartelamientos y en el resto de las unidades, así como en los centros de enseñanza, continuará siendo obligatorio el uso de la prenda de cabeza”.

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3893 en: 14 de Enero de 2021, 07:56:38 am »
Cansinos de las gorras. . . cómo les gustan. . .

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3894 en: 21 de Enero de 2021, 18:34:01 pm »
En un futuro no muy lejano van a tener ustedes problemas de espalda y otros con tantos "achiperres".



« Última modificación: 22 de Enero de 2021, 05:51:26 am por 47ronin »

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3895 en: 21 de Enero de 2021, 19:21:31 pm »
Ya vendrá el verano . . . el sol y el calor. . .

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3896 en: 21 de Enero de 2021, 23:46:26 pm »
De la UPR tenía que ser...

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3898 en: 22 de Enero de 2021, 17:47:57 pm »
Ya que lleva cargadores del G36 podría portar el fusil..., lo normal es portarlos sólo cuando estás con el fusil...

Veo que lleva colgadas unas llaves y una parece la del vehículo, espero que no sea el conductor, porque ir asi para dedicarte sólo a conducir y custodiar la furgoneta cuando sea necesario, no sé...

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3899 en: 23 de Enero de 2021, 06:49:38 am »
Lo dicho, problemas en la espalda van a estar a la orden del día...y buenas parte de ese material no es de dotación, asi que infringe los reglamentos internos....camara incluída que podría ser objeto de sanción administrativa por la Agencia de Protección de Datos.