Autor Tema: Uniformidad y Reglamento  (Leído 476908 veces)

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #4220 en: 22 de Mayo de 2024, 15:52:57 pm »

¿Puede un policía nacional llevar una pulsera de un partido político?


El agente que denunció este sábado por desobediencia al catedrático Isidoro Moreno portaba en la muñeca una cinta de Vox
La Ley Orgánica que regula las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado exige "neutralidad política e imparcialidad"

Carlos Doncel

Sevilla 22 MAY 2024 7:00 Actualizada 22 MAY 2024 14:45
La pregunta viene a raíz de la pulsera de Vox que portaba el agente que redactó la denuncia el pasado sábado contra Isidoro Moreno, catedrático emérito de Antropología Social, durante una concentración en solidaridad con el pueblo palestino celebrada en el centro de la capital andaluza.


En el escrito se culpa al profesor de desobediencia y detalla que los manifestantes dificultaban "una vía de evacuación" de la plaza de las Setas de la Encarnación. "Además, en la denuncia se dice que yo portaba 'una bandera con mástil de Palestina', lo cual no creo que sea delito alguno", apunta Moreno. ¿Incumple el reglamento, sin embargo, la cinta de Vox que llevaba en la muñeca el policía, tal como afirman algunos testigos de los hechos?

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"Dentro de las intervenciones policiales debemos actuar sin distintivo político y religioso", explica Ángel Becerra, secretario regional del Sindicato Unificado de Policía (SUP). "La normativa interna recoge que hay que actuar con neutralidad política e imparcialidad en el ejercicio de nuestras funciones. Por parte de la dirección se pueden abrir incluso expedientes", indica Becerra.

La Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad exige "la neutralidad política, la imparcialidad y la evitación de cualquier actuación arbitraria o discriminatoria". Caso diferente es si el miembro de la Policía Nacional no se encuentra de servicio: "Si no estás de uniforme, puedes ponerte lo que quieras", aclara el secretario regional del SUP.


"Todo esto es kafkiano"
"En la conversación que mantuvimos, el agente me hizo alguna comentario que no es de recibo y que me guardo por ahora", asegura Isidoro Moreno a El Correo de Andalucía. Desde subdelegación del Gobierno informan de que aún no han recibido la denuncia de infracción de la Policía ni ninguna queja por parte de la asociación.

"Todo esto es kafkiano, o más bien de película de Berlanga", comenta Moreno. "Y es posible porque 'el gobierno de progreso'. como denominan algunos al que preside Sánchez y en el que hay ministros de Sumar, IU y, hasta las últimas elecciones, también de Podemos, mantiene vigente la llamada Ley Mordaza. Y así estamos", zanja el catedrático emérito de la Universidad de Sevilla.


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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #4221 en: 22 de Mayo de 2024, 17:32:12 pm »

¿Puede un policía nacional llevar una pulsera de un partido político?


El agente que denunció este sábado por desobediencia al catedrático Isidoro Moreno portaba en la muñeca una cinta de Vox
La Ley Orgánica que regula las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado exige "neutralidad política e imparcialidad"

Carlos Doncel

Sevilla 22 MAY 2024 7:00 Actualizada 22 MAY 2024 14:45
La pregunta viene a raíz de la pulsera de Vox que portaba el agente que redactó la denuncia el pasado sábado contra Isidoro Moreno, catedrático emérito de Antropología Social, durante una concentración en solidaridad con el pueblo palestino celebrada en el centro de la capital andaluza.


En el escrito se culpa al profesor de desobediencia y detalla que los manifestantes dificultaban "una vía de evacuación" de la plaza de las Setas de la Encarnación. "Además, en la denuncia se dice que yo portaba 'una bandera con mástil de Palestina', lo cual no creo que sea delito alguno", apunta Moreno. ¿Incumple el reglamento, sin embargo, la cinta de Vox que llevaba en la muñeca el policía, tal como afirman algunos testigos de los hechos?

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"Dentro de las intervenciones policiales debemos actuar sin distintivo político y religioso", explica Ángel Becerra, secretario regional del Sindicato Unificado de Policía (SUP). "La normativa interna recoge que hay que actuar con neutralidad política e imparcialidad en el ejercicio de nuestras funciones. Por parte de la dirección se pueden abrir incluso expedientes", indica Becerra.

La Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad exige "la neutralidad política, la imparcialidad y la evitación de cualquier actuación arbitraria o discriminatoria". Caso diferente es si el miembro de la Policía Nacional no se encuentra de servicio: "Si no estás de uniforme, puedes ponerte lo que quieras", aclara el secretario regional del SUP.


"Todo esto es kafkiano"
"En la conversación que mantuvimos, el agente me hizo alguna comentario que no es de recibo y que me guardo por ahora", asegura Isidoro Moreno a El Correo de Andalucía. Desde subdelegación del Gobierno informan de que aún no han recibido la denuncia de infracción de la Policía ni ninguna queja por parte de la asociación.

"Todo esto es kafkiano, o más bien de película de Berlanga", comenta Moreno. "Y es posible porque 'el gobierno de progreso'. como denominan algunos al que preside Sánchez y en el que hay ministros de Sumar, IU y, hasta las últimas elecciones, también de Podemos, mantiene vigente la llamada Ley Mordaza. Y así estamos", zanja el catedrático emérito de la Universidad de Sevilla.

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #4222 en: 27 de Mayo de 2024, 00:34:47 am »
Fachas fachoseando

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #4223 en: 04 de Junio de 2024, 22:39:18 pm »
Con el tiempo todo se cae....



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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #4224 en: 05 de Junio de 2024, 17:32:02 pm »
Con el tiempo todo se cae....

Está como para caerse de espaldas.

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #4225 en: 16 de Junio de 2024, 19:32:20 pm »

La Abogacía del Estado se allana en los procesos de gastos en el vestuario de paisano de policías nacionales


Ello en relación a una sentencia dictada por la Sección Cuarta del Tribunal Supremo de 2021 en la que fijó doctrina jurisprudencial.
La Abogacía del Estado se allana en los procesos de gastos en el vestuario de paisano de policías nacionales
Portada / Tribunales
Blanca Valdés
|
13/6/2024 06:30
|
Actualizado: 13/6/2024 00:07
Los Policías Nacionales vestidos de paisano siempre han estado en pie de guerra con la Administración al no compensarles económicamente por ese gasto de ropa. Tanto que incluso en un sinfín de ocasiones se han visto obligados a acudir a los tribunales para poder cobrar ese plus.

Pero ahora, la Abogacía del Estado se ha allanado en todos estos procedimientos en los que el funcionario dedicado a la investigación se encuentre prestando servicio en áreas de información, policía judicial y extranjería. Así como en protección de personas y de seguridad ciudadana, según un documento consultado por Confilegal.


Ello en relación a una sentencia dictada por la Sección Cuarta del Tribunal Supremo de 2021 en la que fijó doctrina jurisprudencial.

En ella los magistrados sentenciaron que “los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que prestan servicios en destinos obligados del uniforme, eximidos del uso por exigencias reglamentarias, tienen derecho a la compensación económica por razón de vestuario igual».

Y es que, hasta ese momento, sólo tenían tal derecho los policías que hacían servicio de escolta y de protección de personalidades.

Esta sentencia analizó la situación de cuatro agentes, una mujer y tres hombres. Prestaban funciones de investigación en Brigadas Provinciales o locales de Policía Judicial o en Brigadas Provinciales de Extranjería y Fronteras. Obligatoriamente tenían que ir de paisano, por razón del servicio.


En dicha sentencia los magistrados explicaron que se veían obligados a «utilizar, desgastar y, por ende, comprar, casi un tercio más de vestimenta de paisano que cualquier otro funcionario uniformado del Cuerpo Nacional de Policía».

En definitiva, consideraba que se vulneraba el principio de igualdad porque a unos se les pagaba, pero a otros no.

UN TOQUE DE ATENCIÓN «PARA NO SATURAR LAS SALAS»
Para Daniel López, vicepresidente del Sindicato Profesional de Policía (SPP), este allanamiento es una forma de decir que la administración debería reconocer este derecho de oficio.

«Nos agota una maquinaria que siempre deniega por sistema cualquier petición de un policía nacional. Y más aún cuando arrastramos un número de sentencias estimatorias que debería hacer recapacitar a más de uno».




Daniel López, vicepresidente del Sindicato Profesional de Policía. Foto cedida.
«Esto no es más que otro toque de atención para no saturar las salas de lo contencioso administrativo y empezar a reconocer algunos derechos de oficio sin necesidad de agotar la vía administrativa», ha explicado.

SENTENCIAS EN LAS QUE LOS POLICÍAS HAN GANADO EN LOS TRIBUNALES
En noviembre de 2023 el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) estimó seis recursos por este motivo.

Todas dictadas por los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo Fernando Seoane Pesqueria, Luis Ángel Fernández Barrio y Mónica Sánchez Romero. Eran la 815/2023, 816/2023, 804/2023, 817/2023, 805/2021 y 806/2023.

En todas las demandas alegaron que se estaba produciendo un trato discriminatorio, tal y como establece el artículo 14 de la Constitución Española, porque la Dirección General de la Policía sí que pagaba y reponía de forma gratuita los uniformes típicos de la profesión cuando lo necesitan o cuando están deteriorados.

Sin embargo, no compensa a aquellos funcionarios que van de paisano. Algo que tacharon de «injustificable e irrazonable».