Autor Tema: Uniformidad y Reglamento  (Leído 465521 veces)

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3740 en: 24 de Enero de 2019, 07:35:09 am »

La Guardia Civil introduce el bolso en el uniforme de las mujeres

Una nueva orden ministerial prevé incluir este complemento “acharolado negro” para las ocasiones más solemnes. También se contempla el zapato plano para las agentes embarazadas

Fecha
24/01/19access_time 1:04


La Guardia Civil prepara cambios para la regulación de los uniformes de sus efectivos. Una sentencia del Tribunal Supremo anuló la Orden Ministerial INT/77/2014 que establecía esta regulación, por haberse aprobado sin informe del Consejo de Estado.

Ante esa sentencia, la Dirección General de la Guardia Civil lleva meses trabajando para aprobar una nueva normativa que supla a la anulada. Para ello prepara un real decreto “por el que se regula el uso del uniforme de la Guardia Civil”, y una orden ministerial que desarrollará aspectos concretos de las normas de uniformidad del cuerpo.

Novedad: modalidad de “templado”

ECD ha tenido acceso a la orden ministerial que desarrollará el decreto y que supone varios cambios respecto al actual uniforme de la Guardia Civil. Uno de esos cambios es que las modalidades de uniforme se amplían de dos a tres.

Hasta el momento, la Orden General número 12, de 28 de diciembre de 2009, fijaba dos modalidades de uniforme: verano e invierno, que se aplicaban a los uniformes de servicio y de campaña.

Ahora pasará a haber tres modalidades ‘climáticas’: modalidad A de tiempo frío, modalidad B de tiempo templado, y modalidad C de tiempo cálido, que se aplicarán principalmente al uniforme de diario.

También se introduce el tipo de uniforme “para actos de especial relevancia”, que va después de los uniformes de gran etiqueta, etiqueta, gala, y antes de diario, servicio y de trabajo para interior de acuartelamientos.

Pero, además, la orden ministerial que prepara la Guardia Civil y de la que ECD ha podido acceder a un borrador, establece algunas novedades específicas para mujeres.
“Bolso acharolado negro”

A diferencia de lo que establecía la orden general de 2009, la orden ministerial -que no lleva membrete del Ministerio del Interior, sino de Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad- que se pretende aprobar este 2019 como consecuencia del también nuevo real decreto de uniformidad introduce el bolso como complemento.

Los uniformes de gran etiqueta, de etiqueta, de gala y para actos de especial relevancia, todos ellos para actividades más o menos solemnes pero no cotidianas, contempla para el personal femenino un “bolso acharolado negro”.

En el uniforme de diario lo define sólo como “bolso negro”, y ya en el uniforme de servicio y de trabajo para interior de acuartelamientos no menciona este complemento para el personal femenino.

Más adelante, en el mismo borrador, se especifica que tanto el bolso acharolado negro como la “capa negra” (incluida en los uniformes de gran etiqueta y de etiqueta, sin distinción por sexos) serán prendas no exigibles.
El bolso, una reliquia de la academia

Con todo, fuentes de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) aseguran a ECD que esta inclusión del bolso en la uniformidad de las agentes mujeres es bastante sorprendente.

Algunas guardias civiles apuntan que en la academia de Baeza a las alumnas ya hace 25 años les entregaban un bolso “negro, pequeño, como de media luna”. “Pero no se usaba más que cuando salíamos de la academia los domingos”, apuntan. Agentes que pasaron por la academia en 2007, 2006 y 2005 apuntan que ya no se lo entregaban, pero en 2004 sí, por ejemplo.

Con todo, lo que confirman es que más allá de la academia, las guardias civiles en actos públicos no han tenido un bolso como parte de la uniformidad.
Mejoras para las embarazadas

Las mujeres guardias civiles también se verán afectadas de forma por otros cambios que plantea la Dirección General en relación con la uniformidad. Específicamente, en lo que se refiere al uniforme que visten las agentes durante el embarazo.

Desde AUGC explican al Confidencial Digital que en un Comité de Igualdad de la Guardia Civil ya les avisaron hace un tiempo que estaba previsto introducir cambios en el denominado “uniforme para las guardias civiles en estado de gestación”.

Algunos de estos cambios -aún en un borrador, eso sí- son valorados de forma positiva. Se especifica en todo momento que las prendas estarán adaptadas al cuerpo de la embarazada: “guerrera verde adaptada”, “camisa blusón verde de manga larga adaptada”, “pantalón o falda recta verde adaptada”...

Destaca también que el calzado se flexibiliza, para que las gestantes puedan elegir. Ya no sólo podrán llevar zapato negro de tacón bajo, sino que también se permite el zapato plano de cordones.




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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3741 en: 25 de Enero de 2019, 07:12:06 am »
Los Mossos restringen el uso de las redes sociales a los agentes

Una orden interna prohíbe identificarse como miembro de la policía catalana para difundir imágenes e información que puedan afectar a la reputación del cuerpo

25/01/19access_time 1:02

La Dirección General de Policía de Cataluña y el Departamento de Interior de la Generalitat avanzan hacia la aprobación de una nueva instrucción u orden interna para regular “la imagen corporativa del cuerpo de Mossos d’Esquadra”.

Algunos de los puntos más polémicos de esta normativa es, por ejemplo, el que hace referencia a los tatuajes que pueden lucir en la piel los agentes del cuerpo de seguridad catalán; un tema que lleva meses en un tira y afloja con los sindicatos de agentes.

Confidencial Digital ha tenido acceso al borrador de esta instrucción que regula aspectos que van desde la forma de saludar a los ciudadanos y la lengua en la que dirigirse a ellos hasta el uso de la gorra, el maquillaje, las mechas en el pelo, e incluso normas de conducta como no mascar chicle y no meterse las manos en los bolsillos durante el servicio.

Comentarios sobre actuaciones policiales

Una de las novedades que plantea esta instrucción interna para los Mossos d’Esquadra, cuya aprobación está prevista para este 2019, es que se incorpora el uso de las redes sociales como punto contemplado y regulado por la Dirección General de Policía dentro de la normativa sobre “imagen corporativa”.

Hay que tener en cuenta que esta orden interna sustituirá, cuando se apruebe, a la que llevaba en vigor desde diciembre de 1997: por tanto, no recogía en ningún caso asuntos como la incidencia de las redes sociales, el teléfono móvil o el uso del WhatsApp en la actividad cotidiana de los agentes.

Ya desde la introducción de la norma que prepara el Govern se establece que “se han de evitar las opiniones o comentarios de funcionarios del cuerpo de Mossos d’Esquadra sobre las actuaciones policiales en las que hayan intervenido profesionalmente o por razón de su cargo, recordando la obligación de guardar secreto respecto a todas las informaciones que conozca por razón o en ocasión del cumplimiento de sus funciones”.

No identificarse como mossos

Dentro de las “normas de conducta durante el servicio” se concreta más la regulación sobre las redes sociales. La Dirección General de Policía trata de inculcar la idea de que “los miembros de la Policía de la Generalitat-Mossos d’Esquadra han de ser conscientes en todo momento de su condición profesional y de la repercusión pública de sus actos”.

De ahí que establezca que los mossos “han de tener en consideración que no podrán identificarse como miembros de la Policía de la Generalitat-Mossos d’Esquadra para difundir imágenes o comentarios en las redes sociales que puedan afectar a la imagen del cuerpo o que vayan contra de sus principios de actuación o del código de ética de la Policía de Cataluña”.

La instrucción que se aprobará próximamente -ahora los sindicatos de agentes tienen un plazo para hacer alegaciones- también contempla por primera vez el uso de WhatsApp. Y lo hace para establecer que “no se podrá transmitir información o imágenes relacionadas con actuaciones o servicios policiales a través de mensajería instantánea, a excepción de situaciones de urgencia y previa autorización del mando correspondiente”.

Hay que recordar, por ejemplo, que por WhatsApp se filtró la fotografía de Younes Abouyaaqoub, el autor material del atentado de La Rambla, muerto a tiros por los Mossos en Subirats (Barcelona) después de días de fuga.

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3742 en: 25 de Enero de 2019, 12:10:04 pm »
                                                                 

"TUTELADOS"

 3. f. Dirección, amparo o defensa de una persona respecto de otra.

Y nosotros tenemos la culpa al hacerle al Estado unas funciones que le competen pero que son resueltas por las policias locales...y lo he dicho muchas veces: GRATIS, NO.


Estimados compañeros, os llevo leyendo algún tiempo pero hoy me he decidido a participar básicamente por esto:
Una vez más, ninguneados y poniendo palos en las ruedas...

A todos los policías locales de la comunidad, de golpe...

Revocan las autorizaciones para que la Policía Local de Extremadura vista de paisano

La Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local de España, en la delegación de Extremadura, han hecho llegar su preocupación tras tener conocimiento de la decisión de la delegación del Gobierno de España en Extremadura de revocar las autorizaciones para que Policías Locales de esta comunidad puedan desarrollar sus funciones sin utilizar la uniformidad habitual.

De no renovarse esta autorización la Policía Local verá imposibilitada su labor de ir vestido como paisano para llevar a cabo acciones de vigilancia, tales como escolta de autoridades locales, control de la venta y consumo de bebidas alcohólicas de menores, control del absentismo escolar, servicios preventivos en el entorno de los centros educativos para evitar el consumo de estupefacientes, vigilancia contra actos vandálicos y medio ambiente, vigilancia de vertidos incontrolados, control del ocio nocturno, accesos a locales de juego, protección de víctimas de violencia de género, entre otras.

“Es por ello, que al tratarse de cuestiones que habitualmente son realizadas por estas unidades especializadas, dejarán de ser efectuadas con garantías, ya que difícilmente estos servicios puedan ser prestados de forma uniformada con eficacia y garantías de éxito”, han señalado desde la Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local.

Por estas razones, la Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local de Extremadura han solicitado un cambio de postura respeto a esta decisión.

http://www.extremadura7dias.com/noticia/revocan-las-autorizaciones-para-que-la-policia-local-de-extremadura-vistan-de-paisanos


Parece ser que han reculado, no obstante no cambia el problema de fondo y no es otro que el trato paternal que hay hacia las policias locales hasta para realizar funciones que son suyas.

https://www.hoy.es/extremadura/delegacion-gobierno-dice-20190118211355-nt.html

un saludo

Buenas, simplemente decir que las autorizaciones NO han sido prorrogadas, los compañeros ya están trabajando de uniforme. Una comunidad autónoma entera, caso inédito de revanchismo.

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3743 en: 25 de Enero de 2019, 14:07:54 pm »
                                                                 

"TUTELADOS"

 3. f. Dirección, amparo o defensa de una persona respecto de otra.

Y nosotros tenemos la culpa al hacerle al Estado unas funciones que le competen pero que son resueltas por las policias locales...y lo he dicho muchas veces: GRATIS, NO.


Estimados compañeros, os llevo leyendo algún tiempo pero hoy me he decidido a participar básicamente por esto:
Una vez más, ninguneados y poniendo palos en las ruedas...

A todos los policías locales de la comunidad, de golpe...

Revocan las autorizaciones para que la Policía Local de Extremadura vista de paisano

La Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local de España, en la delegación de Extremadura, han hecho llegar su preocupación tras tener conocimiento de la decisión de la delegación del Gobierno de España en Extremadura de revocar las autorizaciones para que Policías Locales de esta comunidad puedan desarrollar sus funciones sin utilizar la uniformidad habitual.

De no renovarse esta autorización la Policía Local verá imposibilitada su labor de ir vestido como paisano para llevar a cabo acciones de vigilancia, tales como escolta de autoridades locales, control de la venta y consumo de bebidas alcohólicas de menores, control del absentismo escolar, servicios preventivos en el entorno de los centros educativos para evitar el consumo de estupefacientes, vigilancia contra actos vandálicos y medio ambiente, vigilancia de vertidos incontrolados, control del ocio nocturno, accesos a locales de juego, protección de víctimas de violencia de género, entre otras.

“Es por ello, que al tratarse de cuestiones que habitualmente son realizadas por estas unidades especializadas, dejarán de ser efectuadas con garantías, ya que difícilmente estos servicios puedan ser prestados de forma uniformada con eficacia y garantías de éxito”, han señalado desde la Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local.

Por estas razones, la Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local de Extremadura han solicitado un cambio de postura respeto a esta decisión.

http://www.extremadura7dias.com/noticia/revocan-las-autorizaciones-para-que-la-policia-local-de-extremadura-vistan-de-paisanos


Parece ser que han reculado, no obstante no cambia el problema de fondo y no es otro que el trato paternal que hay hacia las policias locales hasta para realizar funciones que son suyas.

https://www.hoy.es/extremadura/delegacion-gobierno-dice-20190118211355-nt.html

un saludo

Buenas, simplemente decir que las autorizaciones NO han sido prorrogadas, los compañeros ya están trabajando de uniforme. Una comunidad autónoma entera, caso inédito de revanchismo.

Pero no se suponía que desde Delegación se iban a prorrogar sin problemas y además se hizieron de "cruces" ante la proptesta de Unijepol?

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3744 en: 13 de Febrero de 2019, 07:43:24 am »

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3745 en: 13 de Febrero de 2019, 13:10:11 pm »
Particular o la ha dado el Ayto para probar???

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3746 en: 13 de Febrero de 2019, 13:27:11 pm »
Particular o la ha dado el Ayto para probar???


Esta claro que particular...de ahí lo de uniformidad y reglamento.

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3747 en: 14 de Febrero de 2019, 11:50:50 am »
Es que había oido que con las famosas linternas que nos iban a dar de dotación, iban a dar a probar cámaras para grabar intervenciones por parte de la corporación.

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3748 en: 14 de Febrero de 2019, 12:27:38 pm »
Es que había oido que con las famosas linternas que nos iban a dar de dotación, iban a dar a probar cámaras para grabar intervenciones por parte de la corporación.

Las cámaras se probaron...en julio de 2014, y su adquisición quedó en agua de borrajas.

https://computerhoy.com/noticias/imagen-sonido/policia-madrid-llevara-camaras-hombro-es-legal-15825

https://elpais.com/ccaa/2014/07/13/madrid/1405263704_113498.html


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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3749 en: 16 de Febrero de 2019, 07:56:20 am »
https://twitter.com/ucsmadrid/status/1095192592436752385






¿PUEDE EL POLICIA GRABAR CON UN MOVIL O CÁMARA SUS ACTUACIONES POLICIALES?

En los últimos años, mucho se ha hablado de la necesidad de incorporar videocámaras móviles o sistemas de grabación no fijos como elementos de dotación para los agentes de la autoridad.

Ello se debe a la proliferación de denuncias de todo tipo, y la necesidad de los agentes de mostrar la realidad de la actuación, en determinado de tipo de circunstancias, o ante previsibles denuncias.

Dicha facultad o posibilidad es compleja, pues choca frontalmente con los derechos a privacidad, propia imagen y protección de datos de los que goza el ciudadano recogidos en la Ley orgánica 15/1999, de 13 de desembre, de Protección de datos de carácter personal, dado que la captación y almacenamiento o uso de la misma supone un “tratamiento de datos”.

El artículo 2.3) de la citada ley establece que será la regulación específica de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado la que regulará la posibilidad de realizar los tratamientos de datos derivados de la utilización de videocámaras por estos cuerpos.

En este sentido el artículo 22 de la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana establece en relación al uso de videocámaras que:

“La autoridad gubernativa y, en su caso, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán proceder a la grabación de personas, lugares u objetos mediante cámaras de videovigilancia fijas o móviles legalmente autorizadas, de acuerdo con la legislación vigente en la materia.”

La ley establece un ámbito amplio para su uso, en concreto, “contribuir a asegurar la convivencia ciudadana, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, así como de prevenir la comisión de delitos, faltas e infracciones relacionados con la seguridad pública.”.

¿A qué dispositivos se refiere la ley? ¿Al móvil personal de un policía?

La ley se refiere en exclusiva a cámaras de vide vigilancia, y ampara, por ejemplo, la instalación de estos dispositivos en calles o vías de circulación, pero nada establece respecto a pequeñas cámaras o los propios móviles o cualquier otro dispositivo.

Además, dicha habilitación la hace depender también de la legislación existente en la materia y la sujeta a habilitación expresa previa.

En Catalunya, en particular, la autorización depende de la Generalitat de Catalunya debido a la atribución de competencias que en materia de seguridad realizan los artículos el 149.1.29 de la Constitución, 13 de l’Estatut d’autonomia y 37 y siguientes de la Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo de fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

En base a la misma se dictó el Decreto el Decreto 134/1999, de 18 de maig, de regulació de la videovigilància per part de la policia de la Generalitat i de les policies locals de Catalunya, que regula las circunstancias del uso de las mismas y atribuye la competencia al Departament d’-interior.

http://interior.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Autoritzacio-de-cameres-de-videovigilancia?category

El Decreto 134/1999, atribuye tal competencia a una comisión especial, la comisión de control de dispositivos de vigilancia, que debe autorizar o no la petición de la administración pública.

Este decreto establece un sistema restrictivo y excepcional del uso de dispositivos móviles de grabación de imagen:

1.- Desordenes públicos y peligro para la seguridad pública, siempre que haya requerimiento del Jefe de Policía o el alcalde del Ayuntamiento.

Por tanto, no establece la regulación un sistema de dispositivos móviles preventivos o genéricos que pueden grabar actuaciones policiales, sino que exclusivamente para casos más determinados y concretos, cuyo análisis se realiza con carácter previo a la situación y mediante autorización.
¿Pueden entonces utilizarse los móviles y cámaras que pueden llevar los miembros de la policía a título privado , o con permiso de la administración?

A nuestro juicio no pueden utilizarse porque colisionaría con el derecho del ciudadano a la intimidad y la propia imagen, y su uso requerirá siempre autorización expresa.

El uso sin autorización de la Administración empleadora, podría incluso suponer la exigencia de responsabilidad disciplinaria por parte de la Administración al funcionario de policía.


Para más información contacta con:

Aranda, Melgar & Tàsies Advocats.

http://www.amtadvocats.com

Original Article
« Última modificación: 16 de Febrero de 2019, 08:07:09 am por 47ronin »

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3750 en: 20 de Febrero de 2019, 08:02:34 am »
Veremos la prueba si cuaja o se queda como en Madrid




La Guardia Urbana prueba las nuevas cámaras individuales que llevarán los agentes

La experiencia piloto empieza hoy en Ciutat Vella, Eixample y en los antidisturbios

Mayka Navarro, Barcelona
07/02/2019 13:56
Actualizado a 14/02/2019 10:37

https://www.youtube.com/watch?v=d5D31zii038

https://www.youtube.com/watch?v=dtDDDCzY38s

Un grupo reducido de agentes de la Guardia Urbana de Barcelona de los distritos de Ciutat Vella, Eixample y de la Unidad de Suport Policial (USP), los antidisturbios, prueban desde hoy tres modelos distintos de cámaras personales que llevarán en la solapa los policías. La prueba piloto, que se llevará a cabo los próximos meses, incluye los turnos de mañana, tarde y noche. Y los tres grupos de agentes, que han recibido un curso de formación para el uso de los dispositivos, se rotarán en el uso de los distintos modelos para que al final de la prueba piloto todos hayan utilizado los distintos modelos de cámaras.

Al final, cada grupo de guardias urbanos redactará un informe con sus experiencias, que ha funcionado, que no ha funcionado y qué carencias han encontrado en su día a día. Esas conclusiones unidas a la experiencia en el uso con la que ya cuenta desde hace meses los jefes de turno de los Mossos d’Esquadra permitirá elaborar el pliego de condiciones para el concurso público por el que la Guardia Urbana adquirirá medio centenar de cámaras.

Hace tiempo que estos dispositivos de grabación se han convertido en una herramienta cada vez más imprescindible en la actividad policial. El intendente mayor de la Guardia Urbana, Ricardo Salas, ha explicado esta mañana como la policía local de Londres ha notado una reducción de un 30% de las actuaciones conflictivas desde que los londinenses saben que sus policías graban. Se trata de unas mejoras “beneficiosas para el ciudadano y para el policía” y que permitirán, a juicio de Salas, “que nuestra actividad cambie notablemente para mejor”.

La prueba piloto cuenta con la autorización del departamento de Interior de la Generalitat y de la comisión de vídeo vigilancia que tiene que dar el visto bueno no sólo al futuro uso más generalizado de los dispositivos, sino también de la prueba piloto. “A cualquier policía que le des a elegir entre llevar una cámara para poder grabar sus actuaciones o no llevarla, te dirá que si la quiere”, aseguró el intendente Salas.




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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3751 en: 23 de Febrero de 2019, 08:47:35 am »

Cabos y agentes rasos de la Guardia Civil, enfrentados por este cambio en el uniforme

La Dirección General prepara una modificación en los galones que la Asociación Profesional de Cabos amenaza con llevar a los tribunales.
23 febrero, 2019 01:11


Daniel Montero @monteroblog

La Dirección General de la Guardia Civil estudia un cambio en el uniforme que ha causado un gran revuelo en las filas del cuerpo. Tanto que la Asociación Profesional de Cabos ha amenazado en un comunicado público con llevar la normativa a los tribunales, y abrir la espita legal para determinar si el Instituto Armado es o no una organización castrense.

El problema viene, según confirman a EL ESPAÑOL fuentes de la propia Guardia Civil, porque la dirección del cuerpo prepara desde hace meses una normativa para dotar a los agentes rasos de un emblema en su uniforme. Sin embargo, parece que ni la medida ni el diseño han gustado a todo el mundo. Con la propuesta sobre la mesa, los cabos consideran que los diseños que se barajan por la Dirección General son realidad una copia de sus galones. Y aquí llega el enfrentamiento.
Distintos diseños sobre los que trabaja el grupo de Uniformidad.



Distintos diseños sobre los que trabaja el grupo de Uniformidad.

El cambio de uniformidad se estudia en un grupo de trabajo que desde hace meses integra a las principales asociaciones de guardias civiles del país. Todas han presentado sus propuesta de diseño, que se acompañan en esta información. Sin embargo, la tradición pesa mucho en el cuerpo, que ha mantenido desde 1844 los mismos galones para sus integrantes que el Ejército de Tierra. Y allí, no hay emblemas para los soldados rasos. 

Por eso, en palabras de la Asociación Profesional de Cabos, la orden ministerial que prepara la dirección del Instituto armado es "un proyecto nefasto" que crea "ex novo una divisa para el empleo de guardia civil, que por sus características es un burdo remedo de la divisa de cabo 1º del cuerpo"· Es decir, que les copian los galones.

La medida es considerada por algunos como "una aberrante ofensa a la tradición castrense del cuerpo", y el colectivo de cabos amenaza con llevar el proyecto a los tribunales. "Qué desagradecida y poca memoria tenemos y que nuevos (e ignorantes) somos", reza el comunicado público firmado por el colectivo.

Una divisa "pagana"

Así, la Asociación Profesional de Cabos, asesorada legalmente por el despacho SDG Abogados, mantiene que acudirá a los tribunales si la dirección general impone finalmente esta "divisa pagana que jamás han portado los guardias civiles ni es reconocida entre las divisas militares".

Sin embargo, y según explican a EL ESPAÑOL los portavoces del cuerpo, todavía no hay nada decidido y la medida, que se estudia con la mayoría de las asociaciones representativas del cuerpo, buscará el mayor consenso posible. El problema, según explican las mismas fuentes, es que los agentes rasos son los únicos en toda la Guardia Civil que no tienen distintivo, ya que incluso los agentes que están en la academia tienen su propio emblema.

Los contrarios a la medida esgrimen además el gasto de "millones de euros" que supondría dotar a toda la plantilla de distintivo, algo que no comparten desde la dirección del cuerpo, ya que la modificación no haría necesario el cambio de uniformes, sino simplemente colocar un añadido en los hombros, como sucede en la actualidad con cualquier agente cuando es ascendido.


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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3752 en: 23 de Febrero de 2019, 08:48:12 am »

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3753 en: 03 de Marzo de 2019, 08:04:16 am »
Uniformidad homogénea,,,que se llama.




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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3754 en: 27 de Marzo de 2019, 07:51:33 am »
La Policía Local de Burriana estrena nueva imagen




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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3755 en: 04 de Mayo de 2019, 09:52:49 am »


Los agentes de Tráfico realizarán pruebas de alcoholemia y drogas a los guardias civiles


Una orden de la Dirección General regulará los controles a los miembros de la plantilla para detectar el consumo de esas sustancias
Control antidrogas de la Guardia Civil.
Control antidrogas de la Guardia Civil.
 
04 DE MAYO DE 2019 (01:05 H.)
 
La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil asumirá una nueva competencia. La Dirección General va a establecer que sus unidades apoyen la realización de controles internos, destinados a detectar el consumo de drogas o excesivo de alcohol entre los agentes de la propia Guardia Civil.

Así se contempla en el proyecto de orden ministerial, consultado por Confidencial Digital, que la Dirección General ya ha redactado con objeto de regular “el procedimiento de detección del consumo de alcohol o drogas tóxicas, estupefacciones o sustancias psicotrópicas por parte del personal de la Guardia Civil”.

Dicha orden se dictará próximamente al amparo de un real decreto, también aún pendiente de aprobar, que a su vez establecerá los requisitos para determinar la aptitud psicofísica del personal de la Guardia Civil.

MEDIOS DE LA AGRUPACIÓN DE TRÁFICO...
Mediante esta orden ministerial se establecen los protocolos para realizar distintas pruebas de detección de alcohol y drogas: bien durante el servicio, de forma aleatoria entre todos los agentes; bien a guardias civiles sobre los que haya sospechas de consumo; o bien cuando se produzcan incidentes que puedan estar motivados por dichas sustancias.

Para detectar esas “conductas anómalas tales como la ingesta de alcohol fuera de los límites permitidos, así como el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas”, la Dirección General de la Guardia Civil contempla recurrir al personal de la Agrupación de Tráfico y a los medios de la DGT, utilizados para los controles en carreteras a los conductores, para realizar pruebas a sus propios agentes.


Ya en el preámbulo del proyecto de orden ministerial se indica que “los procedimientos existentes en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y normativa de desarrollo para la detección de drogas y alcohol en la conducción de vehículos se consideran perfectamente válidos para alcanzar los fines perseguidos en esta norma, teniendo en consideración las capacidades técnicas que poseen los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico con una formación específica en la materia”.

Pero, además, la Dirección General establecerá que “la detección de los consumos se podrá obtener a través de la verificación de aire espirado mediante etilómetros, muestras de saliva, drogotest o por cualquier otro procedimiento oficialmente homologado y autorizado”, y “para ello podrán ser utilizados los medios de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil”.

… PESE A LAS RESTRICCIONES RECIENTES
Esta opción incluida por la Dirección General de la Guardia Civil ha soliviantado a la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC). Desde la asociación se muestran “perplejos al comprobar cómo la Dirección General de la Guardia Civil pretende usar los escasos medios de los que dispone la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil para aplicar el régimen disciplinario, que no guarda ningún tipo de relación con los fines pretendidos por la DGT”.

Y es que, aunque los agentes son guardias civiles, aunque asignados a la Agrupación de Tráfico, los medios materiales corresponden a la Dirección General de Tráfico. Por ejemplo, los kits detectores de droga son adquiridos por la DGT para ser utilizados por los guardias civiles de Tráfico en su tarea de velar por la seguridad en las carreteras.

Desde AUGC denuncia “una vez más el intento de la Dirección General de pretender compensar la falta de medios técnicos y humanos en la Guardia Civil mediante el abuso de los trabajadores, apoyándose para ello en la aplicación del Régimen Disciplinario”.

Además, critican que se haga poco después de que se revelaran esos problemas de falta de medios técnicos y humanos.

Por ejemplo, durante los primeros meses del año no se pudieron realizar los exámenes de contraste de las pruebas de drogas, debido a un problema en el contrato que firmó la DGT con el laboratorio encargado de esos análisis, tal y como se contó en estas páginas. También se dio la orden de restringir sólo a determinados casos la realización de las pruebas a conductores, debido a que hubo que ‘racionar’ el uso de los kits antidroga.


A ello se une que el 21 de febrero la Jefatura de la Agrupación de Tráfico aprobó una Instrucción que tomó medidas ante las “limitaciones existentes en cuanto a la disponibilidad de potencial humano”.

Por eso desde AUGC critican que ahora se vaya a recurrir a los “insuficientes y exiguos medios” de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil para dedicarlos, también, a lo que al fin y al cabo es la aplicación del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil en lo que se refiere al consumo de drogas y alcohol.

La orden ministerial, que está en fase de proyecto y pendiente de aprobación, pone a total disposición de las unidades de la Guardia Civil los recursos de la Agrupación de Tráfico. En la disposición adicional segunda se establece que “la Jefatura de la Agrupación de Tráfico impartirá las instrucciones oportunas a sus unidades al objeto de prestar, en la medida de los recursos disponibles, los apoyos requeridos por los mandos actuantes”.

CONTROLES ANTES, DURANTE O DESPUÉS DEL SERVICIO
En la nueva normativa, la Dirección General de la Guardia Civil establece cuatro tipos de controles:

1) Los efectuados de forma puntual cuando se presenten síntomas evidentes o se tenga conocimiento de posible intoxicación etílica, o de haber consumido drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

En este caso, las pruebas de droga y alcoholemia se podrán hacer a los agentes del Instituto Armado dentro del horario de servicio del guardia civil, durante las cuatro horas anteriores al inicio del servicio o inmediatamente después de su finalización, cuando se encuentre vistiendo de uniforme y también cuando, fuera de los casos anteriores, la conducta del guardia civil afecte a la imagen del Cuerpo o de la función pública, o quede patente ante terceros su condición de guardia civil.

Conforme a esta nueva normativa interna, la Guardia Civil considerará consumo excesivo de alcohol cuando se sobrepase la tasa de alcohol en sangre de 0.3 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado de 0.15 miligramos por litro, mientras que tendrá la consideración de consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas cuando del control correspondiente surta un resultado positivo.

2) Los efectuados a propuesta del jefe de unidad, centro u organismo cuando éste tenga sospecha fundada de consumo habitual de alcohol y de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

Dentro de esta categoría, podrán ser objeto de control preventivo todos los guardias civiles, aunque sólo se les podrá someter a esta prueba una vez al año como máximo, siempre que el resultado sea negativo. A los alumnos de las academias de la Guardia Civil también se les realizarán esas pruebas, sin restricción de sólo una al año.

Además, cabe señalar que la Guardia Civil considerará que ha dado positivo “si de las pruebas realizadas se detectara un consumo habitual de alcohol o un consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas”.

3) Los efectuados a los componentes del Cuerpo en el marco de controles preventivos, con la periodicidad y en los términos que establezcan los órganos de sanidad y psicología de la Guardia Civil.

4) Los efectuados en el marco de los reconocimientos médicos obligatorios.

SE LE RETIRARÁ EL ARMA A QUIEN DÉ POSITIVO
Para regular un procedimiento con todas las garantías, la Guardia Civil contempla en sus protocolos que las pruebas las ordene realizar un superior del agente en cuestión; que se realicen delante de testigos; y que al agente que dé positivo en consumo de drogas o alcohol pueda hacerse una segunda prueba, de contraste, si lo solicita al dar positivo.

Si las pruebas muestran que el guardia civil ha consumido drogas, o alcohol en exceso, el mando de la unidad que haya aprobado el control ordenará al agente que no inicie el servicio, o que deje de prestarlo. También ordenará que se le retire el arma de dotación oficial hasta que se le pasen los efectos de la droga o el alcohol.

Y se contempla que el órgano de sanidad y de psicología correspondiente de la Guardia Civil pueda “prescribir el tratamiento o adoptar las medidas necesarias con la finalidad de prevenir las vulnerabilidades que el consumo que hubiese originado dicho resultado positivo pudiera provocar en la conducta y capacidad del personal que se dispone a desarrollar sus funciones profesionales”.



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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3756 en: 18 de Junio de 2019, 11:06:21 am »

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3757 en: 25 de Junio de 2019, 12:31:19 pm »



BORRADOR DEL REAL-DECRETO

Marlaska persiste en su orden antitatuajes y regulará cómo deben peinarse los guardias civiles


 
Luz Sela25/06/2019 06:46

El Ministerio del Interior prepara la orden que regulará el aspecto físico de los agentes de la Guardia Civil, pese a la polémica que provocó en su día.
La Guardia Civil impone el corte de pelo clásico y prohíbe el tuteo, los tatuajes y fumar en público
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, no renunciará a regular el aspecto físico de los agentes de la Guardia Civil.

Pese a la polémica que, meses atrás, provocó la orden que, entre otros, prohibía los tatuajes y piercings, fumar durante el servicio y regular el comportamiento de los guardias, el departamento sigue trabajando en un Real Decreto que regule el uso del uniforme.


El borrador, que recientemente ha sido elevado a consulta pública, elimina alguno de los puntos más conflictivos del texto inicial, como la obligación de ocultar los tatuajes, de forma que los guardias tenían que taparlos o someterse a intervenciones para su eliminación en el plazo de tres meses. El proyecto contemplaba también una base de datos en la que los agentes debían informar de sus tatuajes, en lugar del cuerpo en el que se encontraban y la correspondiente fotografía.

Ahora, la norma se flexibiliza, pero mantiene la prohibición sobre ciertos tatuajes. En concreto, quedan prohibidos aquellos «tanto permanentes como temporales, que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares; que supongan desdoro para el uniforme; que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas; que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso; que comprometan la exigida neutralidad política o sindical; o cualesquiera otros contenidos vedados por la ley».


No obstante, Interior se reserva una amplia discrecionalidad para desarrollar este punto e incorporar nuevas prohibiciones, admitiendo que «las condiciones en que podrán exhibirse o no otros tatuajes diferentes a los expresamente prohibidos se establecerán en las normas de desarrollo» del real decreto. Es decir, el departamento de Marlaska tendrá capacidad para impedir que los agentes muestren tatuajes al margen de los expresamente prohibidos.

El borrador tampoco clarifica cómo se regulará el «aspecto físico» de los agentes, pero permite que el ministerio lo podrá hacer con posterioridad a la aprobación del real decreto. Así, se advierte de que «en el uso del uniforme de la Guardia Civil habrán de observarse las normas sobre los signos externos de policía personal y aspecto físico que se determinen en desarrollo de este real decreto, tales como el cabello, maquillaje o uso de accesorios».


El texto inicial era explícito a la hora de dar pautas de cómo se debería llevar el cabello, el bigote, la barba, las uñas o los accesorios, entre otros.

Así, por ejemplo, no se admitía que los agentes llevaran rastas, ni trasquilones, ni zonas rasuradas. La instrucción obligaba a peinados cortos y clásicos, en hombres, y recogidos, en mujeres. Además, impedía fumar a los agentes durante prácticamente todo el servicio y llevar más de dos anillos y una pulsera.


Las asociaciones anunciaron acciones legales contra el borrador inicial, por considerar que afectaba a los derechos fundamentales y libertades públicas de los guardias civiles.

El nuevo texto regula además las «perforaciones y similares», prohibiendo «las argollas, espigas, inserciones, pegatinas, dilataciones y similares; así como las perforaciones o implantes microdermales o subcutáneos». Eso sí, no se prohíben «los pendientes de uso potestativo y exclusivo para el personal femenino, cuando se vista el uniforme de la Guardia Civil en sus diferentes tipos y modalidades de uso general en el Cuerpo».

Los actores, también afectados

El borrador impone además restricciones a quien utilice el uniforme de la Guardia Civil pero no pertenezca al Cuerpo, como actores y otras profesiones artísticas.

Estos deberán obtener la correspondiente autorización y, en su caso, «guardar en lo posible las normas de aspecto externo«, especialmente en lo que se refiere al «uso de tatuajes, perforaciones y similares» de modo «que no suponga menoscabo para la imagen de la Guardia Civil».

La normativa limita también el uso del uniforme en «situaciones ajenas al servicio», como «lugares y establecimientos incompatibles con la condición de guardia civil, que puedan perjudicar a los intereses o la imagen de la Institución, o comprometer la dignidad del propio uniforme», en temas publicitarios y apariciones en medios de comunicación, salvo autorización.

«Los guardias civiles, en cualquiera de las situaciones o circunstancias reguladas en que utilicen el uniforme, lo vestirán con la mayor corrección, propiedad y dignidad, atendiendo a lo que representan quienes lo portan», se añade.

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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3758 en: 01 de Julio de 2019, 06:04:09 am »
La Policía Local de Cáceres estrena uniforme en el que predomina el azul

Se adapta así al reglamento de Seguridad Nacional. Además, todos los agentes cuentan ya con chaleco antibala.


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Re: Uniformidad y Reglamento
« Respuesta #3759 en: 17 de Julio de 2019, 08:03:43 am »

La ropa de paisano de un policía local de Sevilla cuesta 720 euros

El Ayuntamiento hispalense destina 740.000 euros a la renovación de vestuario y calzado
A.F.L.
SevillaActualizado:
14/07/2019 20:26h

El Ayuntamiento de Sevilla, a través de la Delegación de Gobernación y Fiestas Mayores, ha destinado más de 740.000 euros de presupuesto de licitación a la renovación del vestuario, los complementos y el calzado de la Policía Local de Sevilla.

Esta inversión está destinada tanto al suministro de vestuario técnico o uniformado como al de la ropa de paisano que utilizan los agentes que prestan este tipo de servicio.

La renovación se lleva a cabo atendiendo a los criterios sobre periodicidad establecidos en el reglamento y en el catálogo de vestuario de la Policía Local de Sevilla y sus características técnicas también deben ajustarse a normativa.

Así, en el caso del contrato para la renovación de vestuario técnico y calzado, la inversión asciende a 672.937 euros (IVA incluido) y, por un lado, contempla el suministro de prendas, calzado y complementos diferenciados según la temporada de invierno o de verano, tanto para mujer como para hombre y algunas específicaspara la Unidad de Motoristas.

En el caso del suministro de vestuario para el personal de la Policía Local que presta servicio con ropa de paisano, el presupuesto de licitación asciende a 64.800 euros con el objetivo de equipar a un total de 90 trabajadores, con lo que el coste para cada uno sale a 720 euros.

El delegado de Gobernación y Fiestas Mayores, Juan Carlos Cabrera, ha destacado «la importancia de este tipo de inversiones para la renovación periódica del vestuario de la Policía Local de Sevilla, que ha de cumplir toda una normativa con el objetivo de que sea un elemento más que facilite la labor diaria de los agentes».