Autor Tema: Dudas sobre excedencia  (Leído 1967 veces)

Desconectado mayday

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Dudas sobre excedencia
« en: 28 de Julio de 2010, 14:10:02 pm »
Hola compañeros!

Acabo de ganar una plaza por oposición en otro municipio, y me surgen una serie de dudas, a ver si me podeís ayudar:

- ¿Tengo que notificar a mi ayuntamiento con un mínimo de tiempo de antelación antes/o después de firmar la plaza como agente en prácticas?, ¿y en caso afirmativo, con cuanto tiempo?

- ¿Qué tipo de excedencia debo de notificar a mi ayuntamiento de procedencia? Según lo que he hablado y leído, debería de ser una excedencia por incompatibilidad, ¿es eso cierto?

La verdad es que tengo varias dudas ya que con el nuevo EBEP y las leyes anteriores no me queda muy claro el tema aún.

A ver si alguno de vosotros, que ya ha pasado por esto me puede orientar.

Gracias y saludos!!!

Buen servicio
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Re: Dudas sobre excedencia
« Respuesta #1 en: 28 de Julio de 2010, 18:22:46 pm »
Yo pasé por ello y:

1.-Dilo en tu jefatura con algo de antelacion (yo lo hice 3 meses anttes de las prácticas).

2.-Pide una licencia no remunerada por estudios parra haceer las prácticas.

3.- Una vez firmas en propiedad automáticamene causas excedencia por incompatibilidad, aunquee no está de más, que por escrito y con copia del nombramiento, lo comuniques al de origen.


Saludos.

Desconectado mayday

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Re: Dudas sobre excedencia
« Respuesta #2 en: 30 de Julio de 2010, 12:50:23 pm »
Según un sindicato hay que avisar con 15 días, y lo de la licencia no remunerada por estudios nunca lo habia escuchado, ya que tengo entendido que para hacer el periodo de prácticas tambien se podía solicitar a través de excedencia por incompatibilidad.

Me equivoco?

Saludos.


Yo pasé por ello y:

1.-Dilo en tu jefatura con algo de antelacion (yo lo hice 3 meses anttes de las prácticas).

2.-Pide una licencia no remunerada por estudios parra haceer las prácticas.

3.- Una vez firmas en propiedad automáticamene causas excedencia por incompatibilidad, aunquee no está de más, que por escrito y con copia del nombramiento, lo comuniques al de origen.


Saludos.
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Re: Dudas sobre excedencia
« Respuesta #3 en: 30 de Julio de 2010, 20:57:32 pm »
Si pides una licencia por estudios de, digamos 4 meses (lo digo por no pillarte las manos si las practicas duran 3 meses), y por desgracia suspendes las prácticas puedes volver a ocupar la plaza inmediatamente.

Si pides directamente excedencia y suspeendes las prácticas, para reincorporarte tendrías que esperar a que tu ayto vuelva a sacar plazas y podría pasar un tiempo.

Esa es la diferencia.

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Re:Dudas sobre excedencia
« Respuesta #4 en: 30 de Agosto de 2010, 20:09:11 pm »
Bueno voy a corregir un poco a CJ...

Tienes que pedir una licencia de estudios y en ella tienes que poner si deseas cobrar las retribuciones de tu puesto de origen que te las pagaria tu ayuntamiento o las del nuevo ayuntamiento que te las pagaria este conforme al Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, el tiempo para pedirla da igual cuando tengas constacia por escrito de que vas a ingresar en la otra administracion entonces lo haces y acompañas una copia.

Y luego una vez que firmes la plaza en propiedad tienes dos opciones, si quieres quedar bien por si algun dia vuelves pues solicitas que te quedes en la situacion correspondiente que actualmente sigue siendo excedencia voluntaria por prestacion de servicios en el sector publico y si no quieres quedar bien segun el reglamento se declara de oficio. Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Los dos reglamentos estan en vigor a fecha de hoy.

Saludos
La vida no se ha hecho para comprenderla sino para vivirla.