La jueza inadmite las conversaciones con la denunciante que Nacho Cano presentó como pruebas de un supuesto “chantaje”
En un auto considera “irrelevante” el cruce de mensajes para el esclarecimiento de los delitos de favorecimiento de la inmigración ilegal y contra los derechos de los extranjeros que se le imputan al artista
El productor musical Nacho Cano en la rueda de prensa que ofreció a los medios el pasado 9 de julio, tras ser detenido.
El productor musical Nacho Cano en la rueda de prensa que ofreció a los medios el pasado 9 de julio, tras ser detenido.
Mariscal (EFE)
Patricia Ortega Dolz
Patricia Ortega Dolz
Madrid - 25 sept 2024 - 18:13CEST
La jueza que instruye el caso Malinche, sobre la situación irregular en la que se encontraba trabajando una veintena de supuestos “becarios” mexicanos en ese espectáculo del promotor musical Nacho Cano, ha inadmitido los últimos documentos presentados por la defensa del exmiembro de Mecano. En un auto notificado este miércoles a las partes, considera “irrelevantes” e “improcedentes” para el esclarecimiento de los delitos que se le imputan (favorecimiento de la inmigración irregular y contra los derechos de los extranjeros) los documentos aportados por los letrados, que contenían conversaciones privadas de WhastApp que Cano habría mantenido con la denunciante, Lesly Ochoa, de 28 años.
La defensa de Cano (y otras tres de sus colaboradoras) trataba de mostrar al artista como sujeto de un presunto “chantaje” porque, de acuerdo con ese cruce de mensajes, Ochoa le pidió 6.000 euros “por daños morales” y una carta de recomendación “para no proceder legalmente”, algo que finalmente hizo y dio lugar a la investigación penal en ciernes.
“El objeto de este procedimiento”, advierte la jueza en su auto, “es la investigación de los delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y contra los derechos de los trabajadores, por lo que además de la declaración de la denunciante-perjudicada Doña Lesly, contamos con otros medios probatorios, siendo irrelevantes las conversaciones que se aportan para esclarecer si los investigados han participado en los hechos imputados”.
Según la acusación popular, ejercida por el sindicato Comisiones Obreras (CC OO), la decisión judicial les da la razón y pone pie en pared a la campaña de desprestigio iniciada por Cano y su equipo de comunicación contra la joven estudiante que denunció los hechos el pasado mes de enero. “Nada tiene que ver si la denunciante es simpática, guapa, bailaba bien o mal en este caso”, advierten fuentes del sindicato implicadas en el caso. “No se trata de levantar pantallas de humo ni de embarrar el terreno de juego para dificultar una adecuada investigación de unos hechos presuntamente delictivos, como es tener a unos jóvenes estudiantes sin permiso de trabajo ni de estudios trabajando durante meses en un espectáculo por 500 euros al mes”, añaden.
“Solicito la carta de recomendación de Nacho Cano y los 6.000 euros, llegando a este acuerdo yo no procedo legalmente, ni me acuerdo de que existen”, rezaba uno de los mensajes, supuestamente enviado a las 18.35 de la tarde del 22 de diciembre de 2023 a Susana Jove Franch, una de las otras tres imputadas junto a Cano, según los documentos a los que tuvo acceso EL PAÍS facilitados por el equipo del compositor musical. Según su letrada, Lesly Ochoa sigue en España como peticionaria de asilo, pero no aclara si —como parece— escribió un mensaje con ese contenido o no.
El resto de los becarios, 17, abandonaron España el pasado 31 de agosto, tras interponer varias denuncias contra las actuaciones policiales en el desarrollo de la investigación y solicitar “órdenes de alejamiento” de los policías que los interrogaron. Los “estudiantes” habían sido citados a declarar el pasado 29 de agosto, pero su comparecencia fue suspendida ante la imposibilidad de localizar a Roxana García Drexel, sin domicilio conocido y que es una de las principales imputadas por ser quien coordinaba el chat de WhatsApp en el que se les daban las instrucciones a los “becarios”. Su ausencia “impedía que se garantizara “la posibilidad de contradicción entre las partes”, según explicaba en su auto el juez. Es posible que los becarios tengan ahora que declarar por videoconferencia desde México.
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“La documental aportada”, escribe la juez en su auto, “se considera irrelevante para la investigación de los hechos objeto del presente procedimiento”, afirma. “Debe recordarse que, a raíz de las investigaciones llevadas a cabo por el Grupo de Extranjería de la Comisaría de Distrito MadridCentro que obran en el atestado policial, este Juzgado acordó la práctica de diligencias de investigación para el esclarecimiento de los hechos, entre ellas, las declaraciones de los 17 bailarines, que tienen la condición de perjudicados, y la petición de informes a la Inspección de Trabajo y a la Tesorería de la Seguridad Social”.
La juez inadmite también como prueba el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de Madrid que permitía la permanencia cautelar en España de uno de los supuestos becarios y que fue aportado también por la defensa de los investigados. Considera en este caso también la juez que “es una diligencia irrelevante para el esclarecimiento de los hechos por cuanto se trata de medidas cautelares, que no afectan al fondo del asunto”.
De momento, los estudiantes llegaron triunfantes a México, aclamados por amigos y familiares que les recibieron con pancartas y vítores en el aeropuerto. Entrevistados por los medios de comunicación mostraban su agradecimiento a todo el aprendizaje y conocimiento recibido del “maestro Cano”: “Nos dio una formación muy completa, llena de canto, de baile urbano, flamenco, actuación... Y, sobre todo, el bonito equipo que tiene Malinche que es una familia”, decía una. “Yo nunca me imaginé poder convivir con él, al grado de tener esa confianza y que se preocupara por nosotros, tenerlo a él como maestro es una experiencia que, en lo personal, jamás voy a olvidar”, comentaba otro ante las cámaras. “Yo le quiero agradecer mucho, que Dios lo bendiga, que esté siempre con él y que siga ayudando a la gente”, concluía un tercero a su llegada. Los medios mexicanos ya anunciaban la llegada del musical La Malinche a México y daban por hecho que “estos jóvenes serán parte fundamental del nuevo montaje”. “Obviamente, vamos a estar presentes todos nosotros, se espera que sea el próximo año, todavía no se sabe el mes, pero ese estreno se viene fuerte y con todo”, confirmaba una de las “becarias”.
En España, pese a encontrarse inmerso en un polémico proceso judicial, vuelve Malinche, pero ahora “sin becarios”, según fuentes del entorno del productor musical. El próximo 15 de septiembre está previsto que se reabran, en su tercera temporada, las puertas de la carpa del recinto ferial de Ifema, que envuelve la propuesta musical del excomponente de Mecano. Su imputación, el pasado 30 de julio.
En un último giro de guion sorprendente del caso, una providencia emitida el pasado 4 de septiembre por el juzgado número 19 de plaza de Castilla, rechaza la petición del bufete de abogados Cremades-Calvo Sotelo —que representa al productor musical y a sus tres colaboradoras investigadas en el asunto— para representar también a los 17 supuestos “becarios” mexicanos y presuntas víctimas. Se trata de los supuestos “estudiantes en prácticas” que habrían trabajado de manera irregular en el espectáculo Malinche, que Nacho Cano estrenó en Madrid hace dos años. Es decir, la defensa del productor musical habría intentado representar también a sus presuntas víctimas.
CC OO, que ejerce la acusación particular, no ha podido dejar de mostrar su “perplejidad ante esta falta total de decoro de la estrategia de la defensa de los encausados en el caso Malinche que, evidentemente, quieren manejar el testimonio de estos testigos hasta el extremo de que les dirija la misma representación procesal que dirige la defensa de los cuatro acusados. Entendemos que el juez instructor debe tomar debida nota de esta quiebra de la neutralidad y de la imparcialidad de estos supuestos testigos/perjudicados”, han manifestado fuentes del sindicato implicadas en el procedimiento.
“No ha lugar a tener por parte en el presente procedimiento al procurador don José García Barrenechea en nombre y representación de [los 17 becarios] que tienen la consideración de perjudicados/testigos en las presentes actuaciones, toda vez que dicho procurador ya ostenta en la causa la representación de los investigados Ignacio Macarena Cano Andrés, Roxana Gabriela Duato de Salazar, Cristina Carmiñe Duato de Salazar y Susana Jove Franch, siendo incompatible ostentar ambas representaciones”, argumento el magistrado en su providencia.