Autor Tema: Terrorismo en la carretera.  (Leído 138444 veces)

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #640 en: 20 de Noviembre de 2011, 19:03:40 pm »
La  Policía Local detiene a varios jóvenes por lanzamiento de piedras y naranjas a vehículos
20/11/2011 | elperiodic.com         

Esta madrugada la Policía Local de Nules ha detenido a un total de seis jóvenes de la localidad tras comprobar que eran los causantes de varios incidentes en la carretera nacional 340 por lanzamiento de piedras y naranjas a los vehículos de circulaban por este vial.

La voz de alarma la lanzó la Policía Local de Alquerías, que sobre las 2.15 horas se puso en contacto con el retén de Nules para informar que habían recibido el requerimiento del conductor de un camión al que le habían provocado la rotura del cristal de la cabina por el impacto de una piedra, a la altura del kilómetro 959 de la carretera nacional 340, en el término de Nules. Al parecer no era el único vehículo afectado, ya que otros conductores habían denunciado estos mismos hechos.

Según explica el concejal de Policía Local de Nules, Alejandro Borrás, una patrulla del municipio se trasladó a dicho punto y pudo comprobar como había un grupo de jóvenes escondidos en el interior de un huerto, que al verse descubiertos salieron huyendo. Desde la Jefatura de Policía se explica que los agentes, ante el peligro que estos jóvenes estaban causando para la circulación, “y para garantizar la integridad de las personas”, se estableció un dispositivo de búsqueda que acabó con la localización y detención, por un presunto delito contra la seguridad vial, de los seis jóvenes, todos vecinos de Nules y que responden a las siglas A. B. B. (18 años), J. V. G. (18 años), D. M. M. (18 años), F. C. V. (16 años), D. N. L. (18 años) y E. V. Y. (17 años).

Tras su detención, la Policía Local los puso a disposición de la Guardia Civil que se ha hecho cargo de la investigación y diligencias pertinentes.

Borrás quiere felicitar públicamente a los agentes de la Policía Local “por su rápida y efectiva respuesta, dado que este tipo de acciones son totalmente intolerables, al poner en serio riesgo la vida de los conductores”. Asimismo, el edil de Policía asegura “que vamos a ser inflexibles con estos actos vandálicos”. Alejandro Borrás recuerda que no es la primera ocasión en que la Policía Local de Nules consigue identificar a los autores de este tipo de hechos, generalmente menores de edad “que parecen no ser consciente de la gravedad de sus actos”, precisamente por ello es tan importante esta intervención policial “y sólo nos queda esperar que la ley les haga pagar por su irresponsable actitud”.



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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #641 en: 20 de Noviembre de 2011, 19:38:04 pm »
Condenado a cuatro años de cárcel por provocar un accidente al arrojar una piedra

El condenado arrojó una piedra sobre un coche en el que viajaban dos personas en la autovia A-52 en Pontevedra. El fiscal pedía siete años de prisión pero el juez ha tenido en cuenta que el acusado admitió su culpabilidad.

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a tres años y nueve meses de cárcel a un hombre que en 2009 arrojó una piedra sobre un vehículo que circulaba por la autovía A-52 a la altura de A Cañiza y provocó el accidente de un coche cuyos dos ocupantes sufrieron lesiones graves.

Aunque el fiscal pedía de entrada más de siete años de prisión, el acusado consiguió una reducción al admitir su culpabilidad por un delito de homicidio en grado de tentativa, lo que evitó la celebración del juicio.

En el relato de los hechos, el escrito del fiscal señala que la piedra impactó contra el coche de la víctima, rompió el parabrisas y dañó a los dos ocupantes, uno de ellos periodista radiofónico en Vigo. El conductor perdió el control del coche, que se estrelló contra la mediana y después contra la valla bionda, perdió un eje y se arrastró unos 190 metros antes de quedar completamente parado.

También hace hincapié en que el conductor advirtió la presencia de las dos personas en el puente e hizo gestos para tratar de evitar que les arrojasen la piedra. En el momento de los hechos, el ahora condenado estaba en compañía de un menor de edad, que fue juzgado por un tribunal de menores.

Vídeo: http://www.antena3.com/noticias/sociedad/hombre-condenado-cuatro-anos-carcel-provocar-accidente-trafico-arrojar-piedra_2011111500189.html



Nunca lograré entender que por admitir un reo su culpa se le reduzca la condena en casi un 50%...
UN ZURDO EN DERECHO

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #642 en: 25 de Noviembre de 2011, 14:00:29 pm »
Las Oficinas de Asistencia a Víctimas de Delitos dispondrán de servicios específicos para accidentes de tráficoEuropa Press
miércoles, 23 de noviembre de 2011
MADRID, 23 (EUROPA PRESS)

Las víctimas de accidentes de tráfico que tengan que pasar por un procedimiento judicial después de sufrir el siniestro podrán acudir a partir de ahora a las Oficinas de Asistencia a Víctimas de Delitos, que funcionan en algunos juzgados, para recibir apoyo psicológico o jurídico, ya que el Ministerio de Justicia ha dictado una serie de instrucciones sobre la manera adecuada de tratar a este tipo de víctimas.

Este tipo de oficinas, son un servicio público y gratuito implantado por el Ministerio de Justicia que son atendidas por funcionaros de la Administración de Justicia y en algunas ciudades cuentan con psicólogos y trabajadores sociales. En teoría, están abiertas a todo tipo de víctimas de delitos, aunque en la práctica están especializadas en delitos violentos o situaciones de violencia doméstica.

No obstante, desde el Ministerio de Justicia se ha promovido una iniciativa para que las personas que hayan sufrido un accidentes de tráfico y sean víctimas de un delito contra la seguridad vial también puedan acudir a ellas y reciban un servicio acorde con sus necesidades, según han explicado a Europa Press fuentes conocedoras del proyecto.

Este jueves está prevista una reunión en el Ministerio de Justicia entre miembros de este departamento, con responsables de la Dirección General de Tráfico (DGT) y las asociaciones de víctimas Asociación para el estudio de la lesión medular espina (Aesleme), Stop Accidentes, la Asociación Estatal de Víctimas de Accidentes DIA y la Asociación de Prevención de Accidentes de Tráfico AP(A)T para informarles del nuevo servicio ofrecido por las Oficinas de Asistencia a Víctimas de Delitos.

La idea es que en estas oficinas se pueda dar una primera asistencia a las víctimas que hayan sufrido un accidente de gravedad y además se vean obligadas a someterse al trance de pasar por un proceso judicial, a la vez que se les informa de los servicios de atención a víctimas que se ofrece desde algunas asociaciones por la Asociación Estatal de Víctimas de Accidentes DIA.

Las asociaciones de víctimas llevan tiempo denunciando que en los últimos años se ha trabajado mucho en la atención sanitaria de las personas que sufren accidentes de tráfico, pero se ha descuidado el aspecto psicológico y de atención a las víctimas y sus familiares, dejando en manos de las ONG este trabajo.

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #643 en: 27 de Noviembre de 2011, 17:58:55 pm »
Delito o infracción administrativa...la diferencia está en el "peligro concreto"...a la postre alguien filiado.

Absuelto un piloto que saltó dos stops para huir de los guardias
Conducía sin el carné, que le habían retirado durante diez meses por conducir bajo los efectos del alcohol

Un conductor que tenía retirado el carné por sentencia judicial por conducción bajo los efectos del alcohol, se libró de ingresar en prisión y fue absuelto de conducción temeraria, pese a que se saltó dos stops y una preferencia de paso para huir de la Guardia Civil. Lo condenan a 15 meses de multa, con cuota diaria de 6 euros, como responsable de un delito de quebrantamiento de condena.

La sentencia considera probado que el conductor, un chairego de 62 años, circulaba por una carretera de Cospeito, pese a que era conocedor de que le habían retirado el carné por diez meses. Agentes de la Guardia Civil lo identificaron y le dieron el alto mediante señales acústicas y luminosas, a las que no solo hizo caso omiso, sino que aceleró la marcha. Al huir se inició una persecución «sin que haya resultado acreditado -señala el fallo- que la conducción desarrollada fuese penalmente relevante».

La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal número 2, considera que, pese a las declaraciones en el juicio de los agentes de la Guardia Civil, «no cabe deducir con seguridad que el acusado llevase a cabo una conducción con temeridad manifiesta».

Velocidad sin determinar

El fallo reconoce que el conductor aceleró la marcha al iniciarse la persecución de la Guardia Civil, se saltó dos stop y una preferencia de paso. «Lo cierto -añade la sentencia- es que ni el atestado ni los agentes en el acto del juicio precisaron la velocidad a la que circulaba, ni concretaron la reglamentaria establecida para cada uno de los concretos tramos por los que se desarrolló la persecución, sin hacer tampoco mención a la existencia de concretas señales limitativas de velocidad».
«Los agentes -añade la sentencia en sus fundamentos de derecho- solo indicaron que iba a gran velocidad, deduciendo esta de la que ellos mismos llevaban en su persecución».

El fallo hace alusión a que los agentes admitieron que uno de los stops que había rebasado el conductor «estaba señalizado en el suelo de la calzada y se hallaba algo borrado» y a que cuando accedió a la intersección «donde existía la señal de prioridad de paso no circulaba ningún vehículo».

Según concluye la sentencia, «aún cuando el denunciado fuera a más velocidad de la permitida, o se hubiera saltado algún stop no ha quedado acreditado que circulase temerariamente desde el punto de vista penal, es decir, excediendo de lo que pudiera ser la infracción administrativa».

No se cruzó con peatones

En los fundamentos de derecho figura también que no está probado que la conducción del acusado «determinase un peligro concreto para los demás usuarios de la vía». Es más, señala que durante la persecución con los agentes no se cruzaron con ningún peatón y solamente con un turismo, que circulaba por la N-120. «No consta -señala la sentencia- que el referido vehículo hubiese tenido que realizar alguna maniobra evasiva como consecuencia de la conducción».

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #644 en: 28 de Noviembre de 2011, 21:21:06 pm »
[youtube]http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=Zn8spqqaMfE[/youtube]

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #645 en: 28 de Noviembre de 2011, 22:28:21 pm »


En que iría pensando el conductor??.....o que iría haciendo??.....o en que estado conducia??......o varia de ellas a la vez??

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #646 en: 28 de Noviembre de 2011, 22:38:22 pm »
 . . .  despacio no va y se aproxima al paso de peatones y ni siquiera reduce un poco la velocidad, es más, yo creo que se produce el atropello y no frena . . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #647 en: 28 de Noviembre de 2011, 22:40:47 pm »
. . .  despacio no va y se aproxima al paso de peatones y ni siquiera reduce un poco la velocidad, es más, yo creo que se produce el atropello y no frena . . .

Eso está claro.......ahora, según el video, la conductora fué "demorada".

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #648 en: 28 de Noviembre de 2011, 22:56:10 pm »
. . .  despacio no va y se aproxima al paso de peatones y ni siquiera reduce un poco la velocidad, es más, yo creo que se produce el atropello y no frena . . .

Eso está claro.......ahora, según el video, la conductora fué "demorada".


En la tele han comentado que la cegó el sol. ../
KETEDEN"quotquot: el paso de "quotquottonadillero"quotquot (tío de Paquirrín), a "quotquotfundamentalista cínico"quotquot (oculto tras el burka del anonimato), pasando por "quotquotmachaca del cangrejo"quotquot (con marca de vino), te ha hecho perder los valores más esen

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #649 en: 28 de Noviembre de 2011, 23:02:14 pm »
. . .  despacio no va y se aproxima al paso de peatones y ni siquiera reduce un poco la velocidad, es más, yo creo que se produce el atropello y no frena . . .

Eso está claro.......ahora, según el video, la conductora fué "demorada".


En la tele han comentado que la cegó el sol. ../

Circvulando, según se ve en el video, por la sombra........el único momento en el que el vehiculo está al sol es en el momemto del atropello..........con lo cual....lo que diga la tele no me vale.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #650 en: 08 de Diciembre de 2011, 15:21:24 pm »
La Fiscalía pide cuatro años de cárcel para Ortega Cano y 170.000 euros de indemnización

La Fiscalía de Sevilla ha solicitado cuatro años de cárcel y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante seis años para el exmatador de toros José Ortega Cano por el accidente de tráfico registrado el pasado mes de mayo en el que perdió la vida un vecino de Castilblanco de los Arroyos identificado como Carlos Parra, pues considera que el imputado circulaba bajo los efectos del alcohol, lo que "le mermaba los reflejos necesarios para" conducir, "haciendo que su conducción fuera irregular, realizando maniobras arriesgadas para él mismo y los demás usuarios de la vía".

En el escrito de acusación elevado este mismo miércoles ante el Juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla, al que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal de Seguridad Vial, Luis Carlos Rodríguez León, atribuye al imputado un delito de homicidio imprudente en concurso con dos delitos contra la seguridad vial, en concreto por conducción temeraria y circulación bajo los efectos del alcohol, por los que solicita cuatro años de cárcel y el pago de una indemnización de 169.619 euros a favor de los familiares.

De este modo, el fiscal relata que los hechos tuvieron lugar sobre las 22,00 horas del día 28 de mayo de 2011, cuando el acusado, tras dejar a su hija en Villaverde del Río, emprendió el viaje de regreso a su casa en la finca Yerbabuena, ubicada en Castilblanco. Así, precisa que el exmatador de toros circulaba en un Mercedes Benz R320 "en condiciones no apropiadas para ello" debido "a la previa ingestión excesiva de alcohol", a consecuencia de lo cual, y cuando circulaba por la carretera A-460 entre Villaverde y Burguillos, "se acercaba y se separaba constantemente del vehículo que le precedía".

Los ocupantes de este último vehículo llegaron "a creer que era algún amigo que les estaba gastando una broma", añade el fiscal, señalando que, al llegar a Burguillos, el conductor de este turismo "tuvo que aminorar la marcha por encontrar un paso sobreelevado", siendo en ese momento cuando el imputado "pasa al carril contrario, adelantando al vehículo referido y continuando la marcha por el carril izquierdo, en sentido contrario, sin retornar al suyo hasta llegar a una gran rotonda que se encuentra a 100 metros".

INVASIÓN DEL CARRIL CONTRARIO

Tras ello, "y alarmado por la forma de conducir" del acusado, el conductor del referido turismo decidió llamar al 112, poniendo en su conocimiento lo ocurrido y facilitando la matrícula del coche del imputado. Como quiera que la ruta del acusado coincidía con la del otro vehículo, éste circuló desde ese momento detrás del Mercedes de Ortega Cano, añade el fiscal, quien pone de manifiesto que el extorero, estando aún dentro de Burguillos, "invadió de nuevo el carril de sentido contrario" en una calzada de tramo curvo a la derecha.

Tras precisar que durante todo el trayecto recorrido por el acusado dentro de Burguillos está prohibido adelantar "salvo puntualmente en algún cruce", indica que, al salir de la localidad de Burguillos, en el punto donde se encuentra el hotel La Alquería, el acusado "se detuvo con una maniobra extraña y dejando el coche en marcha con las luces encendidas", tras lo que entró en el local; minutos más tarde, reanudó la marcha en dirección a Castilblanco por la A-8002, siendo la conducción de Ortega Cano "irregular y peligrosa".

Así, señala que sobre las 22,25 horas, el acusado adelantó "en una maniobra de evidente riesgo para los vehículos implicados" a un segundo coche, "y en la misma maniobra a otro que circulaba delante", todo ello "a gran velocidad, no respetando la línea continua en dicho tramo y adentrándose en la curva por el carril de sentido contrario, alejándose rápidamente" de los dos turismos adelantados en la recta posterior.

CIRCULABA A 125 KM/H

"Escasos segundos después, en un tramo curvo a la derecha, con visibilidad reducida, con señalización tanto vertical como horizontal de prohibido adelantar, con señal de advertencia de peligro y limitación genérica de prohibición de circular a más de 90 kilómetros por hora, el acusado perdió el control del vehículo al trazar la curva, invadiendo durante 60 metros el carril de sentido contrario, llegando a colisionar de frente contra el Seat Aleta" conducido por la víctima, relata el fiscal.

En esta línea, asevera que "no existe ningún indicio de corrección de la trayectoria" por parte del acusado, a lo que se añade que, "aunque" la víctima "se apercibió en un momento dado de la presencia del otro vehículo, no tuvo espacio ni tiempo material para evitar la colisión", que se produjo de forma fronto-angular y cuando Ortega Cano circulaba a 125,2 kilómetros por hora frente a los 51 km/h de la víctima. Así, y a consecuencia de la "brutal" colisión, Parra falleció en el acto por traumatismo torácico severo y rotura cardiaca.

Por el choque, el vehículo del acusado salió despedido hacia su derecha y el de la víctima hacia la cuneta de la izquierda, quedando el motor de éste último caído en mitad de la carretera y "constituyéndose en un obstáculo" contra el que posteriormente colisionó otro vehículo, "que no pudo evitar el golpe al derrapar el coche con los líquidos vertidos" en el siniestro.

HASTA DOS EXTRACCIONES DE SANGRE

Respecto al acusado, indica que sufrió numerosas fracturas y heridas que le provocaron un shock hipovolémico, quedando atrapado en su vehículo, del que fue excarcelado casi dos horas más tarde, tras lo que fue ingresado en el Hospital Virgen Macarena a las 1,00 horas del 29 de mayo. "Debido al estado en el que se encontraba y siendo prioritario atender a su grave situación física", los agentes de la Guardia Civil no realizaron al acusado la prueba de alcoholemia reglamentaria.

No obstante, y una vez fue ingresado, se le realizaron dos extracciones de sangre "con finalidad terapéutica", conservándose una de las muestras en el Laboratorio de Bioquímica "de la que no quedan restos", y otra en el Banco de Sangre de Hematología, "custodiada conforme al protocolo habitual". "A la vista de la gravedad de los hechos", el juez instructor ordenó la remisión de muestra suficiente de la extracción al Instituto Nacional de Toxicología al objeto de analizar la presencia de alcohol o cualquier otro tóxico, detectándose finalmente 1,26 de gramos de alcohol por litro en la sangre del acusado.

El fiscal entiende que, en el momento del accidente, a consecuencia del cual los dos vehículos resultaron siniestro total, "era noche oscura, la calzada se encontraba en buen estado de conservación, con señalización vertical y horizontal, con balizas reflectantes a ambos lados de la vía, no había incidencias meteorológicas que influyeran negativamente en la conducción y los vehículos, con carácter previo, estaban en buen estado de conservación".

Por estos hechos, y además de la pena de cárcel, el fiscal solicita que de manera solidaria con las compañías aseguradoras abone una indemnización de 119.731,161 euros a la viuda de Carlos Parra; de 19.955,18 euros a cada uno de los dos hijos de la víctima, y de 9.977,58 euros a la madre del fallecido. Además, pide que abone a la viuda 5.640 euros por los daños en el coche, y 5.864,51 euros al conductor del coche que colisionó contra el motor.

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #651 en: 08 de Diciembre de 2011, 18:05:55 pm »
La Fiscalía pide cuatro años de cárcel para Ortega Cano y 170.000 euros de indemnización

La Fiscalía de Sevilla ha solicitado cuatro años de cárcel y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante seis años para el exmatador de toros José Ortega Cano por el accidente de tráfico registrado el pasado mes de mayo en el que perdió la vida un vecino de Castilblanco de los Arroyos identificado como Carlos Parra, pues considera que el imputado circulaba bajo los efectos del alcohol, lo que "le mermaba los reflejos necesarios para" conducir, "haciendo que su conducción fuera irregular, realizando maniobras arriesgadas para él mismo y los demás usuarios de la vía".

En el escrito de acusación elevado este mismo miércoles ante el Juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla, al que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal de Seguridad Vial, Luis Carlos Rodríguez León, atribuye al imputado un delito de homicidio imprudente en concurso con dos delitos contra la seguridad vial, en concreto por conducción temeraria y circulación bajo los efectos del alcohol, por los que solicita cuatro años de cárcel y el pago de una indemnización de 169.619 euros a favor de los familiares.

De este modo, el fiscal relata que los hechos tuvieron lugar sobre las 22,00 horas del día 28 de mayo de 2011, cuando el acusado, tras dejar a su hija en Villaverde del Río, emprendió el viaje de regreso a su casa en la finca Yerbabuena, ubicada en Castilblanco. Así, precisa que el exmatador de toros circulaba en un Mercedes Benz R320 "en condiciones no apropiadas para ello" debido "a la previa ingestión excesiva de alcohol", a consecuencia de lo cual, y cuando circulaba por la carretera A-460 entre Villaverde y Burguillos, "se acercaba y se separaba constantemente del vehículo que le precedía".

Los ocupantes de este último vehículo llegaron "a creer que era algún amigo que les estaba gastando una broma", añade el fiscal, señalando que, al llegar a Burguillos, el conductor de este turismo "tuvo que aminorar la marcha por encontrar un paso sobreelevado", siendo en ese momento cuando el imputado "pasa al carril contrario, adelantando al vehículo referido y continuando la marcha por el carril izquierdo, en sentido contrario, sin retornar al suyo hasta llegar a una gran rotonda que se encuentra a 100 metros".

INVASIÓN DEL CARRIL CONTRARIO

Tras ello, "y alarmado por la forma de conducir" del acusado, el conductor del referido turismo decidió llamar al 112, poniendo en su conocimiento lo ocurrido y facilitando la matrícula del coche del imputado. Como quiera que la ruta del acusado coincidía con la del otro vehículo, éste circuló desde ese momento detrás del Mercedes de Ortega Cano, añade el fiscal, quien pone de manifiesto que el extorero, estando aún dentro de Burguillos, "invadió de nuevo el carril de sentido contrario" en una calzada de tramo curvo a la derecha.

Tras precisar que durante todo el trayecto recorrido por el acusado dentro de Burguillos está prohibido adelantar "salvo puntualmente en algún cruce", indica que, al salir de la localidad de Burguillos, en el punto donde se encuentra el hotel La Alquería, el acusado "se detuvo con una maniobra extraña y dejando el coche en marcha con las luces encendidas", tras lo que entró en el local; minutos más tarde, reanudó la marcha en dirección a Castilblanco por la A-8002, siendo la conducción de Ortega Cano "irregular y peligrosa".

Así, señala que sobre las 22,25 horas, el acusado adelantó "en una maniobra de evidente riesgo para los vehículos implicados" a un segundo coche, "y en la misma maniobra a otro que circulaba delante", todo ello "a gran velocidad, no respetando la línea continua en dicho tramo y adentrándose en la curva por el carril de sentido contrario, alejándose rápidamente" de los dos turismos adelantados en la recta posterior.

CIRCULABA A 125 KM/H

"Escasos segundos después, en un tramo curvo a la derecha, con visibilidad reducida, con señalización tanto vertical como horizontal de prohibido adelantar, con señal de advertencia de peligro y limitación genérica de prohibición de circular a más de 90 kilómetros por hora, el acusado perdió el control del vehículo al trazar la curva, invadiendo durante 60 metros el carril de sentido contrario, llegando a colisionar de frente contra el Seat Aleta" conducido por la víctima, relata el fiscal.

En esta línea, asevera que "no existe ningún indicio de corrección de la trayectoria" por parte del acusado, a lo que se añade que, "aunque" la víctima "se apercibió en un momento dado de la presencia del otro vehículo, no tuvo espacio ni tiempo material para evitar la colisión", que se produjo de forma fronto-angular y cuando Ortega Cano circulaba a 125,2 kilómetros por hora frente a los 51 km/h de la víctima. Así, y a consecuencia de la "brutal" colisión, Parra falleció en el acto por traumatismo torácico severo y rotura cardiaca.

Por el choque, el vehículo del acusado salió despedido hacia su derecha y el de la víctima hacia la cuneta de la izquierda, quedando el motor de éste último caído en mitad de la carretera y "constituyéndose en un obstáculo" contra el que posteriormente colisionó otro vehículo, "que no pudo evitar el golpe al derrapar el coche con los líquidos vertidos" en el siniestro.

HASTA DOS EXTRACCIONES DE SANGRE

Respecto al acusado, indica que sufrió numerosas fracturas y heridas que le provocaron un shock hipovolémico, quedando atrapado en su vehículo, del que fue excarcelado casi dos horas más tarde, tras lo que fue ingresado en el Hospital Virgen Macarena a las 1,00 horas del 29 de mayo. "Debido al estado en el que se encontraba y siendo prioritario atender a su grave situación física", los agentes de la Guardia Civil no realizaron al acusado la prueba de alcoholemia reglamentaria.

No obstante, y una vez fue ingresado, se le realizaron dos extracciones de sangre "con finalidad terapéutica", conservándose una de las muestras en el Laboratorio de Bioquímica "de la que no quedan restos", y otra en el Banco de Sangre de Hematología, "custodiada conforme al protocolo habitual". "A la vista de la gravedad de los hechos", el juez instructor ordenó la remisión de muestra suficiente de la extracción al Instituto Nacional de Toxicología al objeto de analizar la presencia de alcohol o cualquier otro tóxico, detectándose finalmente 1,26 de gramos de alcohol por litro en la sangre del acusado.

El fiscal entiende que, en el momento del accidente, a consecuencia del cual los dos vehículos resultaron siniestro total, "era noche oscura, la calzada se encontraba en buen estado de conservación, con señalización vertical y horizontal, con balizas reflectantes a ambos lados de la vía, no había incidencias meteorológicas que influyeran negativamente en la conducción y los vehículos, con carácter previo, estaban en buen estado de conservación".

Por estos hechos, y además de la pena de cárcel, el fiscal solicita que de manera solidaria con las compañías aseguradoras abone una indemnización de 119.731,161 euros a la viuda de Carlos Parra; de 19.955,18 euros a cada uno de los dos hijos de la víctima, y de 9.977,58 euros a la madre del fallecido. Además, pide que abone a la viuda 5.640 euros por los daños en el coche, y 5.864,51 euros al conductor del coche que colisionó contra el motor.

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #652 en: 08 de Diciembre de 2011, 18:31:30 pm »
La Fiscalía pide cuatro años de cárcel para Ortega Cano y 170.000 euros de indemnización

La Fiscalía de Sevilla ha solicitado cuatro años de cárcel y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante seis años

Sólo ?


Es la pena máxima.

Homicidio por imprudencia. De uno a cuatro años.

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #653 en: 08 de Diciembre de 2011, 18:34:46 pm »
Vale, y la indemnización, que es a lo que me refería ?.
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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #654 en: 08 de Diciembre de 2011, 18:37:46 pm »
Vale, y la indemnización, que es a lo que me refería ?.

Cálculo realizado en función de la edad del fallecido y los baremos aprobados para este año.

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #655 en: 08 de Diciembre de 2011, 18:38:54 pm »
Vale, y la indemnización, que es a lo que me refería ?.

Cálculo realizado en función de la edad del fallecido y los baremos aprobados para este año.

Pues, que barato cuesta matar a alguien !. Siempre que se haga con un vehículo a motor, claro !
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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #656 en: 08 de Diciembre de 2011, 18:43:05 pm »
Vale, y la indemnización, que es a lo que me refería ?.

Cálculo realizado en función de la edad del fallecido y los baremos aprobados para este año.

Pues, que barato cuesta matar a alguien !. Siempre que se haga con un vehículo a motor, claro !


La indemnización se divide asi:

119.731,161 euros a la viuda de Carlos Parra; de 19.955,18 euros a cada uno de los dos hijos de la víctima, y de 9.977,58 euros a la madre del fallecido. Además, pide que abone a la viuda 5.640 euros por los daños en el coche, y 5.864,51 euros al conductor del coche que colisionó contra el motor.

De todas esas cantidades responderá la compañía aseguradora quien a su vez ejercitará su derecho de repetición en el caso de ser condenado, y por supuesto, no le cubre sus daños ni sus lesiones.

Desconectado William

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #657 en: 08 de Diciembre de 2011, 18:48:18 pm »
Vale, y la indemnización, que es a lo que me refería ?.

Cálculo realizado en función de la edad del fallecido y los baremos aprobados para este año.

Pues, que barato cuesta matar a alguien !. Siempre que se haga con un vehículo a motor, claro !


La indemnización se divide asi:

119.731,161 euros a la viuda de Carlos Parra; de 19.955,18 euros a cada uno de los dos hijos de la víctima, y de 9.977,58 euros a la madre del fallecido. Además, pide que abone a la viuda 5.640 euros por los daños en el coche, y 5.864,51 euros al conductor del coche que colisionó contra el motor.

De todas esas cantidades responderá la compañía aseguradora quien a su vez ejercitará su derecho de repetición en el caso de ser condenado, y por supuesto, no le cubre sus daños ni sus lesiones.

Y se hace cargo el seguro, habiendo tenido el accidente beodo perdido ?
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Conectado 47ronin

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #658 en: 08 de Diciembre de 2011, 18:51:38 pm »
Y se hace cargo el seguro, habiendo tenido el accidente beodo perdido ?

Los seguros se hacen cargo siempre de las indemnizaciones civiles aún cuando su asegurado resulte condenado...y luego ejercen su derecho de repetir en él las cantidades satisfechas....y de no tener seguro entra el Consorcio de Compensación de Seguros quien actuaría en la misma forma.

Desconectado Heracles_Pontor

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #659 en: 09 de Diciembre de 2011, 23:27:36 pm »
 . . .  Ortega Cano, con dar cuatro exclusivas y con hacer cuatro platós de televisión . . . ya ha ganado más de lo que va a tener que pagar . . . al final él aparecerá como víctima y encima hará caja a consta de la muerte de Carlos Parra, no solo no perderá nada sino que por el camino seguirá ganando, mientas el otro bajo tierra y su familia penando . . .

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche