Autor Tema: Terrorismo en la carretera.  (Leído 139384 veces)

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #780 en: 01 de Abril de 2013, 17:32:54 pm »
Un particular no es una Mutua...y al igual que pueden ir en repetición por casos de alcoholemia y otras en las que la Mutua paga y luego va contra su asegurado...podía haber ocurrido igual en este caso....lógica aplicada independientemente de la lógica judicial.

...ahora el perjudicado tiene que seguir pleiteando para que sean resarcidas sus lesiones...lo que le podría llevar a la insolvencia y a no cobrar.



Repetición contemplada en norma....dicho sea de paso.

  Si, pero cuando la mutua es la encargada de cubrir esos daños. Hasta ahora yo no he visto pólizas de homicidios dolosos...

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #781 en: 01 de Abril de 2013, 17:36:01 pm »
Un particular no es una Mutua...y al igual que pueden ir en repetición por casos de alcoholemia y otras en las que la Mutua paga y luego va contra su asegurado...podía haber ocurrido igual en este caso....lógica aplicada independientemente de la lógica judicial.

...ahora el perjudicado tiene que seguir pleiteando para que sean resarcidas sus lesiones...lo que le podría llevar a la insolvencia y a no cobrar.



Repetición contemplada en norma....dicho sea de paso.

  Si, pero cuando la mutua es la encargada de cubrir esos daños. Hasta ahora yo no he visto pólizas de homicidios dolosos...

Cierto es que ninguna póliza cubre homicidios dolosos....al igual que ninguna cubre los daños en accidentes con alcoholemia positiva, de hacho así consta en no pocas condiciones de infinidad de Cias. y pólizas.......pero en estos últimos acoquina al perjudicado y despues....repetición contra el asegurado.
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #782 en: 01 de Abril de 2013, 18:43:36 pm »
Un particular no es una Mutua...y al igual que pueden ir en repetición por casos de alcoholemia y otras en las que la Mutua paga y luego va contra su asegurado...podía haber ocurrido igual en este caso....lógica aplicada independientemente de la lógica judicial.

...ahora el perjudicado tiene que seguir pleiteando para que sean resarcidas sus lesiones...lo que le podría llevar a la insolvencia y a no cobrar.



Repetición contemplada en norma....dicho sea de paso.

  Si, pero cuando la mutua es la encargada de cubrir esos daños. Hasta ahora yo no he visto pólizas de homicidios dolosos...

Cierto es que ninguna póliza cubre homicidios dolosos....al igual que ninguna cubre los daños en accidentes con alcoholemia positiva, de hacho así consta en no pocas condiciones de infinidad de Cias. y pólizas.......pero en estos últimos acoquina al perjudicado y despues....repetición contra el asegurado.

  De ahí que el elemento del dolo como he dicho antes sea lo que a mi entender exime a esta compañía, puesto que los temas con alcoholemias se tratan como imprudentes cuando hay muertos de por medio...

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #783 en: 01 de Abril de 2013, 20:23:03 pm »
Para mi no hay logica ninguna.

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Bien pues cuando le ataquen con un coche, la mutua no pague y tenga que ir contra el autor...luego no reclame al Estado haciendo valer en Reglamento Orgánico de Policía Gubernativa por insolvencia, dado que el Estado no tiene por qué pagar esa insolvencia..o si,, por ser usted un funcionario que puede hacer valer ese Reglamento?

Las cosas son...según sean.

Superioridad moral que él mismo pregona respecto de terceros.
Yo no pregono tal cosa.

Critico a los que manifiestan tenerla.

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #784 en: 01 de Abril de 2013, 20:32:06 pm »
Jurisprudencia del TS :

Acuerdo: “No responderá la aseguradora, con quien se tenga
concertado el seguro obligatorio de responsabilidad civil, cuando el
vehículo de motor sea el instrumento directamente buscado para
causar daño personal o material derivado del delito. Responderá la
aseguradora por los daños diferentes de los propuestos directamente
por el autor”.
Jurisprudencia que lo desarrolla
STS 437/2007 de fecha 10 de mayo


Desconectado MASAM

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #785 en: 02 de Abril de 2013, 12:27:25 pm »
Para mi no hay logica ninguna.

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Bien pues cuando le ataquen con un coche, la mutua no pague y tenga que ir contra el autor...luego no reclame al Estado haciendo valer en Reglamento Orgánico de Policía Gubernativa por insolvencia, dado que el Estado no tiene por qué pagar esa insolvencia..o si,, por ser usted un funcionario que puede hacer valer ese Reglamento?

Las cosas son...según sean.

Superioridad moral que él mismo pregona respecto de terceros.


Yo no pregono tal cosa.


Critico a los que manifiestan tenerla.

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 Te has dado por aludido!!!!....como era aquello del que se pica y los ajos??

                                                  :carcaj   :carcaj 

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #786 en: 02 de Abril de 2013, 12:53:08 pm »
Para mi no hay logica ninguna.

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Bien pues cuando le ataquen con un coche, la mutua no pague y tenga que ir contra el autor...luego no reclame al Estado haciendo valer en Reglamento Orgánico de Policía Gubernativa por insolvencia, dado que el Estado no tiene por qué pagar esa insolvencia..o si,, por ser usted un funcionario que puede hacer valer ese Reglamento?

Las cosas son...según sean.

Superioridad moral que él mismo pregona respecto de terceros.


Yo no pregono tal cosa.


Critico a los que manifiestan tenerla.

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 Te has dado por aludido!!!!....como era aquello del que se pica y los ajos??

                                                  :carcaj   :carcaj
Hombre, si la cita de mi comentario afecta al sentido del mensaje si.

Si no no...

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #787 en: 02 de Abril de 2013, 20:33:23 pm »


Venga va....   :carcaj  :partirse 

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #789 en: 24 de Abril de 2013, 13:07:15 pm »
. . . se va de rositas.

Pues yo digo que le caen dos años.

Ortega Cano, dos años y medio por conducción temeraria y homicidio imprudente

El torero ha sido condenado por homicidio imprudente y conducción temeraria. Asimismo, el juez ha anulado la prueba del test de alcoholemia
 

El Juzgado de lo Penal número seis de Sevilla acaba de hacer pública la sentencia por el accidente de tráfico que costó la vida a Carlos Parra el 28 de mayo de 2011. El torero José Ortega Cano ha sido condenado a dos años y seis meses de prisión por un delito de homicidio imprudente y conducción temeraria, una pena inferior a la que había pedido la Fiscalía que solicitaba cuatro años ya que ha sido absuelto del delito contra la seguridad vial.
 
El fallo, que acaba de ser notificado a los abogados del torero y la acusación particular que representa a la familia de la víctima, supone que la juez Sagrario Romero no ha aceptado la prueba de alcoholemia realizada al torero.
 
Aunque finalmente el diestro no ha acudido a los juzgados a recoger la sentencia, sus defensas Enrique Trebolle ha manifestado que «no está satisfecho y que recurrirá con toda probabilidad ante la Audiencia Provincial» y por tanto ello conllevaría la paralización de la ejecución de la pena, lo que supone que no tendrá que ingresar en prisión. Al menos, de momento.
 
Los antecedentes a la sentencia
 
Recordemos que José Ortega Cano se enfrentaba a los cuatro años de prisión que pedía la Fiscalía de Sevilla por la muerte en accidente de tráfico de Carlos Parra, de 38 años, el 28 de mayo de 2011, por un presunto delito de homicidio imprudente en concurso con otro contra la seguridad vial y conducción temeraria. Y es que, los análisis e informes realizados por la Guardia Civil arrojaron que el matador de toros ya retirado triplicaba la tasa de alcoholemia permitida en el momento del accidente –1,26 gramos de alcohol por litro de sangre–, determinando, además, que su todoterreno circulaba a 125 kilómetros por hora en una carretera limitada a 90.
 
Después de seis días de juicio, Ortega Cano hacía uso de su derecho a la última palabra, el pasado 19 de marzo, afirmando que no bebió la noche del accidente, que la muerte de Carlos Parra fue «el percance más grave de su vida» y que se unía «al dolor de la familia» del fallecido. «Que sea lo que Dios quiera y la Justicia dictamine», afirmó en pie ante la juez Sagrario Romero.
 
El abogado del torero, Enrique Trebolle, pidió la absolución por entender que la alcoholemia de 1,26 gramos por litro de sangre es una prueba nula, pues se rompió la cadena de custodia en el hospital Virgen Macarena de Sevilla, donde Ortega Cano quedó ingresado en estado grave.
 
Ortega Cano argumentó ante la juez que sufrió un «vahído o un desvanecimiento», consecuencia de su arritmia cardiaca, que le hizo perder el control de su todoterreno en la carretera entre las localidades sevillanas de Burguillos y Castilblanco de los Arroyos, donde el torero tiene su finca.

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #790 en: 24 de Abril de 2013, 13:45:51 pm »
Y que te parece lo de la cadena de custodia de la sangre?

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #791 en: 24 de Abril de 2013, 13:50:10 pm »
Eso es que no influia en la conduccion...

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #792 en: 24 de Abril de 2013, 14:07:58 pm »
Y que te parece lo de la cadena de custodia de la sangre?

Que si se hicieron las cosas mal...el juez no ha tenido más remedio que desestimar la prueba y por esa razón la condena no contempla el alcohol..sino la temeridad.

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #793 en: 24 de Abril de 2013, 14:10:17 pm »
Mal se hace casi siempre en estos casos.

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #794 en: 24 de Abril de 2013, 14:36:32 pm »
Y que te parece lo de la cadena de custodia de la sangre?

Que si se hicieron las cosas mal...el juez no ha tenido más remedio que desestimar la prueba y por esa razón la condena no contempla el alcohol..sino la temeridad.

  Y lo de obviar los testimonios de los testigos también, claro. Menos mal que declararon (salvo la única persona que tiene intereses comerciales con el pollo este) que iba más cocido que un piojo..

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #795 en: 24 de Abril de 2013, 14:48:51 pm »
Y que te parece lo de la cadena de custodia de la sangre?

Que si se hicieron las cosas mal...el juez no ha tenido más remedio que desestimar la prueba y por esa razón la condena no contempla el alcohol..sino la temeridad.
Conocemos el motivo por el que se argumenta que la cadena de custodia pudo romperse?
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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #796 en: 24 de Abril de 2013, 14:52:39 pm »
Víctima mortal del accidente
 
La familia de Carlos Parra: 'Se ha hecho justicia'
 

La familia de Carlos Parra durante el juicio. | J. Morón
 

Considera que ha quedado acreditado que el torero conducía borracho
 Afirma que esperaban la anulación de la prueba de alcoholemia
 Su recurso insistirá, sin embargo, en los testimonios de los testigos
 

Chema Rodríguez | Sevilla
 
Actualizado miércoles 24/04/2013 13:22 horas
 
La sentencia que condena a José Ortega Cano a dos años, seis meses y un día de cárcel por el accidente que protagonizó el 28 de mayo de 2011 ha sido acogida con satisfacción por la familia del conductor que falleció en el siniestro, Carlos Parra.
 
La viuda, Manuela Gurruchaga, ha expresado esta mañana, por boca de su abogado, una moderada satisfacción. "Se ha hecho Justicia", han sido las palabras con las que ha respondido al letrado tras conocer que el torero tendrá quedar la cárcel, siempre que la resolución sea confirmada por la Audiencia de Sevilla.
 
El letrado Andrés Romero ha explicado que los parientes de Parra esperaban la anulación de la prueba de alcoholemia, que ha reducido considerablemente la pena que le podía haber correspondido en caso contrario.
 
No obstante, "ha quedado demostrado que se trató de un homicidio y que su conducción era anómala e irregular", ha destacado el abogado de la viuda, quien ha añadido que se va a proceder a interponer en los próximos días el correspondiente recurso.
 
Y es que, como señala el otro abogado de la acusación, Luis Romero, la familia insiste en que Ortega Cano conducía ebrio la noche del accidente y en que la prueba de alcoholemia que lo certificaba cumple todos los requisitos legales para ser tenida en cuenta.
 
"Nos disgusta que el delito de alcoholemia no se haya apreciado", ha manifestado Luis Romero, refiriéndose no tanto al análisis de sangre como a los testimonios de las personas que vieron beber al torero aquel día y declararon en el juicio que estaba ebrio cuando cogió su vehículo.
 
En esa línea, han anunciado los dos letrados, insistirá el recurso. "Está más que acreditado" el hecho de que conducía bajo los efectos del alcohol, ha rematado Luis Romero.

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #797 en: 24 de Abril de 2013, 14:55:43 pm »
Si esperaba la familia que se anulara la prueba, algo se ha hecho mal de verdad...

En fin ;fum;

Dos años, seis meses y un día... un tercio de la condena, 3er grado, luego libertad condicional... en menos de siete meses fuera.
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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #798 en: 24 de Abril de 2013, 14:59:41 pm »

Conocemos el motivo por el que se argumenta que la cadena de custodia pudo romperse?

http://ep00.epimg.net/descargables/2013/04/24/f88f341d4f50471ef052887af9bc036b.pdf

Aqui tiene señor Peing...el juez lo argumenta en forma extensa.

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Re:Terrorismo en la carretera.
« Respuesta #799 en: 24 de Abril de 2013, 15:01:19 pm »
Sí hombre, 42 páginas, con la de cosas que tengo que hacer. Me da algo.
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