Autor Tema: !Cómo están los Cuerpos!  (Leído 522879 veces)

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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3800 en: 17 de Enero de 2026, 15:32:56 pm »
La delgada línea azul. . .

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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3801 en: 22 de Enero de 2026, 07:42:12 am »
Cocaína en el coche y uniformes en el maletero: un policía local, sorprendido en el 'supermercado' de la droga de Mallorca


El caso reabre un debate incómodo para las instituciones: hasta qué punto la exigencia de ejemplaridad recae sobre los miembros de los cuerpos policiales incluso cuando están fuera de turno. El Ayuntamiento de Capdepera ha suspendido de empleo y sueldo al agente durante 102 días

Esther Ballesteros

Mallorca — 22 de enero de 2026 06:02 h Actualizado el 22/01/2026 06:02 h 0

La noche cae sobre Son Banya: calles de tierra, portales a medio abrir, coches que entran y salen sin hacer demasiado ruido y miradas que se cruzan con la rapidez de quien no quiere dejar rastro. En este poblado chabolista situado a las afueras de Palma, donde la compraventa de droga forma parte del paisaje cotidiano y la presencia policial es tan habitual como la desconfianza, un vehículo llama la atención de los agentes de la Policía Nacional a la salida del considerado mayor 'supermercado' de la droga en Mallorca. Al inspeccionarlo, encuentran varios gramos de cocaína y, en el maletero, uniformes de la Policía Local de Capdepera. En el turismo viaja un policía que, al parecer, acaba de abastecerse de sustancias estupefacientes, una circunstancia que, pese a estar fuera de servicio, no le saldrá barata.

Los hechos tuvieron lugar el pasado mes de noviembre. Tras tener conocimiento de lo sucedido, el Ayuntamiento de este municipio de 13.200 habitantes situado en el extremo oriental de la isla decidió suspender de empleo y sueldo durante 102 días al agente al amparo de la Ley de Coordinación de las Policías Locales de las Illes Balears. En su artículo 69 q., esta norma considera una falta grave -como la que se ha aplicado en este caso- “embriagarse o consumir drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas fuera del servicio cuando sea con carácter habitual o afecten a la imagen del cuerpo”. El precepto añade que “se entiende que hay habitualidad cuando se acrediten tres o más episodios de embriaguez o consumo de dichas sustancias en un periodo de un año”.

La resolución dictada por el Consistorio, adelantada por el diario Última Hora y a la que ha tenido acceso elDiario.es, se acoge, asimismo, al artículo 69 y., que apunta a la “infracción de deberes u obligaciones legales inherentes al cargo o a la función policial, cuando se produzcan de forma grave y manifiesta”. El documento municipal incluye como sanción accesoria la imposición de un cambio de destino a una unidad sin acceso a armas de fuego si no se acredita que el agente ha dejado el consumo. Una cláusula que no es habitual en todos los cuerpos, pero suele aplicarse en el caso de agentes con acceso operativo a armas, como sucede en este caso.

El Ayuntamiento de Capdepera ha suspendido de empleo y sueldo al agente durante 102 días al amparo de la Ley de Coordinación de las Policías Locales de las Illes Balears, que considera una falta grave 'embriagarse o consumir drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas fuera del servicio cuando sea con carácter habitual o afecten a la imagen del cuerpo'

Un debate incómodo para las instituciones
El caso reabre un debate incómodo para las instituciones: hasta qué punto la exigencia de ejemplaridad recae sobre los miembros de los cuerpos policiales incluso cuando están fuera de turno y cómo se gestiona la confusa frontera entre la vida privada y la credibilidad pública de quienes portan un arma y representan al Estado. Una circunstancia, además, que se torna un desafío en regiones como Balears, que combinan un flujo constante de turismo internacional con rutas favorecidas por la logística marítima, y donde el transporte, la distribución y el consumo de drogas se entrelazan con la vida cotidiana de zonas como Son Banya, uno de los principales focos de venta de estupefacientes y escenario de operaciones policiales como la que, en agosto del pasado año, desarticuló una de las mayores redes de narcotráfico que han operado en Mallorca.

El caso del policía local de Capdepera no es aislado. En octubre de 2022, el Tribunal Supremo confirmó la sanción impuesta a dos guardias civiles que, en enero de 2019, fueron interceptados por la Policía Municipal de Madrid a su salida de una chabola “sospechosa” de la Cañada Real por “ser empleada para el tráfico de drogas, consumo y menudeo”. Los dos agentes, que se encontraban fuera de servicio, dieron positivo en drogas y alcohol, por lo que se les abrió un expediente como autores de una falta “muy grave” de “abuso y atribuciones que cause grave daño a los ciudadanos o a la Administración. La sanción fue confirmada por el Tribunal Militar Central. Los funcionarios recurrieron ante el TS al considerar que se había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva, su presunción de inocencia y su derecho a un proceso con todas las garantías. Los magistrados avalaron la medida disciplinaria.


En octubre de 2022, el Tribunal Supremo confirmó la sanción impuesta a dos guardias civiles que fueron interceptados a su salida de una chabola "sospechosa" de la Cañada Real (Madrid) por "ser empleada para el tráfico de drogas, consumo y menudeo". Los dos agentes, que se encontraban fuera de servicio, dieron positivo en drogas y alcohol, por lo que se les abrió un expediente como autores de una falta "muy grave"

En diciembre de 2022, un guardia civil fue identificado en el barrio de La Tafalera de Elda (Alicante): portando consigo una jeringuilla, se identificó como agente del Instituto Armado y “toxicómano” y manifestó a los policías que se encontraba bajo el síndrome de la abstinencia y que iba a comprar droga. El funcionario fue sancionado por falta grave al haber protagonizado “conductas gravemente contrarias a la dignidad de la Guardia Civil”, medida que fue confirmada por el Tribunal Militar Central. La sentencia señalaba que “los miembros de la Guardia Civil deben mostrar un comportamiento intachable en todo momento, no solo en acto de servicio, también en relación con terceros.

Por el contrario, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anuló en 2017 una orden de suspensión de empleo impuesta a un agente de la Policía Nacional que dio positivo en drogas en una prueba capilar: el análisis determinó que había consumido sustancias psicotrópicas tras asistir a un macrofestival en Arganda. La sentencia, consultada por elDiario.es, no pone en duda los hechos, que consideraba “incontestables”, ni las pruebas -se llevaron a cabo e incluso el agente prestó su consentimiento expreso para las mismas-. La sanción cayó, sin embargo, por un motivo que los magistrados consideraban clave: la Administración no había acreditado el elemento que exige el tipo disciplinario aplicado, es decir, que el consumo fuese habitual -definiendo habitualidad como tres o más episodios en un año- o que hubiera afectado a la imagen del cuerpo, tal como exige la ley que regula el régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía.

En el caso de los policías nacionales, la normativa que regula su régimen disciplinario exige que la Administración acredite que el consumo es habitual -tres o más episodios en un año- o que afecte a la imagen del cuerpo

El límite entre lo público y lo privado
La lógica que suele sostener las resoluciones judiciales que sí han confirmado sanciones de este tipo radica en que la vía disciplinaria no sanciona únicamente el hecho de consumir, sino lo que ese comportamiento proyecta sobre la institución: la idea de que un agente puede estar vulnerando, aunque sea en su esfera privada, aquello mismo que tiene el deber de prevenir y combatir, erosionando con ello la confianza pública y la autoridad del cuerpo. Fuentes sindicales consultadas por este periódico aseveran que esta confluencia de factores no solo sitúa el consumo de drogas como preocupación de salud y seguridad, sino que intensifica la sensibilidad pública sobre la conducta de agentes encargados de hacer cumplir la ley.

La lógica que suele sostener las resoluciones judiciales que han confirmado sanciones de este tipo radica en que la vía disciplinaria no castiga únicamente el hecho de consumir, sino lo que ese comportamiento proyecta sobre la institución: la idea de que un agente puede estar vulnerando, aunque sea en su esfera privada, aquello mismo que tiene el deber de prevenir y combatir, erosionando con ello la confianza pública y la autoridad del cuerpo

Las policías locales, además de regirse por las leyes generales, se someten a reglamentos disciplinarios propios de cada comunidad autónoma o ayuntamiento. En el caso de Balears, la Ley 4/2013 de Coordinación de las Policías Locales regula de forma exhaustiva las faltas y sanciones que pueden imponer los ayuntamientos a sus agentes, desde las leves hasta las muy graves. Los cuerpos policiales en España cuentan, además, con estatutos de conducta que, además de sancionar actos delictivos, regulan conductas que pueden afectar a la imagen institucional. Aunque consumir drogas fuera de servicio no es necesariamente un delito -en muchos casos puede constituir únicamente una infracción administrativa- sí puede ser considerado una falta disciplinaria, especialmente cuando se trata de personal cuyo trabajo es hacer cumplir la ley.

Los informes oficiales sobre consumo de sustancias estupefacientes, como la encuesta ESTUDES del Plan Nacional sobre Drogas, muestran además que el uso de sustancias es una realidad extendida en la sociedad, lo que no equivale automáticamente a una actividad delictiva organizada. Sin embargo, en el caso de los cuerpos policiales, el foco no se limita a la eventual responsabilidad penal, sino que se desplaza al terreno administrativo y disciplinario: además de la Ley de coordinación de policías locales en el caso de Balears, el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) ampara que las administraciones impongan medidas disciplinarias a sus funcionarios por acciones incompatibles con los deberes del cargo, incluso si se producen fuera de servicio, precisamente por el impacto que pueden tener en la confianza pública y en la credibilidad de la institución.

Ese mismo criterio de responsabilidad reforzada se reproduce también en los cuerpos policiales de ámbito estatal. La Ley Orgánica 4/2010, de régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, permite sancionar conductas que no necesariamente constituyen un delito o que se producen fuera del horario de servicio cuando se considera que comprometen la dignidad del cargo, el prestigio de la institución o la correcta prestación del servicio. En la práctica, este marco disciplinario parte de una idea común a la función pública, pero especialmente exigente en cuerpos armados: la conducta privada de un agente puede tener consecuencias profesionales si afecta a la confianza ciudadana o plantea dudas sobre su idoneidad para ejercer funciones policiales.

Un problema laboral -incluso fuera del turno-
Aunque en España consumir drogas no siempre conduce a una condena penal, el margen de tolerancia se estrecha cuando quien lo hace lleva una placa. En los cuerpos policiales, el consumo puede convertirse en un problema laboral y disciplinario incluso fuera del turno, porque entra en juego la seguridad -propia y de terceros- y la credibilidad de una institución armada. Por eso, en determinados contextos y bajo protocolos internos, un agente puede ser sometido a controles toxicológicos si existen indicios, siempre con garantías y límites ligados a derechos como la intimidad.

Mientras el Código Penal reserva sus castigos para el tráfico y otras conductas más graves, la respuesta más habitual ante el consumo en espacios públicos se mueve en el terreno administrativo: la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana -más conocida como ley mordaza-, sanciona la tenencia o el consumo en la vía pública con multas que pueden ir de 601 a 30.000 euros, incluso cuando se trata de cantidades para uso propio.

En este marco, una instrucción del Ministerio del Interior de 2025 estableció que no se deben denunciar ni sancionar la tenencia y consumo de drogas en vehículos privados estacionados si no hay indicios de tráfico, al aseverar, al abrigo de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, que el interior de un vehículo es “un espacio dotado de ciertos caracteres de privacidad”. Esta medida ha generado controversia, especialmente entre los sindicatos policiales y asociaciones de la Guardia Civil, que obvian la finalidad garantista de la misma y creen que aboca a una “normalización” implícita del consumo.

Una instrucción del Ministerio del Interior de 2025 estableció que no se deben denunciar ni sancionar la tenencia y consumo de drogas en vehículos privados estacionados si no hay indicios de tráfico, al aseverar, al abrigo de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, que el interior de un vehículo es "un espacio dotado de ciertos caracteres de privacidad"

Por otro lado, el European Code of Police Ethics del Consejo de Europa señala que la legitimidad de un cuerpo policial no solo depende de su capacidad para mantener el orden, sino también de que su conducta -y la percepción de esa conducta- respete la dignidad humana y los derechos fundamentales. Este código, que no es una vinculante como tal en España pero sirve de marco ético para las policías en sociedades democráticas, sostiene que la confianza pública está íntimamente ligada al comportamiento de los agentes, tanto en servicio como en su imagen ante la ciudadanía.

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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3802 en: 22 de Enero de 2026, 07:43:31 am »
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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3803 en: 31 de Enero de 2026, 08:05:19 am »
Detenido un teniente de la Guardia Civil por agredir sexualmente y maltratar a su expareja


30 ENE 2026 - 17:16h.

Las investigaciones seguirán su curso para esclarecer los hechos sucedidos

Un teniente de la Guardia Civil de Bétera, en Valencia ha sido detenido y ha quedado en situación de investigado en una causa abierta por los delitos de maltrato, agresión sexual, injurias y coacciones hacia su expareja.
Según han informado este viernes fuentes judiciales, el detenido pasó ayer a disposición de la magistrada titular de la plaza número 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Llíria
Así, la jueza ha ordenado la prohibición de aproximarse a menos de 700 metros de la denunciante, de su lugar de trabajo y de cualquier lugar que frecuente, así como a la localidad donde reside; la prohibición de comunicación con ella por cualquier medio; y la colocación de una tobillera GPS para el control del alejamiento.

La detención ha sido adelantada por el diario 'Las Provincias', que señala que la víctima ha denunciado varios episodios de malos tratos y tres agresiones sexuales durante los cuatro meses de relación que mantuvieron entre septiembre y diciembre de 2025.


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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3804 en: 31 de Enero de 2026, 08:07:53 am »
Natalia Almarcha, ex de Risto Mejide, denuncia por agresión sexual a un teniente de la Guardia Civil

Durante una relación sentimental entre septiembre y enero habrían tenido lugar hasta tres incidentes

Laura G. Calleja y Marina Ortiz Cortés

30/01/2026
Actualizado a las 19:13h.

Un teniente de la Guardia Civil ha sido detenido en Bétera debido a una denuncia por malos tratos continuados y tres agresiones sexuales. La víctima era Natalia Almarcha (30 años), la exnovia de Risto Mejide, que habría tenido una relación con él durante los últimos meses, entre septiembre de 2025 y enero de 2026.

Tras prestar declaración judicial en Llíria, el teniente está en libertad provisional. En la denuncia, Natalia indica además que ha sido víctima de injurias y coacciones, además de tres casos concretos de abuso sexual en donde ella pedía insistentemente al que era su pareja que parara.



Fuentes cercanas a Natalia consultadas por ABC explican que ella dudó en un primer momento sobre si presentar o no una denuncia. Le pidió consejo a un amigo de la Guardia Civil a quien le expuso lo ocurrido durante su relación de cuatro meses con esta persona. Es este agente quien comienza el protocolo, pese al miedo de la joven sobre cómo esta situación podría afectar a su negocio.

Durante su relación, este hombre habría mostrado signos de violencia como celos extremos, controlando su Instagram y obligándola a bloquear a algunos de los hombres que la seguían, incluso enfadándose por su pasado con Risto Mejide a pesar de que no tenían ya ningún contacto.

Natalia habría llegado a temer por su vida. Sobre todo después de que este individuo intentara, supuestamente, abusar de ella en tres ocasiones. En una habría parado cuando su pareja se puso a llorar, en otra cuando ella se queda totalmente bloqueada, y en una tercera él habría continuado incluso a pesar de las peticiones de la joven de que parara. Según el relato, Natalia habría roto su noviazgo para encontrarse con que él, presuntamente, le envió la foto de la pistola reglamentaria en una imagen de una sola visualización junto a un mensaje de despedida. Por lo tanto ella acude a su casa, donde él incluso le enseña el arma, y es entonces cuando habría sucedido esa última agresión.

Tras los debidos análisis, y una vista en la que él se defendía diciendo que la pistola era de juguete, las autoridades han actuado y le han colocado una pulsera telemática al supuesto agresor, que ya tenía antecedentes por casos similares. Además, se le ha impuesto una orden de alejamiento.

¿Quién es Natalia Almarcha?
Natalia Almarcha saltó a la esfera pública a principios de 2023 a causa de su relación con Risto Mejide. Es valenciana y había estudiado farmacia, nutrición y dietética, tras lo que consiguió abrir su propia farmacia durante su noviazgo, a pesar de que él no contribuyó en lo económico en absoluto. Se conocieron a través de las redes sociales, donde ella ya tenía varios miles de seguidores. Una cantidad que ahora ha crecido hasta situarse en los 63.000.

«Estoy con una persona que estoy conociendo, es una relación que acaba de empezar, una etapa, no voy a renegar. Persigue el mismo objetivo que yo. Le gusta mucho la música, le gusta mucho leer y ya veremos lo que dure. Yo estoy bien, soy feliz, y me enamoro con independencia de la diferencia de edad que tenga», confirmaba Mejide en el programa Focus del canal Cuatro a comienzos de 2023. Su relación tuvo, sin embargo, muchos altibajos, e incluso tras una ruptura hubo una pedida de matrimonio que no se formalizó en un compromiso. Finalmente a principios de 2024 el romance terminó después de una gran discusión, según pudo saber ABC.



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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3805 en: 31 de Enero de 2026, 10:47:26 am »
Sabéis lo difícil, por no decir lo imposible, que es abrir una Oficina de Farmacia para un farmacéutico recién licenciado?. . . Sabéis el dinero que cuesta una?. . . y, curiosamente, ella la abre así, sin más, no sé, algo me huele extraño en esta historia, pero, sea como fuere al teniente le ha caído un marrón gordo. . .

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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3806 en: 05 de Febrero de 2026, 06:49:45 am »
Detienen a un policía local de Mogán (Gran Canaria) por anular multas que él cobraba en efectivo

Historia de Europa Press • 13 h •

La detención se ha producido después de que en junio de 2025 la Guardia Civil comenzó una investigación tras detectar el Ayuntamiento de Mogán expedientes sancionadores irregulares. En concreto, en estos procedimientos el investigado anulaba las sanciones sin justificación legal, interrumpiendo el curso administrativo correspondiente.

El investigado presuntamente iniciaba procedimientos administrativos sancionadores en materia de tráfico y seguridad vial por infracciones que observaba durante su jornada laboral, exigiendo a los ciudadanos que abonasen la multa en efectivo, dinero que el agente no ingresaba en las cuentas públicas, según ha informado la Guardia Civil en nota de prensa.

Ante ello, el Ayuntamiento de Mogán y la Jefatura de Policía Local realizaron un amplio estudio y análisis de los procedimientos cancelados por el agente, lo que les permitió constatar que el perfil predominante de los sancionados eran turistas con vehículos de alquiler.

Asimismo se confirmó que el agente había comenzado con esta actividad hace tiempo y que se prolongó durante algunos años, hasta que se produce su detención. En concreto, inició más de 1.000 procedimientos sancionadores y malversó una cantidad estimada de 135.000 euros.

Además en el desarrollo de la investigación se rastreó el paradero de turistas sancionados por el agente durante los cinco años anteriores, que exponían que el policía les exigía el pago en efectivo.

Para verificar estos hechos, los investigadores realizaron durante meses vigilancias y un control de su actividad policial, lo que les permitió verificar que se situaba estratégicamente en distintas zonas de la localidad de Puerto Rico.

Tras ser detenido, el agente ha sido puesto a disposición de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de San Bartolomé de Tirajana Plaza 3, que instruye la causa judicial, decretando su libertad provisional.




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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3807 en: 05 de Febrero de 2026, 06:52:24 am »

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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3808 en: 05 de Febrero de 2026, 10:21:38 am »
Lo de cobrar las multas es tan antiguo como el hilo negro, pero que haya tenido la capacidad de cobrar 135.000€ en multas. . . es debería de haber hecho saltar las alarmas. . . así que algo ha fallado. . .

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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3809 en: 25 de Febrero de 2026, 06:21:09 am »

El Supremo confirma la condena de prisión a un policía que intentó agredir sexualmente a una subordinada en un bar

El subinspector, que ingresó en la cárcel la semana pasada, abordó a una agente en prácticas dentro del baño de un bar con los pantalones bajados y trató de forzar que le hiciera una felación

Elena Herrera
24 de febrero de 2026 22:20 h
Actualizado el 25/02/2026 05:30 h

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de tres años de cárcel impuesta a un subinspector de Policía Nacional por intentar agredir sexualmente en un bar de Madrid a otra agente que era su subordinada en la comisaría en la que trabajaban. El Alto Tribunal rechazó el pasado noviembre el recurso de la defensa del subinspector y consideró probados los hechos. El agresor entró la semana pasada en prisión, según la documentación a la que ha tenido acceso elDiario.es.

El Supremo rechazó su recurso por falta de interés casacional. Esto es, porque sus alegaciones no requerían un pronunciamiento para unificar doctrina. Esa decisión convierte en firme la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que consideró probado que el subinspector abordó a la agente en prácticas dentro del baño de un bar con los pantalones bajados e intentó forzar que le hiciera una felación.

El subinspector fue condenado a tres años de prisión por un delito de agresión sexual en grado de tentativa, la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante ocho años y el pago de una indemnización de 7.550 euros por daño moral.

Las sentencias del caso revelan que varios policías compañeros del condenado testificaron para intentar desacreditar a la víctima y hacer creer a los jueces que había denunciado para poder ser considerada víctima de violencia de género y así poder elegir destino. El TSJM, que revisó la sentencia de la Audiencia Provincial, rechazó la existencia de “ánimo espurio” en la denuncia. Consideró que era “una torticera imputación de aprovechamiento de recursos puestos al servicio de protección de las víctimas”, que fue desmentida, además, por el hecho de que la mujer permaneció finalmente destinada en Madrid.

“Espero, princesa, que esté todo bien”

Los hechos se remontan a noviembre de 2020. Ambos ejercían como policías nacionales en una comisaría de la capital. Él era subinspector y, por tanto, superior de la joven que en ese momento estaba en fase de prácticas tras salir de la academia. Ese día, la agente se iba a su casa, pero su superior la invitó a ir con él y otros dos policías a un bar cercano a tomar algo después del trabajo.

El intento de agresión se produjo en el aseo del local. La víctima se estaba lavando las manos cuando el condenado se acercó a ella con los pantalones bajados, le obligó a tocarle el pene, intentó besarla y trató de obligarle a realizarle una felación. La víctima empujó al subinspector, consiguió “zafarse” de él y volvió a la mesa con sus compañeros. Diez minutos más tarde salió del local y llamó llorando a su pareja, contando lo que había sucedido.

Siguiendo el consejo de su pareja, la mujer se marchó del local y llamó a su madre, al que también le relató lo que le había pasado. La siguiente llamada fue a su prima, que también es policía nacional, y que la acompañó a presentar una denuncia a la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM). Cuando se encontraba esperando en dependencias policiales, la víctima recibió una llamada del agresor. Ella no contestó y él le mandó el siguiente mensaje: “Espero princesa que esté todo bien”, que acompañó con dos emoticonos de besos y un corazón.

“Plena credibilidad” de la víctima

El caso estuvo casi cuatro años bajo investigación en un juzgado de la Plaza de Castilla de Madrid hasta que la Audiencia Provincial lo condenó a tres años de cárcel. Esa resolución fue ratificada por el TSJM y, ahora, declarada firme por el Supremo, lo que ha implicado la entrada en prisión del agresor.

Los tribunales han dado en este caso “plena credibilidad” al relato de la denunciante, debido a la “coherencia del relato”, así como a la “persistencia en la incriminación”, que son requisitos que exige la jurisprudencia. Además, han constatado que su declaración estaba corroborada por la declaración de su madre, su pareja y su prima, a quienes llamó inmediatamente y que dieron en cuenta del estado emocional en el que se encontraba.

Los jueces también han tenido en cuenta otras cuestiones, como el hecho de que ambos coincidieron en el baño y los informes periciales médicos y psicológicos que acreditan que la víctima sufrió un cuadro de ansiedad agudo y de síntomas compatible con el trastorno por estrés postraumático.

Durante el proceso, el ahora condenado en firme negó los hechos, alegó falta de pruebas y acusó a la víctima de denunciarle en falso para ser considerada víctima de violencia machista y conseguir un traslado a su ciudad natal que, de otra manera, no habría logrado. También impugnó las conclusiones de los citados informes periciales.

Durante el proceso varios agentes declararon contra la víctima, dando a entender que ella era quien buscaba cercanía con su superior para lograr trato de favor. “Era ella la que iba detrás del jefe”, dijo uno de los policías. “Se pegaba al subinspector”, dijo otra. Según sus compañeros, la víctima “no rendía” y “no tenía ganas de trabajar” y tenía “intereses espurios” al denunciar “porque quería obtener una plaza en su ciudad natal”, algo “imposible” para un recién llegado “salvo en los casos de víctimas de delitos contra la libertad sexual”. Ese traslado nunca se produjo.
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La Justicia condena a un policía nacional a tres años de cárcel por agredir sexualmente a una subordinada en un bar

Historia de Alberto Pozas • 10 mes(es) •

El Tribunal Superior de Madrid confirma la condena de un subinspector de la Policía Nacional y deja en evidencia a varios agentes que testificaron en contra de la víctima llegando a alegar que había denunciado al condenado para obtener un traslado

Un subinspector de Policía Nacional ha sido condenado a tres años de cárcel por agredir sexualmente en un bar de Madrid a otra agente, su subordinada en la comisaría donde trabajaban. El Tribunal Superior de Madrid ha confirmado la condena impuesta a este policía por abordar a la agente en prácticas dentro del baño de un bar con los pantalones bajados e intentando forzar que le hiciera una felación. Las sentencias del caso, que todavía no ha quedado zanjado en firme, revelan que varios policías testificaron para intentar desacreditar a la víctima y hacer creer a los jueces que había denunciado al subinspector para obtener un traslado.

La documentación de la causa, a la que ha tenido acceso elDiario.es, revela que víctima y agresor ejercían como policías nacionales en la comisaría del barrio madrileño de Aluche. Él era subinspector y, por tanto, superior de la joven que en ese momento estaba en fase de prácticas tras salir de la academia. Ese día de noviembre de 2020 la agente se iba a su casa, pero su superior le invitó a ir con él y otros dos policías a un bar cercano a tomar algo después del trabajo.

La agresión se produjo en el aseo del local. La víctima se estaba lavando las manos cuando el acusado se acercó a ella con los pantalones bajados, obligando a la mujer a tocarle el pene, intentando besarla y tratando de obligar a la agente a realizarle una felación. La víctima empujó al policía, consiguió “zafarse” de él y volvió a la mesa con sus compañeros. Diez minutos más tarde salió del local y llamó llorando a su pareja, contando lo que había sucedido.

Siguiendo el consejo de su pareja la mujer se marchó del local y llamó a su madre, relatando también lo que le había pasado. La siguiente llamada fue a su prima, que también es policía nacional, y la siguiente parada fue la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) donde puso la denuncia. Cuando estaba esperando en dependencias policiales, la víctima recibió una llamada y un mensaje de su agresor, según los jueces preocupado por si estaba siendo denunciado: “Espero princesa que esté todo bien”, le dijo con varios emoticonos de besos y corazones.

El caso estuvo casi cuatro años bajo investigación en un juzgado de la Plaza de Castilla hasta que la Audiencia Provincial dictó sentencia: una condena de tres años de cárcel para el subinspector por un delito de agresión sexual, seis años más de inhabilitación y una indemnización de 7.550 euros para la víctima, quedando absuelto del delito adicional de lesiones que le atribuían las acusaciones. Una sentencia que, tal y como ha podido comprobar este periódico, ha ratificado recientemente el Tribunal Superior de Justicia.

El policía condenado ya ha anunciado recurso ante el Tribunal Supremo y su condena, por el momento, no se ha ejecutado mientras se enfrenta también a un proceso disciplinario interno en la Policía Nacional que podría terminar con una sanción adicional o, incluso, con su expulsión del cuerpo. En caso de declararse firme, la condena implicaría su entrada obligatoria en prisión.

Policías “veteranos” contra la agente en “prácticas”

Los jueces de la Audiencia Provincial y del Tribunal Superior de Madrid dan credibilidad a la víctima frente a la versión exculpatoria del subinspector de Policía Nacional. El acusado ha negado los hechos a lo largo del proceso, ha alegado falta de pruebas y ha acusado a la víctima de denunciarle en falso para ser considerada víctima de violencia machista y conseguir un traslado a su ciudad natal que, de otra manera, no habría logrado. Una teoría que no ha tenido éxito con los jueces pero que sí tuvo el apoyo de varios policías de la comisaría, compañeros de la afectada, que testificaron contra la víctima.

Los jueces no conceden credibilidad ni al policía condenado ni a los agentes que declararon contra la víctima, dando a entender que ella era quien buscaba cercanía con su superior para lograr trato de favor. “Era ella la que iba detrás del jefe”, dijo uno de los policías. “Se pegaba al subinspector”, dijo otra. Según sus compañeros, la víctima “no rendía” y “no tenía ganas de trabajar” y tenía “intereses espurios” al denunciar “porque quería obtener una plaza en su ciudad natal”, algo “imposible” para un recién llegado “salvo en los casos de víctimas de delitos contra la libertad sexual”.

Los testimonios de los policías que cargaron contra la víctima en el juicio, destacó la Audiencia Provincial, “carecen de credibilidad” porque “se trata de subordinados” del acusado, observando los jueces “cierta tendencia a favorecerle”. Todos mencionaron que tenían “buena relación con él”, en algunos casos relaciones de carácter personal. Eran, tal y como destacó ese tribunal en su primera sentencia, “veteranos que habían jurado sus cargos hacía tiempo, lo que les hacía aparecer en un escalón muy superior sobre los funcionarios en prácticas”.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en esta misma línea, ha dado prevalencia al testimonio de la mujer frente al del policía y sus subordinados. Esa acusación contra la víctima, destaca el TSJM, “parece una torticera imputación” que queda desmentida por una “evidencia”: la agente siguió destinada en Madrid y no en su ciudad natal, su supuesto objetivo según el acusado y los policías “veteranos”. La declaración de la víctima, sin embargo, ha sido “persistente” y pruebas como los mensajes que mandó a su entorno esa misma noche apuntalan su versión.

El propio mensaje que el acusado mandó a la víctima esa noche, destacan los jueces, es una prueba más de su “preocupación e incertidumbre” ante la posibilidad de ser denunciado por lo que había hecho.

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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3810 en: 26 de Febrero de 2026, 09:00:28 am »
El jefe de la UDEF que investigó a los Pujol admite que siente “animadversión personal” hacia la familia


El mando policial matiza durante el interrogatorio que la animadversión es hacia los abogados de los Pujol que le denunciaron, pero da munición a las defensas para que cuestionen su imparcialidad

Oriol Solé Altimira

Barcelona — 25 de febrero de 2026 12:08 h Actualizado el 25/02/2026 18:50 h 6

El inspector jefe 89140 ha entrado al juicio de los Pujol cargado con un ordenador portátil y una carpeta llena de papeles. Su declaración seguirá este jueves, aunque él mismo la ha torpedeado antes de que el fiscal le empezara a interrogar este miércoles. Cuando el tribunal le tomaba juramento o promesa de que iba a decir la verdad, el mando del Cuerpo Nacional de Policía (CNP) ha admitido que tiene “animadversión personal” hacia la familia.



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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3811 en: 01 de Marzo de 2026, 15:53:54 pm »

Piden cinco años de cárcel a un sargento de la Guardia Civil acusado de romper la nariz a un hombre con su pistola


El perjudicado se habría quedado "varios minutos en la calzada con las esposas puestas, totalmente inmovilizado y sin ninguna medida de seguridad mientras sangraba"

Europa Press
Almería Creada: 01.03.2026 10:34
Última actualización: 01.03.2026 10:34

La Fiscalía de Almería va a solicitar cinco años de prisión para un sargento de la Guardia Civil acusado de romper la nariz a un hombre mediante un golpe con su arma reglamentaria después de que el afectado abandonara su vehículo con las manos en alto y fuera instado a echarse al suelo mientras era apuntado con la pistola sin saber los motivos de la intervención policial.

En su escrito provisional de acusación, consultado por Europa Press, el fiscal achaca al acusado un presunto delito de lesiones con la agravante de prevalimiento del carácter público, que se aplica a las autoridades o cargos públicos que se habrían aprovechado de su cargo para la comisión de un delito, por lo que también solicita para él cinco años de inhabilitación como miembro del cuerpo.

Los hechos tuvieron lugar sobre las 23:00 horas del 8 de marzo de 2023, cuando la Guardia Civil recibió un aviso por un presunto robo cometido en un cortijo en la zona del Valle del Almanzora, lo que motivó un dispositivo policial para localizar y detener a los responsables.

En el marco de dicho operativo, la víctima fue interceptada por los agentes sobre las 23,15 horas cuando conducía su vehículo en uno de los puntos de control establecidos. Fue así cómo le pidieron que detuviera el vehículo, que quedó inmovilizado.

El relato de la Fiscalía apunta que el perjudicado "no se encontraba armado" ni tampoco opuso "ningún tipo de resistencia" ante las indicaciones de los agentes, de modo que salió del coche "con las manos en alto".

Por su parte, el acusado se habría dirigido a él "apuntándole con el arma de fuego reglamentaria" mientras le requería que "se tirara al suelo", todo ello "sin informarle en ningún momento de los hechos que motivaron dicho proceder policial".

Fue entonces cuando, conforme a la acusación de la Fiscalía, el acusado se habría aprovechado de su condición de agente de la Guardia Civil para, "de forma injustificada" y con la "intención de menoscabar su integridad física", habría golpeado con el arma a la víctima en el rostro, "provocando que se arrojara al suelo".

La acusación añade que, acto seguido, el agente habría procedido en ese instante a colocar las esposas a la víctima mientras que se encontraba en la carretera "sangrando" en lugar de "asistirle tras el golpe". El perjudicado se habría quedado "varios minutos en la calzada con las esposas puestas, totalmente inmovilizado y sin ninguna medida de seguridad mientras sangraba".

A consecuencia del golpe, el perjudicado sufrió la fractura de varios huesos de la nariz así como del pómulo y el suelo del ojo derecho, por lo que tuvo que someterse a intervenciones quirúrgicas y tratamientos para sanar de sus heridas, de las que tardó en recuperarse cuatro meses.

Además de la pena privativa de libertad, la Fiscalía también reclama el pago a la víctima de una indemnización total superior a los 30.500 euros por las lesiones producidas, las secuelas que le han quedado, la intervención quirúrgica y los daños morales producidos, dado el trastorno por estrés postraumático identificado en la víctima.

El juicio, que se celebrará en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería, está previsto a partir de las 10:00 horas del próximo 4 de marzo.


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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3812 en: 02 de Marzo de 2026, 09:23:15 am »


Condenado a trece meses de cárcel un mosso d’esquadra por robar el móvil y los auriculares a un muerto en la calle


La Audiencia de Barcelona concluye que el agente sustrajo los objetos del finado “aprovechándose” de su condición de policía para no “levantar sospechas”, y le obliga a indemnizar con 850 euros a la familia

Oriol Solé Altimira
Barcelona —
1 de marzo de 2026 22:23 h
Actualizado el 02/03/2026 05:30 h

Acudió vestido de uniforme a la calle donde un hombre había muerto, robó el móvil y los auriculares al finado y volvió a la comisaría a terminar su turno. Así lo ha sentenciado la Audiencia de Barcelona, que ha condenado a un agente de los Mossos d'Esquadra a 13 meses de prisión por apropiación indebida.

En su sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, la sección 3ª de la Audiencia de Barcelona no expresa dudas. “En el ejercicio de sus funciones policiales”, destaca la resolución, el agente “se adueñó” del móvil y los auriculares inalámbricos de un hombre que había fallecido en una calle de Santa Coloma de Gramenet (Barcelona). El fallo también impone al mosso una inhabilitación para ejercer de policía de 13 meses y una indemnización de 850 euros para la viuda del fallecido.

Los hechos se remontan al 27 de octubre de 2021. Junto a su compañero de patrulla, el agente, destinado entonces en la unidad de investigación de la comisaría de Mataró (Barcelona) en el turno de noche, acudió a Santa Coloma porque un hombre había muerto en plena calle. En el lugar ya estaba un policía local, sanitarios y otras dos dotaciones de la policía catalana, del turno de tarde.

Cuando sus compañeros mossos le entregaron la mochila del finado, en ella había un iPhone, unos auriculares inalámbricos, un anillo y un reloj, además de su documentación personal. Pero al llegar a la comisaría de Mataró, en el acta de custodia de los objetos del fallecido, el teléfono ya no estaba.

La maniobra no tardó en ser detectada: el jefe de la unidad de investigación de la comisaría de Santa Coloma solicitó al agente acusado y a su compañero un informe policial al considerar que la cadena de custodia no estaba bien hecha. El mosso condenado insistió en que no había teléfono ninguno y reseñó unos “auriculares blancos”, en vez de “auriculares inalámbricos”, como constaba en la primera acta.

Los problemas crecieron cuando, cinco días después, la viuda del finado se personó en comisaría para recuperar sus efectos personales. Allí se dieron cuenta de que faltaba su teléfono móvil y sus auriculares. Activaron en ese instante la aplicación que permite localizar el iPhone. Los resultados fueron reveladores.

La aplicación, como el algodón, no engañó: las últimas señales del iPhone del fallecido se localizaron en el repetidor que abarca la comisaría en la que trabajaba el acusado en Mataró a las 00:32 h y a las 03:35 h de la madrugada, esto es, durante su turno.

Los auriculares también dejaron rastro de su uso una vez muerto su dueño y acorralaron más al acusado, pues la última señal se situó a 40 metros del domicilio del mosso.

Para los jueces no hay otra explicación posible que el robo. A esa conclusión llegan tras haber escuchado al agente de la policía local, que fue el primero en acudir al lugar donde había muerto el hombre y vio que llevaba encima su teléfono. Es más, indicó a los mossos que entre las pertenencias del finado “había objetos de valor”.

El tribunal también escuchó al compañero del mosso, que explicó que la cadena de custodia no la redactó hasta llegar a la comisaría de Mataró, pero que quien había colocado la bolsa en el maletero del coche en Santa Coloma fue el acusado. También declararon agentes de Asuntos Internos que señalaron al uniformado como responsable del robo.

En su declaración exculpatoria, a la que el tribunal no da credibilidad, el agente alegó que no tocó la mochila del finado. Sobre por qué la localización del teléfono y los auriculares los situaba cerca de su casa, el mosso dijo desconocerlo. También dijo que no sabía cómo funcionaban unos auriculares inalámbricos como los del muerto.

El mosso, incide la sentencia, “se adueñó, con ánimo de enriquecimiento ilícito” del teléfono antes de que su compañero empezara a redactar el documento de cadena de custodia de los objetos del fallecido, y procedió además a sustituir los auriculares del muerto por otros de color blanco. El color de los auriculares no estaba en el acta de cadena de custodia.

“El acusado cometió el delito prevaliéndose de su carácter de agente de la autoridad y aprovechándose de esta circunstancia para una mayor facilidad al no levantar, en principio, sospechas de su actuación en el ejercicio de sus funciones profesionales para su comisión”, asevera el tribunal.

El TSJ catalán rebaja a cuatro años de cárcel la pena a los mossos que agredieron y detuvieron ilegalmente a un joven

La sentencia es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que deberá confirmar si, como ha concluido la Audiencia, el mosso pasó de policía a ladrón.


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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3813 en: 02 de Marzo de 2026, 15:10:52 pm »
Como el del Rolex. . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3814 en: 02 de Marzo de 2026, 15:19:48 pm »
Como el del Rolex. . .

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Sip...pero.creo.que aquel.se llevo una condena de 4 meses...pero la inhabilitacion fue especial.

https://www.servimedia.es/noticias/cuatro-meses-arresto-para-policia-municipal-madrid-robo-reloj-rolex-muerto-accidente-trafico/1410938332

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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3815 en: 06 de Marzo de 2026, 09:12:17 am »
Condenado un suboficial de la Guardia Civil por hacer proposiciones sexuales a una agente


El Tribunal Militar Central considera que cometió un delito de acoso al enviar por WhatsApp memes que ella calificó de “guarradas”

Aurelio Ruiz Enebral
05/03/26 | 23:18
Actualizado: 05/03/26 | 23:32

“En algunas ocasiones el brigada hacía comentarios con doble intencionalidad o distendidos o que pudieran tener una segunda interpretación con alguna connotación de carácter sexual”. Los comentarios y el envío de mensajes por WhatsApp generaron en una guardia civil un trastorno de ansiedad.

Los hechos sucedieron en un puesto de la Guardia Civil en Galicia. Un brigada llegó destinado a la plana mayor de la compañía, y tenía como subordinados a dos guardias.

Comportamiento del brigada: familiaridad y tuteo constante

El suboficial “empleaba de forma habitual, en el trato con sus subordinados, expresiones que denotaban mucha familiaridad de trato, sin tratamiento militar, con tuteo y dirigiéndose a ellos con bromas y comentarios distendidos”.

La Guardia Civil formará a los mandos para que detecten acoso sexual y laboral en el cuerpo
Así lo ha establecido el Tribunal Militar Territorial Cuarto, de La Coruña, en una sentencia dictada tras el juicio celebrado como consecuencia de la investigación instruida por el Juzgado Togado Militar Territorial nº 41 de La Coruña, por un presunto delito de abuso de autoridad en su modalidad de acoso sexual, previsto y penado en el artículo 48 del Código Penal Militar, atribuido al brigada.

El problema fue que el brigada iba más allá de la familiaridad y el tuteo: “En algunas ocasiones el brigada hacía comentarios con doble intencionalidad o distendidos o que pudieran tener una segunda interpretación con alguna connotación de carácter sexual”.

En el relato de hechos probados el tribunal recoge el que en una ocasión, mientras el brigada tomaba café con otros guardias civiles, le dijo a una de sus subordinadas: “Si me invitas a una cena, te haré un buen IPECGUCI”, que es el informe personal de calificación de la Guardia Civil, que puntúa el trabajo de los miembros del instituto armado e influye en ascensos.

“Igualmente, de forma reiterada el brigada manifestaba a la guardia civil que su sueño o deseo era que ésta le hiciera la comida, así como la intención de ir a tomar café a su casa”.

Mensajes de WhatsApp de contenido sexual

En la sentencia se refleja también una sucesión de mensajes que derivaron en la investigación penal.

Tuvieron lugar en la mañana del 9 de junio de 2023. Estando ambos en su lugar de trabajo en el puesto de la Guardia Civil, el brigada envió a la agente un mensaje a través de WhatsApp que incluía dos imágenes: “La inferior con el conocido dibujo hombre de Vitrubio de Leonardo Da Vinci y en la parte superior una imagen semejante representado a una persona desnuda sobre otra. Sobre la imagen superior constaba el siguiente texto: «Hace poco vi este chiste: tú yo rindiéndole homenaje a Da Vinci, no sé piénsalo». Y sobre la imagen inferior: «Y ahora el original me deja pensando... »”.

El mensaje tuvo respuesta. La guardia civil le dijo al brigada que no le mandara “guarradas”. Pero esa contestación no tuvo efecto.

Ese mismo día, unas cuatro horas después, el brigada volvió a escribir por WhatsApp a la misma agente. En esa ocasión le mandó un vídeo en el que “tras verse la imagen de un incendio, aparece una mujer gritando mientras es penetrada violentamente por un hombre con su pene”. El vídeo iba acompañado del texto “En la autovía A2... Si subís el volumen se oyen los gritos de la gente atrapada...”.

El Tribunal Militar Territorial Cuarto estableció que “tales hechos generaron en la guardia una sensación de desasosiego, malestar y nerviosismo”.

Les contó lo sucedido a algunos a compañeros: dos cabos 1º, un guardia, y su propio hermano, que es capitán.

Al final cinco días después de esos mensajes, se reunió con el capitán jefe de la compañía. Le explicó que tenía “problemas” con el brigada, y que él le había enviado los mensajes de WhatsApp descritos.

El capitán le dijo que no volviera a tomar café con el brigada y que lo bloqueara en su móvil. Eso hizo ella ese mismo día.

Esa decisión provocó un cambio: “La actitud del brigada hacia la guardia fue más distante, tratando la guardia de evitar coincidir a solas con el referido suboficial”.

Impacto en la víctima: ansiedad y baja laboral
Pero al final el 29 de junio, quince días después de hablar con el capitán, la guardia civil fue dada de baja médica para el servicio.

Confirmado el castigo a un cabo 1º de la Guardia Civil por decirle a una agente “todas las mujeres son unas putas”
Le diagnosticaron trastorno de ansiedad. Según informe médico forense, “presentó una clínica compatible con un cuadro ansioso depresivo con una reacción psicótica aguda derivado de un conflicto laboral”, si bien “no constituyó una lesión permanente”.

La guardia civil presentó una denuncia contra el brigada en una comisaría de la Policía Nacional el 7 de agosto de 2023.

Investigación y juicio militar
Como se ha indicado, el caso acabó siendo investigado por la justicia militar por un presunto delito de un presunto delito de abuso de autoridad en su modalidad de acoso sexual.

Se celebró el juicio, comparecieron la denunciante, el denunciado y como testigos varios miembros del puesto de la Guardia Civil.

El tribunal militar tuvo en cuenta que la denunciante “mantuvo el mismo relato de los hechos de forma invariable desde el momento en que emitió el parte que dio origen a las presentes actuaciones”.

Antecedentes psiquiátricos de la víctima
Eso le dio credibilidad a su denuncia. Pero en contra de esa credibilidad pesó otro elemento: el tribunal consideró “importante poner de relieve la personalidad de la denunciante: sus antecedentes psiquiátricos acreditados en actuaciones se remontan a un primer contacto en el año 2010, por un problema depresivo tras una ruptura con su pareja sentimental, problema del que se recuperó tras un periodo sometida a tratamiento farmacológico”.

Además en 2020 hubo un episodio con una ideación delirante de carácter paranoide, ya que consideraba que se le forzaba su taquilla en el trabajo y que los compañeros querían perjudicarla, también se recuperó con tratamiento farmacológico, si bien, se reincorporó al destino con limitaciones, debido al hecho de continuar medicada y realizando servicios que no requiriesen del uso de armas de fuego”.

Una cabo 1º declaró que las quejas de la agente sobre el presunto acoso del brigada no las tomó muy en serio, “ya que anteriormente le había hablado de otro acoso”.

Testimonios y división de interpretaciones
Así que los miembros del tribunal tuvieron que deslindar hechos que no podían probarse, con situaciones que sí vieron avaladas por los suficientes indicios y testimonios.


La Guardia Civil creará la figura del “asesor confidencial” contra el acoso sexual
Llegaron a la conclusión “de que la interpretación de algunos de los hechos que hemos dado por acreditados que realizaba la guardia civil está profundamente afectada por su propia subjetividad, con tendencia a la fabulación, apartándose de la objetividad con la que realizaría dicho análisis cualquier otro guardia civil en sus mismas circunstancias”.

Esa “fabulación” explicaría que algunos de los supuestos que la guardia civil consideró constitutivos de acoso sexual hacia su persona fueron interpretados como requerimientos sin trascendencia alguna por parte del resto de los presentes en las conversaciones.

“El relato expuesto carece de credibilidad objetiva, ya que explica constantes situaciones de acoso hacia su persona por parte del brigada en presencia de otros compañeros de trabajo o de los compañeros destinados en el puesto, en diferente planta del edificio, con los que coincidían tomando café”, entendieron.

De igual forma “no resulta creíble para la sala que, de producirse esas reiteradas insinuaciones y requerimientos de relaciones tendentes a satisfacer favores sexuales, ninguno de los presentes hubiera tomado constancia de ello y lo hubiera recordado, o que la misma guardia civil hubiese dejado de acudir a tomar café o realizase alguna conducta que claramente demostrase su malestar y enfado, cortando la situación”.

En la sentencia se indica que “los testigos que presenciaron las conversaciones referentes a la elaboración de los informes IPECGUCI e invitar a una cena los consideraron como una broma colectiva, a la que no atribuyeron ninguna solicitud de carácter sexual, o el hecho de que se le dijese en grupo que tenía que hacer alguna invitación a comer”.

La guardia civil “continuó manteniendo la misma relación con el brigada y el resto de los compañeros y únicamente se rompió esta relación y se alteró el normal funcionamiento de la unidad después de que hubiese recibido el día 9 de junio de 2023, los mensajes de WhatsApp remitidos a su cuenta particular por el brigada”.

El tribunal: sentencia final y repercusiones
La valoración del Tribunal Militar Territorial Cuarto sobre los mensajes ya fue distinta: “Hemos de decir que tienen difícil explicación en una relación profesional”.

El brigada se defendió diciendo que esos mensajes los envió al grupo de trabajo y que, antes de enviarlo en la oficina, oralmente anunció “mira lo que están montando como meme”, tratándose así de una crítica a las redes sociales.

Pero otros guardias declararon que en el grupo compartido no recibieron esos mensajes, por lo que sólo los envió, por privado, a la denunciante.

De ahí que los miembros del tribunal concluyeron que esos mensajes “suponen una clara alusión a un ofrecimiento o recibimiento de favores sexuales. No se ha acreditado en la sala, ninguna explicación lógica o coherente, de que su emisión no responda a un mero impulso particular realizado por el brigada, dirigido a la guardia civil”.


Los policías denunciados por acoso sexual tendrán restringido el acceso a bases datos
El tribunal analizó los hechos probados a la luz del tipo penal del artículo 48 del Código Penal Militar con el delito del artículo 184.1 del Código Penal, y determinó que en este caso “nos encontramos con una proposición o insinuación sexual efectuada por un brigada de la Guardia Civil respecto a una guardia civil, subordinada directa, conducta que se lleva a cabo en horario laboral, mientras se encuentran desempeñando sus funciones”.

Vieron que se cumplió un requisito del tipo, y es que la conducta del brigada afectó de manera grave a la dignidad, honor o intimidad de la guardia: “A consecuencia de esos hechos, se mostró muy alterada, cambió su relación con su superior jerárquico y, posteriormente, vio afectado su estado anímico y derivó en una situación ansiosa que requirió de su baja por cuestiones médicas”.

Por todo ello, el tribunal condenó al brigada como autor responsable de un delito consumado de abuso de autoridad, en su modalidad de acoso sexual, previsto y penado en el artículo 48 del Código Penal Militar.

Le impuso una pena de seis meses de prisión, con las accesorias legales de suspensión militar de empleo, suspensión de cargo público e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Además le obligó a abonar 4.170,50 euros a la agente en concepto de responsabilidad civil en razón de los daños psíquicos causados por el delito.

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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3816 en: 06 de Marzo de 2026, 14:19:56 pm »
Si Arévalo levantara la cabeza. . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3817 en: 10 de Marzo de 2026, 06:31:18 am »

El jefe antidroga fingió destruir 50 kilos de cocaína en Asturias que después distribuyó entre su clan



El jefe antidroga fingió destruir 50 kilos de cocaína en Asturias que después distribuyó entre su clan
Acompañado por dos policías de su grupo se trasladó en julio de 2025 hasta un centro de residuos cerca de Oviedo para simular que se deshacía de la droga incautada en la operación 'Churruca'

Álvaro Muñoz
Jenifer Santarén
Pedro Resina
Álvaro Muñoz, Jenifer Santarén y Pedro Resina

Valladolid
Lunes, 9 de marzo 2026, 06:48

Tal vez fue un cambiazo en el viaje hasta las proximidades de Oviedo. O que desde Valladolid nunca salió la droga, en un plan más sofisticado. Sea como fuere, Luis Fernández, el jefe del grupo de Estupefacientes de la Policía Nacional de Valladolid hasta su detención a principios de diciembre de 2025, nunca destruyó la droga que había incautado en la operación 'Churruca' en la primavera de ese año y que apareció en los registros efectuados para desarticular el grupo criminal de narcotráfico que él mismo lideraba, según los atestados de Asuntos Internos incorporados al sumario al que ha tenido acceso El Norte de Castilla. La misma cocaína, con los mismos logos y el mismo empaquetado.

Para dar cierta normalidad de puertas adentro en la Policía Nacional, Luis Fernández tenía que destruir todas las sustancias incautadas tras una de las grandes operaciones contra el narcotráfico llevadas a cabo en Castilla y León. Y eligió el 24 de julio de 2025, casi dos meses después de que explotara aquella intervención, para eliminar supuestamente los más de 50 kilos de cocaína incautados, que habrían alcanzado un valor de 4 millones de euros al menudeo, según relataron en sede policial los agentes que acompañaron en ese viaje a Luis Fernández.

Operación Churruca, desde la incautación hasta la supuesta destrucción

Según los testigos que prestan declaración en el atestado,el seguimiento, guardia y custodia de los paquetes incautados por el Grupo III de UDYCO Estupefacientes de la Brigada Provincial de Policía Judicial en la Operación Churruca sigue la siguiente cronología.

Esta secuencia es una descripción de los hechos ocurridos desde la incautación de la droga en la Operación Churruca hasta su supuesta destrucción. Hoy todavía se deconoce cómo esta droga y con el mismo etiquetado aparece en los circuitos para su venta en los días posteriores.

Toda la cocaína se transporta a la Delegación del Gobierno para su análisis.

Entre los funcionarios que trasladan la mercancía está Luis Juan Fernández. Según uno de los testigos, a la vuelta del traslado los paquetes son depositados en dos cajas de seguridad, ya que al abrir alguno de los paquetes dejan de estar al vacío y ocupan más espacio.

Los testigos indican que la llave de la caja de seguridad está accesible: «Tenía acceso Luis Juan Fernández, que la tenía encima de la torre del ordenador del que habitualmente hace uso».

Además, los testigos desconocen si hay un protocolo en el grupo para dejar constancia documental del tipo y cantidad de las sustancias aprehendidas en las operaciones.

En torno a las 6:30 h. de la madrugada, Luis Juan Fernández, con otros dos compañeros, los testigos interrogados en el atestado, se dirigen al Centro de Tratamiento de Residuos de Serín, en Asturias, para destruir la droga incautada en la Operación Churruca, además de otros estupefacientes intervenidos anteriormente.

Son estos mismos excompañeros de Luis Fernández los que detallaron ante Asuntos Internos que en Valladolid no existe un protocolo dentro de la Policía Nacional y que era su propio jefe el que se encargaba normalmente de la destrucción de todas las sustancias, lo que dejaba a Luis Fernández en una posición superior para manejar las sustancias a su antojo.

En pleno verano de 2025, a las 6:30 horas, Luis Fernández y dos compañeros de su grupo, uno de ellos recién aterrizado en esa unidad y el otro con un año, se presentaron en la comisaría de la calle Gerona en Valladolid para recoger la droga y meterla en el coche oficial con el que se movía habitualmente el presunto policía corrupto, un Audia A4. Todo ello en grandes bidones transparentes. En ese mismo vehículo solo viajaba Luis Fernández, mientras que sus compañeros flanqueaban la droga desde una furgoneta prestada y otro coche en un trayecto de unas tres horas. Era el alijo más relevante intervenido en Castilla y León en fechas recientes.

Durante ese viaje a Asturias, los tres agentes pararon en un momento determinado a tomar un café en una gasolinera, si bien, al parecer, no hubo ningún cambiazo. «Estuve pendiente y no despegué la mirada del coche en el que estaba la droga», declaró en sede policial uno de ellos tras la detención de su jefe.

Así se lo relataron los compañeros de Luis Fernández a la Unidad de Asuntos Internos. Estas declaraciones quedaron reflejadas en el atestado del pasado mes de diciembre, de casi 500 folios. Incluso uno de esos agentes insistió en que tenía la «absoluta certeza» de que la totalidad de los bidones fueron vaciados y volcados a un horno. Eso sí, puntualizó que nunca se asomó al maletero del coche para comprobar si allí quedaban más sustancias.

La 'totalidad' de la droga, en los hornos

Una vez la cocaína fue descargada en destino (en ese viaje se incluyeron también otras partidas de droga obtenidas fruto de otras investigaciones), presenciaron cómo la «totalidad» de la 'droga' fue vaciada en los hornos, según los agentes. «Era un caos y olía mal», agregó en su testifical el más nuevo dentro de la unidad.

Antes de verter todas las sustancias, ya que para estos dos agentes todo transcurrió con normalidad, el responsable de la fábrica pesó la totalidad del producto que se iba a quemar. Se trataba de un depósito de 69 kilos. Si se restaban los diez kilos del embalaje, las cuentas de la droga que se iba a destruir encajaban. De esa operación, según las declaraciones de estos dos policías, Luis Fernández recibió un justificante, si bien ninguno de los dos compañeros recibió ni firmó documentación alguna sobre ese viaje ni sobre la destrucción de la droga. «Creo que se adjuntó al juzgado a través de Lexnet, pero no tengo acceso a esa herramienta», concluyeron los dos agentes en las largas testificales en sede policial de diciembre de 2025 y con su exjefe ya detenido acusado de una larga lista de delitos.

Esa droga, según se deduce en el atestado, nunca se quemó. Aún no se sabe cómo, pero siempre estuvo a disposición de Luis Fernández y gran parte de ese alijo apareció en los registros del 4 de diciembre en la casa de la detenida Magalis Figuereo (40 kilos de cocaína). Eran los mismos logos y envoltorios (araña y Z5) que el Grupo de Estupefacientes, con Luis Fernández al frente, incautó en la primavera de 2025 en una gran operación vendida como un éxito rotundo dentro de la Jefatura de la Policía Nacional de Castilla y León.

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Esas sustancias, principalmente cocaína, se retiraron de un futuro mercado al menudeo después de una investigación que realmente llevaba activa desde el año 2024. Tras meses de pesquisas, la Policía Nacional cazaba a casi una veintena de sospechosos dentro de, al parecer, un mismo grupo criminal. Les quitaban 55 kilos de coca que fueron directamente a las dependencias de la Policía Nacional de la calle Gerona. Allí quedó custodiada y de forma oficial solo salió para una multitudinaria rueda de prensa en la que no faltó ningún gran cargo dentro de la Policía Nacional. Con todos ellos, con una sensación de satisfacción, se encontraba también Luis Fernández (en ese momento, ya estaba siendo investigado por Asuntos Internos). La droga se pudo fotografiar desde todos los ángulos y con altos cargos que posaban para los reporteros gráficos. Y aunque los jefes de Luis Fernández no lo sabían, en la mesa, ante los reporteros gráficos, había más fardos expuestos que los que había señalado en el atestado.

A fondo
Toda la información sobre la operación contra el jefe antidroga de Valladolid
Tras el acto, sin ningún protocolo ni cadena de custodia, la droga se metió en la caja fuerte de un jefe de sección, de la que el propio Luis Fernández tenía la llave. «La tenía siempre encima de la torre del ordenador», declaró uno de sus compañeros. Oficialmente, esa caja fuerte se abrió para llevar la droga hasta dependencias de la Delegación de Sanidad del Gobierno el 12 de mayo de 2025. Todo ello, para completar los análisis para conocer las cifras exactas del peso y de su pureza. Se trasladó la totalidad de la droga para ser sometida a los estudios de los profesionales de Farmacia. Reflejan los declarantes que se abrieron varios fardos de los que se llevaron, si bien muchos de ellos no se desprecintaron. «La droga de los paquetes que se analizaron se metió en bolsas de plástico al vacío; el resto continuaron con el mismo logotipo de la araña y el Z5», manifestaron los compañeros de grupo que acudieron ese día hasta Sanidad.

Y se volvió a llevar la cocaína a la misma caja de seguridad en la comisaría de la calle Gerona, supuestamente hasta el día de su destrucción con ese fraudulento viaje a Asturias. Pero eso nunca pasó.

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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3818 en: 12 de Marzo de 2026, 19:57:30 pm »

El capitán de la Guardia Civil en prisión por narcotráfico declara al juez que hizo de agente corrupto


El que fuera jefe del Puerto de Valencia Jesús Fernández Bolaño declara voluntariamente en la Audiencia Nacional

Irene Tabera
Irene Tabera @irenetabera
Madrid (1996). Periodista de Investigación y Tribunales. Colaboradora en Telecinco, Cuatro y Telemadrid. Graduada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y máster en Televisión por la Universidad Católica de Milán. Anteriormente trabajó en Mediaset Italia. Contacto: irene.tabera@okdiario.com
11/03/2026 05:45 Actualizado: 11/03/2026 05:45

Jesús Fernández Bolaño, ex capitán de la Guardia Civil en el Puerto de Valencia y en prisión por narcotráfico, ha declarado voluntariamente ante el juez de la Audiencia Nacional que hizo de agente corrupto en una operación policial.


El 4 de diciembre de 2024, un alto cargo de la Guardia Civil fue detenido en una operación contra el narcotráfico. El caso fue desvelado por OKDIARIO y Jesús Fernández Bolaño ingresó en prisión provisional en la cárcel de Estremera (Madrid).


La Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia Plaza número 1 asumió la investigación, en coordinación con la Fiscalía Antidroga, y el capitán ha ido a declarar este martes 10 de marzo. La comparecencia ha durado más de una hora.


Fuentes judiciales aseguran que ha contado todo desde el principio hasta el fin y ha explicado que él trabajó mucho como policía corrupto para dar coartadas a la UCO, y que eso es lo que le ha complicado la vida.

Ha explicado que las llamadas sospechosas eran en realidad con gente de la UCO hablando de droga en el marco de operaciones propias. También ha asegurado que tenía varios teléfonos móviles para ocultar parte de su vida personal.

Su letrado, el penalista Vicente Sanmartín, del despacho Sanmartín Abogados, ha explicado que ha contestado a todas las partes con sinceridad y que ha detallado todo perfectamente.

Relación con los narcos
Jesús Fernández Bolaño también ha dado explicaciones sobre su relación con los narcos. En el sumario de la causa aparecen fotografías y viajes con ellos, especialmente con uno que se llama Guillermo Tormo, de quien dice que es «su amigo».

Bolaño y Tormo han viajado a Latinoamérica. El capitán de la Guardia Civil ha explicado que él iba a dar cursos de prevención de drogas, financiados por la Unión Europea, y que allí se encontraba con Tormo, que estaba de vacaciones.  Ha admitido que salían de fiesta juntos.

Fuentes judiciales aseguran que también ha explicado el resto de viajes que aparecen en el sumario y sostiene que se han equivocado cuando dicen que él estuvo en Castellón. «En realidad fue un viaje a Málaga donde estaba haciendo una operación y allí coincidí con Guillermo Tormo», ha expuesto en sede judicial.

Y prosigue: «No hubo ningún viaje relacionado con hachís ni nada parecido, todo son invenciones, si Guillermo hubiera hecho algo ilegal en algún momento, lo habría detenido, pero nunca vi nada ilegal».

El capitán de la Guardia Civil, además, ha dejado claro que hacía uso de un piso que tenía alquilado Guillermo Tormo porque era de un amigo en común.

Reconoce operaciones mercantiles
Jesús Fernández Bolaño ha reconocido al juez que, éticamente, puede haber actuado mal porque hizo operaciones mercantiles con las que ganó dinero. Sus operaciones estaban relacionadas con temas textiles y con una empresa de seguridad en Perú. «No debería haberlo hecho éticamente, pero hay cero relación con el tráfico de drogas», ha explicado en sede judicial.


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Re: !Cómo están los Cuerpos!
« Respuesta #3819 en: 19 de Marzo de 2026, 07:24:58 am »
El Supremo confirma la expulsión de un guardia civil tras ser condenado por un robo de 42.000 euros


Fue condenado por robo con fuerza en las cosas, simulación de delito y organización delictiva

Vozpópuli
Blanca Valdés Mañas
Publicado: 14/03/2026 · 04:45
Actualizado: 14/03/2026 · 04:45

El Tribunal Supremo ha confirmado la expulsión del cuerpo de un guardia civil que participó en un robo planificado contra una empresa en Paracuellos del Jarama (Madrid), en el que se sustrajeron 42.000 euros. La decisión respalda la sanción disciplinaria impuesta por el Ministerio de Defensa tras la condena penal del agente.

Y es que, el 26 de junio de 2024, el Juzgado de lo Penal Número 3 de Alcalá de Henares le condenó, tras llegar a un acuerdo de conformidad, a un año y nueve meses de prisión por la comisión de delitos de robo con fuerza en las cosas, simulación de delito y organización delictiva.

Dicha sentencia condenatoria consideró probado que el guardia civil participó en la planificación y ejecución de un robo en una empresa dedicada al sector del motor. Para llevar a cabo el delito, el agente actuó de común acuerdo con otras dos personas. Una de ellas era, precisamente, pareja sentimental del funcionario y trabajadora de la empresa, por lo que conocía a la perfección cómo funcionaban los sistemas de seguridad y dónde se custodiaba el dinero. El tercer implicado era amigo de ambos.

Los tres participantes elaboraron un plan en el que se distribuían los papeles que cada uno debía desempeñar. Por ejemplo, la empleada se encargaba de desactivar la alarma de la empresa, el guardia civil tenía la función de vigilar desde el coche y el tercer implicado era el responsable de materializar el robo que tuvo lugar la madrugada del 17 de septiembre de 2018.

Esta tercera persona, una vez dentro del local y fingiendo no conocer a su amiga, esgrimió un arma y le entregó unas bridas: "¡Átate a cualquier lado, como te muevas te juro que te mato!", le dijo. Posteriormente, se dirigió a la oficina de la planta superior cuyas puertas estaban abiertas y cogió de una caja 42.000 euros.

Instantes después, la empleada, como parte del plan, y con conocimiento de la falsedad de los hechos que denunciaba, efectuó una llamada al Puesto de la Guardia Civil de Paracuellos del Jarama, en la que manifestaba que había sido víctima de un robo con violencia e intimidación.

Solicitó que la sanción fuese de tres meses de suspensión
A consecuencia de esta sentencia penal, el 15 de julio de 2025 el Ministerio de Defensa le impuso la sanción de separación del servicio, es decir, la expulsión del cuerpo al cometer una falta muy grave consistente en "cometer un delito doloso condenado por sentencia firme, que cause grave daño a la Administración y a los ciudadanos".

Esta sanción se encuentra tipificada en el artículo 7.13 del Reglamento Disciplinario de la Guardia Civil. Pero el agente acudió a los tribunales con el objetivo de que su expulsión del cuerpo fuese sustituido por una sanción de suspensión de empleo durante tres meses.

El guardia civil alegó que se había vulnerado el principio de legalidad al entender que no quedó acreditado que los delitos por los que fue condenado hubieran causado un grave daño a la administración o a los ciudadanos. Pero los magistrados de la Sala de lo Militar señalaron que, en contra de lo sostenido por el recurrente, el delito por el que fue condenado sí había causado grave daño tanto a la Administración como a una entidad con personalidad jurídica.

En este sentido, recuerdan que los hechos por los que fue condenado "constituyen un comportamiento ilícito de tal intensidad que inevitablemente conlleva un grave quebranto de la propia Administración, por cuanto el Cuerpo de la Guardia Civil al que aquel pertenece tiene como misión" la de "proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y de garantizar la seguridad ciudadana. Por otro lado, la sentencia resalta que la ministra de Defensa señaló que la conducta protagonizada también alcanzó a los ciudadanos, en concreto, a una entidad con personalidad jurídica.

De modo que el tribunal ha desestimado el recurso al considerar que "es obvio que la comisión de delitos de tal naturaleza impide de forma lógica y razonable la continuidad del recurrente, condenado en Sentencia firme por todos ellos, en el honroso Cuerpo de la Guardia Civil".