Multa de 270 euros a un joven que pegó un manotazo a un perro de la Policía Local
I.E. / Burgos - miércoles, 05 de septiembre de 2012
Intentó impedir que el animal descubriera la droga que llevaba en el bolsillo durante un operativo desplegado en la plaza de Venerables
No son agentes de la ley, pero una agresión a un perro de la Policía Local puede salir muy cara. El juzgado de Instrucción número 4 de Burgos ha condenado a un joven a pagar una multa de 270 euros por dar un manotazo a un pastor belga de la Unidad Canina de la Policía Municipal con el fin de evitar que hallara droga en sus ropas.
Los hechos ocurrían el 27 de noviembre del año pasado en la plaza de Venerables. A la 1,15 de la madrugada la Policía desplegó un operativo para la detección de sustancias estupefacientes. Los funcionarios, acompañados por los perros, se dirigieron a un grupo de chavales. En un momento dado, el can fijó su olfato sobre uno de los jóvenes. Comenzó a olerle y, al temerse el muchacho que descubriera droga en sus bolsillos, le propinó un fuerte golpe al animal con la palma de la mano abierta. El perro se resintió y abandonó la búsqueda por el golpe recibido.
Después de la vista oral, el juez dictó sentencia para condenar al joven como autor de una falta de respeto y consideración a la autoridad, y le imponía una multa de 270 euros -a razón de 9 euros por 30 días-. En caso de no pagar, debe cumplir un día de privación de libertad por cada cuota diaria no abonada. Además, también fue condenado a hacer frente a las costas procesales. El agente de policía fue absuelto.
Sin embargo, el muchacho no se dio por vencido y recurrió esta sentencia ante la Audiencia Provincial, que ya se ha pronunciado y confirma el fallo del juzgado número 4 de Instrucción de Burgos.
El tribunal examinó las pruebas practicadas y concluyó que era de aplicación el artículo 634 del Código Penal, que dispone que «los que falten al respeto a la autoridad o sus agentes o los desobedezcan cuando ejercen sus funciones serán castigados con una pena de multa de 10 a 60 días».
Entendió el juez que el hecho que protagonizó el denunciado, propinando un fuerte manotazo al perro policía, constituye un acto de desobediencia leve, puesto que además impidió el desarrollo del operativo de detección de estupefacientes. Explica en su sentencia que «si bien la acción no se ejercita directamente sobre el agente de la autoridad, se hace sobre uno de los medios utilizados por esta, con la finalidad de impedir la actuación policial».
Asimismo, considera este tribunal que la cuantía de la multa es adecuada, «pues no existe prueba sobre los ingresos del penado». También pagar las costas en esta segunda instancia.