Autor Tema: Nulidad de los procesos selectivos  (Leído 79713 veces)

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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #360 en: 10 de Septiembre de 2023, 08:49:39 am »
El Ayuntamiento de Alicante descarta recurrir la sentencia sobre las oposiciones a la Policía Local

El Ejecutivo municipal considera "ajustadas a derecho" las peticiones de los demandantes ante el fallo judicial
Todos los aspirantes que aprobaron el controvertido examen, cuestionado por enchufismo, tendrán plaza
Juan Fernández C. Pascual
09·09·23 | 12:10 | Actualizado a las 12:12

El Ejecutivo local ha descartado presentar recurso contra la sentencia del juzgado Contencioso-Administrativo número 1 sobre la Oferta de Empleo Público (OPE) de 2022, en la que se establece la ampliación de las oposiciones a la Policía Local con la incorporación de las plazas vacantes.

Así, todos los aspirantes que aprobaron la controvertida oposición a la Policía Local, que estuvo en cuestión por supuesto enchufismo, tendrán plaza en el Ayuntamiento de Alicante.

Tras el análisis del fallo judicial emitido el pasado 31 de julio y conocido esta semana, el gobierno municipal considera "ajustadas a derecho" las peticiones de los demandantes, ejercidas por el sindicato SPPLB con representación en el consistorio.

El equipo de Gobierno considera que esta sentencia "habilita al Ayuntamiento para que se puedan cubrir todas las vacantes existentes en el cuerpo de la Policía Local con el objetivo de seguir reforzando la seguridad ciudadana" en Alicante, al tiempo que "despeja las dudas sobre el encaje legal y presupuestario de las pretensiones de los recurrentes antes de esta resolución del juzgado".

Asimismo, el Ejecutivo local destaca que el hecho de que el fallo descarte la imposición de costas procesales "pone de manifiesto la existencia de dudas interpretativas sobre derecho en este contencioso", que han requerido la intervención de la autoridad judicial para su resolución.

Oposición polemica
Esta oposición estuvo marcada por la polémica, ya que en el listado de aprobados figuraban personas muy cercanas a actuales agentes del Cuerpo de Seguridad alicantino, incluyendo miembros del cuadro de mandos, como hijos, hijas, mujeres, novias, sobrinos y yernos, entre otros parentesco. También estaban incluidas en ese listado personas próximas a partidos políticos y a empresas con vínculos con agentes locales, además de sindicalistas del Ayuntamiento, salpicando a siglas como UGT y CSIF.

Marcha atrás del bipartito con el turno de movilidad: renuncia a reiniciar las oposiciones a la Policía Local
Marcha atrás del bipartito con el turno de movilidad: renuncia a reiniciar las oposiciones a la Policía Local
C. Pascual
Recientemente, también se supo que otra sentencia judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) obligaba al Ayuntamiento de Alicante a reiniciar un proceso selectivo de la Policía Local del turno de movilidad, por el que se convocaron treinta plazas dentro de la Oferta Pública de Empleo de 2018.

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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #361 en: 12 de Septiembre de 2023, 18:02:23 pm »
Patata muy caliente...




El Ayuntamiento de Sevilla pide ahora a la juez que no ejecute la sentencia que anulan las oposiciones policiales


En un escrito del director general de Recursos Humanos se expone que se considera «la imposibilidad material de ejecución» del fallo ya que se puede producir «un grave perjuicio a la Seguridad Social y un coste económico»

José Luis Sanz reconoce que ha pedido no ejecutar la sentencia de las oposiciones de la Policía Local de Sevilla
Lo que decía el Ayuntamiento de Sevilla: cese en septiembre de los policías locales implicados en las oposiciones anuladas

JESÚS DÍAZ

Sevilla


12/09/2023
Actualizado a las 13:07h.

El Ayuntamiento de Sevilla cambia el paso en el asunto las oposiciones a la Policía Local que se celebraron en 2012 y que fueron anuladas por una juez de lo Contencioso en 2020 por las sospechas «contundentes» de que hubo una filtración que benefició a un grupo de opositores. La Justicia ordenó su repetición. Y hasta el momento el gobierno local del PP estaba dispuesto a cumplir el fallo. Ya había anunciado hasta la fecha de las nuevas pruebas, pero ahora se conoce un escrito del director general de Recursos Humanos en el que propone solicitar a la juez la inejecución de la sentencia.

En un escrito del 7 de septiembre, este alto funcionario del Ayuntamiento de Sevilla remite el mismo a la representación judicial del Consistorio para que dé curso ante la juez de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla.

Los motivos de Recursos Humanos
En este escrito, el director de Recursos Humanos expone que se considere la imposibilidad material de ejecución de dicha sentencia «por todas las circunstancias producidas desde el acto de nombramiento como funcionarios de carrera de los policías afectados y la fecha inicial de ejecución de la sentencia, en este año 2023», destacando: el «grave perjuicio a la Seguridad Ciudadana y al interés público por la pérdida de 44 funcionarios de Policía Local en servicio activo con la consiguiente merma de la Seguridad Pública».

En este sentido, expone que este cese dificulta «cubrir con el mínimo rigor y de seguridad las laborales encomendadas al cuerpo referido, así como las necesidades policiales de determinados eventos de especial raigambre en el ciudad de Sevilla (Navidad, Semana Santa, entre otros)».

Todo ello, «habida cuenta la disminución de la plantilla municipal de Policía Local en casi medio centenar de agentes, plantilla mermada en número por motivos de diversa índole, principalmente las actuales y futuras situaciones de jubilaciones que se producen y se producirán en la plantilla de Policía Local, situaciones de incapacidad temporal, situaciones de segunda actividad, sumado a ello, la falta de efectivos de Policía Nacional en el ciudad de Sevilla, en tiempos donde los índices de criminalidad e inseguridad se incrementa de forma constante».

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Otra de las razones expuestas para defender la inejecución es el «coste económico para la administración y, por ende, a la colectividad por el esfuerzo absolutamente desproporcionado en relación al beneficio que hubiera obtenido el único recurrente de la ejecución».

El director general de Recursos Humanos indica también la «complejidad» de actos administrativos dictados (permutas y ascensos), al margen del proceso selectivo referido, durante el transcurso del tiempo, no ajeno a la consolidación de la situación (dilación de más de diez años).

Además, recuerda que parte de los agentes ya pidieron la inejecución de la sentencia. Y señala las repercusiones del cese como funcionariosde carrera de los Policías Locales afectados, que supondría, una vez transcurridos más de diez años desde el nombramiento de los mismos, graves perjuicios económicos y familiares para todos los agentes que obtuvieron plaza en el procedimiento (cargas familiares, préstamos hipotecarios, préstamos personales, etc). Así como la dificultad de los mismos de reincorporarse al mercado de trabajo.

Por todo ello, desde la Dirección General de Recursos Humanos del Ayuntamiento se concluye la inejecutabilidad de la sentencia «dado el tiempo transcurrido, los perjuicios desproporcionados, la salvaguarda del interés público, la protección de terceros de buena fe y la seguridad pública».

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El director general de Recursos Humanos, en su escrito, expone dos escritos publicados en su día por ABC: del jefe de Servicio de Recursos Humanos y del Servicio de Informe, Asesoría y Contencioso. Y, de otro lado, la resolución del propio director general de Recursos Humanos, de fecha 25 de julio de 2023, donde se dispone la retroacción al momento anterior a la propuesta del caso práctico del proceso selectivo para la cobertura de 56 vacantes de Policía Local convocado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla, el 24 de julio de 2008, convocándose la realización del ejercicio práctico del proceso selectivo el día 30 de septiembre de 2023 y aprobando la relación de aspirantes que pueden presentarse a la realización del referido ejercicio práctico (integrada por todas aquellas personas que en su día pudieron concurrir al ejercicio anulado por la sentencia y tenían aprobado el examen tipo test que constituía la primera parte del tercer ejercicio). Ahora el mismo director emite un escrito diciendo que es imposible su ejecución.



El Ayuntamiento cesará en septiembre a los 44 policías locales afectados por la "filtración" de las oposiciones


El Ayuntamiento informa a la juez de que de esta forma se causaría "el menor daño posible" al servicio de la Policía Local y también a los afectados que participaron "de buena fe" ajenos a la filtración

Un grupo de 33 policías afectados por las oposiciones plantea que se indemnice al denunciante para no ser cesados

JORGE MUÑOZ
10 Julio, 2023 - 12:35h

Ya hay fecha para el cese de los 44 policías locales afectados por la "filtración" de la oposiciones de la Policía Local del año 2012. El Ayuntamiento de Sevilla ha informado a la juez de lo Contencioso-administrativo encargada de ejecutar la sentencia que cesará a los agentes en el mes de septiembre, fecha en la que según asegura podría repetirse además el examen práctico de las oposiciones al que tienen derecho a presentarse unos 250 aspirantes.

En el informe remitido al juzgado de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla por el jefe de servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento, al que ha tenido acceso este periódico, se justifica el retraso del cese de los agentes hasta después del verano para causar el menor "daño posible" al servicio de la Policía Local.

En concreto, el dictamen señala lo siguiente al respecto: "Con la intención de causar el menor daño posible a la prestación de sus servicios por parte del cuerpo de la Policía Local de Sevilla, y también a los afectados por la aentencia 51/20 que participaron de buena fe y que, en principio, fueran ajenos a las filtraciones que se hubieron producido, desde el servicio de Recursos Humanos entendemos que podría demorarse también hasta el mes de septiembre, antes en todo caso de la repetición del examen, el cese efectivo de la relación de servicios que une con el Ayuntamiento de Sevilla a los policías cuyo nombramiento ha sido judicialmente anulado".

El Consistorio reconoce que la ejecución de esta sentencia es "más compleja y prolija que la de otras resoluciones jurisdiccionales, tanto por la naturaleza de los actos administrativos parcialmente anulados, como por el tiempo (más de diez años) transcurrido desde que se dictaron". A esto añade la "incidencia directa" que en la ejecución de la sentencia han tenido las elecciones municipales del 28-M, dice el informe municipal, que explica que el cambio de gobierno con la llegada del nuevo alcalde popular, José Luis Sanz, "ha afectado a los órganos competentes para la ejecución de la sentencia".

En cualquier caso, recuerda el Ayuntamiento que hay dos informes -uno de Recursos Humanos y otro del letrado-jefe de la Asesoría jurídica municipal- que presentan un "alto grado de coincidencia" en lo que respecta a la ejecución de la sentencia, y recuerda que el 29 de junio pasado, el delegado de Seguridad Ciudadana, Movilidad y Recursos Humanos dictó una resolución para "excluir a 18 policías afectados" por la sentencia del proceso para la provisión de 17 plazas de "oficial" de la Policía Local, una exclusión que se fundamenta "no sólo en la ejecución directa de la referida sentencia, sino también en la necesidad de impedir que se pueda dificultar la posterior ejecución completa de esta última".

El informe del Ayuntamiento subraya que el aspecto "nuclear" de la ejecución de la sentencia es "sin lugar a dudas, la repetición del ejercicio práctico de las oposiciones en condiciones de igualdad y con respeto estricto a los principios de mérito y capacidad", y añade que es precisamente en la repetición del examen en lo que se está trabajando actualmente en el servicio de Recursos Humanos, para lo cual hay que nombrar un nuevo tribunal calificador no sólo por cuestiones de oportunidad, sino también de necesidad, ya que "buena parte de los integrantes del tribunal original ya no tienen la condición de funcionarios de carrera", algunos incluso se han jubilado ya.

En segundo lugar, precisa, hay que buscar una sede adecuada para la realización del examen teniendo en cuenta que podrían concurrir hasta 250 aspirantes y, eventualmente, tramitar el contrato administrativo necesario para su utilización, además de notificar individualmente a cada uno de ellos.

Estas consideraciones, unido al periodo estival en el que no encontramos, llevan al Ayuntamiento a estimar que "la repetición del caso práctico podría llevarse a cabo a finales del próximo mes de septiembre".

La juez requiere al Ayuntamiento para que "siga efectuando gestiones" para ejecutar el fallo
Tras el informe remitido por el Ayuntamiento, la juez de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla, Muria Marín, ha dictado una providencia en la que reconoce que el Ayuntamiento hispalense ha iniciado las actuaciones para el "cumplimiento de la sentencia" y, en este sentido, requiere al Consistorio para que "siga efectuando gestiones con el mismo fin de cumplimiento, debiendo informar a este juzgado del resultado de las mismas".

Antes de que se produjeran estas últimas actuaciones, un grupo de 33 policías locales de Sevilla afectados por la sentencia que obliga a repetir el caso práctico de las oposiciones del año 2012 han presentado un "incidente de ejecución" en el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7, en el que plantean la imposibilidad material de ejecutar la sentencia con el cese de todos estos agentes y que se indemnice al denunciante por parte del Ayuntamiento, dado que el cese de los funcionarios once años después de que lograran sus plazas supone "una brecha para la seguridad en la ciudad" y además acarrearía la "muerte civil" desde el punto de vista económico y familiar.

Según han confirmado a este periódico fuentes judiciales, la defensa de estos 33 agentes, representados por el sindicato mayoritario de la Policía Local, ha reiterado el incidente de ejecución que planteó antes de que se cumpliera el plazo voluntario para la ejecución de la sentencia por parte del Ayuntamiento de Sevilla y la juez de lo Contencioso-administrativo número 7 no se ha pronunciado sobre la misma, a la espera de recibir el informe del Consistorio sobre por qué no se ha ejecutado todavía el fallo.
ha

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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #362 en: 13 de Septiembre de 2023, 13:46:58 pm »



Los jefes de Sanz en la Policía Local de Sevilla tienen a sus sobrinos implicados en las oposiciones anuladas


El alcalde da marcha atrás y pide a la juez la inejecución de la sentencia que obliga a despedir a los agentes, todo ello cuando ya había fijado fecha para las nuevas pruebas de acceso
El gobierno local ha nombrado a Antonio Paredes coordinador de Seguridad, Movilidad y Recursos Humanos, y, un escalón por debajo, a Miguel Acuña como coordinador de Seguridad, para dirigir el Cecop
El Ayuntamiento de Sevilla pide ahora a la juez que no ejecute la sentencia que anulan las oposiciones policiales
José Luis Sanz reconoce que ha pedido no ejecutar la sentencia de las oposiciones de la Policía Local de Sevilla


JESÚS DÍAZ

13/09/2023
Actualizado a las 09:12h.

El alcalde de Sevilla, José Luis Sanz, ha dado marcha atrás en la solución a una de las patatas calientes que heredó del gobierno socialista de Antonio Muñoz, las oposiciones policiales de 2012 anuladas por los tribunales, que ordenaron su repetición. Ha pasado de anunciar el cese de casi medio centenar de agentes implicados y fijar para el 30 de este mes las nuevas pruebas de acceso, a pedir a la juez de la Contencioso-Administrativo número 7 de la capital que no ejecute la sentencia. Entre los agentes salpicados están los sobrinos de Antonio Paredes y Miguel Acuña, quienes se han convertido en los hombres fuertes de Sanz en la Policía Local. El primero es el nuevo coordinador de Seguridad, Movilidad y Recursos Humanos; y el segundo será designado como coordinador de Seguridad, y estará al frente del Cecop.


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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #363 en: 14 de Septiembre de 2023, 14:34:46 pm »
Un hackeo muy oportuno.....


El hackeo al Ayuntamiento de Sevilla frena la decisión de la juez sobre el cese de los policías implicados en el amaño


La magistrado entiende que el abogado del Ayuntamiento no puede presentar alegaciones ni recibir notificaciones telemáticas
El Ayuntamiento pide ahora a la juez que no ejecute la sentencia que anulan las oposiciones policiales
La juez suspende las oposiciones a la Policía Local de Sevilla del 30 de septiembre
Un grupo de agentes de la Policía Local en el Ayuntamiento de Sevilla
Un grupo de agentes de la Policía Local en el Ayuntamiento de Sevilla MAYA BALANYA

JESÚS DÍAZ

Sevilla


14/09/2023
Actualizado a las 07:17h.

El caso de las oposiciones de la Policía Local de Sevilla del año 2012 anuladas judicialmente por la filtración de una de las pruebas parece no tener fin. La juez de lo Contencioso-Administrativo número siete de la capital advirtió al Ayuntamiento que tenía que ejecutar la sentencia que obligaba a repetir los exámenes y cesar a medio centenar de agentes. José Luis Sanz, tras asumir la Alcaldía, inició los trámites para el cumplimiento del fallo. El antiguo director de Recursos Humanos del Consistorio informó a la juez de que el día 30 de este mes repetirían las oposiciones y un día antes cesarían a los agentes salpicados. Pero todo ha cambiado en dos días. El gobierno local del PP ha dado marcha atrás y ha pedido, como las defensas de los policías, la inejecución de la sentencia. Y ayer la juez acordó como medida preventiva «excepcional» suspender 'sine die' la repetición de las pruebas de acceso. A todo esto hay que añadir que la decisión de la magistrada sobre la ejecución o no del fallo, esto es, si hay que echar o no a los 44 agentes, se frena por el ciberataque que ha sufrido el Ayuntamiento.


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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #364 en: 04 de Noviembre de 2023, 13:30:14 pm »


LA FILTRACIÓN DE LAS OPOSICIONES DE LA POLICÍA LOCAL DE 2012

El juzgado de las oposiciones de la Policía Local tiene 25 aspirantes que se sienten perjudicados


 La juez aún no ha decidido sobre la petición del Ayuntamiento de que los 44 agentes afectados no sean cesados y continúen en sus plazas

 Continúa el reguero de opositores “perjudicados” de la Policía Local de Sevilla

 Un aspirante de las oposiciones pide a la juez que mantenga la repetición del examen

Un patrullero de la Policía Local de Sevilla, en una imagen de archivo.

Un patrullero de la Policía Local de Sevilla, en una imagen de archivo. / D. S.
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JORGE MUÑOZ
04 Nov 2023 06:50
La juez de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla, que aún no se ha pronunciado sobre el incidente planteado el pasado 7 de septiembre por el Ayuntamiento para que no se ejecute la sentencia que obliga a cesar a 44 policías locales, tiene sobre su mesa a un total de 25 aspirantes que se han personado en el juzgado porque se consideran "perjudicados" y que pueden tratar de reclamar en el caso de que se acordara cerrar el caso con una indemnización.


El último de estos 25 aspirantes se ha personado en el juzgado recientemente y se suma al reguero de personaciones que se han producido desde que el Ayuntamiento de Sevilla alegó que la sentencia ya no puede ejecutarse y solicitó que los 44 agentes afectados por la repetición del examen de las oposiciones de 2012 no sean cesados.

Uno de estos aspirantes que se sienten "perjudicados" presentó un escrito a la juez pidiendo precisamente todo lo contrario, que se mantenga la repetición de la prueba práctica y, por tanto, se rechace el incidente de inejecución que ha planteado el Consistorio, que alega el  "coste económico desproporcionado" y el "grave perjuicio" para la Seguridad Ciudadana que supondría la destitución de los funcionarios.


Según la representación jurídica de este opositor, no hay razones para solicitar la inejecución de la sentencia, dado que jurídicamente no hay fundamento para no acatar la sentencia. El letrado de este aspirante citaba jurisprudencia del Tribunal Constitucional para concluir que sólo el concurso de  "circunstancias sobrevenidas" que alteren los términos del litigio pueden hacer imposible la ejecución de la sentencia. Para este opositor, las manifestaciones realizadas por el Ayuntamiento "no tienen encaje" en esas circunstancias sobrevenidas que contempla la jurisprudencia constitucional.

La "conveniencia" de la Administración local
Es más para este aspirante, las alegaciones de la Administración local  "se circunscriben mayormente a la conveniencia del ejecutante que a una imposibilidad material o legal", cuestión que ya ha sido aclarada por el Tribunal Constitucional en alguna sentencia que cita expresamente.

"La existencia de dificultades prácticas no pueden excusar la ejecución de las sentencias, tal como especificó la sentencia TC:1985:155,  debiendo acreditarse circunstancias que señalen una imposibilidad absoluta de llevar a efecto la ejecución del fallo de la sentencia dictada", por todo lo cual se opone a la inejecución de la sentencia.

Desde que el Ayuntamiento de Sevilla dio un giro sorprendente al caso y comunicó a la juez que no podía cesar a los 44 policías locales, planteando el incidente de inejecución contra la sentencia que obliga a repetir las oposiciones, se ha producido un efecto llamada que está haciendo que aparezcan nuevos opositores que se personan en el proceso judicial como presuntos perjudicados.


Al inicio del litigio sólo  había un único opositor denunciante, pero desde que en septiembre se planteó la inejecución por parte del Ayuntamiento se han personado en el juzgado nuevos aspirantes a una plaza en aquellas oposiciones de la Policía Local de hace ya más de once años. Así, la personación más numerosa la protagonizó un grupo de 14 aspirantes que, bajo una misma representación jurídica, entregaron un escrito en el que se mostraban como  "interesados y perjudicados por las resoluciones administrativas impugnadas".

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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #365 en: 05 de Noviembre de 2023, 18:56:45 pm »


La denuncia por las oposiciones de la Policía local de Algeciras llega a la Fiscalía Anticorrupción


 La Oficina contra el Fraude y la Corrupción de Andalucía dictó una orden de protección para la empleada municipal denunciante para evitar represalias que obligó al Ayuntamiento a suspender el expediente disciplinario que le había abierto tras exponer sus sospechas

 La Policía Local de Algeciras recibe a 55 nuevos agentes, la promoción más amplia de la historia


F. E.
05 Nov 2023 02:00
La Fiscalía Anticorrupción de Algeciras tiene sobre la mesa la denuncia presentada por una empleada del Ayuntamiento de Algeciras, una psicóloga, por la presunta existencia de delito en el proceso de pruebas selectivas llevado a cabo para acceder al cuerpo de la Policía Local de la ciudad.


La denuncia fue presentada el pasado 20 de marzo por la citada empleada municipal ante la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción (OAAF) por la existencia, a su juicio, de una serie de hechos cuya gravedad, de ser ciertos, ponen en tela de juicio el ajuste a la legalidad de las oposiciones por las que se han adjudicado  63 nuevas plazas de agentes de la Policía Local. De ellos, 55 tomaron posesión este jueves de sus puestos en un acto público celebrado en el Teatro Florida.

La denunciante, en su condición de psicóloga y con contrato de personal laboral en el Ayuntamiento, había sido la asesora responsable -junto a una compañera de profesión que también forma parte de la plantilla municipal- de realizar el 1 de septiembre de 2022 las pruebas psicotécnicas correspondientes a la fase de oposición de la convocatoria mencionada, y en días posteriores, las entrevistas personales a los distintos aspirantes. Una vez evaluadas las pruebas, sus resultados llevaron a las dos psicólogas a determinar que varios aspirantes, que ya habían aprobado el examen teórico, fueran considerados “no aptos” para el desempeño de responsabilidades como policías locales.

EL 7 DE SEPTIEMBRE, LANDALUCE ACORDÓ POR DECRETO LA DESTITUCIÓN DE LAS DOS PSICÓLOGAS COMO ASESORAS DEL TRIBUNAL Y LA APERTURA DE SENDOS EXPEDIENTES DISCIPLINARIOS

Este hecho tuvo como consecuencia las presentación de varias reclamaciones por parte de algunos de los opositores a policía y la denuncia de una de las candidatas a ingresar en el cuerpo, todo ello en medio de una fuerte marejada interna en el Ayuntamiento y de presiones hacia las dos profesionales. En juego estaban 51 plazas en la Policía Local por oposición libre y 12 reservadas al sistema de movilidad sin ascenso, por concurso de méritos.

Destituidas tres meses más tarde

La marejada tuvo su desenlace provisional el 7 de diciembre, cuando el alcalde de Algeciras, José Ignacio Landaluce, acordó por decreto -previa petición unánime del tribunal- la destitución de las dos psicólogas como asesoras del tribunal, la apertura de sendos expedientes disciplinarios -con posibilidad de ver rescindida su relación laboral con el Consistorio- y el nombramiento de una nueva psicóloga, también empleada municipal y en funciones de “colaboradora técnica”, a fin de que evaluase de nuevo los test psicotécnicos, pero únicamente los realizados por los aspirantes que habían sido evaluados como “no aptos”.

El resultado de esta revisión de los exámenes fue que dos de los aspirantes a policías locales que habían obtenido en un principio la calificación de “no apto” pasaron a lograr la de “apto” tras la decisión del gobierno local algecireño.

Las dos psicólogas destituidas ya habían participado en otros procesos selectivos llevados a cabo por el Ayuntamiento de Algeciras sin que se produjese anomalía alguna.

Denuncia ante la OFFA

Fue esta sucesión de hechos lo que empujó a una de las psicólogas expedientadas a redactar la citada denuncia y presentarla ante la OFFA, órgano independiente de extracción del Parlamento de Andalucía y creado en junio de 2021 por el entonces Gobierno del PP y Cs. Su director es el magistrado Ricardo Puyol, conocido por su labor como instructor de casos de corrupción en la Costa del Sol.

El prolijo contenido del relato de la psicóloga, acompañado de abundante documentación, fechas y datos, fue estudiado por los responsables de la OFFA, que llegaron a la conclusión de que la gravedad de lo descrito, sin entrar a prejuzgarlo ni darle validez, escapaba a su competencia por describir hechos de naturaleza claramente delictiva.

A los diez días de haber pasado por el registro de entrada de la OFFA, según un portavoz de esta última consultado por Europa Sur, la denuncia de la psicóloga emprendía el 30 de marzo el camino de vuelta a Algeciras con destino a la Fiscalía Anticorrupción con sede en la ciudad. Fuentes de esta última han confirmado que la documentación está siendo analizada aún sin que se haya tomado una decisión sobre abrir o no diligencias de investigación al respecto.

La OFFA tomó también la decisión de dictar una orden de protección sobre la psicóloga para evitar cualquier tipo de represalia por parte del Ayuntamiento como consecuencia de su denuncia. Dicha orden obligó al gobierno municipal a paralizar la tramitación del expediente disciplinario sobre la trabajadora.

Los intentos llevados a cabo por esta redacción para conocer de Jacinto Muñoz, teniente de alcalde de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Algeciras, su versión sobre los hechos denunciados han sido infructuosos.


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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #366 en: 07 de Noviembre de 2023, 12:42:14 pm »

La juez confirma que los 44 policías locales de las oposiciones deben ser cesados


Rechaza el incidente de inejecución que planteó el Ayuntamiento de Sevilla y los que presentaron las defensas de los agentes
"La merma de la seguridad pública no puede conllevar la imposibilidad de ejecución" porque debe velarse por los "principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad", concluye la magistrada
El cambio de postura del Ayuntamiento, que alegó el coste económico y la merma de seguridad
Las diez claves del caso que obliga a repetir las oposiciones
El alcalde, José Luis Sanz, conversa con varios agentes de la Policía Local, en una imagen de archivo.
El alcalde, José Luis Sanz, conversa con varios agentes de la Policía Local, en una imagen de archivo. / M. G.

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JORGE MUÑOZ
07 Noviembre, 2023 - 06:50h

Los 44 policías locales afectados por la sentencia de la filtración de las oposiciones de 2012 tendrán que ser cesados y se repetirá el examen, como se había acordado inicialmente antes del cambio de postura del Ayuntamiento de Sevilla. Esto es lo que ha decidido la juez de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla, que ha rechazado el incidente de inejecución de la sentencia que planteó el Ayuntamiento de Sevilla alegando el "coste económico desproporcionado" y el "grave perjuicio" para la Seguridad Ciudadana que supondría la destitución de estos 44 funcionarios.

La juez Nuria Marín ha dictado un auto, que tiene fecha del lunes 6 de noviembre y al que tuvo acceso este periódico, en el que rechaza el incidente de inejecución planteado por el Consistorio hispalense y los formulados por las defensa de los agentes, que desplegaron toda una batería de argumentos para evitar el cese de los agentes más de una década después de que se produjera la filtración de los exámenes. Según han confirmado a este periódico fuentes judiciales, el auto de la juez rechaza todas las alegaciones, si bien la resolución todavía no es firme y puede ser recurrida en apelación.

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Un patrullero de la Policía Local de Sevilla, en una imagen de archivo.
Un patrullero de la Policía Local de Sevilla, en una imagen de archivo.
El juzgado de las oposiciones de la Policía Local tiene 25 aspirantes que se sienten perjudicados
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Esta decisión judicial aleja la posibilidad de indemnización por parte del Ayuntamiento al opositor denunciante -y a los aspirantes que han ido personándose en los últimos meses en el juzgado-, todo ello después de que un grupo de agentes intentara llegar a un acuerdo económico para cerrar el caso.

Dice la magistrada que la pérdida de 44 funcionarios de la Policía Local de Sevilla en servicio activo con la consiguiente merma de la Seguridad Pública, "no puede conllevar la imposibilidad de ejecución de sentencia, ya que hay que ponerlo en relación con la seguridad jurídica y con los principios de igualdad, mérito y capacidad para acceder a la función pública, principios que fueron vulnerados por la Administración".

En este sentido, recuerda la juez que la sentencia establecía que "si bien en el ámbito penal entra en juego el principio de presunción de inocencia, de culpabilidad y de tipicidad, en el ámbito administrativo existiendo sospechas fuertes y contundentes de que el caso práctico hubiera sido filtrado, la conclusión a la que se llegaría sería distinta, ya que en todo proceso selectivo deben velarse los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el ingreso en la Función Pública, así como el de limpieza y transparencia en el proceso selectivo, circunstancias que no se han dado en el proceso selectivo que nos ocupa".

Se produjeron "irregularidades invalidantes"
De las "pruebas practicadas" en el presente recurso, así como de la documental obrante en el expediente administrativo, "queda acreditado que en el proceso selectivo litigioso se produjeron irregularidades invalidantes: no se respetaron todas las garantías para preservar los principios de mérito y capacidad así como el acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos -artículos 9.3, 23.2 y 103 de la Constitución de 1978-" y consta que "el contenido del examen pudo ser conocido y fue conocido por algunos opositores aprobados o no aprobados, con anterioridad al momento en que aquel había de tener lugar, produciéndose así una alteración ilícita en el desarrollo del proceso de la oposiciones que benefició a los referidos opositores que obtuvieron puntuación más alta en el turno correspondiente, con evidente perjuicio antijurídico para los demás que se presentaron al examen".

La juez también rechaza el argumento del coste económico para las arcas municipales, por cuanto "la Administración no puede escudarse en el coste económico, cuando las irregularidades que conllevaron al pronunciamiento que debe ejecutarse consistieron en, como se razona en la sentencia, la existencia de indicios contundentes de que varios opositores accedieron al conocimiento de la plantilla con anterioridad al examen y algunos de ellos resultaron aprobados, lo que debe provocar la anulación del proceso selectivo y de sus consecuencias, en particular, los nombramientos y contratación de los seleccionados”.

Desmonta igualmente la alegación del Ayuntamiento sobre la "complejidad de actos administrativos dictados", en relación a los ascensos a oficial y las permutas de plazas de algunos de los agentes que superaron estas oposiciones, y así subraya que "el hecho de que se haya consentido por el Ayuntamiento permutas y ascensos aún conociendo la existencia de este procedimiento contencioso administrativo no puede ser óbice para alegar estas situaciones como motivo para fundamentar una imposibilidad de ejecución".

Por último, prosigue la magistrada, los mismos razonamientos expuestos con anterioridad son "aplicables al argumento dado por el Ayuntamiento de Sevilla de repercusiones del cese como funcionarios/as de carrera de los Policías Locales afectados/as, que supondría, una vez transcurridos más de diez años desde el nombramiento de los mismos, graves perjuicios económicos y familiares para todos/as los/las Agentes que obtuvieron plaza en el procedimiento (cargas familiares, préstamos hipotecarios, préstamos personales, etc); así como la dificultad de los mismos de reincorporarse al mercado de trabajo".

En cuanto a la dificultad que conlleva la retroacción de las actuaciones, alegada por la defensa de los agentes, la juez concluye que estas alegaciones (prueba médica, cambios legislativos en relación al temario, ascensos, permutas...) pueden conllevar una dificultad en el cumplimiento del Fallo pero no una imposibilidad de cumplimiento.

Por todo ello y dado que "no hay circunstancias sobrevenidas que hayan determinado la aparición de una situación jurídica y de derechos distinta -insiste- a la que existía cuando se produjo el pronunciamiento de este Juzgado es por lo que procede denegar la imposibilidad de ejecución".

La postura del opositor denunciante y la indemnización
Dice la juez que el propio opositor denunciante -el único que se había personado en el litigio desde el principio, ahora son ya 31 los aspirantes que se han persona como "perjudicados"- mantiene en sus alegaciones que "se advierte la concurrencia de elementos que, por el extenso lapso de tiempo transcurrido desde la celebración originaria del proceso selectivo, dificultan el cumplimiento in natura de la sentencia aquí ejecutada, por lo que interesa se dicte la resolución procedente y que desde este momento se hace constar al Juzgado la existencia de daños y perjuicios, de orden moral y patrimonial irrogados al actor en el curso de los años desde 2013 y hasta hoy, que habrían de ser en todo caso indemnizados por la Administración en caso de acordarse la inejecución, resultando aun prematura la fijación de cantidad al respecto".

Con esta resolución, el juzgado tumba en principio -salvo que prospere el recurso de apelación que a buen seguro presentarán las defensas de los agentes- las expectativas de los 44 policías locales de continuar en sus plazas y de no tener que volver a examinarse, todo ello después de que la propia magistradas suspendiera cautelarmente el examen previsto para el pasado 30 de septiembre.

"Las sentencias deben ser cumplidas en sus estrictos términos"
En el auto, la juez considera que "conviene aclarar que el hecho de que el ejecutante haya solicitado la inejecución de la Sentencia 51/20 de 2 de junio, de este Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, no es óbice para exigir el cumplimiento de la misma, ya que las sentencias deben ser cumplidas en sus estrictos términos sin que las partes puedan disponer del cumplimiento de la misma una vez solicitada y mantenida la ejecución forzosa".

"Si bien rige el principio rogatorio en cuanto a la ejecución de la sentencia, solicitada la ejecución forzosa, las partes no pueden concluir los términos en que el fallo de la sentencia deba llevarse a término, las sentencias deben ser cumplidas en sus estrictos términos, ya que lo contrario supondría el quebranto de la clausula de estado de Derecho, y del derecho fundamental a la tutela efectiva de jueces y Tribunales (art. 24 CE, así como el valor de cosa juzgada de los pronunciamientos judiciales firmes y el consiguiente principio de intangibilidad del fallo".

Insiste la magistrada en que ha sido la parte ejecutante "la que solicitó la ejecución forzosa de la sentencia por lo que de conformidad con el art. 117CE atribuye en exclusiva a jueces y Tribunales, la potestad de hacer ejecutar la sentencia y demás resoluciones judiciales".

Añade la magistrada que la ejecución de la sentencia "forma parte del contenido del derecho a la tutela judicial efectiva, art. 24. CE, por lo que la inejecución por su imposibilidad jurídica o material, art. 105 LJCA , hace necesario una motivación especial exigente".

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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #367 en: 09 de Noviembre de 2023, 07:33:28 am »

El final del caso de las oposiciones de la Policía Local de Sevilla se frena: los recursos que vendrán


El gobierno local de José Luis Sanz y los abogados de los agentes salpicados por el amaño apelarán la decisión de la juez de seguir adelante con la ejecución de la sentencia y ordenar al Ayuntamiento a repetir las pruebas de acceso
Los hijos y sobrinos de... que tendrían que volver a examinarse para la Policía Local de Sevilla
La juez ordena al Ayuntamiento cesar ya a la totalidad de los 44 policías locales por el amaño de las oposiciones
Aspirantes que participaron en las oposiciones dela Policía Local de 2018
Aspirantes que participaron en las oposiciones dela Policía Local de 2018 VANESSA GÓMEZ

JESÚS DÍAZ

Sevilla


08/11/2023
Actualizado a las 18:48h.

El pasado mes de marzo se declaraba la firmeza de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla por la que se anulaban las oposiciones a la Policía Local celebradas en 2012 y que era para cubrir 56 plazas; y se ordenaba repetir el proceso selectivo y anular el nombramiento de los agentes, en concreto, 44 policías. La causa entraba en la última fase, la de ejecución. Sin embargo, más de seis meses después la solución no ha llegado. Y por los recursos que se avecinan tampoco llegará pronto.


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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #368 en: 12 de Noviembre de 2023, 17:17:12 pm »

La defensa de la legalidad y el drama de los 44 policías locales


Un grupo de policías locales durante la presentación de nuevas motocicletas.Un grupo de policías locales durante la presentación de nuevas motocicletas.
Un grupo de policías locales durante la presentación de nuevas motocicletas. / JOSÉ ÁNGEL GARCÍA

JorgeJorge
Escrito por

· JORGE MUÑOZ
Redactor jefe / Tribunales

12 Noviembre, 2023 - 06:50h

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El monumental lío que se ha montado en Sevilla con la sentencia de la filtración de las oposiciones de 2012 ha dado esta semana un nuevo giro, y quizás casi definitivo, después de que la juez haya ordenado al Ayuntamiento ejecutar el fallo que obliga a cesar a 44 policías locales. La magistrada de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla, Nuria Marín, que en su día dictó la sentencia que anuló las oposiciones y acordó repetir la prueba del caso práctico, no ha hecho más que cumplir con la función jurisdiccional que la Constitución encomienda a los jueces de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. De lo contrario, las sentencias quedarían como un mero elemento decorativo. Para enmarcarlas, pero complentamente inútiles.

Nada puede objetarse, por tanto, a la decisión de la juez, que no ha dudado en recordar que en estas polémicas oposiciones "se produjeron irregularidades invalidantes: no se respetaron todas las garantías para preservar los principios de mérito y capacidad así como el acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos". Para la juez, está claro que "el contenido del examen pudo ser conocido y fue conocido por algunos opositores aprobados o no aprobados, con anterioridad al momento en que aquel había de tener lugar, produciéndose así una alteración ilícita en el desarrollo del proceso de la oposiciones que benefició a los referidos opositores que obtuvieron puntuación más alta en el turno correspondiente, con evidente perjuicio antijurídico para los demás que se presentaron al examen".

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En los dos autos dictados esta semana y que ha adelantado este periódico -en el primero acuerda continuar con la ejecución de la sentencia, y en el segundo ordena al Ayuntamiento que fije ya la fecha para la repetición del examen-, la juez ha rechazado de plano los argumentos esgrimidos por los servicios jurídicos municipales y de las defensas de los agentes para no ejecutar la sentencia, alegando el "coste económico desproporcionado" y el "grave perjuicio" para la Seguridad Ciudadana de la ciudad por la repercusión en una plantilla policial bastante mermada y en la que, según el alcalde, José Luis Sanz, hacen falta 500 efectivos.

Esta postura del Ayuntamiento, sin embargo, no fue la que se planteó inicialmente, dado que en julio pasado, cuando Sanz llevaba tan sólo unas semanas en el gobierno local, comunicó al juzgado que había comenzado la ejecución de la sentencia y fijó incluso la repetición del examen para el pasado 30 de septiembre. Sin embargo, el director de Recursos Humanos del Ayuntamiento envió un escrito el 7 de septiembre planteando el incidente de inejecución de la sentencia.

El responsable de Recursos Humanos citó asimismo las repercusiones del cese como funcionarios de carrera de los policías locales afectados, que supondría, "una vez transcurridos más de diez años desde el nombramiento de los mismos, graves perjuicios económicos y familiares para todos/as los/las Agentes que obtuvieron plaza en el procedimiento (cargas familiares, préstamos hipotecarios, préstamos personales, etc). Así como la dificultad de los mismos de reincorporarse al mercado de trabajo".

La lentitud de la Justicia hace que la repetición del examen se plantee once años después

Y tiene razón porque este caso, en el que todos los aspirantes tenían derecho a examinarse en las mismas condiciones y sin que se filtrara el examen, la lentitud de la Justicia hace que se intente resolver la repetición de las oposiciones más de once años después de que éstas se celebraran, cuando estos agentes han encauzado sus vidas como funcionarios policiales, por lo que es evidente que su destitución le acarrearía esos graves perjuicios citados por el responsable municipal.

Afectará a todos los agentes, incluidos los que permutaron su plazas y los que ascendieron a oficial
Ahora bien, una de las defensas alegó incluso que de los 44 agentes afectados por la repetición de la prueba sólo 17 de ellos estuvieron imputados en la causa penal que acabó en la absolución de los 45 acusados que se sentaron en el banquillo por el amaño de las oposiciones, si bien es cierto que más allá de aquella sentencia las sospechas se extienden a todo el proceso de las oposiciones.

De hecho, la juez ha dejado claro en los autos en los que mantiene la ejecución de la sentencia que la repetición afecta a todos los agentes que participaron en aquel proceso selectivo, incluidos los que permutaron sus plazas por las de otros agentes destinados en otras provincias y también a aquellos agentes que han promocionado a la categoría de oficial. Ninguno se librará en principio de tener que examinarse de nuevo.

Lo que también parece evidente es que el litigio todavía puede prolongarse durante meses o incluso años, puesto que los dos autos de la juez pueden ser -y de hecho lo serán- objeto de recurso por las defensas de los 44 agentes e incluso, según dijo el alcalde, el Ayuntamiento también está estudiando recurrirlos si hay posibilidad de hacerlo.

El caso volvería de esta forma a la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), por lo que la última palabra aún no está escrita y ésa es también la última esperanza que tienen los 44 agentes y sus familias para evitar su destitución, todo ello después de que incluso se comentara que estaban intentando alcanzar un acuerdo económico para indemnizar al opositor que había denunciado el caso. Sea como fuere, lo que resulta evidente es que en este caso se cruzan dos elementos igualmente poderosos: la defensa de la legalidad y del mérito en el acceso a la función pública, y el drama los 44 policías.

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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #369 en: 16 de Noviembre de 2023, 21:45:12 pm »

Fraude en las oposiciones de la Policía Local de Sevilla: Sanz pregunta a la juez si tiene que fijar una nueva fecha para repetir el examen


El letrado del Ayuntamiento de Sevilla ha presentado un escrito en el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 7 para que la magistrada aclare si tiene que repetir ya las pruebas de accesos o no
El final del caso de las oposiciones de la Policía Local de Sevilla se frena: los recursos que vendrán
La juez ordena al Ayuntamiento cesar ya a los 44 policías locales por el amaño de las oposiciones
José Luis Sanz saluda a varios agentes de la Policía Local, en una imagen de archivo
José Luis Sanz saluda a varios agentes de la Policía Local, en una imagen de archivo ABC

ABC DE SEVILLA

Sevilla


15/11/2023
Actualizado a las 10:01h.


La juez del caso de fraude en las oposiciones de la Policía Local de Sevilla de 2012 hace una semana acordó rechazar todas las peticiones para inejecutar el fallo que obliga a cesar a 44 agentes salpicados y realizar de nuevo las pruebas de acceso; así como anulaba una resolución municipal del pasado mes de julio en la que se recogía el procedimiento fijado para repetir el proceso de selección. En esta segunda resolución trasladaba al Ayuntamiento que tenía fijar día y hora para dichas pruebas. Si bien, ambos autos eran recurribles. Pues bien, una semana después la magistrada de lo Contencioso-administrativo número 7 de la capital tiene encima de la mesa una nueva cuestión por resolver: la duda del alcalde, José Luis Sanz, sobre si tiene que fijar ya la hora y el día para repetir las oposiciones o tiene que esperar.


Este caso, por tanto, vuelve a escribir un nuevo episodio judicial, que sólo hace retrasar su solución definitiva, que para la juez no pasa por otro camino que por el cese de los 44 agentes salpicados por el fraude en dicho proceso selectivo, donde se filtraron las respuestas, y por la repetición de las oposiciones desde el momento anterior al caso práctico.


El letrado del Ayuntamiento de Sevilla, en un escrito de ocho de noviembre y al que ha tenido acceso este periódico, formula solicitud de aclaración del segundo auto dictado la semana pasada por la juez, en la que ésta ordenaba ordenado al gobierno municipal cesar a los 44 agentes afectados (uno de ellos falleció) y ejecutar la sentencia dictada por ella misma en 2020, en la que se recogía la repetición de las pruebas de acceso de 2012.

La magistrada insistía en que «la sentencia debe ser cumplida en sus estrictos términos y la pérdida de la condición de funcionarios de carrera en la categoría correspondiente de los afectados es para todos los que accedieron y aprobaron la oposición que nos ocupa». En dicho auto anulaba la resolución del director general de Recursos Humanos del Ayuntamiento, de julio de este año, impugnada por varias de las partes personadas en el caso, y en la que se fijaba el procedimiento para repetir las oposiciones, plazos, opositores, etc. Dicha resolución llegó antes de que José Luis Sanz diera un giro drástico a la posición mantenida en este caso hasta el momento.


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En dicha resolución, de 26 de julio de este año, se acordaba la retroacción al momento anterior a la propuesta del caso práctico del proceso selectivo de 2012 para la cobertura de 56 vacantes de Policía Local; repetir las pruebas de acuerdo con las bases generales publicadas en 2008, cuando se convocaron las amañadas; fijar el ejercicio práctico del proceso selectivo el día 30 de septiembre de este año; aprobar la lista de los aspirantes que podían presentarse, integrada por todas aquellas personas que en su día pudieron concurrir al ejercicio anulado por la sentencia y tenían aprobado el examen tipo test que constituía la primera parte del tercer ejercicio; y otras circunstancias más, incluidas el tribunal.

La conclusión judicial era que Ayuntamiento, conforme a lo acordado en la sentencia y lo razonado en la presente resolución, debía anular la resolución de julio del director general de Recursos Humanos, debiendo señalarse nuevo día y hora para para la realización del ejercicio práctico del proceso selectivo.


Pero, como quiera que dicho auto era recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el abogado del Ayuntamiento pregunta a la juez si tiene que fijar ya día y hora para las nuevas oposiciones o hay que esperar hasta que haya una decisión firme sobre la ejecución del caso. Hasta el momento la juez no se ha pronunciado al respecto.

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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #370 en: 23 de Noviembre de 2023, 18:26:29 pm »
No se puede recurrir una sentencia que es firme.



La Policía alerta de que cesar a los 44 agentes implicados en el fraude de las oposiciones es como "dejar sin seguridad" a todo un distrito


El Ayuntamiento ha anunciado que recurrirá la sentencia y el sindicato policial alerta que ejecutar el fallo afectará a los dispositivos de Navidad, Semana Santa y Feria.
La juez ordena el cese de los 44 policías locales de Sevilla implicados en el fraude de las oposiciones
Agentes de la Policía Local de Sevilla velando por la seguridad en el centroAgentes de la Policía Local de Sevilla en la Plaza San FranciscoR.M.T
El caso de las oposiciones fraudulentas de la Policía Local de 2012 lejos de resolverse, sigue levantado polvareda en las partes afectadas. Las reacciones al reciente auto emitido por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, que obliga al cese de 44 policías locales y a repetir la prueba con el mismo tribunal y temario que en aquel entonces, no se han hecho esperar y tanto el Ayuntamiento como el Sindicato de Policías Municipales de España (Sppme) han anunciado este miércoles que recurrirán la sentencia inicial para la inejecución de la misma.

El cumplimiento de este dictamen supondría que todos los agentes en cuestión perderían su condición de funcionarios. Uno de los principales motivos que esgrimen las partes afectadas es que ello conllevaría una merma en la seguridad pública de la ciudad. "Equivaldría a dejar sin seguridad a todo un distrito como es el Macarena", ha argumentado Luis Val, presidente en Sevilla del mencionado sindicato policial.

En un último auto emitido el pasado martes, la juez apremiaba al Consistorio a fijar ya "fecha y hora" para la ejecución de la sentencia esgrimiendo que es "obligatorio cumplir las resoluciones de los Jueces y Tribunales". No obstante, el plazo para presentar alegaciones concluye el próximo 1 de diciembre y, en caso de que se admitiera a trámite la apelación, el proceso se dilataría aún más, tras una década de litigios y al menos cuatro dictámenes.

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La juez ordena el cese de los 44 policías locales de Sevilla implicados en el fraude de las oposiciones
Así, el alcalde, José Luis Sanz, ha asegurado que "si hay posibilidad de recurso, recurriremos", tras informar que la asesoría jurídica está estudiando esta vía. En caso contrario, "la ejecutaremos", ha afirmado. "La sentencia no nos gusta", ha abundado Sanz.

El alcalde también ha hecho alusión  al "problema de seguridad" que se produciría en la ciudad si se tuviera que ejecutar el fallo, al tener que prescindir de casi medio centenar de agentes. En este sentido, ha recordado que "faltan todavía 500 policías locales" en Sevilla por lo que "prescindir de cuarenta y tantos es un problema", ha apostillado.

El sindicato policial recurrirá la sentencia
En esta misma línea, se ha pronunciado este miércoles el Sppme, que "de la mano del Ayuntamiento" interpondrá un "recurso de apelación" contra el dictamen de la juez que deniega "la imposibilidad de ejecución" solicitada respecto a su sentencia. "El auto será recurrido", ha aseverado Luis Val, que ha explicado a 20Minutos los argumentos esgrimidos.

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Mismo tribunal y temario. En este sentido, asegura haberse quedado "sorprendido y perplejo" con el auto que obliga a repetir la prueba anulada "con el mismo tribunal de 2012", cuando solo queda ya una persona que podría participar", "y con el mismo temario" que data de 2008, siendo materias "ya obsoletas" pues algunas normativas de estudio de aquella época "ya no están en vigor", según ha alertado.

Cese de los policías permutados o ascendidos. También obligaría a cesar a todos los opositores seleccionados entonces, incluyendo a quienes hayan sido "permutados y ascendidos", habiendo agentes que ejercen actualmente en otros municipios o que han promocionado dentro del cuerpo de Sevilla.

Reconocimiento médico. Otro asunto "no menos importante" es el reconocimiento médico, que también tendría que repetirse. Pudiera darse el caso de que algunos policías podrían padecer actualmente alguna enfermedad que les "invalidaría" hoy para ser agente si tuvieran que repetir el examen, aunque en 2012 no la padecieran.

Así sería la repetición de la oposición
Por lo que, atendiendo a estos factores, el presidente en Sevilla de Sppme considera que sería "imposible" repetir las oposiciones tal y como contempla la sentencia, que ordena retrotraer la oposición promovida en 2012 para cubrir vacantes de la Policía Local, al momento anterior al caso práctico.

Es decir que se tendría que repetir uno de los dos exámenes teóricos, el reconocimiento médico y una formación de seis meses en la academia oficial IESPA (Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía).

Si se cumpliera la providencia, este proceso podría ser de "mínimo un año y hasta dos" desde el cese hasta la reincorporación de los agentes que aprobasen y "el que no apruebe recurriría", procedimientos que "podrían durar años", ha asegurado Luis Val, que ha lamentado que no se hayan valorado muchas cuestiones, de hecho, ha recordado que "uno de los agentes ya ha fallecido".

Merma en la seguridad
No en vano, una de las principales motivaciones que alegan las partes es el problema de la falta de seguridad que generaría el cese de los 44 agentes implicados en una plantilla que componen actualmente 997 policías, que aunque puede parecer poco, equivaldría a "dejar sin seguridad a todo un distrito como es el Macarena".

Estos cerca de mil efectivos con los que cuenta Sevilla actualmente no son tales en la práctica. Es decir, que no todos están en la calle al mismo tiempo. "Trabajamos por turnos de mañana tarde y noche, hay bajas médicas, descansos, vacaciones" u otros asuntos puntuales, explica Luis Val a este medio. No podemos prescindir de tantos policías "ni de broma", ha espetado Val, con lo que implica la pérdida de mandos que ocupan a día de hoy algunos de los afectados.

El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno.
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Fiestas Mayores. Ello generaría problemas a nivel general en la "seguridad ciudadana, regulación del tráfico, accidentes" y afectaría a los propios planes de "Navidad, Semana Santa o Feria", unas fechas en las que la presencia policial es muy importantes en las calles y "está operativa toda la plantilla".

Vandalismo y robos. Así como para atender otros problemas de los barrios, como son el aumento del vandalismo o robos que en los últimos meses han aumentado y para erradicarlos el Ayuntamiento había puesto en marcha un dispositivo especial las 24 horas.

Dispositivos especiales. La falta de estos agentes también influiría en la vigilancia de los botellones que se repiten cada fin de semana en distintos puntos de la ciudad o en el mantenimiento de los dispositivos especiales en partidos de fútbol así como en fiestas puntuales como la del pasado Halloween en el que se reforzó el turno de noche con cerca 150 agentes locales u acontecimientos o efemérides que acontecen en la capital hispalense.

La más cercana y que tendrá lugar la próxima semana son los actos organizados en torno a los Grammy Latino que por primera vez saldrán de Estados Unidos para celebrarse en Sevilla y en los que previsiblemente el Ayuntamiento ponga en marcha dispositivos especiales.

Argumentos de la Juez para cumplir la sentencia
El juzgado argumenta que en las oposiciones en cuestión "se produjeron irregularidades invalidantes" como contempla la sentencia penal de 2019, en la que, pese a que los acusados fueron absueltos, la juez tiene en cuenta sus conclusiones, como que algunos aspirantes tuvieron acceso a la plantilla de corrección antes de la prueba, que cometieron las mismas erratas o que dieron las mismas explicaciones singulares que figuraban en dicha plantilla.

Posibilidad de inejecución de la sentencia
Según ha asegurado Luis Val a 20minutos "los agentes están preparándose" aunque confía en que finalmente la jueza determine que no se ejecute la sentencia, ya que "los procedimientos contenciosos no son de aplicación directa", es decir, que a diferencia del ámbito penal, "podrían no cumplirse" siempre y cuando lo dictamine un juzgado, ante la "imposibilidad del cumplimiento" tal y como dicta la sentencia.

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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #371 en: 28 de Noviembre de 2023, 07:19:59 am »

La juez de las oposiciones a la Policía Local responde que su pronunciamiento anulatorio es "claro"


La juez de las oposiciones a la Policía Local responde que su pronunciamiento anulatorio es "claro"
Archivo - Juicio de la filtración de los exámenes de oposiciones a la Policía Local
- EDUARDO BRIONES/EUROPA PRESS - ARCHIVO
Europa Press Andalucía
Publicado: 27/11/2023 19:24
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SEVILLA, 27 Nov. (EUROPA PRES) -

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número siete de Sevilla ha respondido a la petición aclaratoria del Ayuntamiento, que ya es suficientemente "claro" su requerimiento de ejecución de la sentencia que ordena retrotraer la oposición promovida en 2012 para cubrir vacantes de la Policía Local, al momento anterior al caso práctico, porque en el mismo "se produjeron irregularidades invalidantes", anulando así el nombramiento como funcionarios de los opositores seleccionados entonces. Según dicha instancia, deben ser cesados "la totalidad" de los agentes afectados.

Como ha avanzado ABC, así figura en un auto emitido por dicha instancia el pasado viernes y notificado esa misma jornada, según ha confirmado a Europa Press el Ayuntamiento, que precisa no obstante que no prevé fijar fecha de repetición de la prueba anulada, momento al que se une el cese de los agentes abarcados por esta sentencia, al estar preparando ya un nuevo recurso.


Ello, tras el auto de comienzos de mes en el que la juez, tras no acceder a las peticiones respecto a que declarase la "imposibilidad de ejecución" de la sentencia, resuelve la anulación de la resolución municipal que señalaba para el 30 de septiembre de este año como fecha de repetición de la prueba práctica anulada de dicho proceso selectivo de 2012, una fecha que había quedado suspendida a mitad de dicho mes por petición del opositor denunciante del caso, al atisbar posibles "irregularidades" en los actos del Consistorio a la hora de ejecutar la sentencia.

Antes de dicha resolución municipal que fijaba el 30 de septiembre como fecha de repetición de la prueba práctica anulada, el Ayuntamiento había comunicado al Juzgado, de cara a ejecutar la sentencia, "la procedencia de cesar a los funcionarios afectados en el momento inmediatamente anterior a la celebración del nuevo examen, y no antes".

Empero, posteriormente el Ayuntamiento solicitaba al juzgado no ejecutar la sentencia, alegando entre otros aspectos una "imposibilidad" de cumplirla "por la pérdida de 44 funcionarios/as de Policía Local en activo, con la consiguiente merma de la seguridad pública".


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A la hora de no acceder a declarar la "imposibilidad" de ejecución de la sentencia, la juez del caso exponía que la pérdida de 44 funcionarios/as de Policía Local en activo con la consiguiente merma de la seguridad pública no puede conllevar la imposibilidad de ejecución de la sentencia, ya que hay que ponerlo en relación con la seguridad jurídica y con los principios de igualdad, mérito y capacidad para acceder a la función pública, principios que fueron vulnerados por la Administración" en el citado proceso selectivo.

EL CESE DE "TODOS LOS AFECTADOS"
En ese sentido, en el auto de comienzos de mes, la juez especifica que para cumplir la sentencia, "se deben cesar no solo los afectados que aun conservan la condición de Policía Local, sino la totalidad de los afectados permutados o promocionados, al producirse una nulidad en cascada que, de forma automática, impide a esas personas que han promocionado o permutado continuar manteniendo la condición de empleados públicos", pues "la mayor parte de esos procesos se produjeron cuando ya se conocía el resultado del procedimiento judicial en primera instancia y en algunos casos, en los últimos de ellos, cuando ya se conocía incluso la sentencia del TSJA" que confirmaba la resolución del juzgado.

También especifica que "solo tienen derecho a repetir la prueba práctica aquellos aspirantes que superaron el tipo test, con independencia de que en su día se presentaran o no a la realización de la prueba práctica" y que debe ser constituido "el mismo tribunal designado en su momento" de 2012.

De este modo, el juzgado anula la resolución municipal que fijaba el pasado 30 de septiembre como fecha de la repetición de la prueba anulada y designaba un nuevo tribunal calificador, "a efectos de ejecutar la sentencia recaída, debiendo el Ayuntamiento proceder a la ejecución de la sentencia" en los términos descritos. Así, requiere al Ayuntamiento para que proceda a "la ejecución de la sentencia de conformidad con el fallo".

LA SENTENCIA INICIAL ANULATORIA
En la sentencia inicial, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número siete aborda un litigio promovido por uno de los aspirantes a la oposición promovida en 2012 por el Ayuntamiento hispalense para cubrir plazas de agente de Policía Local, impugnando actos como el listado definitivo de aprobados o la resolución de Alcaldía por la que se nombra funcionarios de carrera a los opositores seleccionados.

Al respecto, el juzgado señala que respecto al "fondo del asunto" es necesario tener en cuenta la sentencia del Juzgado de lo Penal número diez que, en marzo de 2019, absolvió a las 45 personas juzgadas en 2018 por presuntos delitos de descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación y cohecho, por la presunta filtración de los exámenes de las dos oposiciones promovidas en 2012 por el Ayuntamiento para cubrir 47 y 56 plazas de agente de Policía Local.

Y es que pese a la absolución, en dicha sentencia figuran "consideraciones sobre la filtración de la segunda prueba del tercer ejercicio, y aunque al no existir sentencia condenatoria no existen hechos probados vinculantes, ello no impide que no puedan valorarse las conclusiones alcanzadas en la citada sentencia".

Por ejemplo, el Juzgado de lo Contencioso número siete expone que el Juzgado de lo Penal número diez recoge en su sentencia que "con vulneración de la base VI de la convocatoria, dos miembros del tribunal de las oposiciones llevaron un boceto del caso práctico con anterioridad a la realización del examen y por tanto la redacción del caso práctico, aunque sufrió al menos dos modificaciones respecto de aquel boceto, no se redactó el mismo día del examen".

LA PLANTILLA HABÍA SIDO FILTRADA
La sentencia penal llega a la conclusión, según el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número siete, de que "de alguna manera, algunos de los acusados, en mayor o menor medida, han tenido acceso a la plantilla de corrección", señalando el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número siete que "en los exámenes de algunos opositores se incurre en las mismas erratas que la plantilla del caso práctico y en otros se utilizan las mismas expresiones singulares que en la plantilla".

"Si bien en el ámbito penal entra en juego el principio de presunción de inocencia, de culpabilidad y de tipicidad, en el ámbito administrativo, existiendo sospechas fuertes y contundentes de que el caso práctico hubiera sido filtrado, la conclusión a la que se llegaría sería distinta, ya que en todo proceso selectivo deben velarse los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el ingreso en la Función Pública, así como el de limpieza y transparencia en el proceso selectivo, circunstancias que no se han dado en el proceso selectivo que nos ocupa", asevera ante ello el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número siete de Sevilla.

"El hecho de que no se conozca quién realizó el acto de filtración, o, en cualquier caso, sea con filtración o sea sin filtración intencionada, lo cierto es que existen indicios contundentes de que varios opositores accedieron al conocimiento de la plantilla con anterioridad al examen y algunos de ellos resultaron aprobados, lo que debe provocar la anulación del proceso selectivo y de sus consecuencias, en particular, los nombramientos y contratación de los seleccionados", resume el juzgado, ordenando "la retroacción del proceso selectivo al momento anterior al de proponerse el caso práctico con todos los efectos a ello inherentes, incluida la nulidad de las actuaciones dictadas con posterioridad", como fue el nombramiento como funcionarios de los opositores seleccionados.


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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #372 en: 30 de Noviembre de 2023, 06:30:01 am »

La Audiencia cita este martes a excargos y funcionarios de la Policía Local de Palma por amañar unas oposiciones


La Audiencia cita este martes a excargos y funcionarios de la Policía Local de Palma por amañar unas oposiciones

Europa Press Islas Baleares
Publicado: 25/11/2023 12:11
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PALMA, 25 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Baleares celebra el martes (13.00 horas) la vista previa al juicio por el conocido como caso Exámenes, en el que se acusa a siete personas, entre ellas excargos y funcionarios de la Policía Local de Palma, de alterar el resultado de un concurso-oposición para optar al cuerpo municipal.

En el banquillo se sientan los que por aquel entonces ocupaban los cargos de director general de Seguridad Ciudadana, Enrique Calvo; el intendente jefe de la Policía Local de Palma, Antonio Vera; el comisario jefe de la Comisaría Operativa y de Seguridad, Rafael Estarellas, y otros cuatro funcionarios de la Policía Local.


Según recuerda el escrito de acusación, el 30 de diciembre de 2012 se dictó una resolución por parte del área de Función Pública del Ayuntamiento de Palma que acordaba la convocatoria del concurso-oposición para cubrir 14 plazas de oficial de la Policía Local de Palma. Dicha resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Baleares el 10 de enero de 2012.

Esta convocatoria, en su parte de oposición, tenía varias pruebas, entre ellas una de aptitud físico-médica, otra profesional complementaria consistente en 80 preguntas tipo test sobre 30 temas seleccionados, una prueba profesional consistente en desarrollar por escrito diez preguntas sobre 30 temas relacionados y una última prueba psicotécnica.

Al respecto, el fiscal indica que a principios de 2012, Calvo, Vera y Estarellas decidieron de mutuo acuerdo alterar de forma fraudulenta el resultado del concurso-oposición para que salieran beneficiados determinados agentes que iban a participar en las pruebas.

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Para ello, añade la acusación, Calvo aprovechó su posición y jerarquía y su influencia sobre otros funcionarios. Por su parte, Vera y Estarellas usaron sus funciones y su intervención en el desarrollo de las pruebas, ya que ello les daba el dominio y conocimiento sobre el contenido de las pruebas de acceso referidas.

Así, los dos últimos, que formaban parte del Tribunal que debía juzgar el concurso, procedieron a elaborar siete de las diez preguntas de la prueba profesional especificando las respuestas correctas. Seguidamente, facilitaron el escrito con las siete preguntas y respuestas a Calvo.

El 23 de mayo de 2012, Calvo, sobre las 12.00 horas, convocó a uno de los agentes también acusados en el cuartel de Policía Local. Allí, conforme a lo convenido entre el resto de procesados, mediante correo electrónico remitió siete de las diez preguntas de la tercera prueba con sus respectivas respuestas a dos de los agentes que participaban en la oposición, que se iba a realizar seis días más tarde.

El correo de Calvo, según el escrito, se remitió a uno de los agentes con dos documentos adjuntos. El mismo mensaje fue reenviado el mismo día al correo a los otros dos agentes implicados en esta causa.

Con las preguntas y respuestas en su poder, dos agentes se presentaron a la prueba y obtuvieron un resultado coincidente con la puntuación a las siete preguntas que, presuntamente, les habían facilitado.

Todo ello obedecía a un plan previo para favorecer a los policías que participaban en el entramado. Así, tras facilitar los exámenes, se obtendría el ascenso de dos agentes y estos posibilitarían que un tercero adquiriese una plaza fija como funcionario.

Por otra parte, el Ministerio Público señala que Vera facilitó todas las preguntas y respuestas del examen a otra persona, de quien no hay constancia de que se hubiese concertado previamente para obtenerlas. Esta persona obtuvo 24 puntos sobre 24.

Con estos resultados, añade el escrito de acusación, las tres personas favorecidas consiguieron superar las pruebas. Al conocer las preguntas y respuestas, las plasmaron en las pruebas test y de desarrollo y consiguieron aprobar, así, el concurso de oposición.

Todo ello se produjo con la intervención directa de Calvo, Vera y Estarellas, que posibilitaron las resoluciones administrativas que sabían que eran injustas.

El fiscal destaca también que Estarellas, cuando fue interpelado tras el examen por algún participante en la oposición sobre las irregularidades, se negó a cualquier investigación y tampoco hizo comentario alguno.

Asimismo, cuando tuvo conocimiento de la escritura notarial que daba fe de la filtración, no llevó a cabo acto alguno para investigar o para anular el concurso.

Por último, Fiscalía indica que el séptimo acusado, inspector por aquel entonces de la Unidad Nocturna, archivó las diversas denuncias y expedientes administrativos contra otro de los procesados.

Esta decisión de archivo, según la acusación, venía motivada porquer el agente había dado a conocer la existencia de la escritura pública en la que se acreditaba la filtración de las preguntas del concurso-oposición.

El fiscal considera los hechos constitutivos de delitos de revelación de secretos, continuado de prevaricación y de omisión de perseguir delitos.

Para Calvo, por el delito de revelación de secretos pide 18 meses de prisión e inhabilitación por un tiempo de cuatro años, y por el delito continuado de prevaricación, pide ocho años y seis meses de inhabilitación.

Para Vera, por el delito de revelación de secretos pide 18 meses de prisión e inhabilitación durante cuatro años; por el delito continuado de prevaricación, ocho años y medio de inhabilitación, y por el delito de omisión de perseguir delitos, 15 meses de inhabilitación.

Para Estarellas, por el delito de revelación de secretos pide 18 meses de prisión e inhabilitación durante cuatro años, y por el delito continuado de prevaricación, ocho años y medio de inhabilitación.

Para otros tres acusados, el fiscal pide 18 meses de prisión e inhabilitación especial para cargo público durante cuatro años por el delito de revelación de secretos --a cada uno--, y para el séptimo procesado pide 15 meses de inhabilitación por el delito de omisión de perseguir delitos.


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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #373 en: 30 de Noviembre de 2023, 13:50:51 pm »


LA FILTRACIÓN DE LAS OPOSICIONES DE LA POLICÍA LOCAL DE 2012

Sanz apela al TSJA para no cesar a los 44 policías locales afectados por las oposiciones de 2012


 Los servicios jurídicos municipales presentan un recurso en el que insisten en que lo "correcto jurídicamente" es indemnizar al opositor recurrente

 La juez de las oposiciones insiste: el Ayuntamiento tiene que fijar ya día y hora para repetir el examen

 Las diez claves del caso de los 44 agentes de la Policía Local de Sevilla

El alcalde, José Luis Sanz, preside los actos del día de la Policía Local.

El alcalde, José Luis Sanz, preside los actos del día de la Policía Local. / JUAN CARLOS VÁZQUEZ OSUNA (SEVILLA)
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JORGE MUÑOZ
30 Nov 2023 12:07
El futuro de los 44 policías locales afectados por la sentencia que obliga a repetir el examen de las oposiciones del año 2012 lo decidirá finalmente la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Sevilla han presentado finalmente un recurso de apelación en el que piden a la Sala que revoque la decisión de la juez de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla, Nuria Marín, de ejecutar la sentencia, obligando al cese de los agentes. En el recurso, el Consistorio insiste en los perjuicios eocnómicos y para la seguridad ciudada que supondría la destitución de los funcionarios y reitera que lo "correcto jurídicamente" sería, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo, indemnizar al opositor que desde el principio denunció el caso.


Dice el Ayuntamiento que el director general de Recursos Humanos puso de manifiesto ante el juzgado que el "enorme tiempo transcurrido" desde el nombramiento de los 44 agentes imposibilitaba la ejecución de la sentencia. Esos más de diez años que han pasado, añade, "se traduce en una situación injusta en extremo para los afectados, con independencia de su causa, no siendo la causa de la tardanza un motivo para no valorar su existencia".

Para los servicios jurídicos municipales, el auto de la juez que rechaza los argumentos para no ejecutar la sentencia "renuncia a valorar la incidencia que para el interés público tiene la ejecución del fallo, cuando dicha incidencia fue alegada como causa de imposibilidad y la misma ha quedado sin respuesta, toda vez que la alusión a la infracción habida a los principios selectivos de igualdad, mérito y capacidad, ya declarados en sentencia, no suponen una valoración, ni por tanto, una motivación del autos, desde la referida perspectiva".


Y sin embargo, citando una sentencia del Tribunal Supremo, considera que "el interés público afectado sí es un parámetro o indicador a considerar de cara a decidir sobre la ejecución de la sentencia mediante una posible indemnización sustitutoria".

Por todo ello, concluye que "lo correcto jurídicamente hubiera sido que el Juzgado, al igual que hizo el Tribunal Supremo, hubiera resuelto declarando la procedencia de sustituir la ejecución in natura de la sentencia, por una ejecución dineraria mediante indemnización por equivalente económico".

Así, afirma que la decisión de la juez "tampoco pondera adecuadamente los intereses públicos en juego, en su contraste y relación con los del recurrente".

El caso de las plazas permutadas y los ascensos
El Consistorio señala que la juez no ha aplicado "correctamente las circunstancias concretas e individualizadas del caso concreto, ni ha ponderado adecuadamente los intereses y derechos de los afectados, distintos del recurrente".

De hecho, agrega, " tampoco ha ponderado adecuadamente los derechos e intereses de este último, ni las causas y motivos de inejecución expuestas por el Director General de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Sevilla, en la petición que el mismo hizo al Juzgado, de acuerdo con lo previsto en el art. 105.2 Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa", en alusión al "coste económico desproporcionado" y el "grave perjuicio" a la Seguridad Ciudadana que según el Ayuntamiento acarrearía el cese de los funcionarios.

El Ayuntamiento alega que el propio demandante, el único recurrente antes de que se personaran en la causa una treintena de aspirantes, ha solicitado la "inejecución de la sentencia", algo a lo que se opuso la juez recientemente.

También defienden los servicios municipales que los ascensos a oficial y las permutas de plazas de algunos de los agentes afectados -que han intercambiado sus plazas con otros agentes de otras provincias-, hacen "imposible la ejecución" del fallo que obliga a repetir las oposiciones.

En este sentido, argumenta que ni fue el Ayuntamiento el que "consintió las permutas ni los ascensos, sino que su actuación en relación con ello vino impuesta por el propio juzgado", porque "se limitó a cumplir las decisiones que en relación con ambos adoptó el juzgado", que "denegó la suspensión de los nombramientos y por tanto estos "surtieron plenos efectos durante la sustanción del pleito, sin que al Ayuntamiento le fuera dado impedir las permutas ni los ascensos, al ser los nombramientos plenamente eficaces".

En cuanto a la imposibilidad de ejecutar el fallo en relación con los permutados y ascendidos, dice el escrito que "no es sólo que nunca fueron suspendidos, sino el hecho de que, además, ni permutas ni ascensos formaban parte de las actuaciones, tal y como el juzgado declaró reiteradamente".


Admite el Consistorio que las permutas y ascensos "tienen como premisa unos nombramientos que sí han sido anulados por la sentencia, pero ello no quiere decir que ésta se proyecte sobre aquéllos".

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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #374 en: 30 de Noviembre de 2023, 18:47:01 pm »

CASO OPOSICIONES POLICÍA LOCAL SEVILLA

«Hay policías que fueron juzgados y se quedan y otros que nunca fuimos acusados, a la calle»


ABC entrevista por primera vez a uno de los 44 policías locales afectados por la anulación de las pruebas de 2012
Arturo (nombre ficticio) sostiene que hay un «intercambio de cromos» entre funcionarios investigados «y personas inocentes»
Una juez tumba las oposiciones de la Policía Local de Sevilla por las sospechas «contundentes» de filtración
El Ayuntamiento de Sevilla pide ahora a la juez que no ejecute la sentencia que anulan las oposiciones policiales
El agente entrevistado nunca estuvo acusado en el proceso penal y está al borde de perder su puesto de trabajo
El agente entrevistado nunca estuvo acusado en el proceso penal y está al borde de perder su puesto de trabajo ABC

SILVIA TUBIO

Sevilla


30/11/2023
Actualizado a las 07:14h.

El culebrón judicial de las oposiciones a la Policía Local de Sevilla, anuladas por un juzgado de lo Contencioso, tiene 44 protagonistas centrales, que no son otros que los agentes que están con un pie y medio fuera de la plantilla municipal. La magistrada del nº7 ya le ha ordenado al Ayuntamiento que debe expulsarlos y volver a convocar el examen práctico que fue la prueba donde se detectaron irregularidades que a la postre han invalidado el proceso selectivo. Pero a pesar de que ya han transcurrido once años de la celebración de aquellas polémicas oposiciones, aún no se ha escrito el último capítulo porque la batalla judicial está en estos momentos en los recursos presentados ante el TSJA en los que se insiste en la imposibilidad de ejecutar la sentencia.


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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #375 en: 02 de Diciembre de 2023, 07:09:40 am »


LA FILTRACIÓN DE LAS OPOSICIONES DE LA POLICÍA LOCAL DE 2012

El sindicato de la Policía Local cree que la última decisión de la juez deja un "vacío jurídico"


 Opina que el auto en el que la juez insiste en que se fije la fecha "no resuelve nada" sobre la ejecución de la sentencia

 La juez de las oposiciones insiste: el Ayuntamiento tiene que fijar ya día y hora para repetir el examen

28 Nov 2023 11:51
El Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Sppme) ha considerado que el nuevo auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número siete de Sevilla "no resuelve nada" sobre la ejecución de la sentencia que ordena retrotraer la oposición promovida en 2012 para cubrir vacantes de la Policía Local, al momento anterior al caso práctico, porque en el mismo "se produjeron irregularidades invalidantes".


Ante el nuevo auto, con el que el juzgado responde a la petición de aclaración realizada por el Ayuntamiento, el presidente del Sppme en Sevilla, Luis Val, ha manifestado que la contestación deja el asunto "igual que al principio, porque no resuelve nada" de la "duda jurídica" planteada por el Consistorio respecto a la anulación de la suspensión inicial del señalamiento de la fecha del 30 de septiembre para la repetición del examen.

Así, ha considerado que con esta respuesta, el juzgado ha dejado al Ayuntamiento en "un vacío jurídico del que ahora no sabe por dónde salir". Ello, tras el auto de comienzos de mes en el que la juez, tras no acceder a las peticiones respecto a que declarase la "imposibilidad de ejecución" de la sentencia, resuelve la anulación de la resolución municipal que señalaba el 30 de septiembre de este año como fecha de repetición de la prueba anulada de dicho proceso selectivo de 2012, una fecha que había quedado suspendida a mitad de dicho mes por petición del opositor denunciante del caso, al atisbar posibles "irregularidades" en los actos del Consistorio a la hora de ejecutar la sentencia.

Antes de dicha resolución que fijaba el 30 de septiembre como fecha de repetición de la prueba, el Ayuntamiento había comunicado al Juzgado, de cara a ejecutar la sentencia, "la procedencia de cesar a los funcionarios afectados en el momento inmediatamente anterior a la celebración del nuevo examen". Empero, posteriormente el Ayuntamiento solicitaba al juzgado no ejecutar la sentencia, alegando entre otros aspectos una "imposibilidad" de cumplirla "por la pérdida de 44 funcionarios/as de Policía Local en activo, con la consiguiente merma de la seguridad pública".

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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #376 en: 10 de Diciembre de 2023, 19:09:08 pm »

El abogado del Estado pone en jaque la OPE de la Ertzaintza
La decisión vulnera el acuerdo bilateral de la Junta de Seguridad


Alberto Abaitua / Alex Larretxi
01·10·14 | 04:00 | Actualizado a las 19:07


Aspirantes a Ertzaintza en una prueba de la Ope.
El abogado del Estado pone en jaque la OPE de la Ertzaintza


gasteiz - La Abogacía del Estado pretende suspender la OPE que reforzará con 120 nuevos agentes la plantilla de la Ertzaintza al considerar que este número no se ajusta a los índices de reposición que fija la normativa vigente. Con este fin, presentó el pasado lunes un recurso en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) sobre el que este órgano deberá pronunciarse en breve, puesto que las pruebas de selección continúan su curso y en diez días los aspirantes que se mantienen en liza -275 de los más de 5.000 inscritos- deberán afrontar una nueva criba.


Ante la incertidumbre que ha creado este anuncio, el portavoz del Gobierno Vasco, Josu Erkoreka, matizó ayer que el “grave” recurso no supone la suspensión automática de la oferta de empleo, sino que habrá que esperar a que los magistrados del TSJPV se pronuncien para conocer el futuro de estos puestos de trabajo. La reacción del abogado del Estado colisiona con el acuerdo emanado de la Junta de Seguridad, el órgano bilateral en el que las administraciones española y vasca pactaron una fórmula de renovación de la plantilla de la Policía autónoma para que en todo momento se mantuviera el plantel de 8.000 agentes. Es más, tal y como recordó Erkoreka en su comparecencia posterior al Consejo de Gobierno semanal, fue el propio PP vasco quien activamente participó en esta iniciativa a través de un mando parlamentario -representado por el entonces aforado y hoy en día delegado del Gobierno en la CAV, Carlos Urquijo- para garantizar la tasa de reposición de la Ertzaintza por encima de otros requerimientos. Y así se ha repetido a lo largo de los últimos ejercicios, un periodo en el que se ha puesto de manifiesto el “carácter singular” de la Policía autonómica para no cumplir “estrictamente” con las normas del Estado relativas a la función pública, según argumentó el consejero.


El portavoz del Gabinete Urkullu recordó que pese a la reacción de este órgano adscrito al Ministerio de Justicia, el Ejecutivo autonómico tiene el “firme propósito” de continuar con la convocatoria. No en vano, el también consejero de Administración Pública advirtió de que en caso de que la OPE fuera finalmente suspendida, la plantilla de la Ertzaintza rondaría en septiembre de 2016 los 7.500 agentes; es decir, medio millar por debajo del total fijado por la Junta de Seguridad en el pacto bilateral.


Frente a estas valoraciones, en el recurso de la Abogacía del Estado se cuestiona, según ha podido saber este periódico, el carácter “político” del acuerdo de la Junta de Seguridad, una circunstancia que no exime a la OPE llamada a reforzar la plantilla policial de “cumplir” la legislación básica del Estado. Esta normativa cifra en un límite del 10% la tasa de reposición de efectivos del cuerpo policial y exige que la convocatoria pública del Gobierno Vasco esté precedida de una oferta “aprobada y publicada en los términos exigidos” por los Presupuestos Generales del Estado.

Por otra parte, el sindicato con mayor presencia en la Ertzaintza, ErNE, calificó la actuación de la Abogacía del Estado de “ataque sin paliativos” al autogobierno vasco.

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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #377 en: 11 de Diciembre de 2023, 07:02:45 am »
Anda que no están mareando la perdiz para no ejecutar la sentencia...



LA FILTRACIÓN DE LAS OPOSICIONES DE LA POLICÍA LOCAL DE 2012

Los doce motivos para no cesar a los 44 policías locales afectados por el amaño de las oposiciones


 Llegan al TSJA los recursos de apelación del Ayuntamiento y de las defensas de los agentes

 La defensa insiste en los "graves e irreparables perjuicios a los opositores y terceros de buena fe" afectados por la repetición del examen

 Sanz apela al TSJA para no cesar a los 44 policías locales afectados por las oposiciones de 2012

Una detención practicada por agentes de la Policía Local de Sevilla.

Una detención practicada por agentes de la Policía Local de Sevilla. / EMERGENCIAS SEVILLA
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JORGE MUÑOZ
10 Dec 2023 06:50
Hasta doce motivos para no cesar a los 44 policías locales de Sevilla afectados por la sentencia que obliga a repetir el examen de las oposiciones del año 2012. La defensa de un grupo de 14 de estos agentes ya ha presentado su recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en el que enumera los  "graves e irreparables" perjuicios que provocaría para el Ayuntamiento el cese de estos funcionarios.


Tanto este recurso, como el que presentaron recientemente los servicios jurídicos municipales, ya han sido elevados a la Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal andaluz, cuya Sección Primera ha designado como ponente de los recursos al magistrado Pedro Luis Roás Martín. El Consistorio  insistió en su recurso en los perjuicios económicos y para la seguridad ciudadana que supondría la destitución de los funcionarios y reiteró que lo "correcto jurídicamente" sería, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo,  indemnizar al opositor que desde el principio denunció el caso.

La defensa de 14 de los agentes afectados enumera hasta una docena de motivos que afectan al servicio público y que originarían "graves e irreparables perjuicios a opositores y terceros de buena fe" que, a su juicio, imposibilitan la ejecución de la sentencia dictada y aconsejarían la inejecución del fallo, por lo que pide al TSJA que se acuerde la nulidad del auto del juzgado de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla que rechazó el incidente de nulidad, al estimar que la decisión de la magistrada vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva.


El recurso impugna la decisión de la juez de no admitir el incidente para no ejecutar la sentencia y, en este sentido, considera que el razonamiento y la fundamentación del auto de la juez recurrido "carece de motivación jurídica al no resolver ninguna de las cuestiones planteadas ni haber dado traslado a las partes, principalmente al Ayuntamiento, para que pudiera haber alegado y justificado cuantos motivos de inejecución han sido planteados".

Y a continuación, la defensa de este grupo agentes enumera una docena de motivos por los que considera que no puede llevarse a efecto la ejecución de la sentencia. Estos motivos que esgrime ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo son los siguientes:

1. El tiempo transcurrido.
La defensa señala como primer motivo los más de diez años que han pasado desde el nombramiento como funcionarios de carrera de los 44 policías locales -que tuvo lugar el 2 de Julio del 2013- y la fecha inicial de ejecución de la sentencia, año 2023, habiendo transcurrido más de 10 años y "pudiendo alargarse varios años más en función de la tramitación de la ejecución del fallo y los más que seguros recursos que puedan plantearse en el presente proceso de ejecución".

2. Razones de seguridad jurídica, protección de la confianza legítima, equidad y buena fe de los funcionarios afectados.
Dice el letrado de estos agentes que ante dos situaciones idénticas la Administración Pública "no puede dar dos soluciones distintas". Así recuerda la sentencia del juzgado de lo Penal número 10 de Sevilla que absolvió a 45 acusados por el amaño de las oposiciones. "En el procedimiento penal se enjuició las sospechas de filtración sobre dos convocatorias de policías locales, y se dictó una sentencia absolutoria con todos los pronunciamientos favorables por NO existir ninguna prueba de cargo que acreditase la existencia de filtración alguna como tampoco se acreditó ningún indicio de filtración quedando todo reducido a meras sospechas sobre la actuación de Tribunal y de los opositores".

LA SENTENCIA SE SUSTENTA SOBRE LAS “SOSPECHAS” DE LA CAUSA PENAL QUE ACABÓ EN UNA ABSOLUCIÓN PLENA

Añade el recurso que sobre esas sospechas se han sustentado la sentencia que se pretende ejecutar pero "los opositores que finalmente fueron aprobados no hay duda alguna de que han actuado de buena fe ajenos a la problemática del Ayuntamiento en relación con la oposición".

3. El grave perjuicio en la seguridad y en el interés general y público.
La pérdida masiva de 44 policías conlleva la consiguiente reducción de la seguridad pública, provocando inestabilidad en el empleo de las personas que llevan más de una década cumpliendo con su trabajo, argumenta la defensa, que recuerda que actualmente el Ayuntamiento dispone de 422 funcionarios menos de los que Sevilla precisa para su seguridad pública contando con una plantilla, "s.e.u.o, de 964 policías locales, de los cuales solo hay 590 en servicio activo operativos, 277 policías locales en funciones administrativas, y 134 mandos, número de efectivos muy inferiores a los que legalmente corresponde, debiendo descontar los 44 funcionarios afectados de los 590 de servicio operativo, por lo tanto quedarían mermada la plantilla operativa, la que da servicio en vía publica a 546 funcionarios a repartir en turnos".

A ello hay que añadir que en breve, cerca de 300 funcionarios de la Policía Local que accedieron a su plaza en 1992 van a pasar a la situación de jubilado, quedándose "muy disminuida de efectivos la plantilla".

Este aspecto se ha hecho patente recientemente con la falta de agentes y la aglomeración personas con motivo de la inauguración del alumbrado navideño en el centro.

4. El coste de varios millones para las arcas públicas municipales.
Dice la defensa que el cese de los agentes repercutirá económicamente en el Ayuntamiento ante la "la falta de ingresos por la retirada de 44 efectivos, tiempo para ejecutar el fallo, nombramiento de nuevos funcionarios y su posterior formación en la Escuela Pública de Seguridad de Andalucía percibiendo haberes sin prestar servicio".

En efecto, prosigue, la retirada de 44 funcionarios en servicio activo conlleva una "grave pérdida de ingresos para las arcas municipales derivado de la reducción drástica de expedientes de infracción administrativa que vinieran denunciando los agentes afectados y la falta de ingresos por sus sanciones cuya pérdida se estimaría en torno a varios millones de euros a lo que hay que añadir el coste de formación de los nuevos policías locales durante el periodo de formación práctica en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, así como el abono de sus haberes sin prestar servicio al ciudadano y que puede oscilar en torno a un millón y medio de euros".

5. Repercusión directa en el servicio público con la pérdida de efectivos.
Esta circunstancia se produce además coincidiendo con unos años en los que se ha incrementado enormemente el trabajo policial en servicios extraordinarios. "Se estima que anualmente el servicio de intervención del Ayuntamiento de Sevilla suele liberar una partida presupuestaria de 10 millones de euros, para el pago a Policía Local de servicios extraordinarios de productividad durante fines de semana, para cubrir todos los eventos que produce la ciudad en días que los agentes de Policía por calendario deberían descansar. Todo ello debido a que la plantilla de Policía existente no es capaz de sacar adelante la ingente cantidad de eventos que produce la ciudad por ausencia de efectivos".

De esta forma, todos los policías de la plantilla trabajan un fin de semana del mes de forma obligatoria según calendario, y los restantes fines de semana en los que trabajan son remunerados con el presupuesto extraordinario que todos los años se libera en este concepto ante la carencia de efectivos, llegando incluso los funcionarios a doblar el servicio para poder cubrirlos.

6. Modificación de las bases de la convocatoria por derogación, supresión o modificación de la normativa.
La ejecución de la sentencia conlleva la repetición del examen con un temario de leyes que en parte han sido derogadas en los últimos diez años, por lo que no se han añadido modificaciones y supresiones del Código Penal, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de Extranjería y de otras leyes de suma importancia para la realización de supuestos prácticos por no haber sido derogadas en su totalidad.

7. Imposibilidad material por discriminación y desigualdad entre opositores.
En este punto, la defensa hace referencia a la "disminución de la capacidad física, psíquica, edad, circunstancias personales, familiares, económicas para desarrollar un examen práctico diez años después, en posición de desventaja frente a opositores que puedan acceder por estar en plena formación y estudio de oposiciones vulnerando los principio de igualdad en el acceso a la oposición. Las condiciones médicas tras el transcurso de 10 años no son las mismas. Las aptitudes tampoco. De igual forma la desigualdad entre opositores con experiencia como policía y opositores sin experiencia".

8. El caso de los agentes que han ascendido a oficial.
La defensa enumera lo "perjuicios de los funcionarios ascendidos, hundiendo un proyecto de vida, sueconomia familiar, acarreándoles problemas graves de insolvencia con repercusión personal, familiar, social y profesional".

9. Las plazas permutadas con otros agentes en otras provincias.
Detalla en este punto los "perjuicios que se ocasionan con las permutas a las distintas Administracioneslocales (ajenas a la problemática suscitada) a las que pertenecían los funcionarios que hayan permutado sus plazas, teniendo que revisar de oficio las permutas, para anularla y recuperar a su funcionario. Permutas, por cierto, permitidas por el Ayuntamiento de Sevilla, con pleno conocimiento de que correspondían a funcionarios afectados por este proceso cuya sentencia podría ser la dictada y que ahora quiere excluir de la ejecución del fallo provocando una situación clara de trato discriminatorio".

10. Las reclamaciones de los ciudadanos.
En este motivo, la defensa relata lo que puede ocurrir con respecto a las "reclamaciones de ciudadanos por las intervenciones realizadas por los funcionarios afectados en el ejercicio de sus funciones. Dícese detenciones realizas, condenas de ciudadanos por delitos de atentado a funcionarios afectados, pago deindemnizaciones a las funcionarios, funcionarios acusados con ocasión de la prestación del servicio público de seguridad, etc., que obligaría a una revisión de asuntos por todos los órganos judiciales penales de los ya acabados y de los que se encontrasen en trámites, recientemente ha sido suspendido una vista oral en la que funcionarios afectados por la sentencia, tuvieron que intervenir y han sido denunciados".

LA DEFENSA INSISTE EN LOS GRAVES PERJUICIOS QUE SE CAUSAN A LOS “OPOSITORES DE BUENA FE”

Así, considera que es sólo cuestión de tiempo que se haga público los números de indicativo de los funcionarios afectados por la sentencia para que los ciudadanos puedan reclamar al Ayuntamiento cualquier actuación de estos funcionarios que les afecte. "Reclamaciones dinerarias de la que habrá de responder el Ayuntamiento de Sevilla", advierte.

11. Los perjuicios a los opositores de buena fe.
Enumera los "graves perjuicios a los opositores de buena fe que, habiendo obtenido su plaza tras años de estudio y tras más de una década de trabajo, ven truncada su vida personal, profesional y la de su familia", para los cuales resultaría muy complicado acceder al mercado laboral dado que sus estudios y su experiencia está centrada en la Policía Local. En otros casos, el sueldo de los agentes es el único ingreso que entra en sus casas y además tienen que hacer frente a los gatos habituales de cualquier familia, como la hipoteca, y también hay casos de divorciados que además tienen que hacer frente al pago de pensiones de alimentos.

12. Imposibilidad de constituir el tribunal de la oposición por la jubilación de sus miembros.
Recuerda la defensa que en los procedimientos de selección de personal para una Administración Pública existen dos máximas que, pese a su obviedad, no pueden pasar desapercibidas:a) De un lado, que las bases del proceso, resultan ser las "reglas del juego", la "Ley del contrato", y son plenamente vinculantes para las partes concurrentes: Administración convocante y aspirantes ya admitidos definitivamente.


b) De otro lado, que si las mismas no han sido recurridas en los plazos legalmente establecidos, resultan ser firmes e inatacables sin que su contenido pueda ser en modo alguno discutido una vez conocido el resultado del proceso selectivo.


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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #378 en: 19 de Enero de 2024, 18:52:07 pm »
Endosar la patata caliente...


Dejan abierta la puerta a recurrir en el Supremo la sentencia de las oposiciones en la Policía Local de Sevilla



Europa Press Andalucía
Publicado: 19/01/2024 15:55
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SEVILLA, 19 Ene. (EUROPA PRESS) -

El delegado de Seguridad Ciudadana, Movilidad y Recursos Humanos, Ignacio Flores, ha dejado este viernes la puerta abierta a que el Ayuntamiento recurra ante el Tribunal Supremo la decisión del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número siete de Sevilla de denegar "la imposibilidad de ejecución" solicitada respecto a su sentencia.

Ésta ordena retrotraer la oposición promovida en 2012 por el Ayuntamiento hispalense para cubrir vacantes de la Policía Local al momento anterior al caso práctico porque en el mismo "se produjeron irregularidades invalidantes", anulando así el nombramiento como funcionarios de los opositores seleccionados entonces.


Según el relato de Flores en la Comisión de Control a preguntas de la confluencia Con Podemos-Izquierda Unida, la denegación tanto de la inejecución como de la aclaración sobre la nueva fecha del examen está apelada por el Ayuntamiento. Cuando el Contencioso se pronuncie y si su posición es contraria a los intereses municipales, el delegado de Seguridad ha aclarado que queda poder "interponer un recurso de casación ante el Supremo".

En la sentencia, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número siete aborda un litigio promovido por uno de los aspirantes a la oposición promovida en 2012 por el Ayuntamiento hispalense para cubrir plazas de agente de la Policía Local, impugnando actos como el listado definitivo de aprobados o la resolución de Alcaldía por la que se nombra funcionarios de carrera a los opositores seleccionados.

Al respecto, el juzgado señala que respecto al "fondo del asunto" es necesario tener en cuenta la sentencia del Juzgado de lo Penal número diez que, en marzo de 2019, absolvió a las 45 personas juzgadas en 2018 por presuntos delitos de descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación y cohecho, por la presunta filtración de los exámenes de las dos oposiciones promovidas en 2012 por el Ayuntamiento para cubrir 47 y 56 plazas de agente de Policía Local.


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Pese a la absolución, en dicha sentencia figuran "consideraciones sobre la filtración de la segunda prueba del tercer ejercicio, y aunque al no existir sentencia condenatoria no existen hechos probados vinculantes, ello no impide que no puedan valorarse las conclusiones alcanzadas en la citada sentencia".

Por ejemplo, el Juzgado de lo Contencioso número siete expone que el Juzgado de lo Penal número diez recoge en su sentencia que "con vulneración de la base VI de la convocatoria, dos miembros del tribunal de las oposiciones llevaron un boceto del caso práctico con anterioridad a la realización del examen y, por tanto, la redacción del caso práctico, aunque sufrió al menos dos modificaciones respecto de aquel boceto, no se redactó el mismo día del examen".

La sentencia penal llega a la conclusión, según el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número siete, de que "de alguna manera, algunos de los acusados, en mayor o menor medida, han tenido acceso a la plantilla de corrección", señalando el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número siete que "en los exámenes de algunos opositores se incurre en las mismas erratas que la plantilla del caso práctico y en otros se utilizan las mismas expresiones singulares que en la plantilla"

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Re: Nulidad de los procesos selectivos
« Respuesta #379 en: 26 de Enero de 2024, 17:28:56 pm »

Anuladas las pruebas de selección de Policía Local en 36 ayuntamientos de Castilla y León


La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL ha estimado los recursos de dos aspirantes que fueron rechazados en las resoluciones dictadas en 2022
26 enero, 2024 14:39



 TRIBUNALES CASTILLA Y LEÓN POLICÍA LOCAL TSJCYL
   
 
Ángel Pisano
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), y más concretamente la Sala de lo Contencioso-Administrativo, ha anulado las pruebas selectivas de Policía Local en 36 ayuntamientos de la Comunidad. Así lo ha dictado en dos sentencias a las que ha tenido acceso este periódico en las que ha estimado los recursos de aspirantes que no habían sido seleccionados.

De esta forma, el tribunal ha ordenado anular las dos resoluciones que el Tribunal Calificador dictó en febrero de 2022 después de "alterar las bases de la convocatoria en mitad del proceso selectivo", una vez que las listas de los aspirantes declarados aptos ya habían sido publicadas.


Tal y como marcan las bases del concurso-oposición, los aspirantes a entrar en los cuerpos de la Policía Local de estos ayuntamientos afectados, tenían que llevar a cabo una prueba de aptitud física, una psíquica y una de conocimiento.

El TSJCyL, en dos sentencias que han sido notificadas a las partes, señala que la decisión del Tribunal Calificador, avalada por la Junta de Castilla y León, de llevar a cabo una entrevista personal a los aspirantes no aptos en la prueba de aptitud psíquica después de que 44 de ellos recurrieran y denunciaran que se había filtrado el test y otras irregularidades, dando como resultado un nuevo listado de aptos, contraviene las bases del proceso selectivo. Así, esto también va contra los "principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a la función pública".

De esta forma, los magistrados han estimado los recursos interpuestos por dos de los aspirantes y han ordenado retrotraer el proceso selectivo hasta la fecha en la que fue publicada la primera lista de candidatos declarados aptos, además de hacer nulas las resoluciones dictadas con posterioridad.

En las sentencias, la Sala subraya que lo hecho por el Tribunal Calificador "suple una prueba objetiva de la aptitud psíquica a través de los cuestionarios utilizados, que es la establecida en la base 8.3, por una prueba subjetiva, como es la entrevista y con ello se dispensa a determinados aspirantes de la exigencia de superación de esa prueba objetiva con clara vulneración de los principios constitucionales señalados".

Así, concluyen que concurren los supuestos de nulidad de pleno derecho reflejados en los apartados a) y e) del artículo 47.1 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, toda vez que se "prescinde de una prueba objetiva para determinados aspirantes, con vulneración sustancial del procedimiento legalmente establecido y del derecho fundamental al acceso a la función pública con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, procediendo declarar nulas de pleno derecho las resoluciones de 18 de febrero y de 23 de febrero de 2022 del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de 36 ayuntamientos de Castilla y León, convocadas por Orden FYM/772/2021, de 18 de junio, así como la Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 12/01/2023, que las confirma".