Autor Tema: Reforma de la Ley 2/86  (Leído 226805 veces)

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Re: Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #1440 en: 22 de Septiembre de 2024, 13:13:29 pm »
Choque policial en Valencia por los agentes de paisano
El Ayuntamiento reclama a Delegación del Gobierno que permita realizar estos servicios a la Policía Local tras dejarse sólo esta potestad a la Policía Nacional

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Re: Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #1441 en: 07 de Noviembre de 2024, 20:52:15 pm »

 Barcelona retira la Urbana del País Valenciano a requerimiento del Estado



Agentes de la Guardia Urbana desplegados con motivo de la DANA en el País Valenciano / Guardia Urbana

La decisión se ha tomado después de que la Secretaría de Estado de Seguridad enviara un aviso recordando que los agentes no tienen competencias en seguridad ciudadana fuera de su ámbito territorial


Anton Rosa
07/11/2024 19:22
El Ayuntamiento de Barcelona ha decidido retirar a los agentes de la Guardia Urbana desplegados en el País Valenciano para apoyar a los municipios afectados por el paso de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA). La decisión se ha tomado después de que la Secretaría de Estado de Seguridad enviara este miércoles un aviso por correo a la delegación del gobierno español en Cataluña donde recordaba que las diferentes policías locales no tienen competencias en seguridad ciudadana ni pueden ejercer las tareas que se deriven fuera de su ámbito territorial de actuación. La comunicación precisaba que su actuación en otras localidades debe limitarse a la «colaboración en labores de apoyo a los trabajos de recuperación de servicios«.

Ante este aviso, el consistorio ha optado por dar la orden de retirar a los efectivos del cuerpo policial desplegados en la localidad de Paiporta. En concreto, se trata de 27 agentes que formaron parte de la primera tanda de ayuda barcelonesa que salió en dirección al municipio de la comarca de l’Horta Sud el pasado sábado. Fuentes municipales consultadas por TOT Barcelona han confirmado esta retirada indicando que mantener a los policías en el territorio «no tiene sentido si no es para hacer las funciones para las cuales fueron enviados». Las mismas voces precisan que las tareas de recuperación de servicios e infraestructuras a las cuales se reduciría la actividad de los efectivos ya están cubiertas con el resto de miembros del contingente enviado por la capital catalana, que consta de Bomberos, 12 miembros del CUESB y 16 técnicos municipales, además de cuatro camiones de recogida de residuos, tres vehículos para mover elementos pesados, una máquina excavadora y 20 sierras mecánicas.


Desde el ejecutivo barcelonés reconocen que el aviso enviado por la Secretaría del Estado de Seguridad era una posibilidad que estaba sobre la mesa, pero remarcan que se optó por poner a disposición de las localidades afectadas los efectivos que fueran necesarios, que en este caso estuvieron siguiendo las instrucciones del Jefe de Policía de Catarroja, durante el tiempo que fuera posible, que en este caso han sido unos cuatro días.

Críticas del CSIF a la decisión municipal
Por su parte, la delegación sindical del CSIF en la Guardia Urbana de Barcelona ha criticado la decisión de retirar a los efectivos y ha pedido al Ayuntamiento que rectifique y que los mantenga en el País Valenciano para realizar tareas de apoyo como pueden ser el control del tráfico y la ayuda a la hora de restablecer servicios e infraestructuras.

 

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Re: Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #1442 en: 09 de Noviembre de 2024, 08:44:55 am »

Unijepol: los policías locales que están ayudando en los municipios afectados por la DANA no sólo pueden, sino que están legalmente obligados a ejercer funciones policiales


Policía Local ayudando a un municipio afectado por la DANA
hace 38 mins
Un poco de todo
Redacción SeguCITY
Ante la comunicación emitida por la Secretaría de Estado de Seguridad, restringiendo la actuación profesional de los policías locales que están aportando su ayuda en los territorios afectados por la DANA en la Comunidad Valenciana, Unijepol ha considerado oportuno realizar el presente comunicado:
1º)     Según las estimaciones realizadas por nuestra asociación, desde el momento en que ocurrió la catástrofe hasta hoy, un número muy cercano a los 1.500 componentes de las Policías Locales de toda España han colaborado y están colaborando con las Policías Locales de los municipios afectados por la DANA, desarrollando todo tipo de funciones: desde las policiales propias de su cargo, hasta tareas de colaboración en rescates, limpieza de vías, edificios y otros lugares públicos, viviendas, etc.

2º)     La labor desarrollada por los policías locales ha recibido el reconocimiento y agradecimiento de la población, así como de los municipios afectados y el resto de las instituciones. No nos consta que haya existido ningún problema ni queja al respecto.

3º)     La parte de la comunicación realizada por la Secretaría de Estado de Seguridad que hemos conocido, afirma “que los policías locales sólo tienen competencias de seguridad ciudadana dentro de sus municipios de origen” y que, en consecuencia, “es imprescindible que se limiten a colaborar en labores de apoyo a los trabajos de recuperación de servicios y de asistencia a la población”. Sin embargo, el texto de la Secretaría de Estado de Seguridad no recoge realmente lo establecido por el ordenamiento jurídico, ya que el artículo 51.3 de la Ley 2/1986, Orgánica de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, establece que “(Los Cuerpos de Policía Local)… sólo podrán actuar en el ámbito territorial del municipio respectivo, salvo en situaciones de emergencia y previo requerimiento de las autoridades competentes”.

4º)     Dado que en la Comunidad Valenciana se ha declarado la situación legal de Emergencia, la Secretaría de Estado de Seguridad podría establecer algún tipo de procedimiento formal a seguir, pero es totalmente inexacto afirmar que los policías locales “sólo tienen competencias en seguridad ciudadana en sus respectivos municipios”; porque, una vez declarada la situación de emergencia y realizado el requerimiento por las autoridades competentes (en este caso los alcaldes y alcaldesas afectados), no sólo es que puedan ejercer las funciones policiales que les asigna el ordenamiento jurídico, sino están obligadas legalmente a ejercerlas, porque de no hacerlo podrían incurrir en una dejación de funciones y deberían asumir posibles responsabilidades administrativas y penales.

5º)     En opinión de Unijepol, lo que ahora está ocurriendo es responsabilidad de las diferentes fuerzas políticas que han ejercido el Gobierno de España desde el año 1986, año en que se promulgó la Ley Orgánica de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, ya que a pesar de los 38 años transcurridos no han considerado la oportunidad de impulsar las normas necesarias para desarrollar y concretar los preceptos establecidos por dicha Ley Orgánica y, concretamente, el del artículo 51.3 a que hemos hecho referencia.

6º)     Para nuestra asociación, la comunicación realizada por la Secretaría de Estado de Seguridad, cuando menos, es innecesaria y totalmente desafortunada, y sólo contribuye a desmovilizar la solidaridad de las Policías Locales, a generar confusión y en absoluto ayuda a mejorar los procedimientos de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en situaciones de emergencia como la que todavía estamos sufriendo.

En este sentido, en los próximos días Unijepol se dirigirá tanto a la Secretaría de Estado de Seguridad, como a la FEMP, con el objetivo de acelerar la promulgación de algunas normas que consideramos deberían aprobarse con carácter urgente, con el fin de prevenir este tipo de problemas en el futuro.









La Secretaría de Estado de Seguridad recuerda que «los policías locales sólo tienen competencias de seguridad ciudadana en sus municipios»

« Última modificación: 09 de Noviembre de 2024, 10:38:03 am por 47ronin »

Desconectado Vikingo83

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Re: Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #1443 en: 09 de Noviembre de 2024, 10:42:11 am »
Así, la Secretaría de Estado remarca que el criterio de Interior «es prestar ayuda en auxilio a los afectados y restauración de servicios (como hacen la mayoría de los efectivos de Policía Nacional y Guardia Civil en la zona», ya que las labores de seguridad ciudadana y policía judicial están cubiertas».

https://segucitydigital.com/un-poco-de-todo/la-secretaria-de-estado-de-seguridad-recuerda-a-la-generalitat-valenciana-que-los-policias-locales-solo-tienen-competencias-de-seguridad-ciudadana-en-sus-municipios/


Unijepol: los policías locales que están ayudando en los municipios afectados por la DANA no sólo pueden, sino que están legalmente obligados a ejercer funciones policiales


Policía Local ayudando a un municipio afectado por la DANA
hace 38 mins
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Redacción SeguCITY
Ante la comunicación emitida por la Secretaría de Estado de Seguridad, restringiendo la actuación profesional de los policías locales que están aportando su ayuda en los territorios afectados por la DANA en la Comunidad Valenciana, Unijepol ha considerado oportuno realizar el presente comunicado:
1º)     Según las estimaciones realizadas por nuestra asociación, desde el momento en que ocurrió la catástrofe hasta hoy, un número muy cercano a los 1.500 componentes de las Policías Locales de toda España han colaborado y están colaborando con las Policías Locales de los municipios afectados por la DANA, desarrollando todo tipo de funciones: desde las policiales propias de su cargo, hasta tareas de colaboración en rescates, limpieza de vías, edificios y otros lugares públicos, viviendas, etc.

2º)     La labor desarrollada por los policías locales ha recibido el reconocimiento y agradecimiento de la población, así como de los municipios afectados y el resto de las instituciones. No nos consta que haya existido ningún problema ni queja al respecto.

3º)     La parte de la comunicación realizada por la Secretaría de Estado de Seguridad que hemos conocido, afirma “que los policías locales sólo tienen competencias de seguridad ciudadana dentro de sus municipios de origen” y que, en consecuencia, “es imprescindible que se limiten a colaborar en labores de apoyo a los trabajos de recuperación de servicios y de asistencia a la población”. Sin embargo, el texto de la Secretaría de Estado de Seguridad no recoge realmente lo establecido por el ordenamiento jurídico, ya que el artículo 51.3 de la Ley 2/1986, Orgánica de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, establece que “(Los Cuerpos de Policía Local)… sólo podrán actuar en el ámbito territorial del municipio respectivo, salvo en situaciones de emergencia y previo requerimiento de las autoridades competentes”.

4º)     Dado que en la Comunidad Valenciana se ha declarado la situación legal de Emergencia, la Secretaría de Estado de Seguridad podría establecer algún tipo de procedimiento formal a seguir, pero es totalmente inexacto afirmar que los policías locales “sólo tienen competencias en seguridad ciudadana en sus respectivos municipios”; porque, una vez declarada la situación de emergencia y realizado el requerimiento por las autoridades competentes (en este caso los alcaldes y alcaldesas afectados), no sólo es que puedan ejercer las funciones policiales que les asigna el ordenamiento jurídico, sino están obligadas legalmente a ejercerlas, porque de no hacerlo podrían incurrir en una dejación de funciones y deberían asumir posibles responsabilidades administrativas y penales.

5º)     En opinión de Unijepol, lo que ahora está ocurriendo es responsabilidad de las diferentes fuerzas políticas que han ejercido el Gobierno de España desde el año 1986, año en que se promulgó la Ley Orgánica de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, ya que a pesar de los 38 años transcurridos no han considerado la oportunidad de impulsar las normas necesarias para desarrollar y concretar los preceptos establecidos por dicha Ley Orgánica y, concretamente, el del artículo 51.3 a que hemos hecho referencia.

6º)     Para nuestra asociación, la comunicación realizada por la Secretaría de Estado de Seguridad, cuando menos, es innecesaria y totalmente desafortunada, y sólo contribuye a desmovilizar la solidaridad de las Policías Locales, a generar confusión y en absoluto ayuda a mejorar los procedimientos de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en situaciones de emergencia como la que todavía estamos sufriendo.

En este sentido, en los próximos días Unijepol se dirigirá tanto a la Secretaría de Estado de Seguridad, como a la FEMP, con el objetivo de acelerar la promulgación de algunas normas que consideramos deberían aprobarse con carácter urgente, con el fin de prevenir este tipo de problemas en el futuro.









La Secretaría de Estado de Seguridad recuerda que «los policías locales sólo tienen competencias de seguridad ciudadana en sus municipios»

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Re: Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #1444 en: 09 de Noviembre de 2024, 10:47:04 am »
Me imagino que el que está detrás de ese escrito es el Director Gabinete de Coordinación y Estudios.

Citar
Primer incendio de Marlaska: guerra entre Policía y Guardia Civil por el comisario Lenin

Malestar en la Guardia Civil por el cese de un mando del cuerpo en un puesto clave de Interior para colocar en su lugar a un comisario de la Policía Nacional próximo al PSOE

https://www.elconfidencial.com/espana/2018-07-11/primer-incendio-marlaska-guerra-policia-guardia-civil-comisario-lenin_1590952/



'Lenin' se jubila de policía, pero Marlaska lo mantiene en un puesto clave en Interior

El comisario José Antonio Rodríguez cumple el jueves 65 años, la edad máxima para servir en el Cuerpo Nacional / El ministro lo considera un pilar fundamental en su equipo y continuará como director del Gabinete de Coordinación y Estudios

https://www.elindependiente.com/espana/2021/03/07/lenin-se-jubila-de-policia-pero-marlaska-lo-mantiene-en-un-puesto-clave-en-interior/

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Re: Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #1445 en: 11 de Noviembre de 2024, 08:51:42 am »


La Agrupación de Policía Local de CC.OO. emite un comunicado para contestar a la Secretaría de Estado de Seguridad


Logotipo de CC.OO.
hace 2 horas
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Redacción SeguCITY
En relación a la comunicación realizada por la Secretaría de Estado de Seguridad, en relación con las funciones a desarrollar por los policías locales desplazados para ayudar a los municipios afectados por la DANA, la Agrupación de Policía Local de CC.OO. ha hecho público el siguiente comunicado:
“Desde CC.OO., tenemos claro que las prioridades ante esta catástrofe son:

Atender a las personas y municipios afectados en todas sus necesidades y de forma eficaz, urgente e integral.
Evitar y prevenir males mayores.
Garantizar la seguridad laboral y jurídica de todas las policías que trabajen en la zona.
Colaborar entre todos los cuerpos y servicios públicos de seguridad y emergencia, dentro de la legalidad, pero superando cualquier limitación burocrática que retrase la atención y cuidado de la ciudadanía afectada.
Conocemos la rectificación que se ha hecho a fecha de 8 de noviembre de la comunicación de la Secretaría de Estado de Seguridad, estableciendo como desde CCOO exigimos, medidas proactivas para canalizar ágilmente la ayuda y colaboración del conjunto de policías de otros lugares que se desplazan”. “No obstante, CC.OO quiere remarcar lo siguiente:


1)       En situaciones de emergencia, la normativa vigente permite a las policías locales actuar en funciones de seguridad ciudadana, incluso fuera de sus respectivos términos municipales, con el fin de atender de forma inmediata y eficaz a las necesidades de seguridad pública de la población afectada.

2)       La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad otorga a las Policías Locales competencias en materia de seguridad ciudadana y, en ciertos casos, de policía judicial, no solo dentro de sus municipios sino también en circunstancias excepcionales que demandan su intervención a requerimiento de la autoridad competente”. “Así, las diferentes Policías Locales que se encuentran prestando servicio en los municipios afectados por la DANA lo hacen comisionados al amparo de la Resolución del Director de la AVSRE de fecha 2 de noviembre, que resuelve la coordinación de las actuaciones de los cuerpos de Policía Local de los diferentes municipios del territorio español que están COLABORANDO, junto con los cuerpos de policía local de la Comunidad Valenciana PARA LA RESTITUCIÓN DE LA NORMALIDAD.


3)       El comunicado de la Secretaría de Estado de Seguridad, al limitar su participación a labores de apoyo y excluirlas de las funciones de seguridad ciudadana y policía judicial, parece desconocer que el marco legal español no excluye a las Policías Locales de realizar estas funciones en emergencias fuera de su término municipal especialmente en una catástrofe natural de esta magnitud, su actuación en estas áreas está plenamente justificada y amparada por la normativa vigente. De hecho no solo no están exentos ,sino obligados a cumplirlas, de no hacerlo podrían incurrir en infracciones administrativas y/o penales”.

“La intervención de las policías locales desde el inicio de la crisis ha sido fundamental para evitar el deterioro del orden público y la seguridad ciudadana en los municipios afectados. Ante la falta de suficientes efectivos estatales en las primeras fases de la emergencia, la capacidad de las Policías Locales para asumir funciones en seguridad ciudadana ha sido decisiva. Limitar sus competencias en estas áreas contradice tanto el espíritu como la letra de la normativa vigente, que prevé su actuación más allá de su ámbito territorial en situaciones excepcionales como ésta. Las restricciones planteadas en el comunicado no solo son innecesarias, sino que también representan un obstáculo a la colaboración interinstitucional en un momento crítico para la seguridad de los ciudadanos.


Por último, remarcar que es un grave error que se pongan trabas por parte del Ministerio de Interior o cualquier otro organismo oficial, cuando existe un gran capital humano en las Policías Locales de toda España a la espera de ser avisados para ir a Valencia a realizar funciones de seguridad ciudadana y así combatir la delincuencia que se aprovecha de la desgracia, con lo que se podría conseguir de un modo más efectivo poder restablecer el orden y la convivencia ciudadana en un momento tan crítico”.

“El comportamiento de los compañeros y compañeras, de las Policías Locales, al igual que el de otros colectivos, y el de la ciudadanía en general está siendo ejemplar. Miles de personas se presentan todos los días voluntarios para acudir a la zona a ayudar. Pedimos a las autoridades competentes que dejen de entorpecer y coordinen de la forma más efectiva todos estos servicios, para que los miles de personas que lo han perdido todo y que están sufriendo tanto vuelvan cuanto antes a la “normalidad”.

Después, cuando la situación se normalice, será el momento de sentarse a estudiar qué medidas, cambios legislativos o nuevas directrices se pueden tomar para que estos “problemas competenciales” no se vuelvan a producir”.
 

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Re: Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #1446 en: 13 de Marzo de 2026, 12:03:53 pm »
Hoy se cumplen 40 años de esta ley...que segun quien la lea dice una cosa o todo lo contrario

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Re: Reforma de la Ley 2/86
« Respuesta #1447 en: 13 de Marzo de 2026, 13:41:26 pm »
Mucho ha cambiado España desde entonces. . . y las leyes se supone que se deben de adaptar a la realidad social de cada momento. . .

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