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El TSJM deniega a Interior la suspensión de las competencias exclusivas de las Bescam
CARLOS HIDALGO MADRID.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha denegado la petición, por parte de la Delegación de Gobierno, de una medida cautelar contra la resolución de la Comunidad de Madrid sobre las funciones que deben desempe?ar las Policías Locales vinculadas al programa de Seguridad del Gobierno regional, las conocidas como Bescam.
Concretamente, el punto de mayor fricción es aquel en el que la Comunidad establece que los agentes integrados en este proyecto -consistente, a grandes rasgos, en una dotación económica por parte del Ejecutivo de Esperanza Aguirre a los Ayuntamientos que así lo deseen para financiar material y personal- deben dedicarse sola y exclusivamente a la seguridad ciudadana.
El 27 de abril aparecía en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) la resolución de la por entonces llamada Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia e Interior en la que se establecían estas funciones. Su incumplimiento por parte de los alcaldes de los que dependiesen los agentes podría motivar, incluso, la retirada de la partida presupuestaria procedente de las arcas regionales.
Esta susceptibilidad de la Comunidad venía precedida por los indicios -en algunos casos, evidencias- de que algunos ayuntamientos estaban destinando agentes de las Bescam a regular el tráfico, por ejemplo, algo a lo que se niega el equipo de Esperanza Aguirre. El argumento de la Consejería es sencillo: las Bescam nacen, precisamente, por las carencias de personal policial para luchar contra la inseguridad ciudadana de la región, y no para controlar el tráfico.
El proyecto Bescam, desde antes de su puesta en funcionamiento hace tres a?os, no ha sido visto con buenos ojos por la Dirección del PSOE en Madrid. Eso sí, son numerosos los consistorios con alcaldes socialistas que se han adherido, de manera voluntaria, a este plan de seguridad. Incluso, luego, el ex portavoz del PSOE-PSM en la Asamblea, Rafael Simancas, llegó a pedir que se extrapolara a los peque?os municipios.
A raíz de la resolución del BOCM en la que se estipulaban sus competencias exclusivas, el secretario de Estado de Seguridad, Antonio Camacho, envió el pasado 15 de junio una carta a la Consejería de Interior, dirigida ahora por Francisco Granados. En la misiva, a la que ha tenido acceso ABC, Camacho asegura que ?el contenido de la norma contraviene la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que asigna a las Comunidades Autónomas únicamente competencias de coordinación sobre las Policías Locales?.
Marco competencial
Para Camacho, por tanto, la resolución de la Comunidad excede el marco competencial de los gobiernos autonómicos, por lo que anunciaba que, si el Gobierno de Madrid no daba un paso atrás, recurriría a los tribunales. Y así lo hizo Interior, a través de la Delegación del Gobierno.
Fue este organismo quien presentó, por un lado, un recurso contencioso-administrativo contra la resolución. Paralelamente, solicitaba a los juzgados, mientras se resuelve el recurso, una medida cautelar para la suspensión de la mencionada resolución.
Pues bien, el auto de 5 de septiembre de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM se ha pronunciado sobre esto último. Y lo ha hecho en contra de los deseos de Interior.
?Sus razones? Por un lado, porque lo que el abogado del Estado esgrime es que la resolución excede el ámbito de la competencia de la Comunidad de Madrid, y la Sala en custión no puede aceptar esta alegación ?porque decidir sobre esta cuestión sería resolver el fondo del recurso?, algo sobre lo que ya tocará pronunciarse en el futuro.
Lo mismo ocurre con el segundo argumento de la Delegación del Gobierno: el presente auto no puede pronunciarse sobre el hecho de que, según Interior, ?la resolución que se recurre no tiene el carácter de acto administrativo, sino de disposición general, careciendo el director de Seguridad de competencia para dictarla?.