Autor Tema: Armas de protección personal: kubotan, sprays...  (Leído 66290 veces)

Desconectado William

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #100 en: 22 de Octubre de 2007, 09:24:24 am »
A ver si cunde el ejmplo en las Policías locales.vsssssss
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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #101 en: 22 de Octubre de 2007, 11:32:46 am »

               COMBINO EL TEMA, YA QUE EXISTÍA UN POST SOBRE ESTA MATERIA.


   El taser es más rápido, más discreto, menos efectos secundarios y ningún riesgo para los agentes que lo aplican (el gas, según como, lo puede inhalar la patrulla, con el correspondiente perjuicio).

  No obstante, me alegro por la nueva normativa, así se va estandarizando otros complementos no letales.
« Última modificación: 22 de Octubre de 2007, 11:49:47 am por STREIKER »

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #102 en: 22 de Octubre de 2007, 13:06:22 pm »
ESPA?A
Interior facilita a la policía 'sprays' de gases tóxicos y no pone límites para su utilización22.10.07 - M .S.-P.

El Ministerio del Interior ha autorizado por escrito y por primera vez el uso en el Cuerpo Nacional de Policía (CNP) de 'sprays' de gases tóxicos, más conocidos como aerosoles antivioladores o de defensa. Desde ahora, podrán tener estas armas ?las unidades que lo precisen?. La policía reconoce que no hay un protocolo que determine cuáles son los límites y en qué situaciones utilizar estos botes. Documentos oficiales avisan de que no habrá cursillo para los agentes a los que se les faciliten porque con leer las instrucciones del bote es suficiente.

La autorización llegó el 26 de septiembre. La División de Coordinación Económica y Técnica del CNP, en una respuesta al Sindicato Unificado de Policía (SUP), reconoció que ?el Cuerpo Nacional de Policía ha adquirido en ocasiones 'sprays' de gas con los que se ha dotado a determinadas unidades que lo precisaban?.

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #103 en: 22 de Octubre de 2007, 13:11:53 pm »
Os inserto el contenido de las normas de uso de nuestros extintos sprays:

Acciones policiales en que su uso puede estar justificado

En el ejercicio de sus funciones los Policías Municipales actuarán siempre con la máxima corrección en sus relaciones con los ciudadanos.

SOLAMENTE HARÁN USO DEL AEROSOL CUANDO, AGOTADOS TODOS LOS PROCEDIMIENTOS NORMALES DE PERSUASIÓN DE QUE PUEDA VALERSE, NO CONSIGAN REDUCIR AL INVIDIUO DE QUE CON SU ACTITUD VIOLENTA PUEDA PRODUCIR UN DA?O GRAVE A SU PROPIA PERSONA O LA DE TERCEROS.

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #104 en: 22 de Octubre de 2007, 15:58:02 pm »
SOLAMENTE HARÁN USO DEL AEROSOL CUANDO, AGOTADOS TODOS LOS PROCEDIMIENTOS NORMALES DE PERSUASIÓN DE QUE PUEDA VALERSE, NO CONSIGAN REDUCIR AL INVIDIUO DE QUE CON SU ACTITUD VIOLENTA PUEDA PRODUCIR UN DA?O GRAVE A SU PROPIA PERSONA O LA DE TERCEROS.
Pudiera servir de referente como pauta de actuación. Al menos, en PMM lo teníais de alguna manera regulado... :pen:
TO MENTIRA, TO POLÍTICA...

¿Mi nena? ¡bonica del tó!... :vergo

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #105 en: 22 de Octubre de 2007, 16:05:24 pm »
Si, vino en una tarjeta que nos entregaron a todos, en el anverso las formas de utilización, y en el reverso, los efectos que produce, como mitigar esos efectos y las acciones policiales sobre su uso justificado.


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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #106 en: 22 de Octubre de 2007, 16:10:34 pm »
Nosotros tenemos los sprays repartidos por los patrullas junto con su hojita de instrucciones de uso. En cuanto pueda os digo lo que pone. Ahora mismo no lo recuerdo, lo que no quiere decir que no me la halla leido  :mus; :mus;

franciscodeasis

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #107 en: 22 de Octubre de 2007, 16:12:56 pm »
Si, vino en una tarjeta que nos entregaron a todos, en el anverso las formas de utilización, y en el reverso, los efectos que produce, como mitigar esos efectos y las acciones policiales sobre su uso justificado.



Tú humor no lo entiendo ni yo, y mira que es dificil

Un saludo.

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #108 en: 22 de Octubre de 2007, 16:13:42 pm »
Nosotros tenemos los sprays repartidos por los patrullas junto con su hojita de instrucciones de uso. En cuanto pueda os digo lo que pone. Ahora mismo no lo recuerdo, lo que no quiere decir que no me la halla leido  :mus; :mus;

Es un nuevo verbo?  :cul
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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #109 en: 22 de Octubre de 2007, 16:17:10 pm »
Si, vino en una tarjeta que nos entregaron a todos, en el anverso las formas de utilización, y en el reverso, los efectos que produce, como mitigar esos efectos y las acciones policiales sobre su uso justificado.



Tú humor no lo entiendo ni yo, y mira que es dificil

Un saludo.

No hay humor en mis palabras, ni positivo ni negativo, la tarjeta existe y nos fue entregada a todos.

franciscodeasis

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #110 en: 23 de Octubre de 2007, 15:40:09 pm »
No la recuerdo, otros compa?eros me podrían confirmar si han recibido o no esa tarjeta.



Un saludo.

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #111 en: 23 de Octubre de 2007, 17:17:43 pm »
La guardo de recuerdo.  :paz

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #112 en: 24 de Octubre de 2007, 09:43:26 am »
Interior autoriza a los policías nacionales a usar 'spray' autodefensa

D. FERNÁNDEZ. 24.10.2007 - 05:57h

* Los sindicatos critican la medida.
* Creen que pueden ser muy peligrosos y no se especifica en qué situaciones deben utilizarse.

El Ministerio del Interior ha autorizado, por escrito y por primera vez, el uso de sprays autodefensa a los policías nacionales.

La autorización, fechada el 27 de septiembre, es bastante genérica, lo que ha generado las críticas de los sindicatos, ya que en ella no se especifica qué tipos de spray se pueden utilizar ni un protocolo que regule en qué situaciones se pueden usar.

Interior sólo explica que los sprays, homologados por el Ministerio de Sanidad, se están entregando a las "unidades que así lo precisen" y que su "uso no implica ninguna especialización, ya que sólo hay que tener presente las precauciones que figuran escritas en sus envases".

Al parecer, según fuentes consultadas por 20 minutos, los sprays están compuestos principalmente por capsaicina, un gas alcaloide obtenido de la guindilla y los chiles. Pueden provocar quemazón en los ojos, lacrimación, pérdida de visión, tos e irritación nasal. Sus efectos se suelen pasar a la media hora.

Los sindicatos, en contra

El sindicato SUP está en contra no sólo de la utilización de los sprays, sino también de las pistolas eléctricas. "Hay sprays que pueden provocar la muerte. Es mejor inmovilizar a una persona con una buena llave de judo. Las armas de autodefensa hay que utilizarlas con rigor y con prudencia", se?ala José Manuel Sánchez Fornet, su presidente.

"La instrucción de Interior no es la correcta. Hace falta que se homologue el tipo de spray que se puede usar, el menos nocivo, y establecer un marco jurídico y un protocolo para especificar en qué situaciones los agentes podrán usarlos", explica Ignacio López, secretario general del CEP. Los sindicatos trasladarán ma?ana estas peticiones a la Dirección de la Policía.

Los ertzainas compran el chaleco

Los sindicatos de la Ertzaintza (la Policía vasca) han denunciado a 20 minutos que los propios agentes tienen que acudir a las tiendas especializadas para comprarse los chalecos antibalas, ya que el Gobierno vasco no se los proporciona. "Es de risa que la dirección te facilite el uniforme y armas reglamentarias, pero no el chaleco, que tienes que adquirir por tu cuenta", explica el sindicato Erne.

"Yo lo tuve que comprar por Internet y tardaron dos meses en enviármelo. Estuve dos meses desprotegido", se?ala un ertzaina. Afortunadamente, el chaleco no sale del bolsillo de los agentes. Desde el a?o 2002, el Ejecutivo vasco financia su compra siempre que no cueste más de 710 euros.

salu2

 ;cosc;
Nunca te arrepientas de lo que hagas, sino de lo que no hiciste y deberías de haber hecho.

La justicia debe imperar de tal modo, que nadie deba esperar del favor de temer de la arbitrariedad.

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #113 en: 12 de Noviembre de 2007, 16:28:42 pm »
RELACIÓN DE SPRAYS HOMOLOGADOS:

En escrito n? 25721 de la intervención central de armas y explosivos de la Guardia Civil de fecha 9 de febrero de 2007 se actualiza la relación de sprays de defensa personal que están homologados y que pueden ser adquiridos en armerías por personas mayores de 18 a?os:


MARCA/EMPRESA/N? LICENCIA ARMERO/RENOVADO AUTORIZADO/VALIDEZ/N? REGISTRO

WEINEN 55

FALKEM S.A
05.256.687
17/7/2005
17/7/2010
DGSP-05-16-09-SDP

WEINEN 58 FALKEM S.A 05.256.687 17/7/2005 17/7/2010 DGSP-05-16-10-SDP

WEINEN 65 FALKEM S.A 05.256.687 17/7/2005 17/7/2010 DGSP-05-15-08-SDP

WEINEN 88 FALKEM S.A 05.256.687 22/5/2006 22/5/2011 DGSP-06-15-SDP

WEINEN 125 FALKEM S.A 05.256.687 22/5/2006 22/5/2011 DGSP-06-15-SDP

FITODEFENSA 75 A.S.A.C PHARMACEUYICAL INTERNACIONAL A.I.E
25.2008
07/6/2005
07/6/2010
DGSP-05-13-SDP

FITODEFENSA 50 A.S.A.C PHARMACEUYICAL INTERNACIONAL A.I.E
21.279.230
07/6/2004
07/6/2007
DGSP-04-14-SDP

SKRAM ANSTRON INTERNACIONAL S.A
16.787.528
11/7/2005
11/6/2010
DGSP-05-12-SDP

RASS 55 FALKEM S.A 05.256.687 09/8/2006 09/8/2011 DGSP-06-17-SDP

RASS 58
FALKEM S.A 05.256.687 09/8/2006 09/8/2011 DGSP-06-18-SDP

RASS 65 FALKEM S.A 05.256.687 09/8/2006 09/8/2011 DGSP-06-19-SDP

RASS 88 FALKEM S.A 05.256.687 09/8/2006 09/8/2011 DGSP-06-20-SDP

RASS 125 FALKEM S.A 05.256.687 09/8/2006 09/8/2011 DGSP-06-21-SDP

SABRE RED NIDEC S.L 86.361 23/1/2007 23/1/2012 DGSP-07-22-SDP

En relación con los sprays de defensa personal conviene recordar los siguientes puntos:

?Los sprays de defensa personal que cuenten con la aprobación del M? de Sanidad y Consumo y con la homologación de la Dirección General de Salud Pública pueden venderse a cualquier particular mayor de 18 a?os en armerías, por tanto es legal la compraventa, tenencia y uso de sprays HOMOLOGADOS en vía pública o en establecimientos públicos ? No cabe infracción administrativa, y NO SE PUEDEN INTERVENIR ? SON LEGALES.

?SI SE PODRÍAN INTERVENIR MEDIANTE ACTA COMO CUALQUIER OTRO ARMA LEGAL Y REGLAMENTADA EN FUNCIÓN DEL LUGAR Y DE LAS CIRCUNSTANCIAS, EN BASE A LOS SIGUIENTES ARTÍCULOS:

Art. 146 Rto de ARMAS:

?Queda a criterio del las Autoridades y sus Agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento y circunstancias...?.  Deberá en general estimarse ilícito y se ha de proceder a su intervención en base al Art. 146 y 156 j) del Rto de Armas, en función del lugar y circunstancias el hecho de PORTAR, EXHIBIR o USAR armas:

- Los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, y en Vías Públicas por lo tanto idénticamente.
- Así como los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la propiedad por uso indebido de armas o sanción por infracción del Rto de Armas.
- QUEDA PROHIBIDO PORTAR, EXHIBIR Y USAR fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquéllas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5?, 6? y 7? (armas blancas, de fuego antiguas, de inyección anestésica, revólveres o pistolas detonadoras, etc.)

Artículo 147.2 ? Rto ARMAS:
?Queda prohibido portar, exhibir o usar las armas: c) Bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas.

Artículo 148 Rto Armas.

2. Dichos agentes podrán proceder a la ocupación temporal de las mismas, depositándolas en una Intervención de Armas de la Guardia Civil, incluso de las que se lleven con licencia, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito o garantizar la seguridad de las personas o de las cosas, pudiendo quedar depositadas en las correspondientes dependencias policiales por el tiempo imprescindible para la instrucción de las diligencias o atestados procedentes, dando cuenta inmediata a la Intervención de Armas de la Guardia Civil.
3. Los asistentes a reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones, portando cualquier clase de armas, serán denunciados a la autoridad judicial competente a los efectos prevenidos en el artículo correspondiente del Código Penal.

Art. 156 g) Rto Armas. INFRACCIONES GRAVES:
g) Portar armas de fuego o de cualquier otra clase en establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, salvo en los lugares habilitados para su uso?

?Los sprays homologados llevaran inscritos en el recipiente el n? de registro.
?Se considerará infracción administrativa toda forma de compraventa, tenencia y uso, salvo por funcionarios especialmente habilitados y de acuerdo con lo que dispongan sus normas reglamentarias, de ?sprays? de defensa personal que NO cuenten con la APROBACIÓN previa del Ministerio de Sanidad y Consumo  Por lo tanto los Funcionarios pueden estar habilitados para utilizar cualquiera de los sprays no homologados si así lo establecen las normas reglamentarias que rigen su cuerpo policial. Pero este tipo de sprays no será legal nunca para un particular y por tanto habrá que proceder a su intervención mediante acta y propuesta de sanción.

?A EFECTOS POLICIALES  No son armas para tener o utilizar a nivel particular (por el solo hecho de ser Policía), salvo los sprays de defensa personal homologados (Pero siempre a nivel particular y no cuando se está de servicio), ya que la DGP, no tiene establecido los sprays como arma de dotación reglamentaria, a pesar de que pueden ser utilizados por particulares.
?La compraventa, tenencia y uso de sprays de defensa NO HOMOLOGADOS es sancionada con arreglo a la L.O 1/92 (Acta de intervención y propuesta de sanción por Art. 23.a) L.O 1/92) tanto para mayores de 18 a?os como para menores de 18 a?os.
?La compraventa, tenencia o uso de sprays homologados por menores de 18 a?os también será objeto de sanción por la L.O 1/92 ? procediéndose a su intervención mediante acta y propuesta para sanción administrativa ? Art. 23. a) L.O 1/92.

?Las infracciones serán sancionadas con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/1992, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana; Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y en el Real Decreto 137/1993, por el que se aprueba el Reglamento de Armas y se graduarán de acuerdo con lo en ellas establecido.

?EL SPRAY NUNCA SERÁ DELITO DE TEN
ENCIA ILÍCITA DE ARMAS DEL Art 563 C.P en relación al Art 5.1 b) del Reglamento de Armas (STS 9/2/2001).
?LA ORDEN DE 3-Octubre-1994 del Ministerio de la Presidencia REGULAR el régimen aplicable a los ?sprays? de defensa personal? de venta permitida en armerías.

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #114 en: 26 de Noviembre de 2007, 20:46:02 pm »
Está permitido portar un spray antiviolación, homologado, siendo mayor de 18 a?os???

Gracias a todos...
:car;

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #115 en: 26 de Noviembre de 2007, 20:55:46 pm »


  Si,

  con la salvedad de que no te encuentres bajo los efectos del alcohol, drogas... etc.... mientras lo portas

    y que tampoco sea con intencion de ser "malo"..... entre otras muchas cosas.
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #116 en: 26 de Noviembre de 2007, 22:05:49 pm »
Pero no se llama espray antiviolador.
EN LOS PRÓXIMOS CUATRO A?OS ME PROPONGO SEGUIR AUMENTANDO LA PROSPERIDAD, LLEGAR AL PLENO EMPLEO.

Jose Luis Rodriguez Zapatero, mayo de 2007.

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #117 en: 26 de Noviembre de 2007, 22:22:47 pm »
Spray de pimienta.Vssssssssssss
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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #118 en: 26 de Noviembre de 2007, 22:30:56 pm »
Creo que de pimienta sólo hay uno homologado, los demas son de CS
EN LOS PRÓXIMOS CUATRO A?OS ME PROPONGO SEGUIR AUMENTANDO LA PROSPERIDAD, LLEGAR AL PLENO EMPLEO.

Jose Luis Rodriguez Zapatero, mayo de 2007.

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Re: Armas de protección personal: kubotan, sprays...
« Respuesta #119 en: 26 de Noviembre de 2007, 22:44:26 pm »
Está permitido portar un spray antiviolación, homologado, siendo mayor de 18 a?os???

Gracias a todos...
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Efectivamente pero su venta esta restringida a personas mayores de 18 a?os y tienen k estar homologados para uso civil.Si cumples el requisito solo tienes k elegir el k mas se ajuste a tus necesidades:Chorro balistico,espuma o niebla.Si necesitas saber m?s,mira en Nitspy y podras ampliar la informaci?n.Un saludo!!!
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