Las personas con DNI 'permanente' deberán renovarlo a partir de agosto de 2031
Se venía entregando a mayores de 70 años y personas con gran invalidez y la UE pretende la eliminación progresiva de estos documentos
Así lo ha trasladado el Gobierno en una respuesta al senador del PP José Antonio Monago, quien preguntó por el caso de un ciudadano al que se le impidió volar en avión al disponer de un 'DNI permanente'
17/10/2025 11:03
(Actualizado 17/10/2025 11:03)
SERVIMEDIA
Los ciudadanos que tienen el llamado 'DNI permanente', que se venía entregando a mayores de 70 años y personas con gran invalidez, tendrán que renovarlo antes del 3 de agosto de 2031, fecha límite establecida por la normativa europea para la eliminación progresiva de estos documentos.
Así lo ha trasladado el Gobierno en una respuesta por escrito al senador del PP José Antonio Monago, quien preguntó por el caso de un ciudadano al que se le impidió volar en avión al disponer de un 'DNI permanente'.
Este documento venía expidiéndose hasta ahora a personas mayores de 70 años o, excepcionalmente, a mayores de 30 años que acrediten una gran invalidez reconocida oficialmente. Este carné tenía la característica de no requerir renovaciones, a diferencia del estándar, lo que facilitaba la gestión administrativa para las personas mayores y aquellas con importantes dificultades de movilidad.
Sin embargo, el Gobierno ha indicado, en una contestación a la que ha tenido acceso Servimedia, que los españoles que tienen este documento permanente deberán renovarlo antes del 3 de agosto de 2031. La medida se debe a la entrada en vigor del Reglamento de la Unión Europea 2019/1157, que establece nuevos requisitos para los documentos de identidad.
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La normativa europea fija que los documentos de identidad expedidos que no cumplan los nuevos requisitos "dejarán de ser válidos a su expiración o a más tardar el 3 de agosto de 2031". Esta regulación afecta principalmente a los DNI expedidos entre 1990 y 2006 con validez permanente. El Ejecutivo precisó que los documentos de identidad con validez permanente se encuentran en vigor hasta el 3 de agosto de 2031, pudiendo los titulares renovarlo antes de forma voluntaria y sin cita previa en las Unidades de Documentación.
Con la nueva normativa, desaparece el término "permanente" en el campo validez de los documentos expedidos a personas mayores de 70 años. En su lugar, se consigna una fecha de caducidad para todas estas personas: el 01-01-9999, empleando el formato 'dd-mm-aaaa'.
El actual Real Decreto 255/2025, de 1 de abril, que regula el Documento Nacional de Identidad, establece una validez de "más de 10 años" para los DNI expedidos a personas mayores de 70 años, acorde con la normativa europea. Los ciudadanos pueden beneficiarse de las nuevas funcionalidades del DNI electrónico europeo, como la utilidad electrónica con certificados de firma y autenticación que facilitan la administración digital.