Autor Tema: Hojas de reclamaciones y derecho de admisión  (Leído 71874 veces)

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re:Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #362 en: 06 de Junio de 2019, 18:21:19 pm »


Multan con 3.000 euros a un cine de Badajoz por no permitir la entrada con comida y bebida de fuera



Se trata de una "limitación abusiva", ya que la "actividad principal del cine no es la venta de alimentos, sino la exhibición cinematográfica"
6 junio, 2019 17:15

 MULTAS ECONÓMICAS  CINE  ZAFRA  FACUA
Redacción | Agencias
El Instituto de Consumo de Extremadura ha impuesto a Multicines España, de Zafra (Badajoz), una sanción de 3.000 euros por infracción grave de la normativa de defensa del consumidor al no permitir la entrada con comida y bebida y tras ser denunciado por estos hechos por Facua.

En nota de prensa, Facua ha mostrado su satisfacción por haber logrado la primera multa que trasciende en los últimos años contra un cine por no permitir a los usuarios la entrada con comida y bebida del exterior para que así tengan que comprarla dentro el establecimiento.


De este modo, tras ser informado por un usuario, esta asociación denunció en mayo de 2018 a la propietaria de los multicines, Excisa (Exhibiciones Cinematográficas SA), y advirtió en su denuncia que se trataba de una "limitación abusiva" del derecho de admisión ya que la "actividad principal del establecimiento no es la venta de alimentos, sino la exhibición cinematográfica".

En una visita a los multiciones, Inspectores del Instituto de Consumo de Extremadura constataron la existencia de la cartelería aunque no fue posible acceder a las salas por lo que se trasladó a Excisa una copia del expediente requiriendo la presentación de alegaciones, una carta que fue devuelta "con la notificación de ausente, no retirado", según comunicó el organismo a Facua el año pasado en una primera respuesta a su denuncia.


En ella también le informó de que procedía a trasladar las actuaciones a la Asesoría Jurídica del Instituto de Consumo para que valorase si existía infracción en materia de consumo y procedía la apertura de expediente sancionador.

Ahora, el organismo extremeño de protección al consumidor ha notificado a Facua que ha declarado la terminación del procedimiento sancionador incoado a Excisa (Multicines España) "con la imposición de una sanción de 3.000,07 euros por la comisión de una infracción calificada como grave".

Decenas de cines denunciados por Facua
En esta línea, Facua ha informado de que en los últimos años ha denunciado a decenas de empresas de exhibición cinematográfica de toda España por impedir a los usuarios que accedan a sus cines con comida y bebida traída de sus casas o adquirida en otros establecimientos para "inflar sus beneficios provocando que se adquiera a los altísimos precios que imponen en sus propios ambigús".

La asociación ha lamentado de esta forma la "pasividad" de la "gran mayoría de administraciones autonómicas", ya que hasta la fecha el Instituto de Consumo de Extremadura es la única autoridad de protección al consumidor que le ha notificado la apertura y posterior resolución de un expediente sancionador.


Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re:Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #363 en: 27 de Diciembre de 2019, 06:45:30 am »

nueva polémica en Andalucía
Por qué puedes llevar comida al cine aunque haya un cartel que diga lo contrario
La Delegación de Gobierno de Cádiz ha intervenido los carteles de los cines Yelmo en la provincia donde se anuncia la prohibición de entrar con comida a las salas


Foto: Carteles en los cines Yelmo donde indican la prohibición de entrar con comida del exterior

AutorCultura

26/12/2019 14:29 - Actualizado: 26/12/2019 14:32

Siempre ha sido un clásico: llenarse el bolso y los bolsillos del abrigo con bolsas de gominolas, 'snacks' y refrescos para tratar de pasar inadvertido a la entrada del cine y evitar los abusivos precios de las palomitas. Todo escondido, alentados por los numerosos carteles que a la entrada de las salas indican expresamente que está prohibido entrar con comida del exterior. La cadena de cines Cinesa llegó a colgar un cartel en el que se podía leer: "Si cuando vas a cenar no te llevas el vino de casa, ¿por qué cuando vas al cine te traes las palomitas?". Lo cierto es que la organización FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado en multitud de ocasiones a los establecimientos cinematográficos que impiden la entrada con alimentos comprados en otros lugares o traídos directamente de casa, y hace algo más de un año un usuario de Twitter relataba su experiencia personal que, de no dejarle entrar con un menú de una hamburguesería, acabó en una multa para el cine de 6.000 euros.

Tanto es así que la organización de consumidores insistía en que la actividad principal de los cines "no es la venta de productos, sino la exhibición cinematográfica" y que "la medida de no permitir alimentos solo tiene sentido en el caso de un bar o en un restaurante", cuya actividad principal sí es la de vender alimentos. Ahora, y tras una nueva serie de denuncias presentadas por FACUA, la Delegación del Gobierno autonómico de Cádiz ha llevado a cabo medidas para paralizar esta práctica y ha advertido de la "ilegalidad" que supone prohibir la entrada en estos casos. "Se ha intervenido en aquellos cines que han vulnerado la normativa de admisión y en algunso casos se ha procedido a decomisar e intervenir los carteles que anunciaban dicha condición específica de admisión", explica el jefe del Servicio de Juegos y Espectáculos Públicos en la provincia gaditana, Juan Cabañas Rojas, según reza un comunicado de FACUA.

Desde la Delegación de Gobierno se advierte de que "son ilegales todas las condiciones específicas de admisión no autorizadas previamente por el Ayuntamiento; es decir, ninguna empresa puede unilateralmente anunciar una condición específica de admisión sin haberla sometido a los medios de intervención municipal que correspondan". En el escrito queda patente que "existe una normativa específica y completa en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas que resuelve perfectamente la cuestión objeto de reclamación por FACUA, referida a los productos del exterior en los cines". "Su regulación se recoge en el artículo 7 del reglamento de Admisión de personas en los establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por Decreto 10/2003, de 28 de enero (modificado por Decreto 211/2018), que dispone como condición de admisión que los titulares de establecimientos de hostelería y ocio y esparcimiento pueden solicitar al Ayuntamiento respectivo la autorización (o DER) de la condición específica de admisión de impedir el acceso de personas que porten comidas y bebidas para ser consumidas en el interior de dichos establecimientos".

Sin embargo, la institución de Gobierno en Cádiz subraya que "los cines no pueden acogerse a dicha condición de admisión, toda vez que no son establecimientos de hostelería o de ocio y espercimiento, conforme a la clasificación del Decreto 155/2018 (...). El hecho de que en su interior tengan como servicio complementario la hostelería no cambia su consideración jurídica determinada por su licencia de apertura". Hace algo más de cinco años, la cadena de cines Yelmo, duramente criticada por esta política, aseguraba desde su cuenta oficial de Twitter que "lo de no meter comida en los cines es una recomendación, no una prohibición".

¿Pero pueden prohibirlo?

Definitivamente, sí, aunque solo en determinados casos. Según reza el mismo escrito, "cuestión distinta sería que de conformidad con el artículo 10 del Decreto 155/2018, se hubiesen autorizado por el Ayuntamiento en su licencia de apertura (o DER) distintas actividades (hostelería y cine), pero siempre que dispusiesen de espacios de uso y accesos diferenciados, en cuyo caso sí se podría instar al Ayuntamiento la autorización de una condición específica de admisión respecto a la entrada de productos del exterior pero referida exclusivamente a la zona de hostelería, nunca a la sala de cine".

"Por tanto, no se puede impedir la entrada en una sala de cine con productos del exterior, salvo que dicha sala haya sometido a los medios de intervención municipal la condición específica de admisión de 'prohibido el consumo de bebidas y comidas en el interior', en cuyo caso dicha sala tampoco podría vender para ser consumido en el interior. Se excluye de todo lo expuesto productos que afecten claramente a la higiene del establecimiento". Esto mismo explicaba Rubén Sánchez, portavoz de FACUA, a El Confidencial hace algo más de un año: solo se puede entrar a un cine con comida de fuera si en el propio cine se vende comida. Si se trata de un cine en el que no se puede comprar picoteo tampoco se puede entrar con productos del exterior. "En este caso sería como un teatro, donde no se puede comer".

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re:Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #364 en: 05 de Enero de 2020, 07:39:44 am »


por desobediencia y resistencia
Detenido en Huesca tras negarse a dar la hoja de reclamaciones a unas clientas

Las mujeres llamaron a la Policía Local y el dueño del establecimiento se puso "muy agresivo".   
ACTUALIZADA 3/1/2020 A LAS 16:55

    María José Villanueva

El arresto lo llevó a cabo la Policía Local.Rafael Gobantes

Lo que empezó como una discusión entre el dueño de una empresa y unas clientas insatisfechas por el servicio acabó con un arresto. La Policía Local de Huesca detuvo el jueves a un hombre en su establecimiento comercial de la calle San Jorge, acusado de los delitos de desobediencia, resistencia y desorden público, después de que se pudiera violento cuando los agentes mediaban en una disputa por la hoja de reclamaciones.

Los hechos ocurrieron a las siete de la tarde en una tienda de la calle San Jorge de la capital oscense. Según informaron fuentes municipales, dos clientas acudieron a la empresa para realizar una reclamación porque les habían hecho un trabajo en su casa y no estaban conformes con el resultado del mismo. Las mujeres solicitaron la hoja de reclamaciones pero la persona que las atendió se negaba a dársela. Entonces solicitaron la presencia de la Policía Local.

Los agentes acudieron a la llamada para ver qué sucedía. Las mismas fuentes indicaron que el dueño se puso "muy agresivo" y también se negó, pese a las reiteradas peticiones de la Policía, a darles la hoja de reclamaciones. Esta negativa implica una sanción administrativa, por lo que procedieron a solicitarle que se identificara, una demanda que también fue rechazada.

En vista de ello, y ante la actitud mostrada, los agentes de la autoridad procedieron a su detención, como presunto autor de los delitos de desobediencia, resistencia grave y desórden público. Lo condujeron a la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, que se hizo cargo del detenido hasta su pase a disposición judicial.


Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re:Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #365 en: 27 de Febrero de 2020, 16:39:19 pm »
FNAC ALEGÓ QUE ERA UN ERROR


Arbitraje da la razón a los clientes que compraron un móvil de 699 euros por solo 124 por un error de FNAC


En poco tiempo se hicieron más de mil pedidos que cobraron al instante por los tradicionales sistemas de pago en internet
Hasta que la empresa se dio cuenta y comenzó a decir que devolvían el dinero, que se trataba "de un error".

JESÚS SORIA27/02/2020 - 14:51 h. CET

Era un chollo, como muchos que se encuentran en la red. Un móvil Huawei P30 Pro 6,47” 128GB Breathing Crystal por 124,90 euros para los socios de FNAC y 139,90 para los no socios “más eventuales gastos de envío”. Se hacen en instantes 12.911 pedidos por un total de 18.432 unidades. Pero poco después, la empresa FNAC dice que cancela las peticiones “por error de precio”.



Las denuncias se multiplican y la empresa hace entonces alegaciones frente a estas reclamaciones de los afectados. Por ejemplo, como se dice en el laudo, alegan que “existió un error tipográfico, dado que el precio debía ser de 699,90 euros” y por eso devolvieron el importe abonado”. Y seguía: “La oferta no ha podido alterar el comportamiento económico del consumidor, dado que la diferencia entre el precio erróneo y el de mercado es tan desproporcionada que cualquier consumidor medio podría haber entendido que se trataba de un error manifiesto”. Y califica dicho error de “esencial, relevante y excusable”. Pero alega mucho más en su defensa y atacando a los clientes: “La red aporta suficiente información para que cualquier consumidor medio aprecie la línea divisoria entre “ganga” y “error” en un precio de mercado”. Incluso llega a decir en sus alegaciones que los reclamantes “cometen un abuso de derecho en su petición, con falta de buena fe contractual, en particular cuando intentan adquirir múltiples productos idénticos”.

 Pero la Junta Arbitral dice, en defensa de los usuarios, que “en el caso de contratos electrónicos hay consentimiento desde que se manifiesta la aceptación (Artículo 1262 del Código Civil) y al realizar el pedido se manifestó su aceptación de la oferta”. Y se dice también que “el error invalidante del contrato no imputable a quien lo sufre. Como dice - y así se alega - la Sentencia del Tribunal Supremo 603/2016, “el error invalidante del contrato ha de ser, además de esencial, excusable, esto es, no imputable a quien lo sufre” .

Incluso se alega que la propia Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios prohíbe que, mediante condiciones no negociadas individualmente, “se repercuta sobre el consumidor las consecuencias económicas de los errores administrativos o de gestión que no les sean imputables”, además de considerar el tribunal que “no ha quedado suficientemente demostrado la existencia de un error como causa invalidante del consentimiento”.

Sobre el argumento de mala fe por parte de los usuarios al comprar unidades por el mismo precio, no solo un móvil, “la ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo.En el comercio electrónico es habitual la existencia de rebajas drásticas y “gangas”, como estímulos comerciales a la contratación de los más diversos productos y servicios y la pretensión de adquirir varios productos idénticos no puede ser atendida, al considerarse que tal práctica puede hacer dudar de la propia condición de consumidor”.

Después de todo estos argumentos desmontando la defensa de la empresa frente a los usuarios, el laudo es categórico: les tienen que dar el teléfono objetivo del contrato electrónico “al precio ofertado el 27 de octubre o, en caso de no existir 'stock', entregarles otro de similares o superiores características sin que suponga un aumento del precio que debe abonar el reclamante”. Unicamente debe entregarse un teléfono por pedido.

Se puede interponer recurso en el Tribunal de Justicia.

El Ministerio de Consumo de Alberto Garzón está siguiendo muy de cerca la resolución de este caso. Los afectados que no hayan presentado reclamación hasta ahora deben hacer una primera denuncia en confianzaonline.es , posteriormente deberán tramitarlo a través de juntas arbitrales, OMIC o asociaciones de consumidores.

Desconectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 50997
  • Verbum Víncet.
Re:Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #366 en: 27 de Febrero de 2020, 18:13:08 pm »
Menudo zaska!!!

Enviado desde mi Mi A2 Lite mediante Tapatalk


"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re:Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #367 en: 27 de Febrero de 2020, 18:35:55 pm »
Menudo zaska!!!

Enviado desde mi Mi A2 Lite mediante Tapatalk


 Sentencia del Tribunal Supremo 603/2016, “el error invalidante del contrato ha de ser, además de esencial, excusable, esto es, no imputable a quien lo sufre” .

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re:Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #368 en: 22 de Abril de 2020, 12:31:38 pm »
https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=10222355346143287&id=1556386705&__tn__=%2As%2As

   
Daniel Casado no recomienda Laboratorio Eurofins Megalab.

Esta es la verdadera cara de lo que significa la falta de moral de ciertas empresas que utilizan sus medios en estos tiempos de pánico, miedo e incertidumbre ante la muerte para lucrarse a costa de los que no nos ha quedado más remedio que recurrir a lo privado para saber que nos estaba pasando. Había solicitado el domingo via whatsapp consejo sobre que prueba analítica debía hacerme ante la evidencia de que desde el día 14 de marzo tenía covid 19. Se me informó del precio de las dos pruebas posibles, serología (40 euros) y pcr (140 €). Se me citó el martes 14 a las 10.00 de la mañana para la serología. Después de más de 90 minutos esperando en la calle lloviendo con un montón de personas con síntomas evidentes de la enfermedad (solo necesitaba ver los míos propios), unos con mascaras, otros con bufandas, sin guantes, y todos pasando por el mismo lugar observando a duras penas las distancias, llegó el momento de la prueba. Entramos un grupo de unas 10 personas. Nos fueron situando en distintos lugares del primer pìso donde se efectúan las pruebas. Nos pidieron que sacásemos el DNI y el medio de pago. Había dos personas cobrando y haciendo el papeleo burocrático. A la persona a la que atendían delante de mi le dijeron que tenían ordenes desde esa misma mañana de incrementar los precios en un 50%. ¡¡Un 50%!! La auxiliar no hacía más que repetir que ella entendía el enfado pero que no tenía la culpa y que había hojas de reclamaciones. Llegó mi turno. Tuve la suerte de poder disponer de ese 50% de más que me pedían incluso enseñandoles el whatsapp en el que se me daban los precios. La chica que venía detrás de mí no tuvo tanta y se marchó sin que le hicieran la prueba.

Una vez dentro de los cubículos donde se hacía la analítica observé con MIEDO que las medidas de precaución en un sitio que en ese momento era lo más parecido a una bomba de relojería bacteriológica eran NULAS. La ATS solo llevaba una mascarilla normal y una bata verde de papel y los guantes con los que me hizo la analítica eran los mismos con los que había atendido al paciente anterior . Latex blanco. No observe que se los desinfectara en ningún momento. Salí de allí con un ataque de ansiedad que me duró 4 días.

Cuando todo esto pase y ya que tengo las pruebas necesarias denunciaré ante quien haga falta el trato sufrido pero ante todo quiero que se sepa públicamente la falta de escrúpulos de la, o las personas que deciden sacar tajada y lucrarse ante una situación como la que estamos viviendo. Si la humanidad esta condenada a extinguirse es por culpa de gente así.
« Última modificación: 22 de Abril de 2020, 12:55:32 pm por 47ronin »

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re:Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #369 en: 22 de Abril de 2020, 12:55:16 pm »
Hoy me ha llegado una oferta de este laboratorio.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re:Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #370 en: 24 de Abril de 2020, 07:16:51 am »

Policías nacionales pagan de su bolsillo los test a un laboratorio privado por la escasez en Interior
Agentes de toda España inician los trámites por su cuenta mientras Marlaska reconoce que solo han hecho la prueba al 3% de los funcionarios.
24 abril, 2020 02:44

Brais Cedeira @BraisCedeira

Centenares de agentes de la Policía Nacional se han lanzado por su cuenta a hacerse el test del Covid-19. Ante la "escasez" de recursos que vienen denunciando desde hace semanas, muchos efectivos han contactado ya con un laboratorio privado en el que poder realizarse la prueba del coronavirus. Y lo están pagando de su propio bolsillo.

EL ESPAÑOL ha podido comprobar este extremo horas después de que el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, compareciese en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados. Allí reconoció que solo se han realizado el test de diagnóstico de coronavirus a 5.000 policías nacionales, guardias civiles y trabajadores del sistema de Instituciones Penitenciarias.

Es decir, en el mejor de los casos -que no se le haya repetido la prueba a nadie- se ha realizado el test a menos del 3 % de los funcionarios. Aseguró también que en los próximos días se ampliaría el número de pruebas hasta las 30.000 para garantizar la cobertura.

Se trata, para muchos, entre ellos los grupos de la oposición, de una cifra insuficiente en cuanto que en España hay en torno a 68.000 policías y cerca de 78.500 guardias civiles. Piden que se busquen los medios necesarios para difundir las pruebas de forma masiva.

Ante esta situación, en los últimos días distintas asociaciones de agentes se han puesto en contacto con el laboratorio privado Megalab, para consultar si efectivamente estaban realizando el test del COVID-19 a policías. Desde la empresa respondieron que al ser un colectivo de riesgo, que trabaja día tras día cara a cara con la ciudadanía, en la primera línea de batalla, les proveerían de lo necesario.

Megalab, uno de los mayores laboratorios de toda España, está suministrando a los policías que se lo solicitan dos tipos de pruebas diferentes: por un lado, pueden solicitar el llamado test rápido, que permite conocer si se tiene la enfermedad en ese momento. El precio de esta ágil prueba diagnóstica a la que están recurriendo algunos agentes asciende a los 20 euros.



La oferta del laboratorio para los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. E.E.

Los agentes están contactando también con laboratorios de distintos puntos de la geografía española para someterse por su cuenta a estas pruebas. Otro de ellos, según ha podido saber EL ESPAÑOL, es Anta Salud, ubicado en Madrid. Este tipo de método, sin embargo, posee una baja sensibilidad en comparación con la prueba PCR. Sin embargo también están resultando útiles a los sanitarios porque ayudan a realizar la prueba con rapidez a mucha gente. Logran liberar a los sanitarios una gran carga de trabajo.

"A raíz de que se lo hacen de forma oficial y el PCR les dio negativo, decidieron hacerse el serológico de anticuerpos por su cuenta, y ahí ya dieron positivo. La semana pasada llamé para hacerle el serológico a mi pareja y que estaban paralizados los que se hacen de forma privada", dice a EL ESPAÑOL uno de esos agentes que ha optado por hacerse el test por su cuenta en la Comunidad de Madrid. 

Los laboratorios están ofreciendo a los agentes un test serológico que analiza la presencia de anticuerpos en el organismo, y comprobar así si se ha pasado la enfermedad. El precio de este test es 45 euros. Para someterse a la prueba los agentes deberán llevar un documento en el que su médico de cabecera solicita la realización de la prueba.
Riesgo para los agentes

Las pruebas de detección del coronavirus que utilizan actualmente los laboratorios de los hospitales españoles se basan en una técnica llamada PCR, un método laborioso que requiere de equipos sofisticados, personal cualificado y hasta cuatro horas para obtener el resultado. Se empezaron a usar en las primeras semanas del estallido de la pandemia en el país.

La semana pasada, concretamente el 15 de abril, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) emitió un nuevo protocolo para la gestión de los casos de Covid-19 en la Policía Nacional. En él, apuntan fuentes policiales, se insistía en que, ante un contacto casual lo idóneo era realizar una vigilancia pasiva de síntomas y que "el agente se incorpore a su puesto de trabajo con total normalidad".

Para el Sindicato Unificado de la Policía (SUP) "este planteamiento pone en riesgo al afectado y a sus compañeros y se enfrenta al deber de las Administraciones y entidades públicas de velar por la protección de la salud de los funcionarios".

La cosa no queda ahí. La "mala planificación" hace que algunos agentes haya tenido que recoger los test y hacérselos ellos mismos sin ser profesionales en la materia para luego llevarlos a un laboratorio donde obtener los resultados finales.
De su propio bolsillo

La situación ha llegado a tal extremo que hay agentes que se están viendo obligados a buscarse la vida, e incluso algunos de ellos trabajar sin la absoluta certeza de que no están contagiados. Algunos han llegado a pagarse de su propio bolsillo, tras ser sometidos a una primera prueba, un segundo test con el fin de disponer de un
resultado concluyente.

Las asociaciones consideran importante también que los policías acogidos al régimen de la Seguridad Social puedan acceder también a estas pruebas, como ya está ocurriendo en Comunidades Autónomas como Navarra o el Principado de Asturias.

Con todo, los agentes se han puesto ya en contacto con el laboratorio para iniciar por su cuenta la gestión de los test. Con miles de compañeros confinados en sus casas y con centenares de ellos contagiados, dicen que no tienen otra opción.


Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re:Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #372 en: 19 de Enero de 2021, 16:14:06 pm »
: https://www.facebook.com/story.php?story_fbid=234320834799156&id=106592594238648&scmts=scwspsdd

 Incorporación de la figura "persona consumidora vulnerable" a la legislación estatal.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re:Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #373 en: 12 de Febrero de 2021, 17:35:50 pm »


Ha reclamado ante Consumo

La angustia de Tomasa: recibe una factura de agua de 12.000 euros por gastar seis millones de litros


Tomasa vive desesperada desde que recibió dos facturas de agua por valor de 12.000 euros. Se lo reclaman asegurando que ha consumido seis millones de litros en cuatro meses.
Una factura de 12.000 euros por consumir 6 millones de litros de agua
Una factura de 12.000 euros por consumir 6 millones de litros de agua | antena3.com


Twitter
Facebook
Whatsapp
Telegram
Mail
laSexta.com
Madrid
Publicado:
Viernes,
12 febrero, 2021
11:54
A Tomasa, una vecina de la localidad madrileña de Villanueva del Pardillo, se le ha quitado el sueño y vive muy preocupada. La culpa la tienen dos facturas de agua por valor de 12.000 euros.

La mujer, que vive sola, ha explicado entre lágrimas a Antena 3 que recibió una factura de agua de 9.000 euros y, posteriormente, otra de 3.000 euros. El Canal de Isabel II -empresa que gestiona el agua en la Comunidad de Madrid- señala que Tomasa ha consumido un total de seis millones de litros de agua en cuatro meses.


Un gasto inexplicable que no podría haber consumido ni aunque hubiese dejado todos los grifos de casa abiertos durante varios días seguidos. Otro ejemplo más gráfico: el consumo sería equivalente a llenar tres piscinas olímpicas. "Es un disparate, me he cargado todos los embalses de Madrid", asegura.

Tomasa ya ha presentado una reclamación ante Consumo y ante el Canal de Isabel II, que envió a un inspector para revisar el contador. Ahora vive con miedo a que le puedan cortar el suministro por haber devuelto las facturas.


Desde el Canal de Isabel II aseguran a laSexta que tras detectar "consumos elevados" se pusieron en contacto con la clienta para informarle de que "podría tener una fuga". "Le mandamos una carta y le llamamos por teléfono pero no respondió", apuntan.

La empresa asegura que tras comprobar el contador "funciona correctamente" y que "desde el 18 de diciembre el consumo de ese contrato se ha normalizado": "Por lo que todo parece indicar que tenía una fuga en sus instalaciones interiores".


"Se ha comprobado el contador en presencia de la clienta y funciona correctamente. Le hemos ofrecido llevar el contador a nuestro laboratorio para una última comprobación o al que ella disponga. Es decir, si el contador funcionase mal, no habría vuelto a registrar consumos normalizados", indican.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re:Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #374 en: 04 de Marzo de 2021, 06:33:59 am »

Baleares abre un expediente sancionador a Ryanair por cobrar el equipaje de mano

Cobrar por llevar el equipaje de mano en cabina "contraviene la normativa", según el director general de Consumo
 
Europa Press


Publicado 03/03/2021 17:34Actualizado 03/03/2021 17:34   

La Dirección General de Consumo del Govern balear ha abierto un expediente sancionador a la aerolínea Ryanair por cobrar el equipaje de mano a sus clientes para llevarlo en cabina.

Según ha explicado el director general de Consumo, Félix Alonso, a principios de febrero se abrió este expediente sancionador tras la denuncia de FACUA-Consumidores en Acción, ya que cobrar por llevar el equipaje de mano en cabina "contraviene la normativa, en este caso la Ley de Navegación Aérea en su artículo 97".

De acuerdo con Alonso, este expediente sancionador "casi con toda seguridad será con falta grave". "Nosotros sancionaremos tal como corresponda en su momento con las diferentes alegaciones y procesos administrativos", ha añadido.
Infracción administrativa grave

Desde FACUA-Consumidores en Acción también han apuntado que "este recargo económico podría constituir una infracción administrativa grave de la legislación autonómica de Consumo".

FACUA denunció esta práctica ante las autoridades de Consumo de todas las comunidades autónomas en noviembre de 2019 y ante la "pasividad" de instituciones como la Comisión Nacional de Mercados de la Competencia (CNMC), la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y la Agencia Española de Consumo y Seguridad Alimentaria (Aecosan). Según el organismo, la de Baleares es la única administración hasta ahora que ha respondido a la denuncia abriendo expediente a la compañía.

La asociación denunció a Ryanair al considerar "abusivo" que la aerolínea incluya un coste extra por el equipaje con el que hasta ahora el pasajero podía volar gratuitamente. Desde FACUA han indicado que la compañía cambió en 2018 su política de gratuidad de equipaje de mano y comenzó a aplicar un recargo económico. Ahora, los únicos pasajeros exentos de este pago son aquellos que hayan comprado sus billetes con la tarifa de embarque prioritario, según la asociación.

FACUA ha advertido de que se trata de "una práctica abusiva y que genera un grave perjuicio a los consumidores, vulnera sus derechos e incumple las condiciones básicas del contrato de transporte aéreo".

Tras el inicio de expediente, ahora corresponde a Ryanair presentar alegaciones antes de que la Dirección General de Consumo concluya el mismo.


Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re: Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #375 en: 29 de Julio de 2021, 17:29:56 pm »
CONCLUSIONES:


 1.  Los titulares de establecimientos y los organizadores de espectáculos públicos y actividades recreativas o personas en quien deleguen, podrán ejercer el derecho de admisión con la única finalidad de impedir el acceso de personas que se comporten de manera  violenta, puedan producir molestias al público o usuarios o puedan alterar el normal desarrollo del espectáculo o actividad. 

2.  Es obligatorio el exhibir en lugar visible a la entrada de los locales, establecimientos y recintos, las condiciones  para el ejercicio del derecho de admisión. 


3.  En cualquier caso, y no siendo obligatorio  el que conste en lugar visible a la entrada de los locales, se prohibe el acceso a los establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas de personas que porten prendas o símbolos que inciten a la violencia, el racismo y la xenofobia.

4.  El derecho de admisión no puede alcanzar a razones de estética, imagen, moda u otros similares que en ningún caso pudieran alterar el normal desarrollo de la actividad. Nunca podrá utilizarse el derecho para restringir el acceso de manera arbitraria, discriminatoria, situando al usuario en condiciones de inferioridad, indefensión o agravio comparativo.

5.  Las condiciones para el ejercicio del  derecho de admisión deben utilizarse como  eficaz instrumento para impedir la violencia y las alteraciones del normal desarrollo de espectáculos y actividades, pero nunca como  excusa para el ejercicio de la arbitrariedad  y la discriminación en unos locales que, por definición, están abiertos a todo el  público y no solo a las personas que el responsable decida admitir en cada momento.

 6.  En el supuesto de que se restringiera el acceso a establecimientos públicos de forma arbitraria o abusiva, o situando al usuario en condiciones de inferioridad, indefensión o agravio comparativo, la infracción se calificaría de “muy grave”, según se previene en el artículo 37.14 de la Ley 17/97 de 4 de julio, de espectáculos públicos y actividades recreativas, y en consecuencia la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores correspondería a los órganos competentes de la Comunidad de Madrid.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re: Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #376 en: 22 de Abril de 2022, 15:08:26 pm »
Quien sabe si en un futuro este asunto no sea otra forma de hacer caja...

https://twitter.com/Danieeeh/status/1516498718740070408?t=wbcjhGaC7Dk3oAtxEYke_Q&s=19

Desconectado Ragnar

  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 3981
Re: Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #377 en: 26 de Abril de 2022, 16:06:45 pm »
Hace años que es así en otros países europeos.

Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re: Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #378 en: 03 de Junio de 2022, 08:19:35 am »

Locura en la inauguración de la primera pop-up de Shein en Madrid: despliegue policial, hojas de reclamaciones e indignación


BELÉN PICORNELL
@BelenPicornell
Madrid
Actualizado Jueves, 2 junio 2022 - 20:35
Colas de espera desde las 10 de la mañana, desorganización y hasta intervención policial durante el primer día de la apertura efímera de la marca china

La cola de entrada a la tienda efímera de Shein.
La cola de entrada a la tienda efímera de Shein.
BELÉN PICORNELL
Planes Así es la pop-up de Shein, la marca que hace temblar a Zara
Desde las 10 de la mañana decenas de personas se han agolpado en el número tres de la calle Sandoval, la ubicación de Shein, la nueva pop up de la marca china. A las 19.00, la ilusión se ha convertido en indignación: "No puede ser, llevo aquí todo el día esperando", dice María, en la puerta, esperando su hoja de reclamaciones, porque llevaba haciendo cola para entrar desde las 12 de la mañana. A lo largo del día, la fila de espera ha terminado dando la vuelta a la manzana.

Como María está el resto. Varias personas, apostadas a la izquierda de este establecimiento, piensan que se trata de una broma de mal gusto. "No tiene sentido, no me ha pasado nunca, parece una cámara oculta", asegura Ana. Mientras, en el otro lado de la puerta esperaban otras decenas de personas con un papel en la mano.

"Es una hoja arrancada de libreta con un sello mal puesto que repartían esta mañana para entrar", asegura Elena, que también dice que "no sirve de nada". Es su caso. Elena ha acudido a la cola a las 10 de la mañana, le han repartido "el ticket con el sello" y a las 14 se ha marchado a comer. Cuando ha vuelto, el ticket ya no servía: "Me han dicho que ya daba igual, porque me había ido".

Por eso solicitan la hoja reclamaciones, a la que tienen derecho todos los consumidores. En su caso, el motivo es "la desorganización, la espera, que no hayan previsto este desastre", aseguran. La firma asiática low cost es una gigante en la red, pero en la realidad "es un caos", se oye cuando hablan entre ellas.


Mientras, uno de los empleados explica a un grupo que quiere unirse a la fila que ya no va a poder entrar hasta mañana a las 10 de la mañana.

La huella que deja Shein en la calle Sandoval parece que podrá tener consecuencias jurídicas. En la entrada, donde se ha necesitado la intervención de la Policía Municipal, se escuchaba que la marca va a recibir tres denuncias: por el volumen de la música, por desobediencia y porque el establecimiento no tiene licencia. Por su parte, el personal de comunicación de Shein expresa que "no puede hacer ningún tipo de declaraciones" a los medios de comunicación.


Conectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222546
Re: Hojas de reclamaciones y derecho de admisión
« Respuesta #379 en: 15 de Diciembre de 2022, 19:34:33 pm »

El pleito del pan: condenan a un restaurante a devolver los 7 euros que cobró por el pan a un cliente


En la carta no aparecía que se cobraba por el pan
La juez rectifica la exigencia de la fianza de 5 millones al Ayuntamiento de Sevilla


J. G.
15 Diciembre, 2022 - 11:15h


El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Valladolid ha condenado a un restaurante de Almería por cobrar el pan a un socio de Facua Castilla y León sin que su precio apareciese en la carta. En la sentencia, establece que el establecimiento, El Homenaje Bar & Grill, debe devolver al demandante los 7 euros que le cobró más los intereses legales desde la fecha en que interpuso la demanda.


Se de la circunstancia de que uno de los afectados es abogado del equipo jurídico de Facua Castilla y León, Pablo Gerbolés. Junto a seis amigos, acudió a comer en agosto de 2021 a El Homenaje Bar & Grill, propiedad de la empresa Restauración Gavilán Ruiz, ubicado en la plaza Vicaria Andrés Pérez Molina de la capital almeriense.

Al pedir la cuenta, los comensales se percatarpon de que aparecían 7 euros (un euro por comensal) en concepto de pan, un producto que ellos no habían pedido y que tampoco consumieron.

Además, en la carta online que consultaron a través de un código QR no aparecía por ningún sitio que se cobrase un euro por ración de pan a cada cliente. Es más, a día de hoy todavía no está reflejado en la carta de este establecimiento almeriense que se tenga que pagar por el pan.

Pablo y el resto de comensales pagaron por la comida 236,20 euros, incluidos estos 7 euros. A su vuelta a Valladolid, inició los trámites de reclamación contra el restaurante a través de Facua Castilla y León.

En septiembre, la asociación envió a El Homenaje Bar & Grill un escrito donde requería la devolución del dinero cobrado por el pan, ya que además de no aparecer en la carta, ni lo habían pedido ni lo habían consumido.

La factura donde figura el cobro de los 7 euros por el pan.La factura donde figura el cobro de los 7 euros por el pan.
La factura donde figura el cobro de los 7 euros por el pan. / FACUA

En el artículo 60.2 de La Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios establece que el empresario se verá obligado a informar del "precio final completo, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación, de los gastos que se repercutan al consumidor y usuario, y de los gastos adicionales por servicios accesorios".

El restaurante no atiende a la reclamación
Este establecimiento almeriense no atendió a la reclamación de Facua Castilla y León. Pasó prácticamente un año hasta que Pablo decidió acudir a los tribunales y presentar una demanda, a finales de septiembre de 2022.

Para este tipo de demandas judiciales en las que se reclama una pequeña cuantía -inferior a 2.000 euros- no es obligatorio que el afectado contrate abogado ni procurador.

El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Valladolid admitió la demanda de Pablo contra el establecimiento de Almería, declarando el 28 de noviembre la "situación procesal de rebeldía" de El Homenaje Bar & Grill tras no haber comparecido ni contestado al requerimiento en el plazo de 10 días que le había dado el juez.


El Homenaje Bar & Grill remitió el pasado 2 de diciembre un escrito en el que pedía allanarse a la demanda. En su fallo, el juez Fernando Martín Verona ha condenado al establecimiento a reembolsar a Pablo los 7 euros que se les cobraron por el pan, más los intereses legales.