Autor Tema: Grabaciones, fotografías y protección de datos  (Leído 257849 veces)

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1880 en: 02 de Agosto de 2020, 09:00:24 am »


El bombero que grabó sus compañeras al vestuario no será expulsado del cuerpo



El juez no considera que las imágenes sean de tipo sexual que las mujeres sólo salen "desnudas" y no "masturbándose"
Yasmin Córdoba Schwaneberg
07/31/2020 - 14:54  actualizado 01/08/2020 - 20:26
 
TEMA: JUDICIAL
El juez impone una pena mínima de 4 meses de prisión por un delito contra la intimidad al bombero de Barcelona que en 2015 ocultó una cámara en el vestuario femenino del parque de San Andrés y grabó durante meses tres compañeras suyas.

El juzgado de lo penal número 19 de Barcelona ha decidido que podrá seguir ejerciendo de bombero y que mantendrá la plaza de funcionario público . 


indemnización rechazada

El acusado se enfrentaba a seis años de prisión y de inhabilitación, dos años para cada uno de los tres delitos de descubrimiento y revelación de secretos. La Fiscalía también pedía una indemnización de 3.000 euros a cada víctima por daños morales y un orden de distanciamiento de las víctimas durante 5 años. A la acusación particular de las tres perjudicadas se sumó el Ayuntamiento de Barcelona, donde el acusado tiene su plaza de bombero.

Las tres bomberas ya rechazaron la indemnización de 3.000 euros que aportó el acusado para conseguir rebajar la condena, porque reclamaban que el bombero no pudiera ejercer nunca más de bombero.

 



"Sentencia humillante e injusta"

Según recoge La Vanguardia , las bomberas afectadas se muestran indignadas porque "la sentencia es humillante e injusta" y cuestiona el mensaje que la justicia da a la sociedad con una sentencia de tan "poca entidad".

La sentencia explica cómo el bombero enganchó con velcro una cámara "en una zona poco visible" bajo una de las picas del lavabo y consiguió imágenes de las compañeras desnudas mientras se vestían y se duchaban . En las imágenes incluso se puede ver el acusado orientando la cámara.

Sin embargo, el juez no ve "relación entre el oficio de bombero y la comisión del delito" al considerar que cualquier persona autorizada a entrar en las dependencias, como un técnico de mantenimiento o personal de limpieza, podría haber cometido el mismo delito.

 

Atenuante de confesión y ningún vínculo sexual

El juez ha valorado que el acusado intentó "reparar el daño" al ofrecer la indemnización, que las afectadas no aceptaron, y que el bombero reconociera los hechos y se disculpara por mensaje de móvil con una de las víctimas.

Soy el puto cerdo hijo de puta de la cámara; antes que nada lo siento y me arrepiento al 100%. Podríamos quedar mañana para hablar? De verdad me sabe muy mal y asumiré que ruede mi cabeza después de hablar y explicarme. Nunca he hecho una estupidez tan grande y juro que nunca más volveré a hacer nada malo

 

Se ha aplicado la atenuante de confesión aunque el acusado negó los hechos ante sus superiores cuando se descubrió la cámara y se buscaba el culpable.

La sentencia, que suspende el bombero durante los 4 meses de condena, explica que no se puede agravar porque las imágenes "sólo retratan la desnudez" de las mujeres y no tienen "connotación sexual" . Sí lo sería, admite el juez, si aparecieran, por ejemplo, "masturbándose" o las grabaciones hubieran afectado "la vida sexual" de las perjudicadas.

 


Jurisprudencia de penas mínimas

Para aplicar la pena mínima, el juez se refuerza con otros casos, como el del Mosso d'Esquadra que también grabó durante meses sus compañeras en los vestuarios de la comisaría de Badalona. En este caso, las perjudicadas eran 17 mujeres y el acusado tampoco perdió la plaza según sentenció la magistrada del Tribunal Supremo, Carmen Lamela.

En este caso, las afectadas también se opusieron a que el policía continuara trabajando en otra comisaría.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1881 en: 05 de Agosto de 2020, 12:48:23 pm »
Le han rebajado la condena

Rebajan un día la pena al hombre que difundió la foto de la víctima de La Manada mientras la violaban: ahora podría evitar la cárcel


Fue condenado inicialmente a dos años y un día de cárcel.
 La Audiencia de Navarra ahora le ha reducido la condena en un día, por lo que podría eludir el ingreso en prisión.
 EN BREVE
Dos años de cárcel por difundir una foto de la víctima de 'La Manada' mientras era violada

Miércoles,
05 agosto, 2020
12:38
El hombre que fue condenado a dos años y un día de cárcel por difundir una fotografía de la víctima de 'La Manada' mientras estaba siendo violada podría eludir su ingreso en prisión. La Audiencia ha rebajado en un día su pena, con lo que podría librarse de ir a la cárcel.

Este hombre de Valladolid no solo publicó la imagen en Twitter, sino que además acusó a la víctima de la violación grupal de mentir y la insultó, llegando a referirse a ella como "una golfa borracha". El pasado mes de febrero, el Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona le condenó por estos hechos, por un delito de revelación de secretos y otro contra la integridad moral.

Sin embargo, el condenado recurrió la sentencia y ahora la Audiencia ha estimado parcialmente su recurso de apelación: le rebaja la pena de cárcel a dos años. Con esta reducción de la pena, podría evitar el ingreso en prisión, aunque quien tiene la última palabra es el Juzgado de lo Penal que le sentenció.

El fallo de la Audiencia, no obstante, confirma los delitos y recoge que el acusado publicó en diciembre de 2017 la imagen en su perfil de Twitter, que era público, "con ánimo de divulgar y difundir la imagen de la víctima".

Como consecuencia de esa publicación, que se compartió 16 veces, recibió 13 likes y generó 64 comentarios, la denunciante se vio "ridiculizada y avergonzada" y varias personas pudieron identificarla como la víctima de la violación grupal en los Sanfermines de 2016.

La Audiencia, que rechaza la absolución que pedía el condenado, sí le ha rebajado la multa que le impuso en un primer momento el Juzgado de lo Penal (de 12 euros de cuota diaria durante 13 meses) a 3.120 euros. Además, fija la indemnización en 6.000 euros.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1882 en: 05 de Agosto de 2020, 13:36:59 pm »
En este país siendo de derechas los tribunales son más dulces.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1883 en: 05 de Agosto de 2020, 15:25:20 pm »
En este país siendo de derechas los tribunales son más dulces.


¿Por qué dices que es de derechas?

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1884 en: 05 de Agosto de 2020, 15:26:26 pm »
En este país siendo de derechas los tribunales son más dulces.


¿Por qué dices que es de derechas?

No.lo.es...es un ultraderechista de Valladolid...el.mismo llega a decir "seré ultraderechista o lo.que quieran.."

Para mi el.califucstivo exacto seria el de "ser abyecto y repugnante".

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1885 en: 05 de Agosto de 2020, 15:32:38 pm »
Acabo de ver que también es socialista, ateo y republicano, entre otras cosas.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1886 en: 05 de Agosto de 2020, 15:34:34 pm »
En este país siendo de derechas los tribunales son más dulces.

Esa gilipollez que dices no hay por donde cogerla.

A la manada le metieron más años porque son españoles ¿no?

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1887 en: 06 de Agosto de 2020, 17:47:46 pm »
Acabo de ver que también es socialista, ateo y republicano, entre otras cosas.

Entre otras cosas...aspirante a?


https://twitter.com/SoniaVivasRive3/status/1291292941810622464?s=19

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1888 en: 12 de Agosto de 2020, 08:53:36 am »
El Ayuntamiento de Vinaros solicitó a la Delegación del Gobierno la autorización para incorporar cámaras en los uniformes de los agentes de la Policía Local y esta es la contestación.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1889 en: 12 de Agosto de 2020, 10:07:55 am »
En octubre ya se pronunció ante otra petición en el mismo sentido y dijo que nones.

https://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/castellon/2019/10/25/5db2aebbfdddffa3188b45c8.html

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1890 en: 16 de Agosto de 2020, 07:15:55 am »
Lo que se prohibe en Castellón....se autoriza en Pamplona, pero claro está que en esta última no interviene el todopoderoso Estado.

Imagen de la cámara colocada en el uniforme de un Policía Municipal de Pamplona. - A.P


Policía Municipal de Pamplona graba sus actuaciones desde este viernes con cámaras personales
Se cuenta con 26 cámaras, que se instalan en los uniformes
G.S.
Pamplona Actualizado:14/08/2020 17:11h

Desde este viernes, la Policía Municipal de Pamplona va a grabar sus actuaciones con unas pequeñas cámaras personales instaladas en los uniformes de los propios policías. Esta medida se pone en marcha en la actual situación de alerta sanitaria derivada de la Covid-19 en un momento de constantes cambios normativos que regulan comportamientos de la ciudadanía. Policía Municipal de Pamplona se suma así a otros cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado que también utilizan esta tecnología.

Policía Municipal cuenta con un total de 26 cámaras que, de forma experimental, se llevan utilizando desde primeros del mes de julio, en concreto, desde las fechas de los No Sanfermines. Las cámaras se pueden colocar en el pecho o en el abdomen del policía. Tienen un peso entre los 27 y los 100 gramos y una capacidad de almacenamiento entre 8 y 32 GB, lo que supone entre 4 horas y dos días y medio de imágenes, según la calidad a la que estas se graben.

La experiencia de otros cuerpos señala ventajas en su utilización como la mejora de la transparencia en las intervenciones policiales, ya que todo queda grabado, o la disminución en la tensión de la intervención, ya que el saber que se está grabando la situación, provoca muchas veces un calmado del momento. Además, se garantiza que las actuaciones resulten proporcionadas por parte de la policía y son evidencias ante la autoridad judicial si el asunto llega a los tribunales. Asimismo, esas grabaciones pueden ayudar a resolver investigaciones que se puedan llevar a cabo.

La Policía Municipal de Pamplona continúa a diario velando por la seguridad, la protección y la prevención de la ciudadanía de Pamplona. Junto a los habituales requerimientos en materia de tráfico, cumplimiento de ordenanzas o persecución de ilícitos penales, la Policía Municipal de Pamplona desarrolla labores derivadas de la crisis del coronavirus como el control de los establecimientos de hostelería (aforos, distancias, mascarilla, bebida en el exterior, horarios, venta de alcohol a menores…), el cumplimiento de la reciente normativa de prohibición del botellón (con 100 euros de sanción) o el control del cumplimiento general de la normativa (uso de mascarillas, distancia social, reuniones en grupo, normativa en el comercio o en el transporte…).



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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1891 en: 16 de Agosto de 2020, 14:58:26 pm »
Lo que se prohibe en Castellón....se autoriza en Pamplona, pero claro está que en esta última no interviene el todopoderoso Estado.

Pues no tengo muy claro que no intervenga en ese tema la DG, ya que, por ejemplo, allí sigue mandando en los temas de OP, entre otras cosas.




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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1892 en: 26 de Agosto de 2020, 06:32:30 am »

Las polémicas 6.100 cámaras que instalará Madrid en clase: ¿pueden negarse los profesores?
La Agencia Española de Protección de Datos legitima el uso de estas herramientas si lo que está en juego es el derecho fundamental a educación.
26 agosto, 2020 02:22

Nicolás Alba @NicolasAlbaG

“Se están comprando 70.000 dispositivos electrónicos y 6.100 cámaras para instalar en las aulas”. Así lo ha anunciado este martes Isabel Díaz Ayuso, presidenta del gobierno de la Comunidad de Madrid en la rueda de prensa ofrecida para explicar la vuelta al cole en este territorio. Se aplicará esta medida -junto a un nuevo paquete de preceptos- para que los alumnos de los centros públicos que den positivo en Covid-19 puedan seguir las clases desde casa en streaming. También, desde 3º de la ESO hasta 2º de Bachillerato los estudiantes tendrán régimen de semipresencialidad, por lo que estas cámaras pueden servir, además, para que sigan sus clases online.

Pese a ello, el Gobierno regional ha abierto un debate en el que hay voces discordantes: ¿Estas cámaras pueden atentar contra el derecho a la intimidad o a la protección de datos de los alumnos? De hecho, a este caldo de cultivo se añade que, salvo los profesores, por regla general, los estudiantes susceptibles a ser grabados son menores. De ahí que la abogada Noemí Brito, especialista en derecho digital y de protección de datos del despacho Ceca Magán, haya explicado a EL ESPAÑOL que “cuando el tratamiento de las imágenes está relacionado con fines educativos y académicos, la Agencia Española de Protección de Datos legitima el uso de estas herramientas si lo que está en juego es el derecho fundamental a educación”.

Pese a ello, la letrada puntualiza que eso no debe ser una “barra libre, ya que es una actividad intrusiva e invasiva” y que, jurídicamente, el gobierno de Díaz Ayuso tiene que desarrollar una normativa potente que “deje claro el fin educativo de la instalación de las cámaras; tiene que regular el tema de la conservación de las imágenes; o cómo se protegerán de los ataques digitales que pueda sufrir por parte de hackers”. De lo contrario, la aplicación de la medida podría volverse en contra de la Comunidad de Madrid.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y el consejero de Educación, Enrique Ossorio.

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y el consejero de Educación, Enrique Ossorio. Efe

Y es que la cuestión ya empieza a dejar preocupados a los padres. Elena Núñez, miembro del AMPA del CEIP Navas de Tolosa, situado en el madrileño distrito de Villavarde, comenta a este periódico que “la sensación que tenemos los padres es que Educación está improvisando todo. No siento que la Comunidad Madrid tenga en tan poco tiempo un sistema de seguridad contra los ataques digitales”. “No me gustaría que grabasen a mis hijas de cinco y seis años sin que las cámaras sean 100% seguras, ya que hay mucho pederasta en Internet experto en informática”, asevera esta madre.
El choque padres-normativa

“Con la nueva normativa sobre protección de datos, no se requeriría un consentimiento paterno si la Comunidad de Madrid logra argumentar bien que la grabación en streaming se hace para salvaguardar el derecho fundamental a la educación. Quedaría legitimado, pero a la hora de lanzar un proyecto se tiene que evaluar el riesgo y que se aplique con seguridad”, continúa la abogada Brito. Una circunstancia que a Elena no le hace gracia. “Me gustaría que el centro al que llevo a mis hijas me consultase, aunque no se exija. De hecho, creo que no le daría mi permiso”.

Y es que el problema, de fondo, es la confrontación de dos derechos fundamentales. De ahí el difícil encaje legal que tiene que solucionar el gobierno madrileño. Por un lado, el derecho a la educación, que puede verse vulnerado si el niño contagiado da clases de manera intermitente. Y, por otro, el derecho a la protección de datos y a la intimidad.
El alumnado en clase, en el IES Alameda de Osuna de Madrid.

El alumnado en clase, en el IES Alameda de Osuna de Madrid. EP

Una solución que plantea la abogada es que la cámara del aula sólo enfoque y grabe al docente y que, además, no tenga que ser de gran resolución. “No hace falta una cámara de última generación para que el estudiante pueda seguir la lección desde casa”, opina la especialista en derecho digital.
¿Y los profesores?

Los otros damnificados de las grabaciones son los profesores, quienes se muestran “preocupados”, según desvela José Luis Carretero, docente del Instituto Escuela Superior de Hostelería y Turismo. “Muchos compañeros ven peligrar su libertad de cátedra, porque, al sentirse grabados pueden sentirse fiscalizados”, explica el profesor de Formación Profesional. En este sentido, cabría esperar que algunos docentes no vean con buenos ojos que los graben en streaming y que se nieguen a ello.

Una problemática que ya ha previsto la Comunidad de Madrid y que la propia Díaz Ayuso ha solucionado este martes. “Nuestra propuesta, además, es que, si un alumno de primaria se ve obligado a confinarse en casa, el profesor pueda activar la cámara para que el alumno asista a clase desde su casa. Esto, por supuesto, se debe negociar con cada profesor”, decía la presidenta autonómica a los medios.
Una cámara de seguridad en un aula.

Una cámara de seguridad en un aula.

Pero José Luis recela. “Lo que no ha explicado es que si un profesor se niega a dar clase en directo a un alumno confinado, tiene que tener luego un contacto con el estudiante y mandarle otras actividades. Son horas de trabajo que nadie cuenta”, explica el profesor.

“Además, grabar esas clases implica que pueda afectar a la intimidad de profesores y alumnos. Una clase es un espacio en el que se interactúa todo el rato entre alumnos y profesor durante muchos meses, como una familia, e implica que muchas veces se hacen públicos datos, asuntos relativos a la intimidad, datos familiares... todo. ¿Y cómo vigilarán que eso no se filtre?”, se pregunta el docente.
Cuatro cámaras por centro

Los docentes -como en la última semana- se mueven, vigilan y calculan cada paso que da Educación. La directora del IES Juan de Mairena, situado en el municipio madrileño de San Sebastián de los Reyes, ha revelado a este periódico que los grupos son un hervidero y que, según los cálculos de su gremio “si instalan 6.100 cámaras en los centro de la Comunidad de Madrid, habría menos de cuatro en cada institución”.

“Es algo totalmente insuficiente. Mira, no me parece mal si garantiza la educación de los alumnos, pero con tan pocas cámaras no se hace nada”, se queja la directora. “Ahora bien, a ver qué herramientas nos dan para garantizar la protección de datos y para garantizar el acceso a estas plataformas a todos los alumnos de la Comunidad”, sentencia. De momento, la Comunidad de Madrid ha anunciado sus medidas a los medios, pero a los centros no les ha indicado nada.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1893 en: 27 de Agosto de 2020, 18:14:53 pm »
https://alternativasindical.es/la-aepd-consulta-de-alternativasindical-ve-impedimento-en-que-los-vigilantes-de-seguridad-utilicen-microcamaras-adheridas-al-pecho-tanto-en-cuanto-se-vulnere-el-tratamiento-de-las-imagenes-y/




Los vigilantes de seguridad podrán grabar con microcámaras sus intervenciones

 
REDACCIÓN
27/08/2020 14:17
Madrid, 27 ago (EFE).- Los vigilantes de seguridad podrán equiparse con microcámaras para grabar imágenes y sonidos de sus intervenciones, según ha explicado el sindicato Alternativa Sindical, que consultó si era legal este uso a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Este sindicato envió un escrito a la administración para conocer si estos trabajadores no vulneraban la ley al utilizar microcámaras adheridas al pecho en sus actuaciones.

La AEPD respondió el pasado 24 de agosto a este requerimiento y entendió que no había impedimentos para su uso mientras no se vulnere el tratamiento de las imágenes, es decir mientras no haya difusión de las mismas.


En una nota de prensa, Alternativa Sindical denuncia que desde el final del estado de alarma y con las nuevas medidas, como el uso obligatorio de mascarilla en el transporte público, las agresiones a los vigilantes de seguridad han aumentado.

Ante esta situación, el sindicato cree que la grabación de imágenes y del audio de las intervenciones puede ser de "gran utilidad" a la hora de comparecer en sede judicial y para mitigar este tipo de sucesos.

Para la Agencia de Protección de Datos, el uso de estas cámaras es compatible con la normativa siempre que el acceso a estas imágenes esté restringido a las personas designadas por el responsable del tratamiento y no a terceros.

La administración explica que si el acceso a los videos se realiza por internet, tiene que haber un código de usuario y una contraseña, que solo sean conocidos por las personas autorizadas.

Alberto García, portavoz de Alternativa Sindical, considera que esta resolución es un "paso más" para "garantizar la seguridad e integridad física de los vigilantes", quienes han sufrido más de 200 agresiones graves en lo que llevamos de año.

Y confía en que "los vigilantes grabarán sus intervenciones dentro del máximo respeto constitucional, y como prueba de cargo si se requiriese en sede judicial, de todos aquellos ilícitos penales de los que fueran testigos".


Además, defiende que este colectivo ya maneja miles de sistemas de tratamiento de datos y grabaciones de imágenes a diario en "todo tipo de centros comerciales y establecimientos sin ninguna incidencia". EFE

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1894 en: 27 de Agosto de 2020, 18:44:07 pm »
Me parece bien, de ese modo se verán las imágenes completas y desde la perspectiva del vigilante.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1895 en: 04 de Septiembre de 2020, 16:45:53 pm »


¿Es legal grabar y difundir imágenes o vídeos de la Policía y Guardia Civil?



04 septiembre 2020, 14:37 h.

La Ley Orgánica de Protección de Seguridad Ciudadana (LOPSC), conocida popularmente como “Ley Mordaza” vino aparejada de numerosos cambios respecto a la cuestión planteada, concretamente, calificó como infracción grave en su artículo 36.23:

“El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, con respeto al derecho fundamental a la información.”

Consulte la Ley Orgánica de Protección y Seguridad Ciudadana

Si se toma a tenor literal el precepto anterior se entiende que no es posible grabar a la Policía al estar este hecho sancionado, habiendo tratado el legislador de hacer más seguro el trabajo de la Policía.

Posteriormente, con el cambio de Gobierno en el año 2018, se dictó la Instrucción 13/2018, de 17 de octubre, de la Secretaría de Estado de Seguridad, aportando matices para lograr una interpretación más uniforme sobre el uso no autorizado de imágenes de los agentes.

Precisamente, en su Instrucción Cuarta, se aclara que no es per se constitutivo de infracción la mera filmación o tratamiento de datos de los policías si ello no acarrea una verdadera situación de riesgo, tanto para los agentes, su familia, instalaciones o las operaciones policiales.

Consulte la Instrucción 13/2018

Por tanto, es condición necesaria para que constituya infracción grave que el uso de las imágenes pueda desencadenar una situación de peligro, debiendo reflejar la Policía este extremo en la correspondiente acta o denuncia, de manera motivada.

La anterior Instrucción derivó en la formulación de un recurso contencioso-administrativo por parte del Sindicato de Policía, resuelto mediante la Sentencia de la Audiencia Nacional 4890/2019.

La Sala falló desestimando el recurso planteado por la Policía, pero señaló que el uso o difusión posterior de las imágenes de manera irregular, sí puede llegar a ser sancionado, señalando en su Fundamento de Derecho Sexto:

“El posterior uso irregular de los datos puede ser objeto de sanción por normas diferentes a la Ley de Seguridad Ciudadana (derecho al honor y a la propia imagen; protección de datos personales; materias clasificadas) o penalmente, como la propia Instrucción indica: «Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de identificar a la persona que haya tomado las imágenes, al objeto de proceder, en su caso, al ejercicio de las actuaciones oportunas para salvaguardar los derechos de los actuantes, o a su sanción administrativa o penal si se hiciese un ulterior uso irregular de los datos o imágenes en el sentido expuesto».”

Consulte la Sentencia de la Audiencia Nacional 4890/2019

Cuestión distinta es que, debido al tratamiento de datos personales de los agentes, pueda imponerse otro tipo de sanción administrativa por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Así, en su Resolución 778/2018, la AEPD procedió a multar por un total de 2.000.-€ a un particular que filmó y posteriormente difundió, a través de la aplicación “WhatsApp”, un vídeo que mostraba una actuación policial ante una agresión por violencia de género, en la vía pública, vulnerándose el consentimiento del agente, establecido en el artículo 6.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos (LOPD) y, por tanto, constituyendo los hechos una infracción grave del artículo 44.3 b) de esa misma Ley (actual artículo 72.1 b) de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales).

Consulte la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos

La vigente Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales
En dicha Resolución se dispuso que “la mera captación de imágenes de las personas o su difusión a través de WhatsApp puede considerarse un tratamiento de datos personales incluido en el ámbito de aplicación de la normativa citada, debiendo analizarse en cada caso si este tratamiento se efectúa sobre información concerniente a personas físicas identificadas o identificables.”

Igualmente se estableció que, si las imágenes captadas o grabadas por particulares no se refieren a su esfera más íntima, es decir si no acontecen en el marco de la vida familiar o si se filma a un funcionario en el ejercicio de sus funciones, se aplicarán las normas sobre protección de datos personales, tanto para la obtención de la imagen y, aún con más motivo, cuando esos datos terminan difundiéndose de tal modo que resulten accesibles a varias personas.

Consulte la Resolución 778/2018 de la AEPD

En virtud, por tanto, de la normativa analizada y de la más reciente jurisprudencia, se puede concluir que efectivamente es posible que puedan tomarse imágenes o vídeos de la policía, por lo que no siempre constituyen una infracción de seguridad ciudadana.

Claro está que cuando la captación de imágenes provoca una situación del peligro, la conducta será sancionada al encajar, de manera inequívoca, en el tipo del artículo 36.23 de la LOPSC, catalogada como infracción grave.
Finalmente, otra cuestión bien diferente es la difusión de las imágenes por redes sociales, para lo cual, entre la multitud de vías que la Sentencia de la Audiencia Nacional enumera respecto a los posibles procedimientos para salvaguardar los derechos de la Policía, la verdadera arma con la que cuentan los agentes para tratar de salvaguardar su imagen e intimidad es la AEPD y su capacidad para sancionar este tipo de conductas.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1896 en: 08 de Septiembre de 2020, 07:05:23 am »
El Ayuntamiento instalará cámaras de vigilancia en el sector Pignatelli para atajar la delincuencia

La Delegación da el visto bueno para poner en marcha una prueba piloto con cuatro dispositivos. La Policía Local guardará las imágenes de forma temporal para respaldar denuncias e investigaciones
ACTUALIZADA 7/9/2020 A LAS 09:31

    I. Muñoz

El Ayuntamiento de Zaragoza instalará en las próximas semanas cuatro cámaras de vigilancia en las calles más conflictivas del sector Pignatelli del Casco Histórico. Se trata de una prueba piloto que cuenta con el aval de la Delegación del Gobierno y que busca atajar la delincuencia y los problemas de convivencia que sufren desde hace años los vecinos de esta céntrica zona de la capital aragonesa, lo que les ha llevado a organizarse para exigir soluciones a las administraciones.

De hecho, según explica el concejal Alfonso Mendoza, presidente de la Junta Municipal del Casco Histórico, "esta es una medida que se viene trabajando con los vecinos desde hace un año", ya que se han atendido sus sugerencias sobre la ubicación de las cámaras. En concreto, dos de ellas se instalarán en la calle de Ramón Pignatelli, en las esquinas con Cerezo y con Zamoray, y las otras dos en Agustina de Aragón, en la confluencia con Miguel de Ara y con Cerezo.

Las imágenes serán almacenadas de forma temporal y gestionadas por la Policía Local, con el objetivo de ponerlas a disposición de una denuncia particular, una investigación o un requerimiento judicial. Según fuentes del gobierno PP-Cs, se activarán en las próximas semanas, cuando se conecten los dispositivos con fibra óptica, y en función de sus resultados, que se esperan positivos, serán el primer paso para instalar más en otros puntos conflictivos de la zona.

"No acabará con toda la delincuencia, pero ayudará porque tendrá un efecto disuasorio", señala Mendoza, que en cualquier caso, reclama a otras administraciones medidas para atajar el problema en su origen. "Nos preocupa la okupación de viviendas vinculada a la delincuencia, por eso es muy importante un cambio de legislación con el que defender al legítimo propietario", reclama.
Solución integral y ágil

Los vecinos del entorno de Pignatelli alzaron la voz para decir basta el verano del año pasado, después de que varios episodios de delincuencia en sus calles pusieran de manifiesto los problemas de convivencia, suciedad y violencia que sufren casi a diario. Por ello, se organizaron y reclamaron a las distintas administraciones implicadas una solución integral a sus problemas.

El pasado fin de semana, una nueva entidad vecinal, la Plataforma de Afectados del Gancho de Zaragoza, se manifestó en la plaza del Pilar para reivindicar mayor agilidad en la respuesta institucional ya que, aseguran, sus calles siguen siendo inseguras. En este sentido, desde el gobierno PP-Cs defienden que esta situación procede de "años de desidia y abandono" por parte de anteriores equipos de gobierno, tal y como señaló recientemente el alcalde, Jorge Azcón.

Mendoza coincide en este análisis y recuerda las medidas adoptadas en el último año, como el refuerzo de la presencia policial y de las labores de limpieza, los 56 expedientes iniciados por el área de Urbanismo o el Plan Especial de Regeneración Interior (PERI) que se está ultimando.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1897 en: 09 de Septiembre de 2020, 00:12:54 am »
La noticia ya tiene un tiempo, pero es interesante.

«Así es como trabajan estos hijos de puta»: el vídeo a un guardia civil que ha costado 1.500 euros de multa

La Agencia de Protección de Datos sanciona a un vecino de Monforte que grabó y difundió en su cuenta de Facebook a dos agentes en servicio nocturno durante su descanso reglamentario en el exterior de un bar

https://www.abc.es/espana/galicia/abci-como-trabajan-estos-hijos-puta-video-guardia-civil-costado-1500-euros-multa-201902191202_noticia.html

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1898 en: 09 de Septiembre de 2020, 06:48:13 am »

Primera denuncia contra la app Radar COVID por el tratamiento de datos

Pau Enseñat, CEO y fundador de la plataforma 'Reclamadatos', solicita a la Agencia Española de Protección de Datos una investigación para confirmar que Radar COVID cumple con el RGPD

Marcos Sierra

Publicado 08/09/2020 12:29
Actualizado08/09/2020 12:38

Pau Enseñat, CEO y fundador de la plataforma Reclamadatos, dedicada a descubrir y reclamar los datos de personas, ha presentado este lunes ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) una denuncia contra la Secretaría General de Administración Digital (SGAD).

La SGAD es la responsable de implantar la app Radar COVID en nuestro país. El objetivo es que se investigue si la aplicación cumple con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y las directrices del Comité Europeo de Protección de Datos (EDPB).

Enseñat pide concretamente que se analice si Radar COVID "cumple con los principios de licitud, lealtad, transparencia y responsabilidad proactiva (Art.5 RGPD), ya que la SGAD no ha publicado la Evaluación de Impacto sobre la Protección de Datos (EIPD), en contra de lo indicado expresamente por el EDPB", explica la empresa en un comunicado.

De igual forma, reclama que se "investigue si la SGDA elaboró la EIPD antes de efectuar el tratamiento de datos personales y, en su caso, si consultó a la propia AEPD, tal y como exige la normativa europea".

Desde Reclamadatos también se denuncia que la Política de Privacidadno tiene definidas las funciones y responsabilidades de las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas "que han completado los procesos técnicos necesarios para integrar la aplicación en sus sistemas sanitarios (Art. 13 y 14 RGPD)".
Las apps contra el coronavirus de Italia y Portugal

La compañía también explica que las apps de Italia y Portugal sí especifican claramente las finalidades del tratamiento y las bases legitimadoras dentro del apartado de Política de Privacidad, y apunta a que no sucede con la app española, que tampoco da detalles sobre los plazos de conservación de los datos para fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos, algo que exige el Comité Europeo de Protección de Datos.

Enseñat añade que no se ha publicado el código fuente, "aunque el SGDA que dirige Carme Artigas ha anunciado que lo hará el 9 de septiembre, más de 2 meses después de que superase la fase de pruebas, con 3,4 millones de descargas y la integración en los sistemas sanitarios de doce Comunidades Autónomas. En la otra cara de la moneda se encuentran las aplicaciones de Italia y Alemania, que han cumplido desde el primer momento las directrices del EIPD y han recibido el dictamen favorable de las autoridades de control de estos países respecto al RGPD, tal y como se apunta en la denuncia". El texto también se hace eco de que al menos un centenar de académicos han reclamado más transparencia pidiendo la publicación del citado código fuente.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1899 en: 24 de Septiembre de 2020, 18:29:04 pm »
https://twitter.com/Alto_ControlPol/status/1309138873893744646?s=19

Como un niño con zapatos nuevos  va a estar más de un compañero...
Pedido realizado y ahora me toca distribuirlos por el ámbito nacional entre los compañeros de todos los cuerpos que la solicitaron 💪🏻👮🏻‍♂️ https://t.co/HjqgT47y9X