Autor Tema: Grabaciones, fotografías y protección de datos  (Leído 257423 veces)

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1940 en: 27 de Marzo de 2021, 07:39:51 am »
Pues sinceramente no lo sé. Pero no me ha gustado nada que se hagan públicos nombres de Policías. Error muy grave.

Pues mire como cambian los cuentos y como nada se critica sobre esa lectura de nombres y apellidos...si esto lo llega a hacer BARBERO lo queman.




https://twitter.com/ApmuPM/status/1375136086410821634

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1941 en: 30 de Marzo de 2021, 07:18:11 am »
El 'pasaporte covid' que ultima Bruselas despierta dudas legales sobre la protección de datos

    Está previsto que la Eurocámara lo apruebe por la vía de urgencia en la semana del 26 de abril: el documento indicará si su titular ha recibido alguna de las vacunas autorizadas, si se ha sometido recientemente a una PCR nasal o a un test de antígenos y si ha superado el covid en los últimos 180 días
    Para Manon Aubry (Francia Insumisa) se trata de “ocultar su fiasco en la estrategia de vacunación”: sería poner "el carro delante de los bueyes, cuando menos del 8% de la población europea está vacunada"
   
Ludovic Lamant (Mediapart)
contacto@infolibre.es @_infolibre
Publicada el 30/03/2021 a las 06:00

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1942 en: 03 de Abril de 2021, 06:52:02 am »

Sancionada por grabar sin consentimiento
La Agencia de Protección de Datos amonesta a una discoteca por 'desvelar' una infidelidad
El pub publicó un vídeo en el que se veía a un cliente 'liándose' con una chica. "He sufrido un daño importante. Con la que me besaba no era mi pareja", alegó el afectado en su reclamación

Por Pedro del Rosal
03/04/2021 - 05:00

Es una duda que muchos se han planteado: qué hacer si se descubre que la pareja de un amigo o amiga le ha sido infiel. Quienes tengan claro que sí, que lo desvelarían, deben saber que no todo vale en la manera de revelar esos 'cuernos'. Tanto es así que el involuntario descubrimiento de una infidelidad que llevó a cabo la discotecta de Vigo La Posada de las Ánimas le ha costado un apercibimiento de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Algo así como una tarjeta amarilla en materia de privacidad.

Los hechos ocurrieron en septiembre de 2019. Tras una noche de fiesta, el día 21 de ese mes, la discoteca publica en la cuenta de Instagram el clásico vídeo promocional de gente pasándoselo bien en el local. Tras un rato colgado en el perfil del establecimiento, alguien alerta al reclamante de que él también aparece en la secuencia de imágenes. Eso sí, no bailando sino besándose con una chica... que no es su novia.

"Quien entra en el local está expuesto a ser grabado", respondió el responsable del perfil de Instagram de la discoteca cuando el afectado le exigió la retirada del vídeo. Pero ya era demasiado tarde. "En consecuencia, he sufrido un daño moral importante, ya que con la persona que me besaba no era mi pareja en aquel momento", explica el reclamante en su escrito a la AEPD, fechado el 28 de octubre de 2019, en el que solicitaba que se sancionara a La Posada de las Ánimas por la divulgación de "imágenes personales sensibles sin mi consentimiento", pidiendo que se tenga en cuenta que "como gravamen" se trataba de un vídeo editado.

La empresa propietaria del pub se defendió alegando que en la entrada del establecimiento hay un cartel que avisa que en el interior se hacen fotografías y vídeos de ambiente. Un letrero que ocupa más del 25% del marco de entrada al local. Con ello, argumentó, se presume que el cliente que pasa al interior está consintiendo la toma de imágenes.

Resolución

En su resolución, la AEPD recuerda que el artículo 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) determina que una de las condiciones que convierte en lícito el tratamiento de datos personales es la existencia de consentimiento del interesado. Una autorización, señala el precepto siguiente, el 7.1, que el responsable "deberá ser capaz de demostrar". ¿Qué es lo que la norma considera como consentimiento? "La manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que el interesado acepta, ya sea mediante una declaración o una clara acción afirmativa, el tratamiento de los datos personales que le conciernen". Es decir, este debe ser un acto afirmativo claro, como una declaración escrita, verbal o por medios electrónicos.

A pesar de que el RGPD no prescribe una forma concreta de prestar el consentimiento, la Agencia señala que el responsable del tratamiento debe poder probar que el interesado lo prestó de manera válida. Sin embargo, en el procedimiento contra La Posada de las Ánimas el organismo entiende que la toma de fotografías de los clientes del establecimiento para su posterior difusión en redes sociales no cumple la normativa de protección de datos. ¿Por qué? Porque no es posible acreditar que las personas que figuran en las imágenes han sido debidamente informadas, ni tampoco que exista el consentimiento indubitado a la captación de las mismas.

En primer lugar, razona la AEPD, porque contar con un rótulo en la entrada "no permite acreditar que todas y cada una de las personas cuyos datos van a ser tratados han leído el cartel y han sido informadas". Y, en segundo término, porque "el consentimiento presunto ha dejado de tener validez en el marco de la normativa de protección de datos surgida a partir de la aprobación del reglamento, debiendo ser expreso".

Por lo tanto, y teniendo en cuenta que la compañía no está dedicada al tratamiento de datos y que no es reincidente, la AEPD apercibe a La Posada de las Ánima y le impone adoptar las medidas necesarias para acreditar que el consentimiento prestado por los interesados es informado, específico, libre e indubitado.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1943 en: 18 de Abril de 2021, 06:49:29 am »


un detenido utilizaba tarjetas SIM prepago
Investigan a 4 amigos por coaccionar a menores para que se desnudaran en videollamadas

Todos son de Tenerife y se les imputan delitos de abusos sexuales. Los agentes de la GC y los Mossos han localizado víctimas, menores de 16 años, en Málaga, Sevilla y Barcelona

Por Pablo D. Almoguera. Málaga
17/04/2021 - 16:17 Actualizado: 18/04/2021 - 01:00

La Guardia Civil, en el marco de la 'Operación Depredador', ha detenido a un hombre en Tenerife e investiga a otros tres por un delito de abusos sexuales a menores a las que presuntamente coaccionaban para que les enviasen imágenes de contenido sexual.

La investigación se inició después de que varias jóvenes, menores de 16 años de edad, relataran el acoso que estaban sufriendo por un depredador que supuestamente las coaccionaba y amenazaba a través de redes sociales exigiéndoles que les enviara fotografías y vídeos de contenido sexual.

El principal investigado usaba tarjetas SIM prepago con las que realizaba apuestas deportivas

Su modus operandi estaba muy definido: “El individuo se ponía en contacto con las niñas y les hacía creer que había 'hackeado' sus teléfonos móviles y que tenía acceso a todo su contenido”, ha informado el Instituto Armado, que agrega que posteriormente “las amenazaba con que difundiría sus fotografías o las enviaría a sus familiares si no accedían a realizar videollamadas en la que tenían que desnudarse”.

Los responsables del caso corroboraron la implicación de otras tres personas con las que el principal acusado mantenía una relación laboral. Y posteriormente descubrieron que adquirían numerosas tarjetas SIM de prepago para poder vincularlas a diferentes cuentas de usuario de casas virtuales de apuestas deportivas.

“Una vez adquirían las tarjetas telefónicas, estas eran entregadas al detenido y custodiadas por él, y las utilizaba para cometer los abusos a las menores, siendo conocedor de que las mismas estaban registradas a nombre de otras personas”, ha detallado la citada fuente oficial.
Foto: Se intervino un móvil y un portátil con material pornográfico y pedófilo (Guardia Civil)
Detienen a un ciudadano islandés en Murcia por supuestos abusos sexuales a 8 menores
El Confidencial

La primera denuncia puso a los investigadores sobre la pista de estos individuos, que pudieron ser identificados debido al rastreo de las distintas conexiones con las chicas. Fuentes cercanas al caso consultadas por El Confidencial precisaron que la intervención se produjo a mediados de febrero y señalaron que el principal acusado, al que definieron como un “depredador”, había sido investigado por hechos similares cometidos en la isla tinerfeña. Los agentes le incautaron el teléfono móvil, aunque sospechan que pudo borrar “mucho material” al ponerle sobre aviso las indagaciones en torno a las tarjetas de teléfonos vinculadas a los tres imputados.

Las pesquisas no han avanzado en la búsqueda de nuevas víctimas ante la negativa de la autoridad judicial de autorizar el registro de la vivienda del detenido. Una decisión que las fuentes consultadas consideraron como “sorprendente” y que también descolocó a la Fiscalía, ya que la experiencia ha demostrado que este perfil de delincuentes suele acosar a un número elevado de menores.

En esta operación han participado agentes pertenecientes a la Compañía de la Guardia Civil de Marbella, con la ayuda de sus compañeros de Tenerife –que llevaron a cabo la detención– y de los Mossos d’Escuadra de Barcelona.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1944 en: 22 de Abril de 2021, 09:01:44 am »
A este funcionario, que seguramente y con toda probabilidad le aprieta el casco espartano, le DA IGUAL le ley...y además cree que por portar una camaña no reglamentaria eso le salvará el culo ante el juez...craso error, la prueba será desestimada 9, 90de cada 10...por ser un elemento no controlado, no ajustado y sobretodo, no autorizado.

https://twitter.com/ultron12/status/1384928624797696003


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1945 en: 29 de Abril de 2021, 07:20:07 am »

Hazte Oír paga una sanción de 4.000 euros a Protección de Datos por señalar a tres activistas LGTBI

    La asociación LGTBI Arcópoli formuló una reclamación contra la organización ultracatólica por incluir en un folleto contra la coeducación imágenes de tres voluntarios que impartían charlas en colegios
    La entidad ultra ha asumido el pago voluntario de la sanción, pero no reconoce la responsabilidad que le achaca la Agencia Española de Protección de Datos

Sabela Rodríguez Álvarez
srodriguez@infolibre.es @SabelaRulinha
Publicada el 29/04/2021 a las 06:00

La cruzada de la organización ultracatólica Hazte Oír contra la educación afectivo sexual en las aulas empieza a tener consecuencias. La asociación ha tenido que asumir una sanción de 4.000 euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por vulnerar el Reglamento General de Protección de Datos en uno de sus folletos difundidos en centros educativos. En una resolución del pasado 6 de abril, a la que ha tenido acceso infoLibre, el organismo fija una sanción contra la organización por haber vulnerado el artículo 6.1 del reglamento europeo, al incluir en un folleto contra la educación sexual en las aulas el nombre y la imagen de tres voluntarios que daban charlas en los colegios. Así lo denunció en su momento la asociación madrileña Arcópoli, dedicada a la defensa de los derechos del colectivo LGTBI, quien ahora celebra el pago voluntario como una victoria. "Esto es muy satisfactorio", comentan voces del colectivo, quienes recuerdan la tendencia de la organización ultra a esquivar, recurrir y batallar cada denuncia en su contra.

Arcópoli presentó el 11 de noviembre de 2019 una reclamación contra Hazte Oír a raíz de un folleto publicado por la organización "en contra de acciones de educación sexual en los centros escolares, que en la segunda página incluye imágenes y los nombres de tres personas" vinculadas a asociaciones LGTBI que de manera voluntaria han participado en talleres y charlas en los colegios. Tras serle notificada la reclamación, la entidad ultra decidió guardarse las espaldas retirando el panfleto e incluyendo una posterior edición del texto para excluir el señalamiento a los activistas.

Thank you for watching

La Agencia de Protección de Datos considera que el tratamiento de los datos personales de los tres voluntarios, sin su autorización, supone una infracción del reglamento, por lo que impone una multa de cinco mil euros, con opción a una rebaja de mil euros por el reconocimiento de la responsabilidad y otra de la misma cuantía por el pago voluntario. Hazte Oír se ha acogido a esta última posibilidad, por lo que el importe ha quedado en cuatro mil euros. "Hemos aplicado la reducción por pago en periodo voluntario, pero no la de reconocimiento de culpabilidad (porque no la reconocemos)", señala la organización ultracatólica en la resolución.

En el folleto, titulado ¿Sabes quién le está hablando de sexo a tus hijos en el colegio?, se incluía una fotografía de tres hombres perfectamente reconocibles y pertenecientes a distintas organizaciones, con sus nombres en el pie de la imagen. "Numerosos colegios están abriendo las puertas a los grupos LGTBI, los mismos que organizan el Orgullo Gay, para que den charlas sobre sexualidad a los alumnos", alertaba Hazte Oír, algo que sucede según ellos "al amparo de las leyes que imponen la ideología de género".

Aunque las consecuencias de la estrategia de Hazte Oír contra la educación en igualdad están vinculadas en esta ocasión a la protección de datos, no es la primera vez que sus campañas son señaladas por su contenido homófobo. En 2017, la Comunidad de Madrid impuso una multa de 1.500 euros a entidad por emitir "expresiones de carácter vejatorio" hacia las personas LGTBI. En aquella ocasión, la organización se declaró "objetora" y se negó a asumir la sanción. Recurrió y terminó ganando la batalla en los tribunales. Es la tónica habitual, según exponen voces de Arcópoli. Por mucho que los colectivos peleen por tumbar el discurso ultra de la entidad, el pulso lo suelen acabar ganando sus contrincantes.

Ocurrió también en 2019, cuando el sindicato Comisiones Obreras presentó una denuncia ante la Fiscalía General del Estado y otra ante la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia por el reparto de octavillas llamando a la imposición del veto parental. CCOO argumentaba, en su escrito, que Hazte Oír "carece de finalidad educativa y por lo tanto se produce una intromisión ilegítima de la asociación en los centros educativos dependientes de la Administración Pública". El Ministerio Público, confirma el sindicado, inadmitió la denuncia y no llegó a abrir diligencias.

Hazte Oír ha abanderado en los últimos años la más firme oposición a la coeducación, especialmente a través de su célebre veto parental. Pero también ha desplegado toda su artillería fuera de las aulas: su famoso autobús tránsfobo recorrió carreteras y portadas, desatando la confrontación con activistas y provocando que en febrero de 2019 el Ministerio del Interior retirara su declaración de utilidad pública. En su página web destacan, a día de hoy, toda una serie de iniciativas contra el aborto, la eutanasia y la "ideología de género".




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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1946 en: 03 de Mayo de 2021, 13:03:07 pm »
No resultan compatibles, no ofrecen garantías, no están autorizados y por lo tanto....no procede..y no es la primera vez qye se advierte.

https://www.h50.es/puede-un-policia-tomar-una-fotografia-de-nuestro-dni/

Ahora eso llévelo a grabar a alguien con.una cámara personal.
« Última modificación: 03 de Mayo de 2021, 13:28:23 pm por 47ronin »

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1947 en: 03 de Mayo de 2021, 13:39:51 pm »
Es cómodo, es práctico, es rápido y es eficaz. . . así que se continuará haciendo, igual da apuntar los datos en una libreta, que hacer una foto con el móvil. . . así que las nuevas tecnologías seguirán a la vanguardia de la intervención policial. . . y no hay más. . .

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1948 en: 04 de Mayo de 2021, 06:46:31 am »
Es cómodo, es práctico, es rápido y es eficaz. . . así que se continuará haciendo, igual da apuntar los datos en una libreta, que hacer una foto con el móvil. . . así que las nuevas tecnologías seguirán a la vanguardia de la intervención policial. . . y no hay más. . .

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Que sea rapido y eficaz no modifica que sea irregular...y si ya la AEPD se posicionase sobre la anotación a mano respaldando la misma, en varias resoluciones recuerda que la fotografía con medios particulares no es procedente y por lo tanto es sanciobable.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1949 en: 04 de Mayo de 2021, 09:46:53 am »
Pués habrá que asumir el riesgo. . .

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1950 en: 07 de Mayo de 2021, 06:48:17 am »

Protección de Datos archiva la investigación sobre el vídeo de la violación de ‘La Manada’
Considera que la justicia ya castigó como un delito contra la intimidad la difusión de las imágenes de la agresión sexual

06/05/21access_time 1:02


A.R.E.

La agresión sexual múltiple de cinco jóvenes a una chica en Pamplona, en los Sanfermines de 2016, no sólo se investigó en los tribunales, que acabaron condenando a los autores a penas de hasta 15 años de cárcel, según sentencia del Tribunal Supremo.

Confidencial Digital ha podido consultar una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, que resuelve un procedimiento sancionador abierto precisamente por el mismo caso, conocido como el de “La Manada”.

Los hechos, la agresión sexual de los cinco hombres a una mujer, tuvieron lugar el 7 de julio de 2016. El caso tuvo una gran resonancia entre otras cosas porque los propios autores de la agresión sexual grabaron con sus móviles vídeos de la agresión, y los vídeos terminaron circulando con profusión. También se publicaron posteriormente datos personales de la víctima de la agresión sexual.

Datos personales en foros de Internet

El 4 de mayo de 2018 el asunto llegó a la Agencia Española de Protección de Datos. Recibió una reclamación remitado por un colectivo, el “Grupo Feminista de Ponent”. Este colectivo denunció que se estaban difundiendo datos personales de la víctima de “La Manada”.

Concretamente, señaló que la información personal estaba circulando en foros de internet, como Forocoches y Burbuja.info.

Ese mismo día, Protección de Datos recibió otra denuncia. En este caso la denuncia se dirigía contra el Gobierno de Navarra, por la difusión en medios de comunicación de la sentencia contra “La Manada”.

El motivo era que si bien la sentencia había sido anonimizada, en los datos de la víctima, “al estar publicado el código CSV de la sentencia y también se encuentra accesible, a través de dicho código se pueden ver los datos personales contenidos en el sumario que obra en la Administración de Justicia de Navarra”.

Un día después, el 5 de mayo de 2018, “se recibió una reclamación contra el Gobierno de Navarra, idéntica a la anterior”.

Ante estas denuncias, los Servicios de Inspección de la Agencia Española de Protección de Datos realizó “numerosas actuaciones, tendentes a verificar los hechos denunciados y a que la información fuese desapareciendo de los foros y medios de comunicación”.
Datos sobre la vida sexual

Tras analizar lo publicado en varios medios, y las sentencias de la Audiencia Provincial de Navarra, “a tenor de la documentación que obra en el expediente queda acreditado que los hechos sobre los que versan las denuncias, y que constituyen el presupuesto fáctico de una presunta infracción de la normativa de protección de datos de carácter personal, acontecieron el 7 de julio de 2016”.

Ese día, el de la agresión, uno de los autores de la violación a la joven en Pamplona “grabó el vídeo de los hechos cometidos en el que aparece la víctima, y que posteriormente ha sido publicado”.

Ante ello, el 24 de abril de 2019 la directora de la Agencia Española de Protección de Datos acordó iniciar procedimiento sancionador a este miembro de “La Manada”, por la presunta infracción del Artículo 7.3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, tipificada en el Artículo 44.4.b) de la LOPD.

Ese artículo 7.3 establece que “los datos de carácter personal que hagan referencia al origen racial, a la salud y a la vida sexual sólo podrán ser recabados, tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así lo disponga una ley o el afectado consienta expresamente”.

Pocos días después de abrir ese procedimiento sancionador, “se procedió a la suspensión de actuaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1. g) de la LPACAP, a la vista de los hechos contenidos en la denuncia, y al apreciarse indicios suficientes de que pudiera existir identidad entre los sujetos y la presunta infracción administrativa que motivó la iniciación del procedimiento sancionador por la Agencia Española de Protección de Datos, y los sujetos y la materia objeto de las Diligencias Previas incoadas”.

Finalmente, la agencia recibió en febrero de 2021 un escrito de la Sección segunda de la Audiencia Provincial de Navarra informando de la sentencia, que había devenido firme por sentencia del Tribunal Supremo, relacionada con los expedientes sancionadores iniciados contra dos de los miembros de “La Manada”.

Resulta que en diciembre de 2020 se conoció una sentencia del Tribunal Supremo -otra distinta a la que condenó la agresión sexual en sí- que condenó a dos de los agresores sexuales (un ex guardia civil y un ex militar) por hacer fotos y grabar vídeos de la violación grupal en Pamplona.
Sin consentimiento

Como hechos investigados por Protección de Datos, se señala que “con fecha 7 de julio de 2016, durante la comisión del delito de abuso sexual, por el que ha sido condenado, B.B.B., grabó con su teléfono móvil un vídeo en los que se captó a la víctima”, y en segundo lugar, que “la víctima del delito no dio su consentimiento para la grabación y toma de fotografías”.

La agencia analiza y desarrolla la legislación sobre protección de datos que afecta a la intimidad sexual. Por ejemplo, señala que “la posibilidad de admitir un consentimiento expreso que no conste por escrito para el tratamiento de estos datos debe subordinarse a que pueda acreditarse que es una manifestación de voluntad libre, inequívoca y específica que se presta previo el conocimiento de una concreta información entre la que necesariamente ha de constar la finalidad determinada y explícita del tratamiento de que sean objeto los datos personales del afectado”.

Esas condiciones deben constatarse en cada caso concreto, y se consideran “elementos característicos del derecho fundamental a la protección de datos personales los derechos del afectado a consentir sobre la recogida y uso de sus datos personales y a saber de los mismos”.

Así que “corresponde siempre al responsable del tratamiento comprobar que tiene el consentimiento del afectado cuando realiza algún tratamiento con los datos personales de éste, especialmente cuando afectan a datos especialmente sensibles que requieren de la existencia de consentimiento expreso de los afectados”.

En el caso de “La Manada”, el autor de los vídeos “trató datos especialmente sensibles de la víctima, relativos a su vida sexual, de la víctima al realizar un vídeo en el portal donde se produjo la comisión del delito”.
Ya se sancionó por vía penal

Habría, por tanto, materia para que Protección de Datos sancionara a este condenado por agresión sexual. Pero no fue así, debido al artículo el 31.1 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, que establece que “no podrán sancionarse los hechos que lo hayan sido penal o administrativamente, en los casos en que se aprecie identidad del sujeto, hecho y fundamento”.

Se trata del principio “non bis idem”.

Pues bien, en el caso analizado, el procedimiento sancionador de la Agencia Española de Protección de Datos “se inició por el tratamiento de datos de vida sexual, efectuado por B.B.B., que podía suponer la grabación de un vídeo de la víctima mientras era víctima de un delito, sin contar con su consentimiento, tal y como establece el artículo 7.3 de la LOPD (norma en vigor en el momento de producirse los hechos)”.

En paralelo, “el Tribunal Supremo ratifica la condena a B.B.B. por la grabación del vídeo de la víctima durante el momento de comisión de un delito de índole sexual, sin contar con su consentimiento ni expreso ni tácito”.

En consecuencia, concluye la resolución, “se produce una identidad en el sujeto responsable en la vía penal y administrativa: B.B.B.; en los hechos imputados: grabación de vídeos y toma de fotografías de la víctima; y en los fundamentos jurídicos: afectación de datos personales pertenecientes al reducto más íntimo de la privacidad de la víctima: su vida sexual”.

Por ello, “procede el archivo de este procedimiento sancionador”. Así que la directora de la Agencia Española de Protección de Datos resuelve archivar el procedimiento sancionador instruido contra B.B.B., al haber sido condenado en la vía penal por los mismos hechos y fundamento jurídico.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1951 en: 11 de Mayo de 2021, 11:42:21 am »


Protección de Datos libra de una multa a Alvise Pérez a pesar de hallar faltas "muy graves" en su tienda 'Gobierno Dimisión'


El organismo confirma que la campaña anticonfinamiento dejó al descubierto datos personales de sus clientes, como denunció Facua, pero deja la sanción en un apercibimiento

— La campaña ‘Gobierno dimisión' ha dejado al descubierto datos personales y bancarios de clientes de su tienda online


Carlos del Castillo

10 de mayo de 2021 22:20h

@cdelcastillom

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha confirmado que la tienda 'Gobierno Dimisión', que vende camisetas, carteles, pegatinas y otra propaganda con la cara de Pedro Sánchez, dejó al descubierto información personal de sus clientes, omitió cómo o para qué iban a utilizar sus datos y ocultó quién gestionaba la web. En una resolución del 7 de mayo, la directora del organismo concluye que los hechos son constitutivos de dos faltas "muy graves" y una "grave" de las leyes de privacidad. No obstante, ha decidido no imponer una multa sino una "sanción de apercibimiento" sin consecuencias económicas.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1952 en: 23 de Mayo de 2021, 07:19:37 am »
Pero WashtsAPP no era privado?


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1953 en: 24 de Mayo de 2021, 00:52:13 am »
Una cosa es lo que se dice y pública en un grupo cerrado de WhatsApp, y otra que se difunda fuera de ese grupo  y le llegue  a un chino que vive en Pekín..., este tema no tiene nada que ver con  el suyo, son cosas distintas.

Desde que se la tuvo que envainar le veo muy obsesionado  con este tema...


Pero WashtsAPP no era privado?



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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1954 en: 24 de Mayo de 2021, 06:01:35 am »
Una cosa es lo que se dice y pública en un grupo cerrado de WhatsApp, y otra que se difunda fuera de ese grupo  y le llegue  a un chino que vive en Pekín..., este tema no tiene nada que ver con  el suyo, son cosas distintas.

Desde que se la tuvo que envainar le veo muy obsesionado  con este tema...



Eso es una interpretación por su parte a lo que dice la ley, que refiere el carácter público de lo vertido, que no es el caso, ni de este, ni tampoco el Teniente Coronel de la GC, pues lo vertido, a pesar de que luego se comparta y llegue a docenas de teléfonos, se realiza en grupos no públicos, es decir que nadie más que esos teléfonos a los que va dirigido pueden leer o ver lo que se dice, estando vetado para el resto el acceso a la grabación....y esa es la cuestión principal de la que estoy convencido de que con el tiempo el Supremo deberá dilucidar ya que las dos sentencias que le refiero han sido de conformidad.

WasshtApp no puede ser las dos cosas a la vez, público y privado, a conveniencia.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1955 en: 27 de Mayo de 2021, 09:29:42 am »
https://www.boe.es/boe/dias/2021/05/27/pdfs/BOE-A-2021-8806.pdf

Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1956 en: 11 de Junio de 2021, 07:24:39 am »
Y llegará el día en que todos la porten...pero tengan en cuenta lo que les he dicho, hasta mear quedará registrado.

https://www.soyseguridadprivada.com/aepd-y-policia-validan-el-uso-de-bodycams-para-vigilantes-de-seguridad/

https://twitter.com/PoliciaSXXI/status/1403037272983977986


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1957 en: 15 de Junio de 2021, 07:18:03 am »

14/06/2021
La Policía Local de Molina de Segura dispone de un nuevo servicio de videovigilancia en lugares públicos para el control del tráfico y la seguridad ciudadana, financiado a través de la EDUSI Molina 2020 Avanza Contigo
Fuente: Ayuntamiento de Molina de Segura

El alcalde Eliseo García Cantó y los concejales de Seguridad Ciudadana y TIC han visitado, hoy lunes 14 de junio, la Sala de Control con las nuevas pantallas, ubicada en el Cuartel de la Policía Local


La Policía Local de Molina de Segura dispone de un nuevo servicio de videovigilancia en lugares públicos para el control del tráfico y la seguridad ciudadana, financiado a través de la EDUSI Molina 2020 Avanza Contigo

El alcalde de Molina de Segura, Eliseo García Cantó, acompañado por la concejala de Seguridad Ciudadana, Policía Local y Tráfico, Julia Fernández Castro, el concejal de TIC, Juan Antonio Cantero Nicolás, y el Comisario Principal de la Policía Local, José Pérez Almagro, ha realizado, hoy lunes 14 de junio, una visita a la Sala de Control con las nuevas pantallas de la Policía Local, en el Cuartel de la Policía Local, situado en Avenida de Madrid, donde se ha instalado y puesto en servicio un nuevo sistema de videovigilancia en lugares públicos del municipio para el control del tráfico y la seguridad ciudadana, enmarcado en la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado Molina 2020 Avanza Contigo, cofinanciada en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER, a través del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020.

El nuevo sistema ha contado con una inversión de 61.948,37 euros, y consiste en la instalación de 46 cámaras IP (29 de Control de Trafico, que ya están en servicio, más 17 cámaras de Seguridad Ciudadana, que lo harán próximamente). Todas las cámaras están ubicadas en el casco urbano, ya que están interconectadas a través del anillo de fibra óptica municipal, para propocionarle al sistema una gran consistencia y fiabilidad. Se ha adaptado la Sala de Control del Cuartel de Policía Local, con la instalación de 2 servidores de recogida de imágenes y 2 monitores de 58".

Según ha informado la concejala de Seguridad Ciudadana, "las cámaras de tráfico no tienen finalidad recaudatoria, por lo que no se van a utilizar en ninguna circunstancia para imponer sanciones. Se han puesto para controlar los accesos al casco urbano y sus principales vías. Y las cámaras de seguridad ciudadana se han ubicado en las zonas de mayor confluencia, y cuentan con la autorización de la Comisión de Garantías de la Videovigilancia".Este sistema cumple todos los requisitos del Reglamento de Protección de Datos, pudiendo ejercitar sus derechos la ciudadanía ante el Delegado de Protección de Datos del Ayuntamiento molinense.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1958 en: 28 de Junio de 2021, 06:47:54 am »
Un sistema que que no coteje matrículas, como mínimo, no es más que una cámara que graba y que en los tiempo que corren se ha quedado anticuada....y ya si le meten reconocimiento facial se salen.





¡Atención, delincuentes: se graba!
Las Rozas instala un sistema potente y sofisticado de videovigilancia policial sin igual en España, que permite vigilar hasta los más pequeños detalles de lo que ocurre en el municipio



El jefe de la Policía Local de Las Rozas, Manuel López, observa las imágenes de las cámaras de seguridad en la sala del 092.Santi Burgos
F. Javier Barroso
Las Rozas - 28 jun 2021 - 5:00 CEST

Es mediodía de una jornada soleada y tranquila. Un hombre de mediana edad vestido con una camiseta negra con una franja verde se baja en la estación de Renfe de Las Rozas. Deambula sin aparente rumbo por el centro de la localidad. Pero se dirige a bancos y a lugares frecuentados por personas mayores. Pasa media hora y recoge la caja de una pizza vacía, que le sirve para disimular. Así hasta que encuentra a su víctima, una octogenaria que acaba de sacar dinero en una sucursal del Banco de Santander. El hombre la sigue hasta su portal y, ya dentro, golpea a la anciana y se hace con su dinero. En su huida, tira la caja de cartón y sale a toda velocidad. Primero, con pasos rápidos. Luego, corriendo. De poco le va a servir esa fuga. Lo que él no sabe es que todo lo que ha hecho en esas dos horas ha quedado grabado al detalle por las cámaras de seguridad del Ayuntamiento de Las Rozas (PP) y que en cuestión de horas será detenido, acusado de robo con violencia e intimidación.

Esta es una de las muchas fechorías que han permitido esclarecer los 61 potentes ojos digitales que ha instalado el Consistorio roceño en el centro de la localidad (96.113 habitantes) y en el polígono industrial y comercial Európolis. Cuentan con una resolución tan potente, que son capaces de distinguir matrículas a centenares de metros y en condiciones de visibilidad prácticamente nula, incluso de noche. Además, un zoom convierte la imagen en un primer plano para el operador.

Su instalación ha costado un millón de euros. Eso sí, la Policía Local ha tenido que preparar un vasto dossier para motivar la necesidad y el motivo exacto de la colocación. Solo así han recibido el visto bueno de la Comisión de Videovigilancia y de la Delegación del Gobierno, condición previa a su instalación. Este permiso se renueva anualmente, siempre que las circunstancias se mantengan.

Las cámaras están colocadas en lugares estratégicos del municipio, por el paso de personas y la actividad comercial. Algunos de estos aparatos, con una resolución de hasta 24 megapíxeles, dan una nitidez de imagen brutal. Otros cubren los 360 grados del lugar en el que se hallan para no perder detalle. Están diseñados y protegidos de tal modo que las condiciones meteorológicas no afectan a su trabajo. Si están averiados o sufren algún fallo, avisan por sí solos a los responsables del sistema.

Sin embargo, lo más importantes no son estos ojos externos, sino el potentísimo software que los respalda. “Se graban horas y horas de imágenes, pero de poco servirían si tuvieran que estar muchas personas para analizarlos y buscar lo que realmente se quiere”, explica el jefe de la Policía Local, Manuel López. Lo importante está en que se pueden buscar detalles tan insignificantes como el color de las zapatillas de una persona e incluso la tonalidad de pelo o un rango de tiempo.
Cribado al instante

El sistema criba todos los fotogramas de los últimos 30 días —el máximo tiempo permitido para guardar las imágenes, según la legislación actual— y ofrece todas las opciones al instante. Como en el caso del atraco de la octogenaria, la camiseta negra con franjas verdes. “Está sociológicamente demostrado que la simple instalación de las cámaras ya reduce los delitos un 15%”, añade el mando policial de Las Rozas.

    Está sociológicamente demostrado que la simple instalación de las cámaras ya reduce los delitos un 15%
    Manuel López, jefe de la Policía Municipal de Las Rozas

Una vez que el policía ya ha localizado a la víctima o al agresor, puede buscar todo lo que ha pasado, antes y después. Se trata de “un sistema bajo demanda”, según explica el responsable de Tecnología de la policía roceña, el oficial Pedro Buiza. “Se van metiendo filtros y filtros, hasta que damos con lo que estamos buscando. Después el programa nos une todas las imágenes por orden cronológico, según han sido grabadas por las diferentes cámaras”, añade este mando.

Los visores también graban las matrículas de todos los vehículos que entran en su radio de acción. Basta un solo número o una sola letra para sacar todos los coches y, desde ahí, localizar al que ha sido utilizado para algún hecho delictivo. “Lo que debe quedar claro es que no vamos a utilizar las cámaras para poner multas administrativas. No se han instalado para denunciar a coches en segunda fila o subidos a la acera”, describe gráficamente López. También se pueden poner alarmas por si un vehículo en concreto —catalogado en el argot como “de interés policial”— entra en la zona y es necesario identificar a sus ocupantes, seguirlos durante todo su recorrido o simplemente avisar a otros cuerpos, como la Guardia Civil o el Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

De hecho, son numerosas las peticiones de muchas policías de todo el país para seguir a determinados vehículos, según el jefe del cuerpo, que no ofrece más detalles para no desvelar las investigaciones en curso.

Sin límites

El sistema operativo no tiene ahora mismo límites. Una prueba realizada para este periódico permitió saber en tiempo real las personas con camiseta amarilla que circularon montadas en bicicleta en una mañana por delante del Ayuntamiento. El resultado de la búsqueda ofrecía el recorrido que hicieron, la hora y el tiempo que permanecieron en la vía. El algoritmo es tan amplio que permite detectar objetos abandonados en la vía pública (mochilas, cajas o similares), si las personas se caen o un coche va en dirección prohibida. Basta con programarlo y el software se encarga del resto.

Lo que reconocen sus responsables es que no solo existe un interés policial, sino que estos datos permiten hacer análisis muy detallados de los hábitos de las personas. Identifican por tramas los puntos más utilizados por los coches y los peatones o el número de vehículos o transeúntes que ha pasado en un periodo de tiempo. Los que salen en rojo en la pantalla son los más frecuentados, lo que permite al político saber por ejemplo dónde colocar un banco para que se siente la gente.

¿Quién asegura la privacidad de las imágenes y que no llegan a manos de terceros? El número de agentes que puede acceder a las cámaras es muy reducido y no llega a la veintena de los 148 que forman la plantilla de la Policía Local de Las Rozas. De hecho, ni el propio jefe tiene clave de entrada. Todas las imágenes se facilitan solo por requerimiento judicial o de otras policías, están cifradas y cuentan con certificado de autenticidad para asegurar la cadena de custodia y que puedan ser pruebas en juicios o en litigios. Pasado el tiempo reglamentario, el sistema graba encima de ellas. Los que más las utilizan son los integrantes del Grupo de Investigación, que dirige Miguel Ángel Fernández: “Hemos identificado a más de 50 personas y 50 vehículos dedicados al robo al descuido o por el método del mataleón [coger a la víctima por detrás y dejarla sin conocimiento]. Como todo está apoyado en imágenes, les detenemos en cuestión de minutos”. Y después, la consiguiente denuncia, la instrucción judicial y, por último, la condena.

Descuideros apresados

Una de las bandas que lograron desarticular se dedicaba al robo al descuido en vehículos. En las imágenes que guardan se ve cómo uno de los integrantes se dedica a despistar a una conductora que ha sufrido una avería en la calle Real, mientras otra mujer abre la puerta trasera del coche y le roba con tranquilidad el bolso. La víctima no se entera de la sustracción hasta pasados unos minutos, cuando los ladrones ya se han marchado. Pero el Citroën Xsara gris que conducían había sido grabado por las cámaras y la matrícula era perfectamente visible.

Las imágenes se ven en un inmenso muro de pantallas en la sala del 092, justo a la entrada de la sede policial. Este también se caracteriza por su versatilidad. Permite desde pequeñas imágenes de muchas cámaras o ampliar una a gran tamaño para no perderse ningún aspecto de la escena. Este se utiliza, sobre todo, cuando hay alguna emergencia o se vive algún momento crítico. De esta forma, los operadores pueden informar a los patrullas de todos los detalles antes de que lleguen, por dónde ha huido el criminal o los recursos sanitarios necesarios. O incluso si se tienen que movilizar otros cuerpos, como la Guardia Civil.

“Ha habido un gran interés de muchas policías. Son frecuentes las visitas de otros municipios para ver lo que estamos haciendo y qué permite el sistema”, admite Manuel López. Hasta ahora, son los únicos en España que cuentan con estos ojos a los que no se les escapa nada.

Otros 234 ‘ojos’ se sumarán para controlar el tráfico

Los 61 ojos electrónicos de Las Rozas tendrán en breve como compañeros otras 234 cámaras de videovigilancia, pero en este caso con el fin de supervisar el tráfico rodado. El municipio, con 58 kilómetros cuadrados, tiene 73 entradas y 72 salidas en puntos como la M-50, la autovía de A Coruña (A-6) o las calles que la unen con la vecina Majadahonda, entre otros. Eso hace que el tránsito de vehículos sea enorme. Estas nuevas cámaras también leerán matrículas a través de un dispositivo llamado OCR y controlarán los vehículos, pero no tendrán una finalidad tan amplia como la de sus hermanas del centro y de Európolis. El Ayuntamiento invertirá en ellas 1,8 millones de euros y contarán, al igual que las primeras, con una red de transmisión propia e incluso mejorada por microndas o wi-fi. Cuando ya estén instaladas, Las Rozas se convertirá en uno de los municipios con mayor número de dispositivos electrónicos de videovigilancia de toda España.

El responsable de Tecnología de la Policía Local, el oficial Pedro Buiza, explica que su trabajo no consiste solo en la instalación de las cámaras y en que funcionen a la perfección. Cada año hacen una extensa auditoría de cada dispositivo en particular y se comprueba la efectividad, si es necesario algún cambio, e incluso la poda de un árbol que tape la visión. También existe la posibilidad de tener que tapar las imágenes, si hay casas particulares o han levantado algún edificio nuevo.
El último estudio ha detectado que es necesario cambiar dos dispositivos, tras la instalación de sendas terrazas en dos bares y la poda de algunos árboles que impiden una correcta visión. El resto de cámaras permanece sin ningún cambio.




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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #1959 en: 30 de Junio de 2021, 07:05:37 am »

El Supremo confirma la condena a un hombre que divulgó en Facebook que su expareja vivió en una casa de acogida


El Tribunal ratifica el delito de revelación de secretos y recuerda que lo que se publica en las redes también beneficia a "aquellas empresas interesadas en la minería de datos y que hacen del conocimiento del perfil de cada ciudadano una fuente de riqueza"
— Así trabaja una empresa española que compra y vende datos personales para hacer publicidad: "Recogemos toda la información posible"






La facha de un edificio, en una imagen de archivo.
La facha de un edificio, en una imagen de archivo. EUROPA PRESS
Carlos del Castillo

29 de junio de 2021 13:12h
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@cdelcastillom
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de un año de prisión y 1.865 euros de multa contra un hombre que publicó en Facebook un documento redactado por los servicios sociales que documentaba que su pareja se vio obligada a vivir durante dos meses en una casa de acogida. En una sentencia dictada el 17 de junio y publicada este martes, los magistrados de la Sala de lo Penal han ratificado la decisión de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, que condenó al hombre por revelación de secretos después de que este se hiciera con el documento, lo digitalizara y lo divulgara en la red social.