Autor Tema: Grabaciones, fotografías y protección de datos  (Leído 326289 veces)

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2520 en: 18 de Septiembre de 2025, 07:30:27 am »
Piden tres años a un policía de Santander por acceder a los datos de una víctima de violencia de género

Historia de F. Molinero • 21 h •

Un agente de la policía local de Santander ha sido procesado por un presunto delito contra la intimidad, tras acceder en repetidas ocasiones y sin autorización a los datos personales de una mujer protegida por el Sistema VioGén, víctima de violencia de género y pareja de un conocido narcotraficante en Cantabria.

La acusación particular, ejercida por la propia víctima, solicita para el agente tres años de prisión, seis años de inhabilitación absoluta y una multa de 8.100 euros, a razón de 15 euros diarios durante 18 meses, según ha informado Ep, citando fuentes del procedimiento judicial. El fiscal del caso aún no ha presentado su escrito de calificación, pero se ha opuesto a que se estime el recurso de apelación interpuesto por la defensa.

Estas actuaciones procesales se producen después de que el juez instructor procesara al agente por acceder sin justificación ni permiso a información confidencial del Sistema VioGén y por "maniobrar" para intentar rebajar el nivel de riesgo asignado a la víctima catalogado como “medio”- al considerar que era “exagerado”.

El procesado estaba destinado a la Oficina de Protección de Víctima (Oprovic) y en su día fue detenido por un presunto delito de revelación de secretos, por informar al cabecilla de un grupo dedicado al tráfico de cocaína en Cantabria y que era el supuesto agresor de la mujer sobre la que consultó los datos de Viogén y, también, arrendador del agente procesado. A su vez, ese hombre había denunciado a la mujer, gozaba del estatuto de 'víctima protegida' y su protección había sido asignada al policía local.

Según el auto de procesamiento dictado por del Juzgado de Instrucción número 4 de Santander, entre los meses de agosto y noviembre de 2023, el agente consultó una decena de veces información sensible sobre la víctima el Sistema VioGén, al que tenía acceso por su cargo.

En esas consultas se centró en el nivel de riesgo medio que presentaba la mujer, y además, contactó con un agente de la Policía Nacional encargado de su protección para pedir que se reevaluara dicha valoración y se rebajara a “bajo”. Finalmente, el riesgo fue modificado, aunque según el juzgado fue por decisión propia del agente competente y no como consecuencia de la presión ejercida.

La defensa del policía local solicitó el archivo de la causa al considerar que no hubo divulgación de ningún dato de la víctima, que el acceso al Sistema Viogén no era indebido ni tampoco delito, alegaciones rechazadas por el magistrado, para quien los hechos podrían constituir un delito contra la intimidad, penado con hasta cinco años de cárcel e inhabilitación absoluta de seis a doce. La acusación particular ha solicitado tres de prisión y seis de inhabilitación.



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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2521 en: 30 de Septiembre de 2025, 09:54:01 am »

Sanción de 70.000 euros por incorporar a una empleada a un grupo de whatsapp del trabajo usando su móvil personal


La Agencia Española de Protección de Datos considera que la empresa ha vulnerado la normativa relativa al tratamiento lícito de la información personal y a la desconexión digital

Susana Zamora
Susana Zamora

Lunes, 29 de septiembre 2025, 20:34


70.000 euros. Esa es la sanción impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a la empresa LVMH Iberia (filial del gigante francés de la cosmética de lujo) por incorporar a una empleada a un grupo de whatsapp del trabajo usando su número de teléfono personal y sin consentimiento previo.

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Según recoge la resolución consultada por este periódico, en el transcurso de su relación laboral tuvo que hacer uso de su móvil personal «por requerimiento y exigencia de la empresa», a la espera de un terminal corporativo que nunca le fue entregado. Unos dispositivos que, según la afectada, sí llegaron a otros empleados incorporados con posterioridad a ella.

Según declaró, al iniciar sus vacaciones se salió de varios grupos de whatsapp «previo aviso verbal y por correo electrónico» a todos los responsables de la tienda. En el correo exponía lo siguiente: «El motivo de este correo, tal y como lo he comentado con algunos de vosotros personalmente, es que empiezo mis vacaciones el sábado y ya no seguiré utilizando mi móvil personal para cuestiones laborales como hice hasta ahora dada la demora del ICON (móvil corporativo). Espero pronto tener disponible el móvil de empresa, así que de momento seguiré en contacto con mi móvil con los clientes que ya tengo, pero sin dar mi contacto a nuevos clientes y lo llevaré conmigo para estar disponible en planta en caso de necesitar contactarme. Saldré de los grupos a final de mi jornada el viernes».

Sin embargo, unos días después y durante su descanso, una persona de la empresa agregó el número de su dispositivo personal al grupo de whatsapp de trabajo «sin previo aviso ni comunicación al respecto». Y así se mantuvo hasta que unas semanas después, la misma persona la eliminó del mismo al ser despedida por la empresa. El asunto no quedó ahí y la trabajadora decidió denunciar los hechos ante la AEPD.

Postura «garantista»
Pero la empresa, en sus alegaciones y tras recibir la denuncia por parte del organismo, declaró que adoptó en todo momento una postura «garantista». Se defendió asegurando que en el correo electrónico enviado por la afectada no solicitó ser eliminada de los grupos de whatsapp de empresa. «Literalmente anunciaba que comenzaba sus vacaciones (…) y que entonces saldría de dichos grupos (además de avisar que deseaba seguir usando su móvil personal para fines laborales y para su localización en planta, sin excluir los grupos de whatsapp)».

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La empresa aseguró que respetó «escrupulosamente» la decisión de la empleada de no participar en dichos grupos durante todo el período de vacaciones, «lo que revela el rigor con el que la empresa deseó respetar en todo momento su privacidad». En su opinión, la empleada no solicitó nunca una eliminación permanente, sino que solo manifestó su voluntad de salir y no participar en dichos grupos durante las vacaciones.

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Valoraciones que no fueron suficientes para la AEPD, que finalmente ha sancionado a la compañía por una vulneración del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), ya que hizo un tratamiento ilícito de datos de carácter personal al no recabar permiso previo de la empleada: «La documentación obrante en el expediente ofrece indicios evidentes de que la empresa llevó a cabo la utilización del número personal del dispositivo móvil de la trabajadora para su inclusión en un grupo de whatsapp sin que conste que la empleada diera su consentimiento». Además, Protección de Datos considera que también vulneró el derecho de desconexión digital de la empleada, al incluirla en el grupo estando de vacaciones.

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La negativa de un trabajador a compartir con su empresa datos personales está avalada también por una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en 2015 en la que anuló por «abusiva» una cláusula tipo de los contratos laborales que forzaba a los asalariados a dar a la compañía su número de móvil o su dirección de e-mail para que ésta pudiera comunicarles cualquier tipo de cambio en su relación laboral, como un despido.

Finalmente, LVMH IBERIA ha pagado 42.000 euros de multa tras acogerse a dos reducciones y reconocer su responsabilidad en los hechos relatados.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2522 en: 04 de Octubre de 2025, 06:50:27 am »


La Justicia y Protección de Datos cercan a un activista acusado de exponer a policías infiltrados

Un juzgado investiga por falsedad documental y revelación de secretos a un militante de varios colectivos antifascistas de Madrid bajo la acusación de conseguir información de policías encubiertos durante años en estos grupos a través del Registro de la Propiedad

Alberto Pozas

3 de octubre de 2025 22:44 h Actualizado el 04/10/2025 05:30 h 0
Un juzgado de Madrid mantiene imputado desde hace meses a un activista por exponer en Twitter a policías nacionales que se han infiltrado en diversos movimientos sociales en la última década. Una investigación abierta por la propia Policía, que durante semanas recopiló tuits de este joven hasta conseguir la apertura de una causa en la Plaza de Castilla apuntando a que hizo decenas de búsquedas en el Registro de la Propiedad relacionadas con agentes que, según han publicado medios como La Directa o El Salto en los últimos años, se infiltraron en movimientos antidesahucios, ecologistas, antirrepresivos o independentistas mientras decenas de activistas —que no estaban acusados de nada— eran espiados sin saberlo. Una investigación judicial y policial a este activista que se suma a otra de la Agencia Española de Protección de Datos en la que se expone a multas de miles de euros.

La infiltración silenciosa de agentes policiales en distintos movimientos sociales de todo el país se ha convertido en uno de los grandes conflictos de estos colectivos que han descubierto que algunos de sus antiguos miembros eran, en realidad, policías jóvenes recién salidos de la academia de Ávila. Desde activistas de Barcelona que denuncian que mantuvieron relaciones sexuales con un policía sin saber que era un agente hasta colectivos de Madrid que se disolvieron poco después de saber que habían abierto las puertas de sus casas, a veces de forma literal, a policías encubiertos.


El atestado que ha conseguido la imputación de este activista no explica de dónde surgió la iniciativa de abrir una investigación, dado que los policías expuestos en estas publicaciones se han personado posteriormente en la causa judicial como potenciales afectados. La Brigada Provincial de Información se limita a explicar que han realizado “labores de rastreo en redes sociales” hasta detectar “publicaciones difundidas por militantes de movimientos radicales antisistema y de la ultraizquierda española”. Una “campaña”, dice el atestado, que tiene por objetivo “desvelar la identidad de funcionarios policiales”.

El documento policial alude de pasada a los dos medios de comunicación, La Directa y El Salto, que han revelado la mayor parte de estos casos y se centran en seis mensajes en la red social X –entonces Twitter– escritos por una misma cuenta en la que se ofrecen detalles de seis policías infiltrados en movimientos sociales y destapados en esas informaciones. Esa cuenta tiene detrás a un activista conocido tanto de la Brigada Provincial de Información como de varios topos policiales: Jorge J.A, integrante entre otros colectivos del extinto Distrito 14 de Moratalaz, que durante años compartió militancia con varios de estos agentes.

El atestado que ha propiciado la apertura de la causa judicial no detalla esas “campañas” de supuestos grupos radicales que sí menciona en su encabezado y apunta a seis tuits de la misma cuenta para concluir que algunos de los datos de estos policías solo podían ser obtenidos a través del Registro de la Propiedad, donde este activista realizó decenas de búsquedas, según acusa la Policía en su investigación previa a la judicialización del caso.


Es el argumento de la Policía para acusar a Jorge J.A. de dos delitos que su defensa ya ha recurrido ante el juzgado. Por un lado, revelación de secretos al entender que ha difundido datos personales de estos agentes. Pero también falsedad documental porque, entiende, accedió a sus datos del Registro de la Propiedad alegando “un interés legítimo falso” en sus solicitudes de información. El atestado se centra en este activista, pero también apunta al “Manual para destapar a un policía infiltrado”, publicación anónima que relata las herramientas usadas por colectivos sociales para detectar la presencia de agentes encubiertos en sus filas.

“No me cogió por sorpresa, sabíamos que esto podría llegar a pasar”, explicó este activista a El Salto tras conocerse su caso. Su defensa, tal y como ha podido constatar elDiario.es, ha solicitado al juzgado el archivo de la causa después de que varios de estos policías encubiertos se hayan personado en las diligencias contra él. “Solicitar unas notas simples al Registro, incluso si fuera bajo un ”falso pretexto“ tal y como sostienen los agentes investigadores, es una conducta penalmente atípica”, alega sobre la acusación de falsedad documental.

Este escrito, a la espera de una decisión por parte del juzgado, también alega que la información que difundió en Twitter no incluía información confidencial, sino que era pública en el Boletín Oficial del Estado o había sido publicada ya por medios de comunicación tras desvelar su condición de agentes encubiertos. “Resulta evidente que no se ha publicado información sensible o confidencial. No se han publicado datos íntimos ni el domicilio concreto de estos agentes”.

Proceso abierto en Protección de Datos
Los frentes legales contra este activista, que la Policía enmarca en una supuesta “campaña” que abarca medios de comunicación y una publicación impresa anónima, van más allá de la vía penal en los juzgados de Madrid. Según ha podido comprobar este periódico, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha abierto un procedimiento y se ha dirigido a Jorge J.A para pedir explicaciones por varios de los tuits igualmente investigados por la vía penal en los que exponía las identidades de tres policías encubiertos. En los tres casos, mensajes en los que enlazaba a información publicada en el Boletín Oficial del Estado o en las redes sociales de los policías.

Los procesos abiertos por la AEPD no terminan en posibles penas de cárcel, como lo puede llegar a hacer una causa judicial, pero sí en cuantiosas multas económicas. En este caso, la Agencia ha requerido al activista para que revele el “origen” de los datos e imágenes que publicó —los propios tuits enlazan al BOE– así como la “base de legitimación” que tenía para difundirlos y un “análisis” sobre el equilibrio entre su libertad de expresión y la protección de datos de los agentes.

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La revelación de la existencia de policías infiltrados en diversos movimientos sociales ha abierto un debate sobre la capacidad de acción y la falta de control en la actividad de agentes que pasan años, en ocasiones, formando parte del día a día de activistas sobre los que no pesa ningún tipo de investigación judicial. Desde un agente infiltrado durante dos años en un movimiento propalestino catalán hasta dos policías que formaron parte de Distrito 14, el colectivo del barrio madrileño de Moratalaz que en su momento fue objeto de detenciones policiales por invadir un pleno municipal sin que nadie fuera condenado.

Los activistas acusan desde hace años las consecuencias de estas infiltraciones policiales que después no se traducen en investigaciones judiciales, desde las denuncias de torturas hasta la disolución de algunos de estos colectivos. También han relatado cómo los policías infiltrados participaban activamente en sus acciones, hasta el punto de lanzar piedras contra los antidisturbios, para después ver cómo las causas judiciales en las que había agentes implicados se diluían en los tribunales hasta perderse. Por el momento ningún juzgado ha aceptado investigar si estas infiltraciones cumplieron con la legalidad.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2523 en: 04 de Octubre de 2025, 10:07:24 am »
La verdad es que no entiendo muy bien la noticia, hasta donde yo se, los Registros en España son públicos, esa es la razón por la cual, cuando sea acude a un notario para otorgar una escritura y después esta se inscribe en el Registro se dice que se ha elevado a pública, el acceso a los datos del registro se hace pagando, con la correspondiente tasa se consigue la nota simple informativa de los datos de la propiedad en cuestión, no entiendo, por lo tanto, muy bien esta noticia

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2524 en: 21 de Octubre de 2025, 08:23:55 am »


El número dos de Ayuso declarará por publicar un documento policial que señalaba a un “joven negro” en una agresión sexual


Alfonso Serrano comparecerá como testigo tras colgar en X una nota interna de la Policía Municipal de Alcalá de Henares que recogía la denuncia de una mujer sobre un presunto intento de agresión sexual por “un joven de raza negra”, lo que ha valido la imputación de la alcaldesa de la localidad por infidelidad en la custodia de documentos



Pedro Águeda

20 de octubre de 2025 17:32 h
Actualizado el 20/10/2025 18:46 h
30

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La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Alcalá de Henares ha citado a Alfonso Serrano, número dos del PP madrileño, para que declare como testigo en la investigación contra la alcaldesa de la localidad por la filtración de un documento interno de la Policía local que el político utilizó para defender las afirmaciones de la presidenta madrileña vinculando a un grupo de inmigrantes con delitos sexuales. Serrano deberá comparecer en el juzgado el próximo 2 de diciembre, al igual que la concejala de Seguridad Ciudadana, Orlena María de Miguel Muñoz, y el tercer teniente de alcalde, Gustavo Severien Tigeras, también en calidad de testigos, según recoge la diligencia de ordenación a la que ha tenido acceso elDiario.es.

La alcaldesa del municipio alcalaíno, Judith Piquet, hizo varias declaraciones públicas en enero de 2024 en las que aludía a dos denuncias de agresiones sexuales cometidas presuntamente por “un varón negro y joven”. Lo hizo después de que la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, acudiera a esta localidad a celebrar el Consejo de Gobierno para arropar a la alcaldesa tras unos altercados en los que participaron inmigrantes trasladados desde Canarias al Centro de Acogida, Emergencia y Derivación (CAED), ubicado en el acuartelamiento Primo de Rivera de Alcalá de Henares.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2525 en: 22 de Octubre de 2025, 08:16:54 am »
Lógico...




La Fiscalía de Sevilla investiga la difusión en redes de imágenes de menores identificadas como acosadoras de Sandra


Además de exigir la retirada de las fotografías, ha abierto diligencias de investigación penal por la difusión en redes sociales de su identidad junto a mensajes de amenazas

SevillaelDiario.es

21 de octubre de 2025 13:45 h



La Fiscalía de Sevilla, a través de la especialidad de Criminalidad Informática, ha requerido a una red social la retirada de las imágenes de tres menores que las identifica como supuestas acosadoras del colegio Irlandesas de Loreto, en el que estaba escolarizada Sandra Peña, la joven de 14 años que el pasado martes se precipitó desde una azotea tras haber sufrido acoso escolar.


La Fiscalía abre dos investigaciones en Sevilla tras el suicidio de Sandra por sufrir acoso escolar

En paralelo, ha abierto diligencias de investigación penal por la difusión en redes sociales de las fotografías con su identidad y con mensajes de amenazas. Así lo ha anunciado el Ministerio Público en un comunicado, donde recuerda que en su función de protección de la imagen de los menores, “el acoso no se puede combatir con el acoso y amenazas”.

Todo ello en el marco de la investigación por el suicidio de Sandra, cuya familiar alertó en varias ocasiones de que era víctima de acoso escolar, pero el colegio no activó no el protocolo de acoso. Sobre este caso, el presidente de la Junta de Andalucía, Juan Manuel Moreno, ha sugerido este martes que las grandes corporaciones tecnológicas bloqueen el uso de las redes sociales a los menores que acosen de manera “reiterada” a otros.


Cabe recordar que el Ministerio Público anunció este lunes que había abierto dos expedientes para investigar las circunstancias que rodean el suicidio. Uno de los procedimientos, de reforma juvenil, se centra en la posible implicación de varias menores en los hechos, mientras que el segundo, de supervisión, tiene por objeto evaluar la actuación y posible responsabilidad de los responsables del centro educativo en el que estudiaba la víctima.

La Policía “custodia y vigila” el entorno del colegio
En paralelo, el delegado del Gobierno en Andalucía, Pedro Fernández, ha asegurado este martes que la Policía Nacional está realizando un trabajo de “custodia y vigilancia” para evitar “situaciones no deseables” en el entorno del centro educativo en el que estudiaba Sandra, que ha sido objeto de pintadas desde el suicidio.

En declaraciones a los medios, Fernández ha confirmado que la investigación continúa abierta y ha pedido el “máximo respeto” al trabajo de la Policía y la Fiscalía de Menores en la investigación del caso. Asimismo, ha destacado que el papel del teléfono móvil en el proceso es “importante”.

Moreno propone vetar en redes sociales a los menores que acosen de forma “reiterada” tras el suicidio de Sandra Peña

Por su parte, la dirección del colegio privado concertado pedía este lunes “cautela y responsabilidad hasta que finalice la investigación” policial, judicial y administrativa en torno al suicidio de la que fuera alumna del centro, además de que “cese cualquier situación violenta como las que se han producido en las inmediaciones del colegio”. El centro se enfrenta a perder concierto educativo con la Junta si se confirma que ha existido un incumplimiento “muy grave” por no haber activado el protocolo que le exigía la normativa.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2526 en: 22 de Octubre de 2025, 13:44:14 pm »
. . . no va a pasar nada, ni a los acosadores ni al colegio, todo va a quedar en nada, como siempre. . .

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2528 en: 22 de Noviembre de 2025, 09:04:07 am »

Un alcalde monta su 'Gran Hermano' en Mallorca: más de 50 cámaras en un pueblo para controlar hasta los bares


Los equipos de grabación de Santa Eugènia carecen de la preceptiva autorización y control de la Delegación del Gobierno y fuentes solventes acusan al primer edil de acceder a las imágenes desde su ordenador
 Reina
Alberto Fraile / Angy Galvín

Mallorca —
21 de noviembre de 2025 22:12 h
Actualizado el 22/11/2025 05:30 h
0

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Santa Eugènia es un pequeño municipio del interior de Mallorca con algo más de dos mil habitantes, rodeado de campos de viñedos y caminos rurales. Vive al margen del turismo, algo poco habitual en la isla. Esa apariencia tranquila contrasta con una realidad inquietante: al recorrer el centro del pueblo, es posible observar decenas de dispositivos de videovigilancia instalados a baja altura en farolas, postes de alumbrado y fachadas, orientados hacia calles, plazas e, incluso, terrazas de bares.


El Supremo dice que instalar una cámara en la mirilla de una vivienda afecta a la intimidad de los vecinos

Han sido los propios trabajadores y vecinos del pueblo quienes, en los últimos años, han alertado de la proliferación de cámaras. elDiario.es ha podido localizar sobre el terreno más de medio centenar de dispositivos activos y visibles, muchos de ellos sin señalización, que conforman un sistema de vigilancia sin precedentes en un municipio de estas dimensiones. El despliegue se habría llevado a cabo de forma paulatina y sin constar en expedientes públicos, lo que sugiere una expansión silenciosa y sin control administrativo.

Sorprende que todas las calles y accesos a Santa Eugènia estén bajo vigilancia constante, según ha podido comprobar elDiario.es tras su recorrido por el municipio. Esta cobertura garantiza que rostros y matrículas puedan ser identificados en prácticamente cualquier desplazamiento dentro o hacia el núcleo urbano. Otro detalle significativo es que las terrazas de los tres bares del pueblo —Can Topa, S'Estació i L'Escargot— también se encuentran videovigiladas, con cámaras apuntando directamente a las mesas y zonas de reunión. En apenas cuatro calles —carrer Major, carrer Bisbe Sastre, carrer de S’Aljub, carrer de Ses Escoles y carrer de l’Església— hay 25 cámaras.


Los dispositivos se alimentan directamente de la red de alumbrado público. Por otra parte, muchos de ellos carecen de cualquier cartel de señalización que advierta de su presencia y los pocos que lo exhiben resultan estar completamente obsoletos: remiten a leyes derogadas, omiten la identificación de la Policía Local como destinataria de las imágenes y no especifican el plazo de conservación, entre otras informaciones relevantes.

Una de las cámaras instaladas sin la señalización adecuada que custodia uno de los accesos al centro del pueblo por el carrer de l’Església.
Una de las cámaras instaladas sin la señalización adecuada que custodia uno de los accesos al centro del pueblo por el carrer de l’Església. Jaime Reina
Tramo del carrer Major vigilado por cuatro cámaras, varias de ellas orientadas hacia las mesas de los bares L’Escargot y Can Topa.
Tramo del carrer Major vigilado por cuatro cámaras, varias de ellas orientadas hacia las mesas de los bares L’Escargot y Can Topa. Jaime Reina
El alcalde y su 'ventana indiscreta'
Según fuentes solventes y conocedoras del sistema, el alcalde tendría acceso directo a las grabaciones desde su ordenador personal, un extremo que el primer edil no ha querido confirmar ni negar. Esas mismas voces apuntan que la infraestructura permitiría la visualización multipantalla en tiempo real, aunque solo un análisis forense de sus equipos podría determinar si esta función está activa y si también se ha habilitado la captación de audio. De confirmarse, los terminales que permiten visualizar las imágenes no estarían bajo la custodia exclusiva de la Policía Local, como exige la ley.


Las 50 cámaras ilegales instaladas

en Santa Eugènia

Polideportivo

Camí llogaret de Ses Alqueries

Antiguo punt verd

ses Coves - Sta. María

ses Alqueríes

Plaça d,es

Puget

Llogaret de Ses Coves

Bares

Nuevo punt verd

Zona escuela

Sineu - Algaida

Camí llogaret de Ses Olleries

FUENTE: ALBERTO FRAILE

Todo apunta a que la red de videovigilancia desplegada en el corazón de Mallorca opera de forma claramente desproporcionada, hasta el punto de haber convertido este pequeño municipio en uno de los lugares más vigilados de Europa. Según las comparaciones disponibles, la densidad de cámaras en esta localidad es excepcional incluso a escala internacional. Con un mínimo 50 terminales para poco más de 2.000 habitantes, el municipio alcanza una ratio aproximada de 21 por cada mil vecinos. En Madrid la cifra ronda las 4,4, en Londres, 13, en Moscú, 19 y en Seúl, 24, según el estudio The World’s Most Surveilled Cities, publicado por Comparitech en 2023.

Las cámaras están instaladas a baja altura, en fachadas particulares, farolas y postes de la luz. En varios puntos aparecen agrupadas en parejas e incluso tríos, cubriendo todos los ángulos sin dejar zonas ciegas.
Las cámaras están instaladas a baja altura, en fachadas particulares, farolas y postes de la luz. En varios puntos aparecen agrupadas en parejas e incluso tríos, cubriendo todos los ángulos sin dejar zonas ciegas. Jaime Reina
Otra perspectiva de la plaza del Ajuntament y de la terraza del bar Can Prim, vigiladas por varias cámaras.
Otra perspectiva de la plaza del Ajuntament y de la terraza del bar Can Prim, vigiladas por varias cámaras. Jaime Reina
Delegación del Gobierno no las ha autorizado
El Consell de Mallorca ha aclarado a elDiario.es que esta institución no tiene ninguna cámara en el casco urbano del pueblo. Por su parte, Delegación del Gobierno ha confirmado a este medio que no consta ninguna autorización ni supervisión sobre el sistema de videovigilancia de Santa Eugènia en los últimos ocho años. “No hemos tenido ninguna solicitud de renovación ni de instalación de cámaras del Ayuntamiento”, señalan desde el organismo.

La Ley Orgánica 4/1997, que regula el uso de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en espacios públicos, establece que la instalación de cámaras fijas requiere autorización de Delegación del Gobierno. La validación depende del informe previo de la Comisión de Garantías, presidida por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears y compuesta por el fiscal superior, la Abogacía del Estado y un representante del Ministerio del Interior. Los ayuntamientos deben presentar la solicitud con informes policiales que justifiquen la necesidad; la comisión evalúa y el delegado del Gobierno resuelve.

La aprobación en 2021 de una nueva ley de prevención de infracciones penales abrió el debate sobre si esta norma dejaba sin efecto la regulación de 1997. En territorios como Balears, la interpretación jurídica fue que la ley de 2021 sustituía a la anterior, lo que trasladó la competencia a los ayuntamientos. “El juicio de proporcionalidad correspondía al Consistorio y no era necesario pasar por Delegación”, explican las mismas fuentes.

Cartel oficial de “zona videovigilada”, deteriorado y mal fijado, con una referencia legal obsoleta que no cumple los requisitos actuales de información exigidos por la normativa de protección de datos
Cartel oficial de “zona videovigilada”, deteriorado y mal fijado, con una referencia legal obsoleta que no cumple los requisitos actuales de información exigidos por la normativa de protección de datos Jaime Reina
Todos los accesos a Santa Eugènia y los caminos que conectan los distintos llogarets —Ses Olleries, Ses Alqueries y Ses Coves— están igualmente vigilados, sin dejar vías de entrada o salida fuera del control de las cámaras.
Todos los accesos a Santa Eugènia y los caminos que conectan los distintos llogarets —Ses Olleries, Ses Alqueries y Ses Coves— están igualmente vigilados, sin dejar vías de entrada o salida fuera del control de las cámaras. Jaime Reina
En febrero de 2025, la Abogacía del Estado aclara en un informe que la ley de 1997 sigue vigente y que la instalación de cámaras fijas continúa dependiendo de la validación de Delegación del Gobierno. Tras esa conclusión, el organismo en las Illes Balears comunica en agosto a los ayuntamientos que todas las cámaras instaladas entre 2021 y 2025 deben ser regularizadas. “Cuando se aprueba en pleno o por decreto de alcaldía la instalación de cámaras, la autorización dura un año. Al vencer ese plazo, tienen que pedir renovación”, recuerdan desde Delegación.

Un mes después, el Ayuntamiento de Santa Eugènia envió un correo electrónico para preguntar cómo podían adecuar las cámaras. “Dijeron que remitirían un informe, pero lo que llega es una nota informativa. Es un documento que cita normativas y lista ubicaciones con una justificación mínima. Les explicamos que eso no puede sostener la renovación de cámaras fijas y detallamos cómo deben proceder, con ejemplos de otros ayuntamientos. Desde entonces, no hemos recibido más comunicaciones ni han presentado nada al registro”, señalan las mismas fuentes.

El Ayuntamiento, dirigido por el socialista Pep Lluís Urraca, rechaza hacer declaraciones y remite cualquier respuesta a la empresa GrupoX3, con la que tiene contratado el servicio de delegado de protección de datos. La compañía, consultada por elDiario.es, se limita a citar la Ley 19/2013 de transparencia, que fija un plazo mínimo de un mes para responder, pese a que la consulta realizada no se ajusta a una petición de información sometida a ese procedimiento.

El paisaje rural de Santa Eugènia está salpicado de cámaras instaladas en postes, fachadas y tejados, controlando de facto todos los espacios sociales y puntos de reunión del pueblo.
El paisaje rural de Santa Eugènia está salpicado de cámaras instaladas en postes, fachadas y tejados, controlando de facto todos los espacios sociales y puntos de reunión del pueblo. Jaime Reina
Parque infantil del centro del pueblo vigilado por cámaras instaladas en puntos elevados y fachadas cercanas, que captan toda la zona de juego.
Parque infantil del centro del pueblo vigilado por cámaras instaladas en puntos elevados y fachadas cercanas, que captan toda la zona de juego. Jaime Reina
Sin concurso público
El sistema de videovigilancia municipal está formado por una decena de zonas de grabación, con varios dispositivos por emplazamiento, lo que elevaría el total a más de cincuenta terminales conectadas a un panel de control presuntamente alojado en los ordenadores del Ayuntamiento. Aunque el acceso debería estar restringido a los equipos de la Policía Local, en este caso también se habría habilitado acceso desde el ordenador personal del alcalde, como sostienen estas tres fuentes de solvencia.

La contratación de la empresa encargada de la instalación de las cámaras ha sido realizada sin que conste concurso público. En el Portal de Transparencia municipal no figura ninguna referencia a licitaciones, contratos o resoluciones relacionadas con la red de videovigilancia ni con sus costes de instalación o mantenimiento. Aunque no se han hecho públicos los costes oficiales, fuentes del sector estiman que cada dispositivo tendría un precio aproximado de 1.600 euros, en función del proveedor y las características técnicas del modelo.

En este caso, solo consta un acuerdo oficial —aprobado el 8 de enero de 2020 en el pleno municipal— relativo a la instalación de tres cámaras de tráfico con fines de control de acceso y seguridad vial. Desde entonces no se ha registrado ninguna mención a la ampliación del sistema. Tampoco figuran contratos ni adjudicaciones en el Portal de Transparencia que justifiquen la expansión de la red.

Las actas del pleno no recogen debates sobre la instalación, supervisión o ampliación del modelo municipal de control audiovisual, ni informes técnicos o jurídicos que avalen su funcionamiento. Esta ausencia de deliberación política y administrativa contrasta con la dimensión del despliegue, que se extiende por prácticamente todo el núcleo urbano.

Dos cámaras instaladas en una farola de la red eléctrica controlan la vida cotidiana de los vecinos en uno de los accesos al núcleo urbano.
Dos cámaras instaladas en una farola de la red eléctrica controlan la vida cotidiana de los vecinos en uno de los accesos al núcleo urbano. Jaime Reina
Cámara en el colegio Mestre Guillemet. Los alrededores del centro y parte de su interior constituyen una de las zonas más hipervigiladas del municipio.
Cámara en el colegio Mestre Guillemet. Los alrededores del centro y parte de su interior constituyen una de las zonas más hipervigiladas del municipio. Jaime Reina
“No es un cheque en blanco”
La legislación española en materia de captación de imágenes por parte de las administraciones públicas es clara y restrictiva. Cualquier ayuntamiento que desee colocar cámaras en la vía pública debe obtener autorización previa del delegado del Gobierno. La norma obliga a justificar la necesidad del sistema, su proporcionalidad y su impacto sobre los derechos fundamentales. Ningún punto de vigilancia puede activarse sin ese permiso expreso y con un fin debidamente acreditado.

El procedimiento legal exige, además, varios pasos previos: la elaboración de un informe técnico por parte de la Policía Local, un dictamen jurídico municipal que respalde la legalidad del tratamiento de imágenes y la evaluación de la Comisión de Garantías de Videovigilancia de Balears, encargada de verificar que el proyecto respeta la intimidad de las personas y los principios del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Solo tras completar esas fases puede emitirse la autorización administrativa y proceder a la instalación.

Parque de la calle Bartomeu Coll i Bibiloni: ejemplo de cómo los parques y plazas del municipio están vigilados mediante cámaras integradas en las farolas del recinto, sin zonas sin cobertura.
Parque de la calle Bartomeu Coll i Bibiloni: ejemplo de cómo los parques y plazas del municipio están vigilados mediante cámaras integradas en las farolas del recinto, sin zonas sin cobertura. Jaime Reina
Cámara colocada sobre una fachada en el carrer s’Àljub (carretera Ma-3030), captando de manera continua el paso de vehículos y peatones.
Cámara colocada sobre una fachada en el carrer s’Àljub (carretera Ma-3030), captando de manera continua el paso de vehículos y peatones. Jaime Reina
Elena Gil, abogada de derecho digital, fundadora de Data Guardians abogados, aclara que, incluso en aquellas cámaras en las que no existe grabación y solo se permite el visionado en tiempo real, los dispositivos están sometidos a la normativa de protección de datos. “La autorización de Delegación del Gobierno tiene una duración de un año y se va renovando, no es un cheque en blanco”, añade. La abogada aclara que estas cámaras deben estar instaladas en espacios públicos y que no están pensadas para “grabar sonidos”.

Una vez instaladas, los ayuntamientos deben contar con ciertas obligaciones documentales, en las cuales deben “analizar” y “dejar por escrito cuál es el riesgo que se pretende cubrir y cuál es el impacto”. “Las cámaras en la calle suelen tratar datos a gran escala y ser una observación sistemática. Esto hace que sean especialmente sensibles y, por ello, tienen que estar especialmente justificados los motivos por los que tú quieres llenar un sitio de cámaras. Además, las zonas videovigiladas tienen que estar marcadas”, explica Gil.

¿Qué pasa después con esta grabación? Según la experta, las imágenes deben ser suprimidas en el plazo de un mes, salvo que las autoridades tengan constancia de que existe un hecho en concreto que necesite ser vigilado o supervisado. En este caso, es posible aumentar la duración, pero “con la única finalidad de la vigilancia y únicamente para el envío a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o a jueces y tribunales”.

Cámara instalada en una farola que apunta a la terraza de un bar, registrando la actividad de los clientes.
Cámara instalada en una farola que apunta a la terraza de un bar, registrando la actividad de los clientes. Jaime Reina
Dos cámaras montadas de forma precaria en un poste de la luz aseguran la cobertura de uno de los accesos al núcleo urbano.
Dos cámaras montadas de forma precaria en un poste de la luz aseguran la cobertura de uno de los accesos al núcleo urbano. Jaime Reina
Poder político y control digital
Pep Lluís Urraca (Madrid, 1969) representa a una nueva generación de alcaldes socialistas en la Part Forana de Mallorca. En 2015 se incorporó al Ayuntamiento de Santa Eugènia como concejal del PSOE y, cuatro años después, se convirtió en el primer alcalde socialista del municipio gracias a un pacto con la agrupación local FEIM-Santa Eugènia.

En 2023 obtuvo mayoría absoluta —con seis regidores frente a tres del PP— y fue investido alcalde por segunda vez, ya sin necesidad de pactos. Desde marzo de 2025 compagina la alcaldía con la Secretaría de Política Municipal del PSIB-PSOE, un cargo que lo sitúa en la dirección autonómica del partido, muy próximo al entorno de Francina Armengol.

Pep Lluis Urraca anuncia ante más de 100 personas su candidatura a la alcaldía de Santa Eugènia en 2023.
Pep Lluis Urraca anuncia ante más de 100 personas su candidatura a la alcaldía de Santa Eugènia en 2023. PSIB-PSOE
Imagen de Google Street View en la zona de bares del pueblo en 2018, cuando no existían las cámaras actuales.
Imagen de Google Street View en la zona de bares del pueblo en 2018, cuando no existían las cámaras actuales. Google Street View
“Es una red desproporcionada”
El mantenimiento de esta macro red de cámaras está vigente bajo el mandato de Urraca, a pesar de que el alcalde niega tener ningún tipo de información al respecto. En base a la información publicada por elDiario.es, la abogada Gil observa “una desproporción” en el pueblo y apunta que “no se han seguido los mecanismos para autorizar las cámaras y considerar que son proporcionales y justas”. Además, apunta que los dispositivos tienen que estar señalizados y que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tiene modelos de carteles.

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Más allá del caso concreto de este municipio, Gil lamenta que los ciudadanos puedan llegan a aceptar una “vigilancia masiva”: “Es un problema que se va agravando poco a poco. Empezamos a normalizar estar vigilados en distintos ámbitos, tanto por empresas como por el Estado, lo cual atenta a todo tipo de principios. Debemos tener muchísimo cuidado con generalizar este tipo de prácticas”.

Almeida multiplica la videovigilancia en Madrid y coloca 281 nuevas cámaras en barrios que votan a la izquierda

Farola del parque infantil con dos cámaras orientadas hacia la zona de juegos, que registran de forma constante la actividad de niños y familias.
Farola del parque infantil con dos cámaras orientadas hacia la zona de juegos, que registran de forma constante la actividad de niños y familias. Jaime Reina
Otro par de dispositivos en el carrer Major, una de las zonas más vigiladas, orientados hacia las zonas de paso del centro del pueblo y colocados a baja altura.
Otro par de dispositivos en el carrer Major, una de las zonas más vigiladas, orientados hacia las zonas de paso del centro del pueblo y colocados a baja altura. Jaime Reina
Mientras tanto, la vida en Santa Eugènia discurre con la calma de siempre, entre campos de viñedos, calles estrechas, plazas soleadas y rutinas que apenas cambian. Pero, bajo esa apariencia de sosiego, un pueblo entero podría estar siendo observado desde un despacho municipal, a través de un sistema de videovigilancia inédito en España.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2529 en: 22 de Noviembre de 2025, 15:17:39 pm »
A más seguridad, menos libertad. . . eso siempre es así. . .

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2530 en: 25 de Noviembre de 2025, 19:57:33 pm »

Multa de 10 millones a Aena por hacer reconocimiento facial a los pasajeros “sin justificar su necesidad”


Protección de Datos suspende el tratamiento biométrico en los aeropuertos al constatar que el gestor aeroportuario creó una base de datos centralizada para identificar viajeros cuando existían alternativas menos intrusivas

Carlos del Castillo

25 de noviembre de 2025 17:59 h
Actualizado el 25/11/2025 18:08 h

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una sanción de 10.043.002 euros a Aena por su sistema de reconocimiento facial en los aeropuertos españoles. El regulador ha ordenado además la suspensión temporal de todo tratamiento de datos biométricos por parte del gestor aeroportuario, al concluir que implementó una tecnología de alto riesgo para los derechos de los ciudadanos sin justificar que fuera realmente necesaria ni proporcional para el fin perseguido, que era agilizar el embarque.


Protección de Datos zanja el debate: la baliza V-16 de la DGT no puede identificar al conductor ni controlar sus viajes

La resolución carga contra la premisa de que la “experiencia de usuario” justifica cualquier despliegue tecnológico. La AEPD considera que Aena recopiló y almacenó datos biométricos de más de 62.000 pasajeros de forma centralizada sin haber realizado una Evaluación de Impacto válida, un requisito obligatorio para desplegar este tipo de tecnologías invasivas.

El organismo que dirige Mar España califica la falta de diligencia de la empresa pública como “grave”. Según el expediente, Aena era consciente de que su programa de reconocimiento facial implicaba un tratamiento de categoría especial y alto riesgo. Sin embargo, la compañía siguió adelante con el despliegue a pesar de haber recibido dos informes desfavorables previos de la propia Agencia durante la fase de consulta.


Vigilancia centralizada

El núcleo de la infracción no es el uso de la biometría, sino cómo se diseñó la arquitectura del sistema. Aena optó por un modelo de “identificación biométrica uno-a-varios” con almacenamiento centralizado. En términos técnicos, esto significa que la cara del pasajero no se coteja únicamente contra su documentación en el momento del paso del control, sino que se almacena en una base de datos central controlada por Aena.

La AEPD determina que este enfoque vulnera las leyes de privacidad, que estipulan que el tratamiento de datos debe ajustarse al mínimo imprescindible. El organismo regulador estipula que existían alternativas mucho menos intrusivas para lograr el mismo objetivo de seguridad y fluidez, como la autenticación biométrica local o, simplemente, el sistema tradicional de comprobación visual humana que ha funcionado durante décadas.

La resolución afirma que el nuevo sistema implicaba “almacenar muchos más datos personales” (incluyendo detalles de la tarjeta de embarque y la identidad del viajero) en los servidores de Aena durante un periodo de hasta dos años. Unas bases de datos que, para la AEPD, no eran necesarias con los métodos tradicionales ni con arquitecturas biométricas más respetuosas con la privacidad.

Aena recurrirá: “Es una cuestión formal”
Aena ha anunciado que recurrirá la sanción ante los tribunales, expresando su “respetuosa discrepancia” con ella. En un comunicado emitido tras conocerse la multa, la empresa defiende que la sanción se basa en una “supuesta infracción de una obligación formal”, refiriéndose a las deficiencias señaladas en su Evaluación de Impacto.

El gestor aeroportuario sostiene que los pasajeros prestaron su consentimiento “voluntariamente” e informado para acceder al embarque biométrico. Sin embargo, en el ámbito de la protección de datos, el consentimiento “no valida” un tratamiento si este es “desproporcionado o innecesario desde su diseño”, le recuerda la AEPD.

Aena también ha querido recalcar que la seguridad de los datos nunca estuvo comprometida: “No se ha producido ninguna brecha de seguridad y, por tanto, no ha habido ninguna filtración de datos de los usuarios”. La compañía argumenta que su único objetivo era “proporcionar a los pasajeros una mejor experiencia” y asegura que trabajará para reiniciar el programa “tan pronto como sea posible”.

Suspensión inmediata
Hasta que Aena no demuestre que puede gestionar estos datos cumpliendo estrictamente con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), el reconocimiento facial se queda en tierra. La suspensión dictada por la AEPD se mantendrá hasta que la empresa realice una evaluación de riesgos que contemple realmente los peligros para los derechos y libertades de los viajeros.

Esta medida correctiva no afectará a la operativa de los vuelos, ya que el sistema biométrico convivía con los controles documentales tradicionales, que seguirán operando como hasta ahora.

Un alcalde monta su 'Gran Hermano' en Mallorca: más de 50 cámaras en un pueblo para controlar hasta los bares

La multa a Aena se suma a una tendencia creciente de los reguladores europeos de poner coto al uso indiscriminado de la biometría en espacios públicos, donde a menudo se prioriza la eficiencia operativa o comercial por encima de la privacidad de los ciudadanos. Al tratarse de una infracción muy grave cometida por una gran empresa —con un volumen de negocio superior a los 5.000 millones de euros—, la cuantía de la sanción se ha graduado acorde a la magnitud de la entidad y el número de afectados.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2531 en: 25 de Noviembre de 2025, 20:00:58 pm »
Utiliza la policia española el reconocimiento facial?

Saben ustedes lo que es una estación ABIS?

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2532 en: 19 de Diciembre de 2025, 10:10:55 am »
Conceden una indemnización de 6.000 euros a una funcionaria de Castilla y León por la divulgación de su nombre en la prensa


El Consejo Consultivo de Castilla y León acepta parcialmente una compensación a una alta funcionaria de una diputación provincial que tuvo un proceso judicial con la institución, y le reconoce un pago por vulnerar el derecho a su privacidad


Resolución del Consejo Consultivo de Castilla y León

Antonio Vega

19 de diciembre de 2025 06:03 h Actualizado el 19/12/2025 06:03 h 0

El Consejo Consultivo de Castilla y León ha resuelto conceder una indemnización de 6.000 euros a una funcionaria de una diputación provincial de la comunidad en un procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado por la afectada que pedía daños y perjuicios ocasionados por su cese como jefa de recursos humanos y los posteriores procesos judiciales. En concreto, el Consejo Consultivo enmienda la plana a la institución provincial, que rechazó compensación alguna, al considerar que en el proceso por el conflicto se expusieron sus datos personales hasta llegar a publicarse en los medios de comunicación y que ese hecho debe suponer un resarcimiento monetario.

La funcionaria reclamó inicialmente en 2024 a la diputación en la que trabaja un total de 91.547,00 euros por los daños y perjuicios continuados ocasionados por la institución tras la solicitud de expediente de cese en el puesto de directora del Área de Organización y Recursos Humanos, ocurrida en el año 2016, y el posterior proceso judicial sobre la plaza en que la afectada acabó ganando en los tribunales de manera parcial. Tras todo el proceso, la funcionaria inició la petición de indemnización, que acabó recayendo en el Consejo Consultivo tras desestimar inicialmente la diputación pagarle cualquier cantidad.

A partir de dos sentencias de 2022 y 2023, que le daban básicamente la razón en su conflicto con la diputación, la funcionaria hacía varias reclamaciones distintas: 10.000 euros por los gastos del juicio por su cese, 45.547,6 euros por ponerla en otro puesto sin funciones y menos retribuciones, 30.000 euros por los daños morales producidos por la Administración antes de la ejecución de la sentencia y 16.000 euros por “permitir infracción de la Ley de Protección de datos dando a conocer los datos personales de la reclamante en prensa”. En un segundo escrito elevó la petición monetaria a 111.800 euros el dinero perdido por estar en otro puesto al que fue asignada. Y en uno tercero final reclamaba esa 198.535,39 euros por todos los conceptos.

La diputación afectada rechazó cualquier responsabilidad patrimonial ya que entendía que se habían satisfecho todas las pretensiones de la reclamante con la ejecución de las sentencias y que la institución no había actuado de forma que hubiera lugar a responsabilidad patrimonial.

El Consultivo, en una resolución del pasado mes de septiembre, rechaza todas las cantidades pedidas menos la de la divulgación de sus datos, pese a que la funcionaria ostentaba uno de los puestos funcionariales más relevantes de la administración local. El organismo entiende que en esos asuntos que se reclaman debe ser la Justicia a quien se deba acudir para lograr un resarcimiento.


Pero en lo relativo a la difusión de sus datos personales, si bien el Consultivo rechaza de forma parcial el asunto ya que las infracciones en esta materia se deben resolver por la Agencia Española de Protección de Datos “sin que la vía de la responsabilidad patrimonial sea el cauce adecuado para ello”, acaba dándole la razón. Lo hace al apreciar “una vulneración de su derecho al honor y a la propia imagen consagrados en el artículo 18 de la Constitución”.

Y aunque la vulneración de este derecho hecho suele ser objeto de demostración y resolución judicial, el Consejo Consultivo cree que “la identificación de la reclamante en esta noticia, teniendo en cuenta el contenido de esta, conlleva una percepción negativa y afecta a su reputación profesional, fama y buen nombre”. Se refiere a la divulgación en una nota de prensa emitida por la diputación afectada, recogida por los medios, en la que aparecían sus datos personales. El Consultivo cree que esto “constituye un daño antijurídico que la interesada no tiene el deber de soportar, por lo que procede, en consecuencia, su indemnización como daño moral”. Y en base a una sentencia reciente del Tribunal Supremo relativa también a divulgación de datos personales señalan que debe ser indemnizada con 6.000 euros, “dentro de los límites de la proporcionalidad”.

El Consejo Consultivo de Castilla y León no desvela, como no suele hacer en ninguna de sus resoluciones salvo errores, el nombre de la institución afectada por esta reclamación patrimonial. Pese a que la Ley de Protección de Datos no afecta en ningún caso al nombre de las instituciones o incluso de las empresas, el Consultivo borra por sistema estos nombres en todas sus resoluciones, en un ejercicio de opacidad que impide conocer el funcionamiento real de las instituciones de Castilla y León.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2533 en: 24 de Diciembre de 2025, 08:15:58 am »
Multa de 3.000 euros al propietario de un piso turístico por instalar cámaras para evitar okupas

La Agencia Española de Protección de Datos asegura que el miedo a la okupación "no justifica" las grabaciones en el interior de la vivienda

Vozpópuli
Juanan Jiménez
Actualidad
Publicado: 24/12/2025 ·07:00
Actualizado: 24/12/2025 · 07:00

Varapalo para el dueño de una vivienda para alquiler turístico que instaló cámaras en el interior del piso por miedo a que le okuparan la casa. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado con 3.000 euros al dueño al considerar que el miedo a la okupación ilegal "no justifica" la grabación en el interior de una vivienda alquilada, equiparando la privacidad de un alquiler vacacional a la de una habitación de hotel.

Alquilar un apartamento turístico no implica renunciar a la intimidad. Así lo ha ratificado la AEPD en una reciente resolución en la que sanciona con 3.000 euros al propietario de una vivienda vacacional. El dueño había instalado un sistema de videovigilancia en el interior del inmueble alegando "motivos de seguridad", dado que en España el aumento de la okupación de pisos vacíos es uno de los problemas que más preocupan a los arrendatarios. Sin embargo, el organismo regulador considera que se trata de una "infraccíón muy grave" que atenta contra la privacidad, en este caso de los inquilinos.

Este caso sienta un precedente importante sobre los límites de la seguridad privada frente a los derechos de los inquilinos en el creciente mercado del alquiler vacacional.

Cámaras en el salón y el dormitorio
Al parecer el propietario ahora multado había instalado cámaras de seguridad en el salón y el dormitorio del piso. Un inquilino se dio cuenta de esta circunstacia y denunció al dueño el 20 de septiembre de 2024. El inquilino descubrió la existencia de dos cámaras interiores de vigilancia: una ubicada en la zona de salón-cocina (donde también había un sofá cama) y otra enfocando a la entrada del dormitorio principal. El denunciante aportó pruebas de que estos dispositivos captaban imágenes y vídeo para su visionado por una empresa de seguridad, considerando que se estaba vulnerando su intimidad durante la estancia.

Aunque el propietario intentó contactar con el reclamante tras la notificación inicial, la AEPD admitió a trámite la reclamación al constatar la existencia de los dispositivos. El propietario del inmueble, identificado como A.A.A., no negó la instalación de las cámaras. En su escrito de alegaciones, justificó su presencia argumentando que el sistema "no está destinado a la vigilancia de los ocupantes", sino exclusivamente a garantizar la seguridad de la vivienda frente al "alto índice de ocupación ilegal" en España.

Sus argumentos de defensa se basaron en tres puntos principales para intentar evitar la sanción:

1. Privacidad manual: alegó que las cámaras contaban con un cierre manual del visor que permitía a los inquilinos "mantener su privacidad".
2. Transparencia: aseguró que la existencia de las cámaras se comunicaba en la plataforma de reservas y mediante carteles en el inmueble.
3. Proporcionalidad: defendió que el sistema respondía a un interés legítimo de protección de la propiedad.
Ninguno de estos argumentos contentaron a la AEPD que desmontó las intenciones del arrendador. Tras una exhaustiva investigación, quedó demostrado que la información proporcionada a los inquilinos era insuficiente. El único cartel visible era el de la empresa de seguridad en el exterior, sin que existieran advertencias claras dentro de la vivienda ni cláusulas firmadas que explicaran cómo desconectar el sistema.

Un alquiler es un domicilio
En su resolución, la AEPD aplica criterios constitucionales para desmontar la defensa del propietario del piso. El más importante es que la presencia de cámaras en el interior carece de base legal y viola "el principio de minimización de datos". El organismo considera que durante el tiempo que dura el alquiler, el apartamento turístico se convierte en el domicilio del inquilino. Y pone como ejemplo y lo equipara a lo que sucede en los hoteles, cuayas habitaciones deben estar "libres de miradas furtivas o invasivas", garantizando el derecho a la intimidad personal y familiar protegido por el artículo 18 de la Constitución.

La Agencia señala que el argumento del "riesgo de intrusión" no tiene sentido cuando la vivienda ha sido puesta en alquiler siguiendo la legalidad vigente, ya que son los propios inquilinos a los que les corresponde custodiar el inmueble.

Para proteger la propiedad, la AEPD sugiere "medios menos lesivos", como puertas blindadas o alarmas sonoras que no impliquen la grabación de imágenes de las personas que habitan la casa.

La AEPD consideró la infracción como muy grave he impuso una multa de 3.000 euros. La sanción podría haber sido mayor pero el organismo consideró que dada la colaboración del propietario tras la propuesta de resolución ésta no debía pasar a mayores.

Finalmente, el dueño de la vivienda procedió a retirar las cámaras y a dar de baja el contrato con la empresa de seguridad.


 

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2534 en: 26 de Diciembre de 2025, 07:11:58 am »
Una funcionaria se enfrenta a cuatro años de cárcel por acceder a datos de la hija de su pareja

Historia de Redacción El Debate • 19 h •

La Fiscalía ha pedido cuatro años de prisión para una funcionaria que se habría valido de su cargo para conseguir datos oficiales de la hija de su pareja sentimental, un hombre que se enfrenta a dos años y dos meses de cárcel en la misma causa, cuando este trataba de conseguir información reservada de su descendiente para dejar de pasarle una pensión alimentaria.

En su escrito de conclusiones provisionales, el Ministerio Público señala que el padre de la denunciante estaba obligado a pagarle esta pensión tras el divorcio de su madre. Está previsto que el caso sea enjuiciado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Granada.

Él habría tratado de «extinguir el pago de dicha pensión a favor de su hija», para lo que «solicitaba entre otros datos» que «se incorporara la vida laboral extensa» de ella.

Así, y de manera previa a la presentación de una demanda de modificación de medidas, el acusado, «de común acuerdo» con la procesada, que era su pareja sentimental y funcionaria de la Junta de Andalucía adscrita al servicio de gestión de pensiones de la Seguridad Social, supuestamente promovió que «ésta accediera» a la vida laboral.

Trataba de saber si la hija «percibía alguna renta de inserción» en el marco de un «plan preconcebido» en virtud del cual la procesada, en febrero de 2021, «por motivos personales ajenos al ejercicio de sus funciones y prevaliéndose del cargo» que tenía, habría solicitado a una compañera adscrita al servicio de acción en inserción social que «buscara» los datos.

Una vez que los habría tenido, los habría divulgado al acusado, y este, «con la seguridad que ello le proporcionaba», habría solicitado en demanda de finales de 2021 la extinción de la pensión alimentaria. Al enterarse de que su padre se habría jactado en público de haber tenido acceso a sus datos de esta manera, la denunciante formuló reclamación ante la Tesorería General de la Seguridad Social.

Los hechos son constitutivos para el Ministerio Público de delito de descubrimiento y revelación de secretos por ser funcionaria pública, en el caso de la acusada, que se enfrenta junto a la petición de cárcel al pago de multa por importe total de 5.700 euros y a inhabilitación absoluta por seis años.

Por la presunta comisión del mismo ilícito, el acusado se enfrenta, además de a la petición fiscal de cárcel, al pago de una multa de 5.400 euros.




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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2535 en: 28 de Diciembre de 2025, 06:36:53 am »
Isabel Pantoja avanza en su demanda de cinco millones de euros por la filtración de sus datos médicos: el juzgado busca un topo en el hospital

Historia de Sara Tejada • 19 h •

La causa judicial impulsada por Isabel Pantoja contra Mediaset España y varios colaboradores televisivos ha dado un paso decisivo. Un juzgado de Córdoba ha solicitado al Hospital Universitario Reina Sofía información detallada sobre las personas que pudieron tener acceso a los datos médicos de la artista durante su ingreso hospitalario y que, presuntamente, podrían estar relacionadas con la filtración de esa información a los medios de comunicación.

Se trata del primer movimiento judicial relevante desde que la cantante ratificara la querella a finales del pasado mes de noviembre, en una causa que había permanecido varios meses sin avances procesales. La solicitud del juzgado se enmarca dentro de las diligencias previas y tiene como objetivo identificar a posibles responsables, ya sea por acción u omisión, en la difusión de información clínica protegida por la legislación sobre protección de datos y el derecho fundamental a la intimidad. Según ha trascendido, la petición judicial se centra en conocer qué profesionales sanitarios o personal vinculado al centro hospitalario tuvieron acceso al historial médico de Isabel Pantoja durante su hospitalización.

Asimismo, se pretende esclarecer si alguno de ellos pudo haber facilitado, directa o indirectamente, los datos que posteriormente fueron difundidos en programas de televisión. La información requerida coincide con la incluida por la defensa de la artista en el escrito presentado para impulsar el procedimiento, un documento clave que permitió reactivar la causa tras meses de inactividad. Dicho escrito fue registrado dos semanas antes de la citación judicial de la cantante y sirvió para desbloquear una investigación que había sido admitida a trámite cuatro meses antes, pero que no había experimentado avances sustanciales.

La ratificación de la querella tuvo lugar a finales de noviembre, cuando Isabel Pantoja acudió a sede judicial para confirmar formalmente su acción legal contra Mediaset España y varios colaboradores de programas televisivos. La demanda se fundamenta en la difusión, sin consentimiento, de información médica privada relacionada con su estado de salud, un hecho que, según sostiene la querella, vulnera de forma grave su derecho a la intimidad personal y familiar. El origen del conflicto se remonta al 5 de julio de 2024, fecha en la que la cantante fue ingresada de urgencia en el Hospital Reina Sofía de Córdoba. Pocas horas después de su hospitalización, diversos espacios televisivos y medios digitales comenzaron a difundir detalles médicos y personales sobre su estado, algunos de ellos de carácter sensible y, presuntamente, procedentes de fuentes no autorizadas. Desde el entorno legal de la artista se subraya que esa información nunca debió hacerse pública y que su divulgación supuso una infracción de la normativa vigente en materia de protección de datos, además de un daño moral y profesional significativo. En este sentido, la demanda no solo apunta a responsabilidades mediáticas, sino que también deja abierta la puerta a posibles responsabilidades en ámbitos médicos o personales. La reclamación económica asociada a esta acción judicial avanzada por El Confidencial Digital supera los cinco millones de euros. En concreto, se solicita una indemnización aproximada de 500.000 euros por cada una de las personas querelladas, en concepto de daños morales y perjuicios profesionales. Entre los demandados figuran Mediaset España y colaboradores vinculados a espacios y otras productoras relacionadas con el grupo audiovisual.

Cuarzo Producciones (así es la Vida, Supervivientes, La Isla de las tentaciones, Vaya Fama, La Roca), una de las empresas inicialmente mencionadas, comunicó previamente su desvinculación del procedimiento, negando cualquier relación con los contenidos denunciados por la defensa de Isabel Pantoja. Mientras el juzgado continúa practicando diligencias previas para delimitar responsabilidades, desde el entorno de la cantante aseguran que Isabel Pantoja mantiene su agenda profesional con normalidad, incluida su preparación para la serie de Netflix. No obstante, subrayan que la artista está decidida a llegar hasta el final del proceso judicial para que se esclarezca cómo se produjo la filtración de sus datos médicos y se depuren las responsabilidades correspondientes por la difusión de información privada.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2536 en: 31 de Diciembre de 2025, 07:44:50 am »

Un joven hacker vuelve a filtrar datos personales de Pedro Sánchez, Moreno Bonilla y Guardiola

La Policía investiga este tipo de ataques como ciberterrorismo y apunta a pequeñas "células" de jóvenes que atentan contra la seguridad nacional

Vozpópuli
Jose Sánchez
Publicado: 31/12/2025 ·04:45
Actualizado: 31/12/2025 · 04:45

Se repite la historia. Un joven ciberdelincuente ha vuelto a filtrar datos personales de líderes políticos como el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, o los presidentes autonómicos Juan Manuel Moreno Bonilla o María Guardiola. La Policía Nacional ya ha realizado varias operaciones contra estos precoces hackers que exponen en abierto información sensible sobre este tipo de altos cargos.

Según ha podido comprobar Vozpópuli, esta nueva filtración fue publicada el pasado 10 de diciembre en la plataforma DoxBin, donde numerosos piratas informáticos cuelgan sin filtro de seguridad alguno datos confidenciales de sus objetivos. El autor de la publicación actúa esta vez bajo el pseudónimo de 23nk y emula la hazaña de N4t0x, otro ciberdelincuente menor de edad que fue detenido el pasado mes de septiembre por filtrar los datos de Pedro Sánchez y otros políticos.

Desde el pasado mes de julio, hasta tres hackers han sido arrestados en operaciones de la Policía Nacional por estar detrás de este tipo de hechos. Los expertos en Ciberamenazas de la Comisaría General de Información (CGI) les imputan delitos de ciberterrorismo y la Audiencia Nacional es el tribunal competente para investigarles. En los últimos meses, los agentes han detectado el surgir de colectivo de jóvenes que, en algunos casos, no superan la mayoría de edad, y que crean pequeñas "células" que actúan poniendo en riesgo la seguridad nacional.

La filtración del pasado 10 de diciembre incluye datos personales como el DNI, el teléfono móvil o la dirección del domicilio de los afectados. Entre ellos se encuentran, además de Sánchez, el presidente de la Junta de Andalucía, Juan Manuel Moreno, y la presidenta de Extremadura, María Guardiola. Asimismo, han sido víctimas de este ataque la ex alcaldesa de Barcelona Ada Colau y varios diputados y ex diputados del Congreso.

La réplica de otra filtración
La publicación es muy similar a una de las reivindicadas por el ciberdelincuente N4t0x, un menor de edad que permanece investigado por la Audiencia Nacional. De hecho, otros usuarios de la plataforma DoxBin han reprendido a 23nk que haya reproducido datos de la anterior filtración.

El propio ciberdelincuente ha reconocido que la información no es de su cosecha: "No quiero hacer que parezca que esto esta hecho por mí, la resubí para que esto nunca desaparezca". De cualquier forma, los datos confidenciales de varios líderes políticos han vuelto a quedar expuestos en una plataforma abierta a cualquier usuario.

Según los expertos de la Policía Nacional, los jóvenes filtradores buscan "notoriedad" entre sus iguales y ostentar cada vez una mayor "repercusión" en sus círculos. Su modus operandi se repite: obtienen los datos de este tipo de personalidades en "fuentes abiertas" como las propias webs de los ministerios, los recopilan en bases de datos y las publican en plataformas como DoxBin o foros de la dark web, donde este tipo de hackers comparten y trafican con información sensible. La Policía se infiltra en estos canales para monitorizar cada movimiento y detectar aquellas que son especialmente riesgosas para la seguridad nacional.



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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2537 en: 06 de Enero de 2026, 08:09:12 am »
el tsjc declara procedente el cese
Despedida la directora de una sucursal bancaria por "cotillear" los movimientos de 170 familiares y vecinos


El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) avala el despido procedente de la directora de la oficina de CaixaBank en Les Preses (Girona) que accedió a las fichas de decenas de clientes de su entorno para curiosear sus movimientos

Por José María Olmo
06/01/2026 - 05:00

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado el despido procedente de la directora de la oficina de CaixaBank en el municipio de Les Preses (Girona) por consultar irregularmente los movimientos, pagos y otros datos bancarios privados de hasta 170 personas de su entorno familiar y vecinal por puro "cotilleo". La empleada recurrió una primera sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Figueras que avaló la decisión de CaixaBank, pero la Justicia ha confirmado su cese.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2538 en: 12 de Enero de 2026, 06:28:13 am »
La Policía investiga la nueva filtración de datos de políticos que afecta a Sánchez, Moreno Bonilla y Guardiola


La publicación, reivindicada por un ciberdelincuente, revela información personal como el DNI o el teléfono de varios políticos

Vozpópuli
Jose Sánchez
Publicado: 12/01/2026 ·04:45
Actualizado: 12/01/2026 · 04:45

La Policía Nacional investiga la nueva filtración de datos personales de políticos que afecta al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, o los líderes autonómicos Juan Manuel Moreno Bonilla y María Guardiola. Los agentes detectaron la publicación desvelada por Vozpópuli el pasado 10 de diciembre y siguen la pista del presunto ciberdelincuente 23nk, quien reivindicó la acción.

Los expertos en Ciberamenazas de la Comisaría General de Información (CGI) ven en estas filtraciones contra altas instituciones del Estado presuntos delitos de ciberterrorismo y la Audiencia Nacional es el tribunal competente para investigarles. Desde el pasado mes de julio, hasta tres piratas informáticos, todos ellos jóvenes, han sido arrestados en operaciones de la Policía Nacional por estar detrás de este tipo de hechos.

En este nuevo caso que se encuentra bajo investigación, quedaron expuestos datos personales como el DNI, el teléfono móvil o la dirección del domicilio de los afectados. Entre ellos se encuentran, además de Sánchez, el presidente de la Junta de Andalucía, Juan Manuel Moreno Bonilla, y la presidenta de Extremadura, María Guardiola. Asimismo, han sido víctimas de este ataque la ex alcaldesa de Barcelona Ada Colau, así como varios diputados y ex diputados del Congreso, de distinto color político.

Según pudo comprobar este medio, la filtración fue publicada el pasado 10 de diciembre en la plataforma DoxBin, donde numerosos ciberdelincuentes cuelgan sin filtro de seguridad alguno datos confidenciales de sus objetivos. El autor de la publicación actúa esta vez bajo el pseudónimo de 23nk y emula la hazaña de N4t0x, otro pirata informático, menor de edad, que fue detenido el pasado mes de septiembre por filtrar los datos de Pedro Sánchez y otros políticos.

Células de jóvenes ciberdelincuentes
En los últimos meses, los expertos en Ciberamenazas de la Policía Nacional han detectado el surgir de un colectivo de jóvenes que, en algunos casos, no superan la mayoría de edad, y que crean pequeñas "células" para actuar, poniendo en riesgo la seguridad nacional.

La publicación es muy similar a una de las reivindicadas por el ciberdelincuente N4t0x, un menor de edad que permanece investigado por la Audiencia Nacional. De hecho, los investigadores sospechan que 23nk es un mero imitador de este pirata informático y ha decidido replicar la filtración por la que fue arrestado.

Sin embargo, no parece que la acción le vaya a salir gratis. Y es que los datos confidenciales de varios líderes políticos han vuelto a quedar expuestos en una plataforma abierta a cualquier usuario.

 

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2539 en: 24 de Enero de 2026, 08:19:12 am »
¿Es legal el mapa de balizas V16 encendidas en tiempo real? La DGT y la Agencia Española de Protección de Datos lo aclaran

Historia de Claudia Pacheco • 20 h •

La obligatoriedad de la baliza V16 conectada de la Dirección General de Tráfico (DGT) ha estado llena de polémicas. El dispositivo luminoso es obligatorio para todos los conductores desde el pasado 1 de enero.

La baliza V16 cumple unos requisitos de visibilidad mínimos, también se conecta con la plataforma DGT 3.0 para enviar la ubicación exacta del punto del accidente cada 100 segundos. El organismo de Pere Navarro luego lanzará alertas en paneles en carretera y en las pantallas de los coches.

A poco de cumplirse un mes de la entrada en vigor de la luz V16, se han empezado a popularizar los mapas no oficiales en tiempo real de accidentes en carretera en España.

Todas las balizas activas en tiempo real
Los conductores han criticado en numerosas ocasiones esta función de geolocalización de la baliza V16. La DGT ha acabado con los bulos y el temor de muchos, no va a compartir información personal de los conductores ni la matrícula del vehículo.

El miedo de los conductores ahora es otro: la ubicación en tiempo real facilita estafas como la grúa pirata. Los delincuentes conocen en cuestión de segundos los vehículos que están inmovilizados en carretera.

Los mapas de las balizas V16 activas en tiempo real están en el punto de mira. Algunas herramientas como mapabalizasv16.es incluso muestran un histórico de los dispositivos que han estado activos recientemente, también el sentido de la carretera y el momento exacto en el que se activó la luz conectada.

Los datos que utiliza el mapa de balizas en tiempo real se han compartido previamente con la DGT. Esta información es privada protegiendo la privacidad de los conductores, aunque en la práctica es de acceso público.

¿Es legal el mapa de balizas V16?
El mapa de las balizas activas en tiempo real es la última polémica de este dispositivo conectado con la DGT. Desde Tráfico han confirmado que utilizar los datos compartidos con su plataforma y es totalmente legal.

La Agencia Española de Protección de Datos reconoce que publicar la ubicación de las balizas V16 activas en España está permitido, ya sea a través de la propia DGT o un mapa no oficial. No vulnera la privacidad de los conductores porque no publica sus datos como tal, únicamente la ubicación de manera anónima.

Los usuarios empiezan a optar por mapas no oficiales, la información de la DGT es algo escasa. El organismo dirigido por Pere Navarro alerta de cortes de carreteras, obras o condiciones meteorológicas adversas, pero no identifica en el mapa de las balizas V16 activas como tal, puede tratarse de un vehículo averiado o cualquier obstáculo en la vía.