Autor Tema: Grabaciones, fotografías y protección de datos  (Leído 255389 veces)

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222522
Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2100 en: 09 de Junio de 2022, 06:31:17 am »
A ver cómo.se come que funcionarios de Carabanchel "fuesen comisionados" para actuar en Centro.


Detenido un hombre en Callao que grababa partes íntimas de mujeres con una cámara camuflada en su mochila

EUROPA PRESS
Madrid
Actualizado Miércoles, 8 junio 2022 - 14:03
Le requisaron dos discos duros y 17 memorias USB del interior de la mochila.


Agentes de la Policía Municipal de Madrid han detenido a un hombre que grababa las partes íntimas de mujeres con una cámara camuflada en la mochila que portaba.

]La intervención policial se desarrolló el pasado 18 de mayo a las 18.00 horas en la plaza de Callao de Madrid, después de que unos agentes de Carabanchel fueran comisionados por un ciudadano que sospechaba que un individuo pudiera estar grabando partes íntimas de mujeres sin su consentimiento.

Los agentes observaron a este hombre y descubrieron que en una mochila con un bolsillo externo estaba medio abierto y contenía una cámara tipo deportiva sujeta con una cita aislante que ocultaba los testigos luminosos. Además, vieron cómo introducía la mochila por debajo de las faldas de las chicas.




Desconectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 50986
  • Verbum Víncet.
Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2101 en: 09 de Junio de 2022, 07:12:21 am »
A Centro van, continuamente, una ingente cantidad de policías agregados de todos los distritos. . .

Enviado desde mi Mi A2 Lite mediante Tapatalk


"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Conectado carax

  • Profesional
  • Experto III
  • **
  • Mensajes: 2253
  • Como se notan los Trienios
Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2102 en: 09 de Junio de 2022, 16:47:05 pm »
A Centro van, continuamente, una ingente cantidad de policías agregados de todos los distritos. . .

Enviado desde mi Mi A2 Lite mediante Tapatalk


Que pasa Robin ya no te acuerdas, de como funciona esto.   :abuelo
PARTIDO SANCHISTA OBRERO ESPAÑOL. EL MAS MENTIROSO DE LA HISTORIA.

Conectado carax

  • Profesional
  • Experto III
  • **
  • Mensajes: 2253
  • Como se notan los Trienios
Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2103 en: 09 de Junio de 2022, 16:47:28 pm »
Ronin
PARTIDO SANCHISTA OBRERO ESPAÑOL. EL MAS MENTIROSO DE LA HISTORIA.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222522
Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2104 en: 09 de Junio de 2022, 18:05:48 pm »
La cita del distrito de pertenencia sigue sin tener sentido.

Desconectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 50986
  • Verbum Víncet.
Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2105 en: 09 de Junio de 2022, 18:29:44 pm »
Tiene sentido porque, si al periodista le han filtrado las diligencias o el informe que ha hecho en la Unidad, ahí pondrá que los policías pertenecen a la UID de Carabanchel y él se limita a transcribir la información facilitada. . .

Enviado desde mi Mi A2 Lite mediante Tapatalk


"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222522
Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2106 en: 09 de Junio de 2022, 18:37:00 pm »
Tiene sentido porque, si al periodista le han filtrado las diligencias o el informe que ha hecho en la Unidad, ahí pondrá que los policías pertenecen a la UID de Carabanchel y él se limita a transcribir la información facilitada. . .

Enviado desde mi Mi A2 Lite mediante Tapatalk

Puede ser...

Desconectado Ragnar

  • Experto I
  • **
  • Mensajes: 3981
Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2107 en: 10 de Junio de 2022, 00:02:07 am »
Después de tantos años y hay que explicarle estas cosas...


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222522

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222522
Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2110 en: 20 de Junio de 2022, 17:47:00 pm »

Un juzgado de Lugo condena a 21 meses de cárcel a un hombre por grabar y difundir un video sexual de una pareja en Vilalba


La víctima fue alertada por personas conocidas a las que a través de WhatsApp les había llegado el vídeo, relata el magistrado en la resolución

El Juzgado de lo Penal número 2 de Lugo ha condenado a 21 meses de cárcel, como autor de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, a un hombre por grabar a una pareja manteniendo relaciones sexuales en las inmediaciones del Parque del Cementerio de Vilalba y divulgar el vídeo a través de WhatsApp. En la sentencia, dictada con la conformidad del acusado, el magistrado indica que cometió los hechos “a sabiendas de que causaba injerencias en la vida privada de una persona y con una clara finalidad de perjudicar la reputación de la mujer”. 

Además, el juez señala que la pareja había buscado “a propósito” esa zona “para desenvolverse libremente, como lugar apartado y con escasa iluminación, en el que esperaba encontrar intimidad para mantener relaciones íntimas sin exponerse a la curiosidad ajena, sin que en ningún momento fuese consciente de que era grabada ni hubiese dado consentimiento alguno para ello”. La difusión por parte del condenado, quien era amigo del hombre que mantenía las relaciones sexuales, de la grabación provocó “la divulgación masiva de las imágenes ilícitamente capturadas, principalmente en la zona de Vilalba y As Pontes (A Coruña)”.

La víctima fue alertada por personas conocidas a las que a través de WhatsApp les había llegado el vídeo, relata el magistrado en la resolución, en la que destaca que las imágenes y grabaciones fueron “obtenidas furtivamente, en un ámbito personal” y que su posterior difusión, sin el consentimiento de la afectada, “lesionó gravemente su intimidad, sin que en ningún momento hubiese podido hacer uso de la facultad de decidir la exclusión del conocimiento de dichas imágenes por parte de terceros”. 

Como consecuencia de estos hechos, la mujer sufrió “una situación personal de angustia y presentó síntomas de estigmatización”, según recalca en la sentencia, contra la que no cabe presentar recurso porque fue dictada bajo la conformidad de todas las partes implicadas en el procedimiento. El juez, que ha tenido en cuenta las atenuantes de confesión y de dilaciones indebidas, ha acordado la suspensión de la pena de prisión impuesta al condenado durante dos años, condicionada a que durante ese periodo no delinca y a que abone a la víctima una indemnización de 9.000 euros por los daños psicológicos y morales que sufrió. 

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222522
Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2111 en: 20 de Junio de 2022, 17:52:05 pm »
Empiezo a tener serias dudas sobre la privacidad de WhatsApp.

 :Quemado_1

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222522
Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2112 en: 23 de Junio de 2022, 08:05:04 am »



Protección de Datos multa a una universidad catalana por usar reconocimiento facial


La Universidad Oberta de Cataluña (UOC) fue denunciada por un grupo de alumnos, que le han ganado la partida al centro

Protección de Datos multa a una universidad catalana por usar reconocimiento facial El reglamento europeo permite actuar contra Facebook si vulnera la protección de datos
MARCOS SIERRA
PUBLICADO 23/06/2022 04:45
Hace siete meses, en diciembre del año pasado, un grupo de alumnos de la Universidad Oberta de Catalunya (UOC), institución privada de formación a distancia, denunció ante la Autoridad Catalana de Protección de Datos la utilización de un Sistema de Reconocimiento Facial para hacer exámenes.

MÁS INFO


Protección de Datos usará Inteligencia Artificial para reducir la carga laboral de sus funcionarios
Protección de Datos se echa a un lado con Pegasus: el CNI está 'blindado' por ley
Hace solo unos días el organismo público, encargado de velar por el buen tratamiento de los datos de los españoles, haciendo cumplir el Reglamento General de Protección de Datos, decidió iniciar un procedimiento sancionador contra la universidad.


El sistema biométrico permitía durante las pruebas, y a través de las cámaras de los ordenadores de los alumnos, saber si realmente quien respondían las preguntas el alumno al que le correspondía hacerlo. En la denuncia, los estudiantes describían que la universidad establecía que aquellos que no se dieran de alta en el sistema de exámenes a través de biometría antes del 1 de diciembre del año pasado no podrían realizar las pruebas y, por tanto, serían suspendidos. De hecho, la universidad ha realizado varios exámenes a través de este sistema.

Protección de Datos sanciona
Ahora, sanción mediante, la Autoridad Catalana de Protección de Datos da la razón a los alumnos: "En relación con la denuncia que presentó ante esta Autoridad, la directora de la Autoridad ha dictado un acuerdo de iniciación en el procedimiento sancionador de referencia, en el que se imputa a la Fundación para la Universidad Abierta de Cataluña, la presunta vulneración del principio de licitud, infracción recogida en el artículo 83.5.a) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27/4, relativo a la protección de las personas físicas en cuanto al tratamiento datos personales ya la libre circulación de estas (RGPD)", refleja el documento en el que la Autoridad Catalana de Protección de Datos comunica la sanción, al que ha tenido acceso Vozpópuli.


Uno de los aspectos que los alumnos reflejaban en la denuncia es que la UOC no dio ninguna alternativa al Sistema de Reconocimiento Facial. La denuncia inicial también destacaba que "los datos biométricos son datos especialmente protegidos por el Reglamento General de Protección de Datos, a través del artículo 9 de la citada normativa europea en la que se catalogan como datos de categoría especial".

Lo que literalmente dice este artículo es que: "Queda prohibido el tratamiento de datos personales que revele el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, y el tratamiento de datos genéticos, datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o las orientación sexuales de una persona física”.


Sin embargo, existen algunas salvedades. Una de ellas es la que permite realizar el tratamiento cuando se cumplan determinados requisitos marcados en el apartado 9.2 del RGPD. Entre otros, estos son que el usuario haya dado su consentimiento explícito para el tratamiento de estos datos de carácter personal. Otro lo sería que el tratamiento sea necesario para cumplir con obligaciones y ejercicio de derechos específicos de quien trata los datos. Por último, que dicho tratamiento sea necesario para proteger la vida del interesado u otra persona física.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222522
Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2113 en: 23 de Junio de 2022, 17:00:35 pm »

Protección de Datos confirma que las mirillas electrónicas pueden instalarse sin permiso de los vecinos


El regulador de privacidad zanja que estos dispositivos no violan la intimidad del resto de personas del edificio aunque registren las entradas y salidas de sus viviendas
— Protección de Datos, bajo mínimos: falta de personal y trabas de otras instituciones a cederle funcionarios
Una mirilla electrónica del mismo modelo que la denunciada ante la AEPD
Una mirilla electrónica del mismo modelo que la denunciada ante la AEPD
Carlos del Castillo

22 de junio de 2022 22:30 h
Actualizado el 23/06/2022 05:30 h
0

Las mirillas electrónicas son dispositivos con cámara que sustituyen al tradicional agujero en la puerta de las viviendas. Dependiendo del modelo y de cómo esté programado, pueden vincularse con el teléfono móvil para registrar de forma permanente el rellano o las zonas comunes de la comunidad de vecinos donde se instalen, o bien activarse solo cuando alguien se acerca a la puerta. En ambos casos, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) considera que no infringen las normas de privacidad y, por regla general, no es necesario contar con el permiso del resto de vecinos para su instalación.


El organismo ha desestimado una nueva reclamación respecto a estos dispositivos, cada vez más habituales. La queja se interpuso contra un vecino que la instaló en una zona común por la que pasan habitualmente otras personas que residen en el edificio. “Tenemos constancia de que la emplea para grabar y saber qué vecinos subimos al rellano o para tender ropa en el terrado”, expresa el reclamante.

“El vecino de enfrente tiene un nieto de 10 años y yo tengo una hija de 16 años que sube a tender o recoger la ropa. No sabemos qué realiza exactamente con las imágenes grabadas”, continúa la persona que ha interpuesto la queja ante la AEPD. Añade que el objetivo de la mirilla es “grabar y saber quién está cerca de su puerta, según comentarios del propio reclamado”.

La Agencia ha archivado la reclamación y expone que la función de estos dispositivos “es exactamente idéntica a las mirillas tradicionales, pudiendo el propietario de las mismas conocer las entradas/salidas de los vecinos próximos de la misma manera que lo conocía con una mirilla tradicional”. Por lo tanto, el organismo entiende que a no ser que se pueda demostrar que la mirilla electrónica se está utilizando como cámara de vigilancia, con ellas “no se realiza un tratamiento de datos” que entre dentro de su competencia ni es necesario que la comunidad sea informada o apruebe su presencia.

Su función es exactamente idéntica a las mirillas tradicionales, pudiendo conocer las entradas/salidas de los vecinos de la misma manera que lo conocía con una tradicional

“Respeto a la pretendida afectación a la intimidad de terceros”, continúa el regulador de la privacidad, “cabe indicar que la zona de rellano cercana a la puerta del reclamado no es una zona destinada a la intimidad, pudiendo desarrollarse las actividades lúdicas de las mismas en zonas privativas o públicas (parques cercanos)”.

En este sentido, la AEPD cita la jurisprudencia judicial que señala que las grabaciones de vídeo en zonas comunes, como las escaleras de acceso a una vivienda o en el garaje del edificio, no violan el derecho a la intimidad del resto de vecinos. Estas áreas no son equiparables a hacer una grabación de “la morada o espacios donde el ciudadano desarrolla su actividad privada”.

Vandalismo
No es la primera vez que la AEPD ha archivado reclamaciones contra la instalación de mirillas electrónicas en edificios de varias viviendas. Ya lo hizo en mayo, en julio y en agosto de 2021 o en marzo de 2020. El regulador de privacidad admite que su valoración de las mirillas digitales “difiere de otros casos analizados por esta Agencia en que se instala una cámara en una pared comunera captando ampliamente zona de rellano”. Uno de los motivos es que estas se instalan “en la puerta propiedad del reclamado y no en zona común” y pueden protegerla contra el vandalismo.

“Este tipo de dispositivos puede cumplir una función disuasoria frente a los mencionados ataques vandálicos que en ocasiones se producen en Comunidades de propietarios, donde no es inhabitual diversas rencillas entre vecinos (as) por los más variopintos motivos”, dice la AEPD.

Instalación de la mirilla electrónica en la puerta
Gran parte de las reclamaciones que se presentan ante el organismo por la instalación de mirillas electrónicas vienen precedidas de rencillas anteriores entre los vecinos. También lo es en esta ocasión, en la que el propio reclamante afirma que la puerta del reclamado “ha sufrido diversos arañazos”. En otras ocasiones se aportan denuncias o atestados policiales sobre daños ocasionados en la puerta. Prohibir el uso de mirillas electrónicas como mecanismo de protección “pueda suponer un doble perjuicio de la víctima de los mismos, al no poder protegerse de estos”, destaca la Agencia.

“Durante el tiempo que permanezcan en el inmueble, solo deberá estar en modo visión, sin posibilidad de grabar la zona común, pudiendo activar la posibilidad de grabación solo cuando se ausenten del mismo o en periodo nocturno o vacacional”, ha afirmado en resoluciones anteriores.

Aunque explica que no es necesario que los vecinos den su consentimiento a una mirilla electrónica en base a las leyes de protección de datos, la AEPD expone que “es recomendable poner en conocimiento del Presidente de la comunidad los 'actos vandálicos' o desperfectos que se están sufriendo, informando al mismo de la intención de instalar este tipo de dispositivos”. También recuerda que el hecho de que las mirillas digitales no atenten contra la normativa de privacidad no significa que no puedan ser usadas para la comisión de otro tipo de delitos.

En los últimos tiempos, buena parte de las reclamaciones que debe dirimir la AEPD versan sobre las videocámaras. Dónde se producen las grabaciones es fundamental: aunque el organismo considera que el vandalismo es una justificación para la instalación de una mirilla electrónica, recientemente multó al propietario de un vehículo que dejó una cámara en el coche para pillar a los que se lo rayaban.




Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222522
« Última modificación: 02 de Julio de 2022, 12:55:54 pm por 47ronin »

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222522
Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2117 en: 04 de Julio de 2022, 07:34:06 am »

Un año de prisión por grabar desde un despertador las relaciones sexuales con su exnovia


Un juzgado madrileño condena a un joven que ocultó una cámara en un despertador para grabar las relaciones sexuales con su exnovia

BORJA MÉNDEZ

PUBLICADO 04/07/2022 04:45
ACTUALIZADO 04/07/2022 04:47
Un inofensivo despertador que tenía dentro una cámara. Fue la desagradable sorpresa que se encontró una joven después de mantener relaciones sexuales con su expareja. Precisamente meses atrás ella le había dejado por la misma circunstancia. Ahora este hombre ha sido condenado por un juzgado madrileño a un año de prisión, según un auto al que ha tenido acceso Vozpópuli.

El procedimiento del caso ha sido llevado a cabo por el Juzgado de los Penal número 37 de Madrid. La pareja mantenía una relación sentimental matrimonial con convivencia desde mediados del año 2018. Residían en una pequeña casa en el distrito madrileño de Villa de Vallecas.

Dejaron la relación por las mismas grabaciones
Un año duró esta relación ya que tras diversas "vicisitudes" rompieron en julio de 2019. El hombre había instalado una cámara GoPro en el dormitorio, con la cual captó sus relaciones sexuales. La chica lo descubrió porque cuando le estaba enseñando fotografías de su teléfono observó en la galería una serie de videos que poseía dentro del terminal. Se identificó. "La había grabado sin su consentimiento y le obligó a borrar los videos", explican fuentes del caso.

Con toda esta discusión y haciendo vidas separadas durante meses. Ambos volvieron a encontrarse el día 17 de noviembre de ese mismo año. Esa noche regresaron al domicilio que compartían durante su noviazgo y en su dormitorio mantuvieron, de nuevo, relaciones sexuales.

Pero no todo fue idílico. Su pareja había dispuesto, sin el conocimiento de la mujer, la grabación de ese momento y para ello se hizo con un aparato electrónico que permitía inmortalizar la imágenes de modo disimulado bajo la apariencia externa de un despertador digital.

Confesó los hechos y entregó la cámara
Se trataba de un dispositivo reloj grabador con sonido y en el que este hombre insertó tarjetas de memoria. "Accionó la grabación, enfocándolo hacia la cama en el momento en el que mantuvieron relaciones. No consta que se haya realizado un grabado visible del acto pero el acusado lo dispuso para captar esas imágenes sin conocimiento de la víctima", afirma el auto judicial fechado el pasado 15 de junio de este año.

La mujer comenzó a sospechar cuando vio el posicionamiento de este reloj y pregunto a su expareja. Al principio defendió que era un despertador pero acabó admitiendo que en su interior tenía una cámara y que había intentado grabar la relación de ambos. "De hecho, le ofreció comprobar el aparato y la tarjeta y se los entregó", esgrime la decisión judicial.

250 videos
Tres días después de estos hechos, la víctima presentó una denuncia y aportó el reloj y la tarjeta de memoria entregados voluntariamente por el acusado. También dispuso para las autoridades una conversación grabada con el móvil en la que el acusado reconocía que contaba con una cámara espía. La acusación de la víctima fue ejercida por el despacho del experto penalista Ospina Abogados.

Cuando llegó toda la documentación intervenida a este hombre, la Policía Nacional verificó que el reloj permitía la grabación y que la tarjeta tenía 250 archivos de video, de ellos 235 borrados, otros cuatro corruptos, y el resto no eran reproducibles.

No entrará en prisión
El juez encargado del caso condenó al hombre por un delito contra la intimidad con la concurrencia de la agravante de género a la pena de un año de prisión y la inhabilitación especial para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. También tendrá que pagar una multa de doce meses con una cuota diaria de seis euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.

Al carecer de antecedentes, este hombre no tendrá que ingresar en prisión si no vuelve a delinquir en un plazo de tres años. Sin embargo, no podrá acercarse a su expareja ya que tiene una orden de alejamiento de menos de 500 metros sobre ella y su domicilio, su lugar de trabajo y las zonas que frecuenta. Es el final de una relación que terminó dos veces y las dos por hechos delictivos.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222522

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 222522
Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2119 en: 05 de Julio de 2022, 12:32:51 pm »
Libertad de expresión?