Autor Tema: Grabaciones, fotografías y protección de datos  (Leído 255470 veces)

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2180 en: 20 de Octubre de 2022, 08:46:02 am »

Fuego cruzado entre las familias y el colegio de Boadilla que las acusa de querer cerrar el caso a cambio de dinero


Padres de las estudiantes grabadas desnudas presuntamente por un profesor piden que el director, y hermano del acusado, dimita

CARLOTA BARCALA

Madri

19/10/2022 a las 22:54h.

La sala de audiovisuales del colegio privado Virgen de Europa, en Boadilla del Monte, era el escenario elegido por A. M., docente de Artes, para presuntamente grabar desnudas a alumnas de no más de 12 años mientras se cambiaban antes de ir a Educación Física. El caso llegó en junio a los juzgados, pero no ha sido hasta esta semana cuando la noticia ha trascendido a los medios de comunicación; en principio, mostrando unidad entre las 800 familias que forman parte del centro y los responsables de la gestión. La aparente calma ha tardado poco en saltar por los aires, con un fuego cruzado de acusaciones entre los padres de cinco de las víctimas identificadas y la dirección, que les recriminar tener interés en cerrar el caso a cambio de una gran suma económica.


Los progenitores de cinco de las ocho niñas que aparecen en las grabaciones han afirmado, en contra de la versión sostenida por el centro, que el profesor acusado no fue apartado de sus funciones docentes hasta que la juez impuso una orden de alejamiento y que mantiene sus responsabilidades administrativas. El investigado es hermano del actual director e hijo de la fundadora del colegio, que lo inauguró hace 60 años. «El profesor encausado, a instancia de la dirección, fue separado del claustro de profesores y de toda función docente nada más conocerse la investigación, como hubiéramos hecho en cualquier caso», explica un comunicado enviado por el director a todas las familias, criticando la versión de las afectadas.


En él, además, asegura que ha sido «relevado» de todos sus cargos en la gestión de la Sociedad Limitada Colegio Virgen de Europa, en la que tenía participaciones al ser uno de los cuatro herederos de la fundadora.

El profesor acusado de pornografía infantil, durante una grabación en el colegio
El profesor acusado de pornografía infantil, durante una grabación en el colegio ABC
Las familias de las menores, ante un posible conflicto de intereses, solicitaron la dimisión del actual director y hermano del acusado, E. M. Esta tampoco se ha producido, según justifican desde el centro, porque tanto la junta de la sociedad como el equipo directivo y la asociación de padres y madres la rechazaron. «Le pidieron que siguiera al frente del proyecto», añade el comunicado interno enviado este miércoles a todos los progenitores. Firmado por el director, en él explica que las comunicaciones que había con esas cinco familias perjudicadas se ha roto después de que sus abogados «trasladaran su interés en cerrar el caso con una cuantiosa reparación económica«, algo a lo que se negaron. Según ha podido saber este diario, la suma de la que hablan ascendería a los 365.000 euros.


Llegar hasta el final
Pero allegados a los señalados niegan este extremo y mantienen que su único objetivo es llegar por vía judicial hasta el final del proceso para que se depuren todas las responsabilidades posibles y que por eso se han personado en la causa. El colegio, por su parte, sostiene que en caso de que la Justicia los impute como responsables civiles subsidiarios atenderán «a toda la responsabilidad que diga la juez» y harán frente a las indemnizaciones si así se estipula. Por ahora, el Virgen de Europa no está imputado en el proceso, aunque su director sí que tendrá que declarar en calidad de testigo.

Las diferencias mostradas entre las partes están causando incertidumbre y molestias entre las demás familias que tienen a sus hijos matriculados en el centro. «No lo entendemos, lo que queremos es que se averigüe desde cuándo ha estado grabando este hombre, si hay más víctimas... Estos reproches no nos llevan a ninguna parte, solo consiguen manchar más el nombre del colegio», dice una de las madres del colegio, que también fue estudiante.

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La Guardia Civil continúa con el análisis del material incautado y trata de recuperar una docena de discos duros que el acusado guardaba en su domicilio y que habría tratado de destruir al creer que podía ser descubierto.

A. M. protagonizó hace meses un incidente en el interior del colegio; de los pocos altercados de los que se tiene constancia en sus dos décadas como profesor de Educación Plástica. Ocurrió cuando desapareció una cámara del estudio de grabación.

Al personal del centro le llamó la actitud la insistencia que tenía en encontrarla, mientras ellos intentaban tranquilizarle diciéndole que la pérdida no suponía un problema. Llegó, incluso, a preguntar a alumnos si la habían robado. La cámara nunca volvió a las instalaciones, pero lo que ahora se trata de dilucidar es si el contenido que guardaba con tanto celo fue el que encontró una vecina de Villanueva del Pardillo a finales de julio en una calle de la localidad y que motivó el inicio de la investigación por tenencia de pornografía infantil. En él aparecían desnudas ocho alumnas que estudian en el colegio.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2181 en: 22 de Octubre de 2022, 09:34:59 am »

Unos padres sobre el vídeo de su hija desnuda en el colegio
 Virgen de Europa: “Es repugnante. Hemos visto imágenes que no se nos van a borrar”


La grabación muestra cómo el profesor prepara la cámara oculta y a siete pequeñas que se cambiaron de vestuario hasta en siete ocasiones
Varias personas, el lunes ante la entrada del Colegio Virgen de Europa, en Boadilla del Monte (Madrid).
Varias personas, el lunes ante la entrada del Colegio Virgen de Europa, en Boadilla del Monte (Madrid).
CLAUDIO ÁLVAREZ
Fernando Peinado
FERNANDO PEINADO
Madrid - 21 OCT 2022 - 15:52 CEST

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2182 en: 25 de Octubre de 2022, 07:09:40 am »

Detenido por grabar a sus compañeras de piso en el baño con un móvil oculto


Por María Muñoz Morillo
25 de octubre de 2022, 06:30 CEST
El móvil oculto en una caja. POLICÍA MUNICIPAL DE MADRID.
El móvil oculto en una caja. POLICÍA MUNICIPAL DE MADRID.
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El varón escondía su teléfono en una caja de una maquinilla de afeitar para grabar a las mujeres cuando estaban en el baño.

Fue el marido de una de las víctimas quien descubrió el móvil oculto y en modo grabación.

EUROPA PRESS/MADRID La Policía Municipal de Madrid ha detenido a un hombre por grabar a sus compañeras de piso en el baño con un teléfono móvil oculto en una caja, ha informado a Europa Press un portavoz del Cuerpo Local.

La intervención policial tuvo lugar ayer domingo en un inmueble del distrito de Ciudad Lineal después de que el marido de una de las inquilinas descubriera el móvil oculto, encendido y en modo grabación, en la caja de una maquinilla de afeitar, que colocaba el arrestado presuntamente de forma disimulada en una repisa.

Los agentes analizaron el contenido del teléfono y descubrieron imágenes de sus compañeras desnudas en el baño recientes y antiguas.


Además, le intervinieron otros móviles con el mismo contenido. Aseguró a la Policía que solo quería grabar a su mujer por un asunto personal. Sin embargo, fue detenido por delitos contra la intimidad.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2184 en: 25 de Octubre de 2022, 17:39:23 pm »
¿La cuestión es que ha hecho el moro?

Otra tilde...

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2185 en: 25 de Octubre de 2022, 18:07:34 pm »
¿La cuestión es que ha hecho el moro?

Otra tilde...

Cuando la AEPD saque el talonario.a pasear...

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2186 en: 25 de Octubre de 2022, 18:34:48 pm »
¿La cuestión es que ha hecho el moro?

Otra tilde...

Cuando la AEPD saque el talonario.a pasear...


Si lo saca..., pero vamos, que me la suda, me interesa más saber que hizo el moro.

De todas formas el que graba podría haberle pixelado la cara, ya que con la forma de hablar se sabe de sobra que es moro.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2187 en: 30 de Octubre de 2022, 16:14:03 pm »

Detenido un chico de 14 años por enviar a más de 100 personas vídeos íntimos de otra menor


La chica había enviado el contenido con la opción de que solo pudiera visualizarse una única vez, pero el joven lo grabó desde su móvil. El arresto ha tenido lugar en una localidad de la provincia de Valencia
Imagen de archivo de un coche de la Policía Nacional./
Imagen de archivo de un coche de la Policía Nacional.

R. D.
Domingo, 30 octubre 2022, 13:14
Agentes de la Policía Nacional han detenido en una localidad de la provincia de Valencia a un joven de 14 años como presunto autor un delito de descubrimiento y revelación de secretos, tras al parecer difundir vídeos íntimos de una menor.

Los hechos se remontan a hace tres meses, cuando al parecer una chica conoció a través de una red social a un joven, también menor de edad, con el que tuvo varias conversaciones y al que conocía de vista. Durante las conversaciones mantenidas, el joven le solicitó vídeos íntimos, a lo que ella accedió, siendo todas las conversaciones e imágenes enviadas a través de la aplicación con la opción en la que solo se pudiese visualizar una vez y por un tiempo limitado.

Días después, la joven se enteró de que los vídeos habían sido reenviados a un grupo de mensajería instantánea compuesto por unas 100 personas, averiguando que habían sido grabados directamente desde el móvil del menor al que se los había enviado ella, por lo que no quedó reflejado en la red social.


A principios de este mes, la menor tuvo constancia de que parte de su centro de estudios había visto o escuchado hablar de dichos vídeos, poniendo el asunto en conocimiento de su tutora y esta, de la Policía Nacional.

Finalmente, el menor ha sido detenido como presunto autor de un delito de descubrimiento y revelación de secretos y, tras ser informada Fiscalía de menores, ha sido entregado a su tutor legal no sin antes ser advertido de la obligación de comparecer ante la autoridad judicial cuando para ello fuese requerido.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2188 en: 02 de Noviembre de 2022, 08:50:31 am »

Protección de Datos desestima la queja de una capitán del Ejército que denunció la entrega de su escrito por acoso laboral a los denunciados


La agencia concluye que era necesario darles traslado del parte para que pudieran defenderse y presentar alegaciones. En el documento aparecía hasta el teléfono móvil de la denunciante
Mujeres militares.
photo_cameraMujeres militares.
A.R.E. chevron_right 02/11/22 access_time 1:02
La Agencia Española de Protección de Datos ha archivado la reclamación que presentó una capitán del Ejército de Tierra contra el Ministerio de Defensa, en la que señalaba que el departamento había difundido indebidamente sus datos personales en el marco de unas diligencias previas por una denuncia interna.

Se trata del caso de una capitán del Ejército de Tierra, que hace años denunció por acoso y discriminación por razón de sexo a un coronel y a un teniente coronel, por permitir que mandos hombres de la Delegación de Defensa de Zaragoza pudieran aparcar bicicletas dentro del vestuario femenino que ella misma y otras mujeres militares utilizaban.

La denuncia la presentó ante la Unidad de Protección contra el Acoso de la Delegación de Defensa de Zaragoza.

Los denunciados denuncian a la denunciante
El asunto dio un vuelco cuando la denuncia contra esos mandos quedó archivada, pero los denunciados, a su vez, presentaron acciones penales contra la capitán que les había señalado en la denuncia por acoso.

Ahí se descubrió que, durante la información previa que se abrió por la denuncia de la capitán, a los dos denunciados se les entregó el escrito de la denuncia. De esta forma, Defensa reveló a los denunciados datos personales de la denunciante: junto a su nombre y apellidos, estaba incluso su número de teléfono particular.

La capitán Lourdes Cebolledo lleva desde entonces inmersa en una batalla judicial contra distintos responsables de las Fuerzas Armadas y el Ministerio de Defensa. Pero además del frente judicial, abrió otro ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Esta oficial consideró que el Ministerio de Defensa había vulnerado su propio protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo en las Fuerzas Armadas, que insta a proteger al denunciante, así como diferentes normativas españolas y europeas de protección de datos, también en el ámbito del acoso laboral y sexual.

La capitán trasladó todo lo sucedido a la Agencia Española de Protección de Datos. Señaló que los dos oficiales a los que ella denunció “fueron conocedores de la resolución de la Subsecretaría de Defensa sobre el archivo de las actuaciones y la denegación del recurso”, sin indicar el medio por el que conocen, pues no figuran en el pie del acuerdo como sujetos a notificar, y como consecuencia de ello “ambos interpusieron demanda penal” contra ella.

Accedieron a la denuncia por acoso
Se abrieron en un juzgado togado militar unas diligencias previas por las que le imputaron delitos de injurias, calumnias y denuncia falsa. En ambas denuncias penales los oficiales incluyeron una copia escaneada íntegra de la denuncia que la capitán había interpuesto ante la Unidad de Protección frente al Acoso del Ministerio de Defensa.

 
Uno de los oficiales declaró que la copia de la denuncia le fue entregada por el instructor de la información previa que acabó en archivo.

Según se recoge en la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, “para la reclamante, la entrega de la copia de su denuncia vulnera la ley de procedimiento administrativo al proporcionar documentos en los que los denunciados no son interesados, habiéndose entregado en este caso en fase de investigación, cuando no se puede hablar en ese momento de expediente ni de acceso al mismo, vulnerándose su deber de secreto en lo referido a sus datos personales”.

Indicó además que solicitó a la Subsecretaria de Defensa que les fuera exigida responsabilidad disciplinaria a las personas encartadas, pero no obtuvo respuesta.

“Para que presentaran alegaciones”
La Subdirección General de Inspección de Datos, de la Agencia Española de Protección de Datos, dio traslado de esta queja al Ministerio de Defensa, e instó a que respondiera a la reclamante, la capitán del Ejército de Tierra. También debía informar a la agencia sobre las causas que motivaron la incidencia que ha originado la reclamación, y sobre las medidas adoptadas para evitar que se produjeran incidencias similares.

Finalmente la Subsecretaría de Defensa respondió a Protección de Datos, dando cuenta de su versión de lo sucedido con la denuncia de esta capitán.

Explicó que el instructor de la información previa sobre esa denuncia por acoso laboral y discriminación por razón de sexo “procedió a remitir copia numerada del expediente a los dos denunciados para que efectuaran alegaciones de conformidad con el artículo 54 de la Ley 8/2014 que regula el régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas, en el párrafo 1 “se notificará al expedientado con copia de toda la documentación recibida””.

De igual forma, en el apartado “Causas que han motivado la incidencia que ha originado la reclamación”, la Subsecretaría de Defensa indicó que a los dos denunciados por la reclamante se les entregó por el instructor de la información previa copia de la documentación recibida, y que los datos personales formaban parte de la documentación del expediente, cuya “copia se entregó a los implicados para que pudieran presentar alegaciones”.

A renglón seguido, la Subsecretaría advirtió que en el protocolo frente al acoso en las Fuerzas Armadas, en el apartado 3.7, se señala que el derecho a la intimidad y confidencialidad no podrán limitar los derechos e intereses legítimos de las partes implicadas (término que utiliza el protocolo), y en este sentido, “resulta obvio que los denunciados son parte interesada e implicadas en el procedimiento, no siendo lógico negar a los denunciados la consideración de implicados”.

Confidencialidad e intimidad
Se justificó con varias sentencias del Tribunal Supremo que establecen que “en aquellos casos en los que la toma de declaración lo sea sobre personas que razonablemente pudieran ser posteriormente objeto del correspondiente expediente disciplinario, deberá hacerse con la preceptiva instrucción de derechos del declarante, so pena de no poder utilizar posteriormente en su contra lo reconocido por un interesado en una información reservada si previamente no se le ha instruido de sus derechos”.

Por ello, “el parte que inicia cualquier investigación que pueda dar lugar a responsabilidad debe ser entregado a las partes afectadas para que puedan ejercitar su defensa en tiempo y forma”.

Como los dos denunciaron eran parte implicada en la denuncia, “darles conocimiento del parte de denuncia en el seno de una información previa para que hicieran alegaciones sobre las acusaciones sobre ellos vertidas, no afectaría a la confidencialidad ni al respeto a la intimidad de la reclamante, pues el propio protocolo hace esa salvedad”, argumentó la Subsecretaría.

Así que el traslado de la documentación se hizo para un fin determinado, cuál era el de hacer alegaciones, y así lo hizo constar el instructor del procedimiento. Una vez acordada la no incoación de expediente disciplinario se comunicó a los mismos dicha terminación, y se “resolvió no entregarle a ninguno de ellos copia de lo actuado”.

Al responder a la Agencia Española de Protección de Datos sobre la reclamación presentada por la capitán, Defensa contestó en el apartado “Medidas adoptadas para evitar que se produzcan incidencias similares” que iba a realizar “actividades de concienciación y formación, con especial referencia a los principios relativos al tratamiento de datos, pertinencia y limitación en relación con los fines para los que son tratados”.

“Tratamiento cualificado”
Toda esta respuesta de la Subsecretaría de Defensa no dejó satisfecha a la capitán denunciante, que reiteró su reclamación “porque se presentó una demanda judicial penal contra ella por las personas contra la que ella denuncia ante Defensa, con copia íntegra de su denuncia de género con su identificación, empleo, destino y número de teléfono particular en la fase de información reservada”.

Así que la Agencia Española de Protección de Datos estudió “si la cesión de la denuncia de la reclamante a los denunciados en fase de actuaciones previas o de investigación, a través de la entrega de la denuncia a los denunciados supone infracción de la normativa de protección de datos por parte de la Subsecretaria de Defensa”, considerada como responsable del tratamiento de esos datos personales.

Según la agencia, “esta cesión no deja se constituir un tratamiento cualificado”. Se trató de una entrega de datos personales que “sale del ámbito de la entidad competente para tramitar la denuncia a unos terceros, los denunciados […], que destinan los datos a un fin concreto, debiendo valorar si dadas las circunstancias y la normativa vigente se ha producido una violación de la normativa de protección de datos pudiendo suponer una cesión o una revelación de datos o se habilita dicha cesión y conocimiento de esos datos”.

Datos “sobradamente conocidos”
La agencia valoró que “el tratamiento sin consentimiento en este caso de la reclamante parte de que tanto hechos como sujetos relacionados en el asunto eran sobradamente conocidos por los denunciados y por la denunciante”.

La capitán denunciante y los oficiales (un coronel y un teniente coronel) denunciados “habían mantenido reuniones, discutido e intercambiado correos para intentar solucionar la cuestión”, subraya la resolución, que firma la directora de la Agencia Española de Protección de Datos.

Entiende la agencia que no se vulneró el deber de secreto “cuando los hechos y datos ya eran conocidos por las partes, pues no se revelan a terceros ni salen del círculo de tramitación que le es propio, poniendo de manifiesto hechos que ya se conocían y que son necesarios conocer para responder a las cuestiones”.

Insiste en que los hechos de la denuncia interna presentada por la capitán “ya eran conocidos por ambas partes, excepto que la denuncia es cursada por la vía de “discriminación por razón de sexo”, consideración que no impide que los denunciados tuviera conocimiento de dicha denuncia, cuyos datos más importantes de identidad y razón de los hechos eran conocidos previamente”.

Sobre la finalidad y el momento en que se utilizaron los datos personales de la capitán, señala la resolución que “si bien son obtenidos en 2017, agosto, antes de finalizar el procedimiento, son utilizados, tras la resolución del procedimiento que archiva la denuncia, en 2018, para la interposición de una demanda judicial, que forma parte del derecho a la tutela judicial efectiva de los denunciados”.

Intromisión “necesaria y proporcionada”
Una vez estudió todos estos elementos, la Agencia Española de Protección de Datos estimó que se había producido una intromisión en el derecho fundamental de la reclamante a que no se conozcan sus datos que figuraban en la denuncia, sí; pero “en este caso concreto y dadas las circunstancias”, dicha intromisión “parece adecuada, necesaria y proporcionada para la realización constitucional del derecho a la tutela judicial efectiva, tanto en su defensa en actuaciones previas como para interponer demanda judicial si lo consideran adecuado a sus intereses”.

Por ello, “por las circunstancias concretas y ser imprescindible para su defensa”, el derecho de los denunciados a la tutela judicial efectiva “prevalece sobre el conocimiento de los datos de la reclamante, que eran conocidos por los reclamantes desde que se les comenzó a plantear la cuestión en el año 2014”.

De nuevo consideró muy relevante que “la cuestión controvertida que motiva la denuncia viene de largo, es conocida por las partes, se intercambiaron correos electrónicos, se entrevistaron por la cuestión, se puso un parte en el 2016 contra los denunciados”.

Derecho a conocer qué se les imputaba
“Nominalmente la entrega de documentos en fase de investigación no tiene por qué afectar a los derechos de la parte contraria, cuando los principios del derecho sancionador son a conocer los hechos que se imputan, a defenderse contra ellos, y además en este caso ya se conocían las circunstancias y sujetos por el devenir del tiempo”, insiste la Agencia Española de Protección de Datos.

Sobre “el hecho de que se utilice la denuncia obtenida para ejercitar acciones penales”, considera que “es consecuencia lógica de la interposición de la citada denuncia y del derecho a la tutela judicial efectiva”.

Todo ello le lleva a concluir que “el acceso proporcionado a los denunciantes de la denuncia de la reclamante se hizo para que alegaran en el procedimiento, no siendo inhabitual en fase de actuaciones previas cuando se estima adecuado y pertinente dicho traslado, que en este caso era una cuestión, y asunto conocido por los denunciados, no vulnera la normativa de protección de datos, al ser su finalidad además en este caso, la de la tutela judicial efectiva”.

De ahí que termine archivando las actuaciones, porque “la utilización de los datos de la reclamante, en este supuesto, estaba amparada por el ejercicio del derecho de la tutela judicial efectiva, y la falta de consentimiento de la reclamante está justificada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos, sin que por ello puede entenderse que su conducta constituya infracción administrativa alguna en materia de protección de datos”.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2189 en: 09 de Noviembre de 2022, 07:53:53 am »

Entregar un paquete a un vecino sin consentimiento del cliente vulnera el RGPD: 70.000 euros de multa


La AEPD ha sancionado a la compañía UPS con 70.000 euros por haber incumplido dos artículos del Reglamento General de Protección de Datos, en concreto, el 5.1 f) y el 32.
Entregar un paquete a un vecino sin consentimiento del cliente vulnera el RGPD: 70.000 euros de multa
Portada / Tribunales
Blanca Valdés
|
09/11/2022 01:00
|
Actualizado: 08/11/2022 23:05
¿Alguna vez un repartidor que trabaja en una empresa de mensajería te ha dejado el paquete que pediste por internet al vecino sin tu consentimiento? Seguro que, o te ha pasado, o conoces a alguien que haya vivido esta situación.

Pues por estos hechos, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a la compañía United Parcel Service España (UPS) con 70.000 euros por haber incumplido dos artículos del Reglamento General de Protección de Datos, en concreto, el 5.1 f) y el 32.

Un ciudadano realizó un pedido a Media Markt y fue entregado a una de las vecinas de la comunidad en la que reside, sin previo aviso y, por tanto, sin contar con su consentimiento previo y expreso.

Para esclarecer los hechos, la AEPD contactó con UPS para que formulase las alegaciones y presentase los documentos y justificantes que estimase procedentes. Ésta manifestó que la empresa presta servicios a Media Markt bajo las condiciones previstas en el contrato suscrito entre ambos.

Según declaró UPS, la empresa «actúa y procede según lo acordado con Media Markt y con el objetivo de garantizar la entrega y el pedido en el plazo y forma acordado con la empresa, siempre a favor y en interés del propio denunciante”.

PRESENTÓ DOS CLÁUSULAS COMO PRUEBA
Como prueba, presentó dos cláusulas que se encontraban presentes en los términos y condiciones del contrato donde se explicaba, por un lado, la posibilidad de entregar al paquete al vecino en ausencia del destinatario y, por otro, la obligación del remitente del envío, en este caso, Media Markt, de informar debidamente al destinatario sobre el tratamiento de sus datos en el marco de los servicios que ofrece”.

«De este modo, es el propia Media Markt, como remitente del producto, el que debería haber excluido la posibilidad de la entrega a un vecino del reparto, pues UPS le informó expresamente de que en defecto de esta exclusión ello era posible», han apuntado.

Por ello, la entidad reclamada ha considerado que ha actuado de conformidad con el contrato firmado con Media Markt y que ella era la responsable del tratamiento de los datos, pues «tenía la obligación de informar que no podía proceder a la entrega a través de un vecino».

LA AEPD CONSIDERA QUE HA CEDIDO LOS DATOS A UN TERCERO SIN CONSENTIMIENTO
Pero la AEPD ha considerado que UPS ha cedido los datos del reclamante a un tercero sin su consentimiento. Pues la parte reclamada ha aportado los términos y condiciones que rigen el contrato suscrito con Media Markt para alegar que ha actuado de conformidad con dicho contrato de prestación de servicios.

Sin embargo, UPS no ha acreditado que concurran los requisitos necesarios para ser considerado encargado del tratamiento. Ya que no se ha acreditado que entre ambas se haya suscrito el contrato que debe regir las relaciones entre responsable y encargado del tratamiento de datos personales según se establece en el artículo 28.3 del RGPD.

Por lo tanto, el hecho de tener firmado un contrato con MEDIA MARKT no deja exento de responsabilidad a UPS, en este caso a la empresa reclamada, porque no se ha concretado si estamos ante un contrato de servicios o bien un contrato celebrado entre responsable y encargado del tratamiento de datos personales, siendo en este segundo caso, de obligado cumplimiento que se cumplan todas las garantías exigidas de conformidad con el artículo 28 del RGPD.

Esta Agencia considera además que nos encontramos ante una vulneración del artículo 32 del RGPD, ya que las medidas de seguridad de la entidad reclamada no son adecuadas y deben ser mejoradas tras haber quedado constatado que no han sido suficientes para evitar los hechos denunciados

Por todo ello, esta Agencia considera que la entidad reclamada ha infringido los artículos 5.1 f) y 32 del RGPD, al violar el principio de integridad y confidencialidad, así como no adoptar las medidas de seguridad necesarias para garantizar la protección de los datos de carácter personal de sus clientes. Tendrá que pagar 70.000 euros.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2190 en: 10 de Noviembre de 2022, 15:25:40 pm »




La Policía de Mollet incorpora 14 cámaras de grabación unipersonales


Los dispositivos sólo se activarán en el momento que el agente lo accione, registrando los treinta segundos previos hasta el momento de su desactivación

AYUNTAMIENTO DE MOLLET
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Mollet del Vallès 09 de noviembre del 2022. Actualizada 10 de noviembre del 2022 a las 09:36
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Los agentes de la Policía Municipal de Mollet (Vallès Oriental) llevarán incorporadas cámaras de vídeo y audio unipersonales en su uniforme mientras estén de servicio. En concreto, se han comprado catorce dispositivos que se activarán "cuando la situación lo requiera".


Con esta incorporación, el cuerpo policial busca dar un paso adelante para "incrementar la seguridad y las garantías" en sus labores de vigilancia. Según ha compartido el consistorio, los dispositivos sólo se activarán en el momento que el agente lo accione, registrando los treinta segundos previos hasta el momento de su desactivación.

Desde el Ayuntamiento aseguran que "siempre que las circunstancias lo permitan" antes de empezar a registrar imágenes se avisará "de forma clara" a la persona o grupo de personas implicado en la intervención policial.


¿Cómo funciona?

"Cuando el agente llegue a comisaría se librará el dispositivo, se descargarán las imágenes al programa informático que sólo gestionarán los comandos autorizados. (...) En el caso de que la intervención recoja una infracción penal o administrativa, las imágenes acompañarán a las diligencias realizadas y se pondrán a disposición de la autoridad correspondiente. El resto de grabaciones se eliminará automáticamente a los 30 días", aclara el inspector jefe de la Policía de Mollet, José Francisco Muñoz Conde.


El dispositivo de grabación, así como su uso, se encuentra sujeto a la normativa sobre protección de datos y videovigilancia para las fuerzas y cuerpos de seguridad en lugares públicos.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2191 en: 14 de Noviembre de 2022, 07:23:57 am »


Multa por despedir a una empleada por una conversación con una clienta grabada sin motivo


Protección de Datos sanciona con 6.000 euros a la empresa y recuerda que no se pueden grabar conversaciones de los trabajadores sin causa justificada
— Una empresa, tres subcontratas y una multa: así llegan a ti las molestas llamadas publicitarias
Imagen de archivo de una trabajadora
Imagen de archivo de una trabajadora Javier Carrión / Europa Press
Carlos del Castillo

13 de noviembre de 2022 22:20 h
Actualizado el 14/11/2022 05:30 h
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 6.000 euros a una empresa que grabó las conversaciones de una de sus empleadas sin su permiso, unos audios que luego usó para justificar su despido disciplinario. El regulador de la privacidad destaca que la empresa no contaba con el permiso de la trabajadora para registrar sus conversaciones ni justificación para hacerlo.


La grabación de las conversaciones se realizó con el mismo sistema de videovigilancia del local donde la empleada desempeñaba su trabajo. Una de ellas se mantuvo con un familiar y otra con una clienta del establecimiento, que fue la que terminó apareciendo como una de las justificaciones de su carta de despido. La ex trabajadora recurrió a los tribunales, donde llegó a un acuerdo con su antiguo empleador para declarar su despido improcedente. A su vez denunció los hechos ante la AEPD, que ha publicado su resolución definitiva.

El organismo ha desoído los argumentos de la empresa, que en varias alegaciones durante el proceso justificó la grabación de las conversaciones en una “caída del rendimiento laboral” y “un mal uso de la maquinaria” por parte de la exempleada que se detectó a través de las cámaras. A raíz de esto, la empresa decidió “hacer un seguimiento más exhaustivo a la trabajadora” que incluía el acceso a los audios registrados en el establecimiento.

“En los siguientes días y dadas las sospechas anteriores se procede a activar el audio de la cámara”, confirmó la empresa en sus alegaciones a la AEPD. “En los sucesivos días se observa otro hecho, la trabajadora se queja a la clientela sobre la maquinaria de la empresa, culpando de los errores a la misma y causando desprestigio y posibles pérdidas económicas a la empresa”, continúa. Esta acción terminó siendo el detonante del despido.

La empresa defiende a su vez que cuando se instalaron las cámaras de videovigilancia en el establecimiento la trabajadora firmó un documento en el que se explicaba que se trataba de “un sistema de video y voz”, por lo que debía tener conocimiento de que podía ser grabada.

No se puede grabar conversaciones sin justificación
En su resolución, la AEPD recuerda que la grabación de las conversaciones de los empleados está prohibida en lugares destinados al descanso, como los comedores, aseos o análogos. En el resto de las instalaciones, ya sean las interacciones ellos o con la clientela, solo están justificadas si resultan “relevantes” para la seguridad de las instalaciones, bienes o servicios que se prestan “y siempre respetando el principio de proporcionalidad”.

La supervisión del rendimiento laboral de los empleados no encaja en ese marco. “Según la doctrina del Tribunal Constitucional, la grabación de conversaciones entre trabajadores o entre éstos y clientes no se justifica por la verificación del cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones o deberes”, incide el regulador.

La grabación de conversaciones entre trabajadores o entre éstos y clientes no se justifica por la verificación del cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones o deberes

La Agencia justifica que “no puede descartarse que también en aquellos lugares de la empresa en los que se desarrolla la actividad laboral puedan producirse intromisiones ilegítimas por parte del empresario en el derecho a la intimidad de los trabajadores”. Estas conversaciones, incluso entre empleados y clientes, pueden tratar de “cuestiones ajenas a la relación laboral” y quedar por tanto fuera del ámbito de supervisión del empleador.

La AEPD señala que la empresa sancionada no ha podido justificar que tuviera un motivo para registrar las conversaciones de la trabajadora despedida, como tampoco que la grabación se produjera por una “anomalía en el funcionamiento” de la videovigilancia, sino que fue plenamente consciente.

En última instancia la empresa intentó un giro radical de sus alegaciones para intentar esquivar la sanción. Declaró que la grabación no existe ya (pese a haber reconocido su existencia en varios momentos del proceso) y que no está adjunta como prueba del procedimiento sancionador ni en ningún juzgado, por lo que afirmó que la AEPD no podía usarla como justificación para una multa. “De haber existido la grabación”, defendía en su último alegato, “su finalidad hubiese sido obtener el sonido de las máquinas ante la mala manipulación de éstas”.

Protección de Datos también desoyó este último argumento y ha hecho firme la sanción de 6.000 euros.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2192 en: 16 de Noviembre de 2022, 17:56:02 pm »

Un exmilitar acepta indemnizar con 20.000 euros a la víctima de 'la manada' por difundir sus datos


El juicio se salda con un pacto entre acusaciones y defensas por el que el hombre acepta dos años de cárcel por publicar en un foro imágenes de la violación de la joven, la imagen de su DNI e información de sus estudios

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2193 en: 19 de Noviembre de 2022, 07:51:19 am »

Así funciona la nueva herramienta basada en el reconocimiento facial que ya prueba la Policía Nacional


En un principio solo se usará en investigaciones de delitos graves, pero el empleo de estas tecnologías biométricas sigue generando polémica en cuanto a la protección de datos
ctv-bzi-retinal-biometrics-technology-with-man-s-eye-digital-remix
   
Belén Collado

Tiempo de lectura: 3' 16 nov 2022 - 20:31
Actualizado 20:55

La Policía Nacional, la Guardia Civil y el resto de cuerpos de seguridad regionales (excepto la Ertzaintza, ya que su base de datos no está conectada con el resto) pronto tendrán a su disposición una nueva herramienta para combatir el crimen: un sistema automático de reconocimiento facial. Por el momento, el programa ABIS (siglas en inglés de sistema automático de identificación biométrica) se encuentra en fase de pruebas y constituyendo su base de datos, según ha declarado el Ministerio del Interior.

El sistema, desarrollado por la empresa francesa Thales, utiliza inteligencia artificial para identificar a sospechosos en pocos segundos a partir de cualquier imagen. ¿Cómo funciona esto? El programa coteja la imagen introducida por los agentes, sacada por ejemplo de una cámara de seguridad, con las fotografías disponibles en el sistema para buscar coincidencias. En primer lugar, busca y ubica en qué parte de la fotografía hay una cara. A continuación, aplica un algoritmo a ese rostro para obtener un patrón que lo represente y lo distinga de los demás. Los sistemas de inteligencia artificial permiten buscar ese patrón, que es único para cada individuo y que no varía con el paso de los años.

La base de datos con la que contará la herramienta será de unos cinco millones de fotografías de detenidos y sospechosos que ya estaban fichados, según Interior. La idea es que a ese fondo de datos se irán las fotos de quienes sean arrestados desde el momento en el que se empiece a utilizar el sistema. En ningún caso, indican desde la Policía Nacional, se podrán usar registros de bases de datos civiles, como la que contiene las fotografías de los DNI.

Una vez que esté lista esa base de datos, se desplegarán estaciones de trabajo en los servicios centrales de la policía científica para que prueben su uso con casos reales. Interior lleva al menos tres años trabajando en el proyecto, que ha sufrido varios retrasos por culpa de la pandemia, pero parece que todavía quedan meses para que se ponga en marcha oficialmente.

Hasta el momento, la Policía contaba con dos principales herramientas para identificar sospechosos, el análisis de huellas dactilares y el de ADN. El reconocimiento facial abrirá una tercera vía no tan invasiva como las anteriores, ya que no necesita muestras físicas del sujeto. Simplemente con una descripción o alguna imagen será posible iniciar una vía de investigación. De todas formas, no se dependerá únicamente del sistema biométrico para determinar si realmente se trata de un sospechoso o no. Será siempre una persona, y no el ordenador, quien corroborará si hay o no parecido. En un segundo paso, si se quiere validar al candidato para la investigación o su detención, se procederá a hacer un estudio forense, igual que sucedía hasta ahora con las huellas dactilares o el ADN.

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El reconocimiento facial ya es habitual en otros países

La aplicación de sistemas automáticos de reconocimiento facial en investigaciones policiales está empezando a calar en Europa. Varios países, como Francia, Holanda o Alemania, han realizado pruebas piloto o ya cuentan con herramientas en uso. Esta tecnología se empezará a usar a principios del año que viene en las fronteras de la UE para registrar solo a los ciudadanos no comunitarios que entren en territorio comunitario. En el Reino Unido se ha dado un paso más y la policía ha colocado furgones con cámaras dotadas con sistemas de reconocimiento facial en las bocas del metro de Londres.

Fuera de las fronteras de Europa, China, sin duda, se lleva la palma en cuanto a avances en el uso de tecnologías biométricas. Las grandes ciudades del gigante asiático están inundadas de cámaras que cuentan con sistemas de reconocimiento facial en vivo capaces de encontrar a cualquier ciudadano en cuestión de horas.

La controversia con este tipo de tecnologías biométricas

En cuanto esté listo el sistema español, se empleará en investigaciones policiales, en un principio solo en el caso de delitos graves. Interior asegura que en ningún caso se usará para el reconocimiento en vivo de personas en espacios públicos.

Precisamente, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) está en contacto con Interior para estudiar el impacto que podría tener el programa ABIS en materia de privacidad de los datos. La agencia deberá determinar si el tratamiento de este tipo de datos personales supone o no un riesgo tolerable para los derechos y libertades de los ciudadanos. También deberá intentar establecer si la policía puede quedarse para siempre con esos datos faciales o se deben aplicar límites temporales, o quién puede tener acceso a esos datos.

Entre los principales riesgos del uso de estas tecnologías biométricas, está que los algoritmos fallan. Y es que no es lo mismo que se equivoque al recomendarte una película o un restaurante que identificando a un sospechoso. El del estadounidense Robert Williams es el primer caso documentado de detención irregular por culpa de un sistema de reconocimiento facial: la herramienta lo confundió con otra persona y la policía lo detuvo directamente sin comprobar si se parecía al sospechoso.

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2194 en: 19 de Noviembre de 2022, 07:53:54 am »

El algoritmo de reconocimiento facial que entrena la Policía Nacional lleva al límite las líneas rojas del futuro
Reglamento de la IA

Alberto R. Aguiar
18 nov. 2022 8:34h.
Control de policía en la frontera de España por la pandemia del coronavirus

Esta semana se conocían nuevos detalles de un algoritmo de reconocimiento facial que podrán emplear las policías españolas para identificar sospechosos.
Además de ser objeto de un Reglamento de IA que todavía está bajo debate, la herramienta también contravendría resoluciones de la Eurocámara y resoluciones del Comité Europeo de Protección de Datos.

El Ministerio de Interior está entrenando con millones de fotos de ciudadanos que han sido arrestados un algoritmo llamado ABIS —siglas en inglés de sistema automático de identificación biométrica— que ha hecho saltar todas las alarmas en el mundo de la privacidad y la ética tecnológica.

Este modelo de inteligencia artificial ha sido adquirido a la compañía francesa Thales, contaba hace unos díasEl País. El objetivo del programa es ayudar a policías de toda España —tanto a la nacional como a la Guardia Civil o a cuerpos autonómicos— a identificar sospechosos a partir de cualquier tipo de imagen.


Esta IA de reconocimiento facial funciona como cualquier otra: primero es entrenada con una base de datos de caras. Una vez entrenada, si los agentes necesitan identificar a un "sospechoso", aplican el programa sobre la imagen que tengan —una grabación, por ejemplo— y el algoritmo buscará coincidencias entre los rostros que en ella se vean con los de su base de datos.

De esta manera, la herramienta ofrecerá una serie de resultados en los que presentará varios rostros. Un porcentaje determina si las facciones del rostro que aparece en la imagen coinciden más o menos con esas caras de su base de datos. Si es del 100%, es plausible que la persona grabada sea la dueña del rostro que también esté en la base de datos, y de esta manera es identificada.

Así ponen España, Bruselas y el resto de Europa pies en pared ante los desafíos éticos y sociales que provoca el auge de la inteligencia artificial

Falla el reconocimiento facial con mascarilla
Sin embargo, este tipo de herramientas arrojan también un elevado número de falsos positivos. Tanto, que no solo expertos, sino también organismos públicos, están haciendo un llamamiento a la regulación de esta tecnología.

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En 2020, en plena oleada de protestas del Black Lives Matter en EEUU, varios proveedores de esta tecnología anunciaron que paralizaban sus ventas a las fuerzas del orden. IBM, Amazon o Microsoft dejaron de ofrecer esta herramienta hasta que no existiera una regulación sobre ella. Trabajadores de Google exigieron a sus directivos que hiciesen lo propio.

Esto impulsó el debate regulacionista sobre los desafíos éticos de la inteligencia artificial, y la Comisión Europea presentó a mediados del año pasado el borrador de su futuro reglamento en la materia. De forma paralela, el Parlamento Europeo aprobó una declaración sobre el uso de estas herramientas automáticas en manos de las fuerzas y cuerpos de seguridad.

Hoy se da una singularidad: ese futuro Reglamento de la IA que los colegisladores comunitarios negocian se probará en España antes que en cualquier otro país del mundo, gracias a un cajón regulatorio —sandbox— que propuso la Secretaría de Estado de Digitalización e IA. Al mismo tiempo, Interior prepara un algoritmo que podría vulnerar de los preceptos de ese Reglamento.

Al límite del futuro Reglamento de la Inteligencia Artificial
Hay muchos detalles que todavía no se conocen. Por ejemplo, una de las líneas rojas que dibuja el futuro Reglamento de la IA contempla la prohibición de sistemas de reconocimiento biométrico —reconocimiento facial, reconocimiento por huella dactilar, reconocimiento de voz— en espacios de acceso público con un matiz: "en tiempo real".

El futuro Reglamento, sobre el que el Consejo de la Unión Europea tendrá una reunión en unos días para aprobar su versión definitiva —que después se tendrá que negociar con la versión definitiva de la Eurocámara— contempla explícitamente lo siguiente:

"Están prohibidas las siguientes prácticas de IA (...): El uso de sistemas de información biométrica remota "en tiempo real" en espacios de acceso público con fines de aplicación de la ley". Contempla excepciones, la IA podrá ser utilizada en esos ámbitos para la búsqueda de víctimas de un delito, menores desaparecidos, o la prevención de una amenaza o un atentado.

Esas excepciones tendrán en cuenta "la gravedad, probabilidad y magnitud" de la posible amenaza, así como "las consecuencias" que usar la IA tendría "para los derechos y libertades de las personas implicadas".

Interior ha asegurado a El País que "en ningún caso se usará para labores de vigilancia ni para reconocimiento en vivo de personas en espacios públicos". Sin embargo, las dudas son múltiples. La policía también ha aclarado al mismo diario que para entrenar el modelo no se están utilizando las imágenes del DNI de los españoles.

En cualquier caso, la prohibición exclusiva de los sistemas de reconocimiento biométrico en espacios públicos y en tiempo real es algo que todavía está sujeto a debate. Es uno de los puntos calientes de la norma. En los últimos compases de estas conversaciones se reintrodujo el término remoto de la expresión "uso de sistemas de información biométrica remota".

La presidencia eslovena del Consejo eliminó el término al entender que generaba confusión, rememoraEuractiv. Ahora la palabra aparece en el texto en esta versión, entendiendo por remoto que el sistema se usa "a distancia" y que la identificación tiene lugar "sin la activa participación" de la persona.

Hace apenas unos días una decena de eurodiputados y representantes de la coalición Reclaim Your Face —"reclama tu cara", en inglés—, que reúne a 76 ONG, discutieron sobre las amenazas que representan la vigilancia biométrica. La coalición pide la prohibición absoluta de esta tecnología.

Ella Jakubowska, asesora de European Digital Rights (EDRi), una de las asociaciones que integran la coalición, intervino en aquel debate que tuvo lugar en Bruselas. "Hemos visto gente sin hogar e inmigrantes sujetos a vigilancia inteligente que les condena en lugar de ayudarlos". "Aficionados deportivos tratados como delincuentes". "Manifestantes y periodistas reprimidos".

"También sabemos que hay compañías ahora mismo en España, Países Bajos, República Checa y probablemente en más países vendiendo estas tecnologías biométricas, que permiten generar perfiles automáticamente basándose en las emociones y comportamiento, género y rasgos de las personas", denunció.

Una resolución de la Eurocámara contraviene a la policía
Reclaim Your Face no es la única entidad que ha animado a poner coto a esta tecnología que está entrenándose por la policía y el Ministerio de Interior español. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) conoció las intenciones del Ministerio a mediados de este año, y está ya en contacto con el mismo para definir cuáles son los riesgos de esa tecnología.

El Supervisor Europeo de Protección de Datos —EDPS, la AEPD de las instituciones comunitarias— y el Comité Europeo de Protección de Datos —EDPB, la entidad que aglutina a las agencias nacionales de los estados miembros— ya llamaron hace meses a vetar el uso de estas tecnologías de reconocimiento biométrico en espacios públicos, sin entrar en el concepto de "en tiempo real".

"Teniendo en cuenta los riesgos extremadamente altos que plantea la identificación biométrica remota en personas en espacios de acceso público, el EDPB y el EDPS piden un veto general de cualquier uso de la IA para el reconocimiento automático de rasgos humanos en espacios de acceso público, como reconocimiento facial, huellas dactilares, ADN, de voz, pulsaciones de teclas...".

La Eurocámara se suma al veto de los sistemas de IA policiales para reconocimiento biométrico y vigilancia masiva con una votación no vinculante

Inteligencia Artificial desarrollada
El Reglamento de la IA no es el único documento que llama a contener esta tecnología. El año pasado la Eurocámara adoptó una resolución no vinculante con la que se pedían "fuertes restricciones en el uso de las tecnologías IA por parte de las fuerzas de orden público", según reconoce un documento de seguimiento de dicha resolución consultado por Business Insider España.

Dicha resolución va "más allá de la propuesta de la Comisión" con su Reglamento y "recomienda restringir sustancialmente las posibilidades de que las autoridades policiales y fronterizas usen la IA para la evaluación de riesgos individuales, el análisis del comportamiento en lugares públicos y el uso de controles fronterizos automatizados".

Todo ello lo podrían hacer las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con el algoritmo que ahora entrena Interior. El departamento de Fernando Grande-Marlaska ha estado bajo el foco de una intensa polémica por las declaraciones que su titular ha hecho en todo momento sobre la presunta violencia en el salto a la valla de Melilla. Ceuta y Melilla tendrán "fronteras inteligentes con IA".

Batería de preguntas a Interior
La noticia de que el Ministerio de Interior y la Policía Nacional están entrenando a este algoritmo ABIS ha sorprendido y llamado la atención de activistas y especialistas en ética tecnológica, pero también a expertos en Protección de Datos. Uno de ellos es Gonzalo Oliver, asesor jurídico en materia de Protección de Datos, Privacidad y Ciberseguridad en OZONIA Consultores.

Oliver ha trasladado una solicitud de información a Interior. Concretamente, una batería de 11 preguntas que se pueden contestar con "sí" y con "no". Son las siguientes:

1. ¿Ha realizado el Ministerio del Interior la Evaluación de Impacto de Protección de Datos previa a la puesta en marcha de este sistema conforme a lo establecido en el artículo 35 del Reglamento General de Protección de Datos 2016/679)?

2. ¿En qué zonas específicas tiene pensado el Ministerio utilizar este tipo de herramienta de Inteligencia Artificial?

3. ¿En qué fecha aproximada tiene pensado el Ministerio del Interior poner en marcha este sistema de reconocimiento facial?

4. ¿Qué tipo de delitos pretende perseguir el Ministerio del Interior en base al uso de esta herramienta de reconocimiento facial?

5. ¿Ha considerado el Misterio del Interior otra medida menos invasiva e intrusiva para los derechos y libertadores fundamentales de los ciudadanos españoles?

6. ¿Este sistema de reconocimiento facial se usará para nacionales españoles y europeos o solo para personas no comunitarias?

7. ¿Ha tenido en cuanta el Ministerio del Interior el Proyecto del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de Inteligencia Artificial (Reglamento de Inteligencia Artificial)?

8. ¿La herramienta utilizada o desarrollada es propia o de un tercero?

9. En caso de que sea de un tercero, ¿tendrá ese tercero acceso a la base de datos o solo la tendrá el Ministerio del Interior?

10. ¿Tiene pensado el Ministerio del Interior esperar a la aprobación definitiva del Proyecto del Reglamento en materia de Inteligencia Artificial (Reglamento de Inteligencia Artificial) para aplicarlo en el territorio nacional?

11. ¿En qué fecha se ha puesto en contacto el Ministerio del Interior con la Agencia Española de Protección de Datos para solicitar el Informe sobre el uso de esta herramienta?

Falta conocer la respuesta del Ministerio.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2195 en: 23 de Noviembre de 2022, 09:31:53 am »
Algunas respuestas dan la impresión de haberles subido el sueldo.

https://twitter.com/Bope1013/status/1594822443113357312?t=I-pXlvkHmAwVVqlEJmOvyA&s=19

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2196 en: 24 de Noviembre de 2022, 10:34:16 am »

La Guadalajara despoblada se llena de cámaras de seguridad para ahuyentar a los delincuentes


Casi un centenar de pequeños municipios han instalado este sistema de videovigilancia ante la falta de vecinos y la dificultad de la Guardia Civil para atender todas las posibles emergencias
Una de las cámaras instaladas por el Ayuntamiento de Alcocer (Guadalajara) en las calles del municipio con ayuda de la Diputación, en una imagen cedida por el Consistorio.
Una de las cámaras instaladas por el Ayuntamiento de Alcocer (Guadalajara) en las calles del municipio con ayuda de la Diputación, en una imagen cedida por el Consistorio.
ALDO GÓMEZ
Toledo - 23 NOV 2022 - 05:00 CET
Pasear por las tranquilas calles de Condemios de Abajo (10 habitantes), La Huerce (34 habitantes) o Valtablado del Río (8 habitantes) estará más vigilado que nunca. Estos tres municipios de la provincia de Guadalajara forman parte de las 69 localidades que están instalando estos días cámaras de seguridad en sus calles gracias a un programa que impulsa la Diputación. No son los únicos, porque antes Castilforte, Alcocer, Salmerón, Millana y Escamilla ya lo hicieron; en este caso por una convocatoria de ayudas de un grupo de acción local. La provincia se está llenando de cámaras de seguridad con el objetivo de ahuyentar a los delincuentes y porque en muchos casos, responder a una emergencia por parte de la Guardia Civil no es tan rápido como sería deseable.

La mayoría de las cámaras de seguridad se instalan en las entradas y salidas de estos pequeños pueblos. Es el caso de Valtablado del Río que, con ocho habitantes, uno de los municipios más pequeños que forma parte de esta iniciativa y posiblemente sea una de las localidades de España con la ratio de cámaras de seguridad más alta por habitante. Si se trasladara esto a grandes ciudades como Madrid, supondría instalar 400.000 cámaras de seguridad, cuando se calcula en la actualidad que hay unas 2.000. El alcalde de Valtablado del Río, Mariano Alfaro, explica que las cámaras se instalarán en las dos entradas que tiene el pueblo. Lo mismo ocurrirá en La Huerce, donde su alcalde, Francisco Lorenzo, cuenta que en invierno este municipio, que tiene censados 34 habitantes, se queda en unas 12 o 15 personas y que las cámaras de seguridad ayudan a que vivan más tranquilos. Otro regidor, el de Cendejas de Enmedio (42 habitantes), David Cañamares, cuenta que las cámaras vendrán a sustituir a los vecinos que antes, ante la más mínima sospecha, llamaban a la Guardia Civil, sobre todo para alertar de la presencia de coches sospechosos.

¿Cómo ha sentado entre los vecinos la instalación de cámaras de seguridad? Pues en general, lo acogen con una mezcla de sensaciones entre la tranquilidad ―porque se sentirán más seguros―, pero también con la intranquilidad de estar renunciando a una pequeña parcela de su intimidad. Así lo siente Lucía Somolinos, que regenta una casa rural en Gascueña de Bornova (31 habitantes). Asegura que las cámaras les interesan más a los vecinos que no viven durante todo el año que a los que habitualmente residen allí. Menciona las ocupaciones ilegales como una preocupación de estos vecinos estacionales, que solo acuden en verano o en fines de semana. De hecho, recuerda que hace un tiempo llamaron a la Guardia Civil por un intento de ocupación y fue resuelto rápidamente y añade que, mientras que no invadan su intimidad, serán bienvenidas. El municipio, añade, es muy tranquilo y en los dos años que lleva viviendo, apenas ha tenido que llamar a la Guardia Civil, solo “por un incendio en una chimenea”.

Una cámara en una calle de Alcocer (Guadalajara), instalada por el Ayuntamiento.
Daniel, vecino de Selas (43 habitantes) cuenta que en este municipio durante el invierno “viven 4 personas”. Él es el propietario de un bar que solo abre los fines de semana y asegura que “este verano han tenido tres o cuatro robos en fincas de campo, pero no en viviendas”. Duda de la eficacia de las cámaras de seguridad que se van a instalar en su municipio e ironiza con que “aquí todo el mundo tiene un rifle”, al que da más autoridad que a una cámara a la hora de evitar un robo y acaba reconociendo que “todo lo que sea seguridad será bueno para el pueblo”.

La privacidad es uno de los aspectos que más parece preocupar a los vecinos. El presidente de la Diputación de Guadalajara, José Luis Vega, explica que no se está invadiendo la intimidad de nadie porque solo se recurre a ellas ante una denuncia. “Es la Guardia Civil quien puede acceder a ellas y solo bajo la orden de un juez”, añade. Vega se felicita por la gran acogida que ha tenido esta iniciativa, que tuvo un presupuesto de 600.000 euros y que permite instalar 132 cámaras de seguridad. A la convocatoria se presentaron muchos más municipios (casi 180), pero hubo que priorizar por número de habitantes ―ninguno de los Ayuntamientos beneficiados supera los 100 vecinos―. Anuncia que habrá más convocatorias de ayudas parecidas a estas en los presupuestos del año que viene. “Somos 428 núcleos de población y 288 municipios”, recuerda. “Aspiramos a que haya cámaras en todas las localidades que así lo deseen”. Cada Ayuntamiento ha recibido una ayuda de 5.000 euros por cámara y la mayoría instalarán dos dispositivos. Cada cámara tiene un coste de puede oscilar entre los 10.000 y los 13.000 euros, a lo que hay que sumar el mantenimiento anual; con lo que la mayoría de Ayuntamientos tienen que aportar fondos propios para sufragar la instalación.

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Mucho territorio y pocos agentes
Responder a una emergencia en estos pueblos no siempre es fácil. La Guardia Civil es el cuerpo que tiene las competencias de seguridad ciudadana y aunque se ha intentado suplir la falta de agentes, en la actualidad hay 560 dedicados a estas tareas, pero hay que descontar los mandos, el Grupo de Investigación o los que estén en comisión de servicio. Son 29 los acuartelamientos de la provincia de Guadalajara. Cubren 288 municipios, de los cuales casi el 80% tienen menos de 200 habitantes. Lo peor está en la Sierra Norte y en la Comarca de Molina-Alto Tajo, una de las zonas más despobladas de España. Localidades como Valtablado del Río tienen el cuartel más cercano a 40 kilómetros, La Huerce lo tiene a 45 kilómetros o Gascueña de Bornova a 30 kilómetros. Un agente en activo cuenta que solo la casa cuartel de Azuqueca de Henares presta servicio al ciudadano las 24 horas del día en toda la provincia, aunque hay patrullas repartidas por toda la provincia.

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Guarderías rurales contra la despoblación: “Si la escuela cierra, el pueblo muere”
Cuando surge una emergencia, hay que atenderla lo más rápidamente posible, pero el verdadero problema es si hay más de una. Ahí, “toca priorizar”, explica este agente, que lamenta la falta de efectivos que hay en la provincia y sobre todo en los entornos rurales. El destino tampoco es muy atractivo porque “pueden pasar turnos de ocho horas de trabajo donde no te encuentras a absolutamente nadie en la carretera”, recuerda este agente, que explica que el perfil de personal que actualmente hay en la provincia de Guadalajara, y más concretamente en el mundo rural, es de un oficial recién salido de la academia que busca completar el destino cuanto antes en busca de otro más atractivo laboralmente. Preguntado por su opinión sobre las cámaras de seguridad, cree que serán más para disuadir a los delincuentes, pero también reconoce que hay verdaderos profesionales del crimen a los que una cámara de seguridad no va a echar para atrás si quiere cometer, por ejemplo, un robo. Si el objetivo de este recurso es obtener imágenes de matrículas o descripciones de vehículos, en los robos cometidos por profesionales, recuerda este agente, se suelen emplear vehículos sustraídos que no guardan relación con estos delincuentes, con lo que las imágenes obtenidas por las cámaras de seguridad servirán de poco.



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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2197 en: 25 de Noviembre de 2022, 06:44:56 am »


Santi Millán confirma que han identificado a los responsables de la filtración de su vídeo sexual



Han pasado cinco meses desde que Santi Millán viera cómo se hacía pública su intimidad con la filtración de un vídeo sexual. Ahora, el presentador de ‘Got Talent’ asegura que han identificado a los culpables
Santi Millán confirma que han identificado a los responsables de la filtración de su vídeo sexual Santi Millán confirma que ya han identificado a los culpables de la filtración de su vídeo sexual. Europa Press
PATRICIA NÚÑEZ
PUBLICADO 24/11/2022 14:15
ACTUALIZADO 24/11/2022 14:15
Fue el pasado mes de junio cuando, de la noche a la mañana, Santi Millán se convertía en el protagonista de las redes sociales. De la manera más inesperada, el conocido presentador de ‘Got Talent’ veía su intimidad expuesta públicamente con la filtración de un vídeo de contenido sexual que, a pesar de que era retirado rápidamente, dejó un importante rastro en las redes.

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En la citada grabación, de apenas un minuto de duración, podía verse al actor manteniendo relaciones sexuales con una desconocida que no era su mujer, Rosa Olucha. Convertido en uno de los temas más comentados durante esos días, muchos eran los que buscaban la reacción del actor y presentador. Una reacción que llegaba a través de unas escuetas palabras al diario ‘ABC’, donde aseguraba: “No pienso hacer ningún comentario. Yo no quiero decir cómo hay que enfocar las cosas, pero la noticia aquí es que se ha cometido un delito. Yo no entiendo de leyes ni demás, así que no voy a comentar”.

Un delito que desde su entorno se aseguraba el actor estaba dispuesto a perseguir e investigar hasta dar con la persona responsable de la filtración. Así lo desveló ‘El Español’ que señaló que Santi Millán se encontraba “fuerte y decidido a llegar hasta el final y dar con la persona responsable. Desea que se depuren responsabilidades”.

Ahora, cinco meses después del escándalo, ha sido el propio presentador quien ha desvelado las novedades en la investigación, la cual ha dado sus frutos.


Santi Millán confirma que han identificado a las personas que filtraron su vídeo sexual
Aunque cuando estalló el escándalo por la filtración de su vídeo sexual Santi Millán optó por guardar silencio, poco después desvelaba a la revista ‘Semana” que se encontraba bien y tranquilo: “Voy asumiendo las cosas. Yo creo que esto es muy anecdótico, no solo en mi vida, sino en la de cualquiera. No le demos una importancia a algo que no la tiene”.

Ahora, y confiando en que se depuren responsabilidades, Santi Millán ha ofrecido una entrevista a ‘El Televisero’ donde, además de hablar del buen momento profesional que vive con ‘Got Talent’ ha asegurado: “El proceso judicial sigue su curso, ya sabemos que estas cosas llevan su tiempo. Pero lo único bueno que si puedo decir es que se consiguió identificar a los culpables".

Sin embargo, y tal y como aseguró a la mencionada revisa, el presentador sabe que estas cosas llevan su tiempo: “Aquí el único problema es que las cosas no son de hoy para mañana. Esto cuando salga la sentencia, que imagino que saldrá, igual han pasado tres o cuatro años. Lo que espero es que los medios se hagan eco de la sentencia que del delito”.

Santi MillánSanti Millán asegura que ya han identificado a los responsables de la filtración de su vídeo sexual.Europa Press
Santi Millán, ajeno a la polémica sobre su vídeo sexual
Desde el primer momento, Santi Millán optó por restar importancia al vídeo sexual, no así al delito por su filtración. Trasladada la situación a sus abogados, el presentador intentó permanecer ajeno a la polémica retomando su vida con normalidad. Poco después, publicaba en sus redes sociales estampas familiares disfrutando de sus vacaciones junto a su mujer, Rosa Olucha, y sus dos hijos.

Rosa Olucha, su pareja desde hace más de dos décadas, sí optó entonces por romper su silencio. Y lo hacía con un aplaudido mensaje en sus redes sociales defendiendo la situación de su marido: “A todos los que me preguntáis ‘cómo estás’ o me decís cosas tipo: ‘Lo siento, tienes todo mi apoyo’, os comento: Primero: Bien. Yo estoy bien. Deberíais preguntaros cómo está él. Él es el que ha sufrido un ataque a su intimidad, que por cierto, es delito. SU intimidad. SUYA y de nadie más”.

Además, la productora de televisión terminaba con los comentarios en torno a su relación asegurando: “Para los que no lo sepan (y ya lo siento), existen muchos tipos de familia. En la nuestra, la LIBERTAD, el RESPETO y la TOLERANCIA son los pilares sobre los que hemos construido este proyecto. Hemos caminado muuuuchos quilómetros juntos y muuuuuchos más separados, hemos tropezado mil veces, hemos hablado cuando ha hecho falta, hemos cambiado el ritmo cuando nos hemos cansado y de momento, ni tan mal”

Unas contundentes palabras que rápidamente se vieron apoyadas por numerosos rostros conocidos y seguidores que ovacionaban la postura de Rosa Olucha, convertida en el mejor apoyo de Santi Millán. Y es que tal y como aseguraron fuentes cercanas a la pareja, esto no hizo más que reforzar la ya sólida relación que mantienen.


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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2198 en: 09 de Diciembre de 2022, 07:47:09 am »
Multa histórica a un menor por amenazar a otra con publicar fotos íntimas


El joven, de dieciséis años, presionaba a su víctima, de trece, con la publicación de las imágenes que le mandaba si no continuaba haciéndolo

MARCOS SIERRA
 

PUBLICADO 08/12/2022 17:50
ACTUALIZADO 08/12/2022 17:50

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado con 5.000 euros a un menor por chantajear a otra con la publicación de imágenes íntimas si no le enviaba más fotografías de este tipo, tal y como refleja una resolución publicada por este organismo y a la que ha tenido acceso Vozpópuli.

"Es una resolución histórica de la AEPD que lo que hace es sancionar a un menor no por el hecho de difundir un contenido no consentido, sino por el hecho de tratar, registrar y conservar las imágenes de una menor para seguir chantajeándola. Es un claro caso de sexting donde dos menores se conocen por internet, en este caso Instagram, y empiezan a compartir fotos, hasta que llega un punto en el que uno de ellos chantajea a la otra parte para que le siga enviando contenido con la amenaza de que, si no lo hace, publicará todo en internet", explica Gonzalo Oliver Martín, asesor jurídico en materia de Privacidad y Protección de Datos en Ozonia Consultores.

Se trata de una sanción que, como sucede en estos casos, tendrán que afrontar los progenitores en el caso de que el menor no tenga solvencia económica.

La defensa del acusado trató de evitar la multa alegando que el menor no llegó a hacer públicas en ningún momento las fotos que le fueron enviadas por la chica, asegurando además que fueron eliminadas del dispositivo en el que fueron almacenadas

La resolución, consultada por este diario para la realización de esta información, explica que la documentación aportada por la parte demandante deja claro cómo el reclamado, de dieciséis años de edad, amenazó y chantajeó a la hija menor de la denunciante, de trece años de edad, para que le enviase imágenes sensibles a través de los chats que mantenían en Instagram y WhatsApp. El inicio de las comunicaciones que finalmente fueron denunciadas y sancionadas se produjo el 15/10/19 a las 23:20 en el caso de Instagram. En el caso de WhatsApp, las comunicaciones conservadas se iniciaron el 02/01/20.

La AEPD, "implacable" con los casos que afectan a menores

"La autoridad que dirige Mar España está siendo implacable con este tipo de infracciones que afectan a menores, investigándolas y sancionándolas. En el caso de que se hubieran publicado estas imágenes, aparte de la demanda que ya se interpuso, habría tenido que acudir al Canal Prioritario de la AEPD para la retirada inmediata de contenido sensible no autorizado publicado en redes sociales", asegura Oliver.

La defensa del acusado trató de evitar la sanción alegando que el menor no llegó a hacer públicas en ningún momento las fotos que le fueron enviadas por la chica, asegurando además que fueron eliminadas del dispositivo en el que fueron almacenadas en un primer momento.

La clave que convierte esta resolución de la Agencia Española de Protección de Datos en histórica se encuentra, según Oliver, en el párrafo en el que el texto legal destaca que "en ningún momento se establece que, para que se pueda aplicar el RGPD, sea necesario que el responsable del tratamiento de los datos personales los haya cedido a un tercero (...) En el caso que nos ocupa, la mera recogida, el registro y la conservación de las imágenes de la niña, menor de edad, hecha por el reclamado (responsable del tratamiento), son causa suficiente para la aplicación del RGPD".

Oliver concluye que "es importante seguir poniendo el foco de atención en las redes sociales y en los efectos negativos que estas pueden tener en los menores. Es capital educar digitalmente a la sociedad para que conozca los riesgos y, sobre todo, dónde acudir en caso de que se vean afectados".

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Re: Grabaciones, fotografías y protección de datos
« Respuesta #2199 en: 20 de Diciembre de 2022, 20:46:50 pm »

Ordenan la detención de una persona que suplantó la identidad y accedió a los datos de Rubén Sánchez


 El juzgado constata que no se le ha podido notificar el auto de apertura de juicio oral en su domicilio "pese a estar confirmado por los vecinos y constar su nombre en los buzones"

 Está procesada por suplantar la identidad del secretario de Facua


JORGE MUÑOZ
20 Dec 2022 17:49
El Juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla ha acordado la detención de una mujer que suplantó la identidad y accedió a las comunicaciones privadas del secretario general de FACUA-Consumidores en Acción,  Rubén Sánchez, después de que no se le haya podido notificar el auto de apertura de juicio oral y el requerimiento del abono de una fianza de 2.160 euros. Se trata de la segunda vez en que la Justicia pone en busca y captura a esta persona, la anterior ocasión fue con motivo de no comparecer para declarar ante el juzgado en relación con estos hechos.


En un auto que acuerda el nuevo arresto, al que ha tenido acceso este periódico, la magistrada señala que la investigada "no ha podido ser citada en el domicilio que consta en autos, pese a estar confirmado por los vecinos y constar su nombre en buzones", además de que se le han dejado varios avisos de citación el el buzón sin que haya comparecido.

Este hecho supone, según el auto dictado por la magistrada, que "dicha investigada intenta sustraerse de la acción de la justicia, por lo que, de conformidad con lo establecido en los artículos 512 a 515, 791.4 y 835 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede adoptar como medida cautelar su detención y presentación ante este Juzgado, y llamarle por requisitorias en el modo y forma que previene la ley".


De esta forma, se ha decretado la búsqueda, detención y presentación de la investigada, para la práctica de las diligencias de "notificación, emplazamiento y requerimiento" en la presente causa, "bajo apercibimiento de ser declarada rebelde si no lo realiza".

En el auto, la juez señala que si la investigada es detenida y presentada al juzgado de guardia, una vez notificado el auto se acordará su "inmediatamente puesta en libertad, con la sola obligación de presentarse ante este Juzgado o Tribunal que conozca de la causa cada vez que sea llamada y previa designación de domicilio en España".

Los hechos por los que ha sido procesada esta persona se remontan a mediados de 2018, cuando simulando ser el propio Rubén Sánchez y facilitando su nombre y DNI, llamó al teléfono de atención al cliente de la compañía de telecomunicaciones con la que tenía contratada tanto la línea fija de su domicilio como los móviles de su mujer y sus hijas para solicitar un cambio en la cuenta de correo electrónico donde recibía las facturas y modificar la contraseña de acceso a su zona privada en la web.

La investigada, "sola o en unión de un varón no identificado, el día 31/7/18" haciendo uso de dos teléfonos, uno de ellos de su titularidad, llamó hasta 3 veces al servicio de atención al cliente de la compañía de telecomunicaciones "haciéndose pasar" por el secretario general de Facua, Rubén Sánchez García, y solicitando "modificar el correo electrónico de contacto del denunciante".

El día 1 de agosto de 2018, la investigada a través de la web de la misma operadora de telefonía "solicitó regenerar la contraseña de acceso a la cuenta personal de Rubén Sánchez, remitiendo la web las instrucciones al nuevo correo electrónico, regenerando nueva contraseña, logrando así acceder a la cuenta personal" en esta compañía de Rubén Sánchez y "con ello a sus datos personales, facturas, etc."

La investigada logró así no sólo conocer la dirección del domicilio y las numeraciones telefónicas privadas del secretario general de FACUA y su familia, que no aparecían en ninguna guía, sino acceder a información sobre los números de teléfono a los que llamaban.


Al comprobar que habían dejado de llegarle las facturas a su correo electrónico y que tampoco podía acceder a su zona privada en la web de su compañía de telecomunicaciones,  Sánchez contactó con la empresa para aclarar lo ocurrido. Fue entonces cuando le indicaron que se habían producido los cambios en su mail y contraseña tras una supuesta petición realizada por él mismo.