Autor Tema: Ordenanzas municipales y policía administrativa  (Leído 231420 veces)

pacodeasis

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #680 en: 05 de Febrero de 2009, 14:39:08 pm »
No serra, porque la sentencia a que hace referencia, indicaba que era una necesidad fisiologica y si el hombre no aguantaba, efectivamente el resultado ensuciar las calles, pero por ejemplo tambien un vomito, y tampoco se denunciaria, lo de mear absurdo, si, pero así es.

Un saludo.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #681 en: 05 de Febrero de 2009, 14:59:17 pm »
Pero ensuciar las calles no es sanción administrativa Ronin?

Osease , mear...

Ensuciar las calles arrojando desperdicios, papeles u otras sí es encuadrable como infracción administrativa ya que esa forma de ensuciar es explícita y está así redactada,  mientras que micciones y defecaciones no por lo que te ha comentado paco, no puede considerarse un acto indecoroso y si una necesidad fisiológica... al menos así lo dejó claro la sentencia del TSJM.
« Última modificación: 05 de Febrero de 2009, 15:00:57 pm por 47ronin »

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #682 en: 05 de Febrero de 2009, 15:20:55 pm »
Pero ensuciar las calles no es sanción administrativa Ronin?

Osease , mear...

Ensuciar las calles arrojando desperdicios, papeles u otras sí es encuadrable como infracción administrativa ya que esa forma de ensuciar es explícita y está así redactada,  mientras que micciones y defecaciones no por lo que te ha comentado paco, no puede considerarse un acto indecoroso y si una necesidad fisiológica... al menos así lo dejó claro la sentencia del TSJM.


Si bueno, si eso no digo que no. Yo me refiero a casos como por ejemplo que un joven saque la picha y se ponga a mear con intención de manchar "x" mobiliario urbano, debido a su manera de orinar de un sitio para otro intentando hacer dibujitos, a sus comentarios y los de sus amigos mientras mean, a las circunstancias que se aprecien etc. No en casos de necesidad fisiológica.
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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #683 en: 05 de Febrero de 2009, 15:28:10 pm »
Por poner ejemplos,, uno que se ponga a mear en el km0 de la puerta del sol, o en el osoy el madro?o etc.

Joer anda que no hay esquinas... yo creo que ahi habria una intención clara de ensuciar y no de ninguna necesidad fisiológica.

Nop?
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pacodeasis

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #684 en: 05 de Febrero de 2009, 15:32:06 pm »
Ni te preocupes por ello asi son las cosas, mira estoy pensando que la conducta que describes, si me tocara las narices, se podria enfocar la intervención de la siguiente manera, identificación del autor, llamada a selur, para que efectue limpieza de mobiliario miccionado, con toma de datos de la dotación, duracion de la limpieza y medios empleados, minuta en comisaria por da?os, informe en la unidad solicitando valoración economica de la actuacion de selur y una vez obtenido adjuntandolo a las diligencias, amen de solicitar la presentacion del ayuntamiento para la correspondiente denuncia, entonces me caigo de la cama y digo voy a ver si duermo otro ratito.


un saludo.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #685 en: 05 de Febrero de 2009, 15:41:27 pm »
Deslucimiento de bienes inmuebles, como lo que suelen ser los graffitis.
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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #686 en: 05 de Febrero de 2009, 15:43:35 pm »
Pero es de dudar que valoren esa conducta como infracción penal, a no ser que te mees en un cuadro de Velázquez o o algo de tal valor o que realmente se pueda da?ar.


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pacodeasis

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #687 en: 05 de Febrero de 2009, 16:03:42 pm »
Dificil es dificil, mejor dicho imposible, imposible que me faciliten la minuta de la actuacion de limpiezas, imposible que se presente el ayto a efectuar denuncia.


 Ahora respecto al tema juridico, yo creo que si se podria considerar da?os, te lo voy a explicar con un ejemplo en el que el perjudicado no sea el ayuntamiento para que lo consideres.


 Veo que en un parque esta meando un pavo( vamos a dejar de lado otras posibilidades penales), le digo que si no le da verguenza, me contesta ninguna, y es más si te da envidida toma, y acto seguido intencionadamente se orina en mis pantalones y chaqueta, vamos a dar los hechos como probados, sea por testigos o por lo que sea, bien pues llamo a la policia y manifiesto mi intencion de denunciarle, llevo las prendas orinadas a una tintoreria y con la factura me voy a denunciar.

 Pienso que se han producido unos da?os intencionados, clara infraccion penal, que requieren un desembolso para sus subsanaci?n, dejando al lado vejacion etc.


?que te parece?, Ahora sustituye el perjudicado mi vestimenta y yo, por un inmueble municipal y el ayuntamiento.


Un saludo.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #688 en: 05 de Febrero de 2009, 16:08:03 pm »
Dificil es dificil, mejor dicho imposible, imposible que me faciliten la minuta de la actuacion de limpiezas, imposible que se presente el ayto a efectuar denuncia.


 Ahora respecto al tema juridico, yo creo que si se podria considerar da?os, te lo voy a explicar con un ejemplo en el que el perjudicado no sea el ayuntamiento para que lo consideres.


 Veo que en un parque esta meando un pavo( vamos a dejar de lado otras posibilidades penales), le digo que si no le da verguenza, me contesta ninguna, y es más si te da envidida toma, y acto seguido intencionadamente se orina en mis pantalones y chaqueta, vamos a dar los hechos como probados, sea por testigos o por lo que sea, bien pues llamo a la policia y manifiesto mi intencion de denunciarle, llevo las prendas orinadas a una tintoreria y con la factura me voy a denunciar.

 Pienso que se han producido unos da?os intencionados, clara infraccion penal, que requieren un desembolso para sus subsanaci?n, dejando al lado vejacion etc.


?que te parece?, Ahora sustituye el perjudicado mi vestimenta y yo, por un inmueble municipal y el ayuntamiento.


Un saludo.

Si, el caso del pantalón es claro.

Pero el tema de que un tio se mee en la calle o en el mobiliario urbano y lo califiquen penalmente creo que es jodido que lo hagan o que tengan intención de hacerlo. A no ser que se mee en la cara de una estatua importante y se considere el repararla por ese hecho.
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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #689 en: 05 de Febrero de 2009, 16:48:29 pm »
Ni te preocupes por ello asi son las cosas, mira estoy pensando que la conducta que describes, si me tocara las narices, se podria enfocar la intervención de la siguiente manera, identificación del autor, llamada a selur, para que efectue limpieza de mobiliario miccionado, con toma de datos de la dotación, duracion de la limpieza y medios empleados, minuta en comisaria por da?os, informe en la unidad solicitando valoración economica de la actuacion de selur y una vez obtenido adjuntandolo a las diligencias, amen de solicitar la presentacion del ayuntamiento para la correspondiente denuncia, entonces me caigo de la cama y digo voy a ver si duermo otro ratito.


un saludo.

Ni de co?a.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #690 en: 05 de Febrero de 2009, 16:51:00 pm »
Y para serra.. nuestra normativa interna nos condiciona a usar de informe con requiriente para la tramitación de esas "denuncias"... para luego quedar archivadas por la simple razón de que lo que no está EXPLÍCITAMENTE prohibido... está permitido... y hoy en día, esas conductas no están prohibidas.

pacodeasis

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #691 en: 05 de Febrero de 2009, 18:34:51 pm »
Dificil es dificil, mejor dicho imposible, imposible que me faciliten la minuta de la actuacion de limpiezas, imposible que se presente el ayto a efectuar denuncia.


 Ahora respecto al tema juridico, yo creo que si se podria considerar da?os, te lo voy a explicar con un ejemplo en el que el perjudicado no sea el ayuntamiento para que lo consideres.


 Veo que en un parque esta meando un pavo( vamos a dejar de lado otras posibilidades penales), le digo que si no le da verguenza, me contesta ninguna, y es más si te da envidida toma, y acto seguido intencionadamente se orina en mis pantalones y chaqueta, vamos a dar los hechos como probados, sea por testigos o por lo que sea, bien pues llamo a la policia y manifiesto mi intencion de denunciarle, llevo las prendas orinadas a una tintoreria y con la factura me voy a denunciar.

 Pienso que se han producido unos da?os intencionados, clara infraccion penal, que requieren un desembolso para sus subsanaci?n, dejando al lado vejacion etc.


?que te parece?, Ahora sustituye el perjudicado mi vestimenta y yo, por un inmueble municipal y el ayuntamiento.


Un saludo.

Si, el caso del pantalón es claro.

Pero el tema de que un tio se mee en la calle o en el mobiliario urbano y lo califiquen penalmente creo que es jodido que lo hagan o que tengan intención de hacerlo. A no ser que se mee en la cara de una estatua importante y se considere el repararla por ese hecho.



Pues el pantalon es un bien al igual que el mobiliario urbano, creo que el concepto de da?o es más amplio que rotura, y el sujeto pasivo en un caso es un bien publico y en el otro privado.


Un saludo.

pacodeasis

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #692 en: 05 de Febrero de 2009, 18:35:58 pm »
Ni te preocupes por ello asi son las cosas, mira estoy pensando que la conducta que describes, si me tocara las narices, se podria enfocar la intervención de la siguiente manera, identificación del autor, llamada a selur, para que efectue limpieza de mobiliario miccionado, con toma de datos de la dotación, duracion de la limpieza y medios empleados, minuta en comisaria por da?os, informe en la unidad solicitando valoración economica de la actuacion de selur y una vez obtenido adjuntandolo a las diligencias, amen de solicitar la presentacion del ayuntamiento para la correspondiente denuncia, entonces me caigo de la cama y digo voy a ver si duermo otro ratito.


un saludo.

Ni de co?a.

Claro que ni de co?a, pero vamos que rompen una marquesina y tambien ni de co?a.


Un saludo.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #693 en: 05 de Febrero de 2009, 18:48:58 pm »
Depende... en un caso de fuego contra contenedor de papel que no llegó a quemarse entero, sólo unas quemaduras sin importancia, la peritación que presentaron fue del contenedor entero destruído y lo calificaron como delito... así que nunca se sabe con esas peritaciones y Ayuntamiento, unas veces no llegan y en otras se pasan.

pacodeasis

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #694 en: 05 de Febrero de 2009, 19:57:57 pm »
La pena es que no tenemos un medio facil para cuando presentamos una minuta por da?os, comprobar si el ayuntamiento efectua la denuncia, para en caso contrario apretar las clavijas.

Un saludo.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #695 en: 05 de Febrero de 2009, 22:43:36 pm »
Increible.... me quedo a cuadros...

Parece que hablamos de la Republica del Congo en plena selva.. y es Madrid...

Pues aqui nuestra ordenanza lo dice bien clarito... deyectar en la via publica...

Y anda que no le menten un puyazo al que lo hace.. no q va... Un tio/a mayorcito/a ya haciendo eso en la calle.. vamos!
SALUDOS Y CUIDAOS AHI FUERA!!!!

Estais invitados a los foros policiales en www.sip-an.es


Un hombre tiene que tener siempre el nivel de la dignidad por encima del nivel del miedo.

Eduardo Chillida (1924-2002), escultor espa?ol.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #696 en: 06 de Febrero de 2009, 16:32:54 pm »
MalagaPol... hay preceptos que han quedado descolgados de la vieja Ordenanza de 1948  y que tras adaptarse a los tiempos se han visto derogados, algunas conductas han pasado a incorporarse a otras Ordenanzas, de Medio Ambiente o Contaminación de la Atmósfera (casos de ruidos), pero en cuanto a las relaciones vecinales y de convivencia en los espacios públicos, esas conductas han quedado "sueltas" y sin encuadrarse en nueva Ordenanza.

No sabemos si finalmente Madrid, al igual que otras ciudades, sacará Ordenanza de convivencia, de protección de espacios públicos, antivandálica, o como la quiera llamar, pero lo cierto es que hasta que se apruebe, esa conducta no es encuadrable en Ordenanza alguna, al igual que el lanzamiento en las vías públicas de material pirotécnico y los ruidos vecinales en comunidad... conductas encuadradas en esa vieja Ordenanza que te menciono.

... y a falta de norma que lo prohiba... no procede denuncia alguna.
« Última modificación: 06 de Febrero de 2009, 16:35:03 pm por 47ronin »

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #697 en: 11 de Febrero de 2009, 13:08:29 pm »
OPERATIVO  | Requisada una importante cantidad de drogas
36 detenidos en una operación policial en el interior del local Heaven


Efe | Madrid
Actualizado miércoles 11/02/2009 12:45 horas

Treinta y cinco personas han sido detenidas por infracción de la Ley de Extranjería y una más por falsificación de documento en una operación llevada a cabo de forma conjunta por agentes de las policías Nacional y Municipal en el interior del local de ocio Heaven, en el distrito de Centro.

En la discoteca Heaven fue donde el pasado 13 de enero murieron dos personas, un portero del local y un relaciones públicas, tiroteados presuntamente por un miembro de la banda de 'Los Miami'.

Fuentes municipales han informado de que en el registro, llevado a cabo el pasado domingo, fueron identificadas 713 personas y se requisó una importante cantidad de drogas.

La operación policial se desarrolló en el interior de Heaven, local de ocio situado en el número 7 de la calle de Isabel II.

Desconectado William

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #698 en: 11 de Febrero de 2009, 13:14:14 pm »
Enhorabuena a los compa?eros.vs
QUID PRO QUO

Desconectado ELKILLER

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #699 en: 11 de Febrero de 2009, 13:19:26 pm »
Enhorabuena a los compa?eros.vs

Bueno hacer 35 detenidos de extranjeria no es merito extraordinario y lo digo porque hacen 200 diarios en madrid. La cantidad de droga me imagino que sera la que estuviera por el suelo o las actas que harian al que lo llevara encima.
De todas maneras es necesario este tipo de operaciones para que la gente vea que dentro de los locales no son fortalezas donde se puede hacer cualquier cosa.