Autor Tema: Ordenanzas municipales y policía administrativa  (Leído 231079 veces)

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #740 en: 18 de Febrero de 2009, 21:32:29 pm »
Artículo 361.

Los que expendan o despachen medicamentos deteriorados o caducados, o que incumplan las exigencias técnicas relativas a su composición, estabilidad y eficacia, o sustituyan unos por otros, y con ello pongan en peligro la vida o la salud de las personas serán castigados con las penas de prisión de seis meses a dos a?os, multa de seis a dieciocho meses e inhabilitación especial para profesión u oficio de seis meses a dos a?os.

Que no solo me refiero al trafico de drogas, si no al de sustancias que en si y que facilitadas sin receta puedan incurrir en delito conta la salud publica. Por que esta claro que los otros que he citado antes, si que aparecen como drogas.
A lo que me referia claramente es a lo siguiente: Quien sabe si esta suminstrando medicamentos que no esta etiquetados, preparados artesanalmente con productos comprados en una drogueria, sin registro sanitario, y etc. etc. puedo poner mas cosas ?no crees que pudiera estar cometiendo un posible delito contra la salud publica? Claro todo depende del momento, lugar, circunstancias, cantidad etc.


LA NOCHE EXISTE

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #741 en: 18 de Febrero de 2009, 21:39:25 pm »
Lo que determine el análisis... archivo de actuaciones tras comprobarse que es un medicamento no adulterado y de venta legal en farmacias.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #742 en: 18 de Febrero de 2009, 22:12:52 pm »
El nitrito de butilo no se vende en farmacias.


Iuris praecepta haec sunt: honeste vivere, alterum non laedere, suum cuique tribuere.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #743 en: 18 de Febrero de 2009, 22:15:37 pm »
El nitrito de butilo no se vende en farmacias.

Droga nueva que tendrá que incluirse en la lista correspondiente.

Desconectado efemerides

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #744 en: 18 de Febrero de 2009, 22:22:03 pm »
Lo que sí se vende en farmacia es el cloretilo como anestésico, aunque otros lo usen para otros fines.


Iuris praecepta haec sunt: honeste vivere, alterum non laedere, suum cuique tribuere.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #745 en: 22 de Febrero de 2009, 13:58:13 pm »
La ?policía? de la basura

Cuatro inspectores vigilan los cubos de residuos de 13.000 edificios para controlar la tasa de reciclaje
En Oviedo hay cuatro personas que controlan la basura de 13.000 comunidades de vecinos. La fotografían e informan de si los ovetenses reciclan adecuadamente. Un peque?o ordenador, una PDA, y un programa informático calculan el número de cubos de cada color (negros para la basura orgánica, amarillos para los envases, azules para papel y cartón y verdes para el cristal) que debe tener cada portal.

Todos estos datos son enviados al Ayuntamiento y de este modo la concejalía de Medio Ambiente aplica la llamada tasa de reciclaje a las comunidades que reciclen más del 75 por ciento de sus residuos. Un ahorro anual de 3,2 euros por vivienda y a?o. No es el único ?premio?. La concejala de Saneamiento y Medio Ambiente, Isabel Pérez-Espinosa, explica otros beneficios: ?La basura que se recicla no va a Cogersa y por lo tanto el Ayuntamiento de Oviedo no tiene que pagar ese tratamiento?. La basura reciclable la gestiona Ecoembes, una sociedad sin ánimo de lucro encargada de la gestión de residuos con la que mantiene un convenio el Ayuntamiento de Oviedo.

LA NUEVA ESPA?A acompa?ó durante una noche a uno de los inspectores, Juan Carlos Fernández, mientras controlaba la basura de la calle Gaspar García Laviana, en Villafría. Lo que hay que hacer para que a una comunidad se le aplique la tasa de reciclaje no consiste sólo en separar en casa sino que a la hora de sacar la basura no se deben mezclar las bolsas, no se pueden dejar en el suelo y no se puede sacar cartón, vidrio o envases los días que no corresponda. Juan Carlos Fernández y sus tres compa?eros hicieron a lo largo del mes de enero un total de 30.000 inspecciones y comprobaron que el 30 por ciento de las comunidades de vecinos reciclan más del 75 por ciento de sus basuras. Con el programa informático que se está aplicando se pretende dar a conocer a los vecinos en qué fallan. Se colocarán pegatinas en los portales explicando los errores y si queda alguna duda el Ayuntamiento dispondrá de un archivo fotográfico.

En la calle Gaspar García Laviana los vecinos parece que se ahorrarán unos euros, a juzgar por la inspección realizada la semana pasada. ?Se nota mucho que en las zonas en las que vive la gente joven se recicla más?, expone la concejala, que pretende ?llegar a concienciar a todos los ciudadanos porque una sociedad que recicla es una sociedad desarrollada?.

En el gráfico que acompa?a a estas líneas se puede ver la evolución del reciclaje en Oviedo, la única ciudad de Espa?a que cobrará menos a sus vecinos si separan bien las basuras. El incremento de toneladas recicladas desde la puesta en marcha del sistema de recogida selectiva, en 2003, es considerable.

Por contra, en 2008 se recogieron en Oviedo 83.000 toneladas de basura sin reciclar, una cifra positiva, en contra de lo que pudiera parecer, porque es lo mismo que en 2006 pese al aumento de población. ?Si no se hubiese reciclado estaríamos en las 86.000 toneladas?, apuntan los técnicos.

Los inspectores harán su trabajo pero lo importante es reciclar, no sólo por ahorrarse tres euros al a?o sino por ahorrar dinero al Ayuntamiento y sobre todo por la conservación del medio ambiente.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #746 en: 22 de Febrero de 2009, 14:01:31 pm »
En tiempos pasados un PMM, celoso en su cometido, abrió una bolsa de basura de un cubo situado en la calle y allí encontró una factura de una persona, procediendo a denunciar en base a la misma, cuestión de la que los tribunales fallaron sobre su "improcedencia", ya que una factura dentro de una bolsa de basura depositada en un cubo en la calle no demuestra quien arrojó la misma al cubo fuera del horario permitido.

Ahora se pretende encuadrar sanciones bajo el mismo pretexto, bolsas que contienen restos orgánicos distintos a los del cubo, denunciando, bien a la comunidad vecina bien al vecino a través de esos recibos y facturas del la bolsa.. y yo pregunto, es legal?

Se?ores, comprense un destructor de documentos pues la "policía" de la basura acecha.

pacodeasis

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #747 en: 22 de Febrero de 2009, 15:05:27 pm »
Es que es irracional, yo recomendaria un seguimiento con camara oculta a los camiones que recogen la basura reciclada, veriamos sorpresas.


Un saludo.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #748 en: 27 de Febrero de 2009, 14:32:45 pm »
La oposición rechaza la Ordenanza Limpieza por "sancionadora y recaudatoria"

EFE , Madrid

Sancionadora y recaudatoria, así han definido hoy los dos portavoces de Medio Ambiente de la oposición, Pedro Santín (PSOE) y Raquel López (IU) la nueva Ordenanza de Limpieza que, gracias a la mayoría del PP, ha aprobado hoy el Pleno del Ayuntamiento frente a duras críticas de la oposición.

Santín ha subrayado que el único objetivo de la Ordenanza de Limpieza es "recaudar" y que por eso sube un "disparatado" 1.700 por cien las sanciones en todas las materias.

De este modo, ha recordado que el incremento de las sanciones por realizar "grafitis" pasa de 300 a 3.000 euros la infracción leve y puede llegar a 6.000 si existe reincidencia, que no recoger los excrementos de una mascota podría tener un coste de hasta 1.500 euros y rebuscar en papeleras y contenedores de hasta 750 euros.

En general, las infracciones leves pasan de 60 a 750 euros, más de 12 veces más; las graves de 90 a 1.500, casi 17 veces más, y las muy graves de 150 euros hasta 3.000 euros, 20 veces más, ha insistido.

El abandono de vehículos en la vía pública se tipifica por primera vez como infracción grave, con multa de hasta 6.000 euros, y el propietario deberá asumir los costes del traslado y estancia en el depósito municipal.

Además, el Ayuntamiento podrá exigir a los organizadores de actos públicos que no tengan que ver con derechos constitucionales, como las manifestaciones, a depositar una fianza para responder de los costes derivados, en su caso, de los trabajos extraordinarios de limpieza que sean necesarios.

La portavoz de IU, Raquel López, ha denunciado que la ordenanza "trata a los madrile?os como contribuyentes, no como ciudadanos" y que "su único objetivo es sacar dinero de donde sea, multándonos con 750 euros por regar las plantas o porque se nos caigan unas pipas".

López también ha considerado que en el Ayuntamiento "falta una mínima provisión de medios para garantizar el cumplimiento de esta ordenanza descabellada, para cuya ejecución haría falta un policía por cada contenedor"

La delegada de Medio Ambiente, Ana Botella, ha explicado, por su parte, que con el régimen sancionador la ordenanza "trata de defender los derechos de la mayoría y de mutar a los que perturban los derechos de esa mayoría".

Sobre las sanciones -de hasta 750 euros- por buscar comida en los contenedores, Botella ha exclamado: "Me niego a vivir en una sociedad en la que yo tenga que aceptar que hay personas que van rebuscar en la basura para comer" y ha dicho que el Ayuntamiento tiene "la obligación de velar por las condiciones sanitarias de la ciudad".

pacodeasis

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #749 en: 27 de Febrero de 2009, 15:01:25 pm »
Estupideces, sanciones pero que se cumplan rapida e ineludiblemente eso es lo que funcionan, no poner un millon de euros por no recoger la caca del perro.

Un saludo.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #750 en: 27 de Febrero de 2009, 15:06:17 pm »
Y por no reciclar pretenden denunciar a todala comunidad de vecinos... que denuncien al vecino que no recicla si es que le encuentran, no te jode.

pacodeasis

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #751 en: 27 de Febrero de 2009, 15:07:27 pm »
 Medida demagógica, en mi comunidad sacamos los cubos a la calle y luego la gente que pasa ahí los tiene, no te jode.


Un saludo.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #752 en: 27 de Febrero de 2009, 15:08:02 pm »
 ;ris; ;ris; eso, no te jode.  ;ris; ;ris;

Desconectado atreyu

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #753 en: 01 de Marzo de 2009, 01:16:18 am »
Un informe de la Abogacía del Estado, a traves de la Dirección del Servicio Juridico del Estado, concluye que no se pueden imponer sanciones administrativas a las personas que viajen sin billete a bordo de un tren. Según el informe, los artículos 59 y 90 de la Ley del Sector Ferroviario "no constituyen en su redacción actual base jurídica suficiente para imponer sanciones administrativas a los viajeros que utilicen el servicio ferroviario sin título válido de transporte".



Este informe responde a necesidad de unificar criterios dentro de la propia Abogacía del Estado, por cuanto se habían emitido informes contradictorios respecto a esta cuestión. Mientras en las Abogacía del Estado en el Ministerio de Fomento, en Sevilla y Segovia, se concluía de que no existe la suficiente cobertura legal para la tipificación como infracción del hecho de viajar en tren si billete, las Abogacías del Estado en la Delegación del Gobierno de Madrid y en Murcia entendían en sus informes la conclusión contraria.

Asimismo, la Abogacía da la razón a las reiteradas denuncías presentadas por la federación del Sector Ferroviario de Comisiones Obreras, que además de reiterar que la nueva ley -elaborada y aprobada por el Ministerio de Fomento en época de Francisco Álvarez Cascos y puesta en vigor por la actual ministra Magdalena Álvarez- se mostraba "inoperante e ineficaz en materia de obligaciones, faltas leves y potestad sancionadora", también criticaba la falta de operatividad ?ra o de Inspección y Denuncia de los propios trabajadores ferroviarios encargados de estas funciones, tales como interentores en ruta o supervisores de sevicio".

En este sentido, Francisco Alfonsín, miembro del Consejo Estatal del Sector Ferroviario de Comisiones Obreras, insistió "en la apuesta del sindicato y su ofrecimiento para optimizar el marco jurídico regulador de estas cuestiones". Alfonsín abogó por "ampliar los supuestos de hecho no contemplados como faltas leves en la ley; establecer claramente la obligación de adquirir billete para viajar en tren y otorgar potestad y consideración jurídica a los ferroviarios encargados de inspeccionar e intervenir en los conflictos."

En la actual ley, los interventores ferroviarios perdieron la atribución y la consideración de agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones, asunto sobre el cual los sindicatos han mostrado su preocupación por cuando los trabajadores pueden verse denunciados por extralimitarse en sus funciones de inspección y denuncia. Sólo el personal de la empresa Adif (Administrador de Infraestruturas Ferrofiarias) expresamente autorizado tiene el caracter de autoridad en el desempe?o de sus funciones.

En el informe de la Abogacía, además de aclarar definitivamente que la ley obvió en su redacción la tipificación del hecho de viajar sin billete como falta leve, se afirma que no existe "objeción alguna, desde el punto de vista constitucional para la tipificación de la conducta mencionada". No obstante, la Abogacía del Estado si advierte de que si se decidiera la reforma de la Ley para incluir la posibilidad de sancionar administrativamente a los viajeros que accedan a un tren sin billete, ésta reforma "deberá evitar un resultado desproporcionado si se decidiera acumular la penalidad impuesta en las condiciones generales a la sanción administrativa".

Es decir, que como el Reglamento del Sector Ferroviario si permite establecer penalidades adicionales a un viajero que al ser detectado sin billete en un tren tenga que adquirirlo en tránsito (siete euros en cercanías, y el doble del recorrido efectuado en regionales y grandes líneas o alta velocidad), la reforma no permita que además se le multe con una cantidad desproporcionada.

La direccion Renfe ha dirigido una circular a las distintas gerencias de negocio de la compa?ía en donde se indica que se abstengan los inspectores de rellenar más denuncias a la vista del informe mencionado. Fuentes de Renfe indicaron a este periódico que Fomento ya conoce los términos del informe del Abogacía y que depende del Ministerio la posibilidad de reformar la ley.
Todo el mundo es culpable hasta que se demuestre lo contrario...

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #754 en: 01 de Marzo de 2009, 01:31:44 am »
Del 2007

http://www.elpais.com/articulo/andalucia/Abogacia/Estado/concluye/viajar/tren/billete/puede/ser/sancionado/elpepuespand/20070326elpand_8/Tes

http://www.ucejaen.com/Doc/Transportes/2007-03-26%20No%20puede%20ser%20sancionado%20viajar%20sin%20billete%20de%20tren.pdf

Algo que venía coleando de a?os atrás:

http://www2.fct.ccoo.es/ferroviario/pdf_comunicados/07/COM34.pdf

PRIMERA: ?de acuerdo con las consideraciones que se exponen, los artículos 59 y 90 de la LSF, no constituyen en su redacción actual base jurídica suficiente para imponer sanciones administrativas a los viajeros que utilicen el servicio ferroviario sin título válido de transporte?.

SEGUNDA:?La conclusión anterior no es obstáculo a que, si así se considera oportuno, pueda reformarse la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario?.?

TERCERA:?Si la conducta en cuestión se tipifica como infracción administrativa, deberá evitarse un resultado desproporcionado si se decidiera acumular la penalidad impuesta en las condiciones generales a la sanción administrativa?.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #755 en: 01 de Marzo de 2009, 02:41:34 am »
Entonces ya nos podemos colar todos en el metro, menos mal.
Old school Hollywood baseball...

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #756 en: 01 de Marzo de 2009, 03:28:27 am »
En el tren, que no en el metro.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #757 en: 01 de Marzo de 2009, 03:32:32 am »
Mierda!
Old school Hollywood baseball...

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #758 en: 01 de Marzo de 2009, 16:03:18 pm »
Bien, alguien sabe si esto es cierto que ha llegado al personal de renfe.... Como vais a actuar ahora cuando os llamen para identificar a un ciudadano que viaja sin billete.... Un saludo.
Todo el mundo es culpable hasta que se demuestre lo contrario...

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #759 en: 01 de Marzo de 2009, 16:05:25 pm »
Del 2007

http://www.elpais.com/articulo/andalucia/Abogacia/Estado/concluye/viajar/tren/billete/puede/ser/sancionado/elpepuespand/20070326elpand_8/Tes

http://www.ucejaen.com/Doc/Transportes/2007-03-26%20No%20puede%20ser%20sancionado%20viajar%20sin%20billete%20de%20tren.pdf

Algo que venía coleando de a?os atrás:

http://www2.fct.ccoo.es/ferroviario/pdf_comunicados/07/COM34.pdf

PRIMERA: ?de acuerdo con las consideraciones que se exponen, los artículos 59 y 90 de la LSF, no constituyen en su redacción actual base jurídica suficiente para imponer sanciones administrativas a los viajeros que utilicen el servicio ferroviario sin título válido de transporte?.

SEGUNDA:?La conclusión anterior no es obstáculo a que, si así se considera oportuno, pueda reformarse la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario?.?

TERCERA:?Si la conducta en cuestión se tipifica como infracción administrativa, deberá evitarse un resultado desproporcionado si se decidiera acumular la penalidad impuesta en las condiciones generales a la sanción administrativa?.

Joder, pues yo lo saque tambien de una noticia pero mas actual, no recuerdo si fue en enero de este a?o o diciembre del anterior. Un saludo
Todo el mundo es culpable hasta que se demuestre lo contrario...