Autor Tema: Ordenanzas municipales y policía administrativa  (Leído 229879 veces)

Desconectado 47ronin

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #880 en: 25 de Septiembre de 2009, 16:06:54 pm »
Convivencia
Granada perseguirá la prostitución callejera desde noviembre

El pleno aprueba la ordenanza que veta los servicios sexuales en la calle con multas de hasta 3.000 euros

Una norma acompa?ada de mucho ruido desde su origen. Granada
Los mimos tendrás que pedir permiso para actuar. Granada
Málaga o Valencia ya estudian la misma norma. Granada

P. ESCRIBANO Ejercer la prostitución en las calles de la ciudad estará prohibido dentro de un mes, después de que el Ayuntamiento apruebe definitivamente el veto a los servicios sexuales en la vía pública. La Policía Local podrá multar a las meretrices y sus clientes con una sanción de hasta 3.000 euros, dinero que se invertirá en la lucha contra el proxenetismo y el apoyo de aquellas personas que deseen abandonar esta forma de vida.

El pleno ratificará hoy, con el respaldo de PP y PSOE, el veto a las prácticas sexuales remuneradas en lugares públicos después de más de un a?o de trabajo en las comisiones municipales y tras varios encuentros con los colectivos afectados: vecinos, empresarios, organizaciones sociales y asociaciones de prostitutas. Finalmente, y con el rechazo de IU, este tipo de prácticas quedarán prohibidas en la totalidad del núcleo urbano y multadas de forma severa en zonas próximas a centros educativos o urbanizaciones.

Según consta en la ordenanza para la convivencia, queda abolido "el ofrecimiento, solicitud, negociación y aceptación directa o indirectamente de servicios sexuales retribuidos en el espacio público" en todo el término municipal de Granada. Las autoridades perseguirán estas conductas "de manera especial" cuando ocurran en lugares a menos de doscientos metros de distancia de áreas "residenciales, colegios o cualquier otro lugar donde se realice actividad comercial o empresarial alguna".

El texto de la normativa, elaborado por la Oficina del Defensor del Ciudadano, estipula que los agentes de la Policía Local darán un aviso a las personas que incumplan este precepto y en caso de persistir serán sancionadas. La reiteración de los clientes o meretrices supondrá el aumento de la multa, pero en un principio el quebrantamiento de la norma supondrá multas de entre 1 y 750 euros si son leves, 750 y 1.500 las graves y entre 1.500 y 3.000 las muy graves.

Restrictiva. El pasado mes de mayo, los sindicatos independientes de la Policía Local de Granada (SIPLG) y de Andalucía (SIPAN) creyeron "difícil" hacer cumplir la ordenanza para la convivencia con tan sólo la reestructuración de la plantilla, anunciada por el Consistorio y que tendrá lugar también en noviembre, cuando la norma entre en funcionamiento.

IU ha mostrado su rechazo al texto al considerar que "nace sin el consenso ciudadano necesario", puesto que la mayoría de las 44 alegaciones presentadas por los granadinos no han sido incorporadas al texto, entre ellas las de asociaciones sociales en contra del veto a la prostitución.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #881 en: 15 de Octubre de 2009, 10:55:17 am »
La Policía vuelve a las aulas para aprender a aplicar la ordenanza cívica
Un agente del cuerpo local, miembro redactor del texto, impartirá los cursos

C. R. / Granada | Actualizado 15.10.2009 - 01:00

Un agente de la Policía Local, miembro del equipo de trabajo de la Ordenanza de la Convivencia, será el encargado de difundir entre sus compa?eros cómo se aplicará el nuevo texto normativo en la calle. Los cursos de formación para los agentes comenzarán la próxima semana y tendrán por objetivo trasmitir a los policías que el texto no pretende reprimir ni polemizar sino ayudar a que se respeten los derechos y deberes de los ciudadanos en el espacio público.

Los cursos de formación se prolongarán, aproximadamente, durante veinte días, que es el tiempo que el documento estará expuesto en el BOP y es la fecha previa a su verdadera aplicación. "La ordenanza totalmente corregida la recibía ayer y ya la hemos remitido al BOP, sólo hay que esperar a que se publique y se exponga para aplicarla", explica el concejal, Eduardo Moral, que calcula que entrará en vigor durante los primeros días del mes de noviembre.

Por el momento, cuenta el edil del ramo, los agentes se encargan a realizar labores de información a todos los sectores que se verán afectados por el nuevo texto, especialmente, a prostitutas y clientes que suelen ser los más conflictivos.

Al respecto, los vecinos de la Carretera de Jaén manifiestan estar expectantes ante los acontecimientos. "Vemos que la policía acude a la zona e informan a las chicas pero, por ahora, no hay ningún cambio". Moral explica que, por lo que trasladan los agentes, las trabajadoras del sexo han optado por aguantar al máximo y comenzar a retirarse o a buscar otras zonas el día que la norma entre en vigor.

Precisamente, ayer, el concejal de Participación Ciudadana y la senadora del PSOE María Escudero, participaron en un acto sobre Prostitución y Derechos Humanos. Los dos responsables expusieron la necesidad de que el respeto hacia todos los ciudadanos comience a imperar en las ciudades y subrayaron la necesidad de que se cree una conciencia social ante otras realidades, que pueden no gustar pero que están presente en las calles. "Esta normativa no va en contra de nadie y siempre que pueda mejorarse se hará", comentaron.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #882 en: 19 de Octubre de 2009, 03:11:02 am »
Deyectar en la via publica no es infraccion administrativa en Madrid??  :ojones

Nop, pues esas acciones venían contenidas en la vieja ordenanza de policía de 1948 y reflejadas como "aquellos que realizaren actos indecorosos"... sin especificar meadas, cagadas y demás... artículo que fue derogado por sentencia del TSJM al considerar que no era encuadrable una micción como acto indecoroso.... y ahora mismo, a falta de ordenanza o artículo que así lo mencione expresamente, mear y cagar en las vías públicas de la Villa y Corte no es infracción administrativa.

Bueno pues mear, cagar y escupir en la vía pública en Madrid ya viene contenido como tal en una norma, antes no, con lo cual hemos de aplicar el Art. 14 h) de la Ordenanza de Limpiezas y Gestión de Residuos Urbanos.

h) Escupir o satisfacer las necesidades fisiológicas en la vía pública o en cualquier otro espacio que no sea el destinado expresamente a tal fin.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #883 en: 19 de Octubre de 2009, 10:45:38 am »
A los del botellón les puede salir caro, éstos no se van a un bar a miccionar. :manitas
Qué pasará con los indigentes?


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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #884 en: 19 de Octubre de 2009, 12:16:09 pm »
Deyectar en la via publica no es infraccion administrativa en Madrid??  :ojones

Nop, pues esas acciones venían contenidas en la vieja ordenanza de policía de 1948 y reflejadas como "aquellos que realizaren actos indecorosos"... sin especificar meadas, cagadas y demás... artículo que fue derogado por sentencia del TSJM al considerar que no era encuadrable una micción como acto indecoroso.... y ahora mismo, a falta de ordenanza o artículo que así lo mencione expresamente, mear y cagar en las vías públicas de la Villa y Corte no es infracción administrativa.

Bueno pues mear, cagar y escupir en la vía pública en Madrid ya viene contenido como tal en una norma, antes no, con lo cual hemos de aplicar el Art. 14 h) de la Ordenanza de Limpiezas y Gestión de Residuos Urbanos.

h) Escupir o satisfacer las necesidades fisiológicas en la vía pública o en cualquier otro espacio que no sea el destinado expresamente a tal fin.

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QUe barbaridad..... ;cosc;

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #885 en: 19 de Octubre de 2009, 12:57:41 pm »
Cinco mil aparcamientos más al quitar plazas reservadas para carga y descarga

El Ayuntamiento estudia eliminar estos en el centro.

Daría a los repartidores un permiso para estacionar en cualquier sitio.

MARIO TOLEDO. 19.10.2009

Los repartidores de mercancías podrán aparcar en cualquier lugar del centro de Madrid sin necesidad de buscar un punto de carga y descarga. Por otro lado, al desaparecer estas zonas reservadas, se liberarán 5.000 plazas de aparcamiento, por lo que los particulares podrán dejar el coche en el centro más fácilmente.

Los responsables de Movilidad recibieron esta propuesta del Comité Madrile?o
del TransporteÉstas son las dos principales consecuencias de una de las medidas que estudia el Ayuntamiento de Madrid para mejorar la movilidad en la ciudad: el Consistorio se está planteando eliminar los puntos de carga y descarga del centro y permitir a los repartidores que aparquen sus furgonetas en cualquier zona (siempre que no molesten al tráfico ni a los peatones) .

Los responsables de Movilidad recibieron esta propuesta del Comité Madrile?o del Transporte, formado por asociaciones de transportistas que llevan dos a?os negociando con el Ayuntamiento en la Mesa de Movilidad. "Les pusimos la idea sobre la mesa y les pareció bien. En breve nos comunicarán su decisión", explicó el presidente del Comité, Benito Armero. El área de Movilidad no descarta la medida, aunque prefiere no adelantar sus intenciones.

Distintivo por 100 euros al a?o

Si finalmente se lleva a efecto, los repartidores recibirían unos distintivos con los que se les permitiría estacionar en cualquier aparcamiento disponible dentro del anillo de la M-30. Estas acreditaciones serían similares a las que tienen los residentes con permiso para estacionar en la zona verde del SER: una pegatina en el parabrisas de la furgoneta por la que se pagaría una cuota anual. Los transportistas proponen que sea de 100 euros.

Esto solucionaría el problema de aparcamiento que tienen los repartidores en las calles estrechas y comerciales del centro. Ahora sólo pueden estacionar en carga y descarga, pero denuncian que no hay suficientes plazas de este tipo (una cada 200 metros).

En toda la capital
hay 22 km de plazas reservadas a furgonetasPor ello, en la mayoría de las ocasiones deben aparcar lejos de la tienda donde van a repartir y recorrer toda la calle con la carga. En otras, "cuando van con prisas, no les queda más remedio que aparcar mal frente a la puerta o en medio de la calle", lo que agrava el caos circulatorio, según Armero. Permitirles aparcar sin límites ?facilitaría su trabajo y reduciría el tráfico?.

Además, la eliminación de las zonas de carga y descarga tendría un efecto secundario beneficioso para los conductores: las plazas que ahora son exclusivas para los repartidores se liberarían y estarían a disposición de los particulares.

En toda la capital hay 22 km de plazas reservadas a furgonetas, según Movilidad. El 90% de ellas están dentro de la M-30, con lo que la medida dejaría libres 19,8 km, con espacio para unos 5.000 coches.

La universalización de la carga y descarga y el distintivo para furgonetas ya llevan a?os implantados en grandes ciudades como Barcelona.


Multas y límites a los repartidores

El caos de tráfico en el centro procede, principalmente, de la indisciplina de los conductores que aparcan en carga y descarga y de los repartidores que estacionan en doble fila. Para evitarlo, el Ayuntamiento ha ordenado endurecer las multas contra ellos.

La Mesa de Movilidad también propuso limitar la carga y descarga a 30 minutos en Tirso de Molina y Cascorro, o permitir estos trabajos sólo por la ma?ana en barrios como el de Las Letras.

« Última modificación: 19 de Octubre de 2009, 14:51:07 pm por 47ronin »
"quotquotNo podemos solucionar problemas usando el mismo razonamiento que usamos cuando los creamos."quotquot

pacodeasis

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #886 en: 19 de Octubre de 2009, 15:56:42 pm »
Deyectar en la via publica no es infraccion administrativa en Madrid??  :ojones

Nop, pues esas acciones venían contenidas en la vieja ordenanza de policía de 1948 y reflejadas como "aquellos que realizaren actos indecorosos"... sin especificar meadas, cagadas y demás... artículo que fue derogado por sentencia del TSJM al considerar que no era encuadrable una micción como acto indecoroso.... y ahora mismo, a falta de ordenanza o artículo que así lo mencione expresamente, mear y cagar en las vías públicas de la Villa y Corte no es infracción administrativa.

Bueno pues mear, cagar y escupir en la vía pública en Madrid ya viene contenido como tal en una norma, antes no, con lo cual hemos de aplicar el Art. 14 h) de la Ordenanza de Limpiezas y Gestión de Residuos Urbanos.

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Por una vez de acuerdo contigo, otra norma a la basura por la estupidez de los politicos, imaginaos la noticia un anciano enfermo de prostata con 450 euros de pension sancionado por mear en via publica, con 701 euros, si ya se el resultado final, pero estos tios en que mundo viven, joder pon 60 pavos y que se cobren veras como lo solucionas.


Un saludo.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #887 en: 19 de Octubre de 2009, 16:02:22 pm »
Pues yo no estoy de acuerdo contigo.....con 60 pavos no hacemos nada.......extirpacion del organo que arroja eso a la via publica y punto.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #888 en: 19 de Octubre de 2009, 16:11:40 pm »

h) Escupir o satisfacer las necesidades fisiológicas en la vía pública o en cualquier otro espacio que no sea el destinado expresamente a tal fin.

751,00 a 1.500,00 euros.

Un esputo, flema, escupitajo, verderon o como lo querais llamar seria sancionable?? ;fu;

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #889 en: 19 de Octubre de 2009, 16:12:15 pm »
Vergonzoso.....

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #890 en: 19 de Octubre de 2009, 16:36:44 pm »

h) Escupir o satisfacer las necesidades fisiológicas en la vía pública o en cualquier otro espacio que no sea el destinado expresamente a tal fin.

751,00 a 1.500,00 euros.

Un esputo, flema, escupitajo, verderon o como lo querais llamar seria sancionable?? ;fu;

Saludos y paz

SI... a parte de ser una guarrada... yo no tengo por que soportar los gargajos de un GUARRO.

751 pavos y se le quita la costumbre.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #891 en: 19 de Octubre de 2009, 16:40:38 pm »
Osea que entiendes que el hecho de escupir en via publica una persona que se encuentre con problemas de respiracion, asma o algo que le produzca eso require una sancion de ese importe. Y crees que la cuantia es proporcional a otras infracciones por ordenanza de este ayuntamiento??.....(pero no me lo digas desde lo que a ti te da asco o no, sino desde el sentido comun y el razonamiento)

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #892 en: 19 de Octubre de 2009, 16:42:59 pm »


Pues nada...... aquellos que tengan algun tipo de enfermedad o problema sanitario que les den.................
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #893 en: 19 de Octubre de 2009, 17:02:56 pm »
Si necesitan esputar como consecuencia de una enfermedad tienen algo que se llama PA?UELOS, bien de papel, desechables, bien de tela, y se lo llevan a casa.

No es excusa.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #894 en: 19 de Octubre de 2009, 17:08:24 pm »
Si necesitan esputar como consecuencia de una enfermedad tienen algo que se llama PA?UELOS, bien de papel, desechables, bien de tela, y se lo llevan a casa.

No es excusa.

Cuando fumabas donde dejabas estacionados los gapos ?.Vs :j:
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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #895 en: 19 de Octubre de 2009, 17:18:55 pm »
Yo jamás he soltado un gapo en la calle y jamás he meado o cagado en la via pública, por dos razones, la primera, conciencia ciudadana, los demás no deben soportar mis gapos, eso si, como yo no los suelto tú no se te ocurra hacer lo mismo ya que puede que lo lamas del suelo, y la segunda, pánico escénico... es decir, corte total a mostrar en público mis "cositas".

GAPOS NO... es una guarrada.

751 pavos es lo aconsejable para determinadas actitudes.... la ley del palo, la única que algunos entienden.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #896 en: 19 de Octubre de 2009, 18:12:48 pm »
Yo jamás he soltado un gapo en la calle y jamás he meado o cagado en la via pública, por dos razones, la primera, conciencia ciudadana, los demás no deben soportar mis gapos, eso si, como yo no los suelto tú no se te ocurra hacer lo mismo ya que puede que lo lamas del suelo, y la segunda, pánico escénico... es decir, corte total a mostrar en público mis "cositas".

GAPOS NO... es una guarrada.

751 pavos es lo aconsejable para determinadas actitudes.... la ley del palo, la única que algunos entienden.

Tu lo que pasa que eres un asquerosito y un escrupuloso y no te deja ver mas alla de que esa sancion esta desfasada en su cuantia.......echar un gapo 750 pavos......amos no me jodas carcamal.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #897 en: 19 de Octubre de 2009, 18:13:42 pm »
Yo jamás he soltado un gapo en la calle y jamás he meado o cagado en la via pública, por dos razones, la primera, conciencia ciudadana, los demás no deben soportar mis gapos, eso si, como yo no los suelto tú no se te ocurra hacer lo mismo ya que puede que lo lamas del suelo, y la segunda, pánico escénico... es decir, corte total a mostrar en público mis "cositas".

GAPOS NO... es una guarrada.

751 pavos es lo aconsejable para determinadas actitudes.... la ley del palo, la única que algunos entienden.

Tu lo que pasa que eres un asquerosito y un escrupuloso y no te deja ver mas alla de que esa sancion esta desfasada en su cuantia.......hechar (que luego me rega?a william) un gapo 750 pavos......amos no me jodas carcamal.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #898 en: 19 de Octubre de 2009, 18:14:40 pm »
Yo jamás he soltado un gapo en la calle y jamás he meado o cagado en la via pública, por dos razones, la primera, conciencia ciudadana, los demás no deben soportar mis gapos, eso si, como yo no los suelto tú no se te ocurra hacer lo mismo ya que puede que lo lamas del suelo, y la segunda, pánico escénico... es decir, corte total a mostrar en público mis "cositas".

GAPOS NO... es una guarrada.

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Es picarte un poco y saltas como un resorte.Vs
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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #899 en: 19 de Octubre de 2009, 18:25:11 pm »
Las actuaciones incívicas, y ya lo dije alguna otra vez, son algo que me JODEN... y la única forma de erradicarlas es la ley del palo.