Autor Tema: Ordenanzas municipales y policía administrativa  (Leído 231723 veces)

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1100 en: 26 de Noviembre de 2010, 11:04:40 am »
Con la adaptación de la normativa se da un paso más en la respuesta municipal al fenómeno del ‘botellón', ya que por primera vez se sanciona -con multas de 300 a 600 euros- a las personas que produzcan molestias vecinales por ruido mientras consumen bebidas en los espacios públicos, es decir tanto en la vía pública como en espacios verdes, e incluso en espacios exteriores de titularidad privada y uso público. Este hecho, será sancionable cuando se produzca en horario nocturno, esto es, de las 23.00 hasta las 7.00 horas.


Es de suponer que ya no se va a denunciar en el botellón por beber alcohol en via pública, si no por ruidos??
Tal vez sea porque estas nuevas sanciones sí se puedan cobrar de una forma más efectiva que las de botellón??
La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1101 en: 26 de Noviembre de 2010, 16:52:19 pm »

Es de suponer que ya no se va a denunciar en el botellón por beber alcohol en via pública, si no por ruidos??
Tal vez sea porque estas nuevas sanciones sí se puedan cobrar de una forma más efectiva que las de botellón??

Y como se supone que se va a medir el ruido del 'botellon', con el 'oidimetro' ??

Y si es con el sonometro ......a quien notificas la denuncia...... a todos los presentes en el lugar/calle/plaza??

    Pues eso............

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1102 en: 26 de Noviembre de 2010, 16:58:52 pm »
Denuncias a todas luces no ajustadas a derecho al igual que las que se cursan por botellón...pues ambas carecen del requisito de la prueba...y en estos casos no existe "presunción de veracidad".

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1103 en: 26 de Noviembre de 2010, 17:53:09 pm »

Es de suponer que ya no se va a denunciar en el botellón por beber alcohol en via pública, si no por ruidos??
Tal vez sea porque estas nuevas sanciones sí se puedan cobrar de una forma más efectiva que las de botellón??

Y como se supone que se va a medir el ruido del 'botellon', con el 'oidimetro' ??

Y si es con el sonometro ......a quien notificas la denuncia...... a todos los presentes en el lugar/calle/plaza??

    Pues eso............



 :meg;  Vendo humo, al rico humo, ¿quien quiere un poco de humo?



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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1104 en: 29 de Noviembre de 2010, 20:08:25 pm »

Es de suponer que ya no se va a denunciar en el botellón por beber alcohol en via pública, si no por ruidos??
Tal vez sea porque estas nuevas sanciones sí se puedan cobrar de una forma más efectiva que las de botellón??

Y como se supone que se va a medir el ruido del 'botellon', con el 'oidimetro' ??

Y si es con el sonometro ......a quien notificas la denuncia...... a todos los presentes en el lugar/calle/plaza??

    Pues eso............



Si fuera por el ayuntamiento se denunciaba a todo ser que estuviera en el sitio.

Propuesta para sancionar esto: se realiza una gravación del nivel de ruido, para a continuación citar a cada una de las personas que estaban en el parque para hacer una rueda de identificación del timbre de voz, y así identificar al que hablaba demasiado alto.

Si es que no hay forma de que se sostenga la tontería esta...
La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1105 en: 30 de Noviembre de 2010, 16:03:44 pm »
Ya han aporbado la ordenanza...

http://www.elmundo.es/elmundo/2010/11/30/madrid/1291114450.html

Aprobada la reforma de la Ordenanza de Movilidad con el rechazo de PSOE e IU

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado una reforma de la Ordenanza de Movilidad de 2005 que por primera vez regula el uso de la bicicleta en las calles de la capital y adapta el texto anterior a diferentes modificaciones introducidas desde entonces, por ejemplo por la Ley de Tráfico.

Los concejales del PSOE Manuel García Hierro y de IU Ángel Lara han solicitado al Pleno la retirada del proyecto, que aprobó el Gobierno municipal el pasado 28 de octubre, por considerar que sería mejor aprobar una nueva ordenanza en lugar de una reforma de la vigente.

García Hierro ha dicho que esta ordenanza es "manifiestamente mejorable" y que, entre otras cosas, echa de menos que se incluya una zona de bajas emisiones o de "emisiones cero" como se está haciendo en otras ciudades, mientras Lara ha considerado "raquíticas" las dimensiones de los carriles bici que establece.

Las cuatro grandes líneas de la nueva Ordenanza son la carga y descarga, la gestión del transporte de mercancías, la circulación de bicicletas y el procedimiento sancionador en materia de tráfico.

En cuanto a la carga y descarga, además de dejar en 30 minutos el tiempo máximo de estacionamiento en estas reservas se especifica que estos espacios solo podrán ser utilizados por vehículos comerciales o industriales.

Respecto a los transportes especiales, el Ayuntamiento ha indicado que "para articular un sistema más sencillo, ágil y respetuoso con el medio ambiente en la gestión del transporte de mercancías", la Ordenanza simplifica el procedimiento de autorizaciones para aquellos vehículos que no superen determinadas masas y dimensiones.

Queda suprimida toda referencia a los perímetros A y B, que se sustituyen por la M-30, y también se regulan de forma detallada los distintos tipos de autorizaciones especiales para dar respuesta a las diferentes necesidades de desplazamientos de este tipo de vehículos por la ciudad.

Destaca el Ayuntamiento la habilitación para circular los días laborables entre las 10 y las 13 horas, y entre las 16 y las 18, siempre que sea por la M-30 en superficie y se disponga de una autorización genérica. La normativa, además, introduce dos nuevos preceptos para los vehículos que necesitan acompañamiento policial.

Sobre la bicicletas, el nuevo texto añade cuatro artículos sobre el equipamiento de día y de noche, y en condiciones climatológicas adversas; las pautas de conducción por calzada dependiendo de los carriles; y la circulación por zonas habilitadas o en calles de preferencia peatonal.

También incorpora las prioridades de paso respecto a otros vehículos o los peatones en las vías ciclistas; las medidas de seguridad que deben adoptar los conductores al adelantar a un ciclista, y la ordenación del estacionamiento de las bicicletas.

En materia de sanciones de tráfico se indica que la entrada en vigor de la modificación de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial -que unifica criterios sancionadores, con independencia del lugar donde se cometa la infracción y de la administración competente para castigarla- ha hecho necesaria la reforma de la Ordenanza de Movilidad en materia de infracciones y sanciones.


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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1106 en: 30 de Noviembre de 2010, 16:13:27 pm »
 . . . bueno, quizás ahora nos den caratula nueva . . .  :mus;

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1107 en: 30 de Noviembre de 2010, 16:19:37 pm »
Ardo en deseos.....  :Quemado_1


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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1108 en: 30 de Noviembre de 2010, 16:20:33 pm »
. . . bueno, quizás ahora nos den caratula nueva . . .  :mus;


.....si.......... :carcaj ...........creo que puedes contar con ello.............  :partirse 
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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1109 en: 30 de Noviembre de 2010, 16:21:58 pm »
. . .  se te ve con ardor guerrero . . . [youtube]http://www.youtube.com/watch?v=LAz6P287c34[/youtube]
                                                           ;ris;  ;ris;  ;ris;  ;ris;  ;ris;  ;ris;  ;ris;  ;ris;  ;ris;  ;ris;

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1110 en: 30 de Noviembre de 2010, 16:30:01 pm »
 :partirse :partirse


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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1111 en: 03 de Diciembre de 2010, 16:49:54 pm »
Meter a un policía en cada cubo ya sería de nota...  ;fum;


Ordenan a la Policía Local camuflarse para lograr mayor número de multas
03/12/2010

La Delegación de Seguridad Ciudadana ha iniciado una campaña contra aquellos vecinos incívicos que incumplan la Ordenanza municipal sobre depósito de basuras.

Policías locales uniformados "han recibido órdenes superiores" de utilizar un vehículo camuflado para no ser reconocidos y obtener el mayor éxito en la campaña que ha iniciado la Delegación de Seguridad Ciudadana contra aquellos vecinos incívicos que incumplan la Ordenanza municipal sobre depósito de basuras, al poder multar al mayor número de infractores y al recibir órdenes de vigilar en los alrededores de los contenedores de basuras de determinadas barriadas, incumpliendo la Orden de 15 de abril de 2009, por la que se establecen las características y diseño de los medios técnicos de los Cuerpos de la Policía Local y signos externos de identificación de los vehículos policiales en la comunidad autónoma de Andalucía.

En la organización de la Policía Local de San Fernando, existen policías dedicados a tal efecto, como son el Grupo de Seguridad Ciudadana, que visten de paisano, utilizan vehículo camuflado y para su actuación requieren de la correspondiente autorización de la Subdelegación del Gobierno. También está el Servicio de Protección Medioambiental (Seproma), y en el área de Desarrollo Sostenible existen también empleados municipales dedicados a la Ordenanza municipal sobre recogida de residuos orgánicos, como son los Inspectores de Medio Ambiente.i

"Suprimir una dotación patrulla en cada turno de trabajo, para que se dediquen única y exclusivamente a cazar vecinos y multarlos por incumplir la Ordenanza de limpieza, supone un capricho del delegado de Policía que implica no poder atender otros requerimientos que demanda los ciudadanos, al quedar mermado diariamente el número de policías para la ciudad con una plantilla tan reducida, insuficiente y escasa", denuncia el Sindicato de la Policía Local Independiente (SPLI).

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1112 en: 03 de Diciembre de 2010, 20:01:23 pm »
Ya han aporbado la ordenanza...

http://www.elmundo.es/elmundo/2010/11/30/madrid/1291114450.html

Aprobada la reforma de la Ordenanza de Movilidad con el rechazo de PSOE e IU

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado una reforma de la Ordenanza de Movilidad de 2005 que por primera vez regula el uso de la bicicleta en las calles de la capital y adapta el texto anterior a diferentes modificaciones introducidas desde entonces, por ejemplo por la Ley de Tráfico.

Los concejales del PSOE Manuel García Hierro y de IU Ángel Lara han solicitado al Pleno la retirada del proyecto, que aprobó el Gobierno municipal el pasado 28 de octubre, por considerar que sería mejor aprobar una nueva ordenanza en lugar de una reforma de la vigente.

García Hierro ha dicho que esta ordenanza es "manifiestamente mejorable" y que, entre otras cosas, echa de menos que se incluya una zona de bajas emisiones o de "emisiones cero" como se está haciendo en otras ciudades, mientras Lara ha considerado "raquíticas" las dimensiones de los carriles bici que establece.

Las cuatro grandes líneas de la nueva Ordenanza son la carga y descarga, la gestión del transporte de mercancías, la circulación de bicicletas y el procedimiento sancionador en materia de tráfico.

En cuanto a la carga y descarga, además de dejar en 30 minutos el tiempo máximo de estacionamiento en estas reservas se especifica que estos espacios solo podrán ser utilizados por vehículos comerciales o industriales.

Respecto a los transportes especiales, el Ayuntamiento ha indicado que "para articular un sistema más sencillo, ágil y respetuoso con el medio ambiente en la gestión del transporte de mercancías", la Ordenanza simplifica el procedimiento de autorizaciones para aquellos vehículos que no superen determinadas masas y dimensiones.

Queda suprimida toda referencia a los perímetros A y B, que se sustituyen por la M-30, y también se regulan de forma detallada los distintos tipos de autorizaciones especiales para dar respuesta a las diferentes necesidades de desplazamientos de este tipo de vehículos por la ciudad.

Destaca el Ayuntamiento la habilitación para circular los días laborables entre las 10 y las 13 horas, y entre las 16 y las 18, siempre que sea por la M-30 en superficie y se disponga de una autorización genérica. La normativa, además, introduce dos nuevos preceptos para los vehículos que necesitan acompañamiento policial.

Sobre la bicicletas, el nuevo texto añade cuatro artículos sobre el equipamiento de día y de noche, y en condiciones climatológicas adversas; las pautas de conducción por calzada dependiendo de los carriles; y la circulación por zonas habilitadas o en calles de preferencia peatonal.

También incorpora las prioridades de paso respecto a otros vehículos o los peatones en las vías ciclistas; las medidas de seguridad que deben adoptar los conductores al adelantar a un ciclista, y la ordenación del estacionamiento de las bicicletas.

En materia de sanciones de tráfico se indica que la entrada en vigor de la modificación de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial -que unifica criterios sancionadores, con independencia del lugar donde se cometa la infracción y de la administración competente para castigarla- ha hecho necesaria la reforma de la Ordenanza de Movilidad en materia de infracciones y sanciones.

colgar el texto por favor

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1113 en: 03 de Diciembre de 2010, 20:25:31 pm »
Aún no está publicado el definitivo. En cuanto lo tenga lo posteo


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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1114 en: 09 de Diciembre de 2010, 12:43:36 pm »
por cierto se sabe algo de la nueva ordenanza de movilidad texto caratulas.¿valen las denuncias impuestas en base a la anterior?

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1115 en: 12 de Diciembre de 2010, 14:10:04 pm »
 Alicante       

La Policía Local se opone a requisar las limosnas que obtengan los mendigos

El sindicato mayoritario del Cuerpo alega contra la futura ordenanza que contempla la incautación cautelar de "los frutos obtenidos" por los indigentes


Dos agentes de la Policía Local se dirigen a un mendigo en una imagen de archivo.  JOSÉ NAVARRO


S. ESCRIBANO

Si las multas de tráfico no se cobran en el acto, ¿por qué intervenir a los mendigos las limosnas obtenidas?. Esta es la pregunta que se hacen desde el Sindicato Profesional de Policías Locales (SPPL) de Alicante -el mayoritario de este Cuerpo- y que ha llevado a los representantes sindicales a presentar una alegación contra la futura Ordenanza Municipal relativa a la Mendicidad y la Prostitución para que se elimine el punto que establece que los agentes de la autoridad deberán intervenir de forma cautelar a los indigentes "los frutos obtenidos". Desde el sindicato sostienen que es una medida muy agresiva y que no está amparada por ninguna norma con rango de ley.

La ordenanza, pendiente de ser aprobada definitivamente, recoge que "el Ayuntamiento adoptará todas las medidas a su alcance para erradicar el fenómeno de la mendicidad en cualquiera de sus formas en el municipio de Alicante" y que los agentes serán los encargados de "informar a todas las personas que ejerzan la mendicidad en lugares de tránsito púbico" de los lugares a los que pueden acudir para recibir "la orientación y apoyo social que sea necesario para abandonar estas prácticas". Pero el punto con el que hay mayor desacuerdo es el que establece que "en todo caso, los agentes de la autoridad procederán a la intervención cautelar de los medios empleados para desarrollar la conducta antijurídica, así como, si es el caso, de los frutos obtenidos".

Desde el sindicato prefieren "no entrar en el espinoso asunto de prohibir implícitamente la pobreza y su manifestación de subsistencia, el donativo", y centran su alegación en la medida cautelar de "obligar a una persona a entregar el dinero recaudado por el ejercicio de una actividad prohibida".

Al respecto, los policías locales consideran que deben tenerse en cuenta tanto la "dificultad técnica" de dirimir en el mismo momento de la actuación "la cantidad exacta de dinero que se ha debido al ejercicio de la actividad no permitida y cual no" como lo que contempla la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Según recogen en su alegación, esta ley establece que "no se podrán adoptar medidas provisionales que puedan causar perjuicio de difícil o imposible reparación a los interesados o que impliquen violación de los derechos amparados por las leyes".

En consecuencia, los agentes sostienen que no conocen "ninguna norma con rango de ley que prohíba la mendicidad en los espacios públicos del estado español y sí intentos desesperados de hacerla desaparecer por arte de ordenanzas municipales". Por otro lado, desde el sindicato consideran que "quitarle el dinero a una persona que practica la mendicidad no obedece a una situación de urgencia, ni protege provisionalmente los intereses implicados en este asunto". No sólo eso, también puede ocasionar "un perjuicio de difícil o imposible reparación a los pobres desvalidos de su recaudación", quienes, en opinión del sindicato, "apreciarían a quienes materialmente les quitan el dinero como a unos 'ladrones'". Además, inciden en que "lamentablemente existe el derecho a la libertad de ser pobre".

Piden una investigación de la bolsa de horas extra

El Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos (SPPLB) ha pedido al Ayuntamiento de Alicante que abra una investigación interna sobre la gestión de la bolsa de horas extra en la Policía Local al considerar que existen irregularidades.

Desde el sindicato recuerdan que hay fijados un máximo de 14 servicios extraordinarios por cada agente y año, pero "27 personas sobrepasaron dicha cantidad". Además, no se pueden hacer más de 3 servicios extra al mes y 45 policías "han rebasado ilegalmente este tope saltándose el riguroso orden de lista para ser llamados" y hay personas que "finalizaron su compromiso de hacer horas extras en el mes de mayo". Por ello, exigen una investigación y que se subsanen los errores que puedan existir.



uidfaro

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1116 en: 17 de Diciembre de 2010, 00:19:02 am »
Hola, buenas noches
A partir de mañana día 17 entra en vigor la modificación de la Ordenanza de Movilidad.
En azul, lo que cambia, modifica o se suprime y en rosa lo que entra en vigor. De esta forma podréis ver claramente los cambios. Podeis descargarlo de aqui:
http://www.asm-formacion.es/oposicion/Legislacion/AM/Nueva_ordenanza_movilidad.pdf
Saludos y espero que os sea de ayuda.

Desconectado pete

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1117 en: 17 de Diciembre de 2010, 04:11:36 am »
tengo 2 dudas.....¿ se pueden volver a retirar vehiculos estacionados por mas de 5 dias habiles en el  mismo lugar de la via publica?-.... y ¿se pueden retirar vehiculos estacionados en la via publica que carezcan de seguro obligatorio comprobado a traves de terminal?
con el nuevo texto yo entiendo que SI a ambas cuestiones... pero a ver si me podeis ayudar...

Desconectado corneta

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1118 en: 17 de Diciembre de 2010, 08:30:17 am »
Hola, buenas noches
A partir de mañana día 17 entra en vigor la modificación de la Ordenanza de Movilidad.
En azul, lo que cambia, modifica o se suprime y en rosa lo que entra en vigor. De esta forma podréis ver claramente los cambios. Podeis descargarlo de aqui:
http://www.asm-formacion.es/oposicion/Legislacion/AM/Nueva_ordenanza_movilidad.pdf
Saludos y espero que os sea de ayuda.
en las unidades nada de nada se sabe algo de caratulas importes y demas

uidfaro

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Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1119 en: 17 de Diciembre de 2010, 09:59:30 am »
tengo 2 dudas.....¿ se pueden volver a retirar vehiculos estacionados por mas de 5 dias habiles en el  mismo lugar de la via publica?-.... y ¿se pueden retirar vehiculos estacionados en la via publica que carezcan de seguro obligatorio comprobado a traves de terminal?
con el nuevo texto yo entiendo que SI a ambas cuestiones... pero a ver si me podeis ayudar...

Pues lo que dices, leyendo las modificaciones parece ser que si