Autor Tema: Ordenanzas municipales y policía administrativa  (Leído 231706 veces)

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1620 en: 12 de Febrero de 2015, 09:51:53 am »
«Los 'after' usan todo tipo de artimañas para burlar la normativa»
M. J. Álvarez / madrid
Día 11/02/2015 - 10.25h
Los dueños cambian el nombre de las sociedades y dilatan el cierre al máximo

Los «after» son un negocio que proporciona sustanciosos beneficios a sus responsables. En general, suelen cobrar 10 euros por la entrada o por la copa. El público los conoce por el boca oreja y también por los «tarjeteros» que se apostan en la puerta de algunas discotecas. Lo habitual es que un empresario tenga varios negocios de este tipo en las zonas de ocio de la capital. La actividad de estos locales no está regulada por la Ley Regional de Espectáculos Públicos (Lepar), dado que no existe una licencia para este tipo de establecimientos que sirven copas, ponen música y abren sus puertas cuando cierran las discotecas. «Son ilegales», zanja Vicente Pizcueta, portavoz de Noche Madrid y coordinador de la Plataforma por el Ocio, el Turismo y la Hostelería de Madrid.

Para burlar la normativa, una de las prácticas que emplean es crear una sociedad limitada con el capital mínimo permitido, 3.000 euros, a nombre de un testaferro insolvente, que ejerce también como administrador único. A cambio, le pagan una pequeña cantidad. Después, una vez que se amontonan las denuncias y las infracciones, como no tienen fondos en la empresa, no las pagan y prosiguen con su actividad, incumpliendo la normativa en materia de ruido, de horarios, etc., hasta que les llega la orden de clausura, indican fuentes policiales y vecinales. «Se suelen marchar antes, a veces dejando un pufo por el alquiler cuando el local está ya "quemado"».

Otra de las artimañas que emplean es cambiar el nombre de la sociedad y del titular para que el «after» siga funcionando. Con ello evitan tener que pagar las multas al ayuntamiento por las infracciones del anterior responsable.

A veces tienen dos sociedades, una donde facturan, y otra, sin fondos, para no abonar las multas, según las mismas fuentes. «Tienen buenos abogados, se conocen todos los vericuetos legales y los burlan todo lo que pueden», afirman varios residentes, como Manuela y Elías del barrio de Malasaña. «La propia Policía reconoce que ni siquiera puede obligarles a bajar la música. Eso nos causa una gran impotencia».

Esta pareja afirma que tiene constancia de que la Policía Municipal tienen «fichados» varios «after» pero hasta que no finalice el procedimiento que conlleve la clausura, «no hay nada que hacer». La sanciones no implican el cierre, este se produce en función de la gravedad de la infracción cometida.

Lo habitual es que estos establecimientos tengan licencia de bar y por ello, a pesar de las denuncias y de la acumulación de expedientes, su clausura no es rápida a no ser que carezcan de licencia de actividad o cometan una falta muy grave. Entre estas se encuentran superar el aforo máximo permitido cuando conlleve un grave riesgo para personas o bienes, vender alcohol a menores, permitir el consumo de drogas o incumplir las condiciones de seguridad.

Los afectados se quejan de la lentitud del proceso para conseguir el cierre. «El mínimo son dos o tres años. Los encargados de los locales actúan como mafias, alquilan locales de hostelería, van recurriendo todas las sanciones o requerimientos para subsanar deficiencias y así van dilatando el proceso. Luego se buscan otro lugar y vuelta a empezar».

«Tener un “after” debajo de tu casa es como tener un grano en el culo. Nos hacen la vida imposible, se saltan todas las normas a la torera y nos provocan una gran frustración». «Habría que agilizar los trámites para que esta gente no haga lo que quiera», coinciden estos afectados.


« Última modificación: 12 de Febrero de 2015, 10:12:24 am por 47ronin »

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1621 en: 03 de Marzo de 2015, 08:18:45 am »

Locales ‘after-hours’ juegan al gato y al ratón con la policía municipal
Los propietarios ignoran las denuncias y cambian de sede
El Ayuntamiento tiene una actitud pasiva con estos lugares ilegales
Isabel Cuesta Madrid 3 MAR 2015 - 00:02 CET

   
A las seis de la mañana, de viernes a lunes, el sueño de los vecinos del número 3 de la calle Antonio Grilo era interrumpido hasta el pasado sábado por el bullicio del after-hours The Hole, ubicado en la planta baja de la finca. Como otros locales similares situados en el centro de Madrid, The Hole incumple directamente la Ley 17/97 de espectáculos públicos y actividades recreativas, que no permite que ningún establecimiento de “tipología discoteca, salas de baile y asimilables” abra sus puertas después de las 5.30 de la madrugada. Pero ellos lo siguen haciendo.

Esta situación de ilegalidad se repite en otras comunidades de vecinos afectados por locales como Garage Café (Jesús del Valle, 34), Jäguergrouend (Santa Teresa 4), Las Horas (Magdalena, 32), y Fucar, 10. “Hacen siempre lo mismo a partir de las seis de la mañana: música a todo volumen. Música machacona, bacalo dance, que te vibran las puertas del armario”, dice uno de los vecinos de la calle la Magdalena, 32.

El caso en todos es casi idéntico: múltiples intervenciones de la policía municipal y nacional, centenares de actas y expedientes por sumas que en algunos casos ascienden a cientos de miles de euros, y la sensación de impotencia de los vecinos. “El establecimiento aquí, en Fucar, burla la normativa con una licencia de café bar, para así justificar su apertura a las seis de la mañana. Pero no es ningún café bar”.

En el caso de The Hole, el Ayuntamiento ha decretado una clausura cautelar, porque ha “detectado graves deficiencias de seguridad” tras una intervención de la Policía Municipal el pasado sábado. En realidad, la comunidad de vecinos de Antonio Grilo venía solicitando esta medida desde hacía meses. La semana pasada la oficina de prensa del Ayuntamiento no dio respuesta a este periódico sobre por qué no se cerraba este lugar que, según manifestó Erguido Cano, concejal presidente del distrito de Centro, en el pleno del Ayuntamiento, contaba “desde julio 2014 hasta el 19 de enero de 2015 con 75 inspecciones de la Policía Municipal”.

Aunque para sus 30 vecinos el ruido ha podido cesar de momento, los de las otras comunidades afectadas continúan en una situación desesperante. Los habitantes del número 4 de Santa Teresa recuerdan que “los mismos que están desde hace un año en Jäguerson estaban antes en Campo Amor, 4, a solo unos metros de aquí, pero bajo el nombre de Anglete Club”. Todos los vecinos afectados concuerdan en observar un patrón de comportamiento en estos locales: “Esta gente no pone mucha resistencia cuando le cierran el local, porque inmediatamente se instalan en otro”.

Casi un centenar de afectados de varias comunidades de Centro se manifestaron frente al Consistorio, en la plaza de Cibeles, este sábado. “Basta ya, queremos descansar”, gritaban. Pero no han acabado con el problema; si acaso, han logrado trasladarlo. “Hoy, tras la visita de la policía, escuché al portero de The Hole decir por teléfono: ‘Pásale 30.000 euros y abrimos el otro local hoy mismo”, declara una vecina.

Desconectado MASAM

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 10600
  • Mi nenes?? LOS MÁS GUAPOS !!!!
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1622 en: 03 de Marzo de 2015, 18:10:50 pm »
«Los 'after' usan todo tipo de artimañas para burlar la normativa»
M. J. Álvarez / madrid
Día 11/02/2015 - 10.25h
Los dueños cambian el nombre de las sociedades y dilatan el cierre al máximo



Locales ‘after-hours’ juegan al gato y al ratón con la policía municipal
Los propietarios ignoran las denuncias y cambian de sede
El Ayuntamiento tiene una actitud pasiva con estos lugares ilegales
Isabel Cuesta Madrid 3 MAR 2015 - 00:02 CET

Locales muchos de ellos con infinidad de actuaciones/inspecciónes plagadas de infracciones, graves/muy graves, como superarar el aforo en más de cinco veces lo autorizado...por ejemplo.


El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1623 en: 03 de Marzo de 2015, 18:13:50 pm »
Nuestro flamante y recién estrenado Coordinador ya dio las claves...que hace que no las pone en práctica?

Dice:

La sanción que mayores perjuicios pueden causar a un local o establecimiento es
la clausura


http://www.madrid.es/UnidadesDescentralizadas/Cifse/Intranet/Distributiva/Destacados/revista%20investigaci%C3%B3n%20local/Entrevista%20a%20Jes%C3%BAs%20Guereta.pdf

Desconectado MASAM

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 10600
  • Mi nenes?? LOS MÁS GUAPOS !!!!
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1624 en: 03 de Marzo de 2015, 19:36:04 pm »
Nuestro flamante y recién estrenado Coordinador ya dio las claves...que hace que no las pone en práctica?

Dice:

La sanción que mayores perjuicios pueden causar a un local o establecimiento es
la clausura


http://www.madrid.es/UnidadesDescentralizadas/Cifse/Intranet/Distributiva/Destacados/revista%20investigaci%C3%B3n%20local/Entrevista%20a%20Jes%C3%BAs%20Guereta.pdf

....donde están las llaves matarilerilerile....

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

Desconectado MASAM

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 10600
  • Mi nenes?? LOS MÁS GUAPOS !!!!
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1625 en: 03 de Marzo de 2015, 19:38:54 pm »


Igualito que las palabras del I.J. en su presentación en alguna que otra UID:

"...conozco la problemática de los locales y se van a poner los medios para acabar con ello, pues la LEPAR contempla sanciones ejemplarizantes..."
El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

Desconectado MASAM

  • Profesional
  • Chamán
  • **
  • Mensajes: 10600
  • Mi nenes?? LOS MÁS GUAPOS !!!!
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1626 en: 03 de Marzo de 2015, 19:39:55 pm »


Para continuar con el ya conocido discurso de la gorra.

El "quotquothomo sapiens"quotquot está dejando de ser "quotquotsapiens"quotquot...regresando al mono del que no debió salir.

"quotquotHerede

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1627 en: 05 de Marzo de 2015, 16:45:27 pm »


Madrid. El ayuntamiento dice que cerrar los locales ‘after-hour’ sería prevaricar

 

lainformacion.com

jueves, 05/03/15 - 15:08
El portavoz del Gobierno municipal de Madrid, José Enrique Núñez, justificó hoy ante los vecinos que vienen presentando quejas por los ruidos provocados por clientes de establecimientos ‘after-hour’ que, aunque comprende su desazón, cerrar estos establecimientos sería prevaricar.

Lo hizo al ser preguntado al respecto en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno. Núñez explicó que no existe propiamente la tipología de local ‘after-hour’, sino que lo que hay son licencias antiguas que permitían a los establecimientos que las obtuvieron abrir después de las discotecas y tener equipos de música instalados.
En este sentido, explicó que el problema tiene “difícil solución”, porque, aun comprendiendo la “desazón” de los vecinos ante los clientes que acuden a estos locales y “alteran bastante la convivencia”, la Ley de Espectáculos Públicos sólo contempla la posibilidad de imponer sanciones económicas, con el habitual retraso legal de los procedimientos, y sólo decretar el cierre cautelar cuando las infracciones se acumulen.
Mientras no se llegue a esa reiteración, Núñez dijo que “cerrarlos sería prevaricar”, y así lo han considerado los tribunales cuando se ha intentado hacer. En este sentido, explicó que el Ayuntamiento también tiene que respetar los derechos que asisten a los propietarios de estos establecimientos.

(SERVIMEDIA)

Desconectado Heracles_Pontor

  • Moderador
  • Tyranosaurius Rex
  • ***
  • Mensajes: 51159
  • Verbum Víncet.
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1628 en: 05 de Marzo de 2015, 17:29:53 pm »
Es un asunto en el que quien tiene que asumir la responsabilidad . . . en muchas ocasiones se pone de perfil.

Enviado por Eutelsat usando ViaSat con Tapatalk.


"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1629 en: 13 de Marzo de 2015, 16:19:05 pm »
Punto 5.

Pregunta n.º 2015/8000212, formulada por el concejal don Jaime María de Berenguer de Santiago, del Grupo Municipal de Unión Progreso y Democracia, interesando conocer “qué medidas se están llevando a cabo desde el Área de Seguridad y Emergencias en relación con los locales [que] funcionan como After Hours”.

Punto 9.

Pregunta n.º 2015/8000234, formulada por el concejal don Pedro Pablo García-Rojo Garrido, del Grupo Municipal Socialista de Madrid, interesando conocer, en relación con las denuncias vecinales que apuntan a la proliferación de los denominados locales after hours, “cuál viene siendo la actuación del Área de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid”.


http://www.madrid.es/UnidadesDescentralizadas/UDCPleno/Actividad/ComisionesOrdinarias/Corporación2011-15/SegEmer/2015/18%20marzo%202015/OD_CSE_%2018_03_15.pdf

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1630 en: 23 de Marzo de 2015, 15:37:31 pm »


23.03.2015

Duplicar el aforo, carecer de licencia, salidas de emergencia inutilizadas y venta de alcohol a los jóvenes son algunas de las denuncias interpuestas

Policía Municipal desaloja a 276 menores de dos locales de Tetuán y Carabanchel


Las intervenciones han tenido lugar el pasado fin de semana
Todos los clientes del Panamericana, en Azca, eran menores. El local, además, duplicaba el aforo
En el establecimiento de Carabanchel se celebraban dos fiestas, una en cada planta. No tenía licencia y la única salida de emergencia estaba bloqueada


Policía Municipal ha desalojado a 276 menores de dos locales de Tetuán y Carabanchel que duplicaban el aforo, carecían de licencia y tenían las salidas de emergencia con cerrojos e inutilizadas. Además, los establecimientos habían permitido la entrada, venta y consumo de alcohol a menores de edad.

En la primera de las intervenciones, un Agente Tutor del distrito de Tetuán observó un elevado número de menores en la entrada del Panamericana mientras vigilaba la zona de los llamados ‘bajos de Azca'. Tras hablar con algunos de los jóvenes y, ante la gran aglomeración de público en el acceso y en el interior del establecimiento, el policía solicitó la colaboración de los  patrullas del distrito para proceder a su inspección. Todos los clientes eran menores.

La segunda actuación de la Policía Municipal tuvo lugar en un local de la calle Tórtola, en Carabanchel, que carecía de licencia y que tenía la única salida de emergencia bloqueada. En este negocio se estaban celebrando dos fiestas, una en cada planta.

Azca, 219 personas en un aforo de 84

En los primeros momentos de la inspección del Panamericana, debido a la gran cantidad de clientes que había en el interior, ni los agentes ni el propio encargado del bar consiguieron acceder más allá del vestíbulo, motivo por el que se procedió al desalojo de manera ordenada y segura. Los agentes contabilizaron 219 personas en el interior, cuando el local tiene un aforo de 84, es decir, el doble del permitido.

Todos los clientes eran menores, de entre 12 y 16 años. Varios de ellos estaban fumando en cachimbas o pipas de agua (‘sisha') y ninguno sabía qué tipo de sustancia estaba consumiendo.

En el registro los policías constataron diversas irregularidades, tanto  administrativas como en materia de seguridad. El local tenía goteras en varios puntos cercanos al cableado al aire libre y a las cajas de registro eléctrico  carecían de tapa. El encargado tampoco pudo demostrar que los empleados que estaban en ese momento trabajando estaban dados de alta en la Seguridad Social, por lo que los agentes realizaron un informe en este sentido

57 menores en Carabanchel

La segunda actuación policial tuvo lugar durante la madrugada del sábado en un local de dos plantas de la calle Tórtola (Carabanchel) donde los agentes desalojaron a 119 personas, 57 de las cuales eran menores de edad. Dos de las personas desalojadas dijeron a los policías que celebraban dos fiestas y que cada uno había pagado 250 euros por el uso de cada planta.

En los 150 metros cuadrados de local sólo había un extintor y la única salida de emergencia estaba bloqueada por mesas y enseres que, tras ser retirados por los agentes, daba lugar a una puerta con un cerrojo. En caso de una emergencia esta situación habría tenido consecuencias fatales, al ser ésta la única vía de evacuación. Los dos tramos de escalera que hay para acceder al local no disponían de ningún tipo de señalización ni simetría en sus peldaños.

Además, el encargado carecía de cualquier tipo de licencia o seguro del mismo, y era también el encargado de un bar que se encontraba junto al local registrado.

Los agentes realizaron en ambos casos las oportunas actas de inspección en materia administrativa, donde se formularon denuncias sobre la documentación, la actividad ejercida, condiciones de seguridad y todas las infracciones relacionadas con la normativa municipal y la legislación de la Comunidad de Madrid./

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1631 en: 26 de Marzo de 2015, 07:54:12 am »
Los restaurantes de la Castellana podrán abrir más allá de medianoche
tatiana g. rivas@tatianagrivas / madrid
Día 26/03/2015 - 01.52h

Botella revisará los límites horarios que fija una ley de 1997 tras la reclamación de tres establecimientos

Los tres restaurantes del paseo de la Castellana 40, 42 y 44 han obtenido una respuesta satisfactoria por parte del Ayuntamiento después de exigirle modificar una ley de 1997 que les obligaba, en teoría, a cerrar a medianoche. Según pudo saber ayer este diario, el Área de Medio Ambiente estudiará su proposición para que puedan continuar con su actividad hasta más tarde. No descarta revisar otras zonas. Los locales Harvest, Lateral y Marieta unieron sus fuerzas en la Plataforma de Afectados para solicitar excepciones a una normativa, a su juicio, «desactualizada».

La Declaración de Zona Protegida en el Distrito de Salamanca, aprobada en el año 1997, obliga a los restaurantes ubicados en el área comprendida entre las calles José Ortega y Gasset, Francisco Silvela, María de Molina y Paseo de la Castellana a desarrollar su actividad de ocho de la mañana a medianoche. El Ayuntamiento da la razón a estos tres restaurantes, que consideran que en este tramo de la Castellana no hay viviendas y su actividad no molesta a ningún vecino. Esta plataforma aseguró que la normativa que se refiere a la zona ZAP de Salamanca afecta a multitud de negocios de restauración «que operan en el límite de la legalidad para poder proporcionar un servicio razonable a los clientes y poder dar trabajo a miles de empleados».
Cambios desde el 97

Los restaurantes consultaron a los negocios hosteleros de la zona y justificaron que si la mayoría de reservas de clientes e inicio de servicio de cena se da entre las 21:30 y las 22:30, es «imposible» finalizar antes de las 00:30 horas o 1:00». Eso los días de diario; los fines de semana terminan los servicios sobre la 1:30 o 2:00 horas. Consideran que esta restricción actual coloca a estos empresarios en una situación de inferioridad respecto a otros. También es cierto que ninguno de los tres cumple esta normativa.

Junto al cambio de «costumbres y usos» apelan al registrado en las técnicas de construcción e insonorización de locales, que «permiten aislar acústicamente los locales para respetar en todo momento el descanso de los vecinos».

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1632 en: 28 de Marzo de 2015, 08:11:42 am »
Del Moma a Opium: la discoteca de los líos

    Las instalaciones de la calle José Abascal nº56 se enfrentan a una nueva orden de cierre
    El anterior negocio fue clausurado por quintuplicar el aforo, de 299 a 1.510 personas
    Es la segunda vez en tres meses que se detectan irregularidades en el nuevo local de ocio
    'Esto es un pitorreo', señala el concejal del Grupo Municipal Socialista Diego Cruz

El número 56 de la calle José Abascal es de sobra conocido tanto en el Ayuntamiento de Madrid como en la Policía Municipal. Y no precisamente porque sus empleados frecuenten como clientes uno de los locales de moda de la capital. El antiguo Moma, rebautizado como Opium en su inauguración el pasado mes de diciembre, vuelve a estar ahora en el filo del cierre por las irregularidades que arrastra.

«La situación es compleja, lo reconozco». Enrique Núñez, delegado del Área de Emergencias y Seguridad -que se encarga de la gestión de las licencias urbanísticas-, se refiere así el culebrón administrativo que, en el que por ahora es su último capítulo, lleva la siguiente sinopsis:«Con fecha 20 de febrero de 2015 se decreta trámite de audiencia previo a la orden de clausura».

Cuando estaba en funcionamiento, el extinto Moma tenía un aforo autorizado de 299 personas. Apenas un año después de la tragedia del Madrid Arena, en la madrugada del 17 de noviembre de 2013, la Policía Municipal realizó una inspección rutinaria y contabilizó 1.510 clientes en su interior.

El local fue precintado cautelarmente. Seis meses después, en aplicación de la Ley de Espectáculos Públicos de la Comunidad de Madrid, la Agencia de Gestión de Licencias Urbanísticas (AGLA) establecía la condena definitiva para la empresa propietaria, Zurbano Hostelería: tendría que pagar una multa de 300.506 euros y, lo que supuso el fin del negocio, mantenerlo cerrado durante dos años.

Un nuevo actor

En ese estado de inactividad se encontraba la antigua discoteca del distrito de Chamberí cuando entró en escena un nuevo actor, Wiseteam S. L. La compañía catalana reformó las instalaciones que acaba de comprar, cambió el cartel de la entrada por el de Opium y estrenó otro club de referencia para el famoseo de la capital tras presentar una declaración responsable en el Ayuntamiento de Madrid.

La declaración responsable es una figura administrativa incorporada en la Ordenanza de Apertura de Actividades Económicas -vigente desde febrero del año pasado- que permite iniciar un negocio sin necesidad de licencia previa. Para ello el interesado tiene que firmar un documento en el que «manifieste, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente» y puede empezar a trabajar hasta que a posteriori se realice la inspección de comprobación correspondiente.

Cuando los técnicos visitaron Opium, en noviembre de 2014, el local todavía se encontraba en obras. Se estaban ultimando los detalles de un recinto que, según se detalla ahora en su página web, «consta de un amplio restaurante y dos salas con espacios privados: la 'main room', donde predomina la música 'house' y 'dance' comercial, y la 'purple room', en la que suenan 'top hits' y música pop».
Un procedimiento enmarañado

El resultado de aquella inspección fue la suspensión de forma inmediata de los trabajos de rehabilitación. En la declaración responsable, los promotores habían considerado que el local tenía un único aforo, en vez de tres distintos, uno por cada actividad, como ocurría con el Moma. Sin embargo, en el expediente abierto se determinó que no podía haber más de 299 personas en cada una de las zonas diferenciadas y que, entre otras cuestiones, carecía de «servicios básicos como salidas de evacuación independientes».

A partir de ahí el asunto se enmaraña. Versión reducida: la empresa plantea alegaciones, se archiva el expediente, los técnicos vuelven a inspeccionar las instalaciones, siguen detectando irregularidades y se abre un nuevo trámite de audiencia previo a la orden del cierre definitivo.

«Yo no tengo nada en contra de la fiesta, pero esto me parece un pitorreo», señala Diego Cruz, portavoz socialista en Chamberí. «Es la palmaria demostración de que la normativa municipal presenta recovecos que son aprovechados por los conocedores del sistema para obtener ventajas vulnerando de forma muy grave de la legislación. Estamos hablando de la calle José Abascal, de la discoteca de moda en la ciudad y aquí no pasa nada», añade el edil.

En el Área de Seguridad y Emergencias aseguran que se ha seguido el procedimiento correspondiente en estos casos, mientras en la compañía optan por el silencio. De momento Opium sigue levantando el cierre, aunque se desconoce por cuánto tiempo.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1633 en: 10 de Abril de 2015, 07:06:43 am »
Clausurada la discoteca Opium por no 'cumplir la ley'

    Los propietarios del establecimiento están realizando obras de reforma para poder reabrir
    El Ayuntamiento de Madrid detectó que carecía de 'salidas de evacuación independientes'



Precinto del local Opium, en la calle José Abascal, en el distrito de Chamberí. E. M.
MARTA BELVER Madrid
JAVIER G. NEGRE Madrid
Actualizado: 09/04/2015 13:02 horas

En la discoteca Opium ya no suena la música ni se sirven copas. El Ayuntamiento de Madrid decretó este miércoles el precinto del local de la calle José Abascal porque la declaración responsable que utilizaron sus dueños para abrirlo «no se ajusta a la ley», según confirmaron fuentes municipales.

En la compañía propietaria del local -Wiseteam S. L.- señalaron que están trabajando para resolver las deficiencias detectadas por el Consistorio y confían en poder reabrir «en los próximos días». La versión telefónica que reciben los clientes que llaman al establecimiento es que éste se encuentra simplemente «en obras», sin entrar en detalles sobre los problemas de la licencia.

El antiguo Moma, rebautizado como Opium en su inauguración en diciembre, vuelve a pasar por dificultades administrativas. El penúltimo capítulo, que concluyó con el precinto de ayer, se inició el pasado 20 de febrero de 2015, cuando la Agencia de Actividades del Ayuntamiento decretó «el trámite de audiencia previo a la orden de clausura». Entre otras cuestiones se concluyó que el establecimiento carecía de «servicios básicos como salidas de evacuación independientes» entre el restaurante y la sala de fiestas.
Nueva declaración

La nueva declaración responsable para poder reabrir el negocio se presentará este jueves, tal y como confirmó un portavoz de la empresa, que asegura que se están realizando las obras de adecuación. En Wiseteam S. L. creen que el Consistorio está «condicionado» por los antecedentes del local. «Opium no tiene nada que ver con Moma. Ni físicamente ni estructuralmente. Nos sentimos perjudicados por las irregularidades de un negocio anterior», dice un portavoz.

En noviembre de 2013 la Policía Municipal realizó una inspección rutinaria en el Moma y contabilizó 1.510 clientes en su interior, cuando el aforo autorizado era de 299 personas. La discoteca fue clausurada durante dos años y se le impuso una multa de 300.506 euros a su entonces propietario -Zurbano Hostelería-.

Fue entonces cuando un grupo empresarial catalán, capitaneado por un directivo del F. C. Barcelona, decidió adquirir el local para llevar la marca Opium (una de las discotecas más exclusivas de la Ciudad Condal) a la capital.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1634 en: 10 de Abril de 2015, 16:37:12 pm »
El Supremo avala la norma que prohíbe andar desnudo o 'casi desnudo' por Barcelona

La norma que prohíbe andar desnudo por las calles de la ciudad había sido cuestionada por la Associació per a la Defensa del Dret a la Nuesa y por la Federación Española de Naturismo. La falta de ropa apropiada será una falta leve.

Varios estudiantes desnudos en un supermercado barcelonés - Foto Vicenç Foner (vforner.wordpress.com)


El Tribunal Supremo ha declarado conforme a Derecho una normativa del Ayuntamiento de Barcelona que prohíbe transitar desnudo por las calles de la ciudad y que había sido cuestionada por la Associació per a la Defensa del Dret a la Nuesa y por la Federación Española de Naturismo, según recoge Efe.

La prohibición cerraba las puertas de la ciudad a la práctica del nudismo o "casi nudismo" (sic) y del tránsito o permanencia en los espacios públicos en bañador u otra prenda de ropa similar y tipificaba como falta leve la persistencia en tales conductas después de ser advertido por los agentes de la autoridad.

El Supremo rechaza que la prohibición de la desnudez vulnere el principio de libertad ideológica establecido por la Constitución, tal y como argumentaban los recurrentes contra un fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que también validó la norma municipal. "Por eso la entidad local puede limitar el ejercicio de tal actividad, prohibiéndola y sancionándola administrativamente, por estar habilitada por la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y por afectar directa e inmediatamente a las relaciones de convivencia", dice la sentencia del Supremo.

El alto tribunal sí considera contrarias al principio de legalidad determinadas expresiones de la Ordenanza como "casi desnudo", "casi desnuda" o "con ropa similar al bañador". Las considera "excesivamente inconcretas e indeterminadas" y por tanto anula la Ordenanza en ese punto concreto, aun manteniendo la validez del conjunto de la norma.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1635 en: 11 de Abril de 2015, 08:06:01 am »
Clausurada la discoteca Opium por no 'cumplir la ley'

    Los propietarios del establecimiento están realizando obras de reforma para poder reabrir
    El Ayuntamiento de Madrid detectó que carecía de 'salidas de evacuación independientes'




Vaya cachondeo...


¿Trato de favor? La discoteca Opium reabre en 48 horas tras ser precintada por incumplir la ley

Los empresarios del sector ya hablan de “normativa Opium” por las facilidades que se le da al club de la calle José Abascal frente al resto de los locales del sector a los que se les hacen cientos de inspecciones.



La discoteca Opium, antiguo Moma, ha batido un récord en la historia de Madrid.  El Ayuntamiento la cerró el miércoles por “ineficacia de las declaraciones responsables por cuestiones técnicas”, según fuentes municipales. Es decir, la declaración que presentó no reflejaba correctamente lo que tenía el local. Sin embargo, 48 horas después la discoteca anunció que abría sus puertas el viernes, según informaron este viernes a través de Twitter: "Este fin de semana tu plan está en OPIUM Madrid. Viernes 10 #obsession, sábado 11… Tus noches de siempre tan apasionadas como nunca”.

La discoteca acumula una historia que en el sector no entiende nadie. El Ayuntamiento de Madrid, después de la tragedia del Madrid Arena, se lanzó a hacer inspecciones y cerró y sancionó decenas de locales. Los empresarios llegaron a plantearse un cierre o una cadena humana contra lo que consideraron una persecución por un suceso del que ellos no eran responsables.

    En el sector no comprenden las contestaciones municipales y comienzan a creer que sí existe una “mano negra” a favor de que este local esté a pleno rendimiento

El Moma tampoco fue ajeno a esta campaña. Una inspección descubrió el triple del aforo permitido y se clausuró el local por dos años. Se colocó el precinto correspondiente.

Opium, una conocida discoteca de Barcelona propiedad de Javier Borderas, directivo del Barcelona, se hizo con el traspaso. Se arrancó el precinto y se hicieron obras durante unas semanas. A finales del pasado año Moma abrió sus puertas con el nombre de Opium Madrid y el mismo éxito que con su antigua denominación. Para hacer las obras los empresarios presentaron una declaración responsable.

Todo ha ido bien hasta este miércoles. El Ayuntamiento decidió cerrar el local. Lo ha hecho cuatro meses después de que comenzara a funcionar por “ineficacia de las declaraciones responsables”. Traducido, significa que lo que se presentó no corresponde con lo que se hizo o se exige por normativa.

Fuentes municipales indicaron que los locales no eran completamente independientes entre sí, como se dijo y existían puertas que comunicaban algunos de ellos. “Además, no todos los locales disponían de los servicios propios de la actividad pretendida, como es el caso del aseo accesible”, añadieron.

El sector, indignado

En el sector están indignados porque el Ayuntamiento sabe que el local estaba precintado y le han permitido abrir. La contestación municipal ha sido la siguiente: “Los actuales gestores del local son diferentes de aquellos que cometieron la infracción que derivó en la sanción de clausura, y el local sobre el que recayó la sanción ha desaparecido, sustituyéndose por locales distintos”.

    El Ayuntamiento cerró este miércoles Opium por "ineficacia de las declaraciones responsables". Es decir, lo que se presentó no corresponde con lo que se exige por normativa

Los empresarios siempre han creído, y así lo dicen, que la sanción va dirigida al local, para castigar la falta muy grave como era el caso de triplicar el aforo. El Ayuntamiento contesta: “No llegó a existir una sanción que derivara en precinto, sino una medida cautelar de clausura, que se confirmó al imponer la sanción de clausura de 24 meses. Al no existir una sanción que derivara en precinto, no hay quebrantamiento de sanción de precinto”.

En el sector no se comprenden estas contestaciones y comienzan a creer que sí existe una “mano negra” a favor de que este local esté a pleno rendimiento mientras que al resto se le castiga con cientos de inspecciones y cierres. “En cualquier caso –añaden en la Corporación- el Ayuntamiento seguirá tomando medidas y revisará cualquier solicitud de licencia o declaración responsable que se presente”.

Personas que conocen la sala indican que han trabajado setenta personas desde el cierre para cumplir las exigencias municipales. Y otro milagro. Cuando el Ayuntamiento tarda meses en contestar un requerimiento, Opium tiene más suerte. Este viernes, los inspectores acudieron al local y por la noche se inició la primera de cuatro noches de fiesta, según publicitaban los gestores de la sala.

Personas que conocen las normas señalan que hasta que llegó Opium no era posible abrir una discoteca nueva a través de una declaración responsable. “Sin licencia de funcionamiento no puedes comenzar la actividad”, añaden. Algunas personas del sector están asombradas de que por fin el Ayuntamiento “esté favoreciendo el empleo en el sector, aunque nos extraña que el primer beneficiado sea Opium, cuando a los demás nos persiguen sin piedad”.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1636 en: 13 de Abril de 2015, 15:13:56 pm »

El Ayuntamiento de Madrid renuncia a multar a los clientes de las prostitutas

El equipo de Ana Botella (PP) no va aprobar ya su Ordenanza de Convivencia Ciudadana

Preveía multas de hasta 750 euros para quienes solicitaran servicios sexuales en la calle

 MARTA BELVER Madrid 
Actualizado: 13/04/2015 00:13 horas 

 
 
El Ayuntamiento de Madrid ha renunciado a aprobar su Ordenanza de Convivencia Ciudadana, que, entre otras medidas, preveía multas de hasta 750 euros para los clientes de prostitutas y los mendigos que piden a las puertas de los supermercados. Sólo falta un Pleno para que acabe la legislatura, que se convocará en la última semana de abril, y el borrador de la norma presentada en octubre de 2013 sigue encerrado en un cajón.

El Gobierno de Ana Botella (PP) decidió postergar su entrada en vigor, prevista para inicios de 2014, porque el Ejecutivo central empezó a redactar una Ley de Seguridad Ciudadana, de rango superior, que podía entrar en colisión con ella. La excusa quedó sin vigor el pasado mes de marzo, con la ratificación definitiva en el Congreso de la también llamada 'Ley Mordaza', pero en el Palacio de Cibeles no ha habido movimientos desde entonces. Según apuntan fuentes municipales, «tiene visos de que ya no va a salir».

El borrador de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana ampliaba el catálogo de prohibiciones a las que ya están sometidos tanto los vecinos como los turistas que transitan por las aceras municipales. Si hubiera entrado en vigor, Madrid habría sido «la primera ciudad española» en la que los conductores de los taxis de la droga -conocidos en el argot como 'cundas'- podrían ser multados.

Con mayor o menor polémica, otras cuestiones que regulaba la norma eran la actividad de los gorrillas en las zonas de aparcamiento, la de los videntes que leen las cartas del tarot en la calle y la de las personas que se ofrecen a limpiar los parabrisas de los vehículos detenidos en los semáforos. En función de la gravedad de la conducta en cuestión, se establecían multas de entre 0,10 y 3.000 euros.

En todo caso, según señaló en octubre de 2013 la delegada de Familia y Asuntos Sociales, Dolores Navarro, la ordenanza no tenía «pretensión sancionadora ni coercitiva», sino que lo esencial era su «carácter pedagógico». Así, por ejemplo, en los asuntos de mendicidad y servicios sexuales, se establecía que «los agentes de la autoridad informarán previamente que esas prácticas no están permitidas» y que, «si la persona persistiera en su actitud y no abandonara el lugar, podrá ser sancionada por desobediencia a la autoridad».

La oposición se mostró dividida ante el anuncio de una norma que al final no verá la luz en esta legislatura. El PSOE criticó su «afán recaudatorio» e IU le dedicó los adjetivos «lúdica, inmaterial, hipócrita e injusta». El único grupo al que a priori no le pareció mal la propuesta fue UPyD, aunque reclamó «medios humanos y técnicos» para aplicarla. En todo caso, será el Gobierno que se forme tras el 24-M quien decida si saca o no el proyecto del cajón.

Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1637 en: 14 de Abril de 2015, 08:01:50 am »
El Supremo avala la norma que prohíbe andar desnudo o 'casi desnudo' por Barcelona

La norma que prohíbe andar desnudo por las calles de la ciudad había sido cuestionada por la Associació per a la Defensa del Dret a la Nuesa y por la Federación Española de Naturismo. La falta de ropa apropiada será una falta leve.

Varios estudiantes desnudos en un supermercado barcelonés - Foto Vicenç Foner (vforner.wordpress.com)

LOS NUDISTAS ACUDIRÁN AL TRIBUNAL EUROPEO
Guerra contra el Supremo: una sentencia de Estrasburgo avala el nudismo público

El Supremo es tajante: avala la ordenanza del Ayuntamiento de Barcelona y prohíbe el nudismo en lugares públicos. Pero el TEDH sí contempla la desnudez como derecho a la libertad de expresión


Un turista observa a una modelo que posa con el torso desnudo para un artista en

P. Esteban
14.04.2015 – 05:00 H.

La Federación Española de Naturismo (FEN) no se va a quedar de brazos cruzados tras la sentencia emitida por el Tribunal Supremo el viernes que avala la ordenanza del Ayuntamiento de Barcelona sobre prohibir “la práctica del nudismo” en espacios públicos. Mientras el Alto Tribunal argumenta que el límite del nudismo “está en la convivencia y en la coexistencia de otros derechos fundamentales protegidos” como pueden ser mantener el orden público y la convivencia pacífica, la FEN y la Asociación por la Defensa del Derecho al Nudismo, artífices del recurso presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, insisten en que el nudismo es una manifestación más del derecho a la libertad ideológica.

El nudismo “o casi nudismo” al que se refiere la ordenanza del consistorio pretende limitar actuaciones como la de aquellas personas que pasean por las calles de la Ciudad Condal en “bañador o una prenda similar”, excepto en las contiguas a las playas, en el litoral, o en las propias “zonas habituales” de vestir sólo con esas prendas.

Pero el presidente de la Federación Española de Naturismo, Ismael Rodrigo, lo tiene claro: “Es inaceptable” el contenido de la ordenanza y, sobre todo, “que el Supremo avale que la libertad de expresión no incluye al cuerpo humano”. E insiste, “para nosotros es absurdo que una persona no pueda quitarse la camiseta si en una plaza o un parque tiene calor”. Por eso, la FEN ya trabaja en su próximo recurso, que presentará al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Y según Rodrigo, lo están preparando muy tranquilos porque “con toda seguridad el TEDH declarará ilegal la ordenanza”.

Se aventuran a afirmar esto porque precisamente el tribunal con sede en Estrasburgo publicó el 27 de octubre de 2014 la única sentencia sobre la desnudez de toda su historia y su dictamen es contrario al del Supremo. (Puede leerla aquí en inglés). El TEDH declara que la práctica del nudismo forma parte de la libertad de expresión según el artículo 18 de la Declaración Universal Europea y dice textualmente: “La desnudez pública puede ser entendida como una forma de expresión comprendida en el ámbito del Artículo 10 de la Convención Europea y que, por tanto, el arresto, persecución y condena por este motivo constituyen medidas represivas en reacción a esta forma de expresión de las opiniones del demandante. Por ello, se produce una violación del derecho de libertad de expresión”.

Además, continúa la sentencia de Estrasburgo, la única restricción a este derecho como en el caso del resto de derechos fundamentales, están reservados a la ley y una ordenanza municipal no podría regularlo. En palabras de Ismael Rodríguez, “el ayuntamiento no es competente para tomar estas decisiones” porque su demanda “carece por completo de cobertura legal” y efectivamente vulneraría la reserva de ley orgánica amparada por los derechos de libertad ideológica y de pensamiento, intimidad y propia imagen, como el propio Supremo ha afirmado en sentencias anteriores.
Contradicción del Supremo y el TSJC

El resultado de las sentencias emitidas por el Supremo y antes por el tribunal catalán coincide: se prohíben las prácticas nudistas en lugares públicos. Sin embargo, los argumentos entre ambos para llegar a esa conclusión difieren bastante.

De hecho, el Supremo descalifica la sentencia del TSJC tajantemente, que en un principio contempló la desnudez como forma del derecho a la libertad de expresión. El Alto Tribunal explicaba textualmente: “No compartimos la argumentación contenida en el fundamento de derecho tercero de la sentencia recurrida sobre la inclusión (al parecer, a efectos dialécticos) de la práctica del nudismo en el derecho a la libertad ideológica que contempla el artículo 16 de la Constitución. Si realmente fuera así, el Ayuntamiento de Barcelona no podría establecer la prohibición que nos ocupa ni tipificar como tipo infractor la conducta que contraviene dicha prohibición, pues la manifestación externa de aquel derecho fundamental solo podría regularse por ley formal, que habría en todo caso de ser respetuosa, por exigencias constitucionales, con el núcleo esencial de tal derecho”.

Por otro lado, el Supremo tampoco admite en su fallo la comparación que la Federación establecía entre ir desnudo y el uso del velo, al considerarlo una “expresión directa de un determinado sentimiento religioso, claramente conectada con la dimensión externa del derecho fundamental a la libertad religiosa”, y por tanto debe quedar regulada por ley orgánica y no por una ordenanza municipal.

Un verdadero embrollo jurídico que según el colectivo naturista “quedará en nada” porque recibirán “el apoyo del Tribunal Europeo”. Mientras tanto, han de enfrentarse a otras tres sentencias similares en Valladolid, Cádiz y Playa de Aro, y asumir el pago de 3.000 euros por costas al que les ha condenado el Supremo.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1638 en: 22 de Abril de 2015, 09:22:29 am »
SENTENCIA CASTELL-PLATJA D'ARO
Estrasburgo quiere más desnudos en España
Pepe G.-Saavedra
Martes, 21. Abril 2015 - 19:18

El Supremo y el TEDH siguen con sus disputas relativas a la prohibición del nudismo en espacios públicos. Mientras el primero avala su eliminación, el segundo la considera una violación de la libertad de expresión.

El Supremo vuelve a sentenciar contrariando al TEDH en materia de desnudos. La ordenanza municipal del ayuntamiento gerundense de Castell-Platja d'Aro, en la que se prohíbe el nudismo en las playas de la localidad, ha sido avalada por el Alto Tribunal.

El Club Catalán de Naturismo fue el encargado de recurrir la normativa, aprobada en 2009, que también fue respaldada por el TSJ de Cataluña. ''La actitud personal consistente en estar desnudo en un espacio público como la playa no constituye una manifestación del derecho fundamental a la libertad ideológica'', esgrime el Supremo. El tribunal reconoce la capacidad de limitar el ejercicio del desnudo público y las sanciones administrativas que el consistorio decida imponer por ser, el nudismo, una conducta que puede afectar ''a las relaciones de convivencia''.

Una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, fechada el 27 de octubre de 2014, rompe con la jurisprudencia española. ''La desnudez pública puede ser entendida como una forma de expresión comprendida en el Artículo 10 de la Convención Europea y el arresto, persecución o condena por este motivo [...] produce una violación del derecho de libertad de expresión'', argumenta la sentencia de Estrasburgo. Europa considera que la reserva de ley se ve incumplida por estar este tema regulado por una ordenanza municipal cuando los derechos fundamentales, explica, están reservados a la ley: ''El ayuntamiento no tiene competencia para tomar estas decisiones y vulneraría la reserva de ley orgánica amparada por los derechos y libertades fundamentales como confirma el TS en sentencias anteriores''.

La sentencia relativa a la regulación del nudismo en las playas de la localidad gerundense no es la primera que enfrenta las posturas de ambos tribunales. Ya hace unos días el Supremo avalaba la ordenanza municipal de Barcelona que ''prohibe el nudismo en espacios públicos'', sin discriminar entre escenarios tan dispares como una playa o una calle del centro. Los argumentos expuestos por el Alto Tribunal fueron similares a los esgrimidos para respaldar la norma en Platja D'Aro. Ni en aquella ocasión ni en esta desde el Supremo se incluye el desnudo público en el ámbito de la libertad ideológica, como si hace el TEDH. Una práctica que no está prevista en el círculo de un derecho pero que si contradice otros derechos, como el orden público o la convivencia pacífica, no puede predominar sobre éstos últimos, confirma el Supremo.


Desconectado 47ronin

  • Administrador
  • Tyranosaurius Rex
  • ****
  • Mensajes: 223327
Re: Ordenanzas municipales y policía administrativa
« Respuesta #1639 en: 27 de Abril de 2015, 17:05:50 pm »
Un club de fumadores, tapadera de un bar de copas

La Policía Municipal detiene al dueño de un colectivo acusado de incumplir las órdenes de clausura y cese de actividad


F. Javier Barroso   Madrid  24 ABR 2015 - 20:43 CEST

La Policía Municipal de Madrid ha detenido al responsable de un club privado de fumadores del distrito de Puente de Vallecas, después de que comprobara que el local era utilizado realmente como un bar de copas. El establecimiento carecía de las oportunas licencias de apertura y actividad pese a lo cual organizaba conciertos de música en directo y se dedicaba a la venta de bebidas en la barra, según informaron fuentes policiales.

Los agentes encargados de la investigación habían vigilado de manera especial y durante días la sede del supuesto club de fumadores, situado en la calle de la Cerámica. El año pasado se había decretado por la autoridad municipal la clausura y el cese de la actividad al no contar con los permisos municipales. Según fuentes policiales, la asociación de fumadores venía incumpliendo de manera intencionada y sistemática los sucesivos mandamientos de cierre decretados por la autoridad competente. Y ello, pese a que el responsable de este colectivo era advertido de las posibles consecuencias penales que podría acarrear su desobediencia.

Según fuentes de la investigación, el falso club se amparaba en la protección de la asociación para tratar de eludir la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. Al ejercer como bar especial o discoteca, esquivaba cualquier responsabilidad u obligación en diversas materias como horarios, aforo o protección del consumidor, entre otras.

 Un juez de guardia de la plaza de Castilla permitió la entrada y registro del establecimiento después de que los agentes le presentaran los datos recogidos en el local y tras entrevistarse con los vecinos de la zona. Cuando entraron los agentes, estos pudieron observar en ese momento la verdadera actividad que había en el local, dado que se vendían bebidas alcohólicas y había música en directo, según informaron fuentes municipales.

La detención del responsable de la asociación se produjo durante el registro, a la vista de la reiterada desobediencia y por el incumplimiento de los decretos de precinto que había sobre el local. El arrestado fue puesto a disposición judicial, tras leerle los derechos como detenido. En la inspección participaron además de policías municipales integrantes de la Inspección de Trabajo.