Autor Tema: Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas  (Leído 176329 veces)

Desconectado 2azul

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #20 en: 14 de Enero de 2006, 09:22:30 am »
Enalicante, estoy de acuerdo contigo, ademas de alarmante,  las comparaciones son odiosas. No sé como se pueden comparar ni la justicia ni la policia Inglesas, por que ni una ni otra, tienen nada que ver con los madelos que utilizamos en Espa?a, sin detallar ni cual es mejor ni peor, ni donde funcionan mejor unos que otros y viceversa.

Lo penoso es que los politicos y los magistrados y jueces politizados, se vean solo aquellos puntos (sacados de contexto) que les interesa en cada momento, y encima decir gilipolleces.

Un salu2

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #21 en: 16 de Enero de 2006, 11:01:21 am »
Exacto, en la Comunidad Valenciana tb se dice, en la ley 6/99 de Coordinación que la Policía Local es un instituto armado de naturaleza civil, al igual que lo recoge la Ley 2/86. Por lo tanto, lo que diga el alcalde PLIM. La ley es más que un alcalde interino cuyo cargo es de 4 a?os de duración.

Saludos

PROTEGER Y SERVIR... AUNQUE LUEGO NOS DEN POR DETRÁS.

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #22 en: 16 de Enero de 2006, 22:56:24 pm »
HE YO TOY EN ESA SITUACION, PERO AUN PEOR.
PRODRIAS MANDARME EL ESCRITO QUE HAS FORMULADO A LA DELEGACIÓN DE GOBIERNO????
GRACIAS

MANDAME UN PRIVADO PLEASE ME ESTAN PUTEANDO TREMENDAMENTE Y VOY A INICIAR UN CONTENCIOSO COTRA EL AYTO POR ESTE TEMA, YA QUE AL 50% DE LA PLANTILLA LE HAN PUESTO ARMA Y AL OTRO 50% NO.
 LO COJONUDO ES QUE ACTUALMENTE EL 100% DE LA PLANTILLA ES DE 2 EFECTIVOS EN ACTIVO. CHUPATE ESA. Y UNO DE ESOS DOS ES EL CABO. CLARO , ESE ES EL QUE VA ARMADO. 

HE PRESENTADO UN ESCRITO EN EL AYTO PERO NO ME HAN CONTESTADO NO CREO QUE LO HAGAN, ASI QUE VOY A INICIAR PROCESOS LEGALES. 



EL HOMBRE NO VIVE, NI MUERE EN VANO. (La Guerra de los Mundos)

Desconectado enalicante

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #23 en: 18 de Enero de 2006, 07:36:04 am »
Efectivamente, la Policía Local es un Instituto armado de naturaleza civil. Pero cómo se te queda el cuerpo cuando el la Consellería de Interior y Administraciones Públicas de la Generalitat Valenciana (Director General de Interior del Área de Seguridad Pública) te dice (por escrito) que la interpretación que debe hacerse es ésta?????::

- Esa calificación, "en su origen, lejos de hacer cualquier referencia a la posibilidad de utilizar armas, tiene una significación negativa, a la vez que, según algunos autores, innecesaria y nominalista, ya que, según ellos, lo que pretende es particularizar el ejercicio de los derechos sindicales y excluir o prohibir el ejercicio del derecho a huelga. Estos es, aplicar restricciones propias de la "disciplina militar", a instituciones de carácter civil"....

Sin comentarios....  :elf; :elf; :elf;

Desconectado mazinguer

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #24 en: 20 de Enero de 2006, 12:40:34 pm »
joer predator ke marron, valor y a por ellos, ke tengas suerte :uf:
!!Puños fuera!!

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #25 en: 20 de Enero de 2006, 17:54:23 pm »
Hola compa?eros, mi duda es si puedo llevar llevar arma particular fuera de servicio y si es asi, con autirización o no?, por todo el territorio espa?ol o solo por mi comunidad?, gracias. Siempre y cuando no asista a ninguna practica, curso etc..
Un saludo

Desconectado fuyu

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #26 en: 20 de Enero de 2006, 18:33:41 pm »
?Y donde esta la dierencia en asistir a practica, curso, ect?, porque como no sea alguna normativa propia de tu ayuntamiento no encuentro esa particularidad en ningún sitio.
EN LOS PRÓXIMOS CUATRO A?OS ME PROPONGO SEGUIR AUMENTANDO LA PROSPERIDAD, LLEGAR AL PLENO EMPLEO.

Jose Luis Rodriguez Zapatero, mayo de 2007.

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #27 en: 20 de Enero de 2006, 18:48:15 pm »
Tu arma particular,como bien diceas es tuya y concedidad para portarla fuera del servicio,por lo tanto no tienes ningun problema legal en ninguna parte del territorio nacional,( de momento incluso en el Pais Vasco y Catalu?a je,je).

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #28 en: 20 de Enero de 2006, 19:01:31 pm »
Chico, hay que mirarse el rto de armas.

Desconectado larras

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #29 en: 20 de Enero de 2006, 20:44:30 pm »
Depende la licencia de armas que tengas.
Que yo sepa, la mayoria de los PL tienen ya la tipo A. Con esta licencia, puedes tener un arma particular. Este arma puedes portarla en todo el territorio nacional (incluido Catalu?a, aunque aqui debes tener cuidado si te encuentras con la profesora de los Mossos, que esta te mete  :car;)
Diferente es el arma de dotacion, aunque con este tema aqui han corrido rios de sangre sobre si si o si no.

Resumiendo, si eres PL, con licencia tipo A y el arma es tuya legalmente, puedes portarla, pero creo que deberias llevar la Guia de Pertenencia (para evitar problemas).

Otro tema seria si te pillan de malas maneras o haciendo el gamba con ella encima, pero ese es otro tema..

saludos
Primero fue el TIO DE LA VARA... ahora, EL TIO DEL GARROTE, para no dejar un chino con cabeza...

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #30 en: 20 de Enero de 2006, 21:13:47 pm »
El compa?ero Larras acaba de apuntillar correctamente el tema. Puedes perfectamente llevarla en todo el territorio nacional siempre portando la guia de la misma. Te evitarás problemas. Bueno pero luego tienes varias excepciones. La primera y primordial es si te mueves por el pais vecino "catalu?a", aqui me arece que están cambiando la legislación vigente al respecto, también deende de con quien des si das con un compa?ero de las FCSE, a nos ser que estes haciendo el antilope, pues no tendrás problemas pero si te pilla un mozo o moza pues a lo mejor te ves metido en u marrón. Tenemos que tener en cuenta que a nuestros vecinos catalanes les ense?an cosas distintas y al parecer en contra de las FCSE. Suerte y espero que se te quede clara la cosa.
id zagalicos y tened cuidao'#039#039

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #31 en: 20 de Enero de 2006, 21:21:19 pm »
En Catalu?a que yo sepa no existe otra normativa vigente que el Reglamento de Armas actual de toda Espa?a..dado que ademas no es un tema que la Administracion Autonomica pueda tocar..asi que ni profesora de la EPC (por llamarla de alguna manera)..ni tonterias..os solicitaria por favor que no hagais vosotros tambien distinciones con Catalu?a...al final si que conseguireis hacernos sentir Bastardos..
Un saludo

Desconectado aguilaspol

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #32 en: 20 de Enero de 2006, 21:30:33 pm »
Lo de la normativa diferente era en tono sarcastico. No te lo tomes a mal pero es que ya he visto y me han contado varios casos que no tengo otro remedio que pensar así.
id zagalicos y tened cuidao'#039#039

Desconectado Epi44

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #33 en: 20 de Enero de 2006, 21:51:54 pm »
Casos compa?ero te contaran a montones de todas y en todas partes...acabo de leer uno de Valencia que me ha puesto los pelos de punta..pero no dejan de ser solo eso casos aislados..y todos nosotros vamos en el mismo barco..aunque alguna "profesora" iluminada diga misa..
Un saludo

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #34 en: 22 de Enero de 2006, 13:38:23 pm »
Desde luego, el RTO ARMAS dice bien clarito que los PL un arma particular con su carnet profesional que hace las veces de licencia A.
El RTO ARMAS es de ambito Nacional, por lo que....  :mus;

Ta bien clarito.


POr otro lado, yo vivo en un pueblo de la provincia Huesca derecano a catalunya y voy muchisimo a Lleida con mi arma particular. Nunca he tenido ningun problema. Lo primero porque nadie tiene porque saber que voy armado y si me tengo que identificar, pops pa eso porto la plaquita y la guia del arma.
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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #35 en: 22 de Enero de 2006, 13:47:10 pm »
sin ningun problema compi, eso si ke sea particular, la del curro ke no salga del curro
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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #36 en: 22 de Enero de 2006, 16:18:50 pm »


Respecto al tema consultado decir que con fecha 26 de marzo de 1996 la Comisión Interministerial Permanente de armas y Explosivos, ante diversas consultas resalizadas sobre esta cuestión emitión un informe, parte del cual os posteo para aclarar la situación en parte:

2- armas particulares.
Son aquellas que sirven principalmente para defensa de los miembros de las Policías Locales, cuando éstos se encuentran fuera de servicio. Son propiedad de los citados Agentes. No pueden portarse en actos de servicio por no tratarse de armas reglamentarias. No tienen restricción en cuanto a limite territorial, es decir se puede portar en cualquier lugar de Espa?a y usar en defensa propia o de terceras personas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5. de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
La concesión se realiza mediante solicitud por conducto reglamentario para que se certifique que sé esta en "servicio activo", y no está sujeta a condición, salvo "antecedentes específicos" que impidan portar el arma reglamentaria y como consecuencia el arma particular. Como dice el Acta de la Comisión, "No implica autorización previa del Departamento de Interior o Ayuntamiento correspondiente".

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #37 en: 22 de Enero de 2006, 18:33:04 pm »
Correcto, la puedes portar por todo el terrtorio nacional con tu guia y carné profesional que hace las veces de licencia tipo A.
Caso curioso es que por el contrario, el arma oficial no se puede sacar del término municipal del respectivo ayuntamiento.-

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #38 en: 22 de Enero de 2006, 18:39:13 pm »
Maxwell: Caso curioso es que por el contrario, el arma oficial no se puede sacar del término municipal del respectivo ayuntamiento.-

No con carácter general, pues en el Reglamento de la PMM específica que los funcionarios "PODRÁN" depositar el arma oficial en el armero, con lo cual, si yo vivo en Guadarrama, municipio distante de la capital unos 50 kilómetros, puedo desplazarme  durante ese trayecto portando el arma oficial.

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #39 en: 22 de Enero de 2006, 19:25:20 pm »
Maxwell: Caso curioso es que por el contrario, el arma oficial no se puede sacar del término municipal del respectivo ayuntamiento.-

Efectivamente Ronin, el por qué, por que son propiedad del Consistorio.

En cuanto al tema inicial, estoy totalmente con larras. De momento todo lo relacionado con las armas y explosivos son competencia EXCLUSIVA del Estado, através de la Intervención Central de Armas y Explosivos (ICAE) de la DGGC. En Catalu?a igual que en Badajoz puedes portar tu arma particular sin que por ello tengas ningún problema, el problema sería de Mosso, Erchaina, PL, CNP, GC que quisiesen dar pol´saco.
LOS PROBLEMAS VIENE SOLOS, NO HACE FALTA IR A BUSCARLOS (By te70)