Autor Tema: Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas  (Leído 176366 veces)

Desconectado William

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #180 en: 23 de Junio de 2008, 08:55:19 am »
Ahí queda eso. Algunos impartís Educación Vial en los colegios ?. Si es así por favor mandarme un privado, estoy intresado en el tema. Gracias.
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franciscodeasis

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #181 en: 24 de Junio de 2008, 03:15:08 am »
Pos  ya estas talludito, para ir a clase.


Un saludo.

Desconectado William

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #182 en: 24 de Junio de 2008, 06:22:41 am »
Tu sabes lo que disfruta y lo que aprende un ni?o el cual recibe clases de EV ?.Vssssss
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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #183 en: 15 de Enero de 2009, 02:21:35 am »
Pues nada , no se si alguien ha leido esta sentencia pero me la ha mandado un profesor de la academia al email y me parece interesante.


Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (Sala de lo
Contencioso-Administrativo, Sección 5?).
Sentencia núm. 650/2002 de 9 septiembre
JUR\2002\229082

ARMAS Y EXPLOSIVOS: Tenencia y uso: guías de pertenencia: provisión necesaria a miembros de la
policía local para cada arma que poseyeren, subsistiendo posibilidad de posesión de una sola arma
corta aparte de las recibidas como dotación: examen.

Jurisdicción: Contencioso-Administrativa
Recurso contencioso-administrativo núm. 405/1998
Ponente: Ilmo. Sr. D. joaquín josé ortiz blasco

El coronel-jefe de la 411 Comandancia de la Guardia Civil dictó Resolución, el16-12-1997,
por la que se denegaba la guía de pertenencia como arma particular de la pistola marca
Daewo calibre 9 parabélum, solicitada por policía local del Ayuntamiento de L'Hospitalet de
Llobregat.El TSJ estima el recurso interpuesto.
En la ciudad de Barcelona, a nueve de septiembre de dos mil dos.
LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
CATALU?A (SECCION QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso
Contencioso-Administrativo núm. 405/1998, interpuesto por DON SABINO, representado y dirigido por el
Letrado DON LUIS A. G., contra la ADMINISTRACION DEL ESTADO, representado y dirigido por el Sr.
ABOGADO/A DEL ESTADO. Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don JOAQUIN JOSE ORTIZ
BLASCO, quien expresa el parecer de la sala.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO
Por la representación de la parte actora en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se
interpuso el presente recurso contra la resolución del Coronel-Jefe de la 411 Comandancia de la Guardia
Civil, de 16 de diciembre de 1997.
SEGUNDO
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley
Reguladora de esta Jurisdicción ( RCL 1956, 1890 y NDL 18435) , habiendo despachado las partes,
llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos
escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron
respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos
que aparecen en los mismos.
TERCERO
Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos; se se?alo día y hora para la votación y
fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.
CUARTO
En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO
En el presente proceso se impugna la resolución del Coronel-Jefe de la 411 Comandancia de la
Guardia Civil, de 16 de diciembre de 1997, de deniega la guía de pertenencia como arma particular de la
pistota marca Daewo calibre 9 parabelum, solicitada por don Sabino policía local del Ayuntamiento de
Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (Sala de lo
Contencioso-Administrativo, Sección 5?).Sentencia núm. 650/2002 de 9
septiembreJUR\2002\229082
16 de diciembre de 2008 ? Thomson Aranzadi 1
L'Hospitalet de Llobregat, teniendo en cuenta que no queda acreditada la existencia de riesgo especial y
de necesidad que justifique la posesión de un arma particular de defensa personal, circunstancia prevista
en el artículo 7 de la Ley Orgánica 1/1992 ( RCL 1992, 421) , de Protección de la Seguridad Ciudadana,
de cuyo texto dimana el vigente Reglamento de Armas ( RCL 1993, 788 y 1267) , extremo confirmado por
el Informe desfavorable emitido por el Ayuntamiento de l'Hospitalet de Llobregat.
SEGUNDO
La defensa del recurrente fundamenta la pretensión anulatoria de la resolución impugnada en que, a
tenor de lo previsto en los artículos 114 y 118 del Real Decreto 137/1993, de 28 de enero, que aprueba el
Reglamento de Armas, los miembros de las policías locales pueden tener un arma particular, siendo
improcedente la tesis seguida por la Administración tanto en lo que se refiere a la necesaria autorización
previa por parte del Ayuntamiento que estaba prevista el artículo 2 del Real Decreto 740/1983, de 30 de
marzo ( RCL 1983, 706 y ApNDL 2742) , que si bien no ha sido derogado expresamente por el
Reglamento de Armas de 1993, debe interpretarse a tenor del acta de 26 de marzo de 1996 de la
Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, como en no quedar acreditada la
existencia de riesgo especial y de necesidad que justifique la posesión de un arma particular de defensa
personal, circunstancia prevista en el artículo 7 de la Ley Orgánica 1/1992, de Protección de la Seguridad
Ciudadana, ya que no habla de riesgo especial sino de estricta, necesidad, y además no resulta aplicable
a los policías locales ya que la licencia de armas A, de la que son poseedores los miembros de los
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, con la eficacia de la licencias B, D, y E, documentara las
armas de las categorías 1?, 2? y 3? de propiedad privada de aquéllos. En definitiva los requisitos para
poder guiar el arma particular de los, miembros de las policías locales son el encontrarse en servicio
activo o disponible.
TERCERO
El artículo 2? del Real Decreto 740/1983, del 30 de marzo, por el que se regula la licencia de armas
correspondiente a los miembros de la Policía de las Comunidades Autónomas y de las Entidades
Locales, establece que éstos sólo, podrán usar el arma corta reglamentaria que les sea facilitada por las
autoridades de que dependan, pudiendo poseer, excepcionalmente, otra arma de la segunda categoría
en los casos especiales que se determinen por dicha autoridades. En el mismo, sentido se pronuncia el
artículo 10 del Reglamento de armamento de las Policías Locales, aprobado por Decreto de la
Generalidad de Catalu?a 219/1996, de 12 de junio ( LCAT 1996, 337) .
Sin embargo el artículo 118.2 del vigente Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993,
de 29 de enero, dispone que el personal de los Cuerpos de Policía de las Corporaciones Locales podrá
poseer un arma corta, aparte de las que reciban como dotación reglamentaria para el ejercicio de sus
funciones.
CUARTO
La propia Administración demandada se ha planteado la cuestión del alcance que cabe atribuir a esta
última disposición y, en tal sentido, la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos ha
emitido un Informe, en fecha 20 de marzo de 1996, en el que se concluye que el artículo 118.2 del
Reglamente de Armas autoriza a los colectivos a que se refiere la posesión de un arma corta particular,
con lo que se resuelve el problema de la defensa personal de los agentes cuando se encuentren fuera de
servicio, en tanto que el artículo 2? del Real Decreto 740/1983 se refiere a la tenencia de una segunda
arma reglamentarla, que será posible cuando excepcionalmente lo autoricen las autoridades de que
aquéllos dependan.
Del contenido de la normativa expuesta debe concluirse que, ciertamente, el artículo 118.2 del
Reglamento de armas autoriza a los miembros de la Policía Local la posesión de un arma corta
particular, aparte del arma o armas reglamentarles que les facilite la respectiva Corporación, no
hallándose aquélla subordinada a la autorización de sus respectivos superiores, de modo que ha de
estimarse en sus propios términos el presente recurso.
QUINTO
No es de apreciar especial temeridad ni mala fe a los efectos de imposición de costas, conforme a lo
prevenido en el artículo 131 de la Ley Jurisdiccional ( RCL 1956, 1890 y NDL 18435) .
FALLO
En atención a todo lo expuesto, la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Catalu?a (Sección Quinta) ha decidido:
Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (Sala de lo
Contencioso-Administrativo, Sección 5?).Sentencia núm. 650/2002 de 9
septiembreJUR\2002\229082
16 de diciembre de 2008 ? Thomson Aranzadi 2
1?
ESTIMAR el presente recurso Contencioso-Administrativo y, en consecuencia, declarar no ajustada a
Derecho y anular la, resolución impugnada de 16 de diciembre de 1997 de la 411? Comandancia de
Guardia Civil, declarándose el derecho del recurrente a que se expida la guía de pertenencia que solicita.
2
No efectuar especial pronunciamiento sobre las costas causadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma prevenida por la Ley, llevándose testimonio
de la misma a los autos principales.
Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (Sala de lo
Contencioso-Administrativo, Sección 5?).Sentencia núm. 650/2002 de 9
septiembreJUR\2002\229082
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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #184 en: 15 de Enero de 2009, 04:07:17 am »
Yo creía que estas cosas ya no pasaban. Y es que algunos con cangrejos en las hombreras...
Apenas hombre, sacerdote indino,

que aprendiste sin Christus la cartilla,

hecho carnero en Córdoba y Sevilla

y bufón en la corte a lo divino.

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #185 en: 17 de Febrero de 2009, 18:51:49 pm »
Función Policial: Conclusiones extraídas de los enfrentamientos armados
Ernesto Pérez Vera (16/02/2009)

http://www.armas.es/narticulos-Funci...os/000285.html

El agente de policía, por lo general, no está psicológicamente preparado para un enfrentamiento real, ya que la inmensa mayoría de los planes de entrenamiento no guardan relación con la realidad del enfrentamiento. Esto es algo que está ya asumido en Estados Unidos. Allí se analizan y estudian todos y cada uno de los casos en los que un agente de la ley (aquí en Espa?a denominado Agente de la Autoridad) se ve envuelto en un enfrentamiento en el que se hace uso de las armas de dotación reglamentarias. Estos análisis se realizan tanto si el agente fallece como si resulta herido o indemne, pero siempre se hace un análisis y estudio de todo lo ocurrido.

De los análisis que allí se han llevado acabo, podemos sacar paralelismos con algunos casos que en Espa?a ha estudiado la Asociación Espa?ola de Instructores de Tiro Policial (AEITP). Lo que seguramente sí coincide al 100%, son las conclusiones finales. Podríamos, en consecuencia, llegar a las siguientes conclusiones:

1?. En el enfrentamiento real, nuestro agresor dispara contra nosotros. Normalmente, lo hace antes de que nos demos cuenta de que se está produciendo un ataque o de que está apunto de iniciarse. En los entrenamientos del 90% de los cuerpos policiales de Espa?a, eso no ocurre jamás. En esos casos, es difícil sobrevivir al primer disparo pero en caso de seguir vivo, hay que iniciar cuanto antes una defensa reactiva.

2?. La inmensa mayoría de los ataques, con cualquier tipo de arma (fuego, blanca o contundente), se producen por sorpresa, provocando un shock en el agente atacado. Si el agredido queda paralizado por el shock, puede estar perdido.

3?. La reacción instintiva de defenderse debe ser súbita, bien reduciendo silueta (es natural y a veces se realiza sin que el propio atacado se de cuenta) o bien moviéndose y poniéndose a cubierto para abrir fuego de modo súbito hacia el agresor. Esto evitará que el atacante continúe su agresión con tranquilidad, y aún sin que provoquemos su puesta fuera de combate, es casi seguro que él errará en sus disparos.

4?. Ante todo hay que tener la firme voluntad de sobrevivir. Si esto es algo en lo que no estamos entrenados o es algo en lo que no hemos meditado antes, no será fácil salir airoso.

5?. La inmensa mayoría de enfrentamientos armados se producen entre los 0 y los 7 metros, y sobre todo entre los 0 y los 3 metros o incluso menos.

6?. Hay que oponerse al instinto natural de huir de un enfrentamiento a las distancias referidas antes. En caso de hacerlo, podremos ser fácil blanco por la espalda. En EEUU se han dado casos de agentes que se entregaron a sus atacantes, porque quizás creyeron que no saldrían vivos del enfrentamiento. Muchos de esos agentes fueron asesinados con sus propias armas.

7?. Ante el primer signo de riesgo, el agente debería desenfundar su arma o bien empu?arla con la funda presta para el desenfunde. Esto en USA es norma, pero en Espa?a es impensable aún. No olvidemos de todos modos que lo más difícil es detectar el ataque antes de que éste se produzca. Quienes pudieron predecirlo, sobrevivieron casi siempre.

8?. El primer instinto ante un ataque es el de agacharse y/o moverse. Si esto es lo que va a pasarnos en la realidad, ?por qué la mayoría de programas de entrenamiento va en otras direcciones?

9?. Un agente de policía debe saber que en cualquier momento de su servicio puede ser víctima de una agresión mortal. Debe saberlo y debe estar concienciado de ello y también de que ante esos hechos tendrá que defenderse de tal modo que puede provocar la muerte de otro ser humano. Esto es algo que no se inculca en nuestro país, quizás todo lo contrario, se suelen crear tabúes que llevan al miedo, falsos mitos y crean la duda en el agente.

10?. Los enfrentamientos no suelen durar más de 3 segundos, salvo casos muy concretos de asedio a delincuentes atrincherados.

11?. Casi nunca los agentes hacen más de 4 disparos, no alcanzando el blanco los primeros y sí los últimos disparos. En muy pocos casos se precisa de cambio de cargador, aún así es necesario llevar alguno/s de repuesto. Nunca sabremos qué tipo de acción hostil vamos a encontrar o si acaso vamos a perder el cargador del arma durante una carrera, saltos de muros o vallas, trepas, o forcejeos.

12?. Cuando el delincuente está bajo los efectos de drogas o alcohol, suele fallar sus disparos. Aún así, él es quien inicia la confrontación y si ésta es a muy corta distancia, puede causar baja en el agente incluso cuando sus disparos vayan bajos. El delincuente en nuestro país por lo general no está preparado en el manejo de armas (esto cada vez es menos cierto), así pues sus disparos suelen irse hacia abajo aún cuando los dirija al pecho de agente. Esto sería positivo si los disparos se producen a distancias largas pero la mayoría de las veces sabemos que se producen a muy cortas distancias, de modo que a 3 metros si el malhechor dispara al pecho del agente, sus disparos podrán ir a la zona baja del mismo, tocando órganos importantes por debajo del esternón.

Según la distancia a la que dispare el agresor y el ángulo, sí sus disparos se desvían hacia abajo, se pueden producir rebotes que podrían acabar impactando en la zona media alta del cuerpo de agente atacado. Esto es fácil de comprobar recreando la situación con suelo firme y duro y con una silueta. Seguidamente expondré algunos casos cercanos en el tiempo y en el espacio, casos reales en nuestro país.

Casos reales en Espa?a

El día 23 de marzo de 2008, un agente del CNP que patrullaba junto con otro compa?ero, recibió durante la madrugada un disparo a corta distancia durante la identificación de dos sospechosos en un barrio marginal de la ciudad de Benidorm. El agente herido recibió el disparo en el pecho y le provocó gravísimas heridas. Los autores de los disparos no fueron ni heridos ni detenidos, pues los agentes fueron incapaces de usar sus armas.

El 6 de abril de 2006, un agente de la GC destinado en la Comandancia de Segovia resultó gravemente herido por arma de fuego durante la realización de un control de carretera. Los autores de los disparos resultaron ser delincuentes habituales que huyeron del lugar en vehículo. Los agentes de la GC del dispositivo estático del control no fueron capaces de herir a ninguno de los atacantes, pese a estar todos los agentes en un dispositivo donde se trabaja con una especial sensibilidad y atención y dotados de armas largas.

El 10 de febrero de 2008 un agente de la PL de Granada fue herido por arma de fuego durante la identificación del conductor de un vehículo que iba a ser denunciado administrativamente por conducción negligente. El disparo alojó un proyectil del calibre .22LR cerca de la base del pene del agente.

El día 1 de marzo de 2003 un agente de PL de Marbella resulto herido grave al recibir en su cuerpo varios impactos de bala. Los hechos se produjeron cuando el agente trató de identificar a dos sujetos que conducían un vehículo sustraído. Los hechos ocurrieron en el Trapiche (barrio marbellí) y uno de los delincuentes resultó herido, aunque de menos gravedad que el agente. En cualquier caso, parece que jamás fue detenido. El delincuente portaba chaleco antibalas y se contabilizaron hasta 30 disparos en la escena del suceso. Se da la circunstancia de que el agente herido era el Instructor de Tiro de la PL de Marbella y ya ha tenido dos enfrentamientos similares.

El 1 de mayo de 2001 un hombre de unos 30 a?os murió en la barriada malague?a de Puerta Blanca durante un tiroteo con la Policía, en el que también resultaron heridos un agente que recibió dos disparos en las piernas y otra persona que huía con el fallecido en un vehículo tras perpetrar un atraco en el centro de Málaga. Los hechos ocurrieron sobre las 18.45h, cuando agentes de la Policía en un vehículo camuflado interceptaron a los presuntos delincuentes, quienes supuestamente acababan de cometer un atraco en el centro de la ciudad. Los perseguidos abrieron fuego contra los policías con una escopeta de ca?ones recortados.

El 12 de agosto de 2002 falleció un Inspector del CNP en Madrid. El agente fallecido estaba acompa?ado de otros 3 agentes del mismo cuerpo y trataban de identificar, para su posterior detención, a un ciudadano colombiano de 39 a?os que se hallaba implicado en la muerte de otro sudamericano. Todos los agentes del dispositivo eran de la Brigada Provincial de Homicidios, todos ellos resultaron heridos por los disparos que el colombiano efectuó en un portal donde los agentes le esperaban. Las heridas más graves las recibió el Inspector fallecido, que por cierto, era nacido en La Línea de la Concepción. Solo uno de los agentes del dispositivo fue capaz de hacer fuego efectivo y herir de un disparo en el abdomen al criminal colombiano.

El 29 de diciembre de 2004 dos agentes del CNP de la Unidad de Motos se adentraron en un edificio de la barriada de las Tres Mil Viviendas de la ciudad de Sevilla. En dicho edificio se trapicheaba con peque?as dosis de droga y los agentes una vez dentro del bloque llamaron a una puerta que se hallaba abierta y donde sabían que a veces se vendían papelinas de cocaína y heroína. Los agentes iban solos, sin más apoyo, y sólo iban a realizar un servicio que para cualquier agente trabajador sería rutinario. Una vez los moradores de la vivienda advirtieron la presencia policial en la puerta de la casa, sin mediar palabras abrieron fuego con escopetas de caza, los agentes repelieron el fuego con sus armas cortas de dotación. El resultado fue que murió uno de los traficantes, 3 más resultaron heridos y ambos agentes heridos también, uno por golpes severos en la cabeza con barra de acero y el otro por disparos en las piernas.

El 28 de noviembre de 2008 en la ciudad alicantina de Petrer, se produjo un tiroteo entre los dos atracadores de una entidad bancaria y agentes de la P.L. y del C.N.P. Como resultado de la refriega, dos agentes del C.N.P. resultaron heridos por los disparos, uno de ellos recibió tres impactos, uno de ellos en la mandíbula. Los atracadores también recibieron varios impactos, uno de ellos acabó herido por dos impactos en el pecho y el otro falleció tras recibir siete impactos repartidos por distintas partes de su cuerpo, pero incluso cuando ya había recibido los tres primeros disparos, seguía esgrimiendo su arma hacia los agentes.

El 13 de febrero de 2009, un agente de la Policía Municipal de Madrid resultó herido por arma blanca en una mano y por disparo de arma de fuego en un píe. En la misma actuación, un agente del CNP recibió una cuchillada en un hombro. Las heridas de arma blanca de ambos agentes, la produjo un ciudadano de Ghana que se mostró agresivo y violento cuando era identificado; mientras que la herida de arma de fuego en el píe del PM de Madrid, la provocó un disparo del agente del CNP. Finalmente el ciudadano de Ghana fue detenido tras recibir un disparo en una pierna, aunque con el impacto en la extremidad, consiguió huir varios cientos de metros del lugar de los hechos.

En los casos reales anteriormente expuestos de forma tan sucinta, quedan reflejados supuestos varios, en los cuales podemos advertir correctas actuaciones policiales, otras quizás menos correctas, otras de las actuaciones denotan gran pericia y habilidad y otras quizás, adolecen de ella. En cualquier caso, todos los agentes, tuvieron el a?adido de la mala suerte. Seguro que todos los que sobrevivieron, se preguntaron ?Por qué a mi?por que yo??. Muy sencillo, porque ustedes estaban trabajando y cumpliendo con una obligación que no siempre es reconocida como merece por quien corresponde, una veces por los mandos, otras por los compa?eros y otras por los ciudadanos.

Ahora, saquen sus propias conclusiones.
« Última modificación: 17 de Febrero de 2009, 18:55:38 pm por 47ronin »

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #186 en: 17 de Febrero de 2009, 18:56:27 pm »
Algún comentario?

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #187 en: 17 de Febrero de 2009, 19:09:43 pm »


Yo siempre he opinado que pocos policías están preparados para el choque . Recibir una hostia, un disparo o una cuchillada, por primera vez, genera una situación de estrés y bloqueo increíble. Otras de las cosas que creo que intimidan y mucho, es el resultado que tendrá el hecho de disparar tu arma reglamentaria.  Nos han inculcado la cultura del miedo, con tanta ley, y tanto juicio.  Eso de la proporcionalidad es un cuento chino, que sólo sirve para confundir más nuestras mentes, y ayudar en el bloqueo de la respuesta deseada para salir vivo de una situación de riesgo.

Muy buen artículo. 

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #188 en: 17 de Febrero de 2009, 19:10:57 pm »
Muy buen articulo. Como se suele decir "la rutina mata" y en Espa?a siempre pensamos que no nos pasara a nosotros.

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #189 en: 17 de Febrero de 2009, 19:13:35 pm »
Aparte de la preparacion para un enfrentamiento con arma de fuego, tambien hay que a?adir que ?cuantos de nosotros se ha puesto en la situacion de tener a alguien enca?onado y controlar las emociones para evitar pegarle un taponazo quizas inoportuno?. Yo por desgracia ya se lo que pasa por la mente en un caso asi y no quiero volverme a ver en una similar aunque tampoco digo que tenga miedo de que vuelva a ocurrir.

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #190 en: 24 de Febrero de 2009, 21:45:10 pm »

Función Policial: Conclusiones extraídas de los enfrentamientos armados
Ernesto Pérez Vera (16/02/2009)
El agente de policía, por lo general, no está psicológicamente preparado para un enfrentamiento real, ya que la inmensa mayoría de los planes de entrenamiento no guardan relación con la realidad del enfrentamiento. Esto es algo que está ya asumido en Estados Unidos. Allí se analizan y estudian todos y cada uno de los casos en los que un agente de la ley (aquí en Espa?a denominado Agente de la Autoridad) se ve envuelto en un enfrentamiento en el que se hace uso de las armas de dotación reglamentarias. Estos análisis se realizan tanto si el agente fallece como si resulta herido o indemne, pero siempre se hace un análisis y estudio de todo lo ocurrido.

De los análisis que allí se han llevado acabo, podemos sacar paralelismos con algunos casos que en Espa?a ha estudiado la Asociación Espa?ola de Instructores de Tiro Policial (AEITP). Lo que seguramente sí coincide al 100%, son las conclusiones finales. Podríamos, en consecuencia, llegar a las siguientes conclusiones:

1?. En el enfrentamiento real, nuestro agresor dispara contra nosotros. Normalmente, lo hace antes de que nos demos cuenta de que se está produciendo un ataque o de que está apunto de iniciarse. En los entrenamientos del 90% de los cuerpos policiales de Espa?a, eso no ocurre jamás. En esos casos, es difícil sobrevivir al primer disparo pero en caso de seguir vivo, hay que iniciar cuanto antes una defensa reactiva.

2?. La inmensa mayoría de los ataques, con cualquier tipo de arma (fuego, blanca o contundente), se producen por sorpresa, provocando un shock en el agente atacado. Si el agredido queda paralizado por el shock, puede estar perdido.

3?. La reacción instintiva de defenderse debe ser súbita, bien reduciendo silueta (es natural y a veces se realiza sin que el propio atacado se de cuenta) o bien moviéndose y poniéndose a cubierto para abrir fuego de modo súbito hacia el agresor. Esto evitará que el atacante continúe su agresión con tranquilidad, y aún sin que provoquemos su puesta fuera de combate, es casi seguro que él errará en sus disparos.

4?. Ante todo hay que tener la firme voluntad de sobrevivir. Si esto es algo en lo que no estamos entrenados o es algo en lo que no hemos meditado antes, no será fácil salir airoso.

5?. La inmensa mayoría de enfrentamientos armados se producen entre los 0 y los 7 metros, y sobre todo entre los 0 y los 3 metros o incluso menos.

Mossos de Esquadra en plena intervención policial
6?. Hay que oponerse al instinto natural de huir de un enfrentamiento a las distancias referidas antes. En caso de hacerlo, podremos ser fácil blanco por la espalda. En EEUU se han dado casos de agentes que se entregaron a sus atacantes, porque quizás creyeron que no saldrían vivos del enfrentamiento. Muchos de esos agentes fueron asesinados con sus propias armas.

7?. Ante el primer signo de riesgo, el agente debería desenfundar su arma o bien empu?arla con la funda presta para el desenfunde. Esto en USA es norma, pero en Espa?a es impensable aún. No olvidemos de todos modos que lo más difícil es detectar el ataque antes de que éste se produzca. Quienes pudieron predecirlo, sobrevivieron casi siempre.

8?. El primer instinto ante un ataque es el de agacharse y/o moverse. Si esto es lo que va a pasarnos en la realidad, ?por qué la mayoría de programas de entrenamiento va en otras direcciones?

9?. Un agente de policía debe saber que en cualquier momento de su servicio puede ser víctima de una agresión mortal. Debe saberlo y debe estar concienciado de ello y también de que ante esos hechos tendrá que defenderse de tal modo que puede provocar la muerte de otro ser humano. Esto es algo que no se inculca en nuestro país, quizás todo lo contrario, se suelen crear tabúes que llevan al miedo, falsos mitos y crean la duda en el agente.

10?. Los enfrentamientos no suelen durar más de 3 segundos, salvo casos muy concretos de asedio a delincuentes atrincherados.

11?. Casi nunca los agentes hacen más de 4 disparos, no alcanzando el blanco los primeros y sí los últimos disparos. En muy pocos casos se precisa de cambio de cargador, aún así es necesario llevar alguno/s de repuesto. Nunca sabremos qué tipo de acción hostil vamos a encontrar o si acaso vamos a perder el cargador del arma durante una carrera, saltos de muros o vallas, trepas, o forcejeos.

12?. Cuando el delincuente está bajo los efectos de drogas o alcohol, suele fallar sus disparos. Aún así, él es quien inicia la confrontación y si ésta es a muy corta distancia, puede causar baja en el agente incluso cuando sus disparos vayan bajos. El delincuente en nuestro país por lo general no está preparado en el manejo de armas (esto cada vez es menos cierto), así pues sus disparos suelen irse hacia abajo aún cuando los dirija al pecho de agente. Esto sería positivo si los disparos se producen a distancias largas pero la mayoría de las veces sabemos que se producen a muy cortas distancias, de modo que a 3 metros si el malhechor dispara al pecho del agente, sus disparos podrán ir a la zona baja del mismo, tocando órganos importantes por debajo del esternón.

Según la distancia a la que dispare el agresor y el ángulo, sí sus disparos se desvían hacia abajo, se pueden producir rebotes que podrían acabar impactando en la zona media alta del cuerpo de agente atacado. Esto es fácil de comprobar recreando la situación con suelo firme y duro y con una silueta. Seguidamente expondré algunos casos cercanos en el tiempo y en el espacio, casos reales en nuestro país.

Casos reales en Espa?a
El día 23 de marzo de 2008, un agente del CNP que patrullaba junto con otro compa?ero, recibió durante la madrugada un disparo a corta distancia durante la identificación de dos sospechosos en un barrio marginal de la ciudad de Benidorm. El agente herido recibió el disparo en el pecho y le provocó gravísimas heridas. Los autores de los disparos no fueron ni heridos ni detenidos, pues los agentes fueron incapaces de usar sus armas.

El 6 de abril de 2006, un agente de la GC destinado en la Comandancia de Segovia resultó gravemente herido por arma de fuego durante la realización de un control de carretera. Los autores de los disparos resultaron ser delincuentes habituales que huyeron del lugar en vehículo. Los agentes de la GC del dispositivo estático del control no fueron capaces de herir a ninguno de los atacantes, pese a estar todos los agentes en un dispositivo donde se trabaja con una especial sensibilidad y atención y dotados de armas largas.

El 10 de febrero de 2008 un agente de la PL de Granada fue herido por arma de fuego durante la identificación del conductor de un vehículo que iba a ser denunciado administrativamente por conducción negligente. El disparo alojó un proyectil del calibre .22LR cerca de la base del pene del agente.

El día 1 de marzo de 2003 un agente de PL de Marbella resulto herido grave al recibir en su cuerpo varios impactos de bala. Los hechos se produjeron cuando el agente trató de identificar a dos sujetos que conducían un vehículo sustraído. Los hechos ocurrieron en el Trapiche (barrio marbellí) y uno de los delincuentes resultó herido, aunque de menos gravedad que el agente. En cualquier caso, parece que jamás fue detenido. El delincuente portaba chaleco antibalas y se contabilizaron hasta 30 disparos en la escena del suceso. Se da la circunstancia de que el agente herido era el Instructor de Tiro de la PL de Marbella y ya ha tenido dos enfrentamientos similares.

El 1 de mayo de 2001 un hombre de unos 30 a?os murió en la barriada malague?a de Puerta Blanca durante un tiroteo con la Policía, en el que también resultaron heridos un agente que recibió dos disparos en las piernas y otra persona que huía con el fallecido en un vehículo tras perpetrar un atraco en el centro de Málaga. Los hechos ocurrieron sobre las 18.45h, cuando agentes de la Policía en un vehículo camuflado interceptaron a los presuntos delincuentes, quienes supuestamente acababan de cometer un atraco en el centro de la ciudad. Los perseguidos abrieron fuego contra los policías con una escopeta de ca?ones recortados.

El 12 de agosto de 2002 falleció un Inspector del CNP en Madrid. El agente fallecido estaba acompa?ado de otros 3 agentes del mismo cuerpo y trataban de identificar, para su posterior detención, a un ciudadano colombiano de 39 a?os que se hallaba implicado en la muerte de otro sudamericano. Todos los agentes del dispositivo eran de la Brigada Provincial de Homicidios, todos ellos resultaron heridos por los disparos que el colombiano efectuó en un portal donde los agentes le esperaban. Las heridas más graves las recibió el Inspector fallecido, que por cierto, era nacido en La Línea de la Concepción. Solo uno de los agentes del dispositivo fue capaz de hacer fuego efectivo y herir de un disparo en el abdomen al criminal colombiano.

El 29 de diciembre de 2004 dos agentes del CNP de la Unidad de Motos se adentraron en un edificio de la barriada de las Tres Mil Viviendas de la ciudad de Sevilla. En dicho edificio se trapicheaba con peque?as dosis de droga y los agentes una vez dentro del bloque llamaron a una puerta que se hallaba abierta y donde sabían que a veces se vendían papelinas de cocaína y heroína. Los agentes iban solos, sin más apoyo, y sólo iban a realizar un servicio que para cualquier agente trabajador sería rutinario. Una vez los moradores de la vivienda advirtieron la presencia policial en la puerta de la casa, sin mediar palabras abrieron fuego con escopetas de caza, los agentes repelieron el fuego con sus armas cortas de dotación. El resultado fue que murió uno de los traficantes, 3 más resultaron heridos y ambos agentes heridos también, uno por golpes severos en la cabeza con barra de acero y el otro por disparos en las piernas.

El 28 de noviembre de 2008 en la ciudad alicantina de Petrer, se produjo un tiroteo entre los dos atracadores de una entidad bancaria y agentes de la P.L. y del C.N.P. Como resultado de la refriega, dos agentes del C.N.P. resultaron heridos por los disparos, uno de ellos recibió tres impactos, uno de ellos en la mandíbula. Los atracadores también recibieron varios impactos, uno de ellos acabó herido por dos impactos en el pecho y el otro falleció tras recibir siete impactos repartidos por distintas partes de su cuerpo, pero incluso cuando ya había recibido los tres primeros disparos, seguía esgrimiendo su arma hacia los agentes.

El 13 de febrero de 2009, un agente de la Policía Municipal de Madrid resultó herido por arma blanca en una mano y por disparo de arma de fuego en un píe. En la misma actuación, un agente del CNP recibió una cuchillada en un hombro. Las heridas de arma blanca de ambos agentes, la produjo un ciudadano de Ghana que se mostró agresivo y violento cuando era identificado; mientras que la herida de arma de fuego en el píe del PM de Madrid, la provocó un disparo del agente del CNP. Finalmente el ciudadano de Ghana fue detenido tras recibir un disparo en una pierna, aunque con el impacto en la extremidad, consiguió huir varios cientos de metros del lugar de los hechos.

En los casos reales anteriormente expuestos de forma tan sucinta, quedan reflejados supuestos varios, en los cuales podemos advertir correctas actuaciones policiales, otras quizás menos correctas, otras de las actuaciones denotan gran pericia y habilidad y otras quizás, adolecen de ella. En cualquier caso, todos los agentes, tuvieron el a?adido de la mala suerte. Seguro que todos los que sobrevivieron, se preguntaron ?Por qué a mi?por que yo??. Muy sencillo, porque ustedes estaban trabajando y cumpliendo con una obligación que no siempre es reconocida como merece por quien corresponde, una veces por los mandos, otras por los compa?eros y otras por los ciudadanos.

Ahora, saquen sus propias conclusiones.

     
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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #191 en: 24 de Febrero de 2009, 22:15:54 pm »
Te mando mucho ánimo desde aquí, amigo Ernesto.Vs :Plasplas :Plasplas :Plasplas :Plasplas
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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #192 en: 24 de Febrero de 2009, 22:22:49 pm »

7?. Ante el primer signo de riesgo, el agente debería desenfundar su arma o bien empu?arla con la funda presta para el desenfunde. Esto en USA es norma, pero en Espa?a es impensable aún. No olvidemos de todos modos que lo más difícil es detectar el ataque antes de que éste se produzca. Quienes pudieron predecirlo, sobrevivieron casi siempre.



Yo creo que aqui esta la clave....
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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #193 en: 24 de Febrero de 2009, 22:37:56 pm »
 :pen:  :Enfadado_1

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #194 en: 24 de Febrero de 2009, 22:44:33 pm »
Larras, acabo de hablar con el se?or que firma el artículo y os lo voy a subir completo, con fotos incluidas. Me ha comentado que la revista de donde se ha sacado ese artículo olvidó poner un par de párrafos.Vs
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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #195 en: 24 de Febrero de 2009, 22:47:42 pm »
Larras, acabo de hablar con el se?or que firma el artículo y os lo voy a subir completo, con fotos incluidas. Me ha comentado que la revista de donde se ha sacado ese artículo olvidó poner un par de párrafos.Vs

Pero ya ha llegado la mosca cojonera y ha refundido el tema... para variar. Como se nota que el escritor no es un PMM :Enfadado_1 :Enfadado_1 :Enfadado_1
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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #196 en: 24 de Febrero de 2009, 22:48:58 pm »
Pues me est?a llegando un material cojonudo. Para poner en un tema aparte, esto mrzclado no lo lee ni el tato.Vs
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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #197 en: 24 de Febrero de 2009, 22:49:17 pm »
Revisar mensajes hacia arriba y anterior al tuyo.

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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #198 en: 24 de Febrero de 2009, 22:50:48 pm »
Función Policial: Conclusiones extraídas de los enfrentamientos armados
Ernesto Pérez Vera (16/02/2009)

http://www.armas.es/narticulos-Funci...os/000285.html

El agente de policía, por lo general, no está psicológicamente preparado para un enfrentamiento real, ya que la inmensa mayoría de los planes de entrenamiento no guardan relación con la realidad del enfrentamiento. Esto es algo que está ya asumido en Estados Unidos. Allí se analizan y estudian todos y cada uno de los casos en los que un agente de la ley (aquí en Espa?a denominado Agente de la Autoridad) se ve envuelto en un enfrentamiento en el que se hace uso de las armas de dotación reglamentarias. Estos análisis se realizan tanto si el agente fallece como si resulta herido o indemne, pero siempre se hace un análisis y estudio de todo lo ocurrido.

De los análisis que allí se han llevado acabo, podemos sacar paralelismos con algunos casos que en Espa?a ha estudiado la Asociación Espa?ola de Instructores de Tiro Policial (AEITP). Lo que seguramente sí coincide al 100%, son las conclusiones finales. Podríamos, en consecuencia, llegar a las siguientes conclusiones:

1?. En el enfrentamiento real, nuestro agresor dispara contra nosotros. Normalmente, lo hace antes de que nos demos cuenta de que se está produciendo un ataque o de que está apunto de iniciarse. En los entrenamientos del 90% de los cuerpos policiales de Espa?a, eso no ocurre jamás. En esos casos, es difícil sobrevivir al primer disparo pero en caso de seguir vivo, hay que iniciar cuanto antes una defensa reactiva.

2?. La inmensa mayoría de los ataques, con cualquier tipo de arma (fuego, blanca o contundente), se producen por sorpresa, provocando un shock en el agente atacado. Si el agredido queda paralizado por el shock, puede estar perdido.

3?. La reacción instintiva de defenderse debe ser súbita, bien reduciendo silueta (es natural y a veces se realiza sin que el propio atacado se de cuenta) o bien moviéndose y poniéndose a cubierto para abrir fuego de modo súbito hacia el agresor. Esto evitará que el atacante continúe su agresión con tranquilidad, y aún sin que provoquemos su puesta fuera de combate, es casi seguro que él errará en sus disparos.

4?. Ante todo hay que tener la firme voluntad de sobrevivir. Si esto es algo en lo que no estamos entrenados o es algo en lo que no hemos meditado antes, no será fácil salir airoso.

5?. La inmensa mayoría de enfrentamientos armados se producen entre los 0 y los 7 metros, y sobre todo entre los 0 y los 3 metros o incluso menos.

6?. Hay que oponerse al instinto natural de huir de un enfrentamiento a las distancias referidas antes. En caso de hacerlo, podremos ser fácil blanco por la espalda. En EEUU se han dado casos de agentes que se entregaron a sus atacantes, porque quizás creyeron que no saldrían vivos del enfrentamiento. Muchos de esos agentes fueron asesinados con sus propias armas.

7?. Ante el primer signo de riesgo, el agente debería desenfundar su arma o bien empu?arla con la funda presta para el desenfunde. Esto en USA es norma, pero en Espa?a es impensable aún. No olvidemos de todos modos que lo más difícil es detectar el ataque antes de que éste se produzca. Quienes pudieron predecirlo, sobrevivieron casi siempre.

8?. El primer instinto ante un ataque es el de agacharse y/o moverse. Si esto es lo que va a pasarnos en la realidad, ?por qué la mayoría de programas de entrenamiento va en otras direcciones?

9?. Un agente de policía debe saber que en cualquier momento de su servicio puede ser víctima de una agresión mortal. Debe saberlo y debe estar concienciado de ello y también de que ante esos hechos tendrá que defenderse de tal modo que puede provocar la muerte de otro ser humano. Esto es algo que no se inculca en nuestro país, quizás todo lo contrario, se suelen crear tabúes que llevan al miedo, falsos mitos y crean la duda en el agente.

10?. Los enfrentamientos no suelen durar más de 3 segundos, salvo casos muy concretos de asedio a delincuentes atrincherados.

11?. Casi nunca los agentes hacen más de 4 disparos, no alcanzando el blanco los primeros y sí los últimos disparos. En muy pocos casos se precisa de cambio de cargador, aún así es necesario llevar alguno/s de repuesto. Nunca sabremos qué tipo de acción hostil vamos a encontrar o si acaso vamos a perder el cargador del arma durante una carrera, saltos de muros o vallas, trepas, o forcejeos.

12?. Cuando el delincuente está bajo los efectos de drogas o alcohol, suele fallar sus disparos. Aún así, él es quien inicia la confrontación y si ésta es a muy corta distancia, puede causar baja en el agente incluso cuando sus disparos vayan bajos. El delincuente en nuestro país por lo general no está preparado en el manejo de armas (esto cada vez es menos cierto), así pues sus disparos suelen irse hacia abajo aún cuando los dirija al pecho de agente. Esto sería positivo si los disparos se producen a distancias largas pero la mayoría de las veces sabemos que se producen a muy cortas distancias, de modo que a 3 metros si el malhechor dispara al pecho del agente, sus disparos podrán ir a la zona baja del mismo, tocando órganos importantes por debajo del esternón.

Según la distancia a la que dispare el agresor y el ángulo, sí sus disparos se desvían hacia abajo, se pueden producir rebotes que podrían acabar impactando en la zona media alta del cuerpo de agente atacado. Esto es fácil de comprobar recreando la situación con suelo firme y duro y con una silueta. Seguidamente expondré algunos casos cercanos en el tiempo y en el espacio, casos reales en nuestro país.

Casos reales en Espa?a

El día 23 de marzo de 2008, un agente del CNP que patrullaba junto con otro compa?ero, recibió durante la madrugada un disparo a corta distancia durante la identificación de dos sospechosos en un barrio marginal de la ciudad de Benidorm. El agente herido recibió el disparo en el pecho y le provocó gravísimas heridas. Los autores de los disparos no fueron ni heridos ni detenidos, pues los agentes fueron incapaces de usar sus armas.

El 6 de abril de 2006, un agente de la GC destinado en la Comandancia de Segovia resultó gravemente herido por arma de fuego durante la realización de un control de carretera. Los autores de los disparos resultaron ser delincuentes habituales que huyeron del lugar en vehículo. Los agentes de la GC del dispositivo estático del control no fueron capaces de herir a ninguno de los atacantes, pese a estar todos los agentes en un dispositivo donde se trabaja con una especial sensibilidad y atención y dotados de armas largas.

El 10 de febrero de 2008 un agente de la PL de Granada fue herido por arma de fuego durante la identificación del conductor de un vehículo que iba a ser denunciado administrativamente por conducción negligente. El disparo alojó un proyectil del calibre .22LR cerca de la base del pene del agente.

El día 1 de marzo de 2003 un agente de PL de Marbella resulto herido grave al recibir en su cuerpo varios impactos de bala. Los hechos se produjeron cuando el agente trató de identificar a dos sujetos que conducían un vehículo sustraído. Los hechos ocurrieron en el Trapiche (barrio marbellí) y uno de los delincuentes resultó herido, aunque de menos gravedad que el agente. En cualquier caso, parece que jamás fue detenido. El delincuente portaba chaleco antibalas y se contabilizaron hasta 30 disparos en la escena del suceso. Se da la circunstancia de que el agente herido era el Instructor de Tiro de la PL de Marbella y ya ha tenido dos enfrentamientos similares.

El 1 de mayo de 2001 un hombre de unos 30 a?os murió en la barriada malague?a de Puerta Blanca durante un tiroteo con la Policía, en el que también resultaron heridos un agente que recibió dos disparos en las piernas y otra persona que huía con el fallecido en un vehículo tras perpetrar un atraco en el centro de Málaga. Los hechos ocurrieron sobre las 18.45h, cuando agentes de la Policía en un vehículo camuflado interceptaron a los presuntos delincuentes, quienes supuestamente acababan de cometer un atraco en el centro de la ciudad. Los perseguidos abrieron fuego contra los policías con una escopeta de ca?ones recortados.

El 12 de agosto de 2002 falleció un Inspector del CNP en Madrid. El agente fallecido estaba acompa?ado de otros 3 agentes del mismo cuerpo y trataban de identificar, para su posterior detención, a un ciudadano colombiano de 39 a?os que se hallaba implicado en la muerte de otro sudamericano. Todos los agentes del dispositivo eran de la Brigada Provincial de Homicidios, todos ellos resultaron heridos por los disparos que el colombiano efectuó en un portal donde los agentes le esperaban. Las heridas más graves las recibió el Inspector fallecido, que por cierto, era nacido en La Línea de la Concepción. Solo uno de los agentes del dispositivo fue capaz de hacer fuego efectivo y herir de un disparo en el abdomen al criminal colombiano.

El 29 de diciembre de 2004 dos agentes del CNP de la Unidad de Motos se adentraron en un edificio de la barriada de las Tres Mil Viviendas de la ciudad de Sevilla. En dicho edificio se trapicheaba con peque?as dosis de droga y los agentes una vez dentro del bloque llamaron a una puerta que se hallaba abierta y donde sabían que a veces se vendían papelinas de cocaína y heroína. Los agentes iban solos, sin más apoyo, y sólo iban a realizar un servicio que para cualquier agente trabajador sería rutinario. Una vez los moradores de la vivienda advirtieron la presencia policial en la puerta de la casa, sin mediar palabras abrieron fuego con escopetas de caza, los agentes repelieron el fuego con sus armas cortas de dotación. El resultado fue que murió uno de los traficantes, 3 más resultaron heridos y ambos agentes heridos también, uno por golpes severos en la cabeza con barra de acero y el otro por disparos en las piernas.

El 28 de noviembre de 2008 en la ciudad alicantina de Petrer, se produjo un tiroteo entre los dos atracadores de una entidad bancaria y agentes de la P.L. y del C.N.P. Como resultado de la refriega, dos agentes del C.N.P. resultaron heridos por los disparos, uno de ellos recibió tres impactos, uno de ellos en la mandíbula. Los atracadores también recibieron varios impactos, uno de ellos acabó herido por dos impactos en el pecho y el otro falleció tras recibir siete impactos repartidos por distintas partes de su cuerpo, pero incluso cuando ya había recibido los tres primeros disparos, seguía esgrimiendo su arma hacia los agentes.

El 13 de febrero de 2009, un agente de la Policía Municipal de Madrid resultó herido por arma blanca en una mano y por disparo de arma de fuego en un píe. En la misma actuación, un agente del CNP recibió una cuchillada en un hombro. Las heridas de arma blanca de ambos agentes, la produjo un ciudadano de Ghana que se mostró agresivo y violento cuando era identificado; mientras que la herida de arma de fuego en el píe del PM de Madrid, la provocó un disparo del agente del CNP. Finalmente el ciudadano de Ghana fue detenido tras recibir un disparo en una pierna, aunque con el impacto en la extremidad, consiguió huir varios cientos de metros del lugar de los hechos.

En los casos reales anteriormente expuestos de forma tan sucinta, quedan reflejados supuestos varios, en los cuales podemos advertir correctas actuaciones policiales, otras quizás menos correctas, otras de las actuaciones denotan gran pericia y habilidad y otras quizás, adolecen de ella. En cualquier caso, todos los agentes, tuvieron el a?adido de la mala suerte. Seguro que todos los que sobrevivieron, se preguntaron ?Por qué a mi?por que yo??. Muy sencillo, porque ustedes estaban trabajando y cumpliendo con una obligación que no siempre es reconocida como merece por quien corresponde, una veces por los mandos, otras por los compa?eros y otras por los ciudadanos.

Ahora, saquen sus propias conclusiones.


Entonces, abriré un hilo con el artículo original, qye la revista se ha comido dos párrafos y lo tengo con fotos. O sea, el que me acaba de mandar el autor en este mismo instante.Vs
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Re:Los cuerpos de seguridad: porte y uso de las armas
« Respuesta #199 en: 24 de Febrero de 2009, 23:10:11 pm »
No me deja colgarlo. Es muy grande y no lo pienso cortar.Vs
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