Autor Tema: Sueldos, turnos y destinos  (Leído 1276013 veces)

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10880 en: 28 de Noviembre de 2013, 03:18:47 am »
Deja de monopolizar el foro, pareces ronin.

A lo mejor es que de mayor quiero ser como él........., si quieres me voy.
Cierra al salir.

Podias irte otra temporadita y dejar de tocarme los huevos  :ded;
Uy el nene está sensible, hoy no has podido pegar a nadie o qué.

Pues no, he estado muy tranquilito en el Bernabéu, aunque parece que hubo alguna movida por la zona de bares de los ultras, pero no me ha tocado..........

Joder qué recuerdos...  ;llor;

Te refieres a tus recuerdos de ultra cuando cobrabas de la UIP  ;risr;.

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10881 en: 28 de Noviembre de 2013, 04:01:49 am »

Te refieres a tus recuerdos de ultra cuando cobrabas de la UIP  ;risr;.

Nunca cobré.
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Desconectado Celestino

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10882 en: 28 de Noviembre de 2013, 11:40:07 am »
Deja de monopolizar el foro, pareces ronin.

A lo mejor es que de mayor quiero ser como él........., si quieres me voy.

Ni se te ocurra irte y dejar al Calandracas sólo que se crece en plan Risto Mejide.  :mj:


A los guardias estos ni puto caso, que ni siquiera son rojelios.

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10883 en: 28 de Noviembre de 2013, 14:02:07 pm »
Deja de monopolizar el foro, pareces ronin.

A lo mejor es que de mayor quiero ser como él........., si quieres me voy.

Ni se te ocurra irte y dejar al Calandracas sólo que se crece en plan Risto Mejide.  :mj:


A los guardias estos ni puto caso, que ni siquiera son rojelios.
Hola Aguilaverde.  Que tal hoy?

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10884 en: 28 de Noviembre de 2013, 18:17:10 pm »
Deja de monopolizar el foro, pareces ronin.

A lo mejor es que de mayor quiero ser como él........., si quieres me voy.

Ni se te ocurra irte y dejar al Calandracas sólo que se crece en plan Risto Mejide.  :mj:


A los guardias estos ni puto caso, que ni siquiera son rojelios.
Hola Aguilaverde.  Que tal hoy?

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Joder atreyu mira que eres pesao.
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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10885 en: 01 de Diciembre de 2013, 11:16:21 am »
Si tuviéramos algo de decencia, si no fuéramos unos mierdosos, si los sindicatos se dedicaran a algo más que a ver donde pueden buitrear dinero de los trabajadores, se le diría métase por el culo el día señor ministro, pero claro no es un día libre, y al charco, que mal nos tratan y que poco nos quieren, si no  cambiamos seguiremos teniendo los mismos resultados y podremos seguir llorando de lo poco que nos respetan, de lo poco que nos quieren.

Un saludo

El Gobierno hace efectiva la devolución de un día moscoso a los funcionarios
 inShare.0Europa Press29/11/2013 -

Los funcionarios ya podrán disfrutar en diciembre del día de asuntos particulares, los llamados moscosos, cuya devolución ha hecho efectiva el Gobierno a través de una enmienda de adición al proyecto de Ley Orgánica de control de la deuda comercial en el sector público, que se tramita en el Senado.

Fuentes del Ministerio de Hacienda han explicado a Europa Press que se prevé que la dicha ley se publique en el BOE y esté en vigor antes del 25 de diciembre, por lo que los empleados públicos podrían disfrutar antes de que acabe el año del día que han recuperado.

El Gobierno ha hecho efectiva la devolución de un día de asuntos particulares a los empleados públicos a través de una enmienda que introduce una modificación del Estatuto Básico del Empleado Público que establecerá cuatro días para asuntos particulares al año en lugar de los tres actuales, tal y como había establecido el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

En 2012, el Gobierno aprobó un decreto ley con medidas para reducir el déficit público que, entre otras, incluía varios ajustes sobre las condiciones laborales de los funcionarios. Así, se redujo de seis a tres de los días de libre disposición de los funcionarios públicos, al suprimir los canosos y reducir a la mitad los moscosos.

Según el departamento que dirige Cristóbal Montoro, "las perspectivas de la economía española permiten hoy que se plantee la ampliación de este permiso en un día más, teniendo en cuenta que los empleados públicos han contribuido decisivamente al esfuerzo de consolidación fiscal de las administraciones públicas, lo que además ha venido acompañado de un incremento de su eficiencia al continuar prestando los servicios públicos con un alto nivel de calidad".

Esta modificación ya fue anunciada por el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, el pasado lunes, 25 de noviembre en los desayunos informativos de Europa Press, cuando aseguró que esta devolución se llevaría a cabo "inmediatamente" a través de alguna de las leyes que están ahora en tramitación parlamentaria.


Desconectado tixe

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10886 en: 01 de Diciembre de 2013, 11:19:02 am »
Así que puedo disfrutar de ese día entre el 26 y el 31 de diciembre..... me huele a DENEGADO.


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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10887 en: 01 de Diciembre de 2013, 11:23:52 am »
Así que puedo disfrutar de ese día entre el 26 y el 31 de diciembre..... me huele a DENEGADO.

No se por qué me da que el periodista no tiene ni puñetera idea...la ley se supone que es la de acompañamiento a los presupuestos de 2014, con lo cual la cosa estaría meridianamente clara, en 2014....ahora bien, la aplicación es directa o diferida?

 ;risr;

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10888 en: 01 de Diciembre de 2013, 11:35:35 am »
Bueno pues rectifico, que es de sabios según dicen, la ley que lo contendrá no es la de Presupuestos Generales del Estado sino la Ley Orgánica de control de la deuda comercial en el sector público...con lo cual, si se publica en el BOE el 25...su aplicación me temo que si va a ser en "diferido".

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10889 en: 01 de Diciembre de 2013, 12:21:35 pm »
Pues a ver si se mueven bien y rápido los sindicatos para reclamar ese día en el periodo correspondiente desde la publicación 25 de diciembre hasta el 31 para, en caso de no poder pillarlo en ese perido, se pueda coger hasta el 31 de enero y salimos con un día más para el que viene.
¿y con ustedes que pasaría?, según lo que firmaron en su momento, me da la impresion de que se quedan fuera de la medida de "gracia"


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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10890 en: 01 de Diciembre de 2013, 13:41:22 pm »
Pues a ver si se mueven bien y rápido los sindicatos para reclamar ese día en el periodo correspondiente desde la publicación 25 de diciembre hasta el 31 para, en caso de no poder pillarlo en ese perido, se pueda coger hasta el 31 de enero y salimos con un día más para el que viene.
¿y con ustedes que pasaría?, según lo que firmaron en su momento, me da la impresion de que se quedan fuera de la medida de "gracia"

Se equivoca...tenemos los mismos días por asuntos particulares que cualquier otro funcionario, tres, si ahora se aumenta a cuatro...veremos el encuadre que se hace.

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10891 en: 01 de Diciembre de 2013, 14:02:04 pm »
Pues a ver si se mueven bien y rápido los sindicatos para reclamar ese día en el periodo correspondiente desde la publicación 25 de diciembre hasta el 31 para, en caso de no poder pillarlo en ese perido, se pueda coger hasta el 31 de enero y salimos con un día más para el que viene.
¿y con ustedes que pasaría?, según lo que firmaron en su momento, me da la impresion de que se quedan fuera de la medida de "gracia"

Se equivoca...tenemos los mismos días por asuntos particulares que cualquier otro funcionario, tres, si ahora se aumenta a cuatro...veremos el encuadre que se hace.
A ver que hacen.


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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10892 en: 01 de Diciembre de 2013, 14:02:48 pm »
Pues a ver si se mueven bien y rápido los sindicatos para reclamar ese día en el periodo correspondiente desde la publicación 25 de diciembre hasta el 31 para, en caso de no poder pillarlo en ese perido, se pueda coger hasta el 31 de enero y salimos con un día más para el que viene.
¿y con ustedes que pasaría?, según lo que firmaron en su momento, me da la impresion de que se quedan fuera de la medida de "gracia"

Se equivoca...tenemos los mismos días por asuntos particulares que cualquier otro funcionario, tres, si ahora se aumenta a cuatro...veremos el encuadre que se hace.
A ver que hacen.

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10893 en: 01 de Diciembre de 2013, 15:46:46 pm »
Deja de monopolizar el foro, pareces ronin.

A lo mejor es que de mayor quiero ser como él........., si quieres me voy.

Ni se te ocurra irte y dejar al Calandracas sólo que se crece en plan Risto Mejide.  :mj:


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Hola Aguilaverde.  Que tal hoy?

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Si quieres le pregunto, pero ya te dije que no levanta cabeza, de mal en peor.


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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10895 en: 02 de Diciembre de 2013, 17:25:26 pm »

La Policía recupera salario


Los municipales volverán a ingresar retribuciones de fines de semana, festivos y noches tras un acuerdo con el gobierno.
p. i. | redacción 02/12/2013    


Los policías cobrarán sábados, domingos, festivos y noches.Los policías cobrarán sábados, domingos, festivos y noches. dl


El alcalde de San Andrés del Rabanedo, Gregorio Chamorro, y el concejal de Policía, Tráfico y Personal, Francisco Herrero, han llegado a un acuerdo con el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España para zanjar la polémica sobre las retribuciones de los agentes locales surgida a raíz de la sentencia que les impedía cobrar los sábados, domingos, festivos y noches desde el pasado mes de mayo. Después de varios meses de negociación y de movilizaciones por parte de los policías, el equipo de gobierno ha llegado al acuerdo de incluir estas retribuciones, que suponían la pérdida de una media de 380 euros al mes (catorce mensualidades), en el complemento específico, tal y como marca la legislación vigente. Además, los policías locales recuperarán, de forma prorrateada, las cantidades no percibidas durante estos meses.

Herrero destacó la importancia de haber conseguido este pacto para la estabilidad de la plantilla de la Policía Local.

Sin incrementos

«Está claro que trabajan sábados, domingos y noches y tienen que cobrarlos», precisó. También hizo hincapié en que la inclusión de estas cantidades en el concepto complemento específico no supondrá ningún incremento en su sueldo sino percibir lo mismo que hasta ahora.

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10896 en: 03 de Diciembre de 2013, 13:23:06 pm »
Primera sentencia de un tribunal de rango autonómico

La justicia gallega obliga al Estado a devolver parte de la paga extra de Navidad a un funcionario

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha resuelto que el Estado debe devolver la parte proporcional ya devengada de la paga extra de Navidad a un funcionario. Es la primera que un tribunal de una comunidad autónoma declara la inconstitucionalidad del Real Decreto 20/2012 por el que anulan las nóminas extra a los trabajadores públicos. Fotografía: AJUBEL Una sentencia dictada por un tribunal de autonómico se suma por primera vez a la jurisprudencia de juzgados de lo contencioso administrativo en declarar la posible ilegalidad del real decreto emitido el año pasado por el Gobierno que anulaba la extra de los funcionarios y empleados públicos. Hasta ahora había autos similares de los juzgados de lo contencioso-administrativo (unipersonales) o de lo social (laborales) provinciales. La sentencia 794/2013, de 13 de noviembre, refuerza el criterio de inconstitucionalidad de la irretroactividad de la norma promulgada.

El TSJ de la Xunta ha resuelto que el Estado devuelva una cuarta parte de la paga extra devengada a un funcionario, adelantaba la semana pasada La Voz de Galicia. El auto, que recoge en su blog Antonio Arias, de la Sindicatura de Cuentas de Asturias, atiende el recurso interpuesto contra la nómina de un funcionario en diciembre de 2012, ante la "falta de abono de la parte proporcional de la paga extraordinaria del mes de diciembre, correspondiente al período comprendido entre el 1 de Junio y el 14 de julio de 2012". La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Galicia considera que "el recurrente habría generado (...) un total de 1 mes y 14 días, con la consiguiente consolidación del derecho al percibo de la paga extra correspondiente a dicho periodo y reconoce el derecho del recurrente a percibir la cantidad de 570,08 euros con los intereses legales correspondientes hasta que se abone. La sentencia, que aún no es firme, concluye que la paga "ya se había devengado paulatinamente en el momento de entrar en vigor el Real Decreto-Ley 20/2012 con su acumulación día a día bajo la única norma entonces vigente, "pues forma parte de la esfera de derechos económicos de los funcionarios, pendiente únicamente de su ulterior abono". Seguridad jurídica e irretroactividad El demandante, el funcionario A. G. Q, del Instituto Nacional de la Seguridad Social, basó su demanda en el el artículo 9.3 de la Constitución que impide "privar al funcionario de la parte proporcional ya devengada correspondiente al mes de junio y los primeros catorce primeros días de julio". El tribunal ha primado "el principio de seguridad jurídica (art.9.3 CE) y la irretroactividad de normas restrictivas de derechos individuales (art.9.3 CE), en la que ha incluido la naturaleza del derecho a la percepción de las remuneraciones por el trabajo efectivamente prestado". Para el TSXG "Este derecho a percibir la contraprestación por la labor profesional, podemos caracterizarlo como un derecho individual constitucionalmente cualificado (...) dentro del derecho al trabajo (art.35.1 CE) y del derecho a la igualdad ante las cargas públicas (art.31.1) (....)". La Sentencia recuerda también el principio comunitario de confianza legítima (STJCE 21-9-1983) que "forma parte de los principios fundamentales de la Unión (STJCE 5-5-1981 o STJUE del 24-3-2011) y se impone a la Administración por la fuerza del art. 3.1 de la propia Ley 30/1992 al interpretar los derechos fundamentales y libertades públicas (art.10 CE)". Los argumentos del Constitucional La justicia gallega también fundamenta su sentencia en la jurisprudencia del Tribunal Contitucional (TC). En concreto, cita la sentencia del 150/90, aplicable al caso retributivo: "el principio de seguridad jurídica (...) protege (...) la confianza de los ciudadanos que ajustan su conducta económica a la legislación vigente, frente a cambios normativos que no sean razonablemente previsibles". Otra de las alusiones al TC está la sentencia de 8-11-2011 que declara la inconstitucionalidad de norma fiscal retroactiva: "No está justificado en el interés general el sacrificio de la parte de retribución en concepto de paga extraordinaria generada antes de la publicación de la Ley". "El Decreto-Ley calla sobre las razones que pueden llevarle a esa retroactividad (...). Consideramos que estamos ante el sacrificio de un derecho individual cualificado por comprometer la seguridad jurídica a la luz de la confianza legítima e interdicción de la arbitrariedad", continúa la sentencia, citando al TC. Las diferencias entre los decretos de 2010 y 2012 La Sala diferencia el anterior Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo cuando era presidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, del Decreto-Ley 20/2012 emitido siendo presidente Mariano Rajoy, y contra el que falla el auto gallego. Aduce que el primero afectaba sólo a derechos económicos "aún no devengados" por corresponder a mensualidades en las que aún no se ha prestado el servicio público y no incorporadas al patrimonio del funcionario. Sin embargo, el segundo, promulgado para ahorrar 65.000 millones junto con la subida del IVA, la eliminación de la desgravacion por vivienda y la reducción del subsidio de desempleo, sí sería inconstitucional puesto que la referencia temporal de generación del derecho es mensual y además, el funcionario afectado ya había trabajado efectivamente cuando se le devengó: "Cabría hablar de derechos adquiridos", afirma. Alusiones al Código Civil Recuerda asimismo el artículo 2.3 del Código Civil, que establece que "las leyes no tendrán efecto retroactivo, si no dispusiesen lo contrario". Dado que el Real Decreto 20/2012, "pudiendo decirlo, nada dice de su aplicación retroactiva, no es aceptable una interpretación judicial extensiva de tal vigencia respecto del derecho generado en el período comprendido entre el 1 de Junio y el 14 de julio". La sentencia cita también la naturaleza salarial de la extra de los funcionarios, que lleva "a que sean aplicables los criterios técnico-jurídicos de adquisición, devengo y abono propios del colectivo laboral".

Se remite, en este caso, a a la sentencia de la Sala de lo Social del TSJ de Madrid de 17-7-2013, la cual clarifica el devengo como el día en el que se adquiere el derecho a alguna percepción o retribución por razón del trabajo, desde el que se producen los efectos», la liquidación-momento en que se cuantifica (se concreta el pago total) la cantidad devengada a abonar que suele ser los primeros días (del día 1 al día 5) del mes cuando se realiza la nómina y el abono-momento en que se cobra lo devengado. Sueldo por trabajar, no expectativas de salario "Las pagas extraordinarias constituyen una manifestación del llamado salario diferido, se devengan día a día, aunque su vencimiento tiene lugar en determinados meses del año, y su importe debe equipararse al salario regularmente percibido por el trabajador, no constituyendo meras expectativas, por lo que los trabajadores, demandantes, tienen derecho a su percepción". El TSJ de Galicia argumenta, además, que un mismo concepto retributivo (paga extraordinaria) no puede ser a la vez fraccionable y no fraccionable para un mismo legislador y aplicarse proporcionalmente en caso de licencias, ausencia injustificada, huelga o sanción disciplinaria y sin criterio proporcionalidad a la hora de suprimirlo. "Se impone un principio de coherencia y armonía del grupo normativo regulador del régimen retributivo, especialmente si tenemos presente que un Decreto-Ley por su naturaleza excepcional no tiene por misión innovar conceptos generales o estructurales de la función pública sino utilizar instrumentalmente la referencia a los conceptos fijados por leyes ordinarias y estables". Volver sobre su pasos La sentencia se une a los diversos pronunciamientos jurisprudenciales que han estimado demandas similares sin plantearse cuestiones de inconstitucionalidad, como la dictada por los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de Palencia de 29-5-2013, la de Alicante de 11-7-2013; la de de Barcelona de 26-7-2013; la de Palencia o la de de 25-9-2013 de Madrid. En lo social, recuerda Antonio Arias, hay precedentes de los Tribunales Superiores de Justicia de de Madrid, de 14-12-2012, o la de Aragón de 11-7-2013. Esta nueva sentencia, unida a que el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite al posible ilegalidad de la norma puede acelerar la decisión del Gobierno de reconsiderar la polémica medida y devolver al menos una parte de la paga suprimida.

La justicia gallega anula la supresión de la paga extra de Navidad ya devengada a un funcionario,Servicio Público. Expansión.com

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10897 en: 03 de Diciembre de 2013, 13:25:16 pm »
La sentencia 794/2013, de 13 de noviembre, refuerza el criterio de inconstitucionalidad de la irretroactividad de la norma promulgada.

Ahí la tienen.

http://fiscalizacion.es/files/2013/11/Sentencia-00794-2013-TSJG-Paga-Extra-2012.pdf

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10898 en: 03 de Diciembre de 2013, 23:55:02 pm »
Castilla y León tendrá que devolver a sus funcionarios la extra de Navidad retirada en 2012

Según el CSI-F, los pronunciamientos judiciales sobre la retirada de la paga extra han forzado a la Junta a devolver esta parte del salario a los trabajadores. Esta medida afectaría a 86.000 trabajadores públicos entre funcionarios y personal laboral y supondrá un total de 20 millones de euros. La Junta y los sindicatos se reunirán en los próximos días. Exigen a toda la administración que siga el ejemplo.

20MINUTOS.ES. 03.12.2013 - 20:55h

Unos 86.000 funcionarios de Castilla y León cobrarán finalmente la paga extra de Navidad que el Gobierno retiró el año pasado, según ha comunicado este martes la consejera de Hacienda de la Junta castellanoleonesa a los sindicatos. Castilla y León será la primera administración pública en devolver la paga devengada en 2012 a los empleados públicos tras el decreto de recortes del Gobierno central. La medida afectará a 86.000 trabajadores públicos entre funcionarios y personal laboral A lo largo de los próximos días, la Junta se reunirá con los sindicatos para abordar los detalles de esta devolución, que afecta tanto a funcionarios como a personal laboral y que supondría un total de 20 millones de euros. En un comunicado, el CSI-F señala que los diferentes pronunciamientos judiciales sobre la retirada de la paga extra a los funcionarios el año pasado ha forzado a la Junta de Castilla y León, gobernada por el PP, a devolver esta parte del salario a los trabajadores.

El escrito reclama al resto de comunidades autónomas que sigan el ejemplo de Castilla y León y exige al Gobierno de Rajoy que habilite "un crédito extraordinario en los Presupuestos Generales del Estado" con este mismo fin. El CSI-F confía en que la devolución sea "cuestión de tiempo" y considera que "las sentencias que se están produciendo en el conjunto del Estado" y "las cuestiones de inconstitucionalidad que el Tribunal Constitucional tiene sobre la mesa"deberán precipitar la situación.

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10899 en: 04 de Diciembre de 2013, 00:12:24 am »
Buenas noches compis,
Os quiero consultar algo para que me deis opiniones, especialmente los mas veteranos y los que mas os habeis movido por unidades o los que estais en turno de tarde.

Consulta dirigida a Compañeros de PMM

Si apruebas de cabo en PMM y caes en el turno de tarde... es muy dificil poder salir de el a la mañana o la noche?? cuantos años se puede tardar?

Yo estoy en el turno de noche, me planteo si presentarme a cabo y en caso de que llegara a aprobar, el turno de tarde me vendria horriblemente mal, por eso me planteo si se podría salir de él y lo que se tardaria ya que para mi seria un gran impedimento caer en ese turno.

Cualquier aportacion se agradece ya que aqui cada unidad y turno es un mundo.

Gracias y saludos
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