Autor Tema: Sueldos, turnos y destinos  (Leído 1275992 veces)

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10960 en: 07 de Febrero de 2014, 16:42:56 pm »

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10961 en: 07 de Febrero de 2014, 16:44:32 pm »

Quiero mis 44 días de la paga extra de diciembre de 2012

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10963 en: 08 de Febrero de 2014, 14:19:51 pm »
Me parece bien. Yo tengo a PMM en mi unidad que ni cumplen con la jornada laboral, ni hacen fines de semana, van de paisano, no salen casi de las oficinas del dpto, alguno van de conductores de los suboficiales que tienen puestos de adjuntos o jefes de dpto..... y cobran más de 2500. Al menos estos salen a currar.


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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10964 en: 08 de Febrero de 2014, 14:21:29 pm »
Me parece bien. Yo tengo a PMM en mi unidad que ni cumplen con la jornada laboral, ni hacen fines de semana, van de paisano, no salen casi de las oficinas del dpto, alguno van de conductores de los suboficiales que tienen puestos de adjuntos o jefes de dpto..... y cobran más de 2500. Al menos estos salen a currar.

Por 2500 yo ni me levanto de la cama...mínimo 4000, lo bueno hay que pagarlo.  :carcaj


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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10966 en: 08 de Febrero de 2014, 14:28:13 pm »
Por mucho plus que tengan estas unidades dudo que alcancen un neto de 3650 euros mensuales.

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10967 en: 08 de Febrero de 2014, 14:29:25 pm »
Por mucho plus que tengan estas unidades dudo que alcancen un neto de 3650 euros mensuales.
no lo llegan, ni los que están todo el día de viaje por ahí. ..

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10968 en: 08 de Febrero de 2014, 14:52:36 pm »
Por mucho plus que tengan estas unidades dudo que alcancen un neto de 3650 euros mensuales.
Claro que no, pero debe ser otra parte de la publicidad anti uip


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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10969 en: 11 de Febrero de 2014, 16:05:46 pm »

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10970 en: 11 de Febrero de 2014, 16:41:06 pm »


Mérida

El juzgado anula la modificación de la jornada laboral de la Policía Local


El Ayuntamiento recurrirá la decisión del juez con justificaciones económicas y de efectividad de trabajo
11.02.14 - 15:15 - M. Ángeles Morcillo | Mérida   
 
El juzgado de lo contencioso administrativo nº 1 de Mérida ha notificado al Ayuntamiento de Mérida que ha estimado el recurso interpuesto por representantes de Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (SPPME), de la central sindical independiente de funcionarios (CSI-F) y Comisiones Obreras (CCOO) contra acuerdos tomados por el Consistorio para la modificación y reorganización de la jornada laboral de la Policía Local.

En este sentido, el juez interpreta en su sentencia que no hubo negociación colectiva suficiente que amparara este cambio de jornada, lo que lleva en su fallo a declarar nulo el acuerdo. Por esta jornada, los policías locales de la ciudad pasaron a trabajar 37,5 horas semanales.

Respetamos esta sentencia, aunque no estamos de acuerdo con la interpretación que hace este juez del ámbito de las negociaciones con los sindicatos, pues se desarrollaron todas y cada unas de ellas para la toma de los acuerdos posteriores en la junta local de gobierno”. Así lo confirma la concejal de Policía Local, Raquel Bravo, que declara que, a día de hoy, el equipo de gobierno sigue defendiendo la jornada laboral que implantó en ese momento, añadiendo que van a apelar la sentencia al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, ante el que van a exponer sus razones y demostrar los beneficios que supone para la ciudad. “No nos vamos a desdecir de la decisión que tomamos en su día, ya que el juez no ha valorado si la jornada es buena o mala, legal o ilegal”.

Bravo añade que el equipo de gobierno toma esta decisión por dos cuestiones fundamentales. La primera de ellas es conseguir bajar el déficit del 16%. En este sentido, la concejala explica que con la modificación de esta jornada se produjo una reducción de las 48 horas extras que todos los policías locales de la ciudad cobraban por adelantado, las trabajaran o no, a una media de 42 euros la hora. Que en dinero se traduce en 298.397,10 euros anuales, alrededor de un millón de euros a lo largo de la legislatura, según indica la delegada.

La segunda de las razones que expone Bravo para llevar a cabo esta modificación de jornada es para conseguir una mayor efectividad en el trabajo de la policía que posibilite sacar a la calle a un mayor número de agentes que dote de más seguridad la ciudad. Pone como ejemplo que ahora esta jornada les permite atender las entradas y salidas de los niños en los colegios de la ciudad, cosa que antes se hacía difícil.

Por otra parte, señala que el juzgado de lo contencioso administrativo nº 2 le ha dado la razón al Ayuntamiento con respecto al cobro indebido que recibieron doce policías locales por una cantidad total de 8.000 euros por agente en concepto de exceso de jornada y gratificación

El equipo de gobierno inició el procedimiento para que ese dinero fuera devuelto a las arcas municipales, por lo que se le retiró de la nómina a cada uno de los funcionarios la parte proporcional de este dinero.

Asimismo, señala que el juzgado de instrucción nº 1 de Mérida solicita apelación a la audiencia provincial, en la sección número 3 de Mérida, que ampara la sentencia del contencioso de la decisión del equipo de gobierno, concretamente del anterior delegado de la Policía Local, el actual asesor municipal Manuel Balastegui, de denegar un permiso que se solicitó el 3 de marzo de 2013 por parte de un agente de la Policía Local, miembro del sindicato SPPME, concretamente Pablo Simón, el día que se celebraba la Media Maratón en la ciudad, un domingo. Explica Bravo que este agente solicitó horas sindicales, que le fueron denegadas por parte de Balastegui.

En este sentido, Simón se querelló contra el Ayuntamiento por prevaricación y atentado contra los derechos fundamentales contra Balastegui. El juzgado de instrucción nº 1 dictó sobreseimiento del caso el 29 de noviembre de 2013. Se dictó el recurso de apelación por parte de este policía.

El 23 de enero de 2014, la audiencia provincial ha vuelto a ratificar el sobreseimiento de esa demanda. “Queda claro y evidente que no ha habido en ninguno de los casos ni prevaricación, ni abuso de poder ni vulneración de los derechos fundamentales y que el juez estima que la decisión que se tomó por parte de Balastegui fue correcta”, afirma Bravo, quien añade que este trabajador, en uno año, había disfrutado de 93 días de asuntos sindicales, la mayor parte de ellos en turnos de sábados, domingos, festivos y turnos de noche.

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10971 en: 17 de Febrero de 2014, 16:37:48 pm »

Quiero mis 44 días de la paga extra de diciembre de 2012

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10972 en: 18 de Febrero de 2014, 11:04:49 am »

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10973 en: 21 de Febrero de 2014, 14:38:36 pm »
Interior es condenado a devolver a un funcionario de prisiones parte de la 'paga extra' de 2012

La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio del Interior a devolver a un funcionario de prisiones la parte proporcional de la paga 'extra' y del complemento específico, devengados entre el 1 de junio y el 14 de julio de 2012, cuando entró en vigor el decreto 'antidéficit' del Gobierno

La sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 4 de Madrid es firme y supone la primera condena a la Administración General del Estado (AGE) por la retirada de la paga 'extra'. Hasta ahora, todos los pronunciamientos judiciales se habían producido a nivel autonómico y local.

Según el sindicato de funcionarios CSI-F, la sentencia no deja lugar a dudas, pues censura "la aplicación retroactiva del Real Decreto porque contravendría los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima".


Según CSIF, la sentencia censura "la aplicación retroactiva del Real Decreto porque contravendría los principios de seguridad jurídica y confianza legítima"Se reconoce el derecho del funcionario demandante a que le sea abonada la parte proporcional de la paga extra de diciembre devengada entre el 1 de junio y el 14 de julio, así como la parte proporcional del complemento específico y demás cantidades que deberían abonarse junto con la paga extraordinaria.

La paga extra de junio corresponde al periodo que va desde el 1 de diciembre anterior hasta el 31 de mayo, en tanto que la de diciembre se devenga entre el 1 de junio y el 30 de noviembre.

El juez entiende que el decreto ley que suprimió la paga extra de diciembre y que entró en vigor el 15 de julio no afecta a la parte devengada entre el 1 de junio y el 14 de julio, fecha hasta la que los funcionarios mantenían el derecho a percibir las dos pagas extra en 2012.

El juez explica que, aunque la paga se cobra de forma acumulada al vencimiento de los seis meses durante los que se devenga, no hay ningún impedimento para que en determinadas circunstancias se produzca una liquidación parcial.

Por otro lado, el juez no ve necesario llevar el asunto al Tribunal Constitucional, tal y como planteaba el abogado del Estado, al considerarlo "superfluo tanto en términos lógicos como de economía procesal".

El sindicato presidido por Miguel Borra afirma que esta sentencia supone un colofón de una cadena de pronunciamientos judiciales a lo largo y ancho del Estado y tiene una gran relevancia desde el punto de vista jurídico.

http://www.20minutos.es/noticia/2065319/0/interior/funcionario/paga-extra/
Antes el cáncer eran las horas, ahora son los sindicatos.

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10974 en: 26 de Febrero de 2014, 10:47:41 am »
Contra el artículo 2 del Real Decreto 20/2012

El Tribunal Supremo plantea una cuestión de inconstitucionalidad por la paga extra de los funcionarios

25.02.2014 M. C. G. / Agencias 0

El Tribunal Supremo planteará una cuestión de inconstitucionalidad contra el artículo 2 del Real Decreto 20/2012 por el que se suprime la paga extra de Navidad a los funcionarios y empleados públicos. Se trata de la cuarta iniciativa de este tipo planteada y admitida a trámite. El Pleno de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo planteará una cuestión de inconstitucionalidad en relación con el Real Decreto de 2012 que suprimió la paga extraordinaria a los funcionarios. Es la cuarta cuestión sobre el mismo asunto, que ya han sido admitidas a trámite, presentada por juzgados de lo social, lo contencioso-administrativo y la Audiencia Nacional.

Esta vez se trata de un recurso planteado por un funcionario del propio Tribunal Constitucional contra la decisión de este órgano de rechazar el recurso de alzada que el trabajador interpuso tras sufrir el recorte, en el que había pedido que le devolvieran la paga extra de verano en su totalidad. La decisión del alto tribunal fue adoptada el lunes con el apoyo de 17 de los magistrados que componían el Pleno, contra los votos de los 14 que se posicionaron en contra, ha señalado fuentes de este órgano a Europa Press. El Supremo rechazó la pretensión del funcionario aunque ha tenido en cuenta la petición que este realizó con carácter subsidiario y presentará una cuestión en la que preguntará al Tribunal de Garantías si es o no constitucional haber recortado al trabajador la paga también respecto a la primera quincena de julio, cuando la reforma que eliminó el salario extra entró en vigor el 15 de julio de 2012, es decir, que aplicó el recorte con efecto retroactivo.

Las dudas de la constitucionalidad de la norma giran en torno a este hecho: la paga extra se suspendió en julio de 2012 cuando ya se habían devengado 15 días de ese salario, ya que siguiendo doctrina del propio Tribunal Supremo, esta paga se refiere a todo el año. El pasado viernes un juzgado de Madrid condenó al Ministerio de Interior a devolver a un funcionario parte de la paga extra, lo que ha supuesto la primera sentencia en firme contra la Administración Central, aunque en esta ocasión no se presentó cuestión de inconstitucionalidad. Hace tres meses se publicó el primer auto de rango autonómico emitido por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) que obligaba también a devolver el salario detraído a un funcionario gallego y elevaba la cuestión de inconstitucionalidad. También presentaron idéntica cuestión el juzgado número 5 de lo Social de Santa Cruz de Tenerife y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).

El Tribunal Supremo plantea una cuestión de inconstitucionalidad por la paga extra de los funcionarios,Servicio Público. Expansión.com

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10975 en: 28 de Febrero de 2014, 13:17:17 pm »


Quiero mis 44 días de la paga extra de diciembre de 2012
Tres mossos cobran parte de la paga extra de 2012 y abren el camino al resto de funcionarios

La Generalitat eliminó una parte de la paga extra de Navidad de 2012.
La medida de pago podría extenderse a unos 160.000 funcionarios.
La justicia dio la razón a los tres agentes el pasado mes de octubre.

El gobierno catalán pagará este mes a tres agentes de los Mossos d'Esquadra una parte de la paga extra de Navidad de 2012 que eliminó el Gobierno, una decisión que abre el camino a que la medida se pueda extender a los 160.000 empleados públicos dependientes de la Generalitat.

El sindicato policial SAP-UGT ha dado a conocer esta tarde de miércoles que algunos funcionarios ya habían empezado a cobrar parte de esa paga, mientras que fuentes del Departamento de Gobernación han admitido que se trata de tres agentes de los Mossos, a los que la justicia dio la razón en octubre.

Sentencia firme

Estas fuentes han precisado que la sentencia es "firme" y que, por ello, la Generalitat ha ordenado este pago, que se abonará esta semana, aunque los funcionarios afectados ya conocen lo que cobrarán porque así viene reflejado en las nóminas que figuran en el portal del empleado de la Generalitat.

Precisamente, según ha podido comprobar, en la nómina de febrero de uno de estos tres mossos figura una partida denominada "paga extraordinaria" por valor de 267,21 euros en el apartado de atrasos, un concepto que se correspondería con la victoria judicial por la reclamación que plantearon para recuperar la parte proporcional de esta paga eliminada.

Pendientes del dictamen del Constitucional

El pago de esta cantidad abre la puerta ahora a que el resto de funcionarios de la Generalitat puedan beneficiarse de este pago, si bien el gobierno está a la espera de que el Tribunal Constitucional decida si unifica la doctrina respecto a esta materia.

Una sentencia dio la razón a estos agentes de los Mossos en octubre del año pasado a raíz de la decisión del Gobierno de eliminar la paga extra de Navidad de 2012, que fue aplicada también por la Generalitat. Estos funcionarios entendían que la paga extra se suprimió a mediados de julio de 2012, cuando ya se habían devengado 44 días de esa paga extraordinaria, la misma proporción que ahora podrían cobrar los funcionarios de la Generalitat, mientras que el personal laboral podría tener derecho a 14 días.

En un comunicado, UGT ha pedido que se pague esta parte de la paga extra a todos los funcionarios catalanes y precisa que ha promovido ya la presentación de más de 10.000 recursos individuales en este sentido.


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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10976 en: 11 de Marzo de 2014, 15:38:01 pm »

POLÍTICAS DE PERSONAL EN EL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA


Se rubrica el acuerdo para pagar la extra en dos veces



Solo el sindicato CSL, que pedía cobrar todo en mayo, se negó a firmar

D. L. G. 11/03/2014    

El Ayuntamiento de Zaragoza pagará la parte devengada de la paga extra de Navidad del 2012 en las nóminas de mayo y octubre. Así se rubricó un acuerdo que ya había trascendido el pasado viernes y que hace que, al final, los dos días que se dieron de plazo para hacer definitiva la solución, solo hayan servido para posponer lo que ya se había pactado. La responsable municipal de Régimen Interior, Lola Ranera, confiaba en que todos los sindicatos se sumaran a esta propuesta pero no pudo ser.

Finalmente, el sindicato CSL-Cipol no se sumó a este acuerdo mayoritario y mantuvo su posición, que planteaba un único pago y hacerlo en la nómina de mayo. Así que la decisión se rubricó con el apoyo de UGT, CCOO, OSTA, CGT y CSIF, que aceptaron, por otra parte, retirar de los recursos presentados en el juzgado la parte que exigía el abono de la parte devengada, correspondiente a los 44 días del 2012 que ya habían transcurrido antes de la aprobación del decreto ley que les suprimía la extra de diciembre --del 1 de junio al 14 de julio--.

Se le abonará a "todos los empleados públicos", 5.700 trabajadores, pero también al personal que estuviera en situación de servicio activo durante el período en el que se suspendió la paga extra, y que a la fecha de cese no hubiesen cobrado en la liquidación la parte correspondiente. "Se cierra así un capítulo en la reclamación de la paga extra -el 75% restante sigue pendiente-, que de otra forma podría alargarse indefinidamente en los tribunales superiores", señaló la Junta de Personal.

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10977 en: 11 de Marzo de 2014, 21:16:56 pm »
Y ¿aqui que ¿otra vez los últimos en todo?


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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10978 en: 12 de Marzo de 2014, 00:20:20 am »
Y ¿aqui que ¿otra vez los últimos en todo?

Yes, cup of cafe con leche.

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Re: Sueldos, turnos y destinos
« Respuesta #10979 en: 20 de Marzo de 2014, 19:39:28 pm »