Autor Tema: Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.  (Leído 39427 veces)

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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #160 en: 28 de Octubre de 2013, 22:45:04 pm »
Pues por la parte que nos toca a los que ya somos abogo por aprovechar esa modificación de la ley e introducir el grupo C, el bachiller y la carrera profesional para que seamos considerados técnicos en la materia.
Eso ya sí que es imposible ahora mismo, eso supondría pagar más dinero, y no está el horno para bollos, aunque considero que en todas las comunidades deberían tener ese grupo C.

Pues son reinvindiaciones históricas de los PLs de MADRID...los más torpes de España junto con los catalanes.

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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #161 en: 04 de Noviembre de 2013, 17:44:10 pm »
Pues nada señores, que la cosa pinta muy muy muy bien para el cambio del límite de edad.
Sigo trabajando en la sobra. Mi reunión la tendré a finales de mes. Y ya de paso me informaré también en cuanto a lo de los grupos, pero eso estoy al 99'9% que ahora no se va a modificar, no hay dinero, pero en un futuro.....no lo descarto. De momento, sinceramente, con que modifiquen el límite de edad....me vale. Pero como os podéis dar cuenta, me muevo.
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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #162 en: 04 de Noviembre de 2013, 17:51:47 pm »

Pues nada señores, que la cosa pinta muy muy muy bien para el cambio del límite de edad.
Sigo trabajando en la sobra. Mi reunión la tendré a finales de mes. Y ya de paso me informaré también en cuanto a lo de los grupos, pero eso estoy al 99'9% que ahora no se va a modificar, no hay dinero, pero en un futuro.....no lo descarto. De momento, sinceramente, con que modifiquen el límite de edad....me vale. Pero como os podéis dar cuenta, me muevo.
y muchos somos los que te lo agradecemos.



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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #163 en: 04 de Noviembre de 2013, 18:39:53 pm »
Pues nada señores, que la cosa pinta muy muy muy bien para el cambio del límite de edad.
Sigo trabajando en la sobra. Mi reunión la tendré a finales de mes. Y ya de paso me informaré también en cuanto a lo de los grupos, pero eso estoy al 99'9% que ahora no se va a modificar, no hay dinero, pero en un futuro.....no lo descarto. De momento, sinceramente, con que modifiquen el límite de edad....me vale. Pero como os podéis dar cuenta, me muevo.

Los más torpes de España.............y con la modificación...viejos

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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #164 en: 04 de Noviembre de 2013, 18:48:22 pm »
Propuesta modificación Ley Coordinación Policías Locales Comunidad de Madrid 

En la mañana del 31 de octubre de 2013 se ha celebrado la Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales, para informarnos de la modificación de determinados artículos de la Ley de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid. Respecto a la reserva de plazas para militares, hemos manifestado nuestro rechazo, reivindicando a otros colectivos mas cercanos a nosotros como....

CPPM regional 

Nov4


Rechazo frontal a la modificación parcial de la Ley 4/1992 de Coordinación Policías Locales Com. Madrid 

La Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales, se reunió el pasado 31 de octubre, a instancia del Gobierno Regional, para realizar diversas modificaciones a la Ley de Coordinación. Desde el Colectivo Profesional de Policía Municipal (CPPM), queremos manifestar nuestro más enérgico malestar por las manipulaciones..

CPPM regional 

La Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales, se reunió el pasado 31 de octubre, a instancia del Gobierno Regional, para realizar diversas modificaciones a la Ley de Coordinación.

Desde el Colectivo Profesional de Policía Municipal (CPPM), queremos manifestar nuestro más enérgico malestar por las manipulaciones que está sufriendo una ley esencial, como es la Ley de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid (Ley 4/92 8 de Julio).

El Gobierno Regional no aborda el problema de tener una ley obsoleta, caduca y rancia, sino que simplemente realiza parches en dicha ley para el antojo de determinadas personas y determinados fines. Sin solucionar el verdadero problema existente que tenemos los Policías Locales.

Desde CPPM insistimos: No a la reserva de ningún porcentaje para militares sin antes contar con los Agentes de Movilidad y Auxiliares de policía, compañeros directos de nuestro día a día.

Además, esta modificación que se quiere realizar en la ley no soluciona la problemática existente, ya que no aborda la subida de grupo o la clasificación profesional - demanda ésta histórica de nuestro colectivo -.

Decir a este respecto, que la Ley con la que cuentan los Policías Locales de la CAM es una de las más antiguas de España y, ésta obstaculiza la movilidad geográfica y el buen funcionamiento de las Policías Locales de esta Comunidad.

Otro malestar de nuestro colectivo es el desmantelamiento de la Academia de Policías de la Comunidad de Madrid. Donde se ha pasado de ser una de las Academias de referencia de interés nacional a estar prácticamente en desuso. Ignoramos porqué esta desidia por parte del Gobierno Regional.

Desde CPPM, colectivo mayoritario de Policías Locales, instamos al Gobierno Regional a reconsiderar esta situación y que se reforme de manera definitiva dicha ley de Coordinación, incluyendo la subida de grupo y categorías profesionales; así como la reactivación de la Academia de Policía. De no ser así, nos veríamos obligados a realizar las acciones que consideremos oportunas, no descartando movilizaciones, con el fin de conseguir la ansiada reforma de una ley que consideramos de máxima importancia para el desempeño de nuestras funciones.

En la mañana del 31 de octubre de 2013 se ha celebrado la Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales, para informarnos de la modificación de determinados artículos de la Ley de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

En archivo adjunto os remitimos las modificaciones que han aprobado.

Respecto a la reserva de plazas para militares, hemos manifestado nuestro rechazo, reivindicando a otros colectivos mas cercanos a nosotros como los Auxiliares de Policía y los Agentes de Movilidad.

Los Sindicatos informamos de la necesidad de reformar el conjunto de la Ley por obsoleta,y que se  aborde de manera inmediata la subida de grupos.


 
Modificaciones

http://www.cppm.es/images/docs/novedades/2013/Propuesta_modificacion_ley_coordinacion_policias_locales_nov2013.pdf

PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 4/1992, DE 8 DE JULIO, DE
COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

La modificación propuesta consiste en atribuir a la Ley 4/1992, de 8 de julio, de
Coordinación de Policías Locales, una nueva redacción, con el siguiente contenido:

La letra b) del artículo 34 queda redactada como sigue:

b) Tener dieciocho años y no superar los cuarenta, antes de que finalice el plazo de
presentación de instancias.

Se añade un segundo apartado al artículo 34, con la siguiente redacción:

2. Sin perjuicio de la reserva establecida en el artículo 37 de la presente Ley para
promoción interna, el acceso a los Cuerpos de Policía Local en la Escala Técnica o
de Mando se realizará a través del ingreso por concurso-oposición libre en las
categorías de Oficial, Subinspector e Inspector, según los mismos principios y límites
de edad mínima y máxima establecidos en el párrafo anterior.

No obstante, cuando los aspirantes a las plazas ostenten en el momento de
realizarse la correspondiente convocatoria la condición de funcionario de un Cuerpo
de Policía Local, o de otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado si existiera
reciprocidad en términos similares en la normativa de origen del aspirante, no les
será de aplicación la limitación de edad máxima exigida.

Se añade un tercer apartado al artículo 34, con la siguiente redacción:

3. Las bases de ingreso en los Cuerpos de Policía Local a través de la categoría de
Policía podrán determinar una reserva de un máximo del veinte por ciento de las
plazas convocadas para el acceso libre de militares profesionales de tropa y
marinería con más de cinco años de servicio que cumplan los requisitos establecidos
para el ingreso en éstos.

La referencia numérica 3. del artículo 35 queda redactada como sigue:
3. Pruebas de nivel básico tanto de idiomas como del ordenamiento jurídico.

El artículo 38 queda redactado como sigue:

Artículo 38. Ingreso en plazas de la misma categoría de otros Cuerpos de
Policía Local

1. En las convocatorias de la categoría de Policía deberá reservarse un veinte por
ciento de las plazas para su cobertura por miembros de esta categoría de otros
Cuerpos de Policía Local de la región. Las plazas vinculadas a las Brigadas
Especiales de Seguridad de la Comunidad de Madrid que resulten vacantes en el
Ayuntamiento de procedencia con motivo de este ingreso, sólo podrán ser cubiertas
por otros efectivos adscritos a dichas Brigadas, mediante convocatoria específica
cursada al efecto.

2. Cuando se trate de cobertura de plazas de otras categorías profesionales, la
reserva indicada en el apartado anterior tendrá carácter potestativo.

3. El procedimiento de cobertura de las plazas indicadas en los apartados
anteriores será de concurso–oposición, debiéndose superar un curso selectivo de
formación, impartido por el Ayuntamiento convocante.

Serán aplicables al concurso, de carácter no eliminatorio, al curso selectivo de
formación, así como a la calificación definitiva del proceso selectivo, las
prescripciones contenidas en el correspondiente texto reglamentario.

El ejercicio de oposición será eliminatorio, correspondiendo la determinación de su
contenido al Ayuntamiento convocante.

Se añade una nueva Disposición Adicional Cuarta. Adaptación calificaciones

El porcentaje de puntuación de las calificaciones finales de las diferentes pruebas de la
fase de oposición de naturaleza puntuable para la calificación definitiva de la misma
será establecido por los respectivos Ayuntamientos en la correspondiente convocatoria,
sin que en ningún caso pueda existir una diferencia de puntuación entre las pruebas
superior a un veinte por ciento

http://www.cppm.es/179-seccionescppm/cppm-regional/774-rechazo-frontal-a-la-modificacion-parcial-de-la-ley-4-1992-de-coordinacion-policias-locales-com-madrid
« Última modificación: 04 de Noviembre de 2013, 19:09:47 pm por 47ronin »

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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #165 en: 04 de Noviembre de 2013, 20:49:54 pm »
Desde CPPM, colectivo mayoritario de Policías Locales, instamos al Gobierno Regional a reconsiderar esta situación y que se reforme de manera definitiva dicha ley de Coordinación, incluyendo la subida de grupo y categorías profesionales; así como la reactivación de la Academia de Policía. De no ser así, nos veríamos obligados a realizar las acciones que consideremos oportunas, no descartando movilizaciones, con el fin de conseguir la ansiada reforma de una ley que consideramos de máxima importancia para el desempeño de nuestras funciones.


 :ojones . . . me parto y me mondo . . . este párrafo es de lo mejorcito que he escuchado últimamente en un sindicato . . .  :carcaj

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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #166 en: 04 de Noviembre de 2013, 21:21:05 pm »
 :Manifa :Manifa :Manifa :Manifa :Manifa

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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #167 en: 04 de Noviembre de 2013, 21:50:58 pm »
 . . .  si vamos, movilizaciones masivas . . .

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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #168 en: 05 de Noviembre de 2013, 10:40:37 am »

El Gobierno Regional no aborda el problema de tener una ley obsoleta, caduca y rancia, sino que simplemente realiza parches en dicha ley para el antojo de determinadas personas y determinados fines. Sin solucionar el verdadero problema existente que tenemos los Policías Locales.
A mi lo que me hace gracia es lo del antojo de determinadas personas jajajaja. Debe ser que últimamente los Tribunales están para los antojos de determinadas personas ;) Es tan sencillo como que una modificación le cuesta dinero a la CCAA y la otra no, y ahora mismo no esta el patio como para gastar mas dinero.
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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #169 en: 05 de Noviembre de 2013, 10:43:23 am »
Por cierto, dicho sea de paso, ahora entiendo la diferencia entre UPM (sindicato que ha estado ayudándome en lo que necesitase) y CPPM  :Ok
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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #170 en: 05 de Noviembre de 2013, 10:48:17 am »
Por cierto, dicho sea de paso, ahora entiendo la diferencia entre UPM (sindicato que ha estado ayudándome en lo que necesitase) y CPPM  :Ok

Cierto...la diferencia está, seguramente, en que CPPM es miembro de la Comisión y UPM, no.

Incluir la modificación de la edad es una cuestión de cumplimiento de lo que el Supremo ya falló en su momento y UPM no hace sino hacerles un guiño de cara a una afiliación de futuro sumándose a lo que a todas luces se contendría dentro de futuras modificaciones, pero tenga en cuenta que desde hace años venimos reclamando otras modificaciones de la ley que la adecúen a las del resto de las Comunidades y para ellas la CAM nunca tiene tiempo o dinero...amén de escudarse en leyes futuras, como hace en esta carta.


A ustedes, los opositores mayores de 30 años, les parece correcta la modificación de la edad a fin de tener más oportunidades para el acceso, y a nosotros, los que ya somos parte de estos Cuerpos nos parece que grupo, carrera profesional, estudios, segunda actividad etc...deben ser modificados y adecuados a lo que otras leyes han incluido y no mantener a los policías madrileños como los más torpes de España.
« Última modificación: 05 de Noviembre de 2013, 10:59:49 am por 47ronin »

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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #171 en: 05 de Noviembre de 2013, 11:12:46 am »
En el último párrafo que ha escrito estoy totalmente de acuerdo con usted, y así se lo hice saber por mensaje privado, pero ha de entender que ahora mismo la economía tanto madrileña como estatal no está para tirar cohetes, estoy convencido que se terminará cambiando, pero ya vendrán tiempos mejores (económicamente hablando)
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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #172 en: 05 de Noviembre de 2013, 11:17:36 am »
En el último párrafo que ha escrito estoy totalmente de acuerdo con usted, y así se lo hice saber por mensaje privado, pero ha de entender que ahora mismo la economía tanto madrileña como estatal no está para tirar cohetes, estoy convencido que se terminará cambiando, pero ya vendrán tiempos mejores (económicamente hablando)

No hay dinero para lo que no quieren...pero si hay dinero para otras cuestiones, que son además, inútiles.

A ustedes les urge la modificación de la edad por que se les pasó el arroz de los 30 años...y a nosotros nos urgen modificaciones de calado en una ley obsoleta..pero es mejor anunciar bajar impuestos de cara a las futuras elecciones autonómicas y asi la casta se sigue manteniendo en sus poltronas, y a los PLs..que los den.

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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #173 en: 05 de Noviembre de 2013, 13:27:36 pm »
En el último párrafo que ha escrito estoy totalmente de acuerdo con usted, y así se lo hice saber por mensaje privado, pero ha de entender que ahora mismo la economía tanto madrileña como estatal no está para tirar cohetes, estoy convencido que se terminará cambiando, pero ya vendrán tiempos mejores (económicamente hablando)

En el último párrafo que ha escrito estoy totalmente de acuerdo con usted, y así se lo hice saber por mensaje privado, pero ha de entender que ahora mismo la economía tanto madrileña como estatal no está para tirar cohetes, estoy convencido que se terminará cambiando, pero ya vendrán tiempos mejores (económicamente hablando)

No hay dinero para lo que no quieren...pero si hay dinero para otras cuestiones, que son además, inútiles.

A ustedes les urge la modificación de la edad por que se les pasó el arroz de los 30 años...y a nosotros nos urgen modificaciones de calado en una ley obsoleta..pero es mejor anunciar bajar impuestos de cara a las futuras elecciones autonómicas y asi la casta se sigue manteniendo en sus poltronas, y a los PLs..que los den.
)

No hay dinero para lo que no quieren...pero si hay dinero para otras cuestiones, que son además, inútiles.

A ustedes les urge la modificación de la edad por que se les pasó el arroz de los 30 años...y a nosotros nos urgen modificaciones de calado en una ley obsoleta..pero es mejor anunciar bajar impuestos de cara a las futuras elecciones autonómicas y asi la casta se sigue manteniendo en sus poltronas, y a los PLs..que los den.

Recuerde que por no haber dinero también nos hemos tirado unos añitos sin poder opositar ;) He de decir que a mí, claro que me interesaría que pidieran Bachiller (más opositores me quitaría de encima), pero a usted ¿por qué le urge el tema de la subida de grupo?  Hablo desde el más absoluto desconocimiento en esa materia, créame, por eso pregunto.
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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #174 en: 05 de Noviembre de 2013, 13:34:50 pm »

En el último párrafo que ha escrito estoy totalmente de acuerdo con usted, y así se lo hice saber por mensaje privado, pero ha de entender que ahora mismo la economía tanto madrileña como estatal no está para tirar cohetes, estoy convencido que se terminará cambiando, pero ya vendrán tiempos mejores (económicamente hablando)

En el último párrafo que ha escrito estoy totalmente de acuerdo con usted, y así se lo hice saber por mensaje privado, pero ha de entender que ahora mismo la economía tanto madrileña como estatal no está para tirar cohetes, estoy convencido que se terminará cambiando, pero ya vendrán tiempos mejores (económicamente hablando)

No hay dinero para lo que no quieren...pero si hay dinero para otras cuestiones, que son además, inútiles.

A ustedes les urge la modificación de la edad por que se les pasó el arroz de los 30 años...y a nosotros nos urgen modificaciones de calado en una ley obsoleta..pero es mejor anunciar bajar impuestos de cara a las futuras elecciones autonómicas y asi la casta se sigue manteniendo en sus poltronas, y a los PLs..que los den.
)

No hay dinero para lo que no quieren...pero si hay dinero para otras cuestiones, que son además, inútiles.

A ustedes les urge la modificación de la edad por que se les pasó el arroz de los 30 años...y a nosotros nos urgen modificaciones de calado en una ley obsoleta..pero es mejor anunciar bajar impuestos de cara a las futuras elecciones autonómicas y asi la casta se sigue manteniendo en sus poltronas, y a los PLs..que los den.

Recuerde que por no haber dinero también nos hemos tirado unos añitos sin poder opositar ;) He de decir que a mí, claro que me interesaría que pidieran Bachiller (más opositores me quitaría de encima), pero a usted ¿por qué le urge el tema de la subida de grupo?  Hablo desde el más absoluto desconocimiento en esa materia, créame, por eso pregunto.
porque la subida de grupo lleva aparejada una subida económica. Y por supuesto que a muchos opositores mayores de los 30 también nos interesa que se exija el grupo C...



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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #175 en: 05 de Noviembre de 2013, 13:36:53 pm »
pero a usted ¿por qué le urge el tema de la subida de grupo?  Hablo desde el más absoluto desconocimiento en esa materia, créame, por eso pregunto.

Si suben el grupo sube el precio de los trienios y el de las horas extras, y en algunas plantillas incluso el específico.

Si se contiene la carrera profesional como técnicos se introduce la profesionalización de la PL.

Si se sube a bachiller se aumenta el nivel de estudios y se entiende que el grado de conocimientos.

Si se regula la segunda actividad sin destino se nos equipara a la E, que la tienen reconocida.

Son...reivindicaciones irrenunciables, las más recogidas ya en casi el resto de leyes de las restantes autonomías.

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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #176 en: 05 de Noviembre de 2013, 13:40:05 pm »
 :Plasplas :Plasplas :gracias1  :buenpost
Por ese orden, Si suben el grupo sube el precio de los trienios y el de las horas extras y en algunas plantillas incluso el específico.
Ya me queda más claro  ;c;
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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #177 en: 05 de Noviembre de 2013, 13:46:14 pm »
Y vuelvo a repetir, OJALÁ pusieran subgrupo C1 (a mí también me interesaría), pero me gusta ser objetivo y pienso que ahora mismo.....no está la cosa como para "pedir más dinero".
Quien quiere llegar busca caminos, quien no quiere llegar busca excusas.

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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #178 en: 05 de Noviembre de 2013, 13:51:48 pm »
Y vuelvo a repetir, OJALÁ pusieran subgrupo C1 (a mí también me interesaría), pero me gusta ser objetivo y pienso que ahora mismo.....no está la cosa como para "pedir más dinero".

No ve el señor Montoro los brotes verder en su ventana?

Pues nosotros en las nuestras hemos de reinvindicar esos mismos brotes plasmados en una modificación sustancial de una ley obsoleta.

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Re:Sentencia del Supremo que tumba el límite de edad, esta vez en Andalucía.
« Respuesta #179 en: 05 de Noviembre de 2013, 14:21:54 pm »
se ha razonado y se ha movido ficha posicionándose

lo de los tribunales ya está más que manido, así que el dinero de los afiliados debe ir a venturas más productivas

Humo señor ByD...humo...el rio pasa por Valladolid y rápidamente sellamos un escrito de petición...es lo que yo llamo, cartelería para tontos...cuando la materia es tan sumamente compleja que es difícil, por no decir imposible, que las administración atiendan este tipo de solicitudes por lo que he venido remarcando, la vida útil de un policía.
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