VALLADOLID
Seis años cárcel para un guardia civil por herir a un hombre con un arma del Cuerpo
El acusado y su primo, también encausado, deberán indemnizar a la víctima con más de 17.000 euros.
La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a seis años de prisión al guardia civil en prácticas Alberto M.M. por un delito de asesinato en grado de tentativa, cometido al disparar contra un hombre con el arma reglamentaria del Cuerpo.
La sentencia condena también a Héctor H.G., militar y primo del otro encausado para el que el fiscal demandaba ocho años de prisión, pero como cooperador de un delito de homicidio en tentativa, no de asesinato, a la pena de dos años y medio de prisión, han informado este lunes a EFE fuentes jurídicas.
Además de la pena de cárcel, la resolución judicial establece el pago de 17.697 euros, de forma conjunta y solidaria entre los dos encausados, en concepto de indemnización para la víctima, una cantidad que ya había sido hecha efectiva antes del fallo, han precisado dichas fuentes.
Los hechos por los que se desarrolló la vista oral ocurrieron la madrugada del 15 de diciembre de 2007 en la población vallisoletana de Laguna de Duero y las acusaciones contra los dos procesados se basaron en que, tras una discusión en una discoteca, ambos se marcharon de esta localidad a la que regresaron poco después para vengarse por la pelea.
Fue entonces cuando Alberto M.M. usó una pistola semi automática, el arma reglamentaria de la Guardia Civil, y dos tiros impactaron en el cuerpo de la víctima, en concreto en el abdomen y la zona de la ingle.
El fiscal había reclamado diez años de prisión para el guardia civil y ocho para el militar por un delito de asesinato en grado de tentativa, mientras las defensa de Héctor H.G. había demandado la absolución y la de Alberto M.M. dos años por un delito de lesiones con atenuante de reparación del daño.
La acusación particular había pedido once años de cárcel para Alberto M.M. y diez para Héctor M.G., aunque planteó como alternativa que el militar juzgado fuera considerado cómplice.
La consideración de asesinato en el caso de Alberto M.M. se basa en la existencia de alevosía, ya que establece que el acusado cogió del cuartel su arma reglamentaria y disparó a la víctima sin que éste pudiera defenderse.
Sin embargo, en el caso de Héctor H.G., la resolución condena por homicidio en lugar de asesinato, debido a que el procesado no sabía cuál era la voluntad de su primo, desconocía que iba a actuar sin que la víctima pudiera defenderse.