Un capitán de la Guardia Civil logra anular su desahucio de un pabellón
Se le adjudicó una plaza en Valdemoro por estar destinado en los Tedax. La Dirección General le retiró el derecho al alojamiento al cambiar de unidad
Colegio de Guardias Jóvenes ‘Duque de Ahumada’, en Valdemoro (Firma: Alberto Ortega / Europa Press).
Colegio de Guardias Jóvenes ‘Duque de Ahumada’, en Valdemoro (Firma: Alberto Ortega / Europa Press).
Aurelio Ruiz Enebral23 de abril de 2025 (13:00 h.)
Sentencia Tribunal derecho Guardia Civil jurisprudencia
Le adjudicaron un pabellón en Valdemoro
Encadenó comisiones de servicio
Orden de desalojo en 2023
Lista de espera de 91 guardias civiles
El TSJ anula el desalojo
La Guardia Civil ha perdido una primera batalla judicial contra un capitán que no se resignó a ser desalojado del alojamiento que se le había adjudicado en un pabellón del Colegio de Guardias Jóvenes, en Valdemoro (Madrid).
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La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó recientemente una sentencia en la que estimó el recurso de ese oficial contra las resoluciones que pusieron fin a su derecho al uso del pabellón en Valdemoro.
En el fallo de la sentencia, consultada por Confidencial Digital y a la que se puede acceder pinchando aquí, se reconoce el derecho del capitán “a continuar haciendo uso del referido pabellón” en el Colegio de Guardias Jóvenes.
Le adjudicaron un pabellón en Valdemoro
La sentencia anula la resolución del teniente general jefe del Mando de Personal de la Guardia Civil, por la que se desestimó el recurso de alzada formulado contra la resolución de 14 de marzo de 2023, de la Jefatura de Asistencia al Personal, por la que se acordaba el cese del capitán en su derecho al uso del pabellón ubicado en el Colegio de Guardias Jóvenes de Valdemoro.
El afectado recurrió ante el TSJ de Madrid. En el recurso relató su versión de la sucesión de hechos que culminaron en el desalojo.
Contó que el pabellón se lo adjudicaron el 15 de diciembre de 2009. Entonces aún tenía el empleo de alférez, y estaba destinado en la Unidad de Desactivación de Explosivos y Defensa, dependiente de la Dirección Adjunta Operativa de la Guardia Civil.
Ascendió a teniente en septiembre de 2012. Le destinaron entonces al Servicio de Criminalística.
Ese cambio de unidad de destino no comportó que le retiraran el uso del pabellón. Continuó en él debido a que “tanto el Servicio de Desactivación de Explosivos y Defensa como el Servicio de Criminalística forman parte de la Dirección Adjunta Operativa”.
Encadenó comisiones de servicio
Volvió al Servicio de Desactivación de Explosivos en 2017, y una vez más, no le desalojaron del pabellón en Valdemoro.
En enero de 2022 ascendió a capitán, por antigüedad. Continuó en el Servicio de Desactivación de Explosivos con una comisión de servicio, y en marzo de ese año le aprobaron otra comisión de servicio para la misma unidad.
La directora general de la Guardia Civil, Mercedes González, en el Colegio de Guardias Jóvenes de Valdemoro (Firma: A. Pérez Meca / Europa Press).
El coronel jefe del Servicio de Desactivación de Explosivos y Defensa quería que continuara trabajando allí, y por eso solicitó que le prorrogaran la anterior comisión de servicio para que siguiera impartiendo un curso de formación del que era profesor. Se la aprobaron.
Parece que tenía que acabar trasladándose al Servicio de Criminalística, y por eso la Jefatura del Servicio de Desactivación de Explosivos y Defensa consiguió que se autorizara el aplazamiento de la incorporación a su nuevo destino hasta el 21 de junio de 2023, en que terminaría el curso que impartía.
Orden de desalojo en 2023
Pero mientras se tramitaba ese aplazamiento, llegó la sorpresa. El 3 de febrero de 2023 se le comunicó, en trámite de audiencia previa, que se le había abierto el procedimiento de cese del derecho al uso del pabellón que ocupaba en Valdemoro.
La Guardia Civil argumentó que había transcurrido un año desde su ascenso y no había obtenido destino definitivo en la unidad perteneciente al cupo al que se adscribe el pabellón, por eso había perdido el derecho a ese alojamiento.
Pudo presentar alegaciones, pero no le sirvieron de nada. El general jefe de Asistencia al Personal de la Guardia Civil dictó el 9 de marzo de 2023 una resolución por la que acordó el cese en el derecho al uso del citado pabellón, con plazo de un mes para su desalojo.
El capitán interpuso entonces un recurso de alzada, el teniente general jefe del Mando de Personal de la Guardia Civil desestimó. Por eso decidió acudir a los tribunales, para pelear por su derecho a mantener el uso del pabellón.
Lista de espera de 91 guardias civiles
El abogado del Estado respondió al recurso con argumentos para justificar el cese del derecho a disfrutar del pabellón.
Indicó que el oficial había disfrutado del uso del pabellón como consecuencia de su nombramiento en comisión de servicio durante el plazo inicial de un año.
Ese es el plazo máximo que para las comisiones de servicio prevé el artículo 43.2 del Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos de la Guardia Civil, y por eso, según el abogado del Estado, si la publicación de su ascenso al empleo de capitán fue el 6 de enero de 2022, el plazo del año para obtener destino en la misma unidad finalizó el 6 de enero de2023, sin que el capitán obtuviera en ese plazo destino definitivo en la Dirección Adjunta Operativa.
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Según la Dirección General de la Guardia Civil y la Abogacía del Estado, acabó ese año máximo, y las siguientes comisiones de servicio que se le aprobaron en esa misma unidad “han de presumirse por interés particular y no predominantemente por necesidades del servicio”.
En vista de ese criterio, “se hace necesario acudir al criterio interpretativo del interés preponderante y apreciar que, cuando existan peticionarios afectados, su interés en acceder a un pabellón ha de tener mayor peso que el interés del ocupante en seguir disfrutándolo”, según la Guardia Civil.
En ese sentido, alegó ante el tribunal que los perjuicios que le ocasiona al capitán desalojar el pabellón pueden tener la misma entidad que para cualquiera de los 91 peticionarios inscritos en la lista de aspirantes a pabellón destinados en la unidad.
El TSJ anula el desalojo
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid falló en favor del capitán, al considerar que su caso era análogo a los que había resuelto en ocasiones anteriores, en sentencias de 2020, 2023 y 2024.
En esas sentencias los jueces consideraron que los guardias civiles podían seguir viviendo en el pabellón porque no habían cambiado de destino. Cabe citar algunos argumentos de esas sentencias:
-- “No se aprecia una situación que permita considerar un cambio de destino con cese en el anterior en el sentido que ha de entenderse para aplicar el cese en el derecho al uso del pabellón, puesto que en definitiva es puesto dentro de la misma unidad y cupo de pertenencia”.
-- “En el caso de autos, evidentemente, resulta que el recurrente, hasta que ha obtenido definitivamente un nuevo destino en la misma unidad en que estaba destinado, por su anterior empleo, ha venido permaneciendo, ininterrumpidamente, en comisión de servicio en dicha Unidad Central Operativa, a la que está adscrito el pabellón; y, las sucesivas comisiones de servicio que se le dieron, se motivan en las necesidades de seguridad públicas y adecuada utilización de los recursos personales disponibles.
Una recta interpretación del artículo 17.2.d de la Orden General 5/2005 establece que se extinguirá el derecho a disfrutar del pabellón cuando se haya cesado definitivamente en el anterior destino.
Por lo tanto, el recurrente, en ningún momento ha dejado de ocupar un destino en la misma unidad en la que estaba destinado originariamente; sino que ha permanecido, en situación de servicio activo, sin solución de continuidad en ella”.
Siguiendo esos criterios, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid entendió que en el caso de este capitán “ha de estimarse el presente recurso; puesto que el recurrente ha permanecido en todo momento destinado en unidades dependientes de la Dirección Adjunta Operativa; puesto que, tanto el Servicio de Criminalística, como el Servicio de Desactivación de Explosivos y Defensa están adscritas a la Dirección General Operativa, a la que está vinculado el pabellón”.
Por eso estimó el recurso del capitán, anuló las resoluciones de los generales de la Guardia Civil y declaró el derecho de ese oficial “a continuar haciendo uso del referido pabellón” en el Colegio de Guardias Jóvenes, de Valdemoro.