Autor Tema: Vacaciones, EBEP y sentencias  (Leído 183464 veces)

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #880 en: 22 de Marzo de 2010, 18:29:05 pm »
Os dais cuenta cuando os digo que hay que oponerse a todo y recurrirlo todo.

Esto es parte del Auto denegatorio de la solicitud de extensión de efectos de una sentencia que concedió al recurrente sus doce días... y el Juez dice lo que dice:


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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #881 en: 22 de Marzo de 2010, 22:09:58 pm »
Os dais cuenta cuando os digo que hay que oponerse a todo y recurrirlo todo.

Esto es parte del Auto denegatorio de la solicitud de extensión de efectos de una sentencia que concedió al recurrente sus doce días... y el Juez dice lo que dice:



Claro, lógico. Queremos que los demás nos hagan el trabajo por nosotros. Luego si sale bien, a pedir que es gratis. Si sale mal, "ya te lo dije tío, no valía para nada". Y a seguir difamando y blasfemando sobre "los que mandan", y a no saber decir más que "estoy hasta la polla", "esto es una mierda", etc.

 ;fum;
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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #882 en: 23 de Marzo de 2010, 02:30:51 am »
Os dais cuenta cuando os digo que hay que oponerse a todo y recurrirlo todo.

Esto es parte del Auto denegatorio de la solicitud de extensión de efectos de una sentencia que concedió al recurrente sus doce días... y el Juez dice lo que dice:



Claro, lógico. Queremos que los demás nos hagan el trabajo por nosotros. Luego si sale bien, a pedir que es gratis. Si sale mal, "ya te lo dije tío, no valía para nada". Y a seguir difamando y blasfemando sobre "los que mandan", y a no saber decir más que "estoy hasta la polla", "esto es una mierda", etc.

 ;fum;
Entonces las extensiones de efectos serán siempre "UTOPIA", si no que alguien me demuestre lo contario.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #883 en: 23 de Marzo de 2010, 15:55:25 pm »

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #884 en: 23 de Marzo de 2010, 16:42:10 pm »
. . . entonces? ? ? . . . cuando manden a los compañeros de la última promoción al turno de refuerzo, ya que no creo que haya voluntarios para hacerlo . . . les corresponden los 22 días hábiles de vacaciones? ? ? . . . yo entiendo que si, ya que el EBEP no entiende de turnos, solamente de empleados públicos, a los cuales reconoce el derecho al disfrute de 22 días hábiles de vacaciones, además la jurisprudencia avala este hecho . . .  :pen:

Si te fijas el "decreLuís" ya no refiere un sistema vacacional diferente para ese turno de refuerzo, sino que se estará al cómputo de los 22 días hábiles, todo ello en adecuación definitiva de la sentencia del TS a la que forzosamente deben atenerse, ya que quien dicte instrucción contraria a la misma prevaricaría, pues la del Supremo, rechazando las pretensiones de la administración en atención a las peculiaridades de cada turno, más las SEIS del TSJM respecto a la misma materia, han creado la JURISPRUDENCIA necesaria para acudir por la vía Penal contra quien dictase resolución administrativa contraria a esos 22 días hábiles que la norma, el actual EBEP, refiere en su aplicación general y MÍNIMO ANUAL sin distinción alguna entre funcionarios, turnos o jornadas especiales, y los tribunales ya han sentenciado y finiquitado con esa resolución "suprema", que rechaza el "sueño" del conjunto de los pequeños dictadores que trataron de perjudicar a un turno y en el que tenían puestas sus esperanzas.

La sentencia del TS, de haber sido avalando las tésis municipales, a las que se sumó también la abogacía del Estado, hubiese supuesto una "fractura" del EBEP que habría afectado a cientos de funcionarios, no sólo de nuestro Ayuntamiento, pues ello habría introducido la posibilidad de adecuar las vacaciones a las jornadas y turnos especiales al margen de la funcionalidad de lunes a viernes y de 9 a 14, algo que quizás la norma olvidó, a esos miles de funcionarios que no trabajamos de lunes a viernes y de 9 a 14, o que quizás quienes la redactaron no quisieron introducir discriminación alguna como se pretendía hacer desde la persistencia encabezonada de quienes dirigen la PMM.


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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #885 en: 23 de Marzo de 2010, 16:45:21 pm »
. . . entonces? ? ? . . . cuando manden a los compañeros de la última promoción al turno de refuerzo, ya que no creo que haya voluntarios para hacerlo . . . les corresponden los 22 días hábiles de vacaciones? ? ? . . . yo entiendo que si, ya que el EBEP no entiende de turnos, solamente de empleados públicos, a los cuales reconoce el derecho al disfrute de 22 días hábiles de vacaciones, además la jurisprudencia avala este hecho . . .  :pen:

Si te fijas el "decreLuís" ya no refiere un sistema vacacional diferente para ese turno de refuerzo, sino que se estará al cómputo de los 22 días hábiles, todo ello en adecuación definitiva de la sentencia del TS a la que forzosamente deben atenerse, ya que quien dicte instrucción contraria a la misma prevaricaría, pues la del Supremo, rechazando las pretensiones de la administración en atención a las peculiaridades de cada turno, más las SEIS del TSJM respecto a la misma materia, han creado la JURISPRUDENCIA necesaria para acudir por la vía Penal contra quien dictase resolución administrativa contraria a esos 22 días hábiles que la norma, el actual EBEP, refiere en su aplicación general y MÍNIMO ANUAL sin distinción alguna entre funcionarios, turnos o jornadas especiales, y los tribunales ya han sentenciado y finiquitado con esa resolución "suprema", que rechaza el "sueño" del conjunto de los pequeños dictadores que trataron de perjudicar a un turno y en el que tenían puestas sus esperanzas.

La sentencia del TS, de haber sido avalando las tésis municipales, a las que se sumó también la abogacía del Estado, hubiese supuesto una "fractura" del EBEP que habría afectado a cientos de funcionarios, no sólo de nuestro Ayuntamiento, pues ello habría introducido la posibilidad de adecuar las vacaciones a las jornadas y turnos especiales al margen de la funcionalidad de lunes a viernes y de 9 a 14, algo que quizás la norma olvidó, a esos miles de funcionarios que no trabajamos de lunes a viernes y de 9 a 14, o que quizás quienes la redactaron no quisieron introducir discriminación alguna como se pretendía hacer desde la persistencia encabezonada de quienes dirigen la PMM.




. . . quizás sea lo único algo positivo que podrán sacar los compañeros que vayan obligados al turno de refuerzo, los 22 días hábiles de vacaciones . . .

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #886 en: 23 de Marzo de 2010, 16:54:58 pm »
. . . quizás sea lo único algo positivo que podrán sacar los compañeros que vayan obligados al turno de refuerzo, los 22 días hábiles de vacaciones . . .

Encuadrar 22 hábiles en un sistema de "3 trabajo 4 libres" va a ser digno de leer.

Aunque afortunadamente ya no se obliga a los presos a llevar...



... esa suerte van a tener.
« Última modificación: 23 de Marzo de 2010, 16:58:38 pm por 47ronin »

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #887 en: 23 de Marzo de 2010, 18:04:35 pm »
Mas bien creo que no lo han querido poner, pero el que firme voluntariamente, me temo que tendrá un mes natural, 2 quincenas o " 12 días hábiles ", y sino echamos cuentas:
Esto es lo que dice el decretazo:

 La jornada diaria será de 10 horas, a prestar en un número total semanal de 30
horas. Con el objeto de dar cobertura a las necesidades del servicio, en víspera de
festivo principalmente, 10 jornadas anuales se prestarán los días que sean asignados
en cuadrante. 
De este modo, las jornadas anuales totales quedan establecidas en un número de 127
jornadas  de  trabajo  efectivo,  una  vez  descontadas  todas  las  libranzas  a  las  que
tendrían  derecho  (vacaciones,  descansos,  festivos,  días  de  libre  disposición)    lo  que
supone un total anual de 1.270 horas.

Esto es lo que decía la ultima oferta del 13 de noviembre del 2009:

365 días - 208 (52 semanas) = 157
157 - 14 festivos = 143
143 ~24 Y31 de diciembre = 141
141 - Sábado Santo y S. Juan = 139
139· un mes natural 0 dos quincenas naturales equivalentes a 12 días hábiles = 127
127· 10 días de libre disposici6n = 117
117+ 10 visp. Festivos = 127
127 x 10 horas = 1.270 horas anuales


claramente con 12 días de vacaciones hacen las 1270 horas anuales, si les aplicaran los 22 días nada de nada
QUIERES QUE TE DEFIENDAN LOS SINDICATOS DE CLASE.....PUES NADA, COMO ALGUNOS DICEN EN ESTE FORO, VOTA EN BLANCO O MEJOR LA ABSTENCIÓN. "quotquotELLOS NO SE OLVIDARÁN DE TÍ"quotquot

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #888 en: 23 de Marzo de 2010, 18:36:16 pm »
Mas bien creo que no lo han querido poner, pero el que firme voluntariamente,

Eso será parte de la coletilla esa que dice que se dictarán las instrucciones necesarias para el desarrollo de este Acuerdo, cláusula que firman los voluntarios y que pretende validar lo que es una imposición encubierta.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #889 en: 23 de Marzo de 2010, 18:43:32 pm »
 . . . de acuerdo, pero quien no se presente como voluntario al turno de refuerzo, es decir, los compañeros de la ultima promoción que los mandarán a todos obligados, les será de aplicación el EBEP y no el decretazo, ya que ellos no firman ningún acuerdo voluntario con la corporación, más bien al contrario, son las víctimas de ello, por lo tanto tendrán los 22 días hábiles . . .

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #890 en: 23 de Marzo de 2010, 18:46:17 pm »
. . . de acuerdo, pero quien no se presente como voluntario al turno de refuerzo, es decir, los compañeros de la ultima promoción que los mandarán a todos obligados, les será de aplicación el EBEP y no el decretazo, ya que ellos no firman ningún acuerdo voluntario con la corporación, más bien al contrario, son las víctimas de ello, por lo tanto tendrán los 22 días hábiles . . .

Digamos que tendrán la posibilidad de cargarse el decreto en los tribunales dada la aplicación IMPOSITIVA del mismo.




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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #891 en: 23 de Marzo de 2010, 18:49:11 pm »
. . . de acuerdo, pero quien no se presente como voluntario al turno de refuerzo, es decir, los compañeros de la ultima promoción que los mandarán a todos obligados, les será de aplicación el EBEP y no el decretazo, ya que ellos no firman ningún acuerdo voluntario con la corporación, más bien al contrario, son las víctimas de ello, por lo tanto tendrán los 22 días hábiles . . .

Digamos que tendrán la posibilidad de cargarse el decreto en los tribunales dada la aplicación IMPOSITIVA del mismo.





. . . o querellarse directamente por prevaricación contra quien, en contra del criterio del TS y dictando una resolución injusta a sabiendas, les pretenda imponer un determinado número de días de vacaciones sin que haya una firma individual de adscripción al decretazo . . .

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #892 en: 06 de Abril de 2010, 13:13:32 pm »
Estamos en ABRIL...y la normativa dice que a fecha 30 de abril las vacaciones en policía habrán sido remitidas al órgano correspondiente (art. 26 convenio en vigor 2000-2003).

 ;risr;

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #893 en: 12 de Abril de 2010, 18:30:40 pm »
Estamos en ABRIL...y la normativa dice que a fecha 30 de abril las vacaciones en policía habrán sido remitidas al órgano correspondiente (art. 26 convenio en vigor 2000-2003).


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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #894 en: 12 de Abril de 2010, 19:11:06 pm »
. . . el problema es que el propio decretazo les ha arruinado la planificación, a mi me ha llegado los 4 días de vacaciones del 2004, más los 22 del presente año, más los días de convenio en su totalidad por aplicación del decreluís, más no tener funcionarios para la bolsa . . . y a todo ello se suma que no hay vendidos en PMM que hayan lapidado sus derechos . . . que tenemos? ? ? . . . pues que el verano se les avecina muy complicado . . . me suena a nuevos contadores de S. Isidro y verano para intentar arañar los días que puedan . . .

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #895 en: 12 de Abril de 2010, 19:42:12 pm »
Sin pistas. :ojones
"quotquotSon mis principios; si no le gustan, tengo otros"quotquot

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #896 en: 12 de Abril de 2010, 19:52:05 pm »
Sin pistas. :ojones

No es necesario... la parte del DecreLuís haciendo referencia a ello sin regular nada es sinónimo de intenciones.


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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #897 en: 16 de Abril de 2010, 00:36:28 am »
Pedrito esto se te complica cada dia mas.
Para los incredulos y para los que siguen pensando que nos tocamos el ciruelo y somos unos vagos.
Y sobre todo esto va para los que sois unos luchadores natos y desde luego reclamais vuestros derechosy para que veais que en UPM PENSAMOS QUE LA NOCHE TAMBIEN EXISTE, OTROS NO PUEDEN DECIR ESTO. :Aleg :Aleg :Aleg
Nuevo ostion para el Calvo y no paramos de  :porcul :porcul :porcul :porcul
Pedrito cuantas van ya. :carcaj :ojones :ojones :carcaj :carcaj
Espero que os guste y sobre todo a ti Ronin que tanto han opinado,criticado y expuesto sobre este tema.

« Última modificación: 16 de Abril de 2010, 14:30:15 pm por 47ronin »

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #898 en: 16 de Abril de 2010, 01:15:02 am »
Sin pistas. :ojones

No es necesario... la parte del DecreLuís haciendo referencia a ello sin regular nada es sinónimo de intenciones.



No se no se, mira que me huele a que les dá un poco de canguelo eso de aplicar la totalidad de los contadores.
Solo por una cosa creo se pueden parar. Al aplicar el contador a todos y cada uno de los motivos que generan estos contadores(festividad, exceso jornada, reducción de jornada) tendríamos a nuestra disposición el poder solicitar sin ningún problema ( bueno eso no lo sé ) los diez días de libre disposición que tenemos como el resto de funcionarios, y que ahora nos deniegan bajo la excusa de que los contadores no especifican cual es cual.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #899 en: 16 de Abril de 2010, 14:28:04 pm »

Espero que os guste y sobre todo a ti Ronin que tanto han opinado,criticado y expuesto sobre este tema.

Opinado y expuesto sin duda... criticado lo justo y necesario para que muevas el culo... por que la temporada de esqui ya ha terminado.  :cul

Me alegro de esta nueva sentencia que da continuidad a las anteriores y pone las cosas en su sitio toda vez que la instrucción de 2010 sin duda vendrá definitivamente con los 22 días para todos los turnos sin excepción pero... el encabezonamiento de la administración y las sentencias en primera instancia al principio de este asunto hicieron mucho daño... daño irrecuperable.