Autor Tema: Vacaciones, EBEP y sentencias  (Leído 183505 veces)

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #980 en: 18 de Marzo de 2011, 00:05:22 am »
no se, por lo visto, de momento no hay nada por escrito, que to se andara, el caso es ese, que a algunos, que van a ser unos cuantos, les van a joder, pero bien, aqui lo unico que se ha dicho, es eso,...............ni que viene el papa de roma, ni que verdes las han segao, ya veremos, aun asin, y vuelvo a repetir, a algunos, los joden vivos,...............compensacion ?, a los que los que no las cojan en esas fechas, pues si se saca algo, mira que bien, al resto, y a los que por motivos de trabajo parental u otras circustancias,no tengan la oportunidad de cuadrarlas, haber como como se lo compensan. :Horca

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #981 en: 18 de Marzo de 2011, 00:18:42 am »
 Compensar? Ja.
Te suben los porcentajes y solucionado. Un saludo.
 
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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #982 en: 18 de Marzo de 2011, 14:16:36 pm »
si hay "x" que han vendido jornadas, "y" asiduos a las horas y "z" que no desean tener vacas esos días , sumando "x"+"y"+"z" se cubre el servicio de sobra, no hay que ser ni cabo para saberlo

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #983 en: 18 de Marzo de 2011, 14:57:00 pm »
si hay "x" que han vendido jornadas, "y" asiduos a las horas y "z" que no desean tener vacas esos días , sumando "x"+"y"+"z" se cubre el servicio de sobra, no hay que ser ni cabo para saberlo

Siempre y cuando no se decrete un 100 por 100 a aplicar en determinadas unidades, pues entonces tus "x, y y z" no podrían ser de aplicación al ser unidades "específicas y especiales".

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #984 en: 22 de Marzo de 2011, 19:22:52 pm »
Caso real.

Sentencia del Juzgado de lo Social nº3 de Navarra, de 2 de marzo de 2009, en la que se reconoce el derecho de un trabajador a la concesión de las vacaciones anuales que no disfrutó por encontrarse en situación de incapacidad temporal.

Castiella & Armendáriz Abogados

 De manera resumida pasamos a analizar los antecedentes de hecho recogidos en la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Navarra:

El trabajador estuvo en situación de incapacidad temporal, derivada de enfermedad común, desde el día 19 de octubre de 2007 hasta el día 16 de diciembre de 2008.

El trabajador, tras incorporarse a su puesto de trabajo, solicitó, mediante burofax, que se le concedan las vacaciones correspondientes al año 2008.

Ante la negativa de la empresa, el trabajador presentó demanda de fijación de días de vacaciones y propuso como fecha de disfrute de las vacaciones los días del 2 a 31 de marzo de 2009 ambos inclusive, dada la imposibilidad de disfrute durante el año natural 2008.

El Juzgado de lo Social señala al respecto que, en los casos en que un trabajador está en situación de incapacidad temporal, y por ello no ha podido disfrutar de vacaciones, tiene derecho a que se fije una fecha de disfrute de sus vacaciones una vez se reincorpora en su puesto de trabajo.

La citada sentencia se apoya en lo establecido en:

El artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE, de 4 de noviembre de 2003, respecto a la necesidad de adoptar todas las medidas necesarias para que los trabajadores dispongan de al menos cuatro semanas de vacaciones anuales retribuidas.
El artículo 6.2 del Convenio nº 132 la Organización Internacional del Trabajo. Según lo señalado en dicho artículo cabe deducir que si las situaciones de incapacidad por enfermedad o por accidente coinciden con las vacaciones, se mantiene el derecho a gozar o disfrutar esas vacaciones no disfrutadas por la incapacidad.

La tesis mantenida en la sentencia del Juzgado de lo Social de Navarra resulta igualmente sostenida por Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, de 20 de enero de 2009. A juicio del TJCE el artículo 7 Directiva 2003/88/CE debe interpretarse en el sentido de que se opone a disposiciones o prácticas nacionales que prevean que el derecho a vacaciones anuales retribuidas se extingue al finalizar el período de devengo de las mismas y/o el período de prórroga fijado por el Derecho nacional, incluso cuando el trabajador se haya encontrado en situación de baja por enfermedad durante la totalidad o parte del período de devengo y su incapacidad laboral haya perdurado hasta la finalización de su relación laboral, razón por la cual no haya podido ejercitar su derecho a vacaciones anuales retribuidas.

En definitiva, el TJCE para estos supuestos en que el disfrute de descanso anual no se ha podido llevar a cabo porque el trabajador se encontraba en situación de baja por enfermedad, viene a manifestar que admitir que la incapacidad laboral extingue el derecho a disfrutar vacaciones supondría la vulneración de las disposiciones del derecho social que el art. 7 de la Directiva atribuye a todo trabajador, y ello aun cuando la enfermedad hubiera ocupado la anualidad de referencia en su totalidad.

De manera que, la conclusión que se obtiene de estos razonamientos es que el trabajador, tras finalizar la situación de incapacidad temporal, no pierde el derecho a disfrutar las vacaciones, por lo que habrá de señalarse un nuevo periodo de vacaciones en el momento que obtenga el alta médica y se reincorpore a su puesto de trabajo.

http://www.legaltoday.com/practica-juridica/social-laboral/laboral/vacaciones-vs-incapacidad-temporal

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #985 en: 22 de Marzo de 2011, 19:26:22 pm »
Vacaciones y baja laboral: jurisprudencia última

Sentencia de la Sala 4ª –de lo Social- del Tribunal Supremo, de 24 de junio de 2009, ha venido a fijar en nuestro sistema una cuestión muy problemática en tanto generadora de conflictos: el disfrute del derecho anual a las vacaciones cuando en las mismas incide un periodo de baja laboral (Incapacidad Temporal).

http://www.legaltoday.com/practica-juridica/social-laboral/laboral/vacaciones-y-baja-laboral-jurisprudencia-ultima

Vacaciones anuales retribuidas. Derecho a modificar la fecha de las vacaciones, cuando incluso después de haber sido fijada de mutuo acuerdo, surge una incapacidad temporal posterior a la fecha de fijación, que impide su disfrute efectivo.

Id Cendoj: 28079140012009100571

http://www.poderjudicial.es/search/index.jsp

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #986 en: 22 de Marzo de 2011, 19:46:51 pm »
Un juez reconoce las vacaciones a un ertzaina que estuvo un año de baja tras dos sentencias del Tribunal de Justicia Europeo

Si el agente no puede disfrutar del mes de descanso por motivos operativos, cobrará una compensación económica

Un ertzaina que ha permanecido de baja laboral durante el año 2009 podrá disfrutar de las vacaciones correspondientes a ese período en el futuro o bien cobrar una compensación económica, según reconoce una sentencia pionera de un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria a la que ha tenido acceso este periódico.

La resolución, que corrige decisiones anteriores de otros tribunales, se basa en una directiva europea y en dos sentencias del Tribunal de Justicia Europeo, según las cuales si la baja ocupa la totalidad o parte del año, el trabajador tiene derecho a disfrutar del tiempo de descanso «fuera del período de devengo, o a una compensación económica».

La directiva sobre el establecimiento de los tiempos de trabajo excluye en su artículo 2 a las fuerzas armadas y a la Policía. Sin embargo, el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Vitoria entiende ahora que no se refiere a las vacaciones, sino a regulaciones concretas como los riesgos laborales de los policías. Existen varias sentencias del Tribunal Supremo en el mismo sentido que han creado doctrina. Entiende el máximo órgano jurisdiccional que la baja sirve al trabajador para curarse de sus dolencias, no como un descanso, y que podrá recuperar las vacaciones incluso después del tiempo de devengo.

Los miembros de la Ertzaintza disponen de al menos un mes de asueto retribuido por cada año completo de servicio activo. Cuando los ciclos de trabajo no coincidan con el mes natural, les corresponden 172 horas. Luego existen excepciones: serán 176 horas cuando el ertzaina trabaja a turnos; 23 días laborables si disfruta de un régimen de jornada normalizada; de 31 para los que tienen horario flexible, y de 218 horas para los agentes de la Brigada Móvil, detalla la sentencia. Cuando un agente de la Policía autonómica permanece de baja por enfermedad por un período superior a un año y medio, su caso pasa a ser revisado por un tribunal.

Precedente

El fallo estima el recurso interpuesto por un ertzaina afiliado al sindicato Erne contra una resolución del viceconsejero de Administración y Servicios, Ernesto Martínez de la Hidalga, quien curiosamente antes de entrar en el Departamento de Interior trabajaba como abogado de esa central. El jefe territorial de la Ertzaintza de Álava denegó al agente la solicitud de 170 horas de vacaciones correspondientes a 2009 que no disfrutó al encontrarse en incapacidad temporal.

La jueza reconoce ahora al policía el derecho a recuperar ese tiempo de descanso en 2010, o si por motivos organizativos u operativos resulta imposible, el Departamento de Interior deberá pagarle una cantidad económica, «calculada teniendo en cuenta los días que le correspondían de vacaciones multiplicado por el salario diario», señala la resolución. El auto puede ser recurrido en apelación.

Fuentes de Erne apuntan a que esta sentencia establecerá un precedente para los demás ertzainas que reclamen en los tribunales, e incluso para los funcionarios en general y el resto de los trabajadores.


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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #987 en: 26 de Marzo de 2011, 16:00:20 pm »
Disposiciones de la Guardia Civil

Circular número 1 dada en Madrid, a 16 de marzo de 2011. Asunto: Guía para la tramitación y control de las vacaciones, permisos y licencias del personal del Cuerpo.

http://www.elfaroverde.com/descargas/Guardia_Civil/GUIA_VACPERM2011.pdf

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #988 en: 08 de Abril de 2011, 21:55:02 pm »
... qué pasó con la sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº 26?[/size]

De la revista EL LATIGO.

Vacaciones turno noche 2006: Sentencia ganada y desestimada la ejecución para todos (afiliados y no afiliados a UPM), pendiente recurso de apelación.

Vacaciones turno noche 2007: Sentencia ganada y pendiente decisión sobre ejecución.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #989 en: 10 de Abril de 2011, 17:15:52 pm »
Articulo 26.

Cada Servicio, a través de su Departamento Central del Área correspondiente, remitirá antes del 15 de mayo el plan anual de vacaciones al Departamento de Gestión de Personal, para su control, salvo para el Cuerpo de Policía Municipal, que será antes del 30 de abril.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #990 en: 10 de Abril de 2011, 20:38:26 pm »
Articulo 26.

Cada Servicio, a través de su Departamento Central del Área correspondiente, remitirá antes del 15 de mayo el plan anual de vacaciones al Departamento de Gestión de Personal, para su control, salvo para el Cuerpo de Policía Municipal, que será antes del 30 de abril.



. . . hasta que no se sepa cuantos necesitados y menesterosos venden la productividades no vendrá la instrucción de vacaciones, ya que sobre la base de los voluntarios para la visita del Papa se fijarán los porcentajes de los obligados . . .

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #991 en: 10 de Abril de 2011, 20:49:18 pm »
Pero que pasa???, que el papa se queda a veranear un mes?????


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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #992 en: 10 de Abril de 2011, 20:51:43 pm »
Pero que pasa???, que el papa se queda a veranear un mes?????

El evento tiene una duración del 8 al 22 de agosto.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #993 en: 10 de Abril de 2011, 20:59:25 pm »
Joer como veranear en benidorm


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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #994 en: 10 de Abril de 2011, 21:20:07 pm »
Hay dos unidades ( UCS y UET ) que son las unicas afectadas para el 100% el resto... se fijaran los porcentajes... que seran los mismos para todas las unidades.


Entiendo no ?!?!... o cada unidad segun su distrito tendra porcentajes diferentes ?!

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #995 en: 10 de Abril de 2011, 21:29:58 pm »
Hay dos unidades ( UCS y UET ) que son las unicas afectadas para el 100% el resto... se fijaran los porcentajes... que seran los mismos para todas las unidades.


Entiendo no ?!?!... o cada unidad segun su distrito tendra porcentajes diferentes ?!

 :pen:

. . . donde se realizarán los actos? ? ? . . . habrá misa multitudinaria en Colón? ? ?  . . . pues eso, habrá distritos directamente afectados por la visita  ;fum;

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #996 en: 10 de Abril de 2011, 21:38:51 pm »
¿y si te mandan agregado a otra unidad aunque tomes servicio en la tuya? a ver si va a venir por ahi el truco


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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #997 en: 11 de Abril de 2011, 15:30:55 pm »
Hay dos unidades ( UCS y UET ) que son las unicas afectadas para el 100% el resto... se fijaran los porcentajes... que seran los mismos para todas las unidades.


Entiendo no ?!?!... o cada unidad segun su distrito tendra porcentajes diferentes ?!

 :pen:

Habrá que esperar a leer la instrucción correspondiente.

Mañana finaliza el plazo de adscripción a las ventas de días...la semana próxima debe salir porque la siguiente es "festiva".

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #998 en: 14 de Abril de 2011, 12:10:42 pm »
aqui, siempre de lo mismo, lo unico que se sabe, es que no hay vacaciones para nadie, en la fecha reflejada, tampoco se sabe nada de lo que se la ha ofrecido o concedido a samur, lo unico nuevo, es que quizas se puedan dar en vez de dos turnos de vacaciones, tres, aunque eso a los que rompen por el tema parental, no creo que les convenza.

ni los sindicatos ni nadie, dicen nada, esto es un cagao!,.............y el tema de las vacaciones, a la vuelta de la esquina. _Fumón_2

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #999 en: 14 de Abril de 2011, 12:28:23 pm »
pero para que vayas a votar si que te llaman los sindicalistas...