Autor Tema: Vacaciones, EBEP y sentencias  (Leído 187602 veces)

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1320 en: 15 de Mayo de 2013, 12:57:57 pm »
Mucho pides tu para este cuerpo.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1321 en: 15 de Mayo de 2013, 18:06:03 pm »
. . . si y además ese redondeo es muy generoso, redondea 0,45 a 1, cuando se debería de redondear a 0, lo que quiere decir que, en todo caso, de una plantilla de 10 el redondeo es 0,50, que se podría llegar incluso a 1, pero por debajo de eso . . . nada . . . aunque se pone fin o se cierran las posibles reclamaciones judiciales ya que si se fija un porcentaje, bajo, eso si, pero porcentaje al fin y al cabo . . .
en vez del 5 podrian haber puesto el 0.1 y no por eso ser legal. es decir que no se trata de que el ayuntamiento ponga un porcentaje el que le salga de los cojones y los tribunales le den la razon. logicamente tiene que poner un porcentaje que se ajuste a la realidad y mas que ahor va a ser por cuadrantes, vamos que en el mejor de los casos en diciembre se podra ir uno de cada turno en el mejor de los casos.

 . . . el ayuntamiento pone un porcentaje, básicamente el que le sale de los cojones, pero llegado el caso lo defenderá en los tribunales bajo el paraguas protector de las necesidades del servicio . . . la segunda quincena de diciembre tiene la campaña de navidad, con muchos servicios por ese motivo, con la navidad y la noche vieja con sus uvas en Sol . . . de verdad crees que un juez no daría por bueno un porcentaje del 5% en esas fechas? ? ? . . . se podría ir uno de vacaciones en las unidades y turnos que dispongan del suficiente personal . . . fin.

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1322 en: 15 de Mayo de 2013, 18:10:16 pm »
Así es...y ese aspecto es precisamente el que tiene una base argumental endeble...muy endeble.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1323 en: 17 de Mayo de 2013, 15:07:54 pm »

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1324 en: 17 de Mayo de 2013, 16:08:00 pm »
Ya que parece contento con el contenido de la modificación...ahora trate de que la fexibilidad que se menciona respecto a los porcentajes se lleve a efecto...o con el "saleeeee" ya da por concluso el trabajo sindical?


Saleeeeeeeeeeeeeeeeee.



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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1325 en: 27 de Mayo de 2013, 14:19:50 pm »
Cibur acusa a Pallardó de “ningunear” a los policías

Asegura que los agentes no saben cuándo pueden coger las vacaciones

La portavoz de Ciutadants Indepndents per Burriana (Cibur), Mariola Aguilera, pidió ayer la dimisión de la edila de Policía, Esther Pallardó, y la apertura de expediente disciplinario a los dos intendentes a los que acusa de “dejación de funciones”. A todos ellos hace responsable de que los agentes todavía “no saben cuándo van a poder cogerse las vacaciones ya que la pasada semana les mandó un escrito en el que les decía que no se aceptaban ninguno de los días libres que los empleados habían pedido”.

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La Policía pide “respeto” por los intendentes de Burriana

J. MARTÍ 27/05/2013    

La Unión Nacional de Jefes y Directivos de Policía Local (Unijepol) ha salido al paso de las declaraciones de la portavoz de Cibur, Mariola Aguilera, en las que pedía abrir expediente a los dos intendentes de la Policía Local de Burriana después de que los agentes de este puesto no tuviesen todavía las fechas en las que van a disfrutar del reglamentario periodo de vacaciones.

A juicio de la Unijepol se trata de “acusaciones totalmente injustificadas” y manifiestan su “más firme rechazo ante las críticas vertidas” contra unos intendentes de los que apuntan que “presentan una hoja de servicios intachable”.

No obstante, desde Unijepol aseguran que ya han advertido en varias ocasiones que “como ahora ha ocurrido en Burriana, es bastante frecuente que la oposición dé bofetadas a un alcalde, en la cara de los jefes de la Policía Local, por lo que exigimos máximo respeto”. H

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1326 en: 06 de Junio de 2013, 18:44:38 pm »
Un guardia civil de Villafranca será indemnizado por vacaciones que no pudo disfrutar cuando tenía baja médica
 
EP
   06/06/2013 10:32
   
  El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Córdoba ha dictado recientemente una sentencia reconociendo el derecho de un agente de la Guardia Civil destinado en el puesto del municipio cordobés de Villafranca a ser indemnizado económicamente con una cantidad próxima a los 3.000 euros por las vacaciones de las que no pudo hacer uso en 2010 al encontrarse de baja médica.

     Según informa en una nota la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), durante casi todo el año 2010 permaneció de baja como consecuencia de una lesión que había sufrido en acto de servicio, motivo por el que no pudo disfrutar los 26 días de vacaciones anuales que le correspondían. Por ello, solicitó que se le permitiera coger dicho periodo vacacional durante el año 2011, petición que desestimó el entonces jefe provincial, José Ignacio Criado, y posteriormente el jefe autonómico.

     Con el asesoramiento de los servicios jurídicos de AUGC interpuso recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de Córdoba, el cual ahora le ha dado la razón, pero como actualmente ya se encuentra en situación de reserva y no puede disfrutar las referidas vacaciones, en la sentencia se establece que "el recurrente tiene derecho a compensación económica por las vacaciones anuales retribuidas del año 2010 que no disfrutó ni puede ya disfrutar, ascendiendo esa compensación al importe total de las retribuciones ordinarias netas que hubiera debido percibir de haber trabajado durante ese periodo vacacional, más intereses legales de la cantidad así resultante desde la fecha de su reclamación (30-04-2011)".

   Para el sindicato, resulta "incomprensible e injustificable" que, a pesar de existir numerosas sentencias previas en casos idénticos --de los juzgados de Coruña, Melilla, Madrid, e incluso del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea--, como así se lo comunicó el afectado al teniente coronel y al general, éstos le denegaran las vacaciones que podía haber disfrutado en ese momento y "causaran un perjuicio a las arcas públicas, de las que saldrá la compensación que ahora debe pagársele".

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1327 en: 26 de Junio de 2013, 09:01:32 am »
Unos 120 policías cubrirán las vacaciones de la plantilla en verano

Los datos del Gobierno confirman que el refuerzo es inferior a los descansos previstos Llegaran 25 agentes de la Guardia Civil

Encarna Jerez Marbella | Actualizado 26.06.2013 - 01:00
 
 El verano suele ser objeto de una pugna entre el Gobierno y los sindicatos a cuenta de los refuerzos policiales para la Costa. Los primeros rechazan que pueda hablarse de un incremento de la vigilancia en el litoral cuando la plantilla habitual desciende en casi un tercio por las vacaciones. El Ministerio del Interior, por su parte, suele ignorar esa obviedad e insiste en vender la mayor presencia de agentes.

El turno ayer fue para la delegada del Gobierno en Andalucía, Carmen Crespo. Aseguró que serán 145 agentes, 120 de la Policía Nacional y 25 de la Guardia Civil, los que se incorporarán este verano a la provincia de Málaga, 85 de ellos a la Costa del Sol, para reforzar la vigilancia en la zona. La cifra se asemeja con la aportada semanas atrás por el Sindicato Unificado de Policía (SUP), que advirtió de que en el periodo estival el déficit de agentes va a ser evidente, dado que será un millar el que se vaya de vacaciones cada mes. Es decir, que habrá unos 900 funcionarios menos entre julio y septiembre. Un veterano mando policial refuta, sin embargo, lo anterior. Asegura que en Málaga, al ser un destino de sol y playa, muchos agentes escogen disfrutar sus vacaciones fuera de la temporada alta. "Hace dos años en agosto estaba trabajando el 80% de la plantilla habitual", recuerda. Y alabó la presencia permanente este verano en la zona costera de una unidad de intervención con más de medio centenar de efectivos.

La delegada del Gobierno explicó que el número de efectivos del dispositivo de verano "es más o menos igual que el de años anteriores" y destacó como novedad que en esta ocasión no vaya a haber tantos agentes en prácticas como en otras ocasiones. "Seguirán acudiendo agentes en prácticas, pero se profesionalizan las personas que vienen ya que en su mayoría son especializados", dijo. Los agentes del Cuerpo Nacional de Policía se distribuirán entre la brigada móvil, los guías caninos, los especialistas en subsuelos y el servicio de desactivación de explosivos (Tedax). Por su parte, los de la Guardia Civil se distribuirán entre el Módulo de Intervención Rápida, unidades de la Policía Judicial, Tedax y guías caninos.

Según explicó la responsable gubernamental en la región, se aumentará la vigilancia en vías de comunicación urbanas e interurbanas, en las estaciones de trenes, puertos, en el aeropuerto de Málaga, en hoteles, en playas y en campings. Del mismo modo, adelantó que "se reforzarán las medidas de seguridad en espectáculos y acontecimientos que supongan grandes concentraciones de personas". También resaltó la importancia que tienen las oficinas de atención al turista extranjero que se pretenden implantar en la Costa del Sol. Hasta el momento, está operativa la de Málaga capital y el próximo mes se prevé inaugurar la de Marbella. En trámite están las de Benalmádena, Estepona y Mijas.

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1328 en: 09 de Julio de 2013, 19:10:50 pm »
Que ocurriría si comenzado el periodo vacacional tenemos una IT, que pasa con los días que nos restan por disfrutar?


Crónica de jurisprudencia: Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de marzo de 2013. Efectos de la incapacidad temporal sobrevenida durante el período de vacaciones

 
En esta crónica, examinaremos la Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de marzo de 2013 en la que se reconoce al trabajador, que incurrió en una situación de IT durante su periodo de vacaciones, el derecho a disfrutar con posterioridad los días de vacaciones en que encontró en esa situación.


HECHOS


En este proceso el actor incurre en una situación de IT durante su período de vacaciones, solicita la suspensión de sus vacaciones a partir de fecha de la baja laboral y el Ayuntamiento en el que se estaba empleado rechaza su petición. La pretensión también es rechazada en la instancia.


Estos son los antecedentes de la cuestión que examina el Tribunal Supremo en este recurso de casación para unificación de doctrina y que se concreta en si la incapacidad temporal sobrevenida del trabajador una vez iniciado el período de vacaciones anuales pagadas interrumpe su cómputo, atribuyendo al trabajador afectado el derecho a disfrutar en otras fechas los días de suspensión del contrato de trabajo debidos a la incapacidad temporal declarada.


PRECEDENTES JURISPRUDENCIALES


El Tribunal recuerda que hasta hace poco tiempo ni la legislación española ni la internacional daban respuesta al problema interpretativo suscitado, una cuestión que ha cambiado de forma radical a partir de la cuestión prejudicial formulada ante el TJUE y que concluyó con la sentencia de 21 de julio de 2012, sentencia que tuvo su "continuidad" en la dictada por el Pleno del Alto Tribunal el 3 de octubre de 2012 que resolvió que el trabajador en vacaciones al que sobreviene una incapacidad temporal tiene derecho a compensar los días de libranza coincidentes con esta situación por otras fechas posteriores. En cuanto a cuáles sean las fechas hábiles para estos nuevos días de descanso por vacaciones no plenamente disfrutadas, la propia sentencia se ha hecho eco de la evolución legislativa en la materia que ha culminado con la adición de un párrafo 2.º y un párrafo 3.º al apartado 3 del artículo 38 ET, mediante el RD-L 3/2012 y la Ley 3/2012 de reforma del mercado laboral, estableciendo que: "En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior [embarazo, parto, lactancia natural, descansos maternales, licencia por paternidad] que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que correspondan, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado".


FUNDAMENTO DE LA ESTIMACIÓN DEL RECURSO

Sentado lo anterior, es evidente que el Tribunal Supremo concluye con la estimación del recurso interpuesto, arguyendo adicionalmente una serie de razones:

ó la finalidad de las vacaciones anuales no se limita a la "reposición de energías para la reanudación de la prestación laboral" (STC 192/2003), sino que persigue, además del descanso, proporcionar al trabajador tiempo libre de ocio y distracción (STS 3-10-2007),


ó en contra de lo que entendía STS 3-10-2007, el período de vacaciones no es compatible con la situación de incapacidad temporal sobrevenida, en cuanto que impide el disfrute pleno de las actividades de ocio y distracción que, junto a la recuperación de fuerzas, integran la finalidad del instituto (TJUE 21 de junio de 2012, ANGED/FASGA y STS 3-10-2012); y, finalmente,


ó en consecuencia, el trabajador afectado durante el período de vacaciones por incapacidad temporal sobrevenida tiene derecho a disfrutar en otras fechas hábiles los días de vacaciones coincidentes con dicha situación de incapacidad temporal.

http://portalprevencion.lexnova.es/articulo/PREVENCION/202661/cronica-de-jurisprudencia-sentencia-del-tribunal-supremo-de-19-de-marzo-de-2013-efectos-de-la-inca

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1329 en: 09 de Julio de 2013, 19:26:09 pm »
LABORAL - No le cuentan como vacaciones los días que el trabajador está enfermo 
No le cuentan como vacaciones los días que el trabajador está enfermo
PREGUNTA:

Uno de nuestros trabajadores disfrutó una semana de vacaciones en Semana Santa. El primer día de sus vacaciones sufrió una intoxicación por salmonella y estuvo más de una semana de baja por IT. Ahora nos ha solicitado cogerse en verano sus vacaciones anuales íntegras. ¿Tiene derecho a ello?

RESPUESTA:

Sí, su trabajador tiene derecho a disfrutar los días de vacaciones que estuvo de baja por incapacidad temporal, o sea que, en ese sentido, es como si no hubiera tomado todavía ningún día de vacaciones. Hasta el año 2012, el Tribunal Supremo venía determinando que había que diferenciar entre la IT que surgía antes de las vacaciones que se habían fijado previamente y la IT surgida durante el disfrute de las vacaciones. Si sucedía esto segundo, el Supremo entendía que el trabajador las perdía.

 El propio Tribunal Supremo español planteó una cuestión prejudicial ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea para determinar cómo debía actuar en caso de que la IT surgiera una vez iniciadas las vacaciones. El TJUE sentenció que es indiferente que la baja se produzca “antes o durante las vacaciones. En cualquiera de los casos, el trabajador tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas en un momento posterior” (sent. del TJUE de 21.06.13).

 El TS ya ha incorporado esta doctrina del TJUE en dos sentencias (sent. del 19.03.13 y sent. del 3.10.12). En definitiva, si su trabajador sufre una incapacidad temporal antes o durante sus vacaciones, tiene derecho a disfrutar posteriormente de los días de vacaciones que le hayan coincidido con la baja.

http://tuasesor2012.blogspot.com.es/2013/06/laboral-no-le-cuentan-como-vacaciones_19.html

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1330 en: 12 de Julio de 2013, 16:14:50 pm »

Hasta el 15 de septiembre

Más de 4.000 policías y guardias civiles para la operación 'Verano seguro'
 :carcaj

Prestará especial atención a San Lorenzo de El Escorial y Chinchón


Efe | Madrid

Actualizado viernes 12/07/2013 13:41 horas

Unos 4.300 agentes del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil participarán en la operación 'Verano seguro' de 2013, un operativo específico coordinado por la Delegación del Gobierno para evitar las actividades delictivas más habituales en la época estival y reforzar la seguridad en las zonas turísticas que se mantendrá hasta el 15 de septiembre.

Dentro de esta operación, la Guardia Civil prestará una especial atención a las zonas turísticas de San Lorenzo de El Escorial, Chinchón y San Martín de la Vega -donde se ubica el Parque Warner-, así como al tránsito de vehículos hacia el Estrecho, los embalses y las zonas recreativas.

Por su parte, la Policía Nacional incrementará la vigilancia en el puesto fronterizo de Barajas y en las zonas turísticas de la capital, así como los dispositivos específicos para prevenir las actividades delictivas más habituales en este periodo, como los hurtos en el casco histórico. Los dispositivos que se ponen en marcha dentro de la operación se enmarcan en la operación 'Verano 2013', que coordina a nivel nacional el Ministerio del Interior.

El dispositivo engloba a la capital y 15 grandes municipios."Este dispositivo viene a dar una respuesta específica a las necesidades de seguridad ciudadana durante la época veraniega, en la que se produce un importante movimiento de población", ha señalado la delegada del Gobierno en Madrid, Cristina Cifuentes, en un comunicado.

Cifuentes ha destacado la importancia de los dispositivos incluidos en la operación, que da respuesta específica a las necesidades de seguridad ciudadana durante la época veraniega, caracterizada por un importante movimiento de población.

La Guardia Civil desplegará cuatro operativos específicos, destinados a proporcionar un entorno seguro y evitar hurtos y robos a los turistas; la vigilancia de áreas recreativas para impedir agresiones ambientales, el control del tráfico minorista y del consumo de drogas en zonas de ocio, así como la operación paso del Estrecho -especialmente en las vías A-1 y A-4-.

Patrullas de seguridad ciudadana de la Guardia Civil mantendrán contactos permanentes con responsables de establecimientos hosteleros, de ocio y monumentales y distribuirán trípticos informativos.

Por su parte, la Policía Nacional -a través de la Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana, las Comisarías de distrito y el puesto fronterizo de Barajas- reforzará la vigilancia con dispositivos específicos en las zonas comerciales y los cascos históricos, entre otros.

Su tarea principal será evitar las actividades delictivas más habituales en verano, como tirones y hurtos al descuido en áreas turísticas, agresiones en las proximidades de discotecas y bares de copas, robos con fuerza y butrones en establecimientos comerciales y robos de vehículos y en el interior de los mismos.

Ambos cuerpos, en coordinación con las policías locales, refuerzan además este verano la vigilancia para prevenir los robos en las viviendas que quedan temporalmente deshabitadas como consecuencia de los desplazamientos vacacionales.

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'MI CASA A SALVO' Y 'TURISMO SEGURO', LOS LEMAS

La campaña policial de verano, ''un brindis al sol''


EFE 

El SUP denuncia que el proyecto para aumentar la seguridad de los visitantes a Canarias es "un engaño" porque no va acompañado de recursos económicos que lo respalden.

La Policía y la Guardia Civil han presentado este viernes en Canarias la campaña de verano que van a desarrollar en las islas para incrementar la seguridad de sus visitantes, durante un acto que el sindicato SUP ha aprovechado para denunciar que todo será "un engaño" si siguen faltando medios.

 Los máximos jefes de ambos cuerpos en la provincia, la comisaria Sagrario de León y el coronel Ricardo Arranz, se han reunido este viernes con representantes de los municipios turísticos de Gran Canaria, los cónsules acreditados en la isla y las asociaciones empresariales para informarles de las principales medidas de esta campaña.

 Además, les han pedido su colaboración para hacer llevar a residentes y visitantes los programas Mi casa a salvo y Turismo seguro, un compendio de consejos para evitar robos en casa cuando uno sale de vacaciones y para no ser víctima de delitos cuando pasa unos días de descanso en el destino que elija.

 Sagrario de León y el comisario jefe de Seguridad Ciudadana, José Luis Santafé, han recalcado durante esta presentación que los delitos no han crecido como consecuencia de la crisis y que Canarias presenta índices de seguridad superiores a la media de España.

 De León sí ha admitido que hay un delito que presenta "un ligero incremento": el de los hurtos al descuido, sin violencia, en cafeterías, parques, paseos u otros espacios de ocio y descanso.

 El representante de la Federación de Empresarios de Hostelería de Las Palmas en la reunión, Tom Smulders, ha corroborado esa apreciación, al defender que Canarias es un destino "superseguro", y ha felicitado a la Policía y la Guardia Civil por su trabajo.

 Sin embargo, durante la misma reunión, el sindicato con mayor implantación en el Cuerpo Nacional de Policía, el SUP, ha repartido a la prensa un comunicado en el que denuncia que "los recortes sí están afectando a la seguridad" y se pregunta con qué medios se van a desarrollar las campañas que este viernes se han presentado.

 "Este tipo de proyectos, si no van acompañados de recursos económicos que los respalden, se convierten en un brindis al sol y un engaño a la ciudadanía", dice el Sindicato Unificado de Policía.

 Esta fuerza sindical advierte de que se están jubilando miles de policías cada año, mientras que la convocatoria de empleos para reponer esas bajas "es ridícula", de solo 140 plazas en 2013.

 "Muchas dependencias policiales están que da pena verlas. No hay dinero para los repuestos de los vehículos policiales averiados (...) No hay dinero para abonar como servicios extraordinarios las jornadas laborales extras, tal y como hacía hace años, y parece que se han olvidado de contar que en verano los policías disponen de su periodo vacacional", asegura el SUP.

 Sobre esta cuestión también se ha pronunciado la comisaria Sagrario de León durante la presentación de la campaña, al recordar que tanto la Guardia Civil como el Cuerpo Nacional de Policía conservan siempre un mínimo de dos tercios de sus efectivos listos para el servicio, límite que condiciona el reparto de vacaciones.

 Sin embargo, el SUP sostiene que "digan lo que digan y cuenten lo que cuenten, en seguridad no se puede hacer más con menos".

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1331 en: 05 de Agosto de 2013, 20:00:43 pm »

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1332 en: 30 de Agosto de 2013, 18:33:48 pm »

Disfrute de vacaciones interrumpidas por incapacidad temporal de un funcionario

Fecha de la consulta: 29/8/2013


 
Planteamiento

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea -TJUE- ha reconocido, en Sentencia de 21 de junio de 2012, que la IT sobrevenida durante el disfrute de las vacaciones anuales retribuidas permite su disfrute en un período distinto y por el tiempo coincidente. Esta Sentencia ha sido incorporada a nuestro ordenamiento jurídico a través de la Disp. Final 1ª.4 de la Ley 3/2012, de 6 de julio, que modifica el art. 38.3 ET.

La incapacidad temporal, con ingreso hospitalario de un funcionario, policía local en segunda actividad, producida una vez iniciado el periodo de disfrute de sus vacaciones, ¿las interrumpe? ¿Tiene el funcionario derecho a solicitar de nuevo los días de vacaciones no disfrutados una vez que se produzca el alta médica? Y si el alta médica se produce en el año siguiente al año de disfrute de las vacaciones, ¿hasta qué plazo tendría para disfrutarlas?

¿Es de aplicación también en este caso la mencionada Sentencia del TJUE?

 
Respuesta

 

Como precisión previa ha de indicarse que la nueva redacción del párrafo tercero del art. 38.3 del RDLeg 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Estatuto de los Trabajadores -ET- operada por la citada Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral no incorpora a nuestro ordenamiento la Sentencia del TJUE de 21 de junio de 2012

 sino la doctrina precedente a la misma, de la que se podía inferir la conclusión que ahora si expresamente se contiene en el indicado pronunciamiento.

La doctrina judicial europea en materia de vacaciones de los trabajadores se fundamenta en la interpretación tanto de la Directiva 2003/88/CEE, de 4 noviembre, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, como del Convenio nº 132, de 24 de junio de 1970, de la Organización Internacional del Trabajo, relativo a las vacaciones anuales pagadas.

Dicha Resolución europea y la nueva redacción del supuesto supone la superación del estado de la doctrina jurisprudencial patria que distinguía si la IT coincidía con las vacaciones antes de que éstas comenzaran o después.

Así, si la situación de incapacidad temporal surgía con anterioridad al período vacacional establecido lo que impide disfrutar de este último en la fecha señalada e independientemente de que se regulara tal beneficio a través de una condición más beneficiosa se reconocía la posibilidad de disfrutar de las vacaciones (Sentencia del TS de 24 de junio de 2009

). Literalmente se indicaba como fundamentación que "la situación de incapacidad temporal, que surge con anterioridad al período vacacional establecido y que impide disfrutar de este último en la fecha señalada, no puede ni debe erigirse en impedimento que neutralice el derecho al disfrute de dicha vacación anual que todo trabajador ostenta por la prestación de servicios en la empresa"

Por el contrario, si la incapacidad temporal surge durante el disfrute del periodo de vacaciones concedido, la doctrina jurisprudencial negaba el derecho a su recuperación. Citando una por todas, valga la argumentación contenida en el pronunciamiento del TS de 27 de abril de 2010

 donde se señala que "(...) tiene que ser distinto el tratamiento que merece la incapacidad temporal que surge durante el disfrute de la vacación, pues es un riesgo que, en tal situación, ha de asumir el propio trabajador, con aquella otra que se produce con anterioridad al período vacacional y que impide el disfrute de éste en la fecha preestablecida en el calendario previsto, a tal efecto, en la empresa. En este último caso....necesariamente, ha de hacerse compatible el derecho a la baja por incapacidad temporal, sea esta por enfermedad común o por maternidad, con el correspondiente al disfrute de la vacación anual."

Con la nueva regulación queda claro que no se perjudica el derecho independientemente del momento temporal en el que se cause, resolviendo que el art. 7.1 de la Directiva 2003/88, se opone a una interpretación de la normativa nacional que no permita interrumpir el periodo vacacional para el disfrute en un momento posterior -bien del periodo completo, bien del que restase-, si la incidencia de un proceso de incapacidad temporal aconteciera de forma sobrevenida durante el periodo de su disfrute.

Según la nueva argumentación la negación del derecho sólo encontraría justificación en supuestos en que la baja no fuera ajustada a derecho y, en suma, aparecieran indicios o sospecha de fraude (por ejemplo, cuando el periodo de vacaciones hubiera sido elegido por el propio trabajador a sabiendas de que en tales fechas iba a situarse en IT por tener programada alguna intervención sanitaria), y se precisa que mientras la incapacidad temporal provoca la suspensión del contrato de trabajo y, por ello, de ambas contraprestaciones básicas -pago del salario y prestación de servicios- el disfrute de las vacaciones mantiene viva la relación, sin suspensión y con el único efecto de la interrupción de una sola de las obligaciones -la prestación de servicios-. De ahí que, tanto si el trabajador está en plena actividad como si está de vacaciones, la concurrencia de la situación de incapacidad temporal provoca, en todo caso, la suspensión del contrato y, por tanto, el efecto sobre éste ha de ser el mismo esté o no en el disfrute de las vacaciones. De otro modo, resultaría que se computan como vacaciones unos días en que el contrato de trabajo estuvo suspendido por la situación de baja médica.

Así establecida la argumentación, cabe responder a la cuestión planteada de si dicho pronunciamiento resulta de aplicación al personal funcionario.

En este sentido, ha de indicarse que la normativa aplicada por el TJUE es la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, cuyo art. 1.3 precisa que dicha Directiva se aplicará a todos los sectores de actividad, privados y públicos, dentro de los cual ha de entenderse incluido el personal funcionario.

Por tanto, en base al análisis realizado, el policía local sobre el que se realiza la consulta tiene derecho a solicitar de nuevo los días de vacaciones no disfrutados una vez que se produzca el alta médica, aun cuando el alta médica se produzca en el año siguiente al año de disfrute de las vacaciones.

Respecto al plazo para disfrutarlas y pese a que no existe norma similar en el Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público -EBEP-, consideramos aplicable por analogía la normativa laboral, en defecto de disposición especifica en la correspondiente entidad local.


http://www.derecholocal.es/novedades_consultas_ampliada.php?id=CATSUYZE:7DD26323

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1333 en: 02 de Octubre de 2013, 10:26:11 am »
Dicen por ahi que hay sentencia ganada del turno de refuerzo... segun manifiesta cierto sindicato!!!

Quiero verla, es posible, donde la busco??

Gracias



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« Respuesta #1334 en: 02 de Octubre de 2013, 11:23:02 am »
 . . .  como no podía ser de otra manera . . . pero la cuestión es . . . y ahora que? ? ?

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1335 en: 02 de Octubre de 2013, 11:25:16 am »
. . .  como no podía ser de otra manera . . . pero la cuestión es . . . y ahora que? ? ?

Pues....bufff...

Desconectado Heracles_Pontor

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1336 en: 02 de Octubre de 2013, 11:40:41 am »
 . . . y los sindicatos . . . se han pronunciado a este respecto? ? ?

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1337 en: 02 de Octubre de 2013, 12:36:42 pm »
. . . y los sindicatos . . . se han pronunciado a este respecto? ? ?

 :pen:

Desconectado PeInG

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1338 en: 02 de Octubre de 2013, 19:23:20 pm »
Dicen por ahi que hay sentencia ganada del turno de refuerzo... segun manifiesta cierto sindicato!!!

Quiero verla, es posible, donde la busco??

Gracias



El que a sabiendas de su injusticia dictare...

El delito de prevaricación no sé ni para qué está tipificado.
Old school Hollywood baseball...

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Re:Vacaciones, EBEP y sentencias
« Respuesta #1339 en: 02 de Octubre de 2013, 19:28:29 pm »
No cabe el delito dentro de la interpretación administrativa.