Autor Tema: Violadores: ¿Enfermos o delincuentes?, ¿La castración química, es la solución?  (Leído 112111 veces)

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« Respuesta #961 en: 10 de Marzo de 2026, 12:02:29 pm »
Franceses y un suizo. . . menos mal que no son subsaharianos. . .

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Re: Violadores: ¿Enfermos o delincuentes?, ¿La castración química, es la solución?
« Respuesta #962 en: 11 de Marzo de 2026, 01:24:51 am »
Franceses y un suizo. . . menos mal que no son subsaharianos. . .


Pues en la imagen hay uno que es subsahariano..., será que no hay moros y negros franceses..., y suizos...

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Re: Violadores: ¿Enfermos o delincuentes?, ¿La castración química, es la solución?
« Respuesta #963 en: 13 de Marzo de 2026, 19:02:14 pm »

Confirman la pena de tres años de prisión a un hombre por mantener relaciones sexuales con su prima de 14 años en Málaga


La fachada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).Europa Press
MálagaNoticia12 mar 2026 - 18:45
Europa Press

La sentencia recuerda que la legislación "excluye la validez del consentimiento del menor de 16 años para la práctica de comportamientos de esta índole".

Detenido por disparos intimidatorios desde la ventana de un piso en el barrio malagueño de Las Castañetas.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia de Málaga en la que condena a un hombre por un delito de agresión sexual por mantener relaciones sexuales con su prima de 14 años en un coche. Así, se ratifica la pena impuesta de tres años de prisión.

Los hechos sucedieron en julio de 2019. Según se consideró acreditado por la Audiencia de Málaga, y consta en la resolución del alto Tribunal andaluz, el acusado estaba en compañía de su prima en el interior de un vehículo, ambos situados en los asientos delanteros.


En primer lugar, la menor le realizó al acusado prácticas sexuales y, posteriormente, se fueron a los asientos traseros de dicho vehículo donde mantuvieron relaciones. Por estos hechos, se condenó al acusado por un delito de agresión sexual a la pena de tres años de prisión y se le impuso una medida de libertad vigilada de cinco años, de cumplimiento con posterioridad a la pena privativa de libertad.

Por otra parte, el hombre quedó absuelto de un delito de malos tratos, por el que también se le acusaba. El Tribunal consideró que no podía acreditarse que este hubiera agarrado del cuello a la menor, ni que le diera un tortazo en la casa del acusado.

Frente a esta sentencia, la defensa presentó un recurso, que ahora el TSJA rechaza, al recordar a nivel general que la legislación "excluye la validez del consentimiento del menor de 16 años para la práctica de comportamientos de índole sexual", al partir de que "antes de esta edad no se dispone todavía de la formación y madurez".

Así, se indica que por debajo de dicha edad no se puede considerar un consentimiento libre en este ámbito de actuación aunque hay excepciones. Según explicó la Sala de apelación, cualquier clase de abuso o prevalimiento en una situación de igualdad sustancial entre los participantes quedaría excluido.

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Re: Violadores: ¿Enfermos o delincuentes?, ¿La castración química, es la solución?
« Respuesta #964 en: 16 de Marzo de 2026, 16:08:39 pm »

Viola a una mujer con una botella de cristal y le quema con un cigarro en el pubis tras retenerla en su piso


El acusado acepta siete de los 23 años a los que se enfrentaba por dos agresiones sexuales
Ignacio Cabanes

Viernes, 13 de marzo 2026, 07:15

«Me tienes que obedecer, si no te estropeo la cara, te la voy a rajar y no te va a reconocer nadie». Con estas amenazas Hicham D., de 42 años y origen marroquí, amedrentó a su víctima, a la que acababa de conocer y había ofrecido cobijo en su piso de una localidad de la Canal de Navarrés. Domicilio donde la tuvo retenida desde la noche del 15 de agosto de 2024 al mediodía del día siguiente, sometiéndola a agresiones sexuales especialmente salvajes y quemaduras en la zona púbica con un cigarro.

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Ahora el acusado ha confesado los graves hechos que se le imputaban, entre ellos la violación con el cuello de la botella de cristal con la que previamente había amenazado a su víctima, logrando así una importante rebaja en las penas a las que se enfrentaba. La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia lo condena a ocho años de prisión –de los 23 años que solicitaba el Ministerio Fiscal– como autor de dos delitos de agresión sexual con violencia, y uno de ellos agravado por la introducción de objetos, en concurso medial con un delito de detención ilegal.

Su defensa, ejercida por la letrada Sonia García Galiano, ha conseguido que se le apliquen las atenuantes de reparación del daño, tras haber pagado antes de la celebración de la vista oral 1.500 euros de los 3.000 a los que asciende la indemnización a la agredida por las secuelas físicas y psíquicas sufridas. Así como la de dilaciones indebidas –aunque el caso es relativamente reciente, de agosto de 2024–.

El delito leve de lesiones, por los hematomas y las quemaduras que le causó en el muslo derecho y la zona púbica, se queda en una multa. Y se ha acordado que una vez haya cumplido un tercio de la pena, el condenado sea expulsado a su país.

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Según los hechos probados, tras el acuerdo de conformidad alcanzado entre las partes, el condenado, en situación irregular en el país, amenazó a su víctima con la botella que portaba en la mano cuando la mujer se negó a mantener relaciones sexuales: «Te voy a rajar la cara». «Ante el lógico temor infundido a la víctima y movido por la intención de satisfacer sus deseos lúbricos», logró desnudarla, le realizó tocamientos y se masturbó ante ella.

«O haces lo que te diga o te rajo la cara»
A la mañana siguiente y tras impedirle abandonar el domicilio, tras cerrar con llave la puerta del piso, la amenazaba de nuevo con expresiones como: «O haces todo lo que yo te diga o te rajo la cara o te mato».

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Al mediodía de ese 16 de agosto, el procesado le quemó con un cigarro en la pierna con la intención de atentar contra su integridad física, concretamente en la parte de arriba del muslo y el pubis. Además, con la intención saciar su sed libidinosa se volvió a masturbar delante de ella y la penetró analmente con el cuello de una botella de cristal mientras le acariciaba el pecho y el cuello.

La víctima, de 28 años, sufre un «cuadro depresivo derivado de su situación personal, tanto en su país de origen como del propio proceso migratorio», que se vio agravado como consecuencia de las agresiones sexuales que padeció en la Canal de Navarrés, por las que ahora ha sido condenado el acusado tras su confesión.


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Re: Violadores: ¿Enfermos o delincuentes?, ¿La castración química, es la solución?
« Respuesta #965 en: 04 de Abril de 2026, 18:17:46 pm »

Detienen a dos hermanos de 56 y 71 años cuando violaban a una mujer en el interior de un coche en un descampado de Valencia



Sergio Adán Rodríguez
Agencia EFE
04 ABR 2026 - 11:25h.
Dos hermanos de 56 y 71 años han sido detenidos cuando violaban a una mujer en el interior de un coche en Valencia
Un testigo alertó de la violación a una mujer en Valencia cuando vio a los hermanos detenidos introducirla

ValenciaLa Policía Nacional ha detenido en València a dos hermanos de 56 y 71 años de edad que estaban violando a una mujer dentro de un coche en un descampado en el barrio de Malilla, según han confirmado este sábado a EFE fuentes policiales.


La Policía fue alertada a las 23:30 horas del pasado jueves tras la llamada de un ciudadano que estaba paseando y vio que dentro de un vehículo ubicado a la altura del número 89 de la calle Juan Ramón Jiménez de València se estaba produciendo una agresión sexual.

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Cuando los agentes llegaron al lugar, encontraron a uno de los hombres violando a la mujer en el coche, en cuyo interior también estaba el segundo, por lo que detuvieron a ambos acusados de un delito de agresión sexual y la mujer fue trasladada a un centro hospitalario.

La información que ha sido adelantada por 'Levante-EMV', que señala que la mujer estaba inconsciente cuando se produjo la agresión sexual en el vehículo que los hermanos utilizan para dormir. Ambos intentaron hacer creer que la víctima era la pareja de uno de ellos.

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La víctima tuvo que ser trasladada hasta un centro hospitalario por protocolo y así evaluar las lesiones de la agresión sexual. Además, según apunta 'Levante EMV' "durante el ataque también la golpearon con violencia para poder meterla dentro del coche".

Las diligencias van a ser entregadas a la sección de Violencia sobre la mujer del tribunal de instancia de València plaza 1 en funciones de guardia, según las mismas fuentes.

De momento, ambos hermanos permanecen en dependencias policiales y está previsto que este sábado sean entregados a la jueza de guardia de Violencia sobre la Mujer, acusados por un delito de agresión sexual.


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Re: Violadores: ¿Enfermos o delincuentes?, ¿La castración química, es la solución?
« Respuesta #966 en: 05 de Abril de 2026, 07:10:51 am »

La Justicia deja en libertad a dos hermanos acusados de violar a una mujer en Valencia

Los hombres, de 71 y 56 años. niegan la agresión sexual y la supuesta víctima no presenta denuncia

Johana Gil



Sábado, 4 de abril 2026, 20:32


El juzgado de Violencia sobre la Mujer de Valencia ha decretado la libertad provisional para dos hermanos, de 71 y 56 años, detenidos la pasada noche del jueves por presuntamente haber violado a una mujer dentro de un coche abandonado. La jueza ha determinado que «no existían pruebas suficientes» para acreditar la comisión del delito.

Los hechos, ocurridos alrededor de las 23.30 horas, fueron denunciados por un vecino que paseaba a su perro por la zona. Según su testimonio, las dos personas -que pernoctan dentro de un vehículo abandonado- estaban con una mujer que permanecía inmóvil, lo que le hizo sospechar que estaba siendo agredida sexualmente. Alarmado, dio aviso inmediatamente a la Policía Nacional, que rápidamente se desplazó al lugar.

Al llegar al descampado, los agentes encontraron a uno de los detenidos in fraganti, mientras que el otro permanecía en el vehículo. Ambos fueron arrestados bajo la acusación de agresión sexual, y la víctima fue trasladada a un centro hospitalario para su atención médica.

Sin embargo, en las declaraciones posteriores tanto ante la Policía como en el juzgado, los dos hombres, de origen cubano, negaron rotundamente las acusaciones. Según su versión, la mujer se encontraba en estado de embriaguez y ellos simplemente la habían auxiliado. Según el auto de sobreseimiento provisional, la víctima no presentó denuncia formal, junto a la ausencia de un informe médico forense.


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Re: Violadores: ¿Enfermos o delincuentes?, ¿La castración química, es la solución?
« Respuesta #967 en: 27 de Abril de 2026, 20:51:36 pm »

El juez cita en mayo a Ignacio Escolar y a varios periodistas de elDiario.es tras la demanda de Julio Iglesias


"Cítese a las partes para la comparecencia del acto de conciliación para el próximo día 28 de mayo de 2026", señala la diligencia de ordenación.

Europa Press
Pablo Pardo Seguir a pablopardop0206 | Miguel Ángel Pérez Seguir a miguelpr83 2026-04-27

El juez ha citado al director del diario digital elDiario.es para celebrar un acto de conciliación el próximo 28 de mayo por la información publicada en su periódico en la que se acusaba al cantante Julio Iglesias de abusar de dos antiguas trabajadoras.




A principios de marzo el cantante presentó una demanda de conciliación previa a la interposición de una querella contra elDiario.es, su director y varios de sus periodistas por realizar contra él una "campaña de desprestigio y linchamiento mediático".

Tal y como se publicó en este diario, la defensa de Iglesias, encabezada por José Antonio Choclán, señaló en un escrito que "los hechos denunciados no obedecen a una manifestación aislada o puntual, sino que se insertan en una auténtica campaña de desprestigio y linchamiento mediático, materializada a través de distintas vías concertadas y mediante la publicación sistemática de contenido en días sucesivos en los que se va intensificando el daño causado".

Ahora, la diligencia de ordenación de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza Nº 40, a la que ha tenido acceso Libertad Digital, pide citar "a las partes para la comparecencia del acto de conciliación para el próximo día 28 de mayo de 2026 a las 10.00 horas en la Sala Secretaria este Juzgado". Junto con Ignacio Escolar están citadas María Ramírez, Juan Luis Sánchez, Ana Requena y Elena Cabrera.

No obstante, la diligencia especifica que las partes pueden comparecer por sí mismas "o por medio de Procurador", por lo que no tendrán que acudir presencialmente si lo desean. De igual manera, el texto advierte "que si no comparece ni alegare justa causa para no concurrir se pondrá fin al acto teniéndose la conciliación por intentada a todos los efectos legales".

La demanda de Iglesias
En la demanda presentada por el cantante español se criticaba que en el diario se publicase por capítulos un espacio llamado "Investigación Julio Iglesias" y también criticaron que todo se trataba de un montaje periodístico animado por un fin de lucro".

Julio Iglesias demanda a eldiario.es y Escolar por su "campaña de desprestigio y linchamiento mediático"
Miguel Ángel Pérez | Paco Cobos | Pablo Pardo
De igual manera, en el escrito también se criticaba una "campaña mediática" a raíz de "una mera denuncia en cuya elaboración reconoce haber participado el medio de comunicación".



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Re: Violadores: ¿Enfermos o delincuentes?, ¿La castración química, es la solución?
« Respuesta #968 en: 28 de Abril de 2026, 00:22:28 am »
Cómo no tengan el asunto bien atado Julio Iglesias les va a sacar una pasta. . .

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Terror en un hospital de Ibiza: una paciente con cáncer sufre una brutal agresión sexual en plena madrugada


La víctima consiguió activar el botón de alarma y el delincuente se dio a la fuga
Terror hospital Ibiza
Fachada del hospital de Can Misses, lugar donde sucedieron los hechos.
Julio Bastida
Julio Bastida @juliobastidag
Delegado de OKBALEARES, ex jefe de sucesos de Ultima Hora y presentador de El Perímetro de Fibwi.
14/05/2026 20:50 Actualizado: 14/05/2026 20:50

Una auténtica noche de horror y pánico sacude al Hospital Can Misses de Ibiza. Lo que debía ser un lugar de descanso, protección y cuidados para pacientes vulnerables se convirtió, presuntamente, en el escenario de una escalofriante agresión sexual que ha provocado indignación y un enorme debate sobre la seguridad en hospitales públicos.


Según fuentes próximas al caso, los hechos ocurrieron durante la madrugada del domingo al lunes, cuando un individuo descrito como un hombre joven, con barba y aspecto desaliñado, logró acceder sin dificultad al interior del hospital. Lo más alarmante, según denuncian familiares y trabajadores, es que el sospechoso habría entrado al edificio sin que nadie le pidiera identificación ni le impidiera moverse libremente por las instalaciones durante la noche.

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El presunto agresor habría llegado hasta la habitación donde permanecía ingresada una mujer de 69 años, enferma de cáncer de colon con metástasis y bajo cuidados paliativos. La víctima, en una situación de extrema fragilidad física, descansaba en su cama cuando, supuestamente, el hombre irrumpió en la habitación y comenzó a agredirla sexualmente, realizando tocamientos bajo la sábana y el camisón hospitalario.


El relato de lo sucedido resulta estremecedor. Siempre según la versión de personas cercanas a la investigación, la mujer, aterrorizada y prácticamente indefensa, intentó alcanzar discretamente el botón de asistencia instalado junto a la cama para pedir ayuda urgente al personal sanitario. Fue entonces cuando el sospechoso, al percatarse de su movimiento, la amenazó de muerte con una frase que ahora pone los pelos de punta: «Si tocas el botón, te mato».

A pesar del miedo, la paciente consiguió finalmente activar la alarma. En ese instante, el supuesto agresor salió huyendo a toda velocidad por los pasillos del hospital en plena madrugada, mientras trabajadores del centro intentaban perseguirlo sin éxito. Algunos empleados lograron verlo parcialmente durante la fuga, aunque no pudieron interceptarlo antes de que desapareciera del recinto sanitario.

La víctima pudo presentar posteriormente una denuncia por agresión sexual mediante videollamada debido a su delicado estado de salud. A partir de ese momento se activó una investigación urgente de la Policía Nacional, cuyos agentes revisaron las cámaras de seguridad del hospital para reconstruir el recorrido del sospechoso.

Las grabaciones permitieron identificar al presunto autor, quien más tarde habría sido reconocido también por la propia víctima. Fuentes conocedoras del caso apuntan a que el detenido podría estar relacionado con el campamento chabolista situado junto al hospital, un detalle que ha incrementado todavía más la preocupación vecinal por la seguridad en Ibiza y la vigilancia en los alrededores del centro sanitario.

Pero la polémica no termina ahí. El entorno de la mujer estudia ahora emprender acciones legales también contra el propio hospital por un supuesto fallo grave en las medidas de seguridad. Según denuncian, varias puertas de acceso al centro permanecen abiertas permanentemente, incluso de madrugada, permitiendo la entrada de cualquier persona ajena al hospital sin control alguno.

Algunas fuentes aseguran que la puerta reservada para el personal sanitario permanece abierta las 24 horas del día, sin cerradura ni sistema de bloqueo, mientras que las puertas automáticas exteriores pueden abrirse simplemente empujándolas, incluso cuando aparentemente están cerradas durante la noche.

La Unidad de Atención a la Familia y la Mujer (UFAM) de la Policía Nacional mantiene abierta la investigación mientras el detenido podría pasar próximamente a disposición judicial. Por el momento, los agentes continúan recopilando pruebas y tomando declaraciones para esclarecer todos los detalles de una agresión que ha causado una enorme conmoción social en Ibiza.

El caso también ha provocado una inmediata reacción política. La Secretaría de Igualdad de la Federación Socialista de Eivissa ha condenado duramente lo ocurrido, calificándolo de «aberración» y de «fallo de seguridad gravísimo». Desde el PSOE consideran inadmisible que un hombre pudiera acceder de noche al hospital, recorrer varias plantas y entrar en la habitación de una paciente vulnerable sin ser detectado.

Los socialistas exigen ahora explicaciones públicas y urgentes al Área de Salud de Eivissa y Formentera, además de un refuerzo inmediato de los controles de acceso nocturnos en hospitales para evitar que un episodio tan escalofriante vuelva a repetirse.

Mientras tanto, la indignación crece entre ciudadanos y familiares de pacientes, que se preguntan cómo es posible que un hospital público en Ibiza pueda convertirse, presuntamente, en el escenario de una agresión sexual a una mujer enferma e indefensa en plena madrugada.

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Re: Violadores: ¿Enfermos o delincuentes?, ¿La castración química, es la solución?
« Respuesta #970 en: 19 de Junio de 2026, 10:31:16 am »

La Justicia obliga a la Fiscalía a entregar a Julio Iglesias la denuncia que fue presentada y archivada contra él


El cantante tendrá acceso, con los datos personales anonimizados, tanto a la investigación que realizó la Fiscalía de la Audiencia Nacional como la denuncia que hicieron Rebeca y Laura por presuntos delitos de violencia sexual y contra los derechos de los trabajadores

Elena Cabrera
18 de junio de 2026 17:12 h
Actualizado el 19/06/2026 09:26 h

Un juzgado de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional ha fallado contra la Fiscalía y esta tendrá que dar acceso a Julio Iglesias a la denuncia que dos mujeres presentaron contra él el pasado enero por delitos de violencia sexual. Esta denuncia fue archivada al poco de iniciarse las pesquisas por falta de jurisdicción de España.

La Justicia dominicana considera a dos exempleados de mantenimiento de Julio Iglesias como “domésticos” y les niega la indemnización por despido improcedente

Dos extrabajadoras del cantante en sus mansiones de República Dominicana y Bahamas interpusieron contra Julio Iglesias una denuncia ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional a principios de enero, por presuntos delitos contra la libertad sexual y contra los derechos de los trabajadores que podrían incluso constituir trata de seres humanos con fines de imposición de trabajo forzado y servidumbre.

El Ministerio Público concedió una especial protección a las denunciantes e inició unas pesquisas que le llevaron a tomar declaración a estas dos mujeres, de nombres ficticios Laura y Rebeca. Tras estas primeras actuaciones, la Fiscalía decidió archivar la investigación al encontrar que no tenía competencia, por falta de jurisdicción del Estado español ante unos hechos que habrían sucedido en República Dominicana y Bahamas. La Fiscalía no entró a investigar al fondo de los hechos y archivó a pesar de que Julio Iglesias conserva la ciudadanía española.

Iglesias alegó “manifiesta indefensión” y solicitó personarse en la causa, una petición que la Fiscalía denegó al tratarse de unas pesquisas preprocesales dirigidas a discernir si España podía o no investigarle. Al no concedérsele y una vez la denuncia archivada, Iglesias solicitó formalmente acceso al texto de la denuncia. La Fiscalía realizó una consulta sobre ello a la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado y resolvió que no procedía dar acceso, basándose en una circular de la Fiscalía sobre el carácter de las preprocesales y al acceso de terceros.

Por ello y para recurrir ese auto de la Fiscalía, el cantante interpuso una demanda contra ella. Este jueves, una magistrada ha fallado a favor del recurso presentado por Iglesias, por lo cual la Fiscalía tendrá que entregarle las diligencias preprocesales que llevó a cabo este órgano, así como la denuncia de las dos mujeres, convenientemente anonimizada para evitar su identificación, según indica el auto al que ha tenido acceso elDiario.es.

Las partes —tanto Fiscalía como las abogadas de las denunciantes— tienen 15 días para interponer un recurso de apelación a esta decisión.

La Fiscalía y la representación legal de Laura y Rebeca intentaron que no se admitiera el recurso de Iglesias por lo contencioso administrativo, al entender que esta no era la vía competente para una reclamación de derechos fundamentales. El abogado del cantante alegó que no tener acceso a la denuncia le impedía defenderse o ejercer acciones legales legítimas ante los tribunales, como podría ser interponer una querella por denuncia falsa o simulación de delito contra las extrabajadoras. El fallo inadmite la “inadecuación de procedimiento”.

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« Respuesta #971 en: 26 de Junio de 2026, 08:04:26 am »

La Fiscalía pide 18 años de cárcel para un hombre acusado de más de 3.000 agresiones sexuales contra su exesposa


Las penetraciones anales no consentidas se prolongaron durante más de una década

Daniel J. Ollero
Daniel J. OlleroMadrid
Madrid
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Actualizado Viernes, 26 junio 2026 - 00:08
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Un hombre se enfrenta a 18 años de prisión acusado de haber agredido sexualmente a su exesposa más de 3.000 veces durante más de una década y de haberla sometido a un maltrato físico y psicológico continuado. La cifra fue calculada por una perita a partir de la frecuencia con la que, según la denunciante, se producían las agresiones y del periodo durante el que habrían ocurrido.

La mujer presenta incontinencia fecal, pérdida de tono del esfínter e hipersensibilidad rectal. Las acusaciones vinculan estas alteraciones con las penetraciones anales reiteradas mediante objetos. Los informes psicológicos aportados al juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Madrid concluyen, además, que padece un trastorno de estrés postraumático complejo.

Una de las especialistas declaró que las alteraciones funcionales eran compatibles con el relato de la denunciante. La ausencia de cicatrices o daños externos visibles, explicó, no permite descartar las agresiones, ya que esa zona puede cicatrizar sin dejar huellas traumáticas permanentes.

Según su relato, las penetraciones anales no consentidas comenzaron en 2004, cuando su hija todavía era un bebé, y se intensificaron a partir de 2014. La denunciante afirmó que expresaba su negativa, pero que su marido continuaba.

El acusado negó los hechos. Admitió que durante el matrimonio mantuvieron relaciones anales, pero aseguró que «siempre fueron consentidas». También rechazó haber empleado objetos. «Me parece una barbaridad», manifestó.

Una psicóloga declaró, sin embargo, que, durante su evaluación, el hombre había reconocido un especial interés por esta práctica. «Me gustaba la penetración anal siempre. Si ella no quería, me enfadaba un día o dos», le manifestó.

La Fiscalía considera que el relato de la denunciante ha sido persistente y está respaldado por elementos periféricos de corroboración. Antes de abandonar el domicilio, la mujer contó a varias personas de su entorno que sentía «terror», que su marido la tenía «muy controlada» y que era «mejor darle sexo para dejarle tranquilo» y evitar nuevos conflictos

El ministerio público también atribuye valor a algunos detalles aportados por los hijos. Aunque actualmente ambos apoyan al padre y acudieron con él al juicio, la hija declaró durante la instrucción que su madre se duchaba por las noches a horas poco habituales, una conducta que las acusaciones consideran compatible con el contexto descrito por la denunciante. La joven también habría confirmado que en el domicilio se producían insultos, menosprecios y discusiones. El acusado, por su parte, atribuyó los problemas familiares al consumo de marihuana de su hijo, que, según declaró, comenzó a fumar a los 12 años.

Las acusaciones sostienen que el procesado fue deteriorando progresivamente la autoestima de su mujer con expresiones como «inútil», «tonta» o «no vales para nada» y que también la empujaba, abofeteaba y amenazaba. La denunciante afirmó que las agresiones físicas eran menos frecuentes porque su marido ejercía habitualmente violencia sexual. Según la acusación particular, llegó a perder mucho peso porque evitaba comer para no tener que defecar. El acusado sostuvo, por su parte, que a su mujer «no le gustaba comer» y que «nunca ha querido estar gorda».

La defensa cuestiona tanto la credibilidad de la denuncia como la relación causal entre las prácticas sexuales y los problemas médicos. Su abogado destacó que varios informes no detectaron lesiones y que la mujer acudió al médico antes de presentar la denuncia sin relatar agresiones sexuales ni sangrados anales.

Esta circunstancia que resulta habitual en casos de violencia machista dentro de la pareja, donde las víctimas tardan años en denunciar por diversos motivos como no poder identificar esa violencia dentro de una relación, la vergüenza o el miedo a no ser creídas.

Además, la defensa hizo hincapié en que, después de separarse, la mujer acudió repetidamente al lugar de trabajo del acusado y que la hija, entonces menor de edad, permaneció varios meses viviendo con su padre. Además, sostuvo que la denuncia se presentó después de que fracasaran las negociaciones económicas del divorcio.

Las acusaciones solicitan 15 años de cárcel por las agresiones sexuales y otros tres por maltrato habitual, además de una indemnización de 190.750 euros por las secuelas. La defensa pide la absolución al considerar que existen dos versiones incompatibles y que las pruebas no permiten desvirtuar la presunción de inocencia.

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« Respuesta #972 en: 02 de Julio de 2026, 10:42:04 am »


Condenado un exdiputado de Yolanda Díaz que violó a una menor, con prácticas sádicas, y le transmitió la sífilis


Se trata de Xabier Ron, exmiembro de AGE y docente en un instituto próximo a la capital gallega


Patricia Abet

Galicia

01/07/2026 Actualizado 02/07/2026 - 06:57h.

Nueve años y medio de prisión. Es la condena de conformidad que aceptó el mes pasado Xabier Ron -exdiputado de Alternativa Galega de Esquerda (AGE), formación liderada por Yolanda Díaz durante su etapa gallega- por un delito continuado de agresión sexual contra una alumna de 12 años a la que daba clase de francés en un instituto próximo a la capital gallega. El caso, explican fuentes directas consultadas por ABC, es de una «gravedad extrema». Según el relato de hechos probados, el docente, aprovechando el vínculo que tenía con la estudiante, inició con ella una relación que pronto excedió los límites del recinto escolar para transformarse en citas en las que el expolítico daba toda serie de instrucciones a la niña para que no fuesen descubiertos, y que incluían quedadas en una localidad próxima a la capital, donde él residía. En ellas le llegó a decir a la víctima que el parque donde se veían era el lugar ideal "para ir con un compañero del instituto y tener sexo".


Tras esos primeros encuentros, y según Ron reconoció al aceptar la pena que evita el juicio, se produjeron distintas agresiones sexuales con penetración e incluso la transmisión de la sífilis, una enfermedad que le fue detectada a la menor durante una analítica. El expolítico fue detenido el 30 de enero de 2025, cuando el escándalo saltó, y desde entonces permanece en la prisión coruñesa de Teixeiro, desde donde entró por videoconferencia para ratificarse en su culpabilidad. Lo hizo con un sucinto "sí" con el que aceptó todas las acusaciones que se le imputaban sin dar más explicación. El fallo, alcanzado por conformidad de las partes, establece como probado que Ron abusó de su condición de profesor de la menor y de la relación de confianza generada entre ellos, para provocar una «dependencia emocional» que derivó en estos encuentros sexuales con la niña, que cursaba 2º de la ESO en el momento de los hechos.



Fuentes del caso explicaron a ABC que la relación se prolongó durante cerca de un año, en el que la menor llegó a visitar la casa del docente, siguiendo sus indicaciones y deseos. Las partes, tanto Fiscalía como acusación particular, elaboraron un «durísimo escrito» que refleja el cariz pseudomasoquista de alguno de estos encuentros, que la menor acabó denunciando ante su familia. Una relación de dominación que el acusado se encargó de ocultar, pese a que los dos compartían centro escolar.

La detención de Ron, que había solicitado el traslado a otro instituto de Pontedeume para poner distancia cuando la menor decidió cortar la relación, provocó el registro de todos los materiales informáticos de los que disponía, tanto en su centro de trabajo como en su vivienda. Todos ellos fueron volcados para su análisis por parte de los investigadores en el marco de una instrucción activada por el Juzgado 1 de Instrucción de la capital gallega, que llevó el caso con total hermetismo. [media link]


La sentencia recoge que, durante 15 años, Xabier Ron no podrá ejercer actividades relacionadas con menores y tendrá libertad vigilada durante 10 años posteriores al cumplimiento de la pena. El fallo reconoce, además, que el procesado ya ha indemnizado a la víctima con 82.000 euros por los daños morales generados.

Prisión para el exdiputado de Díaz detenido por supuesta agresión sexual y corrupción de menores

Ron fue diputado autonómico entre 2012 y 2016, dentro del grupo parlamentario de la coalición Alternativa Galega de Esquerda (AGE); concretamente, formaba parte del cupo de Esquerda Unida (EU), liderada entonces por la ahora vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz. Antes, había sido dos veces candidato a la Alcaldía de Santiago de Compostela bajo las siglas de Esquerda Unida.


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Re: Violadores: ¿Enfermos o delincuentes?, ¿La castración química, es la solución?
« Respuesta #973 en: 12 de Julio de 2026, 18:55:20 pm »
Eso es SUMAR, PODEMOS, IU, etc...

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Re: Violadores: ¿Enfermos o delincuentes?, ¿La castración química, es la solución?
« Respuesta #974 en: 21 de Julio de 2026, 11:11:25 am »

Julio Iglesias se querella contra Yolanda Díaz y ‘eldiario.es’ por intromisión al honor, injurias con publicidad y calumnias


Irene Tabera
Irene Tabera @irenetaberaMadrid (1996). Periodista de Investigación y Tribunales. Colaboradora en Telecinco, Cuatro y Telemadrid. Graduada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y máster en Televisión por la Universidad Católica de Milán. Anteriormente trabajó en Mediaset Italia. Contacto: irene.tabera@okdiario.com
21/07/2026 08:44Actualizado: 21/07/2026 09:16

Julio Iglesias ha presentado este lunes 20 de julio una demanda contra Yolanda Díaz por intromisión al honor y una querella contra eldiario.es por injurias con publicidad y calumnias. El cantante cumple así con su batalla judicial contra las difamaciones tras interponer las demandas de conciliación.


Julio Iglesias sigue adelante en los tribunales. El cantante ha interpuesto una demanda de protección civil del derecho al honor frente a la vicepresidenta del Gobierno, Yolanda Díaz, en la que le pide 50.000 euros de indemnización y que asuma el pago de las costas del procedimiento judicial.


El cantante solicita que se retracte de sus palabras en una entrevista en TVE en la que atacó, a su juicio, el honor del cantante. «La demandada, alto cargo público del Estado, emitió a la opinión pública primero a través de una red social y, después, a través de un medio de televisión claros prejuicios de culpabilidad contra Julio Iglesias, tales como que en su casa se cometían abusos sexuales, los trabajadores se encontraban en régimen de esclavitud y se vulneraban sistemáticamente los derechos fundamentales de los mismos, que lesionan de modo irremediable no solo el derecho a la presunción de inocencia en su dimensión procesal -o más bien preprocesal, pues en este caso concreto ni siquiera se cuenta con la pendencia de un procedimiento judicial, sino que, en la fecha en que se vertieron tales manifestaciones, no existían más que unas diligencias de investigación en Fiscalía, como resultado de la presentación de una denuncia-, sino, en lo que ahora nos concierne, su derecho a la intimidad personal y al honor», expone Julio Iglesias en la demanda a la que ha tenido acceso OKDIARIO.

Y prosigue: «Los hechos atribuidos, que además conllevaban la imputación de graves delitos contra la libertad sexual y personal, son objetivamente graves e idóneos para menoscabar gravemente el honor, la intimidad, la imagen y la integridad psíquica de mi representado».


José Antonio Choclán, el abogado de Julio Iglesias, ha interpuesto esta demanda ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo y pide que se celebre un juicio ordinario por intromisión ilegítima en el derecho al honor y la intimidad personal de Julio Iglesias. Yolanda Díaz está aforada, por lo que tendría que ser juzgada en el Alto Tribunal.

«Fue una campaña de desprestigio y linchamiento mediático»
Julio Iglesias también ha puesto en los juzgados una querella contra eldiario.es por la presunta comisión de los delitos de injurias con publicidad y calumnias y de un delito contra la integridad moral. La querella va dirigida contra la mercantil del periódico, el director del medio Ignacio Escolar, los subdirectores del mismo Juan Luis Sánchez y María Ramírez y las redactoras Ana Requena y Elena María Cabrera.

«Los hechos que conforman la presente querella responden a una acción concertada previamente por una pluralidad de personas, algunas ajenas a la profesión de periodista, para crear y difundir a través de un medio de comunicación, informaciones inveraces y opiniones gravemente difamantes, injuriosas y calumniosas, objetiva y subjetivamente, y que han lesionado irremediablemente el buen nombre y fama pública de mi representado, con impacto nacional e internacional», explica el abogado de Julio Iglesias en este documento que desvela OKDIARIO.

A lo largo de 80 páginas, el cantante explica todo lo que le supuso la publicación de estos reportajes que dañaron su imagen pública. «Los querellados han participado en la promoción y confección de la denuncia, y han difundido hechos a la opinión pública manipulando la información, reelaborando y recreando supuestas declaraciones de las víctimas de delitos graves, que no se identifican», afea el cantante en su querella.

La defensa del artista asegura en el escrito que estos periodistas «pusieron en marcha una auténtica campaña de desprestigio y linchamiento mediático, con aprovechamientos sucesivos, materializada a través de plurales vías concertadas y mediante la publicación sistemática de contenido en días sucesivos en los que se iba intensificando el daño causado».

El letrado de Julio Iglesias asegura que el serial de noticias que sacaron fue «un montaje periodístico animado por un fin de lucro, como se comprueba con la petición de fondos a eventuales inversores o suscriptores tras la publicación de cada noticia».

Iglesias considera que la forma de difundir la noticia fue «innecesariamente ofensiva, vejatoria o insultante y que no se cumplieron los mínimos estándares de la ética profesional del periodista».

«Decidió divulgar el contenido reservado de una denuncia, de la que no debió informar, sobre todo cuando había participado en su elaboración, tras un supuesto trabajo de investigación, que no era tal, sino la acción concertada entre varias personas para activar una campaña mediática contra Julio Iglesias», expone el cantante en la querella.

Pedirá millones de euros
Julio Iglesias pide en su escrito que declaren los querellados. Asimismo, solicita que se cite para declarar en calidad de testigos a las actrices profesionales utilizadas por el medio de comunicación para la recreación de las manifestaciones realizadas en las entrevistas por las supuestas denunciantes y que eldiario.es haga una documental en la que acredite la difusión y alcance mediático de todas y cada una de las noticias contra Julio Iglesias.

La defensa del cantante más internacional de España también está preparando una prueba pericial que está analizando el impacto mediático de las publicaciones que son objeto de querella y el daño reputacional sufrido por Julio Iglesias. Fuentes consultadas aseguran que cuando se tenga esta pericial se demandará una cantidad millonaria para que eldiario.es indemnice al cantante por el daño causado.

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Re: Violadores: ¿Enfermos o delincuentes?, ¿La castración química, es la solución?
« Respuesta #975 en: 21 de Julio de 2026, 16:32:29 pm »


Absuelven a un guardia municipal de Donostia acusado de violar a una compañera en fiestas de Bilbao


La Audiencia Provincial de Bizkaia no cuestiona la credibilidad de la denunciante pero considera que no hay pruebas suficientes para acreditar que el acusado supiera que ella no consentía las relaciones sexuales


Javier Medrano


21/07/2026 Actualizado a las 06:36h.
Un guardia municipal de Donostia ha sido absuelto de agredir sexualmente a una compañera durante las fiestas de Bilbao en agosto de 2023 después de concluir la Audiencia Provincial de Bizkaia que, aunque está probado que ambos mantuvieron relaciones sexuales, no ha quedado acreditado que él fuera consciente de que la mujer no consintió las relaciones o de que el alcohol hubiera anulado su capacidad para decidir.

La resolución, dictada el pasado mes de abril por el tribunal vizcaíno, acentúa que el proceso ha dejado muchas preguntas pero no las certezas necesarias para dictar una condena penal contra el acusado, que fue apartado de su puesto en el cuerpo policial donostiarra. «Tras el análisis global de la prueba válidamente practicada durante el acto de la vista, no podemos sostener, sin quiebra del principio de presunción de inocencia, la condena», afirman los magistrados. «Lo hasta aquí descrito resulta a nuestro juicio claramente insuficiente para condenarle como autor de dicho de delitos», sostienen los mismos.

La absolución llega después de un procedimiento judicial en el que la Fiscalía solicitaba para el acusado nueve años de prisión por un delito de agresión sexual, además de una orden de alejamiento de 500 metros y la prohibición de comunicarse con la denunciante durante diez años. También reclamaba una indemnización de 10.000 euros por daños morales. La acusación particular, ejercida por la propia denunciante, elevaba la petición a diez años de prisión y reclamaba 20.000 euros de indemnización

La defensa, por su parte, demandaba la absolución y en el caso de que se dictara una condena pedía aplicar tres atenuantes: reparación del daño, embriaguez y dilaciones indebidas. Durante la causa, el acusado consignó la cantidad reclamada en concepto de responsabilidad civil, según explicó en el juicio, pese a que para él había supuesto «un gran esfuerzo».


Una noche de fiesta que terminó en denuncia dos días después

La historia comenzó la noche del 21 de agosto de 2023. El acusado y la denunciante, ambos guardias municipales de San Sebastián en aquel momento, coincidieron con otros compañeros y amigos en las fiestas de Bilbao. Según la sentencia, pasaron buena parte de la noche juntos y fueron apartándose progresivamente del grupo. En el transcurso de la velada, compartieron una botella de dos litros de vodka con refresco de naranja y, más tarde, tomaron chupitos en una txosna.

Durante el juicio, el acusado aseguró recordar la noche con claridad y afirmó que durante el inicio de la misma ella flirteaba con él y ambos se fueron acercando. Además, sostuvo que, antes de abandonar la zona de fiesta, mantuvieron relaciones sexuales consentidas en el baño de un bar. Después caminaron hasta coger un taxi con destino a la vivienda de un amigo suyo, en una localidad vizcaína, a la que ella, según su versión, aceptó ir.

En su declaración, el guardia municipal también negó que la mujer estuviera incapacitada para decidir. La describió como «borracha como él, pero consciente» y afirmó que «no estaba ida, o sea, normal». Según su relato, ambos se cayeron varias veces durante la noche, pero «en plan de risas», y los dos acabaron con heridas y moratones.

La denunciante ofreció una reconstrucción diferente. Explicó que apenas recordaba lo ocurrido y que sus recuerdos aparecieron progresivamente en forma de «flashes». En la denuncia presentada dos días después y durante el juicio, relató que recordaba estar en un taxi junto al acusado, llegar a una localidad que no conocía y entrar en una vivienda.

También afirmó recordar un momento posterior en el que se encontraba desnuda, con el acusado detrás, y en el que él le habría preguntado: «¿Así te gusta?». Según su relato, en ese momento no podía articular palabra para responder. Durante el juicio afirmó que no quería mantener relaciones sexuales, aunque reconoció no recordar haber dicho «no», haber pedido que parara o haber intentado apartarlo.

Al día siguiente, según relató, se despertó desnuda en la cama junto al acusado sin ser consciente de lo que había ocurrido. Se vistió y salió hacia una parada de autobús. Como no conocía el lugar, el hombre la llevó en coche hasta una parada cercana, desde donde ella tomó un autobús de regreso a Bilbao.

La denuncia se presentó dos días después. Según consta en el procedimiento, en primer lugar la agente municipal explicó lo ocurrido a una amiga y, posteriormente, el 24 de agosto, a un antiguo novio con quien ya no mantenía una relación de pareja, aunque ambos seguían manteniendo una relación sentimental y sexual. Fue él quien la acompañó al Hospital de Basurto, donde se activó el protocolo de agresiones sexuales. Ese mismo día, a las 18.06 horas, la Ertzaintza recogió su denuncia manuscrita en el hospital.

Durante el juicio también declararon varias personas que habían coincidido con ellos durante las primeras horas de la noche. Sus testimonios no fueron idénticos, pero algunos describieron una actitud de cercanía entre ambos. Uno afirmó que estaban «como bastante cariñosos»; otro manifestó que le pareció que «iba a haber lío»; y otro aseguró que actuaban «como si los demás sobrasen». También el taxista que los llevó hasta la vivienda donde pasaron la noche afirmó que, por la forma en que se comportaban, creyó que eran pareja.

La Audiencia considera insuficiente la prueba para condenar al guardia municipal
Tras analizar el conjunto de la causa, la Audiencia Provincial de Bizkaia ha concluido que los hechos descritos resultan a su juicio «claramente insuficientes» para condenar al acusado como autor del delito de agresión sexual —una violación, según la calificación penal que manejaban las acusaciones al existir penetración— que le imputaban tanto por la Fiscalía como la acusación particular.

Los magistrados señalan que el relato de la denunciante fue coherente en aspectos esenciales y que no apreciaron un motivo espurio para acusar falsamente al hombre. Al mismo tiempo, analizan las lagunas y divergencias que aparecen en sus declaraciones y el hecho de que los recuerdos fueran apareciendo progresivamente.

Así, la sentencia recoge que en ninguno de los recuerdos que la denunciante describió como «flashes» afirmó recordar haberle dicho al acusado que no quería mantener relaciones sexuales, haber rechazado una propuesta o haber intentado apartarlo. «No solo no recuerda en ningún momento haberse negado a mantener sexo con él, haberle apartado o no haber prestado su consentimiento a la relación mantenida sino que tampoco consta que le hubiese preguntado nada al respecto cuando se despertó desnuda y cubierta con una sábana sobre la cama al día siguiente».

La Audiencia también analiza las distintas declaraciones realizadas durante el procedimiento. En un momento, la denunciante manifestó no recordar haber mantenido relaciones sexuales ni contactos íntimos con el acusado en el bar, mientras que posteriormente admitió que, si había contado a una amiga que se habían besado o que había habido algún contacto, «sería así». Respecto a las relaciones sexuales en la vivienda, pasó de negar haber prestado consentimiento a afirmar que «es posible que ella se pudiese relacionar así, pero sin su conocimiento».

Otro de los puntos analizados fue la posibilidad de que la denunciante hubiera sido víctima de una sumisión química. Los análisis detectaron diazepam en una muestra de cabello, pero los peritos explicaron que el resultado únicamente permitía situar un consumo en un periodo aproximado de varios meses, entre junio y noviembre de 2023. La mujer negó inicialmente haber tomado esa sustancia, aunque durante el juicio reconoció finalmente que sí había consumido diazepam en otras fechas. El resultado, en cualquier caso, no permitía saber cuándo se había tomado exactamente ni demostrar que hubiera sido ingerido la noche de los hechos.

Tampoco se acreditó que el alcohol hubiera anulado la capacidad de la mujer para decidir. En los hechos probados, el tribunal recoge que ambos estaban afectados por el alcohol que habían ingerido, pero afirma que no ha quedado acreditado que el acusado se hubiera percatado de que la voluntad de la mujer pudiera estar influida por la bebida ni que se hubiera aprovechado de esa situación.

Las lesiones de la denunciante tampoco permitieron establecer cuándo se habían producido. La mujer presentaba hematomas y erosiones cuando acudió al hospital dos días después de los hechos. No obstante, los forenses concluyeron que eran compatibles con caídas, al tiempo que señalaron que algunas tenían distinta evolución y que no era posible afirmar que todas se hubieran producido la misma noche.

Una conversación clave: «No me dijiste que no»
Otro elemento analizado por la Audiencia fue una conversación telefónica mantenida días después de los hechos y grabada por la denunciante con la ayuda de un amigo. Durante la llamada, ambos hablaron sobre lo ocurrido aquella noche y el acusado afirmó: «No me dijiste que no, tú también me estabas tocando a mí y moviéndote... yo era inconsciente de tu inconsciencia».

Para las acusaciones, esas palabras reforzaban la tesis de que él era consciente del estado de su compañera de trabajo. Para la Audiencia, en cambio, son compatibles con la versión del acusado de que creyó que las relaciones eran consentidas y de que nunca percibió una negativa por parte de ella.

La resolución insiste también en que el proceso no trataba de determinar cómo vivió posteriormente la denunciante aquella noche, sino de establecer si existían pruebas suficientes para condenar penalmente al acusado. Así, los jueces consideran que no se ha demostrado «que estuviera la denunciante influida por algún tipo de sustancias, incluido el alcohol, en cantidad suficiente para ser capaz de anular su voluntad» ni tampoco «que se hubiese aprovechado... de una eventual situación de embriaguez».

Mientras la investigación avanzaba, la vida del acusado cambió por completo. Según contó durante el juicio, la denuncia provocó que fuera suspendido dos veces de su trabajo y acabara perdiendo el empleo. Explicó que desde entonces solo había podido mantenerse económicamente en un trabajo ajeno a su profesión habitual de la que se encontraba apartado y que, pese a sostener siempre su inocencia, consignó la totalidad de la indemnización reclamada por las acusaciones aunque aquello había supuesto «un gran esfuerzo».

Tres años después de aquella madrugada, la Audiencia Provincial de Bizkaia ha concluido que las dudas siguen siendo demasiado importantes para imponer una condena. La sentencia no afirma que la denunciante inventara los hechos ni que la noche trascurriera exactamente como sostiene el acusado pero sentencia´que con las pruebas disponibles no puede acreditarse más allá de toda duda razonable que el acusado supiera que la mujer no consintió las relaciones, duda suficiente para absolver al acusado.


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Re: Violadores: ¿Enfermos o delincuentes?, ¿La castración química, es la solución?
« Respuesta #976 en: 22 de Julio de 2026, 01:11:33 am »

Julio Iglesias se querella contra Yolanda Díaz y ‘eldiario.es’ por intromisión al honor, injurias con publicidad y calumnias


Irene Tabera
Irene Tabera @irenetaberaMadrid (1996). Periodista de Investigación y Tribunales. Colaboradora en Telecinco, Cuatro y Telemadrid. Graduada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y máster en Televisión por la Universidad Católica de Milán. Anteriormente trabajó en Mediaset Italia. Contacto: irene.tabera@okdiario.com
21/07/2026 08:44Actualizado: 21/07/2026 09:16

Julio Iglesias ha presentado este lunes 20 de julio una demanda contra Yolanda Díaz por intromisión al honor y una querella contra eldiario.es por injurias con publicidad y calumnias. El cantante cumple así con su batalla judicial contra las difamaciones tras interponer las demandas de conciliación.


Julio Iglesias sigue adelante en los tribunales. El cantante ha interpuesto una demanda de protección civil del derecho al honor frente a la vicepresidenta del Gobierno, Yolanda Díaz, en la que le pide 50.000 euros de indemnización y que asuma el pago de las costas del procedimiento judicial.


El cantante solicita que se retracte de sus palabras en una entrevista en TVE en la que atacó, a su juicio, el honor del cantante. «La demandada, alto cargo público del Estado, emitió a la opinión pública primero a través de una red social y, después, a través de un medio de televisión claros prejuicios de culpabilidad contra Julio Iglesias, tales como que en su casa se cometían abusos sexuales, los trabajadores se encontraban en régimen de esclavitud y se vulneraban sistemáticamente los derechos fundamentales de los mismos, que lesionan de modo irremediable no solo el derecho a la presunción de inocencia en su dimensión procesal -o más bien preprocesal, pues en este caso concreto ni siquiera se cuenta con la pendencia de un procedimiento judicial, sino que, en la fecha en que se vertieron tales manifestaciones, no existían más que unas diligencias de investigación en Fiscalía, como resultado de la presentación de una denuncia-, sino, en lo que ahora nos concierne, su derecho a la intimidad personal y al honor», expone Julio Iglesias en la demanda a la que ha tenido acceso OKDIARIO.

Y prosigue: «Los hechos atribuidos, que además conllevaban la imputación de graves delitos contra la libertad sexual y personal, son objetivamente graves e idóneos para menoscabar gravemente el honor, la intimidad, la imagen y la integridad psíquica de mi representado».


José Antonio Choclán, el abogado de Julio Iglesias, ha interpuesto esta demanda ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo y pide que se celebre un juicio ordinario por intromisión ilegítima en el derecho al honor y la intimidad personal de Julio Iglesias. Yolanda Díaz está aforada, por lo que tendría que ser juzgada en el Alto Tribunal.

«Fue una campaña de desprestigio y linchamiento mediático»
Julio Iglesias también ha puesto en los juzgados una querella contra eldiario.es por la presunta comisión de los delitos de injurias con publicidad y calumnias y de un delito contra la integridad moral. La querella va dirigida contra la mercantil del periódico, el director del medio Ignacio Escolar, los subdirectores del mismo Juan Luis Sánchez y María Ramírez y las redactoras Ana Requena y Elena María Cabrera.

«Los hechos que conforman la presente querella responden a una acción concertada previamente por una pluralidad de personas, algunas ajenas a la profesión de periodista, para crear y difundir a través de un medio de comunicación, informaciones inveraces y opiniones gravemente difamantes, injuriosas y calumniosas, objetiva y subjetivamente, y que han lesionado irremediablemente el buen nombre y fama pública de mi representado, con impacto nacional e internacional», explica el abogado de Julio Iglesias en este documento que desvela OKDIARIO.

A lo largo de 80 páginas, el cantante explica todo lo que le supuso la publicación de estos reportajes que dañaron su imagen pública. «Los querellados han participado en la promoción y confección de la denuncia, y han difundido hechos a la opinión pública manipulando la información, reelaborando y recreando supuestas declaraciones de las víctimas de delitos graves, que no se identifican», afea el cantante en su querella.

La defensa del artista asegura en el escrito que estos periodistas «pusieron en marcha una auténtica campaña de desprestigio y linchamiento mediático, con aprovechamientos sucesivos, materializada a través de plurales vías concertadas y mediante la publicación sistemática de contenido en días sucesivos en los que se iba intensificando el daño causado».

El letrado de Julio Iglesias asegura que el serial de noticias que sacaron fue «un montaje periodístico animado por un fin de lucro, como se comprueba con la petición de fondos a eventuales inversores o suscriptores tras la publicación de cada noticia».

Iglesias considera que la forma de difundir la noticia fue «innecesariamente ofensiva, vejatoria o insultante y que no se cumplieron los mínimos estándares de la ética profesional del periodista».

«Decidió divulgar el contenido reservado de una denuncia, de la que no debió informar, sobre todo cuando había participado en su elaboración, tras un supuesto trabajo de investigación, que no era tal, sino la acción concertada entre varias personas para activar una campaña mediática contra Julio Iglesias», expone el cantante en la querella.

Pedirá millones de euros
Julio Iglesias pide en su escrito que declaren los querellados. Asimismo, solicita que se cite para declarar en calidad de testigos a las actrices profesionales utilizadas por el medio de comunicación para la recreación de las manifestaciones realizadas en las entrevistas por las supuestas denunciantes y que eldiario.es haga una documental en la que acredite la difusión y alcance mediático de todas y cada una de las noticias contra Julio Iglesias.

La defensa del cantante más internacional de España también está preparando una prueba pericial que está analizando el impacto mediático de las publicaciones que son objeto de querella y el daño reputacional sufrido por Julio Iglesias. Fuentes consultadas aseguran que cuando se tenga esta pericial se demandará una cantidad millonaria para que eldiario.es indemnice al cantante por el daño causado.
Para cuando quiera salir el juicio Julio Iglesias estará de picos pardos con Papuchi. . .

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Re: Violadores: ¿Enfermos o delincuentes?, ¿La castración química, es la solución?
« Respuesta #977 en: 22 de Julio de 2026, 01:21:09 am »


Absuelven a un guardia municipal de Donostia acusado de violar a una compañera en fiestas de Bilbao


La Audiencia Provincial de Bizkaia no cuestiona la credibilidad de la denunciante pero considera que no hay pruebas suficientes para acreditar que el acusado supiera que ella no consentía las relaciones sexuales


Javier Medrano


21/07/2026 Actualizado a las 06:36h.
Un guardia municipal de Donostia ha sido absuelto de agredir sexualmente a una compañera durante las fiestas de Bilbao en agosto de 2023 después de concluir la Audiencia Provincial de Bizkaia que, aunque está probado que ambos mantuvieron relaciones sexuales, no ha quedado acreditado que él fuera consciente de que la mujer no consintió las relaciones o de que el alcohol hubiera anulado su capacidad para decidir.

La resolución, dictada el pasado mes de abril por el tribunal vizcaíno, acentúa que el proceso ha dejado muchas preguntas pero no las certezas necesarias para dictar una condena penal contra el acusado, que fue apartado de su puesto en el cuerpo policial donostiarra. «Tras el análisis global de la prueba válidamente practicada durante el acto de la vista, no podemos sostener, sin quiebra del principio de presunción de inocencia, la condena», afirman los magistrados. «Lo hasta aquí descrito resulta a nuestro juicio claramente insuficiente para condenarle como autor de dicho de delitos», sostienen los mismos.

La absolución llega después de un procedimiento judicial en el que la Fiscalía solicitaba para el acusado nueve años de prisión por un delito de agresión sexual, además de una orden de alejamiento de 500 metros y la prohibición de comunicarse con la denunciante durante diez años. También reclamaba una indemnización de 10.000 euros por daños morales. La acusación particular, ejercida por la propia denunciante, elevaba la petición a diez años de prisión y reclamaba 20.000 euros de indemnización

La defensa, por su parte, demandaba la absolución y en el caso de que se dictara una condena pedía aplicar tres atenuantes: reparación del daño, embriaguez y dilaciones indebidas. Durante la causa, el acusado consignó la cantidad reclamada en concepto de responsabilidad civil, según explicó en el juicio, pese a que para él había supuesto «un gran esfuerzo».


Una noche de fiesta que terminó en denuncia dos días después

La historia comenzó la noche del 21 de agosto de 2023. El acusado y la denunciante, ambos guardias municipales de San Sebastián en aquel momento, coincidieron con otros compañeros y amigos en las fiestas de Bilbao. Según la sentencia, pasaron buena parte de la noche juntos y fueron apartándose progresivamente del grupo. En el transcurso de la velada, compartieron una botella de dos litros de vodka con refresco de naranja y, más tarde, tomaron chupitos en una txosna.

Durante el juicio, el acusado aseguró recordar la noche con claridad y afirmó que durante el inicio de la misma ella flirteaba con él y ambos se fueron acercando. Además, sostuvo que, antes de abandonar la zona de fiesta, mantuvieron relaciones sexuales consentidas en el baño de un bar. Después caminaron hasta coger un taxi con destino a la vivienda de un amigo suyo, en una localidad vizcaína, a la que ella, según su versión, aceptó ir.

En su declaración, el guardia municipal también negó que la mujer estuviera incapacitada para decidir. La describió como «borracha como él, pero consciente» y afirmó que «no estaba ida, o sea, normal». Según su relato, ambos se cayeron varias veces durante la noche, pero «en plan de risas», y los dos acabaron con heridas y moratones.

La denunciante ofreció una reconstrucción diferente. Explicó que apenas recordaba lo ocurrido y que sus recuerdos aparecieron progresivamente en forma de «flashes». En la denuncia presentada dos días después y durante el juicio, relató que recordaba estar en un taxi junto al acusado, llegar a una localidad que no conocía y entrar en una vivienda.

También afirmó recordar un momento posterior en el que se encontraba desnuda, con el acusado detrás, y en el que él le habría preguntado: «¿Así te gusta?». Según su relato, en ese momento no podía articular palabra para responder. Durante el juicio afirmó que no quería mantener relaciones sexuales, aunque reconoció no recordar haber dicho «no», haber pedido que parara o haber intentado apartarlo.

Al día siguiente, según relató, se despertó desnuda en la cama junto al acusado sin ser consciente de lo que había ocurrido. Se vistió y salió hacia una parada de autobús. Como no conocía el lugar, el hombre la llevó en coche hasta una parada cercana, desde donde ella tomó un autobús de regreso a Bilbao.

La denuncia se presentó dos días después. Según consta en el procedimiento, en primer lugar la agente municipal explicó lo ocurrido a una amiga y, posteriormente, el 24 de agosto, a un antiguo novio con quien ya no mantenía una relación de pareja, aunque ambos seguían manteniendo una relación sentimental y sexual. Fue él quien la acompañó al Hospital de Basurto, donde se activó el protocolo de agresiones sexuales. Ese mismo día, a las 18.06 horas, la Ertzaintza recogió su denuncia manuscrita en el hospital.

Durante el juicio también declararon varias personas que habían coincidido con ellos durante las primeras horas de la noche. Sus testimonios no fueron idénticos, pero algunos describieron una actitud de cercanía entre ambos. Uno afirmó que estaban «como bastante cariñosos»; otro manifestó que le pareció que «iba a haber lío»; y otro aseguró que actuaban «como si los demás sobrasen». También el taxista que los llevó hasta la vivienda donde pasaron la noche afirmó que, por la forma en que se comportaban, creyó que eran pareja.

La Audiencia considera insuficiente la prueba para condenar al guardia municipal
Tras analizar el conjunto de la causa, la Audiencia Provincial de Bizkaia ha concluido que los hechos descritos resultan a su juicio «claramente insuficientes» para condenar al acusado como autor del delito de agresión sexual —una violación, según la calificación penal que manejaban las acusaciones al existir penetración— que le imputaban tanto por la Fiscalía como la acusación particular.

Los magistrados señalan que el relato de la denunciante fue coherente en aspectos esenciales y que no apreciaron un motivo espurio para acusar falsamente al hombre. Al mismo tiempo, analizan las lagunas y divergencias que aparecen en sus declaraciones y el hecho de que los recuerdos fueran apareciendo progresivamente.

Así, la sentencia recoge que en ninguno de los recuerdos que la denunciante describió como «flashes» afirmó recordar haberle dicho al acusado que no quería mantener relaciones sexuales, haber rechazado una propuesta o haber intentado apartarlo. «No solo no recuerda en ningún momento haberse negado a mantener sexo con él, haberle apartado o no haber prestado su consentimiento a la relación mantenida sino que tampoco consta que le hubiese preguntado nada al respecto cuando se despertó desnuda y cubierta con una sábana sobre la cama al día siguiente».

La Audiencia también analiza las distintas declaraciones realizadas durante el procedimiento. En un momento, la denunciante manifestó no recordar haber mantenido relaciones sexuales ni contactos íntimos con el acusado en el bar, mientras que posteriormente admitió que, si había contado a una amiga que se habían besado o que había habido algún contacto, «sería así». Respecto a las relaciones sexuales en la vivienda, pasó de negar haber prestado consentimiento a afirmar que «es posible que ella se pudiese relacionar así, pero sin su conocimiento».

Otro de los puntos analizados fue la posibilidad de que la denunciante hubiera sido víctima de una sumisión química. Los análisis detectaron diazepam en una muestra de cabello, pero los peritos explicaron que el resultado únicamente permitía situar un consumo en un periodo aproximado de varios meses, entre junio y noviembre de 2023. La mujer negó inicialmente haber tomado esa sustancia, aunque durante el juicio reconoció finalmente que sí había consumido diazepam en otras fechas. El resultado, en cualquier caso, no permitía saber cuándo se había tomado exactamente ni demostrar que hubiera sido ingerido la noche de los hechos.

Tampoco se acreditó que el alcohol hubiera anulado la capacidad de la mujer para decidir. En los hechos probados, el tribunal recoge que ambos estaban afectados por el alcohol que habían ingerido, pero afirma que no ha quedado acreditado que el acusado se hubiera percatado de que la voluntad de la mujer pudiera estar influida por la bebida ni que se hubiera aprovechado de esa situación.

Las lesiones de la denunciante tampoco permitieron establecer cuándo se habían producido. La mujer presentaba hematomas y erosiones cuando acudió al hospital dos días después de los hechos. No obstante, los forenses concluyeron que eran compatibles con caídas, al tiempo que señalaron que algunas tenían distinta evolución y que no era posible afirmar que todas se hubieran producido la misma noche.

Una conversación clave: «No me dijiste que no»
Otro elemento analizado por la Audiencia fue una conversación telefónica mantenida días después de los hechos y grabada por la denunciante con la ayuda de un amigo. Durante la llamada, ambos hablaron sobre lo ocurrido aquella noche y el acusado afirmó: «No me dijiste que no, tú también me estabas tocando a mí y moviéndote... yo era inconsciente de tu inconsciencia».

Para las acusaciones, esas palabras reforzaban la tesis de que él era consciente del estado de su compañera de trabajo. Para la Audiencia, en cambio, son compatibles con la versión del acusado de que creyó que las relaciones eran consentidas y de que nunca percibió una negativa por parte de ella.

La resolución insiste también en que el proceso no trataba de determinar cómo vivió posteriormente la denunciante aquella noche, sino de establecer si existían pruebas suficientes para condenar penalmente al acusado. Así, los jueces consideran que no se ha demostrado «que estuviera la denunciante influida por algún tipo de sustancias, incluido el alcohol, en cantidad suficiente para ser capaz de anular su voluntad» ni tampoco «que se hubiese aprovechado... de una eventual situación de embriaguez».

Mientras la investigación avanzaba, la vida del acusado cambió por completo. Según contó durante el juicio, la denuncia provocó que fuera suspendido dos veces de su trabajo y acabara perdiendo el empleo. Explicó que desde entonces solo había podido mantenerse económicamente en un trabajo ajeno a su profesión habitual de la que se encontraba apartado y que, pese a sostener siempre su inocencia, consignó la totalidad de la indemnización reclamada por las acusaciones aunque aquello había supuesto «un gran esfuerzo».

Tres años después de aquella madrugada, la Audiencia Provincial de Bizkaia ha concluido que las dudas siguen siendo demasiado importantes para imponer una condena. La sentencia no afirma que la denunciante inventara los hechos ni que la noche trascurriera exactamente como sostiene el acusado pero sentencia´que con las pruebas disponibles no puede acreditarse más allá de toda duda razonable que el acusado supiera que la mujer no consintió las relaciones, duda suficiente para absolver al acusado.
Pues parece que la sentencia, según la noticia, ha dejado todo bien atado. . .

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"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche