Autor Tema: El acoso en los cuerpos policiales  (Leído 149593 veces)

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #400 en: 29 de Junio de 2010, 16:57:25 pm »
El TSJA confirma la condena por "acoso" dictada sobre el Ayuntamiento de El Cuervo y una edil
El Consistorio y la concejal de Género y Tercera Edad habían sido condenados por su "actitud acosante" sobre una psicóloga municipal
29 de junio de 2010


SEVILLA, 29 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de súplica promovido por el Ayuntamiento de El Cuervo (Sevilla), gobernado por Juan Garrido (IU-CA), y a la tercera teniente de alcalde y concejal de Tercera Edad, Género, Juventud, Salud, Inmigrantes y Discapacitados, María Inmaculada Cordero Pérez, y ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social número ocho que les condena a ambos a cesar su "actitud acosante" sobre una psicóloga municipal a la que habrán de indemnizar con 11.970 euros por la "vulneración" de sus derechos a la integridad física y moral.

En concreto, la sala de lo Social del Alto tribunal andaluz, en una sentencia emitida el 10 de junio del año en curso y recogida por Europa Press, desestima el recurso de súplica elevado por ambas partes contra el fallo dictado por el Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla el 23 de diciembre de 2009, resolución judicial que ratifica plenamente.

La sentencia confirmada por el TSJA, recogida también por Europa Press, rememora que esta psicóloga del Ayuntamiento y una educadora social elevaron una demanda ante el Juzgado de lo Social número diez a causa de la rebaja de su jornada laboral de 35 a 26,15 horas con la consiguiente reducción de sus salarios, toda vez que se trataba de "las únicas trabajadoras" afectadas por este recorte de jornada laboral aplicado por el Consistorio, finalmente condenado en octubre de 2009 por sentencia firme a reponer las condiciones laborales de las demandantes.

LOS HECHOS

En paralelo, recoge la sentencia del Juzgado de lo Social número ocho que desde la incorporación de María Inmaculada Cordero Pérez a sus responsabilidades de gobierno tras las elecciones municipales de 2007, emitió "juicios de valor negativos" sobre el trabajo de esta psicóloga del Ayuntamiento, además de "sustraerle tareas que le eran propias" y de dejar de convocar "reuniones a las que era precisa su asistencia". Este extremo, según los hechos probados, era conocido por el alcalde, quien no impulsó "medida alguna para evitar" la "merma de la calidad laboral" de la trabajadora y el "perjuicio para la salud" que sufría.

De hecho, el 9 de marzo de 2009, la psicóloga causó baja por contingencias comunes al sufrir "llanto incontenido, trastornos de concentración, taquicardias, elevada ansiedad y autoestima muy baja". Dado el caso, le fue diagnosticado un trastorno adaptativo mixto con síntomas ansioso y depresivos siendo el causante del mismo "el componente laboral".


NO ENCUENTRA "INCONCRECIONES"

Ahora, el Alto tribunal andaluz no detecta los "defectos formales" esgrimidos por la concejal y el Ayuntamiento en cuanto a la demanda formulada en su momento por la psicóloga municipal en cuestión y entiende que las partes demandadas han gozado de posibilidades para defenderse debidamente, descartando así las "inconcreciones" alegadas por la edil y el Consistorio sobre los hechos denunciados y las fechas en las que habrían ocurrido.

Así, la sala de lo Social del TSJA cree probados una serie de actos destinados a "minar la moral" de esta trabajadora "con desprecio hacia su persona, sometiéndola a un proceso de degradación de su propia consideración y la consideración social, que no admite ningún tipo de justificación, ni siquiera en la situación difícil que reconoce la recurrente". Dado el caso, esta sentencia susceptible de recurso de casación confirma el fallo previo del Juzgado de lo Social número ocho, que declaraba vulnerado" el derecho de esta trabajadora a la integridad física y moral y condenaba al Ayuntamiento y a la concejal María Inmaculada Cordero Pérez (IU-CA) a cesar la "actitud acosante" sobre la demandante, a la que tendrán que indemnizar con 11.970 euros.


Aunque no es policía como vemos el poder de la administración posibilita estos casos... y esa cantidad a indemnizar la pagaremos TODOS los ciudadanos por que unas personas, cargos electos, acosaron a un trabajador.

Hasta que no se meta a un acosador en la cárcel estos casos continuarán dándose.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #401 en: 01 de Julio de 2010, 13:53:26 pm »
Unos 100.000 trabajadores canarios sufren acoso laboral Según un experto, la crisis económica ha agravado esta lacra social un 43 por ciento


La crisis dispara la tensión en los trabajos, un caldo de cultivo ideal para la proliferación del «mobbing».

El profesor y experto en acoso laboral o «mobbing» Iñaki Piñuel cifró en cerca de 100.000 los trabajadores canarios afectados actualmente por este delito, recién incorporado al Código Penal. Según el «Barómetro Cisneros sobre violencia en el entorno de trabajo», cuando dentro de seis meses entre en vigor esta inclusión, los afectados por este tipo de comportamiento, cuyo número se ha incrementado en un 43 por ciento «a causa de la crisis», podrán ver castigados penalmente a sus agresores psicológicos en el plano laboral.

Además, el experto señaló que en el Archipiélago existen unas 3.000 trabajadoras ocupadas víctimas de acoso por embarazo o maternidad, lo que demuestra que «ser mujer y madre es un factor de riesgo para ser maltratada en el ámbito del trabajo», aseguró Piñuel.
La cifra de acosados se ha extrapolado de los más de 2,5 millones de trabajadores de toda España, un 13,2 por ciento del total, que dicen sentirse acosados laboralmente en función de una definición precisa del «mobbing»: «Un continuado maltrato modal o verbal por parte de otros trabajadores, directivos o empresas externas destinado a eliminarlo o amilanarlo». El experto hizo hincapié en que se trata de conductas «repetitivas y frecuentes» que confirman un «proceso de persecución contra aquél que lo sufre» y que implican que «más de 100.000 personas en Canarias vayan a trabajar a diario con miedo, con un trato vejatorio y degradante en pleno siglo XXI».

Piñuel afirmó que estas cifras se corresponden con las personas que creen sufrir acoso laboral en función de la definición antes mencionada, lo que limita, en su opinión, el número de personas que «exageran su condición» de acosados, porcentaje que se equilibra, asimismo, con las personas que no se califican como acosadas «al trivializar su situación».
Según el estudio Cisnero, el aumento de casos de acoso laboral en España ha sido de un 70 por ciento desde 2007. Sin embargo, el experto matizó que no hay datos concretos relativos a las Islas en este sentido, aunque sí se han comprobado variaciones en el perfil de víctimas que afectan, también, al Archipiélago. Aunque hasta ahora el perfil de una víctima de «mobbing» era el de una mujer universitaria que trabajaba en grandes empresas, va en aumento el número de hombres que sufren este tipo de violencia, fruto, a juicio de Piñuel, del impacto de la entrada en vigor de la Ley de Igualdad, «que empieza a dar sus frutos en la protección de las mujeres». Según el experto, no siempre se trata de un acoso físico con «la finalidad de despedirlo o conseguir su baja laboral, sino que, en ocasiones, lo único que se persigue es eliminar su resistencia psicológica».

El perfil del acosador varía entre el 15 por ciento de mujeres y un 10,7 por ciento de hombres, mientras que el porcentaje restante implica a un conjunto de personas. El tipo de acoso laboral no se da sólo de forma vertical, de cargos superiores a inferiores y a la inversa, sino también horizontal, entre compañeros del mismo nivel, aunque son más frecuentes los primeros casos. Los más afectados suelen ser los mandos intermedios y las causas subjetivas de este maltrato son consideradas por las víctimas como desequilibrios emocionales del acosador, en un 20 por ciento de los casos, seguido de envidias o celos, en un 18 por ciento, y de la presión, en un 16 por ciento.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #402 en: 01 de Julio de 2010, 14:15:36 pm »
El TSJA confirma la condena por "acoso" dictada sobre el Ayuntamiento de El Cuervo y una edil
El Consistorio y la concejal de Género y Tercera Edad habían sido condenados por su "actitud acosante" sobre una psicóloga municipal
29 de junio de 2010


SEVILLA, 29 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de súplica promovido por el Ayuntamiento de El Cuervo (Sevilla), gobernado por Juan Garrido (IU-CA), y a la tercera teniente de alcalde y concejal de Tercera Edad, Género, Juventud, Salud, Inmigrantes y Discapacitados, María Inmaculada Cordero Pérez, y ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Social número ocho que les condena a ambos a cesar su "actitud acosante" sobre una psicóloga municipal a la que habrán de indemnizar con 11.970 euros por la "vulneración" de sus derechos a la integridad física y moral.

En concreto, la sala de lo Social del Alto tribunal andaluz, en una sentencia emitida el 10 de junio del año en curso y recogida por Europa Press, desestima el recurso de súplica elevado por ambas partes contra el fallo dictado por el Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla el 23 de diciembre de 2009, resolución judicial que ratifica plenamente.

La sentencia confirmada por el TSJA, recogida también por Europa Press, rememora que esta psicóloga del Ayuntamiento y una educadora social elevaron una demanda ante el Juzgado de lo Social número diez a causa de la rebaja de su jornada laboral de 35 a 26,15 horas con la consiguiente reducción de sus salarios, toda vez que se trataba de "las únicas trabajadoras" afectadas por este recorte de jornada laboral aplicado por el Consistorio, finalmente condenado en octubre de 2009 por sentencia firme a reponer las condiciones laborales de las demandantes.

LOS HECHOS

En paralelo, recoge la sentencia del Juzgado de lo Social número ocho que desde la incorporación de María Inmaculada Cordero Pérez a sus responsabilidades de gobierno tras las elecciones municipales de 2007, emitió "juicios de valor negativos" sobre el trabajo de esta psicóloga del Ayuntamiento, además de "sustraerle tareas que le eran propias" y de dejar de convocar "reuniones a las que era precisa su asistencia". Este extremo, según los hechos probados, era conocido por el alcalde, quien no impulsó "medida alguna para evitar" la "merma de la calidad laboral" de la trabajadora y el "perjuicio para la salud" que sufría.

De hecho, el 9 de marzo de 2009, la psicóloga causó baja por contingencias comunes al sufrir "llanto incontenido, trastornos de concentración, taquicardias, elevada ansiedad y autoestima muy baja". Dado el caso, le fue diagnosticado un trastorno adaptativo mixto con síntomas ansioso y depresivos siendo el causante del mismo "el componente laboral".


NO ENCUENTRA "INCONCRECIONES"

Ahora, el Alto tribunal andaluz no detecta los "defectos formales" esgrimidos por la concejal y el Ayuntamiento en cuanto a la demanda formulada en su momento por la psicóloga municipal en cuestión y entiende que las partes demandadas han gozado de posibilidades para defenderse debidamente, descartando así las "inconcreciones" alegadas por la edil y el Consistorio sobre los hechos denunciados y las fechas en las que habrían ocurrido.

Así, la sala de lo Social del TSJA cree probados una serie de actos destinados a "minar la moral" de esta trabajadora "con desprecio hacia su persona, sometiéndola a un proceso de degradación de su propia consideración y la consideración social, que no admite ningún tipo de justificación, ni siquiera en la situación difícil que reconoce la recurrente". Dado el caso, esta sentencia susceptible de recurso de casación confirma el fallo previo del Juzgado de lo Social número ocho, que declaraba vulnerado" el derecho de esta trabajadora a la integridad física y moral y condenaba al Ayuntamiento y a la concejal María Inmaculada Cordero Pérez (IU-CA) a cesar la "actitud acosante" sobre la demandante, a la que tendrán que indemnizar con 11.970 euros.


Aunque no es policía como vemos el poder de la administración posibilita estos casos... y esa cantidad a indemnizar la pagaremos TODOS los ciudadanos por que unas personas, cargos electos, acosaron a un trabajador.

Hasta que no se meta a un acosador en la cárcel estos casos continuarán dándose.


A todo este sistema de protección contra el mobbing le falta lo más importante. Que vendría a ser que esa indemnización de casi 12.000 euros así como las costas del proceso las abonase la concejal de su bolsillo y no del de los vecinos del municipio. Estoy harto de ver a compañeros ganar pleitos que paga el ayuntamieno de las arcas municipales, pleitos que se generan en la mala leche, el despotismo y el desprecio por las normas legales de cuatro caciquillos. Que por cierto, no les tiembla el pulso a la hora de contratar a los abogados más caros (con dinero de los demás, así da gusto) y que si pierden se ríen pues pagan los vecinos. Eso sí, el funcionario a buscarse la vida, a pagarse el abogado, a soportar las medidas provisionales como la suspensión, con lo que ello supone para su familia y todo el sufrimiento que ello conlleva. Por ello propongo:

-Que los alcaldes y concejales que litiguen en nombre del ayuntamiento o generen procedimientos con TEMERIDAD jurídica, paguen las costas y las indemnizaciones por medidas provisionales temerarias adoptadas por la administración local (o la que sea), así como las indemnizaciones por los daños que provoquen.

-Que la prevaricación se castigue con penas de cárcel de más de tres años.


A ver si se acaba eso de disparar y acosar con pólvora "de rey".
De sinvergüenza a policía no se pasa en quince días!!!

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #403 en: 01 de Julio de 2010, 14:54:16 pm »

A todo este sistema de protección contra el mobbing le falta lo más importante. Que vendría a ser que esa indemnización de casi 12.000 euros así como las costas del proceso las abonase la concejal de su bolsillo y no del de los vecinos del municipio. Estoy harto de ver a compañeros ganar pleitos que paga el ayuntamieno de las arcas municipales, pleitos que se generan en la mala leche, el despotismo y el desprecio por las normas legales de cuatro caciquillos. Que por cierto, no les tiembla el pulso a la hora de contratar a los abogados más caros (con dinero de los demás, así da gusto) y que si pierden se ríen pues pagan los vecinos. Eso sí, el funcionario a buscarse la vida, a pagarse el abogado, a soportar las medidas provisionales como la suspensión, con lo que ello supone para su familia y todo el sufrimiento que ello conlleva. Por ello propongo:

-Que los alcaldes y concejales que litiguen en nombre del ayuntamiento o generen procedimientos con TEMERIDAD jurídica, paguen las costas y las indemnizaciones por medidas provisionales temerarias adoptadas por la administración local (o la que sea), así como las indemnizaciones por los daños que provoquen.

-Que la prevaricación se castigue con penas de cárcel de más de tres años.


A ver si se acaba eso de disparar y acosar con pólvora "de rey".



                 

                                   



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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #404 en: 02 de Julio de 2010, 16:08:50 pm »
:Plasplas :Plasplas :Plasplas :Plasplas :Plasplas

DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA.- PROTOCOLOS PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES y PARA LA PREVENCIÓN DEL ACOSO Y VIOLENCIA EN EL TRABAJO

El Ayuntamiento de Madrid ya previó en anteriores textos convencionales, procedimientos tendentes a evitar o corregir situaciones de discriminación y aplicar las medidas procedentes cuando, de las actuaciones practicadas, se concluyera que el trabajador padece una alteración psicofísica con causa directa en las condiciones del entorno laboral. La experiencia propia y de otras organizaciones pone en evidencia que el tratamiento de estos riesgos y del acoso y la violencia requieren de un enfoque integrado de prevención de conductas y de atención reparadora a las victimas. En consecuencia, a lo largo de la vigencia del presente Acuerdo-Convenio, bajo el impulso y dirección del Servicio de Prevención y en el seno del Comité de Seguridad y Salud, se abordará la elaboración de sendos Protocolos con los que se fomentarán entornos laborales positivos, la puesta en práctica de políticas de prevención eficaces y la definición de procedimientos ágiles y adecuados para la solución de estos casos, pretendiendo, en definitiva, proporcionar un marco de acción para identificar, prevenir y manejar estos problemas.

Se promoverá el conocimiento de estos Protocolos por todos los empleados mediante la adecuada divulgación de su contenido.

Para conocimiento de todos los empleados, y en aplicación del articulado recogido en el Acuerdo 2008-2011, la existencia de ACOSO LABORAL por parte del Cuerpo de la Policía Municipal, siendo responsable el Ayuntamiento de la capital que resulta CONDENADO.


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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #405 en: 02 de Julio de 2010, 21:56:03 pm »
. . . lo primero dar la enhorabuena a patrulleros por esta sentencia, firme y sin posibilidad de recurso, aunque tarde llega la justicia en forma de sentencia, pero lo pasado pasado está y la sentencia solo viene a recoger y dar por probados unos hechos que no debieron ocurrir nunca, y no debieron de ocurrir nunca porque en el fondo lo que hay es un ataque a la libertad de expresión, este foro no gusta al Ayuntamiento y esto es así no porque aquí se viertan comportamientos que no le gustarían en la policía y su valor sea poco ejemplarizante, sino porque este foro es lugar de encuentro y de intercambio de información y eso es precisamente lo que no gusta, ellos preferirían la mordaza y la sumisión, quizás sean esos los valores que debería de tener su policía, ellos preferirían que la policía, como antiguamente España, fuera su cortijo, es a lo que están acostumbrados, pero aquí se han encontrado con un foro libre, donde se comentan tanto las buenas intervenciones como los abusos y los despropósitos, donde el poder de la información deja de estar en sus manos y pasa a las nuestras, y claro, cuando una voz se levanta siempre habrá alguien con interés e intención de intentar callarla, por lo tanto lo dicho, mi enhorabuena a patrulleros que ha sabido aguantar la presión, mantener el tipo y sobre todo mantener esta página abierta y luego agradecer a todos los que participan ya que lo que hacen es un ejercicio de su libertad reconocida por la Constitución y la Leyes de manera que todos los que aquí participamos lo hacemos desde le hecho de que como profesionales que somos garantizamos en el ejercicio de nuestras funciones el libre ejercicio de los derechos y las libertades y eso, que deberían de ser los valores y pilares básicos de nuestra policía es lo que el Ayuntamiento no le gusta y por ello ha sido condenado . . .
« Última modificación: 02 de Julio de 2010, 22:10:13 pm por Heracles_Pontor »

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #406 en: 02 de Julio de 2010, 22:03:35 pm »
La verdad sea dicha, no se mucho de leyes ni de procedimientos judiciales, seguro que me lo aclaráis que estáis mas puestos que yo . El ayuntamiento resulta condenado.Y las personas físicas?. Segundo, una sentencia de un contencioso, después de 8 años. Pero, esto no esta tipificado como delito?.
Saludos y enorabuena

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #407 en: 03 de Julio de 2010, 01:30:26 am »
Pues parece ser que en la última reforma del código penal ya se recoge como delito este tipo de acoso... pero claro, ni está en vigor aun ni se podría aplicar retroactivamente de estarlo...
De sinvergüenza a policía no se pasa en quince días!!!

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #408 en: 03 de Julio de 2010, 09:22:50 am »
La verdad sea dicha, no se mucho de leyes ni de procedimientos judiciales, seguro que me lo aclaráis que estáis mas puestos que yo . El ayuntamiento resulta condenado.Y las personas físicas?. Segundo, una sentencia de un contencioso, después de 8 años. Pero, esto no esta tipificado como delito?.
Saludos y enorabuena

II. Acoso moral en el trabajo y Derecho Penal.

El ámbito laboral es terreno abonado para ese tipo de abusos por el mero hecho de las desviaciones o malos usos en que determinadas personas incurren sobre sus subordinados "acoso en sentido vertical", sobre sus compañeros "acoso en sentido horizontal" e, incluso, sobre sus superiores - acoso en sentido vertical o ascendente podríamos decir -.

En segundo lugar, cabe decir que pese a ello nuestra legislación penal, a diferencia de otros países europeos, no recoge un tipo penal específico para el acoso moral en el trabajo.

No obstante existe una Doctrina bastante uniforme que entiende que el acoso moral en el trabajo puede encontrar encaje jurídico penal por vía del tipo del artículo 173 de nuestro vigente Código Penal, puesto en relación al artículo 177 del mismo Texto Legal.

Dichos preceptos están incluidos en el Título VII, referido a torturas y otros delitos contra la integridad moral, y castigan al que inflija a otra persona un trato degradante, dañando gravemente su integridad moral produciendo, en el tipo especial del 177, lesión o daño a la vida, integridad física, salud, libertad sexual o bienes de la víctima.

Es decir, el tenor literal del artículo 173 del Código Penal en relación al tipo especial del artículo 177 recoge los requisitos que los especialistas establecen para considerar que concurre lo que ahora se conoce como mobbing o acoso moral en el trabajo y que son la existencia de un trato degradante y la existencia de un daño.

http://noticias.juridicas.com/articulos/55-Derecho%20Penal/200304-65511131032901.html


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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #409 en: 04 de Julio de 2010, 18:01:48 pm »
CCOO y ASEPEYO firman un Acuerdo para combatir el acoso laboral

El acuerdo firmado incluye un PROTOCOLO de actuación que es el resultado de la iniciativa de CCOO y marca un camino a seguir para afrontar esta problemática en el sector y en el mundo laboral en general.

08-11-2006 - La Federación de Servicios Financieros y Administrativos de CCOO (COMFIA) y ASEPEYO Mutua de Accidentes Laborales y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, el 7 de noviembre han firmado un acuerdo de colaboración por el que se establece un procedimiento de actuación interno para abordar la problemática del acoso laboral.

El acuerdo se corresponde con el compromiso que CCOO hemos adquirido para hacer frente al conjunto de riesgos psicosociales y en particular al “mobing”.

El acuerdo firmado incluye un PROTOCOLO de actuación que es el resultado de la iniciativa de CCOO y marca un camino a seguir para afrontar esta problemática en el sector y en el mundo laboral en general.

Dentro del acuerdo cabe destacar:

1) Mas allá de los instrumentos legales existentes, el Protocolo abre una vía de resolución más rápida que incorpora elementos de consenso y protege de manera inmediata y eficaz al afectado.

2) El Protocolo garantiza la confidencialidad del afectado.

3) Se crea una Comisión de Riesgos Psicosociales paritaria con la participación de los sindicatos, que garantiza la transparencia de los procesos.

4) Se crea la figura del Mediador, con un mandato de 4 años, que es elegido por consenso entre las partes. El Mediador es un profesional de las ciencias de la salud que realizará una labor de investigación técnica del caso para aportar los elementos necesarios a la Comisión para que ésta determine la existencia a no de Acoso.

5) Entre las medidas de actuación que se contemplan destacan: el soporte a la persona afectada, mejora de la organización del trabajo y/o medidas disciplinarias si proceden.

Mientras los acosadores sean nombrados para cargos de confianza y no cesados de forma fulminante de nada servirá regular, normativizar y protocolizar el acoso laboral, algo que además suena a chiste malo, porque desde las administraciones se nos dice de forma repetitiva que se persigue esta lacra, incluso en el último reglamento del CNP se hace mención a ello al igual que en el Acuerdo firmado por los sindicatos traidores en 2008, sin embargo, ¿qué se hace realmente para luchar contra ello?, se les coloca en otros puestos de confianza hasta que pase el temporal, y pasado quizá incluso vuelven a ocupar el cargo del que tuvieron que salir.


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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #410 en: 07 de Julio de 2010, 19:03:27 pm »
El Supremo reabre un caso de acoso laboral en la Guardia Civil de Cádiz 

Un juzgado militar absolvió a un mando al considerar que la rudeza no es delito

PEDRO ESPINOSA - Cádiz - 06/07/2010

Comentarios despectivos. Insultos. Campaña de desprestigio. Desautorizaciones públicas. Llamadas de atención por la emisora de radio. La lista que reunió un alférez de la Guardia Civil destinado en Cádiz para denunciar a su capitán por acoso laboral era larga. También recogía desprecios y una continua humillación. Un juzgado togado militar de San Fernando analizó su causa pero en su sentencia dejó claro que esos hechos, ocurridos entre 2002 y 2005 en el subsector de Tráfico, podían ser propios de la rudeza y de la falta de educación del superior pero no son un delito.  :partirse

 De hecho, la sentencia reflejaba que esas actitudes estaban orientadas a conseguir un mejor desarrollo del servicio. Ahora el Supremo ha anulado esa sentencia por considerar que no se atenía a razones jurídicas y ordena repetir el juicio.

"El capitán ignoraba las novedades que le daba el alférez. La emisora de radio servía para que el capitán llamase la atención del alférez. Le excluía de las jornadas de formación. Le cortó el acceso telefónico. Ignoraba sus peticiones de material de escritorio. Le criticaba delante de los nuevos sargentos en los actos de presentación e incorporación al destino. Inició una campaña de desprestigio". La sentencia del juzgado togado militar reconoce todos estos hechos aunque les restaba trascendencia. "Describen hechos que objetivamente pudieran enmarcarse en la rudeza, indelicadeza o incluso falta de educación, orientados en su mayoría al mejor desarrollo del servicio y que son percibidos por el denunciante como verdadera persecución, pero que a juicio de este tribunal no pueden incardinarse en figura delictiva alguna", reza el texto judicial anulado.

El juzgado de primera instancia decidió archivar la denuncia por acoso laboral y abuso de autoridad. El denunciante aseguró que las prácticas de su superior le obligaron a dejar su puesto en el subsector de Tráfico de Cádiz. De nada le valieron las declaraciones de más de 50 testigos. Pero ahora el Supremo le da la razón a la víctima.

El tribunal considera que la sentencia del juzgado togado militar carece de razonamientos jurídicos para descartar totalmente la denuncia de acoso laboral. "No resultaría carente de todo fundamento conferir relevancia penal a las actuaciones denunciadas". Según esta resolución judicial, atribuir los hechos denunciados a la falta de educación o la rudeza del capitán es una argumentación "incongruente e insuficiente para justificar un sobreseimiento". Por este motivo el Supremo devuelve la causa al juzgado militar de San Fernando para que valore de nuevo el caso.

http://www.elpais.com/articulo/andalucia/Supremo/reabre/caso/acoso/laboral/Guardia/Civil/Cadiz/elpepiespand/20100706elpand_16/Tes
 
 


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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #411 en: 07 de Julio de 2010, 20:25:09 pm »
Menos mal.

Salud y suerte.
J. David G? Castilla también soy yo.
Los gobiernos pasan, las sociedades mueren, la policia es eterna.
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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #412 en: 07 de Julio de 2010, 21:22:54 pm »
Me imagino la composición de un tribunal togado militar.


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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #413 en: 08 de Julio de 2010, 14:01:18 pm »
Sentencias como esa son el multiplicador del efecto del "mobbing". Pensad en los testigos que se han echado para adelante declarando contra un capitán, lo que ello les va a suponer en sus carreras y total... para nada.

No estaría de más una querella por prevaricación contra el juzgado, que a nosotros bien que nos cascan a la mínima que nos equivocamos.
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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #414 en: 08 de Julio de 2010, 14:12:05 pm »
Sentencias como esa son el multiplicador del efecto del "mobbing". Pensad en los testigos que se han echado para adelante declarando contra un capitán, lo que ello les va a suponer en sus carreras y total... para nada.

No estaría de más una querella por prevaricación contra el juzgado, que a nosotros bien que nos cascan a la mínima que nos equivocamos.

Hasta el rabo todo es toro... el TS ordena continuar con la instrucción... que no es moco de pavo.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #415 en: 08 de Julio de 2010, 14:42:24 pm »
Con "para nada" no estoy dando mi opinión, simplemente me pongo un poco en el lugar del compañero que, no yendo con él la traca (que en realidad, va con todos) se traga el sapo, se aprieta las zapatillas y va al juzgado a declarar contra un superior de un cuerpo como la GC. El otro día leí una frase, creo que aquí en el foro que decía "una injusticia cometida contra uno, es una amenaza contra todos". A ver si encaloman bien al acosador (si es verdad lo que pone en la prensa, que a estas alturas es un acto de fe) y empieza a humanizarse el horizonte policial, para que esto sea una profesión de gente de bien y caballeros y no el cortijo de cuatro aprovechados prepotentes.

Saludos.
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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #416 en: 09 de Julio de 2010, 18:30:47 pm »
REGIONAL
El TSJ dice que no sufre acoso y la empresa la despide por entregar emails internos
09.07.10 - 00:10 - M. F. | CÁCERES.

La gerente de una cooperativa de regantes de Don Benito, Pilar G. C. ha sido despedida sin derecho a indemnización tras denunciar a tres compañeros de la cooperativa de regantes donde trabajaba, Ángel C.M, Juan Carlos M.P y Ramón E.C, por considerar que, con los comentarios dirigidos hacia ella en noviembre de 2006, era víctima de mobbing o acoso laboral. Para probarlo, Pilar G.C. aportó al Tribunal una serie de pruebas, entre ellas, la entrega de una serie de correos electrónicos referentes a comunicaciones de la empresa, instalada en la provincia de Badajoz, con una firma jurídica.

En diciembre de 2009 se quedó sin trabajo, ya que la cooperativa consideró que la entrega de esos documentos confidenciales suponían el quebrantamiento de la buena fe contractual así como abuso de confianza. Dos meses más tarde, la sala de lo Social número 2 de Badajoz sentenció que no existía mobbing. Y ahora, el Tribunal Superior de Justicia ha confirmado el fallo justificando que el conflicto y el acoso moral no son realidades correlativas y que ella no tiene derecho a ninguna indemnización por parte de los demandados ni de la empresa.
Conflicto

Y es que como gerente de la entidad, fue la encargada de comunicar a los trabajadores un acuerdo del Consejo Rector, lo que propició un conflicto con otro trabajador. Según el testimonio de la mujer, el demandado «reacciona en tono amenazante e intimidatorio, profiriendo insultos y amenazas de una forma agresiva», lo que hace que la gerente le invite a salir del despacho. La empresa inicia una investigación y la mujer insta a que despidan al demandante e incluso que sea ella la que abandone el trabajo, pero la entidad considera que, aunque los caracteres de ambos no congenian, no existe acoso. Tampoco lo considera en los otros dos casos anteriores al tratarse de malentendidos entre compañeros

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #417 en: 29 de Agosto de 2010, 21:47:00 pm »
El Teniente José Francisco Ruiz vuelve a ser detenido




Y de este hombre, que fue?

« Última modificación: 29 de Agosto de 2010, 21:50:38 pm por 47ronin »

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #418 en: 31 de Agosto de 2010, 21:01:15 pm »
El alcalde de Oleiros suspende a un policía local por acoso a un compañero

El agente ya había sido sancionado con la suspensión de funciones durante un período de cuatro años

El pleno de Oleiros dio cuenta ayer de una resolución de alcaldía en la que se destituye a un agente de la Policía Local de Oleiros, Juan José Castro Saavedra, por causar lesiones psíquicas a un compañero del mismo cuerpo. Según explicó la concejala de Interior, María José Varela, el Concello decidió imponerle una sanción administrativa como funcionario público, además de la sentencia firme impuesta por el juzgado por la conducta de este agente.

Varela también dio cuenta de que Castro Saavedra ya había sido sancionado anteriormente con suspensión de funciones durante cuatro años y que regresó a su puesto de trabajo el pasado 15 de agosto, momento en el que desde alcaldía se le aplicó una suspensión cautelar en espera de la resolución de la alcaldía, que le impone una sanción de separación del servicio de policía local. La concejala también recordó que este agente está en su derecho de presentar un recurso de reposición o un contencioso administrativo.
« Última modificación: 31 de Agosto de 2010, 21:06:09 pm por 47ronin »

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #419 en: 31 de Agosto de 2010, 21:09:16 pm »
por causar lesiones psíquicas a un compañero del mismo cuerpo.

De igual a igual pero nos queda sin saber los motivos.