Autor Tema: El acoso en los cuerpos policiales  (Leído 148266 veces)

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #480 en: 04 de Noviembre de 2011, 08:49:01 am »
Juzgado en Pamplona un policía acusado de dispensar un trato degradante a una compañera
la fiscal pide la absolución y la acusacion particular reclama 21 meses de prisión

El agente negó en el juicio haber humillado o vejado a la denunciante, que dijo que llegó a sentirse como su prostituta

jesús morales - Viernes, 4 de Noviembre de 2011 - Actualizado a las 05:38h

 pamplona. Un miembro del Cuerpo Nacional de Policía fue juzgado ayer en Pamplona acusado de un delito contra la integridad moral, por haber dispensado supuestamente un trato vejatorio a una agente subordinada suya. Mientras que él nego los hechos, la denunciante le acusó de haberla hecho sentir como su "prostituta", por los comentarios de cariz sexual que le realizaba constantemente y por el control a la que la sometía, con continuas correcciones sobre la labor profesional que desempeñaba, según su tesitmonio.

La fiscal, por su parte, sostuvo que los hechos que se le imputaban no eran constitutivos de ilícito penal alguno, por lo que insistió en su absolución, mientras que la acusación particular ejercida en nombre de la agente denunciante reclamó que sea condenado a 21 meses de prisión y que abone una indemnización de 9.000 euros.

Durante su declaración, el policía negó que existiera ningún problema con su compañera y que ésta cambió su actitud hacia él a raíz de un conflicto con otra funcionaria. "Se sintió despechada porque yo la había apoyado en disputas con otros compañeros". Igualmente, negó haber dispensado trajo vejatorio o humillante alguno a la denunciante, al tiempo que rechazó que hiciera correcciones sobre su trabajo o que durante una comida celebrada el 6 de julio de 2009 la incomodara con su comportamiento o con comentarios sobre la posibilidad de realizar "un trío".

La denunciante, por su parte, reiteró que el acusado la ridiculizaba poniendo en entredicho su trabajo delante de superiores o del resto de los compañeros y que le preguntaba sobre "la ropa interior que llevaba", "cómo se depilaba las zonas íntimas" o que "si todo me olía igual". "Me he llegado a sentir como si fuera su prostituta, como un jarrón. Yo era policía igual que él y no merecía que me tratara así". También relató que en ocasiones le mostraba vídeos pornográficos en su ordenador y le preguntaba "si sabía hacer esas posturas. Si le decía que dejara de hacerme esos comentarios, me respondía que era una sosa".

En la vista también declaró el marido de la denunciante, igualmente policía, quien explicó que había detectado bajones anímicos en su esposa, pero que "no éramos conscientes de los que estábamos pasando. No supimos reaccionar", manifestó. Explicó que un malentendido con una compañera "fue la gota que colmó el vaso para que mi mujer se derrumbara anímicamente".

En la vista también comparecieron varios agentes, miembros de la unidad en la que trabajaban el acusado y la denunciante, que dijeron no haber presenciado ningún comportamiento fuera de lugar, mientras que el forense concedió credibilidad al testimonio de la mujer.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #481 en: 04 de Noviembre de 2011, 08:51:58 am »
Hoy dos noticias respecto a este tema..primero los antecedentes del caso.

Una agente de la Policía Local de Inca denuncia a sus mandos y al consistorio por acoso laboral

La funcionaria municipal está en tratamiento psiquiátrico tras degenerar un conflicto laboral en "una situación insostenible"

MATEU FERRER PALMA La policía local de Inca Isabel Nadal ha interpuesto una demanda por acoso psicológico en el trabajo –más conocido como mobbing– contra un oficial que era su inmediato superior jerárquico y supuesto acosador, el mayor Baltasar Perelló, por presuntamente hacer caso omiso de las denuncias de la supuesta víctima, y contra el Ayuntamiento, al que responsabiliza de dejadez, con el resultado de agravar su empeoramiento de salud. La agente dice haber sufrido en los últimos tres años traumas psicológicos, ataques de asma por los que ha requerido ir a urgencias, derivados de la ansiedad y el estrés al que estaba sometida, y hoy en día sigue un tratamiento psiquiátrico al fin de mejorar su condición psíquica y poder volver al trabajo con tranquilidad.

La policía asegura que a raíz de una queja verbal presentada en octubre de 2007 ante el oficial referido, éste le mandó un sms a su teléfono móvil que ella no respondió, lo que "desembocó en un verdadero acoso laboral" hacia su persona, que dura hasta la fecha. Unos días más tarde de aquel incidente, según reza la demanda, Isabel Nadal acudió al despacho de su jefe para hablar con él, "y éste se dirigió a ella con actitud intimidatoria, invitándole de forma agresiva a salir del despacho".

Hoja de servicio

A partir de entonces, según la versión de la denunciante, el oficial dejó de rellenar las hojas diarias de servicio de la agente, con lo cual ésta no sabía qué trabajo debía atender en la unidad de gestión interna de la Policía Local de Inca a la que estaba adscrita. El vacío a la que empezó a someterla su superior tenía como único objetivo que la agente "abandonara su puesto de trabajo", reza la demanda.
Desde noviembre de 2008 hasta junio de 2009, la agente estuvo de baja por embarazo. "A partir de su reincorporación, después del permiso de maternidad, los agentes más afines al oficial demuestran un cambio de actitud laboral hacia ella, hablándole a las espaldas, llamándole ´subinspectora´, propinándole calumnias en su sitio de trabajo, y en modo particular seguía haciéndole mobbing su jefe, con la ayuda de una compañera", como asevera en la denuncia.

La agente afirma que informó al consistorio de su situación y, si bien se hicieron amagos de abrir una investigación, la víctima ha terminado por denunciar "la falta de diligencia del Ayuntamiento en el desarrollo del expediente sancionador que nunca se llegó a incoar, por voluntad del Mayor Jefe Sr. Baltasar Perelló y de la alcaldía, prefiriendo ´dejar pasar´ un acoso laboral antes de tener que abrir un expediente sancionador".

Al parecer, la única solución que se ofertó a la agente fue un traslado al centro de información juvenil, que ella finalmente rechazó. Sin embargo, un decreto de alcaldía fechado el 29 de junio de 2010, la destinó a dicho lugar de trabajo "bajo las órdenes del regidor de Juventud, con lo que se deduce que con horario diferente, sin uniforme, realizando tareas administrativas que nada tienen que ver con la gestión policial, sin hoja de servicio y sin mando asignado".

Tras su negativa al traslado, mediante otro decreto hace unos meses se asignó a la agente a labores de vigilancia en la casa consistorial de Inca. Según su versión, allí se le obligaba a permanecer durante siete horas al día de pie y sin poder sentarse en ningún momento ni hablar con otros trabajadores municipales ni ninguna tarea asignada.

El exalcalde Pere Rotger se la encontró hace unas semanas casualmente y, tras informarle ella de su situación, la agente ahora ha sido destinada a la calle, con labores de policía normal. La agente Isabel Nadal reclama una indemnización de 10.000 euros, que se reconozca que ha sufrido acoso laboral y recuperar su plaza original.

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      Inca
Un juez desestima la demanda de una policía al consistorio por ´mobbing´

Los testigos niegan el acoso y la psicóloga indica que la demandante tiene una personalidad obsesiva

 PEP CÓRCOLES

 ­El magistrado Francisco Úbeda ha desestimado la acusación de mobbing de la agente de la policía de Inca Isabel Nadal. Ésta pretendía una condena a varios de sus jefes y a miembros del consistorio por no haber actuado ante el acoso que decía que sufría por parte de un oficial.

La agente denunció que había sido trasladada en dos ocasiones de forma arbitraria tras denunciar el acoso que supuestamente sufría por parte de un superior, como recogió DIARIO de MALLORCA el pasado mes de mayo.

El juez desestima todas las pretensiones de la agente y manifiesta que "se ha de partir de que ante la denuncia de la actora la Administración no adoptó una postura de pasividad sino que procedió a incoar un expediente de información reservada".

El magistrado agrega que "en la prueba practicada en la vista ninguno de los testigos ha puesto de manifiesto la existencia de una violencia psicológica de forma sistemática y recurrente y durante un tiempo prolongado sobre la señora Nadal en su puesto de trabajo con la finalidad de destruir sus redes de comunicación, su reputación o perturbar el ejercicio de sus labores".

Informe pericial

Otra de las razones de peso en la sentencia es el informe pericial de la psicóloga contratada por el juzgado para examinar a la demandante. El juez dice que el dictamen es "taxativo al manifestar que la actora tiene una personalidad obsesiva.

 Es desconfiada, intransigente, suspicaz y controladora

 El informe añade que "dada la personalidad de la señora Nadal, la existencia de antecedentes ansioso-depresivos previos al conflicto, y la persistencia de la sintomatología pese a las medidas adoptadas, es por lo que no podemos afirmar que ésta se deba a la violencia psicológica, que por otra parte no ha tenido ni la intensidad ni la duración suficiente para provocarla".

Ante todas las pruebas aportadas el magistrado es concluyente: "Este juzgador no considera que existan indicios razonables de una situación de mobbing", dice.
El alcalde, Rafel Torres, no quiso ayer hacer excesivas manifestaciones al respecto. "El juez lo dice todo", aseguró. Agregó: Yo ya dije que todo parte de un tema personal entre la demandada y un jefe que ha derivado al terreno laboral".



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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #482 en: 26 de Noviembre de 2011, 10:45:13 am »
La mujer guardia civil que denunció maltrato ya tiene destino en la capital

La Asociación Unificada de la Benemérita (AUGC) esperará a que haya una sentencia firme para exigir que se depuren las responsabilidades por los hechos ocurridos
Teresa Roldán

La Asociación Unificada de la Guardia Civil en Albacete anunció ayer que la agente de la Guardia Civil, que recientemente denunció a un sargento de la Comandancia albaceteña por violencia de género, y que fue relegada de su puesto, quedándose sin destino y sin vivienda, sigue de baja psicológica, aunque ha conseguido que se le de destino de nuevo en Albacete, estando a la espera de la asignación de pabellón.

Así lo puso de manifiesto la portavoz de la AUGC de Albacete, Charo Romero, que señaló que esto ha sido posible gracias a la intervención del director general de la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez, que ha rectificado desde el Ministerio en su decisión.

Asimismo, la Asociación Unificada de la Guardia Civil en Albacete, que preside Agustín Clemente, aprovechó la ocasión para trasladar al nuevo Gobierno del PP una serie de reivindicaciones para la mejora de este cuerpo. En concreto, pidieron más medios y servicios específicos en el cuerpo para abordar problemáticas particulares como la violencia de género, más formación de los profesionales, sobre todo, en el medio rural, que es donde más carencias existen, así como una equiparación con otros cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.


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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #483 en: 29 de Noviembre de 2011, 17:09:37 pm »
El juez obliga al Consistorio a pagar 11.235 € por el "acoso laboral" a un policía municipal

SUFRIÓ PINTADAS DE "CHIVATO" Y "MARICÓN" TRAS DENUNCIAR EL TRATO DADO A UN DETENIDO

El juez pone en evidencia la "pasividad" de los mandos con lo ocurrido al agente, que sigue de baja dos años después
marivi salvo - Martes, 1 de Febrero de 2011 -

Archivada la denuncia de un agente contra el jefe de la Policía Municipal de Pamplona
EUROPA PRESS. Pamplona     

29/06/2011 a las 13:27   

La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona ha decretado el archivo de la denuncia interpuesta por un agente contra el jefe de la Policía Municipal de Pamplona, Simón Santamaría, por un supuesto delito de omisión del deber de perseguir delitos.

El agente denunció ante la Policía Foral en septiembre de 2010 que su vehículo había aparecido dañado y que tenía las cuatro ruedas pinchadas y unas inscripciones en el capó en las que aparecía su número de policía rodeado de una diana y una cruz gamada debajo, unos hechos que se enmarcaron en un caso de acoso laboral. En opinión del agente, estos hechos "no fueron suficientemente investigados por orden de Santamaría".


Contra esta sentencia 'no cabe recurso alguno'

Revocada una condena contra el Ayuntamiento de Pamplona por 'mobbing' a un policía municipal
El denunciante alegaba acoso laboral por parte de ciertos compañeros del cuerpo

EP - Jueves, 30 de Junio de 2011 - Actualizado a las 16:31h

 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha revocado una condena contra el Ayuntamiento de Pamplona de 11.235 euros por 'mobbing' a un agente de la Policía Municipal. Contra esta sentencia no cabe recurso alguno.


 RESOLUCIÓN número 09105/11, 07 de octubre de 2011
 
  Visto por la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Navarra, integrada por los Vocales que al margen se expresan, el expediente del recurso de alzada número 11-3225, interpuesto por DON ...........contra resolución del Director del Área de Hacienda Local del AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA de fecha 27 de abril de 2011, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra resolución de la propia Dirección de fecha 25 de enero de 2011, sobre denegación de indemnización por daños sufridos en vehículo.
 Ha sido Ponente doña María-Asunción Erice Echegaray.
   
 ANTECEDENTES DE HECHO
   
 1º.- Mediante Resolución del Director del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 27 de abril de 2011, se desestimó el recurso de reposición interpuesto por el hoy impugnante, Agente de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Pamplona, contra Resolución de la misma autoridad, de 25 de enero de 2011, por la que se denegó la petición de responsabilidad patrimonial  instada por el interesado por daños sufridos en el vehículo de su propiedad.
   
 2º.- Contra dicho acto se interpuso por el interesado, en tiempo y forma, recurso de alzada ante este Tribunal.-   
   
 3º.- Mediante providencia del Presidente de este Tribunal se dio traslado del recurso al Ayuntamiento citado para que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, por el que se da nueva redacción al Capítulo II del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, en materia relativa a impugnación de actos y acuerdos de las entidades locales de Navarra, remitiera el expediente administrativo o copia diligenciada del mismo, incorporando las notificaciones para emplazamiento efectuadas y presentara, de estimarlo conveniente, informe o alegaciones para justificar la resolución recurrida; extremos ambos que fueron cumplimentados por la Corporación de referencia.- 
   
 4º.- No se propuso por las partes la realización  de pruebas.
   
 FUNDAMENTOS DE DERECHO
   
 PRIMERO.- Respecto de la responsabilidad patrimonial de la Administración, el artículo 106.2 de la Constitución Española establece que: "Los particulares, en los términos establecidos por la Ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en sus bienes y derechos salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos". Del mismo modo, el artículo 139.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común dispone que: "Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos."

 Para que concurra tal responsabilidad patrimonial de la Administración, configurada, legal y jurisprudencialmente, como de naturaleza objetiva, de modo que cualquier consecuencia dañosa derivada del funcionamiento de los servicios públicos -sea éste normal o anormal- debe ser en principio indemnizada, se requiere, según el artículo 139 antes citado, que concurran los siguientes requisitos:

A) Un hecho imputable a la Administración, bastando, por tanto, con acreditar que un daño antijurídico se ha producido en el desarrollo de una actividad cuya titularidad corresponde a un ente público.

B) Un daño antijurídico o detrimento patrimonial injustificado, o, lo que es igual, un resultado lesivo que el que lo sufre no tenga el deber jurídico de soportar. El perjuicio patrimonial ha de ser real, no basado en meras esperanzas o conjeturas, evaluable económicamente, efectivo e individualizado en relación con una persona o grupo de personas.

C) Relación de causalidad directa y eficaz entre el hecho que se imputa a la Administración y el daño producido. Así lo dice la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el artículo 139, cuando señala que la lesión debe ser consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos y

D) Ausencia de fuerza mayor, como causa extraña a la organización y distinta del caso fortuito, supuesto este que sí impone la obligación de indemnizar. La fuerza mayor entroncaría con la idea de lo extraordinario, catastrófico o desacostumbrado, mientras que el caso fortuito haría referencia a aquellos eventos internos, intrínsecos al funcionamiento de los servicios públicos, producidos por la misma naturaleza, por la misma consistencia de sus elementos, correspondiendo, en todo caso, a la Administración, tal y como reiteradamente señala el Tribunal Supremo, entre otras y por sintetizar las demás, en sentencia de 6 de febrero de 1996, probar la concurrencia de fuerza mayor, en cuanto de esa forma puede exonerarse de su responsabilidad patrimonial.

 Y, así mismo, según el citado artículo 142.5 de la ley citada, el derecho a reclamar prescribe al año, contado desde el hecho que motive la indemnización o, en caso de daños a las personas, desde la curación o determinación del alcance de las secuelas.
   
 SEGUNDO.- La respuesta dada por el Ayuntamiento al recurso de reposición interpuesto contra la Resolución desestimatoria de la petición de responsabilidad patrimonial instada no es ajustada al espíritu de lo pedido. Veamos por qué. 

Señala la entidad local que los daños sufridos por el recurrente, Agente de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Pamplona, en el vehículo de su propiedad se han causado por un tercero y que, como quiera que en la vigilancia de la seguridad del espacio público en que el coche se encontraba aparcado no se ha observado una falta de diligencia, no ha lugar al nacimiento de una responsabilidad patrimonial.

Y explica la entidad local, en este sentido, que sobre un particular parecido ya se ha pronunciado este Tribunal Administrativo en Resolución precisamente de esta misma Sección Tercera, en que se enjuicia, con resultado desestimatorio de las pretensiones del allí recurrente, si el hecho de que se lanzara desde una muralla de la ciudad una tapa de alcantarilla constituía una falta de precaución en la atención municipal de la seguridad de los lugares públicos.

 Pero, como decimos, no es ese el verdadero espíritu de lo solicitado por el recurrente, como ahora se explicará. No obstante, como quiera que del expediente se deducen, a la postre, razones más consistentes que justifican la desestimación del recurso, este Tribunal no aprecia una falta de congruencia entre la causa de pedir y lo resuelto.

 El recurrente establece el siguiente nexo causal entre lo sucedido (pinchazo de las cuatro ruedas de su vehículo y pintada en el capó del mismo de una diana, con su propio número de policía municipal, y una cruz gamada) y la situación de acoso laboral o mobbing por él padecido, según decretó el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 2 de Pamplona mediante sentencia de 17 de diciembre de 2010, en virtud de la cual se estimó la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración y se condenó al Ayuntamiento de Pamplona a indemnizar al recurrente con la cantidad de 11.235,36 euros, más los intereses legales: estima el impugnante, como decimos, que los daños causados en su vehículo, como quiera que al hacer la pintada en el capó mención a su propio número de Policía municipal no pueden haber sido cometidos sino por miembros de dicho Cuerpo, son una continuación de los actos de acoso a los que, con tolerancia de la Administración, viene siendo sometido.  

Sin embargo, la premisa de la que partió el recurrente en el momento de la interposición del recurso, en fecha 7 de junio de 2011, ha desaparecido. En efecto, la referida sentencia del citado Juzgado de lo contencioso-administrativo de Pamplona, número 2, de fecha 17 de diciembre de 2010, ha sido revocada mediante sentencia de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, de fecha 27 de junio de 2011. Y este Tribunal Superior de Justicia ha considerado que no ha existido funcionamiento anormal del servicio publico municipal: "Nada puede achacarse a los mandos de la policía municipal en su actuar y ninguna responsabilidad cabe exigir al Ayuntamiento de Pamplona en el presumible mobbing horizontal que los peritos advierten".
 Así pues, en este contexto, difícilmente puede este Tribunal considerar que el acto que ahora nos ocupa no es sino un eslabón más de la cadena de daños a los que el recurrente se ve sometido por culpa de la tolerancia de la Administración hacia dicha situación de acoso (al haber sido negada, en sede judicial, la realidad de dicha tolerancia). 

 Y ello no sólo, como decimos, por la decisiva razón de que el citado TSJN ha considerado que no puede establecerse un nexo causal entre el funcionamiento del servicio público (de Policía Municipal) y el resultado lesivo (el cual, no obstante, se admite como producido, pues es claro que la baja médica que sufrió el recurrente se conceptuó como enfermedad laboral). Es decir, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, si bien ha admitido que el recurrente padeció daños, insultos y murmuraciones a cargo de miembros de la Policía Municipal, no ha considerado que de ello deba responder el Ayuntamiento de Pamplona.

 Así pues, si se ha negado el nexo causal entre los daños que, sin duda, el recurrente ha padecido y el funcionamiento de un servicio público (Policía Municipal), menos aún puede establecerse por este Tribunal un nexo causal entre el hecho nuevo que ahora nos ocupa y al que seguidamente nos referimos con más detalle, y el funcionamiento de dicho servicio público municipal.

 Precisaremos que el hecho que ahora nos ocupa consiste, como queda dicho, en daños en el vehículo de propiedad del recurrente consistentes en el pinchazo de sus cuatro ruedas y en una pintada en el capó del mismo, con la citada inscripción del número de Agente de la Policía Municipal del impugnante y de una diana, a la que se acompaña una cruz gamada.

 Pero, ¿quién ha realizado dicho acto? No se sabe. Y no se sabe por dos razones: en primer lugar, porque ni siquiera obra en el expediente una fotografía del vehículo de la que pueda obtenerse alguna pista. 

 Y tampoco se sabe quién realizó dicho acto, por cuanto que, pese a que cerca del lugar de los hechos (próximo a la vivienda del impugnante) había, documento 10 del expediente municipal, dos cámaras de grabación -una de Caja Rural y otra de una clínica veterinaria- nada se sabe acerca de si se produjo o no la grabación de los hechos. ¿Se produjo o no la grabación? ¿Dispone de ella o ellas el recurrente? Nada consta en el expediente. Por tanto, este Tribunal carece totalmente de elementos de juicio sobre el particular.

 ¿Habría realizado los hechos un policía municipal, como sostiene el recurrente? Es probable, pues, como con lógica expone dicho impugnante, difícilmente, si no, conocería un delincuente el número de Agente del recurrente, su vehículo y el lugar donde habitualmente lo aparca y difícilmente, además, tendría tal delincuente un móvil (o motivo) para realizar dicho acto de amedrentamiento. Es muy probable, admitiremos, que el acto que nos ocupa esté ligado a la situación que el recurrente padece en el ámbito de su trabajo en la Policía Municipal de Pamplona (que ha dado lugar, como consta en el expediente, a actos sumamente ofensivos para con su persona, si bien desligados, a juicio del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, del funcionamiento del servicio público municipal).

 Pero, repetimos, la autoría del hecho no le consta con certeza a este Tribunal. Y, en el mismo sentido, también con posterioridad a la presentación de la reclamación ante la entidad local, ha aparecido un dato nuevo, cual es el sobreseimiento provisional y el archivo de las diligencias previas que se seguían, por tales hechos, ante el Juzgado de Instrucción número 5 de Pamplona, por motivo, como consta en el auto, de " (...) examinadas de nuevo las actuaciones y a la vista de lo practicado procede concluir que no existen motivos suficientes para atribuir su perpetración a persona alguna determinada y por ello es procedente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 641.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, decretar el sobreseimiento provisional de estas actuaciones". (El subrayado es nuestro).

 Así pues, en este contexto, dada la ausencia de prueba acerca de las circunstancias que rodean al hecho que nos ocupa y dada, en todo caso, la decretada ausencia de nexo causal entre las vejaciones a que fue sometido el recurrente y el funcionamiento del servicio público de Policía Municipal, difícilmente puede este Tribunal, como se ha dicho, establecer en la actualidad un nexo causal entre un hecho cuyas circunstancias se desconocen totalmente (ya se ha dicho que no hay ni siquiera una foto del vehículo dañado) y un funcionamiento anormal (en el sentido de producir un daño "ilegal", entendiendo por tal el que el ciudadano no tiene el deber jurídico de soportar) del servicio público de Policía Municipal, cuando tal funcionamiento anormal (entendido en tal sentido) previo ha sido negado por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

 Procede, por tanto, la desestimación del recurso. 
   
 Por todo lo expuesto, el Tribunal,
   
 RESUELVE: Que debemos desestimar, como desestimamos, el recurso de alzada arriba referenciado, interpuesto contra la Resolución del Director del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona, de fecha 27 de abril de 2011, por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto por el hoy impugnante contra Resolución de la misma autoridad, de 25 de enero de 2011, por la que se denegó la petición de responsabilidad patrimonial  instada por el interesado por daños sufridos en el vehículo de su propiedad; acto que se confirma por ser ajustado a Derecho.
   
 Así por esta nuestra resolución, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.- Mª Asunción Erice.- Jon-Ander Pérez-Ilzarbe.- Miguel Izu.- Certifico.- María­-Carmen Lorente, Secretaria.-


http://www.navarra.es/home_es/Gobierno+de+Navarra/Organigrama/Los+departamentos/Economia+y+Hacienda/Acciones/Buscadores+de+informacion+fiscal/Generar+Docs/generardocs?Ruta={3692F7FC-3A9A-4727-A344-AB441EAF07A0}&Tipo=T
« Última modificación: 29 de Noviembre de 2011, 17:16:31 pm por 47ronin »

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #484 en: 29 de Noviembre de 2011, 17:15:30 pm »
Batalla perdida en todos sus frentes...podríamos concluir sin ningún género de dudas.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #485 en: 29 de Noviembre de 2011, 17:21:36 pm »
 :pen: . . .  la carga de la prueba recae sobre la parte acusadora.

"No hay hechos, sino interpretaciones" Nietzsche

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #486 en: 14 de Enero de 2012, 15:29:31 pm »
 boñar
«Es aberrante mantener como jefe de la Guardia Civil a un delincuente»
La víctima de abuso de autoridad lamenta la falta de protección de la Comandancia.
     
 pilar infiesta | redacción 14/01/2012

La guardia civil del puesto de Boñar que sufrió el acoso y las vejaciones de su jefe durante un año, de forma reiterada, considera inaudito que Elías Venero Escanciano continúe como si no hubiera ocurrido nada al frente de la Benemérita de esa localidad, a pesar de haber sido condenado en sentencia firme el pasado 22 de junio por el Tribunal Supremo Sala Quinta de lo Militar como autor de un delito de abuso de autoridad.

En sus primeras declaraciones públicas, asegura que «es aberrante que se mantenga como jefe de la Guardia Civil a un delincuente y, además, en una población pequeña como Boñar, ¿porque con qué autoridad impone a otros una multa o les detiene?. La Comandancia o la Subdelegación del Gobierno en León deberían haber adoptado ya alguna sanción o cambio de destino para este individuo».

Como ha quedado demostrado tras un periplo judicial de cinco años, Venero hizo la vida imposible a su subordinada desde marzo del 2004 al mismo mes del 2005 vertiendo descalificaciones verbales por su condición femenina. Además de proferir improperios como «gallina, bruja, friki o Carmen de Mairena», y de hacer gestos obscenos para referirse a ella, la ultrajaba con contínuos comentarios despectivos sobre su menstruacción.

En el calvario que sufrió la víctima, también hubo humillaciones físicas acreditadas por los jueces, como ordenarla lavar su vehículo un friísimo 12 de enero por la mañana con cubos de agua, porque la manguera estaba congelada. Como consecuencia, S.M. padeció un trastorno ansioso-depresivo que después evolucionó a una ansiedad generalizada.

Su familia la animó a acudir a los tribunales para que el autor no quedara incólume y para tratar de impedir que vejara a nuevas víctimas, pero el camino no resultó fácil. De hecho, al denunciar a su jefe, la expedientada en el seno de la Guardia Civil fue ella.

El capitán de la compañía, José García Caraballo, la sancionó con un día de haberes por negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones profesionales al no haber comunicado por los conductos oficiales que iba a denunciar a Venero. Un correctivo que ratificó el comandante Carlos Santos y el entonces teniente coronel de la Comandancia, José María Feliz Cadenas, sin tener en cuenta sus circunstancias.

«Yo estaba de baja desde marzo del 2005 y tenía prohibido médicamente mantener relación con mi entorno laboral. Mi marido fue el que relató a los mandos lo que sucedía en el puesto en verano. Sin embargo, me sancionaron. ¡Hasta en este asunto tuve que recurrir a los jueces y me dieron la razón dos años despues!», recuerda.

Cinco años. El Tribunal Militar Cuarto de La Coruña revocó el correctivo con una sentencia dura que señala que «pretender que la víctima de un posible delito, una vez denunciados los hechos ante el juez togado, deba comunicárselo a sus mandos por conducto reglamentario, cuando su superior directo y jefe de unidad es el denunciado y procesado por conductas de abuso de autoridad en su modalidad de acoso sexual, resulta, cuando menos, sorprendente».

El proceso que ha culminado con la condena de Venero ha sido para ella «largo y doloroso». Se desarrolló en tres escenarios, Valladolid, Madrid y Galicia, con gran carga documental y 22 testigos. «Desde el primer día al final ha sido horrible, con un psicólogo, viendo que carecía de apoyo de la jefatura porque yo era la mala», comenta.

Aunque está contenta con el desenlace «porque cuatro juzgados diferentes me han dado la razón, se ha demostrado que yo no mentía, que él es un delincuente y que mi baja de la Guardia Civil fue en acto de servicio, es decir, provocada por él», S.M. lamenta la nula protección que ha sentido por parte de la Comandancia de León durante estos cinco años. Un periodo en que no ha recibido una sola llamada para interesarse por su estado o para pedir disculpas por lo sucedido.

Tataranieta, biznieta, nieta, hija, sobrina y esposa de guardia civil, le «gustaría creer que no han protegido (al sargento), porque entonces pobres compañeras que se encuentren en la misma situación que yo. Prefiero pensar que el mío es un caso aislado. De hecho, no hablo mal de la Guardia Civil como institución, sino de la falta de actuación y atención por parte de la Comandancia, que ni siquiera adoptó medidas para evitar las más que esperadas represalias contra mis siete compañeros que testificaron contra el mando».

Unos compañeros para los que la víctima sólo tiene palabras de agradecimiento «por el valor y el honor que demostraron». Seis de aquellos siete testigos del puesto de Boñar (en el que trabajaban once personas) han cambiado de destino.

Un éxito difícil. El abogado de S.M., Francisco Viejo, reconoce que «lograr que se condene a un guardia civil por parte de un inferior es tremendamente difícil. Que se demuestren las acusaciones, en este caso de un claro mobbing, ya es de por sí un éxito. Nosotros pedíamos tres años de pena y el fiscal militar 18 meses, pero el presidente del Tribunal Militar emitió un sorprendente voto particular y la condena quedó en tres meses y un día de cárcel».

El auditor Alfredo Fernández Benito considera que las vejaciones y comentarios machistas reiterados del sargento de Boñar «no llegan en ningún caso a una humillación o envilecimiento de un subordinado por su superior jerárquico», de modo que los hechos no le parecieron «delito» y pidió su absolución.

Sus explicaciones cayeron como un jarro de agua fría sobre la víctima que las considera «preocupantes, porque que un juez entienda que vejar e insultar a una mujer durante un año son sólo palabras ‘reprobables y desafortunadas’ me da pena. Comprobar que en el Ejército o en la Guardia Civil algunos puedan pensar así me parece tremendo».


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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #487 en: 22 de Enero de 2012, 13:36:20 pm »
jaén
Piden la incapacidad absoluta para un policía de Torredonjimeno (Jaén) que dice haber sufrido "mobbing"

El letrado de la parte demandante, José Alamo, ha señalado que dicha incapacidad ha sido exigida por "contingencia profesional"
18.01.12 - 17:49 -
EUROPA PRESS | JAÉN

Un agente de la Policía Local de Torredonjimeno (Jaén) ha pedido en la mañana de este miércoles, en un juicio que ha tenido lugar en el Juzgado de lo Social número 3 de Jaén, la incapacidad permanente absoluta después de haber sufrido, desde el año 1990, "mobbing" provocado, como ha asegurado, por uno de sus superiores.

El letrado de la parte demandante, José Alamo, ha señalado que dicha incapacidad ha sido exigida por "contingencia profesional". Así, en el desarrollo del juicio, la víctima se ha mostrado "extremadamente afligida", algo que está directamente relacionado con los informes del Servicio Andaluz de Salud (SAS), en los que se acredita el extremo de "'stress' laboral y post-traumático".

Asimismo, Alamo ha manifestado que la víctima, según acreditan las pruebas periciales, tiene una "depresión fortísima", si bien se encuentra dado de baja desde 2010. En concreto, la perito psicológica ha confirmado esto asegurando que tiene un estado "de depresión crónica, no estando bien para ejercer ningún tipo de trabajo". Además, para el abogado su representado está "hecho polvo y roto psicológicamente".

No obstante, ha recordado que el pasado mes de junio se le reconoció la incapacidad permanente total, lo que hizo que se quedara con el 55 por ciento de su salario y que pudiera desempañar otras labores distintas a las de agente de policía. Sin embargo, el letrado exige ahora la incapacidad permanente absoluta, dado el estado en el que se encuentra el expolicía, estado con el que la víctima podría cobrar la totalidad de su salario.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #488 en: 22 de Enero de 2012, 13:37:35 pm »
Diferencia ABISMAL...entre la incapacidad total y la absoluta...en la primera te queda el 55 por ciento de la base reguladora si se tienen menos de 55 años, unos 1250 euros, y un 75 por ciento si se tienen más de 55...y en la segunda, el salario completo.

gautamacop

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #489 en: 23 de Enero de 2012, 12:56:04 pm »
Maestro y eso ahora, que dentro de un tiempecito no nos va a quedar ni pa pipas, pues va a tener suerte el compañero, pero tambien te digo que este, no ha pasado las vicisitudes que usted y el que suscribe han pasado, que cojo....nes si se aplicara un baremo o coeficiente por sufrimiento laboral alguno teniamos el 300/00,.-

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #490 en: 02 de Febrero de 2012, 12:51:28 pm »
SE ENCUENTRA DE BAJA DESDE HACE TRES MESES
Una policía denuncia acoso laboral en Maspalomas
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. - IVÁN SUÁREZ 

La agente, primera mujer en un grupo especializado de esa comisaría, dice haber sufrido comentarios sexistas y el vacío de sus compañeros.

La nueva cúpula de la Policía Nacional en Canarias, que tomó posesión de los cargos el pasado martes, ha heredado un conflicto en la comisaría de Maspalomas, en el sur de Gran Canaria, donde una funcionaria adscrita a la Unidad de Prevención y Reacción (UPR) y el sindicato que la respalda, CEP (Confederación Española de Policía), amenazan con acudir a los tribunales por un presunto caso de acoso laboral en la citada dependencia.

La agente policial se encuentra de baja desde hace tres meses como consecuencia del mobbing que denuncia haber sufrido desde su entrada en la unidad, en septiembre de 2009. La funcionaria fue la primera mujer que accedió a la UPR en la comisaria de la Policía Nacional en Maspalomas. El CEP incide en que la ausencia de mujeres en este grupo especializado de Seguridad Ciudadana, además de ir contra el principio de igualdad en el cuerpo, dificultaba algunas labores, como el cacheo a féminas.

Según el relato de la agente, el presunto acoso comenzó con comentarios sexistas y machistas vertidos por un oficial, que fue secundado por algunos de sus compañeros. “Me decía que había entrado en la unidad porque era la querida del inspector”, apunta la policía, que ingresó en el grupo tras entregar una minuta solicitando el acceso al puesto requerido.

Beatriz Potes, vocal de CEP en el Consejo de la Policía, remitió un escrito a este órgano el pasado mes de noviembre en el que ponía de manifiesto el trato discriminatorio que, a su juicio, había recibido esta funcionaria. “No defiendo a las mujeres por el hecho de ser mujeres, sino a una institución donde todos somos policías, sin importar si eres hombre o mujer, y donde seguimos teniendo que soportar las insinuaciones de que las mujeres utilizan armas sexuales para acceder a determinados puestos”, señala en el documento.

La denunciante asegura que la situación se fue agravando con el paso del tiempo y que se sentía “humillada y castigada” por sus compañeros. “Me hacían el vacío, me dejaron de hablar y no me llamaban ”, asevera. Según el sindicato, hubo “intentos de apartarla de labores operativas, obligándola a prestar servicio fuera de la zona designada” en las reuniones en las que se organizaban para patrullar.

“La intención del oficial es que me fuera del grupo, que me cansara y me marchara”, señala la policía. Antonio Jarabo, entonces comisario de Maspalomas y recientemente nombrado Jefe Superior de Policía de Baleares, tuvo conocimiento de la situación por la que atravesaba la agente, aunque, según un representante de CEP, se limitó a expresar una declaración “de buenas intenciones”.

La funcionaria policial causó baja en octubre tras una crisis de ansiedad provocada por la sanción de un día de empleo y sueldo que le interpusieron por “no llevar puesta su gorra ni saludar al oficial cuando mediaba en una reyerta” en un conocido centro comercial del sur grancanario.

La policía explica que en la intervención, que se produjo durante la madrugada del 11 al 12 de octubre, le acompañaron otros cuatro agentes que, como ella, no se colocaron la gorra cuando bajaron con premura de la patrulla para interceder en la pelea. Así queda acreditado en la toma de declaración a dos de ellos, que, además, manifestaron que las formas en la que su superior se dirigió a ella “no fueron las más adecuadas”. El oficial también fue sancionado por una “incorrección con los ciudadanos u otros miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad”, como figura en un informe policial.

Ante esta actuación, el sindicato elevó un escrito ante la Jefatura Superior de Policía, que abrió una información reservada para determinar si el oficial y otros componentes habían incurrido en una falta disciplinaria tipificada como muy grave. “Si la causa se archiva, acudiremos a la vía penal”, advierte un representante del CEP.


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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #491 en: 03 de Febrero de 2012, 14:07:40 pm »
El supuesto acoso laboral del inspector jefe a un policía de Nigrán lleva a juicio al Concello
El afectado reclama 40.000 euros de indemnización al Ayuntamiento por no actuar ante las presuntas vejaciones denunciadas en el mandato del exalcalde socialista Efrén Juanes

NELI PILLADO - NIGRÁN

El Concello de Nigrán se "sentará" en el banquillo el próximo lunes por una supuesta omisión de sus funciones y se enfrenta a una solicitud de indemnización de 40.000 euros. El anterior gobierno municipal, que encabezaba el exalcalde socialista Efrén Juanes, eludió investigar el supuesto acoso laboral que denunció en reiteradas ocasiones un oficial de la Policía Local por parte del inspector jefe. El afectado interpuso una demanda ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Vigo contra el Ayuntamiento al considerar que lo dejó en la indefensión contra las presuntas vejaciones de su superior, sufridas, al parecer, a lo largo de dos años, y le reclama la compensación económica por daños morales de los que todavía arrastra secuelas.

Cansado de presentar denuncias por escrito ante el Concello durante 2008, 2009 y 2010, el oficial Adolfo Suárez decidió recurrir al contencioso, tribunal que admitió a trámite la causa tras estudiar las pruebas e informes médicos que supuestamente acreditan los perjuicios causados por el supuesto acoso laboral que le infligió el inspector jefe, Enrique García, y por el que estuvo de baja diez meses. También remitió al juzgado los textos dirigidos al gobierno local por aquellas fechas, respecto a los que ni el entonces alcalde, Efrén juanes, ni el concejal de Seguridad, Manuel Doldán, tomaron ninguna decisión, ni de abrir un expediente ni una investigación.

Cambio de turno

Los gobernantes en el anterior mandato tampoco hicieron caso, según fuentes municipales, a las solicitudes del afectado para cambiar de turno y no coincidir con su superior durante su jornada laboral. Cuestión que cambió al cambiar el gobierno tras las pasadas elecciones. El nuevo alcalde, Alberto Valverde, que se encarga personalmente del área de Seguridad Ciudadana y Tráfico, sí accedió a la demanda del policía para evitar conflictos.

Ni el inspector jefe ni tampoco su supuesta víctima quisieron realizar ayer declaraciones sobre lo ocurrido ni sobre el proceso judicial, dado que se trata de un asunto "muy desagradable" para ambos.

No obstante, fuentes de la plantilla de la Policía Local de Nigrán aseguran que Adolfo Suárez recibía gritos, insultos y amenazas cada día por parte de su jefe. Según relatan las mismas fuentes, el agente no fue el único presuntamente acosado, aunque sí el primero que tuvo el valor de denunciar la situación.


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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #492 en: 07 de Febrero de 2012, 08:58:14 am »
Un policía local pide 40.000 euros a su jefe y al Concello de Nigrán por «mobbing»
Escrito por: e.v.pita
vigo / la voz  07 de febrero de 2012



El oficial de la Policía Local de Nigrán y representante sindical, Adolfo S., reclamó ayer 40.000 euros a su inspector jefe y al Concello por un supuesto acoso laboral o mobbing y por atacar sus derechos fundamentales. El juicio se celebró ayer en el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo en la que fueron citados a declarar 16 testigos, la mayoría compañeros de servicio.

La Fiscalía desestimó la reclamación porque no ve acreditada la discriminación al oficial ni que el jefe fuese hostil con él.

El reclamante, que no declaró, puso en su escrito previo 12 quejas por el menoscabo de su dignidad profesional. Por ejemplo, dice que el jefe le dio zapatos distintos, le dejó sin pantalón para el frío, lo mandó a patrullar solo, le interrumpió en su hora del café o le cambió los turnos. «No quiero dinero, solo pido respeto», dijo en los pasillos.

El demandado, el inspector jefe de Nigrán y expolicía local de Vigo, Enrique G.S., explicó al juez que siempre trató a su oficial en función de las necesidades del servicio, decisiones que eran sopesadas y meditadas, incluso por concejales y el alcalde. Añade que aunque el oficial criticaba sus órdenes continuamente jamás lo expedientó por insubordinación porque siempre las cumplió. «Era una batalla diaria encomendarle cualquier servicio», relató al juez.

Un agente, socio del reclamante, relató que Adolfo les daba órdenes pero el jefe las cambiaba. Para no tener líos, al final, puenteaban al oficial y le pedían directamente las órdenes al inspector. Con el segundo oficial, ningún problema. «Vimos mal a Adolfo, venía a trabajar nervioso y le salían sarpullidos», dice.

Varios compañero relataron que oían gritos del inspector en el despacho cuando se reunía con Adolfo. La defensa alega que un jefe no tiene por qué tratar como hijos a sus subordinados.


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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #493 en: 07 de Febrero de 2012, 10:37:56 am »
Un policía local pide 40.000 euros a su jefe y al Concello de Nigrán por «mobbing»
Escrito por: e.v.pita
vigo / la voz  07 de febrero de 2012



El oficial de la Policía Local de Nigrán y representante sindical, Adolfo S., reclamó ayer 40.000 euros a su inspector jefe y al Concello por un supuesto acoso laboral o mobbing y por atacar sus derechos fundamentales. El juicio se celebró ayer en el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vigo en la que fueron citados a declarar 16 testigos, la mayoría compañeros de servicio.

La Fiscalía desestimó la reclamación porque no ve acreditada la discriminación al oficial ni que el jefe fuese hostil con él.

El reclamante, que no declaró, puso en su escrito previo 12 quejas por el menoscabo de su dignidad profesional. Por ejemplo, dice que el jefe le dio zapatos distintos, le dejó sin pantalón para el frío, lo mandó a patrullar solo, le interrumpió en su hora del café o le cambió los turnos. «No quiero dinero, solo pido respeto», dijo en los pasillos.

El demandado, el inspector jefe de Nigrán y expolicía local de Vigo, Enrique G.S., explicó al juez que siempre trató a su oficial en función de las necesidades del servicio, decisiones que eran sopesadas y meditadas, incluso por concejales y el alcalde. Añade que aunque el oficial criticaba sus órdenes continuamente jamás lo expedientó por insubordinación porque siempre las cumplió. «Era una batalla diaria encomendarle cualquier servicio», relató al juez.

Un agente, socio del reclamante, relató que Adolfo les daba órdenes pero el jefe las cambiaba. Para no tener líos, al final, puenteaban al oficial y le pedían directamente las órdenes al inspector. Con el segundo oficial, ningún problema. «Vimos mal a Adolfo, venía a trabajar nervioso y le salían sarpullidos», dice.

Varios compañero relataron que oían gritos del inspector en el despacho cuando se reunía con Adolfo. La defensa alega que un jefe no tiene por qué tratar como hijos a sus subordinados.


La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos...

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #494 en: 25 de Febrero de 2012, 16:28:40 pm »

Piden 20 años para dos exmandos por vejar a mujeres policías de Santa Cruz
 
La Fiscalía también solicita indemnizar a las cuatro denunciantes con 54.000 euros por los continuos insultos, vejaciones, amenazas, descalificaciones y humillaciones públicas sufridas entre 2002 y 2006 por parte de un exsubinspector, ya jubilado, así como por el exjefe, que no adoptó medidas correctoras.


25/feb/12 01:25
PEDRO FUMERO, Tenerife

La Fiscalía solicita 20 años de prisión para dos exmandos de la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife por insultos, vejaciones, amenazas, descalificaciones y humillaciones públicas a cuatro mujeres agentes del citado cuerpo, tanto delante de compañeros de la entidad como de particulares. Además, el Ministerio Fiscal pide una indemnización global para las afectadas que ronda, al menos, los 54.000 euros. Los hechos tuvieron lugar entre los años 2002 y 2006. Y el juicio en la Audiencia Provincial está previsto que se celebre el martes y el miércoles de la próxima semana.

Cuando se desarrollaron los hechos, el acusado T.E.P.R. ejercía de subinspector (sargento) y tenía bajo su responsabilidad a 25 personas, aunque ya está jubilado. El otro denunciado es A.A.B., que desde 1991 hasta 2006 desempeñó las tareas de jefe de la Policía Local, y que está acusado supuestamente de no adoptar medida alguna contra el citado subinspector. En estos momentos, el exjefe de la Policía Local ocupa su plaza en el Cuerpo Nacional de Policía. En el escrito de acusación se afirma que, según las denunciantes, el citado mando creó, con su comportamiento, "un ambiente de trabajo tenso, con reprimendas constantes, de miedo y sobresalto, con sufrimiento y ansiedad" entre el personal femenino de su unidad.
 
El escrito de acusación del Ministerio Fiscal indica que, durante más de cuatro años, las denunciantes sufrieron las amenazas del subinspector de divulgar su expediente personal, de que las iba a expulsar de la unidad, a sabiendas de que todas ellas necesitaban dicho destino por razones personales y familiares, hasta el punto que repetía "incesantemente" la frase "te mando a la calle". Según dicho documento, al que tuvo acceso EL DÍA, se afirma que el subinspector utilizaba motes para referirse a las agentes, como "barranquera", "tacones lejanos" o "ratón colorado". El sobrenombre común para dichas policías era "conejas" y el exmando comentaba que eran unas "perdidas", debido a su supuesta falta de rendimiento en el trabajo. Para el fiscal, los hechos son constitutivos de cuatro delitos contra la integridad moral de carácter grave, según el artículo 173.1 del Código Penal; cuatro delitos contra la integridad moral del artículo 176, así como cuatro delitos de lesiones psíquicas.
 
Según la Fiscalía, los acusados deben pagar a las denunciantes 20.000 euros por los daños morales, 27.550 euros a una de las víctimas y 6.400 a otra por los días necesarios para su recuperación.
 
De manera subsidiaria, el Ayuntamiento de Santa Cruz deberá responder de estas cantidades en razón de los cargos y lugar de comisión de los delitos.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #495 en: 29 de Febrero de 2012, 12:56:47 pm »
SANTA CRUZ
Una policía acusa a su mando de disfrutar con sus vejaciones

"Le gustaba verme llorar", dice la mujer sobre su exjefe en la primera sesión del juicio

ANDRÉS LOBATO "Nos llamaba conejas, nos insultaba con otras expresiones y disfrutaba con sus vejaciones". Cuatro exagentes de la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife han llevado al banquillo a un exmando por humillarlas durante cuatro años y al que fuera jefe superior por no hacer nada contra estos presuntos comportamientos.

Los dos exmandos negaron ayer haber sometido a insultos, descalificaciones, amenazas y humillaciones a las cuatro agentes féminas adscritas a la Unidad Administrativa del cuerpo. El responsable de este servicio, el sargento ya jubilado T.E.P. R., rechazó en su declaración durante la primera sesión del juicio que se celebra en la Audiencia Provincial haber sometido a las cuatro denunciantes a un trato vejatorio entre 2002 y 2006. La Fiscalía y la acusación particular lo acusan de cuatro delitos contra la integridad moral de carácter grave y otros cuatro de lesiones psíquicas.

Por su parte, el otro imputado, exjefe de la Policía Local entre 1991 y 2006, A.A.B., al que la Fiscalía y los abogados de las denunciantes acusan de otros cuatro delitos contra la integridad moral y otros tantos de lesiones psíquicas por no haber hecho nada para acabar con las presuntas humillaciones del exsargento, manifestó que desconocía los acciones denunciadas.

Una de las denunciantes, M.I.R.H, la única que declaró ayer, calificó la actitud diaria del exsubinspector como la de "un cazador en busca de su presa". "Le gustaba vernos llorar. Es una persona que disfruta con esas cosas", señaló, para añadir con posterioridad que T.E.P. R. "acumulaba los trabajos para demostrar que no éramos productivas". En su testimonio ante el magistrado, la agente, que sigue en el cuerpo, aseguró haber sufrido gritos, humillaciones y vejaciones tanto delante de los compañeros de la unidad como de los ciudadanos que acudían a este servicio. En este sentido, afirmó que en una ocasión T.E.P.R. llegó a realizar presuntamente el ademán de golpearla. "Me decía que mi pareja me pagara un gimnasio, que me iba a reciclar o que no me enteraba porque venía de follar con mi novio", explicó la denunciante.

La mujer también recalcó que tanto ella como su pareja, también integrante del cuerpo de seguridad, informaron en varias ocasiones de manera verbal al exjefe de la Policía Local de los hechos, "sin que este hiciera nada".

Durante su comparecencia, T.E.P.R. reiteró en varias ocasiones que en ningún momento "faltó al respeto" a las cuatro denunciantes durante el tiempo que permanecieron bajo su mando. El exsargento aseguró a preguntas del fiscal y de los letrados de la acusación particular que, pese a que conocía que las agentes eran conocidas por varios motes, jamás se refirió a ellas en las dependencias policiales con los apelativos de "conejas", "barranqueras", "tacones lejanos" o "perdidas", tal y como recoge la denuncia.

"Sí conocía la existencia de esos motes, pero yo no se los puse y nunca los usé en el centro de trabajo", afirmó el exsubinspector, que admitió, no obstante, sí haberlos utilizado en alguna ocasión de manera coloquial con otros agentes de la Policía Local.

Durante su comparencia ante el tribunal, T.E.P.R. aseguró que nunca trató de manera despectiva o despótica a las agentes que se encontraban bajo su mando. En este sentido, señaló que, a pesar de "tratarse de una persona de fuerte carácter", nunca las agredió verbalmente.

Estas denunciaron que el exsargento utilizaba con frecuencia expresiones como "no tienes dinero para ir a la peluquería, píntate" y otras en alusión a su peso que buscaban menoscabar la moral de las agentes.

En este sentido, el denunciado recordó en varias ocasiones que la totalidad de las denunciantes contaban con familiares en el cuerpo de similar o superior rango. "Si me hubiera referido a ellas con insultos o de manera despótica, habría tenido consecuencias", apuntó.
T.E.P.R. reconoció, no obstante, sí haber reprendido a las denunciantes en algunas ocasiones por su falta de puntualidad y por sus largos descansos para desayunar. En este sentido, subrayó que nunca abrió expedientes con estos motivos, ya que su intención siempre fue poner fin de manera verbal a estos problemas. Del mismo modo, el exmando de la Unidad Administrativa señaló que nunca tuvo conocimiento de las razones de las reiteradas bajas médicas por cuadros de depresión y ansiedad de las denunciantes.

Por su parte, el exjefe de la Policía Local recalcó que no tuvo conocimiento de los hechos denunciados hasta que fueron recogidos en un informe del sindicato Asipal, en febrero de 2006, un texto que no le empujó a tomar medidas por no tratarse de una comunicación oficial de la Concejalía. A.A.B. manifestó además que en ningún momento las cuatro agentes le comunicaron la presunta actitud vejatoria de su inmediato superior, ni a través de una queja por el conducto reglamentario ni de manera verbal en su despacho.

En esta misma línea, el exmando de la Policía Local apuntó que T.E.P.R. nunca profirió vejaciones ni se refirió a las denunciantes a través de motes en su presencia. En relación a las bajas por lesiones psíquicas de estas cuatro agentes, manifestó que desconocía el origen de las mismas

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #496 en: 01 de Marzo de 2012, 11:26:09 am »
AUDIENCIA PROVINCIALJUICIO A EXMANDOS DE LA POLICÍA LOCAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

El exmando policial no "vejaba" a las agentes delante de otros compañeros
Las presuntas vejaciones de un exmando de la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife a sus subordinadas femeninas eran conocidas por todo el cuerpo de seguridad, pero no se realizaban delante de otros agentes. Solo el miembro del sindicato que denunció los hechos ha asegurado que fue testigo directo de los mismos. 1/mar/12

G.J., S/C de Tenerife

Las continuas descalificaciones de las que, presuntamente, eran víctimas algunas mujeres miembros de la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife, desde 2002 y hasta 2006, por parte del que en aquel entonces era su sargento, y que en la actualidad está jubilado, no se solían realizar delante de otros miembros del cuerpo.

Cuatro de las cinco víctimas de las supuestas vejaciones declararon ayer que T.E.P.R. les "gritaba de forma continua". "Me trataba de malas formas; me chillaba, tiraba mi trabajo de la mesa, me amenazaba con echarme del trabajo, calculaba el tiempo que tardaba en ir a desayunar, decía que éramos pérdidas... Era muy controlador", relató una de las afectadas.

Declaraciones similares a esta fueron las prestadas por el resto de las víctimas, quienes confesaron que se prestaban apoyo las unas a las otras y lloraban tanto en las dependencias de su puesto de trabajo como en sus hogares. Y es que en uno de los casos, el acusado, según una de las afectadas, llegó a "perseguirme cuando iba al baño y golpeaba la puerta preguntando si era verdad que me encontraba mal".

Pese a los testimonios de las denunciantes coinciden, aunque con las diferencias propias de cada caso en particular, hasta ahora solo un miembro del cuerpo ha declarado en el juicio que fue testigo directo de las vejaciones, J.P.L.V., uno de los compañeros que tenían las denunciantes en la Unidad Administrativa en esa época.

Según este testigo, "escuchaba que las amenazaba con echarlas del cuerpo, y les gritaba e insultaba. Le dije en más de una ocasión que cesara en esa actitud y que las respetara, pero continuó dándoles ese trato". Estos hechos fueron presenciados por el agente "porque trabajaba allí".

Fue este compañero, miembro del sindicato Asipal, quien preparó el escrito de queja sobre la conducta del sargento. Este documento, según aseguró el testigo, "se lo entregué en febrero de 2006 al secretario del jefe de la Policía Local, A.A.B. (también acusado). Ya le había dicho a este mando en otras ocasiones, de forma verbal lo que ocurría".

Pese a este hecho, no fue hasta que C.D.G.M. ocupó este alto cargo cuando se abrió la investigación sobre este asunto. "Al tomar posesión de mi cargo dos de las agentes me contaron lo que ocurría, y les dije que presentaran la queja por escrito. Eso fue lo que hicieron y se abrió el procedimiento normal para investigar los hechos y tomar las medidas pertinentes", relató la testigo, quien señaló que "conocía lo que ocurría por comentarios, pero nunca presencié ninguna vejación".

Cabe señalar que, hasta ahora, solo el miembro de Asipal ha asegurado que presenció los hechos que se denuncian; el resto de testigos, no implicados de forma directa, han señalado que los conocían por comentarios de "pasillo" o porque las afectadas lo relataban, pues "nunca lo presencié".

En la sesión de ayer, también declaró la psiquiatra que trató a una de las afectadas, quien aseguró que la agente sufrió una "depresión reactiva". La especialista, tras analizar todos los ámbitos de la paciente, determinó que era en el laboral donde se generó la enfermedad, a raíz de una "figura de poder que ella denominaba mando".

El juicio contra T.E.P.R. y A.A.B., por delitos contra la integridad moral de carácter grave y lesiones psíquicas continuará el lunes 5 de marzo en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.


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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #497 en: 06 de Marzo de 2012, 16:05:36 pm »
Santa Cruz


Dos policías sufrieron el acoso de un superior

El juicio por supuestas humillaciones a agentes de la capital, visto para sentencia

GORETTI ALONSO
SANTA CRUZ DE TENERIFE El médico forense certificó ayer que dos de las agentes de la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife que denunciaron a sus exmandos por presuntas humillaciones y vejaciones entre 2002 y 2006 sufrieron acoso laboral. En la tercera y última sesión del juicio celebrado en la sección segunda de la Audiencia Provincial, la declaración del perito ratificó los informes de las dos psicólogas que trataron a M.I.R.H. y a M.J.M.B., dos de las denunciantes, a las que diagnosticaron un trastorno adaptativo con ansiedad, asociado siempre a una situación continúa de estrés en el puesto de trabajo por el trato que recibían de su superior.

Eliminar sus funciones, gritarles de manera individual y sistemática, aislarlas para realizar sus tareas, suprimir su conexión a internet o prohibir el uso del teléfono son algunos de los comentarios en los que se ha basado el médico forense para asegurar que las dos mujeres sufrían un claro caso de mobbing. De hecho, según explicaron las psicólogas, de las 17 conductas tipo que los protocolos de actuación marcan para establecer casos específicos de acoso en el trabajo, las agentes cumplían con un total de 16 puntos de ese listado.

Las otras dos agentes afectadas, C.E.H.N. y G.M.V.H, según sendos informes establecidos como pruebas periciales, presentaban en el momento en el que se las trató y diagnosticó, un síndrome ansioso depresivo y un cuadro de ansiedad, respectivamente.

En la sesión oral de ayer desfilaron más de una decena de testigos, algunos de ellos rechazados por el juez magistrado al considerarlos "parte interesada" en el caso. La mayoría fueron presentados por la defensa de los acusados, el exsargento T.E.P.R. y el exjefe de la Policía Local A.A.B.

Entre todas las declaraciones obtenidas estuvo un oficial del cuerpo que coincidió en la Unidad Administrativa en la que trabajaban víctimas y supuesto agresor durante el año 2005. "El sargento tenía un temperamento extremadamente fuerte y se extralimitaba en la protección por el trabajo", explicó el oficial. Además remarcó que "siempre llamaba a gritos", aunque "es cierto que nunca presencié ningún tipo de maltrato hacia ninguna agente del cuerpo".

En esta misma línea se posicionó otro de los testigos, ya jubilado, pero miembro de la policía durante 32 años. "El sargento tiene un carácter muy peculiar, discrepábamos mucho y era muy estricto en el cumplimiento del deber". Sin embargo, afirmó que no presenció, "nunca jamás" algún tipo de maltrato hacia sus compañeras de trabajo.

Blas Hernández, subcomisario de la Policía Local santacrucera, explicó también como testigo que, cuando en 2007 ascendió a su actual puesto, la por entonces recién nombrada jefa de la Policía Local y ahora concejal de Seguridad Ciudadana, Carmen Delia González, le pidió que intermediara para "calmar la oficina". "Había que mejorar el ambiente de trabajo y me pidió que tratara de averiguar qué pasaba en la Unidad Administrativa". Asumió, además, que aunque medió y reunió a todos los trabajadores para conocer sus impresiones "nunca se supo realmente que ocurría". "Comuniqué al sargento que había un requerimiento de varias compañeras para que cesara el maltrato hacia ellas", anunció. Además, se optó por trasladar a algunas a otras dependencias, como el archivo, para "evitar males mayores".

En este juicio oral, que quedó ayer visto para sentencia, la Fiscalía acusa a los dos exmandos de cuatro delitos contra la integridad moral y lesiones psíquicas. Para el exsargento, autor de las supuestas vejaciones, solicita 16 años de prisión, mientras que para el exjefe del cuerpo, también por los mismos delitos –además de por no haber intervenido para acabar con las presuntas humillaciones del exsargento–, se solicitan 12 años.

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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #498 en: 20 de Marzo de 2012, 14:47:44 pm »

Ayuntamiento Canet (Barcelona) indemnizará al jefe de Policía Local por acoso

El Ayuntamiento de Canet de Mar (Barcelona) ha sido condenado a pagar una indemnización al jefe de la Policía Local, Pere Nolla, por acoso laboral.

Según la sentencia, el juez ha dictado que el Ayuntamiento deberá pagar a Nolla 8.300 euros, además de asumir los costes del proceso de 3.000 euros, al considerar que se actuó de manera 'deliberada' para apartarlo de sus funciones.
 
De acuerdo con la decisión judicial, ha quedado demostrado que la administración local, principalmente durante el anterior mandato encabezado por el exalcalde Joaquim Mas, así como la concejala de Seguridad Ciudadana, usaron los medios de comunicación para valorar la competencia profesional del demandante.
 
Los responsables municipales admitieron públicamente que le habían retirado la confianza a pesar de ser un funcionario que había ganado la plaza por concurso.
 
Según la resolución, queda probado que el demandante sufrió acoso por la 'persecución sistemática y planificada', que esta hostilidad 'fue reiterada en el tiempo' y que, además, 'fue intencionada'.
 
La demanda también deja constancia de los daños en la salud del agente, que tiene un trastorno depresivo.
 
El jefe de policía, que dispone del apoyo de la Asociación de Víctimas de Acoso Laboral de Cataluña, todavía tiene otras denuncias pendientes, como por ejemplo el decreto firmado por el exalcalde para que cogiera vacaciones cuando se tenía que reincorporar y el expediente disciplinario que le abrieron para suspenderle de trabajo y sueldo durante tres meses.
 
Fuentes del actual consistorio ha señalado que todavía no saben si recurrirán la sentencia.


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Re: El acoso en los cuerpos policiales
« Respuesta #499 en: 05 de Abril de 2012, 14:52:23 pm »

Piden 20 años para dos exmandos por vejar a mujeres policías de Santa Cruz
 
La Fiscalía también solicita indemnizar a las cuatro denunciantes con 54.000 euros por los continuos insultos, vejaciones, amenazas, descalificaciones y humillaciones públicas sufridas entre 2002 y 2006 por parte de un exsubinspector, ya jubilado, así como por el exjefe, que no adoptó medidas correctoras.


25/feb/12 01:25
PEDRO FUMERO, Tenerife


Absueltos dos exmandos de la Policía Local de Santa Cruz
 
5/abr/12 01:34


EL DÍA, S/C de Tenerife

Los exmandos de la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife juzgados en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife por los delitos contra la integridad moral, amenazas, coacciones y lesiones contra varias agentes del citado cuerpo de seguridad quedaron absueltos.
 
Los hechos relacionados con las referidas acusaciones que se puedan considerar como probados tuvieron lugar entre los años 2002 y 2006, en un periodo en el que las citadas acciones no estaban tipificadas como delitos, sino como faltas.

Además, el caso fue denunciado por las policías locales afectadas en el año 2009 y, para entonces, el caso ya había prescrito.
 
Posibilidad de recurso
 
De esa manera, tanto el exsargento de la Policía Local Tomás E.P.R., como el exjefe del cuerpo, A.A.B., quedaron absueltos de los cargos, tras un juicio que se prolongó durante cinco días. No obstante, la resolución puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) por las mujeres afectadas.